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18dic15
Informe de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo sobre las actividades realizadas y los logros alcanzados durante el período 2014-2015
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Consejo de SeguridadS/2015/984
Distr. general
18 de diciembre de 2015
Español
Original: inglésCarta de fecha 15 de diciembre de 2015 dirigida a la Presidenta del Consejo de Seguridad por la Presidenta del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo
En nombre del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo, tengo el honor de presentar el informe de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo para que el Consejo lo examine en el marco de su examen provisional de la labor de la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 2 de la resolución 2129 (2013) (véase el anexo).
El Comité agradecería que la presente carta y el informe se señalaran a la atención de los miembros del Consejo de Seguridad y se publicaran como documento del Consejo.
(Firmado) Raimonda Murmokaité
Presidenta
Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la
resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo
Anexo
Informe de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo sobre las actividades realizadas y los logros alcanzados durante el período 2014-2015
I. Introducción
1. El Consejo de Seguridad, en su resolución 2129 (2013), decidió que la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo seguiría funcionando como misión política especial con la orientación normativa del Comité contra el Terrorismo hasta el 31 de diciembre de 2017, y decidió también hacer un examen provisional de las actividades y los logros de la Dirección Ejecutiva antes del 31 de diciembre de 2015.
2. En su programa de trabajo para 2015, el Comité señaló que ayudaría al Consejo de Seguridad a realizar un examen provisional del mandato de la Dirección Ejecutiva, de conformidad con la resolución 2129 (2013), teniendo en cuenta que se cumplirían diez años desde que la Dirección fuera declarada plenamente operativa en diciembre de 2005.
3. En el presente informe, preparado por la Dirección Ejecutiva en virtud de lo dispuesto en la mencionada resolución y el programa de trabajo, figura una descripción de las actividades realizadas y los logros alcanzados por la Dirección Ejecutiva durante el período que abarca el informe, con especial atención a los elementos especificados en la resolución 2129 (2013) y resoluciones posteriores, incluida la resolución 2178 (2014), y las declaraciones pertinentes de la Presidencia del Consejo. El informe tiene por objeto ayudar al Comité a asesorar al Consejo en el marco del examen provisional.
II. Verificación, promoción y facilitación de la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) y la ejecución de las tareas establecidas en la resolución 2178 (2014)
A. Nuevas tendencias y dificultades
4. El terrorismo, en todas sus formas y manifestaciones, sigue representando una grave amenaza para la paz y la seguridad internacionales. En los últimos años, el panorama de la seguridad mundial se ha vuelto más complejo, inestable y difícil. El surgimiento de nuevos grupos terroristas, como el Estado Islámico en el Iraq y el Levante, conocido también como Daesh, ha exacerbado considerablemente los problemas políticos y de seguridad preexistentes en algunas de las regiones más vulnerables del mundo. Las tendencias que actualmente dominan la agenda internacional de la lucha contra el terrorismo son, entre otras: a) el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros; b) la prevención y lucha contra el extremismo violento; c) el uso que hacen los terroristas de Internet y la tecnología de la comunicación; d) los secuestros para obtener rescates destinados a financiar actividades de terrorismo; e) los terroristas que actúan en solitario; f) la evolución de los vínculos entre el terrorismo y la delincuencia organizada; y g) las complejas funciones que desempeñan las mujeres en el terrorismo y la lucha contra el terrorismo.
5. En el período sobre el que se informa, las Naciones Unidas siguieron fomentando la coordinación, la colaboración y la cooperación en la lucha contra el terrorismo, ya sea con asociados externos o entre las entidades de las propias Naciones Unidas, en particular dentro del marco del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo. La Dirección Ejecutiva siguió alentando y ayudando a los Estados Miembros a examinar, actualizar y fortalecer su legislación de conformidad con los instrumentos internacionales de lucha contra el terrorismo y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, en particular sobre cuestiones relativas a los combatientes terroristas extranjeros. Con la ayuda del Comité y la Dirección Ejecutiva, los Estados siguieron mejorando sus regímenes de vigilancia financiera, sus mecanismos de control de fronteras, sus medidas en materia de justicia penal y estado de derecho, sus mecanismos de derechos humanos y sus estrategias de prevención y lucha contra el extremismo violento, en un esfuerzo por aplicar las medidas necesarias para responder eficazmente a la amenaza terrorista, incluido el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros. Los Estados Miembros siguieron experimentando dificultades en todas esas esferas. El aumento de la atención que la comunidad internacional presta a la lucha contra el extremismo violento se reflejó en la cumbre de lucha contra el extremismo violento que tuvo lugar en Washington D.C. en febrero de 2015 y en el evento de alto nivel que tuvo lugar en la Sede de las Naciones Unidas en septiembre de 2015 para celebrar el décimo aniversario de la aprobación de la resolución 1624 (2005), así como en la intención expresada por el Secretario General de presentar un plan de acción de las Naciones Unidas para prevenir el extremismo violento en 2016.
B. El fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros
6. El Consejo de Seguridad, en su histórica resolución 2178 (2014), aprobada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, exigió a los Estados Miembros que adoptaran una serie de medidas adicionales para hacer frente el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros y para erradicar y prevenir el extremismo violento, y exhortó a la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo a que ofreciera asistencia a los Estados Miembros en varias esferas conexas. La Dirección Ejecutiva, en cumplimiento de lo dispuesto en esa resolución, la declaración de la Presidencia de 19 de noviembre de 2014 (S/PRST/2014/23) y el documento marco sobre las medidas que debe adoptar la Dirección Ejecutiva en relación con la resolución 2178 (2014), emprendió en el período sobre el que se informa una serie de actividades orientadas a apoyar los esfuerzos que realiza el Comité para ayudar a los Estados Miembros a aplicar la resolución 2178 (2014).
7. La Dirección Ejecutiva ha presentado varios informes analíticos sobre la amenaza de los combatientes terroristas extranjeros, entre los que cabe mencionar: a) un análisis preliminar de las principales carencias en la capacidad de los Estados Miembros para aplicar las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) que pueden obstaculizar su capacidad para frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros (S/2014/807); b) un análisis de los retos asociados al enjuiciamiento de los combatientes terroristas extranjeros (S/2015/123); c) tres informes sobre la aplicación de la resolución 2178 (2014) por los Estados afectados por los combatientes terroristas extranjeros (S/2015/338, S/2015/683 y S/2015/975); y d) un análisis de las deficiencias en el uso que hacen los Estados de la información anticipada sobre pasajeros y recomendaciones para ampliar el uso de esa información con miras a frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros (S/2015/377). En estos informes se describían deficiencias en los marcos jurídicos y en las estructuras institucionales y operacionales de los Estados y se formulaban recomendaciones sobre las maneras de subsanarlas. Los informes tenían por objeto ayudar a los Estados a suplir sus deficiencias y orientar las iniciativas de los organismos de las Naciones Unidas, los posibles donantes y los proveedores de asistencia técnica encaminadas a elaborar y aplicar programas de desarrollo de la capacidad al respecto.
8. La Dirección Ejecutiva procuró integrar medidas relativas a la resolución 2178 (2014) en su diálogo con los Estados Miembros y crear conciencia sobre la necesidad de lograr la plena aplicación de la resolución, mediante una amplia gama de eventos y actividades. En julio de 2015, actuando de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 24 de la resolución y con arreglo a la Declaración de la Presidencia del Consejo mencionada anteriormente, el Comité, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva, celebró una reunión extraordinaria en Madrid con Estados Miembros y organizaciones internacionales y regionales pertinentes sobre cómo frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros. Los participantes examinaron las principales carencias con respecto a la capacidad de los Estados Miembros para aplicar las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) que pueden obstaculizar su capacidad para frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros, y señalaron buenas prácticas al respecto. Entre los resultados de la reunión extraordinaria cabe señalar las conclusiones del Comité , el documento sobre la reunión extraordinaria, y un conjunto de principios rectores para frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros, que habían propuesto los participantes durante la reunión extraordinaria y las sesiones técnicas que la precedieron (S/2015/939, anexos I y III ). La reunión extraordinaria fue seguida de una reunión ministerial, que tuvo por resultado una declaración ministerial en la que se acogieron con beneplácito las conclusiones del Comité (S/2015/939, anexo II).
9. La Dirección Ejecutiva ha participado en varios eventos y actividades en todo el mundo en relación con los combatientes terroristas extranjeros a fin de crear conciencia sobre las disposiciones de la resolución 2178 (2014) y la labor que realizan el Consejo, el Comité y la Dirección Ejecutiva. Sobre la base de sus evaluaciones y en cumplimiento de la declaración de la Presidencia de 29 de mayo de 2015 (S/PRST/2015/11), la Dirección Ejecutiva ha contribuido sustantivamente a la preparación del plan de las Naciones Unidas para el fomento de la capacidad para hacer frente al flujo de combatientes terroristas extranjeros señalando los principales temas y regiones que se deben tener en cuenta a ese respecto.
10. La Dirección Ejecutiva seguirá examinando el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros, entre otras cosas, mediante: a) la realización de consultas de investigación específicas y visitas sobre el terreno a los países más afectados, en nombre del Comité; b) la colaboración con sus asociados dentro y fuera de las Naciones Unidas, en particular, en el marco del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo para determinar y promover las buenas prácticas de los Estados y sus necesidades de asistencia técnica; y c) la asociación con el mundo académico para realizar investigaciones sobre los factores que impulsan el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros y el extremismo violento.
C. Balance de la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005)
11. El balance de las iniciativas emprendidas por los diferentes Estados para luchar contra el terrorismo permite al Comité y a la Dirección Ejecutiva determinar el progreso que se ha alcanzado en la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005). También es un elemento importante del diálogo continuo entre el Comité y los Estados. Las evaluaciones realizadas a través de la sinopsis de la evaluación de la aplicación y el estudio detallado de la aplicación ayudaron a garantizar la exhaustividad, coherencia, transparencia e imparcialidad del balance. Durante los dos años del ciclo de examen, el Comité aprobó 39 evaluaciones de la aplicación en el marco de las actividades de balance.
12. La Dirección Ejecutiva seguirá ayudando al Comité en su balance de las iniciativas y continuará estudiando y recomendando formas de mejorar el proceso, en particular adaptando sus instrumentos de evaluación a las disposiciones de la resolución 2178 (2014) y concluyendo la elaboración de guías técnicas sobre la aplicación de las resoluciones pertinentes.
D. Visitas a los Estados Miembros
13. Las visitas a los países son una parte fundamental del diálogo directo y la colaboración entre el Comité, su Dirección Ejecutiva y los Estados Miembros. También son instrumentos eficaces para diagnosticar los progresos, los puntos fuertes y las buenas prácticas de los Estados Miembros, así como sus deficiencias y necesidades de capacidad. Durante el período sobre el que se informa, la Dirección Ejecutiva visitó 17 Estados Miembros, con lo que el número total de países visitados desde 2005 asciende a 106. Los Estados que son visitados siguen considerando que la comunicación y la interacción directas son constructivas y útiles, y los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones internacionales y regionales participantes estiman que las visitas son una plataforma útil para crear sinergias entre sus programas y actividades de apoyo. La Dirección Ejecutiva también llevó a cabo una serie de visitas políticas, como la visita política de alto nivel a Malí y el Níger efectuada en febrero de 2015, bajo la dirección conjunta de la Presidenta del Comité y el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva. La visita reafirmó el apoyo de las Naciones Unidas a los dos Estados y transmitió un mensaje claro respecto de lo exigido en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad.
14. La Dirección Ejecutiva seguirá haciendo arreglos, con el consentimiento de los Estados interesados, para llevar a cabo las visitas de evaluación a los países que apruebe el Comité, estudiar las posibilidades de que la Presidencia del Comité realice nuevas visitas políticas de alto nivel y hacer el mejor uso posible de los diversos tipos de visita respaldados por el Comité, en su colaboración con los Estados Miembros.
E. Estudios mundiales sobre la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005)
15. En cumplimiento de la resolución 2129 (2013), la Dirección Ejecutiva ha trabajado para preparar y concluir antes de fines de 2015 dos versiones actualizadas de los estudios mundiales sobre la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) por los Estados. Los estudios se basarán en las evaluaciones de la Dirección Ejecutiva y la información adicional obtenida en el marco de las visitas a los países y el diálogo con los Estados Miembros. El estudio sobre la aplicación de la resolución 1373 (2001) permitirá obtener un panorama mundial actualizado sobre la lucha contra el terrorismo y pondrá de relieve, tanto en el plano temático como regional, los progresos realizados por los Estados Miembros desde la publicación de la versión anterior, las deficiencias persistentes y las necesidades adicionales en materia de asistencia para el desarrollo de la capacidad. El estudio sobre la aplicación de la resolución 1624 (2005) se centrará, entre otras cosas, en la magnitud cada vez mayor de la amenaza de incitación, el fortalecimiento de los esfuerzos encaminados a aplicar procedimientos penales para detener la amenaza, las preocupaciones respecto de si las restricciones aplicadas se encuentran o no dentro de los límites permitidos por los instrumentos internacionales de derechos humanos y la importancia de trabajar con la sociedad civil para combatir el extremismo violento. Ambos estudios aportarán también una base sólida para la facilitación y la coordinación interinstitucionales de la asistencia técnica a los Estados Miembros a fin de mejorar sus capacidades.
16. Una vez que se aprueben y publiquen los dos estudios, la Dirección Ejecutiva ayudará al Comité a aumentar al máximo sus repercusiones dándoles la mayor difusión posible, concretamente mediante la celebración de reuniones informativas abiertas y otros instrumentos de información y comunicación.
F. Determinación de cuestiones regionales y temáticas
17. En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 5 de la resolución 2129 (2013), la Dirección Ejecutiva, junto con otros organismos de las Naciones Unidas y asociados internacionales y regionales, ofreció al Comité una serie de exposiciones informativas sobre una amplia gama de cuestiones regionales y temáticas importantes para la aplicación de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad. Esas actividades permitieron al Comité intercambiar ideas sobre la evolución de las amenazas y los problemas que plantea el terrorismo y sobre los enfoques para afrontarlos de manera efectiva. La Dirección Ejecutiva proseguirá con su análisis exhaustivo de las cuestiones regionales y temáticas y trabajará con los asociados dentro y fuera del sistema de las Naciones Unidas para mantener informado al Comité de todas las cuestiones pertinentes.
G. Racionalización de los métodos de trabajo
18. El Comité, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva, comenzó a examinar un procedimiento revisado para mejorar el papel que desempeñan los subcomités en el examen y la revisión de las actividades de los Estados en la lucha contra el terrorismo y sus necesidades de capacidad. El Comité ha puesto en práctica nuevos procedimientos acelerados, como la aprobación de los expedientes de los Estados mediante un procedimiento de acuerdo tácito aplicado caso por caso. Los procedimientos mejorados del Comité tienen por objeto mantenerse a la par de la evolución de la situación de la lucha contra el terrorismo y hacer frente a los problemas relacionados con el terrorismo de manera oportuna. El 3 de junio de 2015, el Comité aprobó un procedimiento mejorado en el que se dispuso que el informe semestral de la Dirección Ejecutiva pasaría a ser un informe anual. Estos procedimientos mejorados han racionalizado los métodos de trabajo de la Dirección Ejecutiva y le han permitido ofrecer una evaluación de final de año más amplia y profunda sobre nuevas amenazas, tendencias, cuestiones, problemas y buenas prácticas en relación con el terrorismo. La Dirección Ejecutiva siguió presentando informes mensuales al Comité para informarlo sobre sus actividades recientes. La Dirección Ejecutiva, junto con la secretaría del Comité, seguirá ayudando al Comité a racionalizar sus métodos de trabajo a fin de promover una mayor transparencia y eficacia.
III. Facilitación de la prestación de asistencia a los Estados Miembros para el desarrollo de la capacidad
19. La Dirección Ejecutiva siguió colaborando estrechamente con los proveedores de asistencia técnica y los donantes en la planificación de sus actividades y velando por que esas actividades guardaran relación con las necesidades prioritarias determinadas en sus evaluaciones. Sobre la base de las visitas a los países, se facilitaron varias actividades de asistencia técnica en relación con esferas temáticas diversas (entre otras, las estrategias nacionales de lucha contra el terrorismo, la formulación y aplicación de leyes, la lucha contra el extremismo violento y las medidas contra la financiación del terrorismo). Durante el período sobre el que se informa, la Dirección Ejecutiva ofreció al Comité dos exposiciones informativas sobre esas iniciativas. El proceso de evaluación fue mejorado mediante la trasmisión de remisiones de asistencia técnica a las entidades de ejecución del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, por conducto del Comité, y mediante la participación de asociados internacionales y regionales con respecto a las conclusiones sobre las visitas y planes de acción de seguimiento.
20. Tras la visita política de alto nivel realizada por la Presidenta y el Director Ejecutivo a Malí y el Níger, la Presidenta transmitió una carta al Secretario General Adjunto de Asuntos Políticos y al Presidente de la Oficina del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo por la cual solicitó que el Equipo Especial y el Centro de las Naciones Unidas contra el Terrorismo dieran consideración prioritaria a los proyectos de creación de capacidad consignados en el documento.
21. La Dirección Ejecutiva seguirá centrándose en sus tareas principales, a saber, realizar análisis sobre las deficiencias en la aplicación y elaborar las correspondientes recomendaciones que han de ser aplicadas por sus asociados. Además, seguirá examinando con otros organismos de las Naciones Unidas y organizaciones y entidades internacionales y regionales las mejores formas de evaluar las repercusiones de su proyecto respaldado por donantes orientado a desarrollar la capacidad y la cooperación, en cumplimiento de la resolución 2129 (2013).
IV. Reuniones extraordinarias, eventos y reuniones informativas abiertas
22. En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 20 de la resolución 2129 (2013) y en la resolución 2133 (2014) y en otras decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad, el Comité, con la asistencia de la Dirección Ejecutiva, celebró 16 reuniones extraordinarias, eventos y reuniones informativas abiertas durante el ciclo de examen. Estos eventos, que estaban abiertos a la participación de los Estados Miembros y las organizaciones internacionales y regionales, sirvieron de plataformas útiles para el intercambio oportuno de información sobre tendencias, amenazas y retos nuevos y emergentes; la interacción entre los interesados; el intercambio de buenas prácticas; el debate sobre las necesidades de creación de capacidad; la planificación de programas de asistencia técnica; y el aumento de la visibilidad de la labor del Comité y de la Dirección Ejecutiva.
23. Durante el período que abarca el informe, el Comité celebró reuniones extraordinarias sobre los actos de secuestro para obtener rescate y la toma de rehenes (24 de noviembre de 2014) y sobre cómo frenar el flujo de los combatientes terroristas extranjeros (26 y 27 de julio de 2015). El 17 de diciembre de 2015 , se celebró una reunión sobre la manera de impedir que los terroristas aprovechen Internet y las redes sociales para reclutar e incitar a la comisión de actos de terrorismo respetando al mismo tiempo los derechos humanos y las libertades fundamentales.
24. Se celebraron exposiciones informativas abiertas, eventos, reuniones y mesas redondas sobre los temas siguientes: formas de prevenir el uso indebido de documentos de viaje por parte de los terroristas y sobre actividades de prevención del terrorismo (25 de abril de 2014), protección de infraestructuras turísticas esenciales (12 de junio de 2014), lucha contra la incitación a la comisión de actos de terrorismo por motivos de extremismo e intolerancia: el enfoque de Marruecos y la experiencia de otros Estados de África (30 de septiembre de 2014), importancia del estado de derecho en la lucha de la amenaza terrorista actual, con la participación de la Ministra de Justicia de Francia, Sra. Christiane Taubira (10 de febrero de 2015), puesta en marcha de la Red Mundial de Investigación sobre la Lucha contra el Terrorismo (19 de febrero de 2015), uso de información anticipada sobre pasajeros para frenar el flujo de combatientes terroristas extranjeros (11 de junio de 2015), fortalecimiento de las respuestas de emergencia después de los incidentes terroristas (16 de junio de 2015), nuevas iniciativas para hacer frente al problema de los combatientes terroristas extranjeros, con la participación del Consejo de Europa (19 de junio de 2015), papel de la educación en la lucha contra el terrorismo, la incitación y el extremismo violento, con la participación de la Tony Blair Faith Foundation (24 de julio de 2014), papel de la mujer en la lucha contra el terrorismo (9 de septiembre de 2015), celebración del décimo aniversario de la resolución 1624 (2005) (14 de septiembre de 2015), y combatientes terroristas extranjeros, con la participación de la Red Mundial de Investigación sobre la Lucha contra el Terrorismo (24 de noviembre de 2015).
25. La Dirección Ejecutiva continuará ayudando al Comité a organizar reuniones extraordinarias, eventos y reuniones informativas abiertas y a hacer un seguimiento de sus resultados, en colaboración con los Estados Miembros y organizaciones y entidades internacionales y regionales.
V. Elaboración de estrategias amplias e integradas contra el terrorismo y de los mecanismos para aplicarlas
26. En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 18 de la resolución 2129 (2013), la Dirección Ejecutiva siguió asesorando a los Estados Miembros, cuando fue preciso, sobre la necesidad de elaborar y aplicar estrategias y mecanismos contra el terrorismo amplios e integrados a nivel nacional y regional que incluyeran a una gran variedad de interesados y que se basaran en el estado de derecho y el respeto de los derechos humanos. La Dirección Ejecutiva, en su calidad de Copresidenta del Grupo de Trabajo Interinstitucional sobre Estrategias Nacionales y Regionales de Lucha contra el Terrorismo del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, colaboró con el Equipo Especial en la redacción del proyecto de mandato para la realización de actividades relacionadas con dicho Grupo de Trabajo, el cual elaboró dos proyectos de estrategia regional de lucha contra el terrorismo, en África Central y Meridional, patrocinados por el Centro de las Naciones Unidas contra el Terrorismo. La Dirección Ejecutiva seguirá colaborando con los Estados Miembros y las organizaciones regionales, en particular en el marco del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, en lo que respecta a la introducción, el perfeccionamiento y la aplicación de estrategias nacionales y regionales amplias e integradas contra el terrorismo encaminadas a promover una respuesta a la amenaza del terrorismo a nivel de todo el gobierno que contemple la participación de las organizaciones de la sociedad civil, los dirigentes comunitarios y religiosos, los jóvenes, las mujeres y otros sectores de la sociedad.
VI. Los derechos humanos en el contexto de la lucha contra el terrorismo
27. En cumplimiento de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y en consonancia con la orientación normativa del Comité en materia de derechos humanos, la Dirección Ejecutiva siguió integrando aspectos relativos a los derechos humanos y el estado de derecho en su interacción y diálogo con los Estados Miembros sobre la aplicación de las resoluciones 1373 (2001), 1624 (2005) y 2178 (2014).
28. La Dirección Ejecutiva celebró consultas con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas sobre la preparación y realización de misiones de evaluación, la evaluación de los perfiles de lucha contra el terrorismo de los países y la facilitación de la prestación de asistencia técnica. La Dirección Ejecutiva participó activamente en el Grupo de Trabajo sobre la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos y el Estado de Derecho en la Lucha contra el Terrorismo.
29. La Dirección Ejecutiva seguirá teniendo en cuenta los requisitos del Consejo de Seguridad al respecto y alienta a los Estados Miembros a que sigan colaborando con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas para asegurar que sus medidas contra el terrorismo se ajusten a todas sus obligaciones en virtud del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario. Además, seguirá formulando recomendaciones para la prestación de asistencia técnica al respecto a los Estados Miembros.
VII. Aplicación de la resolución 1624 (2005) del Consejo de Seguridad
30. La Dirección Ejecutiva siguió prestando especial atención a la aplicación de la resolución 1624 (2005) por los Estados Miembros, tanto a través de sus evaluaciones como en el marco de varias iniciativas para promover su aplicación. También participó en la cumbre sobre la lucha contra el extremismo violento, celebrada en Washington D.C. en febrero de 2015, y en otras conferencias de alto nivel sobre el tema y contribuyó a los Grupos de Trabajo del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo sobre las Condiciones que Propician la Propagación del Terrorismo y sobre Estrategias Nacionales y Regionales de Lucha contra el Terrorismo.
31. La Dirección Ejecutiva facilitó la organización de dos talleres nacionales en Nairobi, del 22 al 24 de octubre de 2014, y en Mombasa (Kenya), del 20 al 22 de enero de 2015, sobre la aplicación efectiva de la resolución 1624 (2005). Los talleres, organizados en cooperación con el Centro Internacional para la Lucha Contra el Terrorismo de La Haya, permitieron que representantes del Gobierno de Kenya y organizaciones de la sociedad civil kenianas pudieran debatir y analizar la aplicación efectiva de las resoluciones 1624 (2005) y 2178 (2014). El taller de Mombasa dio lugar a un acuerdo para la creación de un comité directivo especial para elaborar una estrategia amplia de lucha contra el extremismo violento y allanó el camino para la incorporación de Kenya a la Iniciativa para la Asistencia Integrada contra el Terrorismo del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo. En Túnez, del 3 al 5 de noviembre de 2015, la Dirección Ejecutiva facilitó la celebración de un taller sobre la aplicación de la resolución 1624 (2005) y de la estrategia nacional de lucha contra el terrorismo que Túnez ha finalizado recientemente. Este fue el primer paso de un proceso a largo plazo de diálogo y fomento de la confianza entre todos los interesados que participan en la aplicación de los aspectos de la estrategia relativos a la prevención y la lucha contra el extremismo violento.
32. La celebración, el 14 de septiembre de 2015, del décimo aniversario de la aprobación de la resolución 1624 (2005) confirmó que los Estados Miembros seguían dando prioridad a las iniciativas para prohibir y combatir la incitación a la comisión de actos de terrorismo. En el evento también se hizo referencia a los enfoques que adoptan los Estados para hacer frente al uso de Internet y otras tecnologías de la comunicación para fines de incitación, y se puso de relieve la necesidad de seguir elaborando y difundiendo enfoques eficaces y legítimos para impedir y reprimir la incitación al terrorismo. Los debates proporcionaron un modelo para el diálogo futuro entre el Comité y los Estados Miembros en ese ámbito.
33. La Dirección Ejecutiva continuará supervisando y promoviendo la aplicación de la resolución 1624 (2005) por los Estados Miembros y seguirá cooperando con otras entidades del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo al respecto, en particular en el marco del plan de acción sobre la prevención del extremismo violento que presentará el Secretario General.
VIII. Promoción del papel de la mujer en la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento
34. En su resolución 2178 (2014), el Consejo de Seguridad alentó a los Estados Miembros a empoderar a las mujeres a fin de formular estrategias para contrarrestar la retórica que pudiera incitar a la comisión de actos terroristas y para abordar las condiciones que propiciaran la propagación del extremismo violento. En la declaración de su Presidencia de 28 de octubre de 2014 (S/PRST/2014/21), el Consejo expresó que el extremismo violento, que podía conducir al terrorismo, con frecuencia estaba dirigido a las mujeres y las niñas, lo que daba lugar a que se cometieran graves abusos y violaciones de los derechos humanos contra ellas, y alentó a los Estados Miembros a asegurar la participación de las mujeres y las organizaciones de mujeres, incluidas las refugiadas y las desplazadas internas, en la elaboración de estrategias para luchar contra el extremismo violento. En ese sentido, la Dirección Ejecutiva reforzó su coordinación con la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y llevó a cabo actividades de divulgación dirigidas a los defensores de los derechos de la mujer y la sociedad civil a fin de cumplir las disposiciones de las resoluciones y decisiones pertinentes del Consejo.
35. De conformidad con la resolución 2242 (2015) del Consejo de Seguridad, la Dirección Ejecutiva seguirá mejorando su colaboración con ONU-Mujeres e integrando las cuestiones de género de manera transversal en sus actividades y las del Comité, y continuará investigando sobre cuestiones de género en relación con los factores que impulsan la radicalización de las mujeres y los efectos que tienen las estrategias de lucha contra el terrorismo sobre los derechos humanos de la mujer y las organizaciones de mujeres, a fin de responder con políticas y programas específicos y con base empírica y fortalecer su especialización en materia de género.
IX. Colaboración en el marco del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo y con otros órganos subsidiarios del Consejo de Seguridad y entidades de las Naciones Unidas
36. La Dirección Ejecutiva prosiguió con sus actividades como miembro clave del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, entre otras cosas contribuyendo a ocho de sus nueve Grupos de Trabajo, sobre: las condiciones que propician la propagación del terrorismo; la protección de las infraestructuras críticas, como Internet, los objetivos vulnerables y la seguridad en el sector del turismo; la gestión de fronteras y el cumplimiento de la ley en relación con la lucha contra el terrorismo (en calidad de Presidenta); la lucha contra la financiación del terrorismo; las respuestas jurídicas y penales a la lucha contra el terrorismo (en calidad de Copresidenta); el respeto y la protección de los derechos humanos y el estado de derecho en la lucha contra el terrorismo; el apoyo y el reconocimiento de las víctimas del terrorismo; y las estrategias nacionales y regionales de lucha contra el terrorismo (en calidad de Copresidenta).
37. La Dirección Ejecutiva siguió desempeñándose como Copresidenta de la Iniciativa para la Asistencia Integrada contra el Terrorismo y contribuyendo a dos Grupos de Trabajo especiales del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, sobre los combatientes terroristas extranjeros y sobre la prevención y la lucha contra el extremismo violento. También colaboró con el Centro de las Naciones Unidas contra el Terrorismo para determinar las necesidades de asistencia técnica y asignarles prioridad y elaborar programas de creación de capacidad.
38. La Dirección Ejecutiva siguió cooperando estrechamente con los expertos del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) y del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1540 (2004), en particular mediante el intercambio mejorado y sistematizado de información e informes sobre las misiones y la preparación de documentos y declaraciones conjuntos de los Presidentes de los Comités para su presentación al Consejo. Los expertos del Comité establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) y, en ciertos casos, los del Comité establecido en virtud de la resolución 1540 (2004) también participaron en las visitas a los países que efectuó la Dirección Ejecutiva en nombre del Comité contra el Terrorismo. La Dirección Ejecutiva trabajó de manera coordinada con el Equipo de Vigilancia del Comité establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) para preparar documentos de evaluación y participar en talleres, teniendo en cuenta las nuevas disposiciones de la resolución 2178 (2014). El 18 de diciembre de 2014, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 23 de la resolución 2129 (2013), el Comité contra el Terrorismo ofreció una exposición informativa en que el coordinador común con base en el Caribe habló sobre los planes y las actividades de apoyo a la labor del Comité en la región.
39. De conformidad con las resoluciones 2129 (2013), 2185 (2014), 2195 (2014) y 2220 (2015) y con otras decisiones del Consejo, la Dirección Ejecutiva siguió manteniendo estrechos vínculos con otros regímenes de sanciones del Consejo de Seguridad, la Subdivisión de Prevención del Terrorismo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, el Departamento de Asuntos Políticos de la Secretaría, el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, la Oficina de Asuntos de Desarme, los Coordinadores Residentes del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y los Enviados Especiales y Representantes Especiales del Secretario General sobre cuestiones regionales y temáticas de interés común, entre otras cosas respecto de la evaluación y definición de las necesidades de asistencia técnica.
40. La Dirección Ejecutiva adoptó medidas para seguir fortaleciendo sus alianzas con otros Enviados Especiales y Representantes Especiales del Secretario General y otros Jefes de Oficina sobre cuestiones que tiene ante sí el Consejo, el Comité y la Dirección Ejecutiva.
41. Además, junto con otras entidades de las Naciones Unidas, seguirá examinando todos los medios viables y eficaces para mejorar la coordinación y el intercambio de información y evitar la duplicación de actividades. A ese respecto, la Dirección Ejecutiva estudiará la posibilidad de ampliar la utilización de los coordinadores de base regional para apoyar la labor del Comité, su Dirección Ejecutiva y los expertos del Comité establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011) y del Comité establecido en virtud de la resolución 1540 (2004).
X. Colaboración con organizaciones y entidades internacionales, regionales y subregionales
42. Las organizaciones internacionales, regionales y subregionales siguieron siendo asociados clave del Comité y la Dirección Ejecutiva en la labor realizada con los Estados Miembros para aplicar las resoluciones 1373 (2001), 1624 (2005) y 2178 (2014) y otras decisiones pertinentes del Consejo. Las alianzas y la colaboración con esas organizaciones y entidades dieron lugar a intercambios de información, la realización de misiones de evaluación, la formulación de programas de creación de capacidad según las necesidades, la elaboración de tipologías, la promoción de buenas prácticas a nivel internacional, la realización de investigaciones y la facilitación de la prestación de asistencia técnica. La Dirección Ejecutiva continuó participando activamente en las reuniones y actividades del Foro Mundial contra el Terrorismo y sus grupos regionales y temáticos.
43. La Dirección Ejecutiva seguirá intensificando sus relaciones de trabajo con organizaciones y entidades internacionales, regionales y subregionales para ayudar a los Estados Miembros a lograr la plena aplicación de las resoluciones pertinentes.
XI. Interacción con el mundo académico, la sociedad civil y otros agentes no gubernamentales
44. El mundo académico es un asociado clave del Comité y su Dirección Ejecutiva en relación con el análisis de los factores impulsores del terrorismo y el extremismo violento y la formulación de recomendaciones sobre las maneras de hacer frente a los nuevos retos y tendencias en relación con el terrorismo. El 19 de febrero de 2015, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la resolución 2129 (2013), el Comité, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva, puso en marcha la Red Mundial de Investigación sobre la Lucha contra el Terrorismo, encaminada a fortalecer su capacidad para detectar nuevas tendencias y novedades en cuanto al terrorismo y para supervisar las actividades de los Estados en la lucha contra el terrorismo. En la reunión abierta que el Comité celebró con la Red sobre el tema de los combatientes terroristas extranjeros, celebrada el 24 de noviembre de 2015, algunos miembros de la Red presentaron las conclusiones de su investigación sobre dos cuestiones relativas al fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros: los variados orígenes y factores motivadores de los combatientes terroristas extranjeros y las estrategias de readaptación y reintegración para los combatientes terroristas extranjeros repatriados.
45. Estos eventos y otras actividades de la Red han proporcionado un foro útil para el debate y el intercambio de información entre el Comité, su Dirección Ejecutiva y sus asociados en la investigación sobre las tendencias y la evolución de la aplicación de las resoluciones 1373 (2001), 1624 (2004) y 2178 (2014), incluidas las deficiencias y las mejores prácticas en la lucha contra el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros y otras cuestiones clave relativas a la labor del Comité. La Dirección Ejecutiva mantiene una lista actualizada de las instituciones que pertenecen a la Red y utiliza sus investigaciones y análisis en sus propios trabajos de evaluación y análisis.
46. En cumplimiento del párrafo 19 de la resolución 2129 (2013) y otras decisiones pertinentes del Consejo, la Dirección Ejecutiva siguió adoptando medidas para fortalecer sus alianzas con las organizaciones pertinentes de la sociedad civil, grupos de mujeres y de jóvenes y entidades educativas en apoyo de los esfuerzos del Comité por promover la aplicación efectiva de las resoluciones 1373 (2001), 1624 (2005) y 2178 (2014).
47. La Dirección Ejecutiva seguirá trabajando con la Red y continuará ampliándola con miras a fortalecer aún más su capacidad analítica y su conocimiento de las tendencias y los acontecimientos nuevos y emergentes. Además, seguirá colaborando y reforzando su alianza con la sociedad civil y otros agentes no gubernamentales pertinentes en apoyo de la labor del Comité, en particular para fortalecer el papel que desempeñan las mujeres, los jóvenes, los dirigentes religiosos, los medios de comunicación y el sector privado en la concienciación acerca de la amenaza que supone el terrorismo y las formas de abordarla eficazmente.
XII. Aplicación de la estrategia de comunicaciones
48. De conformidad con la estrategia de comunicaciones revisada que el Comité aprobó en 2014, la Dirección Ejecutiva siguió creando conciencia y fortaleciendo la comprensión de cuestiones, temas y eventos concretos, así como sobre la labor general del Comité y la Dirección Ejecutiva, haciendo un mayor uso del sitio web del Comité, los medios sociales y los medios de comunicación tradicionales, por ejemplo en lo relativo a las reuniones informativas para la prensa, los comunicados de prensa y los artículos de opinión. También colaboró más estrechamente con el Departamento de Información Pública de la Secretaría, sirviéndose de los recursos que poseen los Centros de Información de las Naciones Unidas en todo el mundo. El Director Ejecutivo y diversos invitados participaron en encuentros informales con la prensa y en comunicaciones de prensa cotidianas del Portavoz del Secretario General en relación con eventos del Comité y cuestiones concretas de interés para el Comité y la Dirección Ejecutiva.
49. Se han realizado mejoras cualitativas y cuantitativas considerables al sitio web del Comité, por ejemplo la reciente adición de una sección que reúne la cobertura que han hecho los medios de comunicación sobre la labor del Comité y la Dirección Ejecutiva. Actualmente hay un proyecto para pasar del sitio web actual a una nueva plataforma que utiliza un sistema de gestión de los contenidos web, con lo cual mejorará el sitio y se proporcionará una mejor integración de los contenidos de los medios audiovisuales y sociales.
50. En 2015, los medios de comunicación tradicionales informaron sobre las actividades del Comité y la Dirección Ejecutiva en más de 120 ocasiones, lo que representa una mejora notable en la exposición en estos medios. La presencia del Comité y la Dirección Ejecutiva en los medios sociales siguió aumentando, con Twitter como el medio más utilizado. El número de seguidores de la cuenta oficial de Twitter (@UN_CTED) asciende actualmente a más de 9.000, lo que equivale a un aumento de más del 30% en poco más de un año. Durante el mismo período, el número de tuits y retuits y otros tipos de participación en Twitter aumentó más de 330%. Los tuits con enlaces a artículos web también han ayudado a canalizar el tráfico hacia el sitio web del Comité. La Dirección Ejecutiva siguió celebrando reuniones informativas periódicas para diplomáticos, estudiantes y periodistas, y participó en conferencias a través de vídeos de discursos grabados con antelación, cuando fue preciso.
51. La Dirección Ejecutiva seguirá aplicando la estrategia de comunicaciones revisada, con la orientación del Comité y en el marco del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, y examinará los medios y las maneras de transmitir contramensajes y contraargumentos, en particular en el marco del plan de acción del Secretario General para prevenir el extremismo violento.
XIII. Organización y funcionamiento de la Dirección Ejecutiva
52. Desde su establecimiento operacional en diciembre de 2005, la Dirección Ejecutiva ha ayudado al Comité a cumplir su mandato siguiendo la orientación normativa del Comité. En 2014 y 2015 aumentó notablemente el número de tareas encomendadas a la Dirección Ejecutiva por el Consejo de Seguridad y el Comité. En virtud de la resolución 2178 (2014) y las declaraciones pertinentes de su Presidencia, esas nuevas tareas estuvieron relacionadas, en particular, con el análisis de nuevas tendencias y novedades relativas a la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005), el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros y la lucha contra el extremismo violento.
53. La plantilla de la Dirección Ejecutiva se compone actualmente de 35 puestos del Cuadro Orgánico y 8 del Cuadro de Servicios Generales. En el período sobre el que se informa, la Asamblea General aprobó dos nuevos puestos (correspondientes a Oficiales de Asuntos Políticos de las categorías P-4 y P-3) y un puesto de Oficial Adjunto de Asuntos Políticos de la categoría P-2 fue reclasificado como puesto de categoría P-3. No obstante, la cantidad de tareas y responsabilidades adicionales asignadas por el Consejo supuso una carga considerable para los recursos de la Dirección Ejecutiva. En 2014 y 2015 se utilizaron fondos extrapresupuestarios por una suma de 1.082.868 dólares para apoyar las actividades de concienciación y desarrollo de la capacidad de los Estados Miembros con respecto a la aplicación de las resoluciones 1373 (2001), 1624 (2005) y 2178 (2014).
54. La Dirección Ejecutiva continuará examinando medidas para incrementar sus recursos y su capacidad, incluso mediante la solicitud de contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo y la contratación de funcionarios subalternos del Cuadro Orgánico, consultores y personal temporario.
XIV. Conclusiones y observaciones
55. En el período sobre el que se informa, la Dirección Ejecutiva completó o tomó las medidas necesarias para completar todas las tareas encomendadas por el Consejo en su resolución 2129 (2013) y demás resoluciones y decisiones pertinentes. En el contexto de la rápida evolución del panorama del terrorismo mundial y las iniciativas de las Naciones Unidas y sus Estados Miembros para combatir el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones y para hacer frente a las condiciones que propician la propagación del terrorismo y el extremismo violento, la Dirección Ejecutiva seguirá llevando a cabo su labor, con la orientación normativa del Comité y en estrecha colaboración con los Estados Miembros, otros organismos de las Naciones Unidas, organizaciones y entidades internacionales, regionales y subregionales y la sociedad civil, a fin de garantizar la aplicación efectiva y plena de las resoluciones y decisiones pertinentes del Consejo.
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