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27may16

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Nota del Director General de la OPAQ sobre los avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias (abr.-may.16)


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/494

Distr. general
27 de mayo de 2016
Español
Original: inglés

Carta de fecha 27 de mayo de 2016 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General

Tengo el honor de adjuntar a la presente el 32º informe mensual del Director General de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), presentado en cumplimiento del párrafo 12 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad. El informe abarca el período comprendido entre el 22 de abril y el 23 de mayo de 2016.

Con respecto a la destrucción de las instalaciones de producción de armas químicas declaradas por la República Árabe Siria, la situación de la seguridad sigue impidiendo acceder al hangar que queda por destruir. Por el mismo motivo, la Secretaría Técnica de la OPAQ sigue sin poder confirmar la condición de otras dos instalaciones fijas en superficie. Sin embargo, observo que, aunque la República Árabe Siria estaba estudiando la posibilidad de acceder en condiciones de seguridad a una de las dos instalaciones en superficie, los frecuentes cambios de la situación de seguridad han limitado los planes a tal efecto.Con respecto a la declaración inicial y posteriores comunicaciones de la República Árabe Siria, el Director General de la OPAQ y representantes del Gobierno de la República Árabe Siria se reunieron en La Haya del 27 al 30 de abril de 2016, con el objetivo de resolver todas las cuestiones pendientes en ese sentido. Se ha previsto una visita de un equipo de la Secretaría Técnica de la OPAQ a Damasco del 30 de mayo al 3 de junio de 2016, en la que no solo se abordarán las cuestiones que quedan por resolver, sino también los más recientes resultados analíticos de las muestras recogidas por el Grupo de Evaluación de las Declaraciones de la OPAQ durante su visita a la República Árabe Siria en enero de 2016. Observo, en particular, que el Director General ha indicado que esos resultados han ampliado el alcance de las cuestiones que quedan por resolver. También tomo nota de que el Gobierno de la República Árabe Siria sigue dialogando y cooperando con la OPAQ en relación con este asunto.

Recalco mi constante y grave preocupación por las denuncias de empleo de armas químicas en la República Árabe Siria. Quisiera señalar que la misión de determinación de los hechos de la OPAQ en la República Árabe Siria sigue estudiando toda la información disponible en relación con esas denuncias.De conformidad con lo dispuesto en la resolución 2235 (2015) del Consejo de Seguridad, el Mecanismo Conjunto de Investigación de la OPAQ y las Naciones Unidas sigue investigando los nueve casos seleccionados. Durante el período que abarca el informe, el Grupo Directivo se reunió con funcionarios en Washington D.C. Los investigadores del Mecanismo también realizaron su segunda visita técnica a Damasco. El Gobierno de la República Árabe Siria sigue cooperando con el Mecanismo. La información y los materiales recibidos en Damasco se están examinando y el Mecanismo ha seguido recibiendo información pertinente para su investigación de otros Estados Miembros.

Además, y de conformidad con el párrafo 7 de la resolución 2235 (2015), el Mecanismo ha colaborado con organizaciones no gubernamentales y otras entidades familiarizadas con los nueve casos investigados. El Mecanismo presentará un informe por escrito al Consejo de Seguridad para que lo examine durante el mes de junio de 2016.

(Firmado) Ban Ki-moon


Anexo

[Original: árabe, chino, español, francés, inglés y ruso]

Tengo el honor de transmitirle mi informe titulado "Avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias", elaborado de conformidad con las disposiciones pertinentes de la decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la OPAQ y la resolución 211 8 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ambas de fecha 27 de septiembre de 2013, para que lo remita al Consejo de Seguridad (véase el apéndice). Mi informe abarca el período comprendido entre el 22 de abril de 2016 y el 23 de mayo de 2016 y se atiene a los requisitos en materia de presentación de informes establecidos en la decisión del Consejo Ejecutivo EC-M-34/DEC.1, de fecha 15 de noviembre de 2013.

(Firmado) Ahmet Üzümcü


Apéndice

[Original: árabe, chino, español, francés, inglés y ruso]

Nota del Director General de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas

Avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias

1. De conformidad con el apartado f) del párrafo 2 de la decisión del Consejo Ejecutivo (en adelante, el "Consejo") en su trigésima tercera reunión (EC -M-33/DEC.1, de fecha 27 de septiembre de 2013), la Secretaría Técnica (en adelante, la "Secretaría") ha de informar todos los meses al Consejo sobre la aplicación de la decisión. De conformidad con el párrafo 12 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el informe de la Secretaría también se ha de presentar al Consejo de Seguridad, por conducto del Secretario General.

2. En su trigésima cuarta reunión, el Consejo adoptó la decisión titulada "Requisitos detallados para la destrucción de las armas químicas sirias y las instalaciones de producción de armas químicas sirias" (EC-M-34/DEC.1, de fecha 15 de noviembre de 2013). En el párrafo 22 de dicha decisión, el Consejo decidió que la Secretaría informase sobre su aplicación "junto con el informe requerido en virtud del apartado f) del párrafo 2 de la decisión del Consejo EC-M-33/DEC.1".

3. En su cuadragésima octava reunión, el Consejo adoptó la decisión titulada "Informes de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria" (EC-M-48/DEC.1, de fecha 4 de febrero de 2015), en la que tomó nota de la intención del Director General de incluir los informes de la Misión de Determinación de los Hechos, junto con la información relativa a los debates mantenidos al respecto en el Consejo, en los informes mensuales presentados con arreglo a la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Del mismo modo, el Consejo, en su octogésimo primer período de sesiones, adoptó una decisión titulada "Informe del Director General en relación con la declaración y la información correspondiente presentadas por la República Árabe Siria" (EC-81/DEC.4, de fecha 23 de marzo de 2016), en la que tomó nota de la intención del Director General de proporcionar información acerca de la aplicación de esa decisión.

4. Por consiguiente, este trigésimo segundo informe mensual se presenta de conformidad con las decisiones del Consejo mencionadas e incluye la información relativa al período comprendido entre el 22 de abril y el 23 de mayo de 2016.

Avances logrados por la República Árabe Siria en el cumplimiento de las disposiciones de los documentos EC-M-33/DEC.1 y EC-M-34/DEC.1

5. A continuación se exponen los avances logrados por la República Árabe Siria:

a) Con respecto a las 27 instalaciones de producción de armas químicas (IPAQ) declaradas por la República Árabe Siria, la Secretaría ha verificado la destrucción de 24 y queda por verificar la destrucción de tres. La situación de seguridad sigue impidiendo el acceso en condiciones de seguridad para destruir el hangar de aeronaves restante, que está preparado para alojar las cargas explosivas, y confirmar la situación en que se encuentra por lo menos una de las dos instalaciones fijas en superficie. Si bien se informó con anterioridad de que la República Árabe Siria estaba estudiando la posibilidad de acceder en condiciones de seguridad a la otra instalación fija, los frecuentes cambios de la situación de seguridad han limitado los planes para acceder a ese emplazamiento.

b) El 19 de mayo de 2016, la República Árabe Siria presentó al Consejo su trigésimo informe mensual (EC-82/P/NAT.3, de fecha 19 de mayo de 2016) sobre las actividades realizadas en su territorio relativas a la destrucción de sus IPAQ, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 19 del documento EC-M-34/DEC.1.

c) Las autoridades sirias han seguido prestando la cooperación necesaria de conformidad con el apartado e) del párrafo 1 del documento EC-M-33/DEC.1 y el párrafo 7 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Avances logrados en la eliminación de las armas químicas sirias por los Estados Partes que acogen las actividades de destrucción

6. Como se ha informado con anterioridad, se han destruido ya todas las sustancias químicas declaradas por la República Árabe Siria que se retiraron de su territorio en 2014.

Actividades realizadas por la Secretaría en relación con la decisión EC-81/DEC.4 del Consejo Ejecutivo

7. En su octogésimo primer período de sesiones, el Consejo (en la decisión EC-81/DEC.4) pidió al Director General que, simultáneamente a la labor realizada por el Grupo de Evaluación de las Declaraciones, se reuniera con altos funcionarios sirios para abordar los temas señalados por la Secretaría en el "Informe sobre el trabajo del Grupo de Evaluación de las Declaraciones en relación con la declaración y la información correspondiente presentadas por la República Árabe Siria" (EC-81/HP/DG.1, de fecha 22 de febrero de 2016).

8. De conformidad con la decisión del Consejo, el Director General, junto con el Grupo de Evaluación de las Declaraciones, sigue dialogando con altos funcionarios sirios a fin de abordar los temas no resueltos relacionados con la declaración inicial y la información presentada posteriormente relativa al programa de armas químicas de la República Árabe Siria.

9. Por invitación del Director General, el Excmo. Dr. Faisal Mekdad, Viceministro de Relaciones Exteriores de la República Árabe Siria, y una delegación de expertos participaron en las consultas de cuatro días de duración mantenidas con miembros del personal de la Secretaría. El objetivo de las consultas, celebradas del 27 al 30 de abril de 2016 en la sede de la OPAQ, fue debatir y resolver todas las cuestiones pendientes señaladas en el informe de la Secretaría.

10. Después de esos debates, una delegación de la Secretaría seguirá manteniendo sus consultas técnicas con funcionarios sirios en Damasco, del 30 de mayo al 3 de junio de 2016. Esas consultas se centrarán en todas las cuestiones que quedan por resolver e incluirán también un diálogo sobre los resultados analíticos más recientes de las muestras tomadas por el Grupo de Evaluación de las Declaraciones durante su decimocuarta visita a la República Árabe Siria, que tuvo lugar en enero de 2016. Los resultados analíticos de las muestras más recientes han aumentado el alcance de las cuestiones que quedan por resolver.

11. Como decidió el Consejo en su octogésimo primer período de sesiones, el Director General informará al Consejo de los resultados de esas consultas con antelación a su octogésimo segundo período de sesiones, que se celebrará en julio de 2016.

Otras actividades realizadas por la Secretaría en relación con la República Árabe Siria

12. A tenor de la petición del Consejo en su septuagésimo quinto período de sesiones (párrafo 7.12 del documento EC-75/2, de fecha 7 de marzo de 2014), la Secretaría, en nombre del Director General, ha seguido informando a los Estados Partes en La Haya acerca de las actividades que realiza.

13. Se han ultimado las enmiendas a los acuerdos para prorrogar, hasta el término de noviembre de 2016, el apoyo prestado por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) a la misión de la OPAQ. Esas enmiendas también permitirán a la UNOPS prestar apoyo logístico y administrativo, a título reembolsable, al Mecanismo Conjunto de Investigación. Cabe observar que, en la fecha límite del presente informe, había un miembro del personal de la OPAQ destacado como parte de la misión de la OPAQ en la República Árabe Siria.

14. Tras acordar las modalidades de cooperación entre la República Árabe Siria y la OPAQ para garantizar la seguridad de los sistemas de control remoto, se concertó con el contratista, durante el período de que se informa, el contrato de mantenimiento y reparación de los sistemas instalados en cuatro de las IPAQ ya destruidas (cuatro estructuras subterráneas).

Recursos suplementarios

15. Como se ha informado con anterioridad, en noviembre de 2015 se estableció el Fondo Fiduciario para las Misiones en Siria, con el fin de apoyar a la Misión y otras actividades restantes, como las del Grupo de Evaluación de las Declaraciones. En la fecha límite del presente informe, se habían concertado acuerdos de contribución, por un monto total de 7,8 millones de euros, con Alemania, el Canadá, Chile, los Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Nueva Zelandia, la República de Corea, Suiza y la Unión Europea. Otros donantes han hecho promesas de contribución, que se están tramitando en la actualidad.

Actividades realizadas en relación con la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria

16. La Misión de Determinación de los Hechos ha seguido estudiando toda la información disponible relativa a las denuncias de empleo de armas químicas en la República Árabe Siria y, al proseguir su trabajo, se guiará por las decisiones del Consejo EC-M-48/DEC.1 y EC -M-50/DEC.1 (de fecha 23 de noviembre de 2015) y la resolución 2209 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. La OPAQ también ha seguido prestando su cooperación y apoyo plenos al Mecanismo Conjunto de Investigación.

Conclusión

17. Las actividades futuras de la Misión de la OPAQ en la República Árabe Siria se centrarán principalmente en la aplicación de la decisión del Consejo de marzo de 2016 (EC-81/DEC.4), así como en la destrucción y verificación del hangar de aeronaves restante, la confirmación de la situación en que se encuentran las dos instalaciones fijas en superficie y las inspecciones anuales de las estructuras subterráneas cuya destrucción ya se ha verificado.


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