EQUIPO NIZKOR |
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31oct05
Escrito de la defensa de Cavallo pidiendo la suspensión del Juicio Oral.
Rollo de Sala nº 139/97
A la Sección Tercera de la Sala de los Penal de la Audiencia Nacional.
D. Carlos Blanco Sánchez de Cueto, Procurador de los Tribunales y de D. Ricardo M. Cavallo, comparezco y DIGO:
Que por medio del presente escrito y COMO HECHO ABSOLUTAMENTE NUEVO con relación a la solicitud de revocación del auto de conclusión pendiente, venimos a aportar documentación de prensa del día29 de octubre de 2005 en la que se anuncia cómo la Fiscalía Argentina acaba de solicitar la imputación de nuestro mandante por los mismos hechos por los que está procesado en España.
Quiérese decir que no existe ningún obstáculo para que las autoridades argentinas puedan investigar y enjuiciar a nuestro representado, a la vista de que la Fiscalía pide su concreta detención e imputación por los hechos de la ESMA; damos, por lo anterior, por reproducida, toda la argumentación acerca de la preeminencia del locus deliciti al que hacía referencia el Tribunal Constitucional en la sentencia que versaba sobre Guatemala e interesamos que se ordene librar al órgano instructor nueva Comisión Rogatoria Internacional a Argentina,como complemento del lo interesado en el trámite del art.627 de la L.E.Cr., con el siguiente objeto:
AL JUZGADO EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N̊12 DE BUENOS AIRES:
Para que por el juez instructor de la causa nº 14.217/03 del Juzgado en lo Criminal y Correccional nº 12 de Buenos Aires (que investiga loshechos acaecidos en la ESMA -Escuela de Mecánica de la Armada-), remita el informe del Fiscal Argentino en el que se reclama la detención de 295 personas, entre ellas nuestro mandante, para que pueda ser examinado por este Tribunal y que responda a las siguientes cuestiones:
a) Si uno de los requeridos por el Ministerio Fiscal Argentino en el informe en el que pide la detención de 295 personas es nuestro mandante y en razón de qué hechos.
b) Si los hechos por los que el Fiscal pide las detenciones son los acaecidos en la ESMA, qué hechos concretos abarcan, qué delitos, qué periodos de tiempo y si existe algún impedimento legal, a la vista del reclamo del Fiscal, para que se proceda contra Ricardo Cavallo en Argentina.
Y es por lo que,
SOLICITO AL TRIBUNAL: Acuerde, revocando el auto de conclusión, ordenar cursar esta Comisión Rogatoria Internacional.
En Madrid a 31 de octubre de 2005
Fernando Pamos de la Hoz, Letrado
Carlos Blanco Sánchez de Cueto, Procurador
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