EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


112ene06


Conclusiones provisionales de la fiscalía en el Caso Cavallo.


AUDIENCIA NACIONAL
SALA DE LO PENAL- SECCIÓN TERCERA
SUMARIO 19/97
JUZGADO CENTRAL INSTRUCCIÓN Nº 5

A LA SALA

EL FISCAL, en la causa al margen reseñada y conforme a lo previsto en los artículos 649 y 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, formula con el carácter de provisionales las siguientes:

CONCLUSIONES
PRIMERA.-

EL PLAN SISTEMATICO

1.- ANTECEDENTES DEL GOLPE MILITAR.

En la República Argentina, a lo largo de todo el año 1.975, e incluso con anterioridad, los responsables militares de cada una de las armas del Ejército, con la ayuda de las Fuerzas Policiales y los Servicios de Inteligencia y apoyo de grupos de civiles, tomaron la decisión no sólo de derrocar a la Presidenta constitucional, María Estela Martínez de Perón, mediante un golpe de Estado, que se materializó el 24 de marzo de 1.976, sino también de diseñar, desarrollar y ejecutar un plan criminal sistemático de desaparición y eliminación física de una considerable parte de la ciudadanía que reputaban incompatible con su proyecto político y social, seleccionada en función de su adscripción a determinados sectores, y por motivos ideológicos, políticos, étnicos y religiosos.

Una vez conseguida la sensación y realidad de ese estado de desastre institucional, económico y social, el siguiente paso en el esquema diseñado fue presentar a la Presidenta de la Nación como una persona incapaz de dirigir el país, situación que ésta aceptó, permitiendo de facto que los militares dirigiesen la situación y diesen cobertura "legal" a la represión, iniciada con el Decreto número 261/75, de 5 de febrero de 1.975 (tomos 52 y 94 de la Pieza Separada de Documentación), en el que se establecía una estructura funcional para todos los organismos de inteligencia y por el que se autorizaba al Ejército de Tierra a ejecutar las operaciones necesarias para neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actuasen en la Provincia de Tucumán; y la Orden secreta de 5 de febrero de 1.975 (tomo 94), del General Jorge Rafael Videla, en la que se dió luz verde a las operaciones de represión en esa Provincia y al llamado "Operativo Independencia", que se inició el día 9 de febrero de 1.975, dirigido por el General Vilas, y, que constituyó el inicio de lo que un año después desembocaría en el golpe militar.

Esta cobertura se consumó con los Decretos que, a instancia de los responsables militares -que de hecho gobernaban el país-, firmó el Presidente interino Italo Luder, el 6 de octubre de 1.975, con los números 2.770/75, por el que se constituyó el Consejo de Seguridad Interior y Consejo de Defensa (tomo 94); número 2.771/75, por el que se dispusieron los medios necesarios para la lucha contra la subversión (tomo 94); y número 2.772/75, por el que se libraron órdenes de ejecución de operaciones militares y de seguridad para eliminar y/o aniquilar el accionar de todos los elementos subversivos en todo el territorio del país (tomo 94) –continuación, por tanto, del Decreto 261/75, de 5 de febrero–.

2.- EL PLAN DE EJÉRCITO Y LA IDEOLOGÍA DEL PROCESO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DECLARACIONES Y ARENGAS.- DECRETOS Y ÓRDENES SECRETAS.

A pesar de que, como ha quedado expresado, durante el gobierno constitucional se habían dictado numerosas y severísimas leyes represivas para combatir las actividades subversivas, agravándose penas, creándose nuevas figuras penales, aplicándose normas restrictivas para salir del país y dictándose varios decretos contra la lucha subversiva, de forma que ya todas las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, etc., habían quedado bajo la responsabilidad primaria del ejército para la lucha anti-subversiva y que los grupos violentos revolucionarios, en realidad, estaban ya seriamente desarticulados, ello no era suficiente para los fines de quienes habrían de ejecutar el inminente golpe militar, que estimaban necesaria la eliminación física del grupo nacional opositor a su ideología o a su proyecto.

Por ello, a partir de aquella fecha –6 de octubre de 1.975– los responsables militares máximos de los tres ejércitos y los policiales y de los Servicios de Inteligencia ultimaron los preparativos en forma coordinada para la toma del Poder y el desarrollo a gran escala del plan de eliminación y desaparición sistemática de personas de los diferentes bloques de población, clasificándolas bien por su profesión, adscripción ideológica, religiosa, sindical, gremial o intelectual, e incluso étnica y que afectaría a estudiantes, trabajadores, amas de casa, niños, minusválidos o discapacitados, políticos, sindicalistas, abogados, judíos y, en general, cualquier persona o sector que entendían opuesto a la selección realizada, so pretexto de desarrollar o participar en actividades supuestamente terroristas y contrarias a lo que denominaban "la moral occidental y cristiana", y que incluso dió pie también a la represión por motivos religiosos contra todos aquéllos que no perteneciesen o discrepasen de la doctrina "oficial" católica, según la entendía la cúpula militar.

Así, el General Videla había anunciado en la 11ª Conferencia de Ejércitos Americanos (Montevideo, 1.975): "en la Argentina van a tener que morir todas las personas que sean necesarias para lograr la seguridad del país".

En los días inmediatamente previos al golpe, posiblemente el día de 10 de marzo de 1.976, el almirante Luis María Mendía, Comandante de Operaciones Navales, siguiendo órdenes del Comandante en Jefe Emilio Eduardo Massera, y con conocimiento y conformidad de la alta jerarquía de la Armada, en desarrollo del plan previamente establecido por los responsables de las Fuerzas Armadas, convocó a toda la Plana Mayor del Area Naval de Puerto Belgrano, en número de 900 marinos aproximadamente, y los arengó en el sentido de que el país estaba lleno de "delincuentes subversivos" y que se les debía combatir para conseguir, según decía Horacio Hernán Berdine —compañero y asesor de psicología de Massera—, un país distinto, pacificado, con orden y economía espectacular.

Pocos días después del golpe militar el mismo almirante Mendía convocó una nueva reunión en el cine de Puerto Belgrano en la que marcó los lugares en los que se encontraban los "subversivos" y le comunicó a la plana mayor que la Armada no iba a ser ajena al combate antisubversivo y que integraría el Grupo de Tareas 3.3.2, constituido por la Compañía de Ceremonial reestructurada, con un área de operaciones que se extendería a la zona norte de Capital Federal y Gran Buenos Aires. Asimismo les indicó que se combatiría todo lo que fuera "contrario a la ideología occidental y cristiana", todo ello con el beneplácito de la jerarquía católica castrense, y con el apoyo de un gabinete especial creado por Massera.

En esa reunión Mendía explicó el método de "lucha contra la subversión" e indicó que se actuase con ropa civil, operaciones rápidas, interrogatorios intensos, práctica de torturas y sistema de eliminación física a través de los aviones que, en vuelo, arrojarían los cuerpos vivos y narcotizados al vacío, proporcionándoles de esta forma una "muerte cristiana".

Igualmente Mendía, siguiendo órdenes de Massera, expresó que otro método de depuración a seguir sería que las detenidas embarazadas permanecerían con vida hasta el alumbramiento de los bebés, los cuales serían entregados a familiares de marinos, militares o civiles que previamente lo solicitasen a través del orden establecido en la Escuela Mecánica de la Armada (E.S.M.A.). Con ello se pretendía conseguir evitar la "contaminación" que supondría devolver los hijos a sus familias biológicas.

Inmediatamente producido el golpe militar, el General Viola ordenó "que la evacuación de los detenidos se producirá con la mayor rapidez, previa separación por grupos: jefes, hombres, mujeres y niños, inmediatamente después de las capturas".

En 30 de abril de 1.976 el General Luciano Benjamín Menéndez, afirmó que la actividad de los intelectuales y artistas discrepantes constituía "un veneno para el alma de la nacionalidad argentina", añadiendo que "de la misma manera que destruimos por el fuego la documentación perniciosa que afecta al intelectual y a nuestra manera de ser cristiana, serán destruidos los enemigos del alma argentina".

Desde el 24 de marzo de 1.976 -fecha del golpe de Estado- hasta 10 de diciembre de 1.983, las Fuerzas Armadas argentinas usurparon ilegalmente el gobierno y pusieron en marcha el llamado "Proceso de Reorganización Nacional" (P.R.N.) y la denominada "Lucha contra la subversión" (L.C.S.), cuya finalidad, en realidad, era la destrucción sistemática de personas que se opusiesen a la concepción de nación sostenida por los militares golpistas, y a las que se identificaría como opuestas a la "Civilización Occidental y Cristiana".

Tales designios se exponían y detallaban extensamente en el denominado Plan General del Ejército, que desarrollaba el Plan de Seguridad Nacional, y que se definía en la Orden Secreta de Febrero de 1.976, en la que se contenía la doctrina y las acciones concretas para tomar por la fuerza el poder político e imponer el terror generalizado a través de la tortura masiva y la eliminación física ó desaparición forzada de miles de personas que se opusieran a las doctrinas emanadas de la cúpula militar.

Tal manera de proceder suponía la secreta derogación de las normas legales en vigor, respondía a planes aprobados y ordenados a sus respectivas fuerzas por los Comandantes militares, según las disposiciones de las Juntas Militares y se tradujo en la implantación de todo un organigrama de grupos, organizaciones y bandas armadas, que, subvirtiendo el orden constitucional y alterando gravemente la paz pública, cometieron toda una cadena de hechos violentos e ilegales que desembocaron en una represión generalizada y en un estado de absoluto terror de toda la población.

En el apartado "Detención de Personas", punto 4 (Fases: 2) de la referida Orden Secreta de febrero de 1.976 se disponía que:

"La operación consistirá en detener... a todas aquellas personas que la Junta de Comandantes Generales establezca o apruebe para cada jurisdicción...

La planificación respecto a los elementos a detener... deberá contar con la aprobación de la Junta de Comandantes Generales".

En la referida Orden se plasmaba una metodología clandestina e ilegal en la siguiente forma:

"La incomunicación caracterizará todo el proceso de detención de los inculpados y solamente podrá ser levantada por la Junta de Comandantes Generales.

No se permitirá la intervención de personas extrañas a las FF.AA. en defensa de los detenidos.

La composición de los equipos especiales de detención, y todo el accionar de los mismos será registrado en documentos secretos, a elaborar dentro del más estricto marco de seguridad y de secreto militar.

Dichos documentos deberán estar permanentemente a disposición de la Junta de Comandantes Generales y elevados toda vez que ésta los requiera.

Ningún integrante del equipo está facultado para suministrar información alguna a la prensa y vinculada al cumplimiento de esta operación, ello será facultad exclusiva de la Junta de Comandantes Generales".

Por tanto, el secuestrado perdía toda conexión con el exterior. Paralelamente, nadie podía conocer en qué Centro Clandestino de Detención se hallaba el mismo.

El Plan del Ejército fue complementado por la Orden de Operaciones nº 2/76 (tomo 150), que disponía:

"1) DETENCIÓN DE PERSONAS: se continuará con la detención de personas que aun se encuentren prófugas, según las listas.... Las de prioridad ...estará a cargo del Servicio de Inteligencia del Estado (S.I.D.E.), Policía Federal Argentina (P.F.A.) y Policía Provincial: Delincuentes comunes y económicos insertos en lista de prioridad 1;

"En cuanto a los Delincuentes subversivos: además de los organismos citados... en la detención de este tipo de delincuentes intervendrán los elementos técnicos de Inteligencia del Ejército".

2) OCUPACIÓN Y CLAUSURA DE EDIFICIOS PÚBLICOS Y SEDES SINDICALES... se desalojará a todo el personal que se encuentre en el edificio... sobre este personal se deberá ejercer un rígido control... apostará un guardia militar para el acceso... se efectuará un estricto control de todo movimiento... Toda persona de cualquier índole que transgreda estas normas será detenida y puesta a disposición del Gobierno Militar...

3) CONTROL DE GRANDES CENTROS URBANOS Y CIERRE DE AEROPUERT0S, AERODROMOS Y PISTAS: La finalidad es... impedir la salida del país de personas que el Gobierno Militar disponga sean investigadas.

4) VIGILANCIA DE FRONTERAS: ...se ejecutarán las acciones militares necesarias para impedir la salida del país a través de la frontera terrestre..."

5) SEGURIDAD DE ESTABLECIMIENTOS CARCELARIOS... Se deberá impedir todo tipo de comunicación con el exterior por parte de los detenidos...

8) CONTROL DE ACCESO A SEDES DIPLOMÁTICAS. Se ejercerá la vigilancia exterior del edificio que ocupa la representación diplomática seleccionada a efectos de impedir el acceso de personas ajenas a la misma, con el propósito de solicitar asilo político".

En el Anexo 2 (INTELIGENCIA) del Plan del Ejército (tomo 150) se incluían como oponentes activos o potenciales a todo el espectro social:

1.- Las organizaciones político militares.
2.- Las organizaciones políticas y colaterales.
3.- Las organizaciones gremiales.
4.- Las organizaciones estudiantiles.
5.- Las organizaciones religiosas.
6.- Las personas "vinculadas", descritas como aquellas «relacionadas al quehacer nacional, provincial, municipal o a alguna de las organizaciones señaladas: existen personas con responsabilidad imputable al caos por el que atraviesa la Nación e igualmente podrán surgir otras de igual vinculación que pretendieran entorpecer y hasta afectar el proceso de recuperación del país.

A tales elementos, debidamente individualizados, se los encuadrará conforme a las previsiones establecidas en el documento "Detención de personas" o normas que específicamente pudiera establecer la Junta de Comandantes Generales».

El Reglamento RC-9-1 (1.977) especificaba que no se utilizará jamás la denominación de "guerrilla ni guerrillero". "Quienes participen en sus acciones serán considerados delincuentes comunes (subversivos). Las organizaciones que integren serán calificadas como bandas de delincuentes subversivos, a los que hay que eliminar".

La Orden Parcial nº 405, de 21 de mayo de 1.976 (tomo 150, f. 29832 a 29854), de reestructuración de jurisdicciones y adecuación orgánica para intensificar las operaciones contra la subversión, reiteraba la necesidad de centralizar la conducción de las acciones de inteligencia en las operaciones con unidad de comando.

La Directiva del Comandante en Jefe del Ejército nº 504/77 (tomo 150) ("Continuación de la ofensiva contra la subversión durante el período de 1.977-78") expresaba:

"3) La acción militar directa ha producido un virtual aniquilamiento de las organizaciones subversivas, con un desgaste aproximado al 90% de su personal encuadrado, mientras la acción militar de apoyo a las estrategias sectoriales de cada Ministerio, actuando sin la conveniente orientación que le hubiera dado un planeamiento adecuado del sector gubernamental en lo que hace a la Lucha contra la Subversión, ha conseguido sólo una temporaria normalización de los ámbitos prioritarios, donde, precisamente ha reforzado su accionar el oponente".

"4) Este cambio de la delincuencia subversiva y la existencia de problemas económico-laborales que aún inciden negativamente sobre la población, exige de la acción de gobierno una preferente atención para superar frustraciones que el oponente esgrime como causas de lucha, y de la acción militar".

Y a estos efectos, en los Anexos (tomo 150) se ordenaba la persecución de los oponentes, que ahora pasan a denominarse "delincuentes terroristas", en los ámbitos educacional, religioso, barrial y de la comunicación social, estableciendo (Anexo 5 bis) que "la estrategia global del oponente dirige su esfuerzo principal a la acción insurreccional de masas como una vía económica, aunque más lenta que la armada, en la que la población hábilmente instrumentada se levanta contra el orden legal y alcanza el poder luego de producir una "crisis revolucionaria.

La acción es realizada en todos los ámbitos, pero prioritariamente en el educacional para reclutar futuros dirigentes; en el industrial para paralizar la economía, en el religioso para confundir y neutralizar las virtudes morales e ideas filosóficas y quitar la mayor base de unión y en el territorial o barrial, para conquistar a las masas populares, ponerlas sentimentalmente de su parte y enfrentarlas al orden legal existente.

El ejército accionará selectivamente sobre organizaciones religiosas, culturales, deportivas de fomento y otras formas de nucleamientos de tipo barrial, en coordinación con organismos estatales, especialmente de nivel municipal, para prevenir o neutralizar situaciones conflictivas explotables por la subversión, detectar y erradicar sus elementos infiltrados y apoyar a las autoridades y organizaciones que colaboran con las Fuerzas Legales, a fin de impedir la agitación y acción insurreccional de masas y contribuir de esta forma al normal desenvolvimiento de las actividades de gobierno y al logro de la adhesión de la población".

Además, se estableció un sistema de delación y control absoluto en todo el ámbito educativo y cultural, ordenando el general Albano Harguindeguy, Ministro del Interior, al asumir interinamente el Ministerio de Cultura y Educación en 1.978, que «las autoridades educativas, culturales y de ciencia y tecnología deberán informar las novedades sobre la detección de agentes o presuntas actividades subversivas a que diera origen el personal a sus órdenes, a las autoridades militares de su jurisdicción...».

El citado Reglamento RC-9-1 (1.977) establecía, en su página 86: "El concepto es prevenir y no "curar", impidiendo mediante la eliminación de los agitadores, posibles acciones insurreccionales masivas. En tal sentido, la detención de los activistas o subversivos localizados deberá ser una preocupación permanente en todos los niveles del comando. Ellos deben ser capturados de inmediato en el lugar en que se encuentren, ya sea el domicilio, la vía pública o el trabajo (fábrica, oficina, establecimiento de enseñanza, etc.)... El ataque permite aniquilar la subversión en su inicio y mostrar a la población que las tropas son las que dominan la situación". Recomendando «aplicar el poder de combate actuando con la máxima violencia para aniquilar a los delincuentes subversivos donde se encuentren. El logro de la adhesión de la población, aspecto fundamental en el ambiente operacional subversivo, se consigue no sólo guardándole todas las consideraciones, sino también infundiéndoles respeto.

El ciudadano debe saber que las FF.AA. no molestan a quien cumple la ley y es honesto, pero aplican todo su poder de combate contra los enemigos del país. Respecto a éstos y a los proclives a serlo, es necesario que comprendan que es más conveniente apoyar a las fuerzas legales que oponérseles. Se debe tener presente que los agitadores o subversivos potenciales pueden abandonar posturas pasivas y adoptar procederes activos, si no perciben una firme actitud que les inspire respeto y temor.

La acción militar es siempre violenta y sangrienta, pero debe tener su justificación y el apoyo de operaciones psicológicas. Para graduar la violencia están las fuerzas de seguridad y policiales. El concepto rector será que el delincuente subversivo que empuña armas debe ser aniquilado, dado que cuando las FFAA entran en operaciones contra estos delincuentes, no deben interrumpir el combate ni aceptar rendiciones».

La regulación de la acción represiva se completaba, con relación a la Armada, con el Plan de Actividades de Comandos de Operaciones Navales, de 1976.

Por último, se completaba la estrategia global de terror y exterminio mediante la aplicación del "Manual de Acción Psicológica" (RC-5-1) (tomo 94), que propugnaba la utilización de información y propaganda falsas. Un ejemplo de utilización de dicho manual, con uso de falsa información, lo reconoció posteriormente, en 1.987, el en su día general Acdel Edgardo Vilas, Comandante de Subzona 5-1, en relación con un supuesto enfrentamiento acaecido en 24 de junio de 1.976. Constan asimismo en las actuaciones infinidad de supuestos enfrentamientos que, posteriormente, se determinaron inexistentes, y solamente aducidos por la propaganda militar para justificar el asesinato de opositores.

El propio Manual de Acción Psicológica reconocía que la finalidad de la propaganda era "permitir un encubrimiento natural de los fines" (artículo 2.010, inciso 5), expresando que "la presión insta por acción compulsiva, apelando casi siempre al factor miedo. La presión psicológica generará angustia, la angustia masiva y generalizada podrá derivar en terror y eso basta para tener al público (blanco) a merced de cualquier influencia posterior" (artículo 2.004).

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, en su sentencia de 9 de diciembre de 1.985, dictada en la causa 13/84 contra los Jefes de las Juntas Militares, aún sin haber tenido acceso a la documentación que obra en la presente causa, fruto de investigaciones posteriores, y, en especial, a la Orden Secreta de febrero de 1.976, sobre el Plan General del Ejército para el Plan de Seguridad Nacional, ya llegó a la conclusión, por deducción de las pruebas obrantes en aquella causa y razonables presunciones, de la existencia de un plan sistemático de exterminio, señalando que "la certeza de que la opinión pública nacional e internacional no toleraría una aplicación masiva de la pena de muerte y el deseo de no asumir públicamente la responsabilidad que ello significa, determinaron, como pasos naturales del sistema, primero el secuestro, y luego la eliminación física clandestina de quienes fueron señalados discrecionalmente como delincuentes subversivos".

Como en la referida sentencia se destaca, los propios comandantes alegaron a lo largo del juicio haber tenido el control efectivo de sus fuerzas, los jefes y oficiales afirmaron que la lucha anti-subversiva se ajustó estrictamente a las órdenes de los comandantes superiores, el sistema operativo puesto en práctica fue sustancialmente idéntico en todo el territorio de la nación y prolongado en el tiempo, sin que fuera posible la instalación de centros de detención en dependencias militares o policiales sin existencia de órdenes superiores al respecto, así como tampoco la asignación del personal, arsenal, vehículos y combustibles a las operaciones anti-subversivas, que se desarrollaron aprovechando la estructura funcional preexistente de las Fuerzas Armadas. Finalmente, fueron las Fuerzas Armadas quienes se atribuyeron la "victoria" sobre la subversión, explicándola mediante el concepto de "guerra sucia o atípica" y emitiendo un llamado "Documento Final", donde se trataba de dar una explicación a la ciudadanía acerca de la suerte de los desaparecidos, admitiendo, a través de un lenguaje ambiguo, que fue necesario utilizar "procedimientos inéditos" e imponer el más estricto secreto sobre la información relacionada con las acciones militares, ratificando que todo lo actuado fue realizado en cumplimiento de las órdenes propias del servicio.

Recientemente, uno de los máximos responsables de la represión, el general Díaz Bessome, ha admitido públicamente, en declaraciones a medios de prensa, la utilidad de recurrir a la tortura como medio de represión e investigación y la necesidad de utilizar las detenciones ilegales y desapariciones para evitar el escándalo internacional que hubiera provocado la aplicación masiva de la pena de muerte a miles de ciudadanos.

3.-ESTRUCTURA DE LA REPRESIÓN.

3.1.- Estructura vertical y fuertemente jerarquizada.

El esquema represivo respondía a una estructura férrea y estrictamente militar.

El sistema funcionaba verticalmente, según la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas, de Seguridad e Inteligencia, y horizontalmente, por armas o clases, pero con rígida coordinación, impuesta, en última instancia, por los componentes de las sucesivas Juntas Militares, Estados Mayores del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y sus equivalentes en la Policía y demás Fuerzas de Seguridad e Inteligencia.

En el desarrollo del operativo general diseñado, los denominados Grupos de Tareas o Unidades de Tareas estaban integrados por personal militar, civil y de inteligencia y actuaban organizadamente en el seno mismo de las "Fuerzas del Orden", con arreglo al sistema de "comandos", que no respondía necesariamente a unidades militares preexistentes, sino que podían estar compuestos por miembros de diferentes unidades, armas y ejércitos, basándose en criterios de operatividad y homogeneización ideológica, fuera de las normas y manuales de uso en los ejércitos regulares, y siguiendo el sistema de los "einsatzgruppen" organizados durante la II Guerra Mundial por el ejército alemán bajo las instrucciones del partido nacional socialista.

Funcionaron cinco grupos de tareas: el GT1 (Policía Federal), GT2 (Batallón de Inteligencia 601), el GT3 (Armada Nacional), el GT4 (Fuerza Aérea Argentina) y el GT5 (Side).

Este esquema se contenía en Directivas secretas o en las denominadas Ordenes de Batalla, y los responsables inmediatos eran los respectivos Comandos en Jefe.

3.2.- Utilización de las previas estructuras militares.

Para ejecutar materialmente el diseño criminal en el territorio Argentino, los máximos responsables militares y los jefes de los correspondientes Comandos aprovecharon la propia estructura militar de la Nación, dividida en seis Zonas, a su vez divididas en subzonas y áreas.

Zona 1, con sede en la Capital Federal, era controlada por el Comando del Primer Cuerpo del Ejército, y extendía su jurisdicción a la Capital Federal y a la provincia de Buenos Aires, excepto los partidos de Adolfo Alsina, Guaminí, Coronel Suárez, Saavedra, Puán, Torquinst, Coronel Pringles, Adolfo González Chaves, Coronel Dorrego, Tres Arroyos, Villarino, Bahía Blanca, Patagones, Escobar, General Sarmiento, General San Martín, Pilar, San Fernando, Tigre, Tres de febrero y Vicente López. Hasta finales de 1.979, esta zona abarcaba también toda la provincia de La Pampa.

Dentro de la subzona Capital Federal, se encontraba el Área III A que extendía su jurisdicción al sector comprendido entre el Río de la Plata, Av. G. Udaondo, Av. del Libertador, Av. Congreso, Av. de los Constituyentes, Av. General Paz. En este Area se ubicaba la Escuela Mecánica de la Armada (E.S.M.A.), que se convirtió en Centro Clandestino de Detención y Torturas desde el comienzo de la dictadura hasta su final.

En la Zona I se realizó la mayor parte de las detenciones, dada la mayor densidad de población de la demarcación, interviniendo Unidades de Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros, Granaderos, etc., y la Policía Federal. El puerto dependía de la Prefectura Naval y el aeropuerto quedaba bajo la jurisdicción de la Fuerza Aérea.

Zona 2, controlada por el Comando del Segundo Cuerpo del Ejército, con sede en Rosario extendía su jurisdicción a las provincias de Santa Fé, Entre Rios, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa.

Zona 3, dependiente del Comando del Tercer Cuerpo de Ejército, con sede en Córdoba, que comprendía además las Provincias de San Luis, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, Salta y Jujuy, siendo las Unidades más representativas de la Zona la Brigada de Infantería Aerotransportada número 4 en Córdoba, la Brigada de Infantería Aerotransportada número 5 en Tucumán y los Arsenales Militares.

Zona 4, dependiente del Comando de Institutos Militares, con sede en Campo de Mayo, subdividiéndose en ocho Áreas en las que radicaban distintas escuelas de formación.

Zona 5, controlada por el Comando del Quinto Cuerpo de Ejército, con sede en Bahía Blanca, que era la más extensa del territorio argentino, ya que comprendía la parte sur de la provincia de Buenos Aires, y la totalidad de la Patagonia, integrada por las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra de Fuego, destacando el Batallón de Comunicaciones 601 de Bahía Blanca y la Brigada de Infantería número 6 de Neuquén.

3.3.- Centros clandestinos de detención.

Dentro de cada una de estas Zonas se habilitaron dependencias militares o se prepararon una serie de lugares idóneos hasta un número aproximado de trescientos cuarenta centros clandestinos de detención que acogieran a las personas cuya detención, desaparición y eliminación se preveía. El sistema de actuación, a partir del golpe militar, deja de ser el fusilamiento o ametrallamiento en plena calle y pasa a ser el de la detención en aquellos lugares secretos con el fin de interrogar a los detenidos y, bajo tortura, obtener información, para posteriormente matarlos o mantenerlos secuestrados, consiguiendo con ello una limpieza ideológica, familiar, social, intelectual, sindical, religiosa e incluso étnica parcial, que permita cumplir el plan trazado de construir una "Nueva Argentina" purificada de la "contaminación subversiva y atea" y, simultáneamente, dar la sensación de que la violencia en las calles haba desaparecido por el accionar antisubversivo del Ejército, ocultando la realidad a la comunidad internacional.

De esta forma violenta se impusieron desplazamientos forzosos de un elevadísimo número de personas a través de 340 campos de concentración (Centros de Detención Clandestinos) con cambios periódicos de ubicación, con el fin de evitar todo contacto con su grupo familiar y el descubrimiento por organismos internacionales.

En la Zona 1 se han identificado los lugares en donde se encontraban 64 Centros Clandestinos de Detención. Este número era, en realidad, mucho mayor. De entre ellos se señalan aquellos de los que se han obtenido datos en esta causa:

- Subzona Capital Federal (al menos 14 CCD)
Superintendencia de Seguridad
Garaje Azopardo
Comisaría 1a.
Comisaría 6a
Regimiento de Infantería I
Hospital Militar Central
E.S.M.A.
Logístico 10
Grupo de Artillería Defensa Aérea 101
El Olimpo
Orletti (SIDE)
Hospital Aeronáutico
Club Atlético
Comisaría 18a.

- Subzona 11 (al menos 30 CCD)
Puesto Vasco
Pozo de Quilmes
Malvinas Argentinas u Omega
Comisaría 1a. de Quilmes
Pozo de Banfield
Brigada de Investigaciones de Lanús con asiento en Avellaneda (El Infierno)
Comisaría 3ª de Lanús
Subcomisaría de Rafael Calzada, Alte. Brown.
Comisaría de Burzaco
Comisaría de Adrogué
Comisaría de Monte Grande
Comisaría 4ta. de Avellaneda
Comisaría de Cañuelas
Arana
Comisaría 5a., La Plata
Comisaría 8va., La Plata
Comisaría 1ª., La Plata
Brigada de Investigaciones de La Plata (La Casita)
La Cacha
Guardia de Infantería de Seguridad de la Policía de Bs.As., La Plata.
Unidad Penitenciaria N̊ 9, La Plata
Comisaría de Villa Insuperable (Sheraton)
El Banco
El Vesubio
Brigada de Investigaciones, San Justo
Comisaría 2da., La Matanza
Casa del Cilindro, Dentro del Batallón de Comunicaciones, La Plata.
Los Plátanos, Estación Plátanos
Batallón de Infantería de Marina N̊ 3, Ensenada

- Subzona 12 (al menos 7 CCD)
La Huerta, Dentro del Batallón Logístico 1, Tandil.
Base Naval de Punta Indio, Magdalena.
Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, Magdalena.
Delegación Policía Federal, Azul
Brigada de Investigaciones Policía de Buenos Aires, Las Flores.
Monte Pelone (o Sierras Bayas), Sierras Bayas, Olavarría
Comisaría, Trenque Lauquen

- Subzona 13 (al menos 1 CCD)
Brigada de Investigaciones, San Nicolás

- Subzona 14
Sin Información disponible

- Subzona 15 ( al menos 6 CCD)
Cuartel Central de Bomberos, Mar del Plata
Comisaría 4a., Mar del Plata
Destacamento Policia de Batán, Ruta Nacional 88, km.15
Base Naval, Mar del Plata
Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina, Mar del Plata
Base Aérea, Ruta Nacional N̊ 2, km. 400

- Subzona 16 (al menos 7 CCD)
Comisaría 3a., Castelar
Mansión Seré o Atila, Castelar
VII Brigada Aérea, Castelar
Hospital Posadas, Ramos Mejía
La Casona, 1ª Brigada Área del Palomar
Comisaría 2da de Haedo
Grupo I de Vigilancia Aerea, Merlo

4.- MÉTODOS.

Nada más producirse el golpe comienza el desarrollo del plan sistemático anteriormente trazado, iniciándose la detención masiva de ciudadanos, acompañada de la práctica sistemática de la tortura con métodos "científicos", el exterminio generalizado, los enterramientos en fosas comunes, los lanzamientos de cadáveres desde aeronaves –conocidos como "vuelos de la muerte"–, las cremaciones de cuerpos, los abusos sexuales y los secuestros y la desaparición forzada de entre 20.000 a 30.000 personas –entre las que constan en autos al menos 600 españoles y descendientes de españoles–, el saqueo de bienes y enseres y su rapiña, y, por último, la sustracción y consecuente desaparición de varios cientos, probablemente más de quinientos recién nacidos, que fueron arrebatados a sus madres al ser detenidas o extraídos del claustro materno –durante su detención—, antes de dar muerte a las mismas, entregándolos a personas previamente seleccionadas, ideológicamente adecuadas y de "moral occidental y cristiana", para, de esta forma, educarles lejos de la "ideología de sus entornos familiares naturales". Alterando así su estado civil al facilitar las adopciones o la simulación de sus nacimientos a través de partidas de nacimiento falsas como hijos de las esposas de los represores, consiguiendo con ello la pérdida de identidad familiar y su adscripción al grupo ideológico al que por naturaleza pertenecían.

La acción se concretó, como señalaba la repetida sentencia de la causa 13/84, en: « ...a) Capturar a quienes pudieran resultar sospechosos de tener vínculos con la subversión, de acuerdo con los informes de inteligencia; b) Conducirlos a lugares situados dentro de unidades militares o bajo su dependencia; c) Una vez allí, interrogarlos bajo tormentos, a fin de obtener los mayores datos posibles, acerca de otras personas involucradas; d) Someterlos a condiciones de vida inhumanas, con el objeto de quebrar su resistencia moral; e) Efectuar todo lo descrito anteriormente en la clandestinidad más absoluta, para lo cual los secuestradores debían ocultar su identidad y realizar los operativos preferentemente en horas de la noche, las víctimas debían permanecer totalmente incomunicadas, con los ojos vendados y se debía negar a cualquier autoridad, familiar o allegado la existencia del secuestrado y la de eventuales lugares de alojamiento; f) Amplia libertad de los cuadros inferiores para determinar la suerte del aprehendido, que podía ser liberado, puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, sometido a proceso militar o civil, o bien eliminado físicamente...».

Uno de los sistemas utilizados para hacer desaparecer a los ilegalmente detenidos era conocido como "Traslado". Expresión eufemística asociada, casi indefectiblemente, a la muerte del trasladado.

Para preparar a los detenidos, se les despojaba de ropas y enseres con el fin de evitar su posterior identificación, y se les inyectaban calmantes para adormecerlos, siendo arrojados después al mar desde aviones.

En otros casos, a los ilegalmente detenidos se les hacía "aparecer" en las calles como muertos en enfrentamientos armados inexistentes. Para hacer verosímiles estas simulaciones, inmediatamente antes de acabar con ellos, en algunos casos, se les alimentaba, se les exigía una cierta higiene, se les bañaba, y cuando estaban en "condiciones" para no despertar excesivas sospechas por su mal estado físico y de desnutrición, se les daba muerte, aparentándose un enfrentamiento.

Las torturas se practicaban sistemáticamente sobre todos y cada uno de los detenidos, bien para extraer información, bien para lograr una confesión, bien para que describiesen sus bienes y efectos, que después les eran sustraídos, o para que los transfiriesen a sus represores, o bien por mera crueldad y tormento por motivos ideólogicos y/o religiosos, practicando sobre sus cuerpos y mentes una constante acción de destrucción física, anímica y psíquica de constante terror.

Los detenidos permanecían generalmente, al menos en una primera fase, "tabicados" y encapuchados, con el fin de hacerles perder toda noción de espacio y tiempo; estaban sujetos con grilletes en manos y pies; recibían sesiones de "picana" eléctrica –que consistía en la aplicación de electrodos en los genitales y otras partes sensibles del cuerpo–. Esta técnica se materializaba manteniendo a la persona desnuda, mojada y sobre una cama o plancha metálica. En otras ocasiones se les colgaba en las paredes o se les ataba a camas o mesas metálicas para garantizar su inmovilidad durante la tortura. Se les identificaba con un número y se les golpeaba sistemática y calibradamente. También se les aplicaba el tipo de tortura conocido como "submarino seco" —que consistía en la introducción de la cabeza del secuestrado en una bolsa de polietileno, manteniéndola cerrada hasta que aparecían indicios de asfixia, soltando entonces y comenzando de nuevo—, o también el "submarino húmedo" —que consistía en la introducción de la cabeza del detenido en un recipiente con líquido hasta los límites de la asfixia, reiterándose indefinidamente la operación—, o los simulacros de fusilamiento con la víctima encapuchada, o el sometimiento a servidumbre, o golpes reiterados o múltiples agresiones sexuales sobre los mismos.

Las sesiones de torturas eran supervisadas normalmente por personal médico que aconsejaba la intensidad del suplicio que podía ser científicamente suministrado, según la capacidad física y psíquica del sujeto, para mantenerlo vivo.

Un trato especialmente inhumano, como después se dirá, se dispensaba a los detenidos que eran judíos. Así, en los centros de detención los responsables proferían e impartían consignas antisemitas y hacían gala de adoctrinamiento hitleriano, aplicando a los judíos sistemas de tortura especialmente inhumanos como el "rectoscopio", consistente en la penetración del ano o la vagina de la víctima con un tubo metálico en el que introducían un roedor que, al buscar la salida, mordía y destrozaba los órganos internos de la víctima; o bien eran sometidos a tratos sumamente degradantes, como el obligarles a levantar la mano y repetir "yo amo a Hitler", o pintarles una svástica con aerosoles en la espalda; u obligarles a hacer el gato y maullar o el perro y ladrar; o compelerles a lamer las botas del guardia, amén de extorsionar a sus familias.

En la E.S.M.A., en particular, se aplicó la tortura de los "dardos", consistente en la utilización de dardos envenenados para caza mayor. Este tipo de tortura lo había diseñado Antonio Pernías, que pretendía usarlo para los secuestros, experimentando con los detenidos con la aplicación de distintas dosis, para determinar la adecuada que los paralizase temporalmente.

También se aplicaron torturas psicológicas y torturas a familiares en presencia de otros miembros de la familia. Por ejemplo, la Sra. Esther de Santi fue obligada a presenciar la tortura de su hijo Roberto, quien a su vez fue amenazado con la tortura de su madre.

La propia desaparición forzada constituía por sí una terrible tortura sobre el secuestrado y sobre su familia, perdurando la misma hasta que los familiares no tienen conocimiento cierto del final del secuestro, sea por liberación o por asesinato.

LAS VICTIMAS

Grupo nacional:

En relación con las víctimas: las personas desaparecidas de forma violenta se distribuyen con arreglo a los siguientes porcentajes, por aproximación:

a) Por sexo: Mujeres: un 30%, de las cuales un 3% estaban embarazadas. Hombres: un 70%.

b) Por edades: Hasta los 20 años: 12,16%. De 21 a 40 años: 77,51%. De 41 a 60 años: 8,82%. Con más de 60 años 1,41%.

c) Por profesiones: obreros, un 30.2%; estudiantes: un 21 %; empleados: un 17.9%; profesionales: un 10.7%; amas de casa: 38%; docentes: 5.7%; autónomos y otros: un 5%; periodistas: un 1.6%; actores y artistas: un 1.3%; religiosos: un 0.3%; y fuerzas de seguridad un 2.5%.

d) Por su vinculación étnica judía: 15 % aproximadamente.

El número exacto de personas ilegalmente detenidas, desaparecidas, torturadas y asesinadas no ha podido ser establecido. En cualquier caso, por Decreto nº 187 del Poder Ejecutivo Argentino de 15 de diciembre de 1.983, finalizada la dictadura, se creó la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (C.O.N.A.D.E.P.), que culminó su tarea de investigación el 20 de septiembre de 1.984, publicando el 28 de noviembre un informe, conocido como "Nunca Más" en el que se señalaban con precisión 8.961 personas desaparecidas y la existencia de 340 centros clandestinos de detención. Por razones de brevedad, se da por reproducida dicha relación de personas desaparecidas, como parte integrante de este escrito de acusación.

Sin embargo, la Cámara de Diputados de la República Argentina en su Sesión de 24 de Marzo de 1.998, tras reseñar dicho informe, afirmó que «siempre se ha estimado que, por distintas razones (miedo, desconocimiento, falta de medios, desacuerdo con la militancia de los desaparecidos, vergüenza, etc.), por cada familiar que denunciaba el hecho, había dos que no lo hacían».

Como anteriormente se dijo, estudios de asociaciones de detenidos- desaparecidos, sindicatos y organizaciones humanas elevan la cifra de víctimas directas de la represión (detenidos, secuestrados, desaparecidos, torturados, asesinados, ...) hasta los 30.000 ciudadanos.

Victimas españolas:

Constan en la causa, perfectamente identificadas, 610 víctimas de nacionalidad española e hijos y nietos de españoles.

El hecho de que en España, por regla general, la ley de nacionalidad considera el "ius sanguinis" determinante a la hora de conceder nuestra nacionalidad, mientras que las argentinas valoran el "ius soli", conducía a la existencia de numerosas situaciones de doble nacionalidad, teniendo ésta, por ejemplo, todos los hijos de español nacidos en Argentina.

Ya desde un primer momento la Embajada Española en Buenos Aires identificó, al menos, veintisiete ciudadanos de nacionalidad exclusivamente española:

1.- ABADÍA CRESPO, Dominga.
2.- ALONSO CIFUENTES, María Gloria.
3.- ARESTIN CASAIS, Salvador.
3.- CAAMAÑO UZAL, José.
4.- CÁNOVAS ESTAPÉ, Alberto.
5.- CARPINTERO LOBO, Pablo.
6.- COLEY ROBLES, Manuel.
7.- COMA VELAZCO, Atlántida.
8.- CHAVARINO CORTES, Gustavo Adolfo.
9.- DIAZ LÓPEZ, Adolfo.
10.- DIAZ SALAZAR DE FIGUEROA, Luis Miguel.
11.- DOMÍNGUEZ DE CASTRO, Ricardo.
12.- FERNÁNDEZ ALVAREZ, José Nicasio.
13.- FERNÁNDEZ GARCÍA, Antonia Margarita.
14.- FERNÁNDEZ VIDAL, Ernesto.
15.- GARCÍA ULLOA, Ramón.
16.- GÓMEZ AGUIRRE, Manuel.
17.- IGLESIAS, María del Pilar.
18.- LÓPEZ FERNÁNDEZ, Urbano.
19.- MARTÍN MARTÍN, Julio Antonio.
20.- MARTÍNEZ BORBOLLA, Angela Rocío.
21.- MARTÍNEZ MESEJO, María Elsa.
22.- QUESADA MAESTRO, José.
23.- DEL REGUERO SÁNCHEZ, María Guadalupe.
24.- SÁNCHEZ QUEVEDO, Francisco.
25.- SOUTO LESTÓN, Ramón.
26.- TAMAYO RUIZ, Antonio Rafael.

Además, constan identificados en la causa 12 niños secuestrados de origen español, 52 niños nacidos en cautiverio de los que el padre y/o la madre eran españoles, y que aún permanecen desaparecidos, y 16 niños secuestrados y/o nacidos en cautiverio, actualmente localizados y/o restituidos, de origen español.

PARTICIPACIÓN DEL PROCESADO

El procesado RICARDO MIGUEL CAVALLO, quien para el desarrollo de sus ilícitas actividades utilizaba los alias de "Marcelo" y "Sérpico", mayor de edad y sin antecedentes penales, en el año 1976 formaba parte de la Armada de la República Argentina ostentando la graduación de Teniente de Fragata.

A principios del mes de marzo de ese año, días antes de producirse el golpe militar en aquel país, se celebró en el cine de Puerto Belgrano una reunión a la que asistieron 900 oficiales de la Armada Argentina, fue convocada por el Almirante Luis María Mendía. En el curso de ésta se expuso por los organizadores la "catastrófica" situación por la que atravesaba el país, se dijo que estaba "sumido en el caos" y se aludió a los próximos cambios que se iban a producir y que lo transformarían en un "país pacificado de orden" y con una "economía espectacular".

Días más tarde, en el transcurso de la semana posterior al día 24 de marzo, Mendía convocó una nueva reunión de oficiales en el mismo lugar, el cine de Puerto Belgrano. En la reunión, Mendía marcó los lugares en los que se encontraban los "subversivos", también precisó que la Armada no iba a ser ajena al combate anti-subversivo y que integraría el Grupo de Tareas 3.3.2 cuya área de operaciones abarcaría la zona norte de la Capital Federal y Gran Buenos Aires. El objetivo era combatir todo lo que fuera "contrario a la ideología occidental y cristiana", para ello se contaba con el beneplácito de la jerarquía católica castrense. Se explicaron las líneas generales de la actuación: se actuaría con ropa de civil, operaciones rápidas, interrogatorios intensos, práctica de torturas y sistema de eliminación física mediante vuelos sin destino, si bien la muerte así producida sería "cristiana" puesto que la gente sería previamente narcotizada.

Así mismo, y en relación con las detenidas embarazadas, como otro método de depuración, se las mantendría vivas hasta que dieran a luz para después entregar a los niños a familias de adecuada ideología "occidental y cristiana", lo que evitaría "la contaminación" que en otro caso se produciría con los niños si volviesen a sus familias "biológicas".

De este modo, siguiendo esas directrices, que eran las mismas que operaban en todo el país argentino, en mayo de 1976 el Grupo de Tareas 3.3.2. comenzó a desplegar su actividad en la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), concretamente en el edificio del Casino de Oficiales, lugar de alojamiento de todos los oficiales de la Armada con destino en la referida Escuela y uno de los más siniestros centros clandestinos de detención que se activaron en desarrollo del plan de represión y exterminio de toda la República Argentina.

1.- Estructura y funcionamiento del Grupo de Tareas 3.3.2 en la ESMA

La Escuela de Mecánica de la Armada estaba integrada, dentro del esquema criminal diseñado, en la Zona 1 y dentro de ésta, en la Subzona Capital Federal. Estaba situada en el perímetro delimitado por la Av. del Libertador al oeste, las avenidas Comodoro Martín Rivadavia y Leopoldo Lugones al este, la calle Santiago Calzadilla al sur, y lindaba al norte con la Escuela Industrial Raggio. Aparte de sus funciones como centro de formación de suboficiales de la Armada Argentina constituyó uno de los centros clandestinos de detención más cruentos de la represión militar.

En el seno de la E.S.M.A., funcionaba la Unidad o Grupo de Tareas 3.3.2 que se fundó en mayo de 1.976 y también el Grupo de Tareas 3.3.3, constituido por miembros del S.I.N (Servicio de Inteligencia Naval).

El GT 3.3.2 estaba integrado por unas cincuenta personas que iban cambiando y funcionaban clandestinamente, al margen de toda legalidad formal, con armamento y medios facilitados por la Armada y en coordinación con el Comando de Zona, Subzona y la Policía del lugar, que previamente a la acción violenta "limpiaba" el lugar y les prestaba apoyo e inteligencia para una mayor eficacia del operativo.

El Grupo de Tareas 3.3.2 se creó por orden directa del Almirante Emilio Eduardo Massera y funcionaba con la aquiescencia y consentimiento de los otros dos componentes de la Junta Militar de Gobierno, el General Jorge Videla y el brigadier Orlando Ramón Agosti.

La dirección del Grupo de Tareas se encomendó al Capitán de Navío Rubén Jacinto Chamorro. El Grupo original lo integraban además del Capitán de Corbeta Jorge Eduardo Acosta, el Teniente de Navío Antonio Pernías y el Capitán de Corbeta Salvio Menéndez, que fue designado subdirector de la E.S.M.A. y asumió el mando efectivo por delegación de Chamorro. Después de ser herido en julio de 1.976, Menéndez fue sustituido en el mando por el Capitán de Fragata Jorge Raúl Vildoza, aunque de hecho el que dirigía el Grupo de Tareas era el Capitán de Corbeta Jorge E. Acosta.

Este GT 3.3.2, si bien estaba al inicio integrado exclusivamente por miembros de la Armada pronto incorporó, para las labores de represión encomendadas, a funcionarios de la Policía Federal, Servicio Penitenciario, Prefectura Naval y el Ejército, lo que explica el apoyo decidido y expreso de los altos mandos de la Marina, y en particular del Almirante Massera, que impulsó la formación integradora del Grupo y pronunció la conferencia inaugural a los oficiales exhortándoles a "responder al enemigo con la máxima violencia, sin reparar en medios". Además Massera participó en algunos de los primeros operativos del G.T. (acciones de eliminación, allanamientos, apoderamiento de bienes y/o secuestro de personas) con los apodos de "Negro" o "Cero".

El GT 3.3.2 se estructuraba en dos sectores:

a) Inteligencia: Sección encargada de la ubicación y señalamiento de los "blancos" (personas a secuestrar). Los oficiales de Inteligencia planificaban los operativos de secuestros, tenían a su cargo a los prisioneros durante toda su permanencia en la E.S.M.A., realizaban los interrogatorios junto con miembros de la policía e intervenían en la decisión de los "traslados", es decir la desaparición definitiva de los secuestrados.

b) Operaciones: Tenían a su cargo la ejecución concreta de los secuestros, sustracción de automóviles, saqueo de viviendas. Operaban con los datos que les daba el Sector de Inteligencia. Mientras los detenidos son torturados, un grupo operativo estaba siempre dispuesto para salir a secuestrar a otras personas en cuanto obtenían datos por parte de aquellos.

Participaban en este grupo oficiales y suboficiales de la Armada, algunos con asignación permanente y otros en calidad de rotativos. Estos últimos eran oficiales de Marina en actividad destinados temporalmente en la E.S.M.A. (dos meses), tiempo en el que participaban de los operativos. Quedaba así garantizado que todo el Arma tome parte en el plan de exterminio.

También integraban este sector miembros de la Policía Federal, del Servicio Penitenciario Federal, de la Prefectura Naval Argentina y de otras fuerzas, como el Ejército y la Fuerza Aérea.

Este sector recibía otros apoyos:

Logística: Que se ocupaba del apoyo y aprovisionamiento a los grupos operativos y del desarrollo de la infraestructura de G.T. 3.3.2, lo que incluía el mantenimiento del edificio y la administración de las finanzas.

La financiación provenía no sólo de los fondos que la Armada destinaba al G.T. sino también del saqueo y sustracción sistemática de las pertenencias de los detenidos-desaparecidos. Los asaltantes saquean muebles, electro-domésticos, objetos personales, ropa, dinero, etc. que eran depositados en el "pañol grande" en el 3er piso. Estos objetos luego se los repartían o eran vendidos. Los automóviles eran usados en los operativos de secuestro, previamente repintados y matriculados, y los inmuebles de las víctimas pasaban a poder de los secuestradores mediante la falsificación de documentos, asumiendo algún miembro del GT la identidad del propietario, o mediante la firma de títulos y/o boletos de compra-venta hecha bajo tormento.

También colaboraban con distintos cometidos en el GT 3.3.2 otros grupos de personas:

- Guardias: A cargo de un Suboficial Principal, a quien se llamaba primero "Pedro" (por tener las llaves de los candados de las esposas y grilletes) y luego "Pablo". Eran cumplidas por Cabos 2os, en su mayoría alumnos de la E.S.M.A., llamados "verdes" por el color de su uniforme. Eran jóvenes de entre 15 y 25 años.

Se encargaban de los desplazamientos de los detenidos-desaparecidos de "Capucha" al sótano u otras dependencias de la E.S.M.A.; de llevar la comida a los prisioneros; llevarlos al baño y vigilar a los secuestrados en la "Capucha", "Pecera", el sótano, y en los distintos lugares donde éstos se encuentran recluidos. También golpeaban y maltrataban a los secuestrados en ocasiones.

- Médicos: Algunos médicos militares participaban en operativos de secuestro y en los interrogatorios controlando el estado de quienes eran torturados a fin de garantizar que se mantuviesen con vida para poder seguir infiriéndoles tormentos.

Se encargaban asimismo de controlar el embarazo y asistir al parto de las detenidas embarazadas.

2.- Método de secuestro, torturas y exterminio de personas.

En relación con la mecánica seguida por el grupo operativo, se planificaba la operación en una sala ubicada en la Planta Baja de la E.S.M.A., denominada "Dorado". Cuando la Sección de Inteligencia reunía los datos para realizar un secuestro, lo comunicaba al Jefe de Operaciones, quien convocaba a los miembros del grupo designado para operar. El Jefe del operativo se ponía en contacto con el Primer Cuerpo de Ejército, o con la jefatura de la Subzona Capital Federal, que contactaba con las demás fuerzas y con la Policía informando de la presencia en el lugar de un grupo operativo de la E.S.M.A., ordenando "área libre" o "zona liberada" (no intervenir) y, eventualmente, prestar apoyo.

El número de personas que componían los grupos variaba entre 8 y 25 personas; iban vestidos de civil y fuertemente armados en automóviles particulares sustraídos, y provistos de transmisores que les permitían comunicarse entre sí y con la base. Una vez que la víctima era detenida se la esposaba, se cubría su cabeza con una capucha y era arrojada al capó del automóvil o al piso de la parte trasera. La columna se encaminaba entonces a la E.S.M.A. ingresando por la puerta principal de la Avenida del Libertador.

Cuando se aproximaban en el vehículo a la entrada donde existía una barrera con la guardia, se producía una conversación entre ellos a través de intercomunicadores y se facilitaba una contraseña ("selenio", nombre en clave con el se conocía a la ESMA ) que provocaba la apertura de la barrera.

Los coches con los secuestrados accedían a la parte trasera del edificio de oficiales donde existían dos patios, lugar en el que aparcaban y los sacaban para introducirlos en el sótano. La primera actuación era la toma de los datos de los secuestrados para abrir una ficha de cada uno de ellos y después la asignación de un número que les marcaría durante toda su estancia en poder del Grupo de Tareas puesto que los detenidos eran nombrados siempre por ese número, despojándoles de sus identidades reales como parte del programa de actuación. Ello permitió determinar el número de detenidos que se hallaban en la E.S.M.A. en determinados periodos de tiempo puesto que la numeración partía del 001 hasta el 999 para volver a iniciarse nuevamente en el 001. En el año 1977, precisamente cuando el procesado se encontraba en la ESMA, fue tal la afluencia de secuestrados que hubo hasta tres numeraciones idénticas concurrentes.

Una vez cumplido el requisito "administrativo o burocrático", comenzaban los interrogatorios en las salas al efecto equipadas en el sótano (Sala 13).

Se trataba de habitáculos con una cama metálica donde se hacía tumbar al detenido, se le ataba por los pies y por las manos y además de golpearle sistemáticamente, se le aplicaba la "picana" artilugio eléctrico ya descrito con el que se realizaban descargas en las distintas partes del cuerpo, siendo de especial crueldad cuando se aplicaba en los genitales de los secuestrados/as.

Al cabo de un tiempo, y dependiendo del desarrollo del interrogatorio, los torturados, siempre "encapuchados" o "tabicados" (con un antifaz en los ojos), esposados y con grilletes en los pies unidos por cadenas, de entre nueve y once eslabones, eran conducidos en caravana ("trenecito"), por las únicas escaleras del edificio, hasta la Tercera Planta, donde se encontraba la zona conocida como "capucha" que abarcaba toda la cubierta del Edificio de Oficiales. Para ello atravesaban las otras plantas, encontrándose en la primera y segunda ubicadas las habitaciones de los oficiales de la E.S.M.A. conocidas como "camarotes". Precisamente las ventanas de estas habitaciones se encontraban sobre los patios de aparcamiento de la parte trasera del edificio de oficiales, lugar al que llegaban las columnas con los secuestrados.

En "capucha" existía un portón tras el cual se encontraba un puesto de guardia que autorizaba el acceso a la zona. Los detenidos, siempre en la situación descrita, eran introducidos en cubículos ("cuchas") divididos entre sí por planchas de madera de dos metros de largo por setenta centímetros de alto. En el suelo del habitáculo había una colchoneta en la que debían permanecer sin moverse, sin hablar, con las esposas en las manos, grilletes en los pies y capucha sobre la cabeza. Las condiciones higiénicas y alimenticias eran mínimas. Para acudir al servicio era preciso solicitar permiso que podía concederse o no, en ocasiones todos debían utilizar un cubo que se les colocaba en el pasillo. En estas condiciones algunos detenidos permanecieron hasta dos y tres años mientras en el exterior se desarrollaba la "represión anti-subversiva" de los opositores al instaurado régimen militar consecuencia del golpe de Estado llevado a cabo en Argentina el 24 de marzo de 1976.

Al igual que en otros centros clandestinos de detención, en la E.S.M.A. se producían lo que se denominó tanto entre los ejecutores como entre los detenidos los "traslados". Se trataba del método empleado para eliminar físicamente a aquellos sobre cuyo destino final se había decidido debía ser la muerte. Así, los prisioneros eran seleccionados por un grupo de oficiales integrado por el Director de la Escuela, el Jefe del Grupo de Tareas, los jefes de inteligencia, Operaciones y logísticos, y algunos otros oficiales. El martes de cada semana se confeccionaba la lista de qué prisioneros se incluían en el "traslado" que se iba a producir al día siguiente, los miércoles, aunque excepcionalmente se produjeron también algunos "traslados" otros días de la semana (sabados) cuando existió una saturación de detenidos en la E.S.M.A. (algunos meses del año 1977).

De esta forma, el miércoles los prisioneros podían apreciar una mayor actividad en el Edificio de Oficiales. Los que ocupaban el sótano eran desalojados y obligados a subir a "capucha", hasta los guardias mostraban especial nerviosismo que se traducía en actuaciones más violentas que de costumbre. Los elegidos eran llamados por sus respectivos números, salían de las "cuchas" y les obligaban a formar lo que se ha denominado el "trenecito", fila de prisioneros encapuchados, esposados y engrilletados, que debían caminar, arrastrando las cadenas, descender las escaleras, atravesando todas las plantas del edificio para llegar hasta el sótano, conducidos por los "verdes" y cruzándose permanentemente con los oficiales que habitaban el edificio. En este lugar, les era aplicada una primera inyección de pentotal, que llamaban "pentonaval", lo que les generaba una situación de semi-inconsciencia , momento en el que eran introducidos en un camión y trasladados hasta el sector militar del Aeroparque de la ciudad de Buenos Aires. Allí se les subía a un avión, que iniciaba el vuelo sobrevolando el mar, después de inyectarles otra dosis de "pentonaval", eran despojados de sus ropas y arrojados vivos al mar.

Una vez regresaban a tierra los ejecutores del "traslado", se procedía a guardar la ropa de los secuestrados arrojados al mar, en una habitación ("pañol") que se encontraba en la zona de "capucha". Esta ropa iba a ser utilizaba por los otros prisioneros que permanecían vivos.

En ocasiones, bien durante la operación de secuestro, bien por la tortura o por otras causas se producían muertes que obligaban a deshacerse de los cuerpos, lo que se llevaba a cabo fundamentalmente mediante los "asados", término utilizado para referirse a las cremaciones de los cadáveres. Para las incineraciones utilizaban productos y objetos inflamables que proporcionaba Automoción.

Entre los detenidos que fueron conducidos al edificio de oficiales de la E.S.M.A. también había mujeres embarazadas que dieron a luz en sus dependencias. Algunas de ellas sobrevivieron y otras muchas pasaron a engrosar la lista de desaparecidos. Algunos niños que nacieron en cautiverio fueron entregados a familias vinculadas con las fuerzas que ejercieron la represión y el exterminio. Así, uno de estos niños fue Juan Cabandíe. El 23 de noviembre de 1977 sus padres, Damián, de 19 años, y Alicia, de 16 y embarazada de 5 meses, fueron secuestrados por un grupo que se identificó como "fuerzas conjunta" y llevados al centro clandestino de detención El Banco. De su padre no sabe nada más. Su madre fue llevada a la ESMA en diciembre de 1977, en marzo de 1978 nació él, permaneció junto a su madre 20 días, después ella fue "trasladada" y jamás volvió a saber de ella. El fue entregado a un policía de inteligencia. Le llamaron Mariano Andrés Falcón. Hasta el día 26 de enero de 2004, 25 años después de su nacimiento, no recuperó su verdadera identidad.

3.- Reducción a servidumbre.

Dentro de las diversas técnicas diseñadas en el plan o esquema general de represión y eliminación de personas, el G.T.3.3.2 experimentó sobre un grupo de prisioneros un proyecto con el objetivo de captar su adhesión ideológica al denominado "proceso de recuperación". La selección de quienes se incluían en ese proyecto era decisión exclusiva de los oficiales y obedecía a varios criterios, según las diferentes etapas represivas y la integración de la cadena de mandos del G.T. 3.3.2.

Este proceso tenía como objetivo "recuperar" a algunos de los secuestrados para reintegrarlos a los "valores occidentales y cristianos". Para materializar el proyecto combinaban operaciones de acción psicológica con la utilización de las capacidades de los prisioneros como mano de obra esclava para cubrir tareas dentro del campo de concentración.

Por la vía de la reducción a servidumbre se obligaba a los prisioneros a ejecutar tareas tales como mantenimiento y reparaciones, electricidad, fontanería y carpintería; recopilación de recortes periodísticos y síntesis informativas; confección y falsificación de documentos; traducciones y transcripciones de cintas magnetofónicas en que se grababan conversaciones de los teléfonos intervenidos por el G.T.; control y seguimiento de las noticias emitidas por un teletipo de la Agencia de Noticias "France-Press"; clasificación y archivo de información periodística nacional e internacional; dactilografiado y confección de monografías sobre temas históricos, económicos y sociales, que interesaban a las autoridades militares.

La mayor parte de los secuestrados sometidos a la situación descrita, a la vez que procuraron conservar su vida, buscaron evitar o sabotear, en la medida de lo posible, la colaboración exigida.

4.- Apropiación de niños

Entre los detenidos que fueron conducidos al edificio de oficiales de la E.S.M.A. también había mujeres embarazadas que dieron a luz en sus dependencias. Algunas de ellas sobrevivieron y otras muchas pasaron a engrosar la lista de desaparecidos. Algunos niños que nacieron en cautiverio fueron entregados a familias vinculadas con las fuerzas que ejercieron la represión y el exterminio. Así, uno de estos niños fue Juan Cabandíe. El 23 de noviembre de 1977 sus padres, Damián, de 19 años, y Alicia, de 16 y embarazada de 5 meses, fueron secuestrados por un grupo que se identificó como "fuerzas conjunta" y llevados al centro clandestino de detención El Banco. De su padre no sabe nada más. Su madre fue llevada a la ESMA en diciembre de 1977, en marzo de 1978 nació él, permaneció junto a su madre 20 días, después ella fue "trasladada" y jamás volvió a saber de ella. El fue entregado a un policía de inteligencia. Le llamaron Mariano Andrés Falcón. Hasta el día 26 de enero de 2004, 25 años después de su nacimiento, no recuperó su verdadera identidad.

La mayoría de las mujeres embarazadas fueron capturadas por el G.T.3.3.2, pero otras fueron llevadas a dar a luz en la E.S.M.A. desde otros centros clandestinos de detención.

Como el resto de los secuestrados, en la mayoría de los casos estas mujeres fueron sometidas a tormentos físicos gravísimos, a los que se añadía la tortura psíquica constante derivada de la advertencia de que inmediatamente después del parto, serían separadas de sus hijos.

Estas prisioneras, después de permanecer un tiempo en la "Capucha", eran llevadas a uno de los cuartos conocidos como "pieza de las embarazadas". Allí permanecían hasta el momento de dar a luz. Con tiempos variables, que no sobrepasaban los 15 días, eran "trasladadas" y los bebés entregados a familias vinculadas con el G.T.

5.- Falsificación de documentos.

En el sótano del Casino de Oficiales funcionaba una imprenta, un taller de diagramación y la oficina de documentación, donde se fabricaba documentación falsa con la que se movían los integrantes del G.T.: pasaportes, cédulas, registros de conductor, etc.

También en esa oficina se confeccionaban los documentos necesarios para vender los bienes inmuebles sustraídos a las víctimas o traspasados forzosamente a los miembros del GT.

6.- Operaciones en el exterior

El grupo que actuó en la E.S.M.A. –al igual que otros integrantes de la dictadura argentina– llevó su accionar criminal a distintos países –como sucediera con la D.I.N.A. chilena-, dentro del denominado Plan Cóndor, con diferentes objetivos: secuestrar y dar muerte a quienes eran definidos como sus enemigos; asesorar y colaborar con otros regímenes dictatoriales; efectuar ingresos en bancos extranjeros –consta en la causa la apertura de varias cuentas en Suiza-, crear nuevas empresas o invertir en otras ya existentes el producto de sus apropiaciones, e intentar neutralizar –a través de campañas de imagen en distintos medios de difusión- la denuncia de sus atrocidades. Así Uruguay, Bolivia, Brasil, Paraguay, Perú, Venezuela, Guatemala, España, Francia, Bélgica, Suiza, entre otros, fueron países elegidos para todas o algunas de dichas actividades.

En la época en que el Almirante Massera detentaba el cargo de Comandante en Jefe de la Armada, se creó el Centro Piloto de París, con el objeto de influir en la mejora de la imagen de las autoridades militares argentinas en el exterior respecto a la situación de los derechos humanos en Argentina. Entre las actividades de ese Centro se encontraba la infiltración en los grupos de exiliados existentes en países europeos.

Esa era la forma de actuar del Grupo de Tareas y de sus distintos sectores en la ESMA, desarrollando de ese modo el plan general de exterminio que tenía como fin eliminar a todos aquellos que pudieran representar un obstáculo en la instauración del "nuevo orden", el que habían diseñado los militares incluso antes del golpe militar.

El procesado Ricardo Miguel CAVALLO con destino en la Escuela Mecánica de la Armada se integró plenamente en el desarrollo de ese plan de represión y exterminio. Perteneció a los dos sectores del Grupo de Tareas 3.3.2, haciéndolo de forma permanente, a diferencia de otros oficiales que rotaban en ese destino. En un primer momento formó parte de los grupos operativos del Grupo de Tareas 3.3.2 encargándose de las acciones consistentes en allanamientos, ejecuciones, muerte, detención, secuestros y apropiación de bienes de las víctimas elegidas y ello a partir de los datos que proporcionaba el sector de Inteligencia.

Posteriormente, y, a partir de enero de 1979 pasó a integrarse en ese área de Inteligencia, y por tanto participó en las torturas que en forma sistemática se practican sobre los detenidos. Las decisiones sobre las detenciones, secuestros, allanamientos, etc., se toman todos los días por los oficiales responsables, entre los que se encuentra Ricardo Miguel CAVALLO, en el lugar de la ESMA conocido como "EL DORADO" donde se encuentran extendidos el mapa de Buenos Aires y de las Organizaciones Políticas, Gremiales o Estudiantiles que constituyen los objetivos a atacar y cuyos integrantes hay que detener. De esta forma todos los días se distribuyen las acciones y objetivos y una vez detenidas las personas son trasladadas hasta la sala de tortura ("HUEVERA") en la que se tortura de forma sistemática participando de ello el procesado Ricardo Miguel CAVALLO puesto que los miembros de Inteligencia tenían a su cargo a los secuestrados mientras permanecían en la ESMA, realizaban los interrogatorios y torturas que les proporcionaban nuevos datos para seguir actuando, y decidían el momento en el que los secuestrados debían ingresar en "capucha", estar en "pecera" o ser "trasladados", esto es iban a morir.

En Enero de 1979 CAVALLO también asumió el cargo de responsable del Sector "PECERA" y en el que sometían a trabajos forzados y reducción a servidumbre a los detenidos que eran designados por los militares, y con el objetivo de recuperarlos para el "nuevo orden" que preconizaban los represores. De tal modo, enmarcada en el plan de actuación, el procesado tenía la capacidad de decidir cual sería el destino de aquellos que dependían de él en este sector: si eran liberados o por el contrario si debían ser "trasladados", esto es, asesinados.

En el amplio periodo de tiempo que el procesado Ricardo Miguel CAVALLO permanece en la ESMA hasta el mes de marzo de 1980 en que es destinado al denominado Centro Piloto de París, desempeñando distintas funciones dentro de ese plan general de represión y exterminio, se ha podido determinar que de las aproximadamente 30.000 personas desaparecidas durante la dictadura militar, unas 5.000 estuvieron detenidas, al menos en algún momento, en la Escuela Mecánica de la Armada.

Habida cuenta de la magnitud de esas cifras y la carencia de información inicial sobre los secuestrados, el número de víctimas identificadas e individualizadas es mínimo, no obstante y con base en el informe de la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP) y de investigaciones oficiales argentinas se ha podido acreditar que el número de personas secuestradas y que aún continúan desaparecidas o fueron ejecutadas por miembros del Grupo de Tareas 3.3.2 en el periodo en el que CAVALLO formaba parte del mismo asciende a la cifra de 255. Así:

-De estas se han podido individualizar 209:

LAGROTTA, Alejandro
Es secuestrado en abril de 1976.

LIZAZO, María del Carmen Nuñez de
Es secuestrada el 20 de abril de 1976.

LIZAZO, Jorge Héctor.
Es secuestrado el 20 de abril de 1976.

LIZAZO, Irma Leticia de Delgado
Es secuestrada el 20 de abril de 1976.

DELGADO (esposo de Irma)
Es secuestrado el 20 de abril de 1976.

MIGNONE, Mónica
Es privada de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducida a la ESMA donde es sometida a torturas.

VAZQUEZ OCAMPO DE LUGONES, María Marta
Es privada de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina. Es conducida a la ESMA donde es sometida a torturas.

QUINTEIRO, Mónica
Es privada de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducida a la ESMA donde es sometida a torturas.

CARBONELL DE PEREZ, WEISS, Beatriz
Es privada de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducida a la ESMA donde es sometida a torturas.

LUGONES, César Amadeo
Es privado de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas.

LORUSSO LAMLE, María Esther
Es privada de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducida a la ESMA donde es sometida a torturas.

PEREZ WEISS, Horacio
Es privado de libertad el 14 de mayo de 1976 por personal de la Armada argentina y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas.

Sacerdote Palotino, PEDRO DUFFAU
Es privado de libertad el 4 de julio de 1976.

Sacerdote Palotino, ALFREDO LEADEN
Es privado de libertad el 4 de julio de 1976.

Sacerdote Palotino, ALFREDO KELLY
Es privado de libertad el 4 de julio de 1976.

Seminarista, SALVADOR BARBEITO
Es privado de libertad el 4 de julio de 1976.

Seminarista, JOSE BARLETTA
Es privado de libertad el 4 de julio de 1976.

DEL DUCA de TARNOPOSLKI, Laura
Es secuestrada el 15 de julio de 1976, en su domicilio en Pasaje Urunday 1336 de Capital Federal. Es sometida a torturas.

TARNOLPOSKI, Betina
Es secuestrada el 16 de julio de 1976 y sometida a torturas, para olbigarle a proporcionar información.

TARNOLPOSKI, Hugo Daniel
Es secuestrado el 16 de julio de 1976. Sus captores roban diversos objetos de valor. Es sometido a torturas.

TARNOLPOSKI, Sergio
Es secuestrado el 14 de julio de 1976 y sometido a torturas para obligarle a proporcionar información.

EDELBERG de TARNOLPOSKI, Blanca
Es secuestrada el 16 de julio de 1976. Sus captores roban diversos objetos de valor. Es sometida a torturas.

CARNIGLIA, HAYDEE CIRULO de
Es secuestrada el 4 de agosto de 1976. Es conocida como Tota.

CARNIGLIA, Esther (hija de HAYDEE).
Es secuestrada el 4 de agosto de 1976.

AIETTA, de GULLO ANGELA
Es privada de libertad en agosto de 1976. Es vista en la ESMA en el sector denominado "Capucha". Es torturada.

AIETTA SUÁREZ, Edgardo
Es privado de libertad el 12 de agsoto de 1976.

VILLA DE SUÁREZ, Patricia
Es privada de libertad el 12 de agosto de 1976.

DI DOMÉNICO, Laura
Es privada de libertad el 1 de septiembre de 1976.

ADJIMAN, Leonardo
Es secuestrado el 6 de septiembre de 1976.

ADJIMAN, Estela
Es secuestrada el 6 de septiembre de 1976.

ADJIMAN, Daniel
Es secuestrado el 6 de septiembre de 1976, en su domicilio en la calle Uriarte 1.058 de Capital Federal. Es torturado.

ADJIMAN, Jorge
Es secuestrado el 6 de septiembre de 1976.

EL GANAME, Zulema
Es secuestrada el 6 de septiembre de 1976.

ALVAREZ, Pedro
Es secuestrado en octubre de 1976.

DIAZ PECACH, Susana
Es secuestrada el 14 de octubre de 1976. Es torturada y su cadáver es visto en la ESMA.

GARCIA, DIANA
Es secuestrada el 15 de octubre de 1976.

TALBOT WRIGHT, Héctor
Es secuestrado el 16 de octubre de 1976.

YOFRE, Graciela
Es secuestrada el 28 de octubre de 1976, en la vía pública de la Capital Federal. Es torturada.

GORDILLO GÓMEZ, María Marcela
Es secuestrada el 20 de octubre de 1976.

ONOFRI, Hugo Luis. Conocido como "Lorenzo"
Es secuestrado el 20 de octubre de 1976 y torturado para obligarle a proporcionar información.

MENDE, Jorge
Es secuestrado el 1 de noviembre de 1976.

RODRIGUEZ, Guillermo
Es secuestrado y en noviembre de 1976 es visto en la ESMA.

ANTOKOLETZ, Daniel E.
Es secuestrado el 10 de noviembre de 1976 y torturado.

ANDRÉS DE ANTOKOLETZ, Liliana María
Es secuestrada el 10 de noviembre de 1976 y torturada.

TORRENS BERMANN, Irene
Es secuestrada el 13 de noviembre de 1976, en la vía pública. Con posterioridad a su secuestro el grupo operativo saquea los inmuebles de las calles Rodríguez Peña 541 5º piso y Cangallo 1.671 piso 13, A, de Capital Federal y también un vehículo Ford. Es torturada.

FALICOFF, Alberto Samuel
Es secuestrado el 25 de noviembre de 1976.

GAZZARRI, Pablo
Es privado de libertad el 27 de noviembre de 1976 en Capital Federal. Es sometido a torturas para obligarle a proporcionar información.

CASADO, GASPAR ONOFRE
Es privado de libertad el 1 de diciembre de 1976.

MEDICI, ELENA
Es privada de libertad el 1 de diciembre de 1976 y sometida a torturas.

MARIN, suegro de FRANCISCO
Es privado de libertad en diciembre de 1976.

D’BREWIL, Isabel
Es privada de libertad en diciembre de 1976 presumiblemente en la ciudad de Córdoba. Es vista en la ESMA en diciembre de 1977. Es sometida a torturas.

URONDO DE KONKURAT, Claudia
Es privada de libertad el 3 de diciembre de 1976.

KONKURAT, Mario
Es privado de libertad el 3 de diciembre de 1976.

ARROSTITO, Norma
Es privada de libertad el 2 de diciembre de 1976 en Larrea 470 de BANFIELD. Es torturada para obligarla a proporcionar información. Según testimonios es asesinada en la ESMA.

CASARIEGO, Ernesto
Es secuestrado el 7 de diciembre de 1976.

KURLAT, Marcelo
Es privado de libertad el 10 de diciembre de 1976.

JUAREZ, ENRIQUE JOSÉ
Es privado de libertad el 10 de diciembre de 1976 y torturado.

ZUNINO DE ROSSINI, Alicia
Es privada de libertad el 10 de diciembre de 1976 en su domicilio en Martínez. Es torturada.

BATSCHE VALDES, Norma Leticia
Es privada de libertad el 15 de diciembre de 1976.

ZAVALA RODRÍGUEZ, MIGUEL ANGEL
Es privado de libertad el 22 de diciembre de 1976.

BAYON, Carlos Enrique
Es privado de libertad el 22 de diciembre de 1976.

CASTRO, Ana de
Es privada de libertad en diciembre de 1976 con su esposo Hugo Castro al salir del domicilio de su suegra en Rawson 3575, de La Lucila, prov. de Buenos Aires. Embarazada de tres meses. Es torturada. Sus captores le roban el automóvil en que es trasladada, propiedad de su suegra Liria A. Santoro de Castro, marca Fiat 128 Berlina, patente C 335.298. Es vista en la ESMA hasta junio de 1977. Da a luz en cautiverio a un niño que permanece desaparecido.

CASTRO, Hugo
Privado de libertad en diciembre de 1976 con su esposa Ana de Castro, al salir del domicilio de su madre en Rawson 3575, de la Lucila, prov. de Buenos Aires. Es torturado. Sus captores roban el automóvil en que es trasladado en su secuestro, propiedad de su madre Liria A. Santoro de Castro, marca Fiat 128 Berlina, patente C 335.298. Es visto en la ESMA hasta junio de 1977.

COLMENARES, Jaime C.
Es privado de libertad en diciembre de 1976 en la ciudad de Rosario. Fue conducido a la ESMA y es visto en "Capucha" entre enero y marzo de 1977. Se le tortura para obligarle a proporcionar información. Consta informe periodístico de que es muerto en un enfrentamiento el 2 de enero de 1977.

FERNANDEZ, Godoberto Luis
Es privado de libertad en enero de 1977.

YERAMIAN, Arpi Seta
Es privada de libertad en enero de 1977.

ASSALES. Conocido como "Tincho"
Es privado de libertad en enero de 1977.

JAUREGUI, Mónica.
Es asesinada por personal de la ESMA el 10 de enero de 1977 en su domicilio ubicado en Sánchez de Bustamante 731, piso 9 de la Capital Federal.

ALDAYA, Elba Delia
Es asesinada por personal de la ESMA en el domicilio de Mónica Jauregui ubicado en Sánchez de Bustamante 731, 9º piso de Capital Federal, el 10 de enero de 1977.

GÓMEZ, Conrado
Es privado de libertad el 10 de enero de 1977 en su domicilio de Santa Fe 1713, 1º piso, Capital Federal. Es torturado para obligarle a proporcionar información. Es víctima de robo y se le obliga a firmar escrituras de transferencia de propiedad inmueble, habiéndosele saqueado, asimismo, bienes muebles y semovientes.

ROMERO, Carlos G.
Es privado de libertad el 10 de enero de 1977.

PARDO, Sra. de
Es privada de libertad el 11 de enero de 1977.

MANCEBO, Beatriz
Es privada de libertad el 11 de enero de 1977.

CERRUTTI, Victorio
Es privado de libertad el 11 de enero de 1977 en su domicilio en la localidad de Chacras de Coria, departamento Luján de Cuyo, Mendoza. Es conducido a la ESMA. Se le tortura para obligarle a proporcionar información. Es víctima de robo, y se le obliga a firmar documentos cediendo bienes inmuebles.

PALMA, Horacio
Es privado de libertad el 11 de enero de 1977 en su domicilio de O’Higgins 1686, Hurligham. Es sometido a torturas.

MASSERA PINCOLINI, Omar Raúl
Es privado de libertad el 11 de enero de 1977 en su domicilio de la calle Clark 263 de Mendoza. Es torturado.

PERERA, FERNANDO
Es privado de libertad el 14 de enero de 1977 y torturado. Muere a consecuencia de los tormentos que recibe para obligarle a proporcionar información.

VELA, César Miguel
Es secuestrado el 18 de enero de 1977.

MATAROLLO, Raúl Humberto
Es secuestrado el 21 de enero de 1977.

EGUREN DE COOKE, Alicia
Es privada de libertad el 26 de enero de 1977 en la vía pública en la Capital Federal. Es torturada para obligarle a proporcionar información.

HAGELIN, DAGMAR
Es privada de libertad el 27 de enero de 1977 y es torturada.

CASARETTO, Antonio A.
Es privado de libertad el 12 de febrero de 1977 en Avda. San Martín 6927 de Tapiales, Provincia de Buenos Aires. Es torturado para obligarle a proporcionar información. Es víctima de robo.

MAGGIO, Horacio Domingo
Es privado de libertad el 15 de febrero de 1977 en Capital Federal. Es conducido a la ESMA donde se lo somete a condiciones inhumanas de vida. Logra fugarse el 19 de marzo de 1978. Lo vuelven a capturar y lo asesinan. Exhiben su cadáver en la ESMA. La primera vez que es secuestrado es torturado para obligarlo a proporcionar información.

RABINOVICH de LEVENSON, Elsa
Es secuestrada el 17 de febrero de 1977.

DILEO, Beatriz
Es privada de libertad el 21 de febrero de 1977 en Pedro Goyena al 1900 de Capital Federal. Es conducida a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarle a proporcionar información. Además es víctima de robo.

CHIAPPOLINI, Carlos Alberto
Ya mencionado en el Apartado A.
Es privado de libertad el 26 de febrero de 1977 en la vía pública en Capital Federal y conducido a la ESMA donde se lo somete a torturas, muriendo a consecuencia de las mismas.

SPINA, RAFAEL
Es secuestrado el 26 de febrero de 1977.

BALLESTEROS, Carlos
Es secuestrado el 27 de febrero de 1977.

FERRARI, Ariel Adrián
Es privado de libertad el 26 de febrero de 1977 en la vía pública. Es torturado. Como consecuencia de las heridas recibidas en el operativo de su secuestro muere en la ESMA.

OJEA QUINTANA, Ignacio
Es privado de libertad en marzo de 1977 y conducido a la ESMA donde se le somete a torturas para obligarle a proporcionar información.

CANOSA, José Luis
Es secuestrado el 1 de marzo de 1977.

DISTEFANO, Roberto
Es secuestrado el 1 de marzo de 1977.

SOSA, Hugo
Es secuestrado el 1 de marzo de 1977.

SALGADO, José María
Es secuestrado el 12 de marzo de 1977

BUSTOS de CORONEL, María Cristina
Es secuestrada el 14 de marzo de 1977.

AISEMBERG, Luis Daniel
Privado de libertad el 20 de marzo de 1977 en la vía pública junto con su hermano Ariel. Es conducido a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarlo a proporcionar información. Diez días después es trasladado.

AISEMBERG, Ariel
Es secuestrado el 20 de marzo de 1977, en la vía pública. Es conducido a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarle a proporcionar información. Diez días después de su secuestro es trasladado.

WALSH, Rodolfo
Es secuestrado el 25 de marzo de 1977. Fue visto muerto en la ESMA.

PEREZ DE DONDA, M. Hilda.
Es privada de libertad el 28 de marzo de 1977 en la vía pública en la localidad de Morón, Provicia de Buenos Aires. Embarazada de cinco meses. Es conducida a la ESMA en mayo de 1977, donde da a luz a una niña, que está igualmente desaparecida.

MOYANO DE POBLETE, María del Carmen conocida como Pichona.
Es trasladada a la ESMA en mayo de 1977 desde un centro clandestino de detención dependiente del tercer Cuerpo del Ejército. Es alojada en "Capucha" en donde se le somete a condiciones inhumanas de cautiverio. En junio de ese año mientras permanece detenida da a luz una niña que continúa igualmente desaparecida.

MARZANO, Juan Carlos
Es privado de libertad en abril de 1977 y torturado. En junio de ese mismo año es trasladado ignorándose su destino.

HIECKEL, Rolando
Es privado de libertad el 1 abril de 1977.

MAGUID, Carlos, secuestrado en Perú.
Es privado de libertad el 1abril de 1977.

OVANDO, Miriam. Conocida como Tita.
Es privada de libertad en 1 abril de 1977 por personal policial y trasladada a la ESMA en mayo de 1977, donde da a luz en julio. Se desconoce el destino de su hijo.

SCHAPIRA, Daniel
Es privado de libertad el 9 de abril de 1977 en la vía pública en Capital Federal. Es conducido a la ESMA donde se lo somete a condiciones inhumanas de vida y se le tortura con golpes y descargas de corriente eléctrica para obligarle a proporcionar información.

MATSUYAMA, Luis Esteban
Es privado de libertad el 7 de abril de 1977 en su domicilio de la avenida Corrientes al 5.800 de Capital Federal. Es conducido a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarle a proporcionar información.

OLIVER DE MATSUYAMA, Patricia Silvia
Es privada de libertad el 7 de abril de 1977 en su domicilio de la avenida Corrientes al 5.800 de Capital Federal. Es conducida a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarle a proporcionar información.

RAAB, Enrique
Es privado de libertad el 16 de abril de 1977 en su domicilio de la calle Viamonte 342, 5º piso, departamento 54, de Capital Federal. Es conducido a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de cautiverio y tortura con paso de corriente eléctrica para obligarle a proporcionar información.

AZCONE, José
Es privado de libertad en mayo de 1977.

BERROETA, Enrique O.
Es privado de libertad el 9 de mayo de 1977.

MIGUEZ, Pablo
Es privado de libertad el 12 mayo de 1977.

TAURO DE ROCHISTEIN, María. Conocida como Raquel
Es privada de libertad el 15 de mayo de 1977 en Hurligam, Provincia de Buenos Aires. En el momento de su detención se encuentra embarazada. Es conducida a la ESMA entre setiembre-octubre de 1977. Tiene un hijo varón del que se desconoce su destino.

MARIN, Francisco Eduardo
Es privado de libertad el 15 de mayo de 1977.

LENNIE, María Cristina
Es privada de libertad el 18 de mayo de 1977. Es conducida a la ESMA donde se le tortura y muere en ese lugar de detención.

ALONSO DE HUERAVILLO, Mirta. Embarazada
Es privada de libertad el 19 de mayo de 1977. Conducida a la ESMA donde es torturada. Trasladada a mediados de junio de ese año. Da a luz a un niño al que llama Emiliano y que es recuperado por su familia en diciembre de 1977,

HUERAVILLO, Lautaro Oscar
Es privado de libertad el 19 de mayo de 1977 y alojado en la ESMA donde es torturado. Su hijo nace en cautiverio.

CIGLIUTTI, Omar Eduardo
Es privado de libertad el 25 de mayo de 1977 en Capital Federal. Es conducido a la ESMA donde es visto hasta diciembre de ese año.

SANTI, Ma. Esher Iglesias de
Es secuestrada el 7 de mayo de 1977. Conducida a la ESMA es sometida a condiciones inhumanas de cautiverio y torturada para obligarle a proporcionar información.

SANTI, Roberto
Es secuestrado el 7 de mayo de 1977. Conducido a la ESMA en donde es sometido a condiciones inhumanas de cautiverio y torturado para obligarle a proporcionar información.

ROQUE, Julio
Es privado de su libertad el 29 de mayo de 1977 en la localidad de Haedo, Provincia de Buenos Aires. Conducido a la ESMA donde es torturado.

CASTRO, (bebé nacido en cautiverio)
Es secuestrado junto con sus padres HUGO CASTRO y ANA de CASTRO, - que continúan desaparecidos - y nacido en junio de 1977.

POBLETE MOYANO, (bebé nacido en cautiverio)
Hijo de MARÍA DEL CARMEN MOYANO DE POBLETE Y CARLOS SIMÓN POBLETE que continúan desaparecidos.

WAGNER DE GALLI, Felisa
Es secuestrada el 12 de junio de 1977 en el domicilio de la calle Aranguren 548 de Capital Federal y conducida a la ESMA donde es torturada.

GALLI, Mario Guillermo Enrique
Es privado de libertad el 12 de junio de 1977 en su domicilio de Aranguren 548, Capital Federal. Trasladado a la ESMA donde es torturado. Asimismo es víctima de robo de un vehiculo Fiat 128 de su propiedad.

FLINN DE GALLI, Patricia
Es secuestrada el 12 de junio de 1977 en la calle Aranguren 548 de Capital Federal. Conducida a la ESMA, es torturada.

INFANTE ALLENDE, Adolfo Luis
Es privado de libertad el 14 de junio de 1977 en Blanco Encalada 3470 de Capital Federal. Es torturado.

KEHOE ALLENDE de INFANTE, Gloria
Es secuestrada el 13 de junio de 1977 en su domicilio de la calle Sucre 2212 de la Capital Federal. Es torturada y víctima del robo de distintos objetos de valor que se encuentran en su domicilio.

VILELLIA, Luis Alberto
Es secuestrado el 13 de junio de 1977.

BOGLIOLO, Mercedes
Es secuestrada el 16 de junio de 1977.

PEGORARO, Juan
Es privado de libertad el 18 de junio de 1977 en Capital Federal y trasladado a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida y tortura para obligarle a dar información.

PEGORARO, Susana
Es privada de libertad el 18 de junio de 1977 en Capital Federal. En el momento del secuestro está embarazada de cinco meses. Es conducida a la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de cautiverio y tortura a fin de proporcionar información. Mientras está allí detenida da a luz una criatura, que nunca fue devuelta a su familia.

TEJERINA, Juan Domingo
Es secuestrado el 29 de junio de 1977.

DE SANCTIS OVANDO, (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, - MIRIAM OVANDO – es trasladada a la ESMA en mayo de 1977 y da a luz un varón que nunca fue entregado a su familia.

VIÑAS, Cecilia.
Es privada de libertad el 13 de julio de 1977, embarazada de siete meses. Es trasladada a la ESMA por personal de la Marina de Mar del Plata, lugar en el que es sometida a condiciones inhumanas de vida. Trasladada luego de dar a luz. Posteriormente, entre el 21 de diciembre de 1983 y el 19 de marzo de 1984 se comunica telefónicamente con su familia en ocho oportunidades, se interrumpe todo contacto a partir de ese momento.

LAZARTE, Jorge Omar
Es secuestrado el 17 de julio de 1977.

GRIGERA, Gustavo
Es privado de libertad el 18 de julio de 1977 en el interior del Hospital Italiano. Conducido a la ESMA es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida. El 20 de agosto de ese año su cadáver es enviado a la Morgue Judicial por orden del Comando de la Subzona Capital.

PONCE, Ana María
Es privada de libertad el 18 de julio de 1977 en el jardín zoológico de la ciudad de Buenos Aires. Es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida por el Servicio de Inteligencia Naval.

OLLEROS, Inés
Es privada de libertad el 19 de julio de 1977. Conducida a la ESMA donde es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

SALCEDO, Edgardo
Es secuestrado el 19 de julio de 1977

SALCEDO, Sra. De
Es secuestrada el 19 de julio de 1977

RAMALLO CHAVEZ, Jaime
Es privado de libertad en julio de 1977 y trasladado a la ESMA donde es sometido a tortura y a condiciones inhumanas de cautiverio.

MANGONE, José Héctor
Es privado de libertad el 30 de julio de 1977 junto con su esposa María José Rapella de Mangone, en su domicilio sito en Atacama 973 de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires. Su residencia es saqueada. Conducido a la ESMA es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida.

RAPELLA DE MANGONE, María José
Es privada de libertad el 30 de julio de 1977 junto con su esposo José Héctor Mangone, en su domicilio sito en Atacama 973 de Ituzaingó. Su residencia es saqueada. Es trasladada a la ESMA donde le es provocado un aborto, es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

KIPER, Luis Saúl
Es privado de libertad en julio de 1977, es trasladado a la ESMA donde es sometido a torturas y a condiciones inhumanas de cautiverio.

DONDA PEREZ, (bebé nacido en cautiverio)
Su madre – MARÍA HILDA PÉREZ DE DONDA - que fue llevada a la ESMA en mayo de 1977, da a luz en agosto. La niña nunca fue entregada a su familia.

DE PIAZZA, Graciela Beatriz
Es secuestrada el 4 agosto de 1977.

MUNE, Daniel Oscar
Es secuestrado el 4 agosto de 1977.

FERNÁNDEZ PONDAL
Es secuestrado el 5 de agosto de 1977.

CORZIGLIA, Hugo Arnaldo
Es privado de libertad el 10 de agosto de 1977 en su domicilio de la calle Gorriti 1365 de Florencio Varela, el cual es saqueado. Trasladado a la ESMA y torturado.

MURA DE CORZIGLIA, Cristina
Privada de libertad el 6 de agosto de 1977, trasladada a la ESMA y torturada

SAMAHA, Claudio Julio
Es secuestrado el 11 de agosto de 1977.

LORENZO, Rodolfo José
Es secuestrado el 13 de agosto de 1977.

REINHOLD, Marcelo
Es privado de libertad el 14 de agosto de 1977 en la localidad de Haedo, provincia de Buenos Aires y trasladado a la ESMA donde es torturado por el personal del Servicio de Inteligencia Naval.

SIVER de REINHOLD, Susana Leonor
Es privada de libertad el 14 de agosto de 1977 en la localidad de Haedo, provincia de Buenos Aires, embarazada de cuatro meses. Es trasladada a la ESMA y de allí al Hospital Naval donde tiene un bebé del cual se ignora su paradero. Luego es restituida nuevamente a la ESMA.

ODELL, Alejandro
Es privado de libertad el 14 de agosto de 1977 en la localidad de Haedo, provincia de Buenos Aires. Se le roba un automóvil taxÍmetro de su propiedad. Es torturado, permaneciendo a disposición del SIN.

PORTAS, Osvaldo
Es privado de libertad el 15 de agosto de 1977.

COHEN, Viviana Esther
Es privada de libertad el 16 de agosto de 1977 en el domicilio de su abuela materna, ubicado en la calle Gascón 849, Dpto. 4, Capital Federal. Dos días más tarde, dicho domicilio es nuevamente allanado por el mismo grupo que procedió a su detención, destrozando muebles, robando pertenencias y dinero y amenazando de muerte a su moradora. Viviana Cohen es vista en la ESMA, sometida a condiciones inhumanas de vida, entre los meses de agosto y septiembre de 1977, fecha en la que es trasladada.

MOYANO, Edgardo Patricio
Es privado de libertad el 18 de agosto de 1977 y conducido a la ESMA donde es torturado quedando a disposición del SIN.

DELGADO, Juan José
Es privado de libertad en septiembre de 1977.

ROCHSTEIN, Tauro, (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, MARÍA GRACIELA TAURO DE ROCHSTEIN, da a luz entre setiembre-octubre de 1977 a un hijo varon que nunca ha sido entregado a su familia. Sus dos padres continúan desaparecidos.

CALVO, Jorge
Es privado de libertad el 11 septiembre de 1977.

FRANCONETTI DE CALVO, Adriana
Es privada de libertad el 11 septiembre de 1977.

MORANDINI, Cristina del Valle
Es privada de libertad el 18 septiembre de 1977.

MORANDINI, Néstor Luis
Es privado de libertad el 18 septiembre de 1977.

NOVIA DE NÉSTOR MORANDINI. Conocida como Colorada
Es privada de libertad el 18 septiembre de 1977.

RAMOS, Juan Carlos
Es privado de libertad el 23 septiembre de 1977.

SANTOS, Héctor
Es privado de libertad en octubre de 1977.

PEREYRA, Liliana
Es privada de libertad el 5 de octubre de 1977 en la calle Catamarca 2254 de la ciudad de Mar del Plata. En noviembre de ese año es conducida a la ESMA donde es sometida a condiciones inhumanas de vida. Allí permanece hasta pocos días después de dar a luz en febrero de 1978. Posteriormente es nuevamente trasladada por personal de Buzos Tácticos de Mar del Plata, ciudad en la que aparece su cadáver y es identificado.

FARALDO, José Luis
Es privado de libertad el 7 de octubre de 1977 en la vía pública en la ciudad de Buenos Aires. Es trasladado a la ESMA, donde es sometido a condiciones inhumanas de tortura.

MARCUZZO, Patricia Elizabeth. Conocida como Paty
Es privada de libertad en la ciudad de Mar del Plata el 20 de octubre de 1977 y llevada posteriormente a la ESMA. Da a luz a un niño al que pone de nombre Sebastián en abril de 1978 y que es entregado a su abuela materna.

BAUER PEGORARO, (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, SUSANA BEATRIZ PEGORARO, da a luz a una niña entre noviembre y diciembre de 1977 que nunca ha sido devuelta a su familia. La madre está asimismo desaparecida.

DEGREGORIO, Oscar. Secuestrado en Uruguay
Es privado de libertad el 18 de noviembre de 1977 y conducido a la ESMA donde es torturado para obtener información, golpeado insistentemente y sometido a condiciones inhumanas de vida. Muere como consecuencia de los tormentos recibidos en abril de 1978.

OSORIO, Pablo
Privado de libertad el 22 de noviembre de 1977.

ALFONSIN DE CABANDIE, Alicia.
Privada de libertad el 23 de noviembre de 1977 en su domicilio de la calle Solís 688, piso 7, dpto. 30 de Capital Federal. Es trasladada a la ESMA en marzo de 1978 donde es sometida a condiciones inhumanas de vida. Da a luz a un bebé que nunca ha sido entregado a su familia.

FIDALGO DE VALENZUELA, Alcira Graciela
Es privada de libertad el 4 de diciembre de 1977 en la vía pública de la ciudad de Buenos Aires. Conducida a la ESMA, es torturada para obtener información y sometida a condiciones inhumanas de vida.

AGUAD, Ángela
Es privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada para obtener información y sometida a condiciones inhumanas de vida.

BALLESTRINO de CAREAGA, María Esther
Es privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada para obtener información y sometida a condiciones inhumanas de vida.

BERARDO, Remo Carlos
Es privado de libertad el 8 de diciembre de 1977 y conducido a la ESMA donde es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida.

BULLIT, Raquel
Es privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

DUMON, Alice
Es privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

ELBERT, Horacio Aníbal
Es privado de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducido a la ESMA es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida.

FONDEVILLA, José Julio
Es privado de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz y conducido a la ESMA donde es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida.

HORANE, Eduardo Gabriel
Privado de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducido a la ESMA es torturado y sometido a condiciones inhumanas de vida.

OVIEDO, Patricia Cristina
Es privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

PONCE de BIANCO, María Eugenia
Es Privada de libertad el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia de Santa Cruz. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

DUQUET, René Leonie
Es privada de libertad el 10 de diciembre de 1977 en su domicilio de la calle Espora 1247 de la localidad de Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida. Diez días después es trasladada con destino desconocido.

VILLAFLOR de DE VICENTI, Azucena
Es privada de libertad el 10 de diciembre de 1977 frente al número 117 de la calle Cramer en la localidad de Sarandí, provincia de Buenos Aires. Conducida a la ESMA es torturada y sometida a condiciones inhumanas de vida.

REINHOLD SILVER, Laura. (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, SUSANA LEONOR SILVER DE REINHOLD, que fue secuestrada junto a su esposo MARCELO REINHOLD en agosto o setiembre de 1977, es trasladada desde la ESMA, hasta el Hospital Naval para la práctica de una cesárea en enero de 1978. A las pocas horas de nacer su hija es llevada nuevamente a la ESMA. La niña nunca fue entregada a la familia. Ambos padres están desaparecidos.

GRECCO, Dora Cristina.
Es privada de libertad el 26 de febrero de 1978 en la ciudad de Mar del Plata. Al momento de su detención está embarazada. Conducida a la ESMA es torturada. Allí da a luz a una niña que a los dos meses, es entregada a sus abuelos.

CAGNOLA PEREYRA (bebé nacido en cautiverio)
Su madre da a luz en febrero de 1978. Se desconoce el destino del bebé.

CABANDIE ALFONSIN, Juan. (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, ALICIA ELENA ALFONSÍN DE CABANDIE, es secuestrada por el Ejército en noviembre de 1977 junto a su esposo, Damián Abel Cabandie. Es trasladada a la ESMA para dar a luz entre febrero y marzo de 1978. El bebé, de sexo varón, nunca fue entregado a su familia. Sus padres están igualmente desaparecidos.

CARDOZO, Hilda. Conocida como Caty.
Es privada de libertad el 13 de mayo de 1978.

TRAJTEMBERG, Mirta Edith
Es privada de libertad en junio de 1978 y trasladada desde el centro clandestino de detnción El Banco, a la ESMA.

VILLARREAL, Miguel F.
Es privado de libertad el 8 de de julio de 1978.

CAFFATI, Jorge Norberto
Es privado de libertad el 19 de septiembre de 1978 en la vía pública. Conducido a la ESMA es torturado.

BENASSI, María Catalina
Es privada de libertad el 29 de septiembre de 1978 en Montevideo, República Oriental del Uruguay. Conducida a la ESMA es torturada. Allí es vista a fines de 1978.

ROISINBLIT PEREZ DE ROJO, Patricia Julia
Es privada de libertad el 6 de octubre de 1978 en su domicilio de la calle Gurruchaga 2259, piso 3 de Capital Federal y conducida a la ESMA donde es torturada. Al momento de su detención está embarazada de ocho meses. Dio a luz en la ESMA un niño al que llamó RODOLFO FERNANDO, que nunca fue entregado a su familia.

DÍAZ LESTREM, Guillermo.
Es privado de libertad el 2 de octubre de 1978 en Capital Federal y conducido a la ESMA. Muere como consecuencia de tormentos a los que fue sometido.

PESCI, Eduardo
Es privado de libertad el 23 de octubre de 1978 en la vía pública. Es visto en la ESMA en condiciones físicas deplorables como consecuencia de los tormentos padecidos.

VAZQUEZ, Daniel
Es privado de libertad en noviembre de 1978.

MIRABELLI, Francisco Natalio
Es privado de libertad el 9 de noviembre de 1978 en su domicilio de Terrada 3942 de la localidad de San Justo y conducido a la ESMA donde es torturado.

DINA, novia de Mirabelli
Es privada de libertad el 9 de noviembre de 1978.
MARTINEZ, Sergio Antonio
Es privado de libertad el 9 de noviembre de 1978

FRANK, Ricardo
Es privado de la libertad el 10 de noviembre de 1978 en su domicilio de calle Serrano 1745, P.B. Dpto A de Capital Federal. Es torturado.

PEREZ ROJO ROISINBLIT, Rodolfo. (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, PATRICIA JULIA ROISINBLIT de PÉREZ ROJO, dio a luz un niño en la ESMA, el 15 de noviembre de 1978. Tanto el niño como la madre están desaparecidos.

ECHEVERRIA, Daniel
Es privado de libertad el 18 de noviembre de 1978 en la esquina de Independencia y Catamarca de la Capital Federal. Es llevado a la ESMA donde es torturado.

MENÉNDEZ, Fernando
Es privado de libertad el 7 de diciembre de 1978 después de ser herido en el procedimiento de su detención. Posteriormente es asesinado por personal de la Armada. Su cadáver es ingresado en la ESMA y luego trasladado a la Morge Judicial.

MALLEA, Alejo
Privado de libertad en diciembre de 1978.

SAENZ, Ricardo Pedro
Es privado de libertad el 6 diciembre de 1978. Es torturado. Fue visto en el séctor denominado "Capucha" a principios de 1979.

-Incluimos relación de 32 secuestrados antes de enero de 1979 que fueron torturados y en la actualidad se hallan desaparecidos:

1. BLATÓN, Francisco Juan.
Es privado de libertad el 28 de mayo de 1976 en la localidad de Munro (Pcia. de Buenos Aires). Es conducido a la ESMA en donde es sometido a condiciones inhumanas de vida y atormentado.

2. CACABELOS, José Antonio.
Es privado de libertad el 7 de junio de 1976 en la esquina de Av. Mitre e Hipólito Irigoyen de la localidad de Florida – Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

3. SORIA, Jorge.
Es privado de libertad el 15 de junio de 1976 en su domicilio de la localidad de San Antonio de Padua, prov. de Buenos Aires. Es conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

4. PORRINI DE SORIA, Beatriz.
Es privada de libertad el 15 de junio de 1976 en su domicilio de la localidad de San Antonio de Padua, prov. de Buenos Aires y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información.

5. MANUELE, Ricardo Hugo Darío.
Es privado de libertad el 8 de julio de 1976 en las cercanías del trabajo de su compañera María T. Ravignani (Florida 520, 3er. Piso, Capital Federal) y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

6. RAVIGNANI, María Teresa.
Es privada de libertad el 8 de julio de 1976 en su lugar de trabajo, Florida 520, 3er. Piso, of. 307 – Capital Federal y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información. En el momento de su secuestro se encontraba embarazada de dos meses.

7. GROSSO, Mirta.
Es privada de libertad el 16 de agosto de 1976 en su domicilio, C/ Oro 2511, piso 11, dpto. B, Capital Federal, que fue desvalijado y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información. "Trasladada" en los primeros días de setiembre.

8. COBO, Inés Adriana.
Es privada de libertad el 1 de setiembre de 1976 en la vía pública, Capital Federal y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información.

9. PLAZA TABOADA, Juan Domingo.
Es privado de libertad el 16 de setiembre de 1976 en un bar de la C/7 y 32 de la Plata y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

10. CACABELOS, Cecilia Inés.
Es privada de libertad el 11 de octubre de 1976 en un bar de las calles Dorrego y Corrientes de Capital Federal. y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información.

11. ABRIATA, Hernán.
Es privado de libertad el 30 de octubre de 1976 y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

12. LUCERO, Alberto.
Es privado de libertad el 4 de noviembre de 1976 y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

13. SAID, Jaime Eduardo.
Es privado de libertad el 24 de noviembre de 1976 en C/ Sarmiento y Uriburu de Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información. Se le sustrae un Renaul 12 Break, modelo 1976, motor 3186472, chasis 92110232.

14. CÁNOVA, Domingo.
Es privado de libertad el 15 de enero de 1978 y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

15. ROSSINI, Raúl Alberto.
Es privado de libertad el 28 de enero de 1977 en la C/ Agustín Álvarez al 800 de Vicente López, prov. de Bs. As. y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obligarlo a proporcionar información.

16. STIEFKENS DE PARAO, Ana María.
Es privada de libertad el 12 de enero de 1977 en la localidad de Ramos Mejía, prov. de Bs. As. y conducida a la ESMA en donde es sometida a condiciones inhumanas de vida.

17. ROVINI ZUVIRÍA de AMADO, Graciela Silvia.
Es privada de libertad el 14 de abril de 1977 en su domicilio de la C/ Montevideo 862, 4º piso, Cap. Federal y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas, golpes y descargas de corriente eléctrica para obligarla a proporcionar información.

18. FONTANA DEHARBE, Liliana Clelia.
Es privada de libertad en la localidad de Caseros el 1 de julio de 1977 y conducida a la ESMA en donde es sometida a condiciones inhumanas. Al momento de su detención se hallaba embarazada de dos meses y medio.

19. SANDOVAL, Pedro Fabián.
Es privado de libertad en la localidad de Caseros el 1 de julio de 1977 y conducido a la ESMA en donde es sometido a condiciones inhumanas de vida.

20. ALTAMIRANO, Elba.
Es privada de libertad en agosto de 1977 y conducida a la ESMA en donde es sometida a condiciones inhumanas de vida.

21. MARQUES, Pablo.
Es secuestrado por el Ejército y conducido a la ESMA en agosto de 1977. Es sometido a condiciones inhumanas de vida. En setiembre de ese año forma parte de uno de los "traslados" masivos.

22. GALARCEP, Pablo Horacio.
Es privado de libertad el 26 de octubre de 1977 en la C/ O’Higgins 2807 de Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es sometido a condiciones inhumanas de vida.

23. NUGER, Hernán Gerardo.
Es privado de libertad el 27 de octubre de 1977 en la Av. De La Plata 165 de Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es sometido a torturas para obtener información.

24. ORLANDO, Irene.
Es privada de libertad en abril de 1979 en la localidad de San Martín, Pcia. de Bs. As. y conducida a la ESMA donde es sometida a condiciones inhumanas de vida. Es vista hasta fines de 1979.

25. PÉREZ, Julio Enrique.
Es privado de libertad con su esposa el 20 de febrero de 1978 y conducido al centro clandestino de detención conocido como el "Banco". El 12 de abril de ese año es trasladado a la ESMA donde es sometido a condiciones inhumanas de vida.

26. DONADIO, Alberto Eliseo.
Es privado de libertad el 2 de setiembre de 1978 en la finca sita en Pasaje Lagarza, 1233, Capital Federal, la que es saqueada y robada. Recupera su libertad el 2 de noviembre de 1978 siendo nuevamente detenido y conducido a la ESMA el 6 de diciembre de 1978, donde nuevamente se le atormenta y somete a condiciones inhumanas de vida.

27. PÉREZ ROJO, José Manuel
Es privado de su libertad el 6 de octubre de 1978 en su domicilio en la C/ Santa Fe 2126 de la localidad de Martínez, pcia. de Buenos Aires. Su esposa PATRICIA JULIA ROISIMBLIT de PÉREZ ROJO también estuvo detenida en la ESMA y dio a luz un niño el 15 de noviembre de 1978 de nombre RODOLFO FERNANDO que no fue entregado a la familia.

28. HERNÁNDEZ, Mario.
Es privado de libertad en octubre de 1978 en Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es torturado.

29. MARDONE, Diana Ana María.
Es privada de libertad el 10 de noviembre de 1978 en su vivienda de la C/ Juncal 1264 de Capital Federal. Se la vio por última vez en la ESMA en deplorable estado físico como consecuencia de las torturas y de las inhumanas condiciones de vida que le fueron impuestas.

30. DEUSDEBES, Gabriel.
Es secuestrado y es visto en la ESMA en noviembre de 1978 en el sector denominado "Capucha" en condiciones físicas deplorables como consecuencia de los tormentos sufridos.

31. IBAÑEZ, Gustavo
Es privado de libertad el 21 de diciembre de 1978 y conducido a la ESMA. IBAÑEZ, de quince años de edad, es atormentado a su arribo al lugar de detención.

32. MOREIRA, Héctor Horacio.
Es privado de libertad el 6 de diciembre de 1978 en su domicilio en la C/ Cucha Cucha 2848 de Capital Federal y conducido a la ESMA en donde es torturado.

-Incluimos así mismo relación de 14 personas que tras ser secuestradas, sometidas a torturas, trabajos forzados y reducción a servidumbre, desaparecieron y ello a partir de enero de 1979 fecha en la que el procesado CAVALLO asume la dirección del sector "pecera" y por tanto fue quien decidió sobre el destino de todos ellos, de su "traslaldo", es decir de su ejecución:

1. HAZAN, José Luis

2. VILLAFLOR de HAZAN, Josefina

3. MARTÍNEZ, María Elsa

4. VILLAFLOR, Raimundo

5. LEPISCOPO, Pablo
Es secuestrado el 5 de agosto de 1979 y es torturado. A mediados de 1980 se pierde contacto con él. Con ocasión del secuestro le es sustraído un automóvil taxímetro de su propiedad.

6. ARDETTI, Enrique

7. ADAD, Aida
Es secuestrada el 9 de agosto de 1979.

8. WOLFSON, Nora Irene

9. ANZORENA, Juan Carlos
Es privado de libertad el 12 de agosto de 1979 en la intersección de las arterias Pavón y Galicia de la localidad de Avellaneda (provincia de Buenos Aires) y trasladado a la ESMA en donde es torturado.

10. BRODSKY, Fernando Rubén
Secuestrado el 14 de agosto de 1979 de su domicilio de Líbano 320 de Villa Martelli (Pcia de Buenos Aires). Conducido a la ESMA es sometido a torturas y condiciones inhumanas de vida. En febrero de 1980 mantiene su último contacto teléfonico con su madre.

11. CHIARAVALLE, Juan Carlos José
Es secuestrado el 14 de agosto de 1979 en las proximidades de su domicilio en la calle Líbano 320 de la localidad de Villa Martelli (Pcia de Buenos Aires) es trasladado a la ESMA en donde padece condiciones inhumanas de vida y se le tortura.

12. PARED, Jorge Alberto
Es privado de su libertad el 17 de octubre de 1979 en Ramos Mejía (Pcia de Buenos Aires) y conducido a la ESMA donde es torturado

13. PONTI, Sara Isabel
Es Privada de libertad el 17 de octubre de 1979 en Ramos Mejía (Pcia de Buenos Aires) y conducida a la ESMA donde es torturada.

14. PALMEIRO, Hugo
Es privado de libertad el 16 de noviembre de 1979 y conducido a la ESMA donde se le somete a torturas.

Así mismo, del número total de secuestrados que fueron conducidos a la ESMA y que después fueron liberados, en el periodo temporal en el que el procesado CAVALLO desempeó funciones en los distintos sectores del Grupo de Tareas 3.3.2, asciende a la cifra de 152 que se distribuyen:

-Relación individualizada de 94 personas secuestradas, torturadas y liberadas hasta 1978:

1. LAGROTTA, Graciela D.
Es secuestrada en abril de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en ese mismo mes.

2. LIZAZO, Amelia de
Es secuestrada en abril de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

3. NÚÑEZ, María Dontona de
Es secuestrada en abril de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

4. NÚÑEZ, María Juana
Es secuestrada en abril de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

5. NÚÑEZ, Roque
Es secuestrado en abril de 1976 y visto en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

6. NÚÑEZ, Roque (hijo)
Es secuestrado en abril de 1976 y visto en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

7. JALICS, Francisco, sacerdote
Es secuestrado el 23 de mayo de 1976 y visto en la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida. Recupera la libertad el 22 de octubre del mismo año.

8. YORIO, Orlando Virgilio, sacerdote
Es secuestrado el 23 de mayo de 1976 y visto en la ESMA donde se le somete a condiciones inhumanas de vida. Recupera la libertad el 22 de octubre del mismo año.

9. BURSALINO, Alfredo
Es secuestrado en junio de 1976 y visto en la ESMA. Recupera la libertad el 1 de enero de 1978.

10. ÁLVAREZ, Marta
Es secuestrada en junio de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad el 1 de enero de 1978.

11. AHUMADA, Alberto
Es secuestrado en setiembre de 1976 y conducido a la ESMA donde se lo tortura. Es visto hasta fines de 1978. Recupera la libertad en noviembre de 1978.

12. GARCÍA ROMERO, Graciela
Es secuestrada el 14 de octubre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

13. LAULETTA, Miguel Ángel
Es secuestrado el 14 de octubre de 1976 y visto en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

14. TACCA DE AHUMADA, Laura
Es secuestrada el 14 de octubre de 1976 y vista en la ESMA donde es torturada, hacia mediados de 1977. Recupera la libertad en fecha indeterminada.

15. MURGIER, Marisa
Es secuestrada el 16 de octubre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada durante el año 1977.

16. CAPRIOLI, Carlos Alberto
Es secuestrado el 18 de octubre de 1976 y visto en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada durante el año 1977.

17. BAZÁN, Marta
Es secuestrada el 20 de octubre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada durante el año 1977.

18.CUBAS, Lisandro Raúl
Es privado de su libertad el 20 de octubre de 1976 en La Tablada, prov. de Buenos Aires y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas. Es liberado el 19 de enero de 1979.

19. DVATMAN, Ana
Es secuestrada el 20 de octubre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada durante el año 1977.

20. CARAZO, Ana
Es secuestrada el 21 de octubre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad en fecha indeterminada durante el año 1977.

21. FALICOFF, Señora de
Es secuestrada el 25 de noviembre de 1976 y vista en la ESMA. Recupera la libertad el 24 de diciembre de 1976.

22. LABAYRU DE LENNIE, Silvia
Es detenida ilegalmente el 29 de diciembre de 1976 en Azcuénaga y Juncal estando embarazada. Es conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 16 de junio de 1978.

23. PAZ, Oscar
Es secuestrado en diciembre de 1976 y visto en la ESMA. Es liberado durante el año 1977 en fecha indeterminada.

24. DELLA SOPPA, Emilio Enrique
Es detenido ilegalmente el 9 de diciembre de 1976. Es conducido a la ESMA donde se lo somete a torturas para obligarlo a proporcionar información. Es liberado en fecha indeterminada.

25. IBAÑEZ, Federico
Es secuestrado el 9 de diciembre de 1976 y visto en la ESMA. Es liberado en fecha indeterminada.

26. GONZÁLEZ LANGARICA, Sra. de y sus hijas
Son privadas de libertad el 10 de enero de 1977 y vistas en la ESMA. Recuperan la libertad en ese mismo mes.

27. GASPARI, Alberto Juan

28. GONZÁLEZ LANGARICA, Pablo
Es secuestrado el 10 de enero de 1977 y visto en la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

29. HERNÁNDEZ, Marcelo

30. RAMUS, Susana Jorgelina
Es privada de su libertad en enero de 1977 y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada a fines de 1978.

31. ZUCARINO DE LENNIE, Nilva Berta
Es privada de su libertad el 16 de enero de 1977 en su domicilio en City Bell y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es asimismo obligada a presenciar los tormentos que sufre su hija Sandra Lennie. Es liberada el 9 de febrero de 1977.

32. LENNIE, Sandra
Es privada de su libertad el 16 de enero de 1977 en su domicilio en City Bell y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas por aplicación de paso de corriente eléctrica en presencia de sus padres para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 6 de marzo de 1977.

33. LENNIE, Santiago
Es privado de su libertad el 16 de enero de 1977 en su domicilio en City Bell y conducido a la ESMA donde se le obligaron a presenciar las torturas que sufrió su hija Sandra Lennie. Se lo tortura para obligarlo a proporcionar información. Es liberado el 9 de febrero de 1977.

34. GRAS, Martín Tomas
Es detenido ilegalmente el 14 de enero de 1977 y conducido a la ESMA donde se lo somete a torturas para obligarlo a proporcionar información. Es liberado a mediados de 1978.

35. BURGOS, Norma Susana
Es privada de su libertad el 21 de enero de 1977 en Ramos Mejía y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 26 de enero de 1979.

36. LASTRA, Daniel
Es privado de su libertad el 27 de febrero de 1977 y conducido a la ESMA donde se lo tortura para obligarlo a proporcionar información. Es visto hasta fines de 1978, fecha en la que se le libera.

37. MARTI, Ana María
Es privada de su libertad el 18 de marzo de 1977 en la estación ferroviaria "El Tropezón", en la provincia de Buenos Aires y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 19 de diciembre de 1978.

38. Vieyra, Cristina
Es privada de su libertad el 29 de abril de 1977. Es conducida al CCD "El Atlético" y de allí, en mayo a la ESMA. En este último lugar es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 20 de diciembre de 1978.

39. ORAZI, Nilda Haydée
Es privada de su libertad el 29 de abril de 1977. Es conducida al CCD "El Atlético" y de allí, en mayo a la ESMA. En este último lugar es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 20 de diciembre de 1978.

40. CALVEIRO de CAMPIGLIA, Pilar
Es privada de su libertad el 7 de mayo de 1977 en la localidad de San Antonio de Padua. Es llevada a la ESMA en dos oportunidades: desde el 17 de junio de 1977 al 10 de agosto del mismo año y desde el 17 de octubre de 1977 al 27 de octubre de 1978, fecha en que es liberada. Durante ambas detenciones ilegales sufre torturas.

41. LEWIN de GARCÍA, Myriam
Es privada de su libertad el 13 de mayo de 1977 en la zona del Parque Cahacabuco de Capital Federal y conducida a la ESMA donde es sometida a torturas. Es liberada en enero de 1979.

42. LATORRE, Antonio Nelson
Es secuestrado el 14 de mayo de 1977 y visto en la ESMA. Es liberado durante 1979 en fecha indeterminada.

43. SOLARZ de OSATINSKY, Sara
Es privada de su libertad el 18 de mayo de 1977 en Capital Federal y conducida a la ESMA donde es torturada para obligarla a proporcionar información. Es liberada el 19 de diciembre de 1978.

44. CASTILLO, Andrés Ramón
Es secuestrado el 17 de mayo de 1977 en las inmediaciones de Senillosa y Avda. La Plata de Capital Federal y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas. Recupera su libertad el 22 de febrero de 1979.

45. GIRONDO, Alberto
Es privado de su libertad el 19 de mayo de 1977 en la zona del Parque Chacabuco y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas para obtener información. Es liberado el 19 de enero de 1979.

46. MILIA DE PIRLES, María Alicia
Es privada de su libertad el 28 de mayo de 1977 en la localidad de Florida, Pcia. de Buenos Aires y conducida a la ESMA donde es torturada para obligarla a suministrar información. Es liberada el 19 de enero de 1979.

47. HUERAVILLO ALONSO, Emiliano (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, MIRTA ALONSO DE HUERAVILLO secuestrada en mayo de 1977 y actualmente desaparecida le dio a luz en la ESMA. Es liberado en diciembre de 1977. Su padre OSCAR LAUTARO HUERAVILLO, también secuestrado en mayo de 1977, continúa igualmente desaparecido.

48. PASTORIZA DE JOZAMI, Lila Victoria
Es privada de su libertad el 15 de junio de 1977 en la plazoleta sita en las calles Serrano y Honduras de Capital Federal y trasladada a la ESMA donde se la somete a torturas con golpes y pasajes de corriente eléctrica para obligarla a proporcionar información. Recupera su libertad el 25 de octubre de 1978.

49. IMAZ de ALLENDE, María Inés.
Es privada de su libertad el 15 de agosto de 1977 en la esquina de las calles Oro y Santa Fe de la ciudad de Buenos Aires y trasladada a la ESMA donde es sometida a torturas. Es liberada el 30 de diciembre de 1978.

50. NICOLETTI, Máximo
Es privado de su libertad en agosto de 1977 y visto en la ESMA. Es liberado en fecha indeterminada durante el año 1978.

51. PEURIOT DE NICOLETTI, Marta
Es privada de su libertad en agosto de 1977 y vista en la ESMA. Es liberada en fecha indeterminada durante el año 1978.

52. CARNELUTTI, Máximo
Es privado de su libertad el 16 de agosto de 1977 y visto en la ESMA entre agosto de 1977 y mediados de 1978 donde es torturado. Es liberado en fecha indeterminada.

53. GARDELA de CARNELUTTI, Liliana
Es privada de su libertad el 16 de agosto de 1977 y vista en la ESMA entre agosto de 1977 y mediados de 1978 donde es torturada. Es liberada en fecha indeterminada.

54. PENINO VIÑAS, (bebé nacido en cautiverio)
Su madre, CECILIA MARÍA VIÑAS DE PENINO secuestrada el 13 de junio de 1977 con siete meses de embarazo y actualmente desaparecida le dio a luz en la ESMA en el mes de setiembre. Su padre CARLOS PENINO, también secuestrado, continúa actualmente desaparecido. En el mes de octubre de 1998 el niño nacido en cautiverio se sometió a pruebas de histocompatibilidad quedando determinado que era hijo de los señalados precedentemente. Había sido apropiado y sustituida su identidad por el oficial de la marina argentina Jorge Raúl Vildoza.

55. TOKAR, Elisa
Es privada de su libertad el 21 de setiembre de 1977 y llevada a la ESMA. En ese lugar es sometida a torturas. Recupera su libertad en fecha indeterminada a fines de 1978.

56. COQUET, Ricardo Héctor
Es privado de su libertad el 10 de octubre de 1977 en la esquina de las calles Medrano y Lezica de la Capital Federal y conducido a la ESMA. Es torturado y alojado en el sector conocido como "Capucha". Recupera su libertad el 3 de diciembre de 1978.

57. BARTOLOMÉ, Carlos
Es privado de su libertad en octubre de 1977 y conducido a la ESMA donde es sometido a torturas. Es liberado a mediados de 1978.

58. DALEO, Graciela Beatriz
Es privada de su libertad el 18 de octubre de 1977 en el barrio de Caballito de la Capital Federal, y conducida a la ESMA donde es torturada para obtener información. Recupera su libertad el 20 de abril de 1979.

59. GARCÍA, Carlos Alberto
Es privado de su libertad el 21 de octubre de 1977 y conducido a la ESMA donde se lo somete a torturas con golpes y pasaje de corriente eléctrica para obligarlo a proporcionar información. Es liberado en 1980 en fecha indeterminada.

60. MARGARI, Alfredo Julio
Es privado de su libertad el 17 de noviembre de 1977 en su domicilio de la calle Martín J. Haedo 2034 de Florida. Es conducido a la ESMA donde se le somete a torturas para obtener información. Recupera su libertad en mayo de 1979.

61. SERRAT, Oscar
Es privado de su libertad en noviembre de 1977 y visto en la ESMA. Recupera su libertad ese mismo mes.

62. DRI, Jaime Feliciano
Es privado de su libertad en Montevideo, República Oriental del Uruguay el 15 de diciembre de 1977. Es entregado a militares argentinos que lo conducen a la ESMA en donde es sometido a condiciones inhumanas de vida, torturas, golpes y descargas de corrientes eléctrica para obligarlo a proporcionar información. Se fuga de su lugar de cautiverio en julio de 1978.

63. MILESI, María del Huerto
Es privada de su libertad el 16 de diciembre de 1977 y conducida a la ESMA en donde es sometida a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada en marzo de 1979.

64. PISARELLO, Rolando Ramón
Es privado de su libertad en la República Oriental del Uruguay. El 16 de diciembre de 1977 es trasladado a la ESMA y sometido torturas para obligarlo a proporcionar información. Recupera su libertad en marzo de 1979.

65. QUIROGA, Rosario Evangelina
Es secuestrada el 15 de diciembre de 1977 y llevada a la ESMA donde es torturada para obligarla a proporcionar información. Recupera su libertad el 19 de enero de 1979.

66. BERNST DE HANSEN, María Eva
Es privada de su libertad el 15 de enero de 1978 en su domicilio de Olmos 343 de Lomas de Zamora – prov. de Buenos Aires. Es conducida a la ESMA donde se la somete a torturas para obligarla a proporcionar información. Es liberada a fines de 1979.

67. GRECO, (niña secuestrada con su madre)
Es secuestrada en febrero de 1978 junto a su madre – Cristina Greco - en la ciudad de Mar del Plata cuando tenía tres años de edad. Es entregada a sus abuelos. Su madre continúa desaparecida.

68. ROSENFELD MARCUZO, Sebastián (bebé nacido en cautiverio)
Su madre – PATRICIA ELISABETH MARCUZO – que había sido detenida ilegalmente en Mar del Plata y llevada a la ESMA, le da a luz en abril de 1978 poniéndole el nombre de Sebastián. El bebé es entregado en el mismo mes a su abuela materna. Su madre continúa desaparecida.

69. ACTIS GORETTA, Nilda Noemi
Es privada de su libertad el 19 de junio de 1978 en la vía pública y conducida a la ESMA donde es sometida a condiciones inhumanas de vida y a descargas elécticas para obligarla a proporcionar información. Recupera su libertad el 16 de julio de 1979.

70. BIGATI
Es privado de su libertad en agosto de 1978 y es visto en la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

71. CIEZA, Daniel
Es privado de su libertad en agosto de 1978 y es visto en la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

72. CIEZA, GUILLERMO
Es privado de su libertad en agosto de 1978 y es visto en la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

73. LARRALDE, Amalia María
Es privada de su libertad el 15 de agosto de 1978 en la calle Suipacha de la Capital Federal y trasladada a la ESMA es alojada en el sector denominado "Capucha" hasta mediados del mes de septiembre. Es torturada. Recupera su libertad el 1 de septiembre de 1979.

74. MARCUS, Adriana Ruth
Es privada de su libertad el 26 de agosto de 1978 y conducida a la ESMA donde es torturada. Recupera su libertad en fecha indeterminada durante 1979.

75. LORDKIPANIDSE, Rodolfo
Bebé de 20 días de edad que es secuestrado junto con su padre, Carlos Lordkipanidse el 1 de noviembre de 1978. Recupera luego su libertad, en fecha que no consta.

76. LORDKIPANIDSE, Carlos
Es secuestrado el 18 de noviembre de 1978 y recluido en la ESMA junto con su esposa. Es sometido a torturas en varias oportunidades. Es llevado al sector denominado "Capucha" donde permanece hasta marzo de 1979. Es dejado en "libertad vigilada" a principios de 1981, siendo controlado por sus captores hasta septiembre de 1983, debiendo incluso -durante este último lapso- presentarse a la ESMA para realizar distintos trabajos.

77. BARREIRO, Roberto
Es secuestrado en noviembre de 1978 y llevado a la ESMA, donde se lo tortura para que proporcione información. Recupera la libertad en marzo de 1980.

78. CALABOZO, Miguel Angel
Es secuestrado en noviembre de 1978 y llevado a la ESMA, donde se lo tortura para que proporcione información. Recupera la libertad en marzo de 1980.

79. ALDINI, Cristina
Es secuestrada en noviembre de 1978 y vista en la ESMA. Recupera su libertad en el año 1979 en fecha indeterminada.

80. FATALA, Víctor Aníbal

81. FERNÁNDEZ SARMIENTO, Julia
Es secuestrada en noviembre de 1978 y es llevada a la ESMA. Recupera su libertad en el mismo mes.

82. FIRPO, Alejandro
Es privado de la libertad en noviembre de 1978 y conducido a la ESMA donde es torturado. Recupera la libertad en febrero de 1980.

83. FIRPO, Blanca de
Es privada de libertad en noviembre de 1978 y es llevada a la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

84. FUKMAN, Enrique Mario

85. GIARDINO, Eduardo
Es privado de su libertad en noviembre de 1978 y alojado en la ESMA en el sector denominado "Capucha", padeciendo condiciones inhumanas de vida y torturas. A principios del año 1980 recupera su libertad.

86. LECUMBERRY, Omar
Es privado de su libertad el 18 de noviembre de 1978 en la Capital Federal y conducido a la ESMA donde se lo tortura para obligarlo a proporcionar información. Recupera su libertad el 25 de marzo de 1980.

87. MUÑOZ, Carlos
Es privado de su libertad el 21 de noviembre de 1978 en su domicilio de la calle 23 de noviembre 214 de Capital Federal y conducido a la ESMA donde es torturado. Permanece allí en condiciones inhumanas de vida hasta el 11 de febrero de 1980 fecha en la que recupera su libertad

88. OVIEDO, Daniel
Es privado de la libertad en noviembre de 1978 y es llevado a la ESMA donde es sometido a torturas. Recupera la libertad en marzo de 1980.

89. PELLEGRINO, Liliana
Es privada de su libertad el 18 de noviembre de 1978 junto con su esposo. Es conducida a la ESMA donde se la somete a torturas y a condiciones inhumanas de vida, siendo posteriormente liberada en marzo de 1979.

90. BELLO, Marcela Andrea
Es privada de libertad el 6 de diciembre de 1978 en la esquina de Avda. del Trabajo y Varela de la Capital Federal y recluida en condiciones inhumanas de vida en la ESMA hasta septiembre de 1979, fecha en la que es puesta en libertad.

91. LAGOS, Roberto
Es privado de la libertad a fines del año 1978 y conducido a la ESMA. Es visto hasta principios del año siguiente en el sector denominado "Capucha". Recupera su libertad en fecha indeterminada.

92. ROSQUÍN, Luis
Es secuestrado a finales de 1978 y recluido en la ESMA donde es torturado. Recupera la libertad a mediados de 1979.

93. GLADSTEINS, Lázaro Jaime
Es secuestrado el 6 de diciembre de 1978 en la esquina Avda. del Trabajo y Varela de la Capital Federal. Se lo mantiene recluido en la ESMA, donde es sometido a torturas. Recupera su libertad en enero de 1980.

94. STRAZZERI, Ángel
Es secuestrado el 22 de diciembre de 1978 en la intersección de las Avdas. Federico Lacroze y Alvarez Thomas. Permanece en condiciones inhumanas de vida en el sector denominado "Capucha" de la ESMA y es torturado. El 25 de marzo de 1980 recupera su libertad.

-Relación individualizada de 20 personas, detenidas ilegalmente, sometidas a tortura, trabajos forzados y reducción a servidumbre a partir de enero de 1979, cuando Ricardo Miguel CAVALLO se integra en el sector de inteligencia y asume la dirección del sector "pecera", y que posteriormente recuperaron la libertad:

1.RAMÍREZ, Roberto
Es secuestrado en enero de 1979 y visto en la ESMA. Recupera la libertad en marzo de 1980.

2.ZURITA, Néstor
Es secuestrado en marzo de 1979 y recluido en la ESMA, en el sector conocido como "Capucha" en condiciones inhumanas de vida. Recupera su libertad a mediados del año 1981.

3.MERIALDO, Andrés
Es secuestrado en marzo de 1979 y recluido en la ESMA, en el sector conocido como "Capucha" en condiciones inhumanas de vida. Recupera su libertad a mediados del año 1981.

4. VILLANI, Mario
En marzo de 1979 es recluido en la ESMA tras pasar previamente por diversos centros clandestinos de detención. Es sometido a condiciones inhumanas de vida y obligado a realizar trabajos forzados. Recupera la libertad en agosto de 1981.

5. JARA DE CABEZAS, Thelma Dorothy

6.PICCINI, Eduardo Héctor

7.RODRÍGUEZ, Celina
Es secuestrada en agosto de 1979 y vista en la ESMA. Recupera su libertad en fecha indeterminada.

8.BASTERRA, María Eva (bebé de dos meses y medio)

9.BASTERRA, Víctor

10.SEOANE DE BASTERRA, Dora

11.CARENA, Raquel Delia
Es secuestrada el 10 de agosto de 1979 y vista en la ESMA. Recupera la libertad el 15 de agosto de 1979.

12.FRITES, Hugo Víctor
Es secuestrado el 19 de agosto de 1979 y visto en la ESMA. Recupera su libertad el 15 de agosto de 1979.

13.BARROS, Arturo Osvaldo

14.LEIRACHA de BARROS, Susana Beatriz

15.BERTELLA, María Elina
Es secuestrada en octubre de 1979 y conducida a la ESMA, donde se la somete a condiciones inhumanas de vida. Recupera su libertad en marzo de 1980.

16.BERTELLA, María Luján
Es secuestrada en octubre de 1979 y conducida a la ESMA, donde se la somete a condiciones inhumanas de vida. Recupera su libertad en marzo de 1980.

17.ACUÑA, Gustavo
Es secuestrado en octubre de 1979 y conducido a la ESMA donde se lo somete a torturas. Recupera su libertad en marzo de 1980.

18.TESTA, Ana María
Es privada de su libertad el 13 de noviembre de 1979 en Junín al 1300 (Capital Federal) y conducida a la ESMA donde se la somete a torturas y condiciones inhumanas de vida. Recupera la libertad el 25 de marzo de 1980 .

19.QUINTEROS, José Daniel
Es privado de su libertad el 15 de noviembre de 1979 y llevado a la ESMA donde se lo somete a torturas y condiciones inhumanas de vida. Recupera la libertad en mayo de 1980.

20.MIÑO, José Orlando
Es privado de su libertad en noviembre de 1979 y conducido a la ESMA, donde se lo somete a torturas. Recupera su libertad en marzo de 1980.

A la ESMA fueron llevadas mujeres secuestradas embarazadas donde parieron, algunas desaparecieron ignorándose el destino de sus hijos. Se reseñan a continuación los nombres y apellidos completos de 14 de las mujeres víctimas de estos delitos y las circunstancias particulares que atravesaron, en atención a la fecha inicial de la detención y secuestro, fechas en las que CAVALLO estuvo en la ESMA participando del plan de exterminio que, como dijimos, incluía a las embarazadas y a sus hijos.

MIRTA MONICA ALONSO DE HUERAVILO
Es secuestrada junto a su marido, de nacionalidad chilena, en el sepelio de su abuelo a principios de Mayo de 1977.
Tiene un hijo varón en junio. Es "trasladada" a los 10 días del parto. El niño es hallado por su abuela en un orfelinato de la Capital Federal a los 6 meses de su nacimiento.

CECILIA MARÍA VIÑAS
Su esposo, Hugo Reinaldo Penino, se encuentra igualmente desaparecido.
Es llevada a la ESMA desde Mar del Plata, aproximadamente en Julio de 1977. En septiembre de ese año tiene un hijo varón. Es "trasladada" .
El parto es llevado a cabo por el médico Jorge Luis Magnacco
Como ya se ha señalado en esta resolución el Capitán de Navío Jorge Raúl Vildoza, Jefe del Grupo de Tareas hasta febrero de 1979, se apropia del hijo de Cecilia Viñas y Hugo Penino. El menor apropiado, tras solicitar que se le efectuaran pruebas de histocompatibilidad comparando su sangre con la de familiares de sus auténticos padres ha recuperado su verdadera identidad en Octubre de 1998.

MIRIAM OVANDO, alias Tita.
Es trasladada a la ESMA desde Coordinación Federal —organismo perteneciente a la Policía Federal— en mayo de 1977.
Da a luz a un varón a principios de julio, ya es llevada nuevamente a Coordinación Federal.

MARÍA HILDA PEREZ DE DONDA
Es secuestrada junto con su esposo por miembros de la Aeronáutica, y llevada a la ESMA en Mayo de 1977.
Tiene una niña en agosto. A los 15 días del nacimiento, es devuelta nuevamente porAeronáutica. Su hija estará 3 días más en la ESMA de donde se la llevan sin que nunca haya sido entregada a su familia.

LILIANA CARMEN PEREYRA
Es secuestrada en octubre de 1977 en la ciudad de Mar del Plata y conducida a la ESMA, junto con otra secuestrada embarazada, conocida como Paty, desde la Base de Buzos Tácticos de la Marina de Guerra de Mar del Plata, en donde es torturada en presencia de su marido.
Da a luz un niño de sexo masculino en el mes de febrero de 1978. El parto es realizado por el médico Jorge Luis Magnacco. Es retirada de la ESMA por miembros de la Base de Buzos Tácticos quedando el niño en el campo de concentración. Al día siguiente de su "traslado" el Prefecto Naval Hector Febres dispone del niño.

SUSANA BEATRIZ PEGORARO
Es secuestrada por miembros del Grupo de Tareas de la ESMA, junto con su padre y su esposo. Es llevada desde la ESMA a Mar del Plata y luego devuelta a este campo de concentración —del que su padre y su esposo ya habían sido "trasladados" —antes de dar a luz. Tiene una niña entre noviembre y diciembre de 1977. Luego del nacimiento es "trasladada". Su hija nunca ha sido devuelta a su familia.

ALICIA ELENA ALFONSIN DE CABANDIE
Conocida por los secuestrados en la ESMA como "Bebé" por su edad de 18 años. Secuestrada por el Ejército en el mes de noviembre de 1977 junto a su esposo Damián Abel Cabandie.
Proveniente del centro clandestino de detención "El Banco".
Poco antes del parto es entrevistada por el Mayor Minicucci, jefe de dicho campo de concentración. Da a luz entre febrero y marzo de 1978. El parto lo efectua el médico del Hospital Naval Jorge Luis Magnacco. El Prefecto Hector Febres le anuncia su "traslado".
El niño de sexo varón, nunca ha sido entregado a su familia

CRISTINA GRECO
Secuestrada en Mar del Plata, junto con una hija de 3 años de edad. Es llevada a la ESMA, en donde tiene una niña en febrero de 1978. Su hija de 3 años es entregada a sus abuelos.
Cristina había estado ya secuestrada en la ESMA en el año anterior, siendo entonces dejada en libertad.
Es "trasladada" sin su hija nacida en cautiverio, a la semana del parto.
Se encontraba en la "Sala de embarazadas" de la ESMA junto con Liliana Pereyra, Alicia Alfonsín y Susana Silver.

PATRICIA ELISABETH MARCUZO, conocida como "Paty"
Detenida junto a su esposo en Mar del Plata, de donde era oriunda. Es llevada a la ESMA junto con Liliana Pereyra.
Tiene un varón al que pone el nombre de Sebastian en abril de 1978. Es "trasladada" al día siguiente del parto. El niño es entregado a su abuela materna en Abril de 1978.
Su parto es practicado por el doctor Jorge Luis Magnacco.

Ma. JOSE RAPELLA DE MANGONE
Secuestrada con su marido José Héctor Mangone el 30 de julio de 1977, en su domicilio de la provincia de Buenos Aires. Estuvo inicialmente con él, en "Capuchita".
Le es provocado un aborto por el médico Jorge Luis Magnacco, que le manifesta que había perdido el niño.

ANA DE CASTRO
Es secuestrada con su marido en diciembre de 1976, con un embarazo de 2 meses. Una vez detenida es brutalmente torturada por "Gustavo", miembro del Ejército.
El niño nace en junio de 1977. La madre durante el parto pide insistentemente que cese la música del sótano con la que se tapaban los gritos de los torturados y el ruido de las cadenas de las prisioneras que son obligadas a ayudar al parto.
Es trasladada al III Cuerpo de Ejército, dos días después del alumbramiento de un niño que al nacer pesaba menos de 2 kg.

PATRICIA JULIA ROISINBLIT DE PEREZ ROJO
Su compañero Juan Manuel Perez Rojo, también está detenido en la ESMA y al igual que aquella desaparecido.
El parto tiene lugar el 15/11/78 y se practica por el médico ginecólogo del Hospital Naval de Buenos Aires Jorge Luis Magnacco. Del parto nace un varón al que su madre llama Rodolfo Fernando; actualmente también está desaparecido. Durante el alumbramiento se obliga a otras secuestradas y posteriormente liberadas, Sara Solarz de Osatinsky y Amalia Larralde, a estar presentes.


  • Sobre esa actuación del procesado Ricardo Miguel CAVALLO en el centro clandestino de detención que era la Escuela Mecánica de la Armada, a través de su integración en el referido Grupo de Tareas 3.3.2, primero en los grupos operativos permanentes y después en inteligencia para acabar dirigiendo el sector "pecera", asumiendo los postulados expuestos por Mendía y que reflejaban el plan general de represión, destrucción y exterminio, han declarado sobrevivientes concretando horrendos actos del procesado a través de sus testimonios:

    1-2/ NORMA CRISTINA COZZI y su marido HECTOR EDUARDO PICCINI fueron secuestrados la noche del 24 de Agosto de 1979 en la Provincia de Buenos Aires en el Barrio de San José de Morón por un grupo operativo del GT 3.3.2 y fueron trasladados a la ESMA. Les bajaron al sótano donde, como se indicó, se encontraba la "Huevera". Allí se les interrogó y torturó. Después, sus torturadores decidieron su ingreso en el sector "Capucha", permanecieron en idénticas condiciones infrahumanas que el resto de los secuestrados (ojos cubiertos por vendas, esposas en las manos y grilletes en los píes, tumbados en el suelo entre tabiques de conglomerado donde apenas cabe un cuerpo, en silencio..."ciegos, sordos y mudos"). Al cabo de unos días, trasladaron a la Sra. Cozzi a un cuarto u oficina donde la esperaba Ricardo Miguel CAVALLO, a quien conoció con el sobrenombre de "Marcelo", este mantuvo una conversación con ella, sobre el lugar donde se encontraba y sobre el significado del denominado "proceso de recuperación". En aquel entonces Norma Cristina Cozzi pudo comprobar la posición del procesado CAVALLO, toda vez que impartía órdenes respecto a los prisioneros y participaba en los interrogatorios y sesiones de tortura a que estos eran sometidos.

    3-4/ El día 25 de Febrero de 1977 sobre las 14:30 horas, HECTOR RAUL YOFRE fue secuestrado cuando salía del trabajo, por miembros de las Fuerzas Armadas Argentinas, fue herido y nunca más se ha sabido sobre su paradero. Una hora más tarde, sobre las 15:30 horas de ese mismo día, un grupo de 20 personas irrumpieron en el domicilio de Héctor Raúl Yofré, se trataba de un operativo conjunto. Allí se encontraba Mª CELIA TORRES con el hijo de ambos. Tras registrar la vivienda durante varias horas, llegó un nuevo grupo de militares entre los que se encontraba el procesado Ricardo Miguel CAVALLO, introdujeron a la Sra. Torres en el interior de un coche, cuyo asiento delantero junto al conductor era ocupado por CAVALLO, le colocaron una capucha en la cabeza y la condujeron hasta el centro clandestino de detención de la ESMA, donde tenía su centro de operaciones ese grupo. Allí le asignaron el nº 176, en ese preciso momento dejó de tener una identidad de ciudadana. Al cabo de un tiempo, la trasladan a una sala donde se encontraba el procesado Ricardo Miguel CAVALLO, junto a otro individuo, la hicieron desnudarse, tumbarse en un camastro y le aplicaron picana eléctrica. Después la subieron a la zona de "Capucha", allí permaneció un tiempo hasta ser liberada en unas deplorables condiciones físicas.

    5/ El día 13 de Noviembre de 1979, ANA Mª TESTA ALVAREZ fue secuestrada en la ciudad de Buenos Aires por un grupo operativo del GT 3.3.2 de la ESMA. La introdujeron en un vehículo Ford modelo Falcon, la arrojaron contra el suelo de la parte trasera coche. En un determinado momento le ataron las manos y pusieron una capucha en la cabeza. La trasladaron hasta la Escuela Mecánica de la Armada. A la zona de torturas donde iniciaron su interrogatorio. Previamente la hicieron desnudarse, la ataron a un camastro de pies y manos e iniciaron "pasajes de corriente eléctrica" (picana), entre los torturadores se encontraba el procesado Ricardo Miguel CAVALLO, a quien se conocía con el sobrenombre de "Marcelo".

    Tras las sesiones de tortura, que se prolongaron durante varios días, fue trasladada a la zona de "Capucha", donde permaneció con grilletes en los pies y esposas en las manos, tapados los ojos y tumbada en el suelo, sobre una colchoneta y entre paneles de conglomerado.

    A los 10 días del secuestro el procesado CAVALLO (alias "Marcelo"), junto a otro oficial de la Armada Argentina la llevaron hasta el domicilio de sus padres en San Jorge, provincia de Sta. Fe. Se trataba de extorsionar a la familia y obtener mayor información.

    Al regresar a la ESMA nuevamente fue sometida a torturas en las que también participó CAVALLO. Durante su cautiverio, éste se convirtió en su responsable directo, él era quien decidía sobre sus movimientos dentro de la ESMA, sobre su integridad y sobre su destino, es decir, sobre su vida o muerte.

    6/ ANDRES RAMON CASTILLO también fue secuestrado por el G.T. 3.3.2 que operaba en la Escuela Mecánica de la Armada el día 17 de Mayo de 1977, permaneciendo en este centro durante dos años. Precisamente por esa larga estancia Reconoció al procesado Ricardo Miguel CAVALLO (alias "Marcelo" y "Sérpico") como uno de los oficiales de la Armada Argentina que conformaban los operativos para secuestrar a quienes después eran trasladados a la ESMA, donde eran torturados de forma sistemática y en su inmensa mayoría asesinados.

    También le conoció al frente del denominado sector "Pecera" donde se desarrollaba el que denominaron "proceso de recuperación".

    7/ JUAN MIRANDA fue secuestrado por un grupo de personas vestidas de civil, tratándose de oficiales de la Armada Argentina el mes de noviembre del año 1978 y trasladado a la ESMA. Tras ser torturado durante días fue destinado a "Capucha", donde permaneció por algún tiempo, en las condiciones inhumanas descritas. Después lo llevaron a "Pecera" donde desarrolló distintos trabajos. Allí pasaba todo el día trabajando. En un primer momento los llevaban a dormir a "Capucha" más tarde pusieron unos camastros en "Pecera" y dormían allí.

    En el tiempo en que estuvo recluido en "Pecera" conoció a tres responsables de sus responsables: "Anibal", "Jerónimo" y "Marcelo", siendo este último el nombre por el que conoció al procesado Ricardo Miguel CAVALLO. Este determinaba todo lo referente al trabajo que debía realizarse como resúmenes de prensa o traducciones, elaboración de informes sobre organizaciones guerrilleras, etc.; así como lo concerniente al destino de los secuestrados.

    8-9/ ARTURO OSVALDO BARROS Y SUSANA BEATRIZ LEIRACHA fueron secuestrados el día 21 de Agosto de 1979 en su domicilio sito en la calle Tres Arroyos nº 1256 de Capital Federal (Buenos Aires) sobre las 7 de la tarde. La acción fue desarrollada por un grupo de hambres armados vestidos de civil. Los esposaron y encapucharon. Fueron trasladados a la ESMA, al edificio del Casino de oficiales.

    Ambos fueron sometidos a torturas de golpes y picana eléctrica. A los tres días les subieron a la zona denominada "Capucha" donde permanecieron junto a otros secuestrados. Debían permanecer en silencio las 24 h. del día, con sus cabezas cubiertas, grilletes en los pies y esposas en las manos. Siempre tumbados y entre tabiques

    A los pocos días desalojaron todas las dependencias donde tenían a secuestrados y los condujeron a una isla del Delta del Rió Paraná puesto que una Comisión de Derechos Humanos de la OEA visitó la ESMA y se trataba de impedir que se conociese la existencia de secuestrados y las condiciones en las que estos se encontraban.

    Allí permanecieron hasta el mes de Octubre, en que fueron nuevamente trasladados a la Escuela y llevados a "Capucha". Los interrogatorios volvieron a producirse en el sótano. Los mantenían durante el día en el sótano frente a la sala donde se torturaba. Fueron testigos, de este modo, de las sesiones de tortura a las que eran sometidos los secuestrados, por los gritos que durante esos días escucharon.

    En el mes de Enero de 1980 fueron trasladados junto a Héctor Piccini y Norma Cozzi al llamado sector "Pecera" que también se encontraba, al igual que "Capucha", en el tercer piso. Aquí desarrollaron diferentes labores y conocieron al procesado Ricardo Miguel CAVALLO, encargado de ese sector. Este también fue visto por ambos en el sótano donde se realizaban las sesiones de tortura.

    10/ El hijo de THELMA JARA DE CABEZAS, Gustavo Alejandro de Cabezas, que contaba con 17 años, fue secuestrado y desapareció, ella inició gestiones para su localización, participó activamente en los movimientos sociales sobre los desaparecidos, viajó a México, hizo denuncias sobre la situación en Argentina.

    También visitó en Buenos Aires la sede Naciones Unidas y finalmente decidió integrar la primera comisión de detenidos y desaparecidos en la Argentina. En esa situación, el día 30 de Abril de 1979 cuando salía del Hospital donde se hallaba ingresado su marido enfermo de cáncer, quien falleció el 23 de Mayo de ese mismo año, fue interceptada en la calle, introducida en un vehículo, siendo encapuchada y esposada. La condujeron a la ESMA, llevándola hasta el sótano y en concreto a una sala donde se encontraban, cinco o seis individuos entre los que estaba el procesado Ricardo Miguel CAVALLO participando todos en las torturas a que fue sometida mientras la interrogaban. Le aplicaron la picana eléctrica durante toda la sesión. Concluido ese primer interrogatorio la subieron al cuarto piso, a la sección conocida como "Capucha". Cuando esto ocurrió el número de personas que allí se encontraban era de 17, cada una de ellas tumbada en el suelo, sobre una colchoneta y entre dos tablas de madera. Al cabo de un tiempo, volvieron a torturarla aplicándole nuevamente picana eléctrica con una especial saña. Esto ocurrió en intervalo de varios días, pudiendo ver en estas ocasiones al procesado CAVALLO participando en sus torturas.

    En el mes de junio de 1979 la ubican en el sector "Pecera", se trataba de una oficina con escritorios en las que había otras personas. De este sector era responsable Ricardo Miguel CAVALLO, a quien conocían por el sobrenombre de "Marcelo", lo que haría que diariamente acudiese allí. El procesado era el responsable directo de ella al igual que de otros secuestrados.

    Precisamente y en el marco de tales actividades, el procesado CAVALLO viajó con Thelma Jara en dos ocasiones a Uruguay al objeto de demostrar que no se hallaba secuestrada y contrarrestar de esa manera la campaña internacional que los organismos de Derechos Humanos estaban realizando para denunciar su desaparición.

    Hasta finales de Noviembre de 1979 en que fue liberada Thelma Jara de Cabezas vio casi a diario al que fuera su responsable y el de muchos otros Ricardo Miguel CAVALLO.

    11/ ROSARIO EVANGELINA QUIROGA fue secuestrada el día 15 de Diciembre de 1977 sobre las 8:30 h. de la mañana en la ciudad de Montevideo (Uruguay) por miembros de las Fuerzas Armadas de ese país.

    Durante dos días fue torturada siendo uno de los métodos utilizados el denominado "submarino", todo ello mientras se encontraba en la localidad uruguaya de Carrasco, allí había un grupo de oficiales argentinos que la trasladaron a Argentina, a la ciudad de Buenos Aires y concretamente a la escuela Mecánica de la Armada. En aquel lugar fue nuevamente interrogada.

    Mientras estuvo en ese lugar coincidió con el procesado CAVALLO que desarrollaba labores de inteligencia y operativas, a quien conocían bajo los alias de "Marcelo" y "Sérpico".

    Mientras estuvo secuestrada fue obligada a firmar la transferencia de una casa de su propiedad.

    Finalmente, fue liberada el 19 de Enero de 1979, esto es un año y un mes después de haber sido secuestrada.

    12/ LISANDRO RAUL CUBAS fue privado de libertad el día 20 de octubre de 1976, en le municipio de La Matanza, provincia de Buenos Aires, por efectivos del Grupo de Tareas 3.3.2 de la Armada Argentina. Fue trasladado encapuchado y esposado hasta la ESMA, allí permaneció hasta el 19 de Enero de 1979, siendo liberado y expulsado a Caracas (Venezuela). Durante el tiempo de cautiverio coincidió con el procesado Ricardo Miguel CAVALLO, a quien conocía bajo los alias de "Sérpico" y "Marcelo" quien entonces desarrollaba las labores de inteligencia y de detención de personas que se han descrito.

    13/ RICARDO HECTOR COQUET fue secuestrado el día 10 de Marzo de 1977 por un operativo formado por unas 6 o 7 personas, lo introdujeron en un vehículo Ford Falcon y lo llevaron a la Escuela Mecánica de la Armada.

    Allí fue conducido al sótano y en la sala de torturas nº 13, conocida como la "Huevera", fue esposado y engrilletado, le tumbaron en un camastro sin colchón. Los encargados de su interrogatorio le propinaron golpes y le aplicaron picana eléctrica. Después de esa sesión de tormentos fue trasladado dentro del mismo edificio del Casino de oficiales donde se encontraba a la zona denominada "capucha". Allí le fue asignado el número 895, la identificación que le acompañaría todo su cautiverio.

    Durante los días siguientes se le sometió a sesiones de interrogatorio. Más adelante pasó a trabajar en "Pecera", hallándose al frente de la misma el procesado CAVALLO.

    Fue libertado el 3 de Diciembre de 1978.

    14/ AMALIA MARIA LARRALDE el día 15 de Agosto de 1978 fue secuestrada en pleno centro de la Capital Federal por individuos pertenecientes al Grupo de Tareas 3.3.2. que operaba en la ESMA. Precisamente, en esta época el procesado CAVALLO, conocido por los alias de "Marcelo" y "Sérpico" ejecutaba operaciones con el grupo.

    Fue torturada en repetidas ocasiones, trasladada a "Capuchita", un espacio que se encontraba en la buhardilla del edificio, y, después pasó a trabajar junto a otros secuestrados en "Pecera".

    Asistió al parto del hijo que tuvo en la ESMA, Patricia Julia Rosimblit quien había sido secuestrada junto a su compañero Rodolfo Pérez Rojo. Este había sido brutalmente torturado. Tanto Patricia como Rodolfo permanecen desparecidos.

    15/ LILA VICTORIA PASTORIZA fue secuestrada el 15 de junio de 1977, en la ciudad de Buenos Aires, por un grupo de hombres vestidos de civil que pertenecían al SIN (Servicio de Información Naval) y conducida a la ESMA. Allí, en el sótano del casino de oficiales y en las celdas 13 y 14 fue interrogada y torturada. Se le asignó el nº 348. Le colocaron grilletes en los tobillos (que conservó hasta principios de 1978) y le "tabicaron" los ojos. Después fue trasladada a "Capuchita" y a "Capucha".

    Trabajó en "Pecera" y finalmente fue liberada el 25 de Octubre de 1978.

    16-17/ El día 10 de agosto de 1979, sobre las 13:30 horas, un grupo de hombres armados irrumpieron en el domicilio de VICTOR MELCHOR BASTERRA, sito en la calle Tuyú nº 1244 en Valentín Alsina, provincia de Buenos Aires, e inmediatamente después, los asaltantes procedieron a esposar y secuestrar a aquel y a su mujer DORA SEOANE DE BASTERRA, llevándose también a su hija María Eva de 2 meses y 10 días de edad.

    Una vez en los vehículos, los agresores, comandados por el teniente de Navio Donda, golpearon sistematicamente al Sr. Basterra en la zona inguinal. A continuación y tras llegar a la ESMA , fue introducido en la "Huevera" . Aquí le ordenaron desnudarse y le ataron por tobillos y muñecas a los extremos de una cama con colchón de goma espuma atándole un cable en un dedo del pie derecho, a través del cual le pasan corriente eléctrica.

    Las sesiones de tortura se sucedieron en varios días, produciéndole dos paradas cardíacas, aconsejando el médico que se le podía seguir torturando pero con prudencia.

    Una vez concluidas las sesiones de tortura se le ubicó en el sector "Capucha" donde permaneció, al igual que los demás detenidos en condiciones deplorables, durante el tiempo en el que no le interrogaban.

    Simultaneamente su esposa Dora Seoane también es torturada y es puesta en libertad en Diciembre de 1979 alrededor de media noche en La Plata.

    Victor Melchor Basterra, durante todo el tiempo en el que esta en la "Capucha" permaneció tabicado, esposado, con grilletes en los pies y encapuchado y acostado, con música permanente a todo volumen y luz artificial constante.

    En ese tiempo coincidió en "Capucha" con otros detenidos como Josefina Villaflor, Elsa Martínez, la Tia Irene, Panla, Kuki, Juan Carlos Arizorena, Jose Hassan , Enrique Ardeti, Juan Carlos Chiravalle, Fernando Brodsky, Pablo Lepiscopo, Tata, "Anteojito" y Ricardo Saenz (a) "El Topo" así llamado porque llevaba preso en el lugar desde noviembre de 1978.

    Fue trasladado a la Isla del Delta del Río Paraná el 2 de Septiembre de 1979 para sustraerlo a la inspección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En esta ocasión y lugar coincidió con Thelma Jara de Cabezas que había sido torturada por el teniente Cavallo (a) "Marcelo". Sin embargo Ricardo Saenz (a) "El Topo" no fue y desde entonces permaneció desaparecido.

    En Octubre de 1979 regresaron a "Capucha" en la ESMA lugar por el que continúan pasando personas que tras un tiempo desaparecían.

    A partir de ésta fecha, recibió una serie de instrucciones para que confeccionase la historia de su vida para, a partir de ahí comenzar el "proceso de recuperación" para el "nuevo régimen u orden" basado en el esfuerzo individual, el reconocimiento de una rigurosa jerarquía y, la aceptación de los valores que lo representaban. Este proceso se desarrolló en el sector "Pecera" con otros detenidos previamente seleccionados lugar donde estuvo hasta 1980 en que fue liberado.

    En enero de 1980, coincidió en la "Pecera" con Carlos Gregorio Lordkipanidse. Por las noches eran conducidos con los grilletes puestos a la "Capucha" donde dormían. En febrero de 1980 se endurecieron las condiciones de vida y fueron reingresados en forma permanente en la "Capucha" Josefina Villaflor, Elsa Martínez, José Hassan, Enrique Ardeti y Pablo Lepiscopo, los cuales, al igual que Juan Carlos Chiaravalle, Juan Carlos Arizorena y Hugo Palmeiro, desaparecen, situación en la que permanecen.

    18-19-20-21/ El llamado "GRUPO VILLAFLOR" había sido secuestrado el día 3 de agosto de 1979 JOSEFINA VILLAFLOR, su marido JOSE LUIS HAZAN(Pepe) y la hija de ambos, María Celeste, que más tarde será entregada a los abuelos. Al día siguiente, RAIMUNDO ANIVAL VILLAFLOR y su mujer MARIA ELSA GARREIRO MARTINEZ, fueron secuestrados por un grupo de personas armadas y vestidas de civil perteneciente al grupo de tareas que operaba en la ESMA, cuando circulaban por la localidad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, en compañía de sus hijas Elsa Eva y Laura. Todos ellos fueron sometidos a torturas, a consecuencia de las cuales murió el 7 de agosto de 1979 Raimundo Anibal Villaflor, cuyo cuerpo fue incinerado en uno de los conocidos "asados".

    Después fueron conducidos a "Capucha" y más tarde trasladados al sector "Pecera" a cuyo frente en ese momento se encontraba el procesado, "Sérpico" o "Marcelo".

    Los responsables represores de la ESMA permitieron que Mª Elsa Garreiro y Josefina Villaflor realizasen algunas visitas a sus familias durante el año 1979. En estas ocasiones eran acompañadas por el procesado CAVALLO, este era su último responsable y quien decidiría al igual que con otros secuestrados su presente y futuro.

    Pero en Febrero de 1980 fueron conducidos nuevamente a "Capucha". Ello significaba un endurecimiento en las condiciones de existencia, y la casi certeza de que iban a ser asesinados. Efectivamente, del que se conoció como "grupo Villaflor" no se vovió a tener noticia, continuando desaparecidos.

    Durante el tiempo de cautiverio de Victor Melchor Basterra conoció a Daniel Echevarria a quien dijeron habían herido en el momento de la detención y que había fallecido en cuando se le estaba operando, cuando en realidad lo que sucedió es que le mataron por no colaborar para entregar el dinero que había recibido del exterior para facilitar la salida de Argentina de las personas que estaban siendo perseguidas por los miembros de las Juntas Militares.

    También refiere como en marzo de 1979 Scheller, uno de los torturadores, a quien apodaban como "Mariano", le manifiesta que hasta esa fecha el número de personas que pasaron por la ESMA y fueron eliminadas ascendía a 3.500.

    Recordó que mientras estuvo detenido en la ESMA llegó una pareja de uruguayos también secuestrados, a la chica la conocía por el nombre de Teresa, a ella no la golpeaban sino que cada vez que iba al baño la violaban.

    Supo del caso de otra detenida que se llamaba Rosa que murió mientras era sometida a torturas

    22/ SARA SOLARZ DE OSATINSKY fue secuestrada el 14 de Mayo de 1977, y liberada el 19 de Diciembre de 1978.

    Estuvo en la ESMA, allí fue torturada. La tumbaron en una camilla con piernas y manos extendidos, se encontraba en el sótano del edificio del Casino de Oficiales.

    El motivo de su secuestro fue haber sido la mujer de Marco Osatinsky, dirigente montonero asesinado en Agosto de 1975.

    Tras la tortura fue trasladada a "Capucha". Allí se encontraban todos con sus cabezas cubiertas, con esposas en las manos y grilletes en los pies. Como al resto de los secuestrados a ella se le asignó un número el 288.

    Tras el periodo de torturas e interrogatorio pasó a desarrollar labores en le sector pecera.

    23/ ANA MARIA MARTI fue secuestrada el día 18 de Marzo de 1977 por un grupo operativo que la condujo a la ESMA. Una vez allí y ya en el sótano fue desnudada, le fue asignado el número 914 y se le prohibió utilizar su nombre. En ese momento se le colocó una capucha la tumbaron en una cama, la ataron de pies y manos y se inició la tortura con picana eléctrica. Un médico se encargaba de ir indicando si estaba en condiciones de seguir siendo torturada. Después fue trasladada a "Capucha", allí estuvo en compartimentos tabicados, esposada y con grilletes. En el mes de Noviembre de ese año 1977 se incorporó a realizar trabajos en "Pecera", compartió destino con Gasparini, Martín Grass, Lisandro Cubas, Sara Solarz, Susana Burgos, Ricardo Coquet, Girando.

    Allí permaneció hasta el 18 de Diciembre de 1978 en que fue liberada.

    24/ ENRIQUE MARIO FUCKMAN fue secuestrado el 18 de Abril de 1978, en la esquina de la Avda. de la Plata y Avda. de San Juan de Buenos Aires. En el momento de su secuestro fue esposado y quemado en diversas partes del cuerpo con cigarrillos, al tiempo que le reclamaban información sobre unas personas amigas. Le colocaron una capucha en la cabeza y fue conducido hasta la ESMA. Allí en el sótano y en la tristemente conocida como "huevera", se le tumbó en una cama y se le aplicó picana eléctrica mientras se le sometía a interrogatorio.

    Después se le trasladó a "Capucha". Allí coincidió con Victor Anibal Fatala, un tal Mito, su mujer, Daniel Echevarría, Omar Sergio Victor Cetrángolo y unas 40 personas más de las que la mayoría permanecen desaparecidas. Durante el tiempo de capucha permaneció engrilletado, esposado y con los ojos tapados.

    Entre mediados y final de 1979 es reubicado junto a otros seis, en otro archivo junto al tanque de agua, mientras que a otros doce detenidos que estaban junto a él los trasladaron y desaparecieron.

    A partir del día 1 de junio de 1979 se le llevó a trabajar en el sector "Pecera", encontrándose ya a cargo del mismo el procesado CAVALLO. Donde permaneció hasta el 18 de febrero de 1980 en que fue liberado.

    25-26/ El día 6 de agosto de 1979, a las 5 de la tarde ENRIQUE ARDETTI fue secuestrado. Era socio de Raimundo Villaflor en un pequeño taller de reparaciones de artículos del hogar. Su mujer CONSUELO EUFEMIA ORELLANO fue secuestrada al día siguiente cuando se encontraba en el domicilio de José Orbaiceta, donde había acudido junto a sus dos hijos para conseguir información sobre la situación de su marido. Por una patrulla de doce o trece personas todas ellas armadas. Entraron en el domicilio, la golpearon, le rompieron los dientes mientras le hacían insistentes preguntas. Tomaron un maletín con dólares y documentación de ella y decidieron llevársela, la esposaron e introdujeron en un vehículo dejando en la casa a sus hijos. No obstante en el camino no les cuadraba la cantidad de dólares y deciden volver a la casa para recoger lo que faltaba. Después, acudieron a su domicilio. Allí había un grupo de hombres, estaban con su marido que se encontraba en un deplorable estado: mojado, le faltaban los dientes, la cara hinchada y un ojo casi cerrado por la inflamación, tenía que mirarla de lado para poder verla. En esos momentos le dice que lo han "picaneado" y que le van a matar. Después los separan a ella la llevaron en un coche y a él en otro. A ella la liberan junto a sus hijos.

    El 24 de octubre de 1979, el día de cumpleaños de Enrique Ardetti, llamó por teléfono manifestando que estaba bien. Más tarde, el día 26 de enero de 1980 contactaron con ella y diciéndole que su marido acudiría a su domicilio. Efectivamente el procesado CAVALLO y otro individuo le llevaron a la casa. Llevaba un arma que puso sobre la mesa y ordenó en qué posición debían sentarse. Allí permanecieron durante dos horas, quien más habló fue el procesado CAVALLO, sobre el proceso de reorganización nacional y el nuevo orden. Ella miraba a su marido observando que había perdido más de 30 Kg. Y que le faltaban dientes. Pudieron levantarse y caminar seguidos por CAVALLO, es cuando su marido le dijo que al "Negro", apelativo de Raimundo Villaflor, lo mataron a patadas y que hablaban de moral y de familia y ellos tenían las manos llenas de sangre.

    A ella le dijeron que su marido iba a volver, que se quedaría más tiempo y luego ya definitivamente. También le dijo su marido que volvería para hacer un poder y ella tendría que hacer cosas por cuenta de él. CAVALLO le advirtió que la próxima vez no quería ver a nadie en la calle.

    Su marido volvió a llamar y le dijo que tenía que preparar un poder para poder vender la casa. Ella lo hizo en una escribanía pública de la ciudad de la Plata. Vinieron dos personas a buscarlo.

    En febrero de 1980 su marido desapareció y no supo más de él. Formaba parte del llamado "grupo Villaflor" del que era responsable directo CAVALLO.

    27/ En el mes de mayo de 1979 una persona conocida como "SEÑORA ROSA" fue secuestrada por un operativo del Grupo de Tareas 3.3.2 y conducida a la ESMA donde permaneció secuestrada bajo condiciones inhumanas de vida. Fue torturada salvajemente, se encontraba tirada en el suelo, sin poder comer ni movilizarse por sus propios medios debido a las profundas heridas que tenía en la boca. Su aspecto era deplorable. Fue vista en tales condiciones por Thelma Jara de Cabezas y por Victor Anibal Fatala. Uno de sus directos responsables era "Marcelo", como conocían al procesado CAVALLO. La Sra. Rosa falleció en una de las sesiones de tortura al negarse a dar datos sobre su hijo.

    28/ NORA IRENE WOLFSON, a quien conocían con el sobrenombre de "Mariana", fue secuestrada en la Ciudad de Buenos Aires el día 11 de agosto de 1979, después fue conducida a la Escuela Mecánica de la Armada. Allí permaneció bajo condiciones inhumanas de vida y fue torturada. Mario Cesar Villani la vio en un deplorable estado físico cuando la llevaban al baño y la sacaban de la "huevera". Fue torturada por su responsable directo CAVALLO, como al resto de los integrantes del grupo Villaflor.

    En un primer momento estuvo en "capucha", allí, según declaró Héctor Eduardo Piccini permaneció tres días, siendo violada por uno de los guardias que vigilaban ese sector. Después, fue trasladada a "pecera", donde realizó trabajos relacionados con su condición de profesora de inglés que le eran ordenados por el procesado CAVALLO, quien era su directo responsable, como del resto del denominado "Grupo Villaflor" del que ella también formaba parte.

    Fue trasladada a "capucha" nuevamente en febrero de 1980, bajo condiciones de existencia imposibles y finalmente desapareció, todo ello tras la valoración y decisión del procesado CAVALLO.

    29-30/ CARLOS ALBERTO CHIAPPOLINI, a quien se conocía como "Martín", fue secuestrado el día 26 de febrero de 1977 por un operativo del Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA, sobre las 8 horas de la mañana cuando salía de su domicilio sito en la C/ Amenábar nº 2995, 3º de la ciudad de Buenos Aires. Fue conducido por ese operativo a la Escuela Mecánica de la Armada.

    Sobre las 15 horas de ese mismo día el procesado CAVALLO se personó en el domicilio citado donde se encontraba CRISTINA BARBARA MURO con su hijo de 6 días de vida esperando tener noticias de su marido. Junto al procesado había un grupo de personas todas ellas armadas y vestidas de civil. El procesado se dirigió a ella, la sujetó por los brazos y le manifestó que a su marido lo habían detenido ellos y estaba en su poder. En ese momento el procesado que mandaba en el operativo dio la orden de proceder comenzando todos ellos a registrar el domicilio, extraer fotografías al tiempo en que la interrogaban sobre las mismas. La tiraron al suelo, la patearon, ella gritó, uno de los asaltantes tomó al bebe por los pies y puso su pistola en la boca del niño para que ella dejase de gritar. La hicieron tumbar baca abajo. Cuando terminó el registro abandonaron la casa.

    Su marido fue torturado durante los dos días siguientes y falleció a consecuencia de las atrocidades a que fue sometido.

    31/ CONRADO HIGINIO GOMEZ fue secuestrado en la madrugada del 10 de enero de 1977 por un grupo de militares que formaban parte del Grupo de Tareas 3.3.2 que operaba en la Escuela Mecánica de la Armada, cuando se encontraba en su despacho profesional. Al parecer, a través de torturas habían obtenido información sobre la concreta ubicación del despacho donde podría encontrarse una importante cantidad de dinero.

    Después fue conducido a la ESMA en su propio vehículo un Ford Fairlane del que se apropiaron y después utilizarían para otras acciones. Allí como al resto de los detenidos se le sometió a torturas y se le trasladó a "capucha". De él se pretendía obtener información y también hacerse con todos los bienes de los que el Letrado era titular. Efectivamente, en los meses siguientes, mientras era sometido a condiciones inhumanas de existencia como al resto de los secuestrados, se le obligó a contactar con su familia, a realizar poderes y transferencias de bienes y derechos, que pasaron a manos de sociedades creadas por algunos de los militares.

    El procesado CAVALLO, participó en estos operativos que se desarrollaron en el despacho del Abogado Conrado Gómez y en las posteriores apropiaciones de bienes.

    32/ JUAN ALBERTO GASPARI fue secuestrado el día 10 de enero de 1977 hacia medio día en el despacho profesional del Abogado Conrado Higinio Gómez en Buenos Aires y trasladado a la Escuela Superior de Mecánica de la Armada donde fue atado de pies y manos y torturado por diversos militares mediante golpes y aplicación de picana eléctrica con el fin de extraerle información sobre otras personas.

    Al filo de la madrugada del día 10 al 11 de enero dejaron temporalmente de torturarle y lo llevaron a las inmediaciones de su domicilio sito en calle Sánchez Bustamante 731, donde dormían su esposa, MONICA EDITH JÁUREGUI, sus dos hijos Emiliano Miguel de 20 meses y Arturo Benigno de 4 meses de edad y la amiga de la familia AZUCENA VICTORINA BUONO, a quien conocían como "Mariana".

    El operativo estaba formado por un grupo de militares armados, entre ellos se encontraba el procesado Ricardo Miguel CAVALLO. Mientras Gasparini permanecía en el asiento trasero de un automóvil Ford Falcon, encapuchado, con cadenas en los pies y atadas las manos, los militares se dirigieron al domicilio donde se encontraban las dos mujeres y los niños, asaltaron la vivienda disparando con las armas en puertas y ventanas y dieron muerte a las dos mujeres. Días después, uno de los militares que participaron en el asalto confesó a Juan Gasparini, que el mismo había rematado de un tiro en la cabeza a su mujer Mónica Edith Jauregui cuando ya estaba en el suelo . No hubo posibilidad de resistencia alguna por las dos víctimas, antes al contrario de las autopsias realizadas a las dos mujeres resultó que ambas presentaban escoriaciones, esquimosis y hematomas en distintas partes del cuerpo. Una de las mujeres tenía una lesión producida por arma de fuego, en la región parietal derecha, efectuada a menos de 50 cm por existir signos de deflagración pólvora, la otra víctima una lesión también producida por arma de fuego en la región palatina, con existencia de deflagración de pólvora, indicando ello que el disparo fue realizado con el arma introducida en la boca.

    El cuerpo de Mónica Jáuregui fue inhumado en el cementerio de la Chacarita.

    Los dos hijos de Juan Gasparini fueron asimismo secuestrados y utilizados por los militares contra el mismo para obtener de él información. Al negarse el Sr. Gasparini a darles esas informaciones, los agresores, entre los que se encontraba Ricardo Miguel CAVALLO, mantienen recluidos a los dos pequeños por espacio de dos meses en un establecimiento pediátrico, la casa cuna de Buenos Aires hasta que por fin permitieron que su abuela Norma Campana los recuperase.

    Transcurridos veinte meses de detención, Juan Gasparini fue puesto en libertad.

    Durante los dos primeros meses fue sometido a torturas y sufrió varios paros cardiácos, situación que se acentuó con la tortura psicologíca derivada de la detención de sus hijos. Mientras permaneció en la "Capucha" – un año- estuvo esposado, con grilletes y con la cabeza cubierta y tabicado con luz artificial permanente y música a gran volumen , al igual que las demás personas alli postradas, entre las que se encontraba Jose María Salgado, al que también torturaron los componentes del grupo.

    Durante el tiempo que permaneció en la "Pecera" fue obligado a realizar trabajos forzados y sometido a todas aquellas ordenes y requerimiento que los represores decidían.

    33/ MARCELO CAMILO HERNÁNDEZ fue secuestrado el día 10 de enero de 1977, sobre las 9:30 horas de la mañana, por un operativo del Grupo de Tareas 3.3.2 que operaba en la Escuela Mecánica de la Armada, cuando entraba en las oficinas del despacho profesional del Abogado Conrado Gómez, sita en la Avda. de Santa Fe en Buenos Aires. Su mujer estaba a punto de dar a luz y decidió avisar a su jefe inmediato Juan Alberto Gasparini, a quien llamaban "Gabriel", puesto que ambos trabajaban en el departamento de finanzas de la organización Montoneros, que ese día lo tomaría libre. Cuando entró en la oficina un grupo de hombres se le echaron encima, le colocaron unos grilletes, unas esposas y una capucha. Lo llevaron al fondo del despacho y fueron esperando a otras personas que también fueron secuestradas, como Gasparini.

    Una vez concluyó el operativo le pusieron una inyección de pentotal y lo trasladaron a la ESMA. A una sala en la que había un somier metálico, una jarra de agua y una picana eléctrica. Le tumbaron e iniciaron la tortura recorriendo todo su cuerpo: los genitales, los oidos, la nariz, la cabeza, el ano...Cuando los torturadores se cansaban entraban otros distintos y volvían a comenzar. Entre tanto la música sonaba sin cesar con un elevado volumen.

    En la madrugada entre el día 10 y el 11 de enero, en el mismo operativo en el que sacaron a Gasparini camino de su domicilio, a él lo llevan en otro vehículo dentro del maletero. Escucho el infierno de los disparos y las voces por los aparatos transmisores. Es en ese momento cuando reconoce la voz del procesado CAVALLO, bajo el alías de "Sérpico", la escucha en varias ocasiones y después le vio al volante de uno de los vehículos que formaban el operativo.

    Un mes más tarde volvió a ver al procesado en el sótano del Edificio de Oficiales de la ESMA en la zona donde se desarrollaban las torturas.

    Después fue trasladado a "capucha". Tuvo que hacer esa especie de trenecito humano con otros secuestrados para subir las escaleras, puesto que lo hacían con grilletes y encapuchados, poniendo las manos sobre los hombros de quienes les precedían. Debían caminar dando pasos muy cortos.

    Las condiciones de vida en capucha, como para todos los secuestrados era estremecedora. Debían solicitar permiso para orinar que podía no concederse y cuando se permitía debía realizarse de rodillas y con la capucha sobre la cabeza. En su estancia en "capucha" reconoció los traslados cuando eran citados los números y los secuestrados debían levantarse, formaban el tren y se los llevaban, nunca más regresaban.

    Fue liberado de forma definitiva el día 8 de febrero de 1979.


    Las ilícitas actividades desarrolladas por el Grupo de Tareas 3.3.2 en la ESMA se incardinaban como una parte más en el plan ideado y ejecutado por las Fuerzas Armadas Argentinas para el establecimiento de un determinado sistema político e ideológico previa eliminación de aquella parte de la población nacional que por motivos políticos, ideológicos o religiosos pudiese representar un obstáculo en tales objetivos. Y CAVALLO aceptó ese plan cuando tuvo conocimiento de él, aceptó los objetivos perseguidos con el mismo, formando parte del GT 3.3.2, se involucró en tales actividades de la forma que se ha descrito, y participó directamente en la ejecución del plan cuando secuestró, torturó y llevó a cabo todas las acciones descritas.

    SEGUNDA.- Los hechos relatados en la conclusión anterior son constitutivos de los siguientes delitos:

    Se formulan dos calificaciones alternativas, ambas dentro de la categoría más amplia de crímenes contra la humanidad, como son el genocidio y la lesa humanidad, ambas con las correspondientes alternativas de terrorismo tal y como se expresa a continuación: A// y B//

    A// CALIFICACIÓN GENOCIDIO/TERRORISMo 1) Respecto de los resultados de muerte:

    1.- Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis, 1º del Código penal de 1973 en concurso real con 7 delitos de asesinato en grado de consumación previstos y penados por el art. 406 del Código penal de 1973 en relación con el art. 137 bis del mismo texto legal.

    2.- Alternativamente: Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis, 1º del Código penal de 1973 en concurso real con 7 delitos de TERRORISMO ORGANIZADO en grado de consumación previstos y penados por el art. 294 bis b), 1º del Código de Justicia Militar de 1945 o, a partir del DL 3/1977, 30 delitos de terrorismo organizado en grado de consumación previstos y penados por el Anexo 2 del Código penal de 1973.

    3.- Alternativamente respecto del terrorismo y para el caso de que no se estimara que el acusado formaba parte de una organización o grupo, 7 delitos de TERRORISMO en grado de consumación previstos y penados por los arts. 260,1º y 261 del Código penal de 1973.

    2) Respecto de los resultados de lesiones:

    1.- Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis ,2º del Código penal de 1973 en concurso real con 152 delitos de lesiones previstos y penados por el art. 420 del Código penal de 1973 en relación con el art. 137 bis del mismo texto legal.

    2.- Alternativamente: Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis, 2º del Código penal de 1973 en concurso real con 152 delitos de TERRORISMO ORGANIZADO en grado de consumación previstos y penados por el art. 294 bis b, 2º del Código de Justicia Militar de 1945 o, a partir de DL 3/1977, 93 delitos de terrorismo organizado en grado de consumación previstos y penados por el Anexo 2 del Código penal de 1973.

    3.- Alternativamente respecto del terrorismo y para el caso de que no se estimara que el acusado formaba parte de una organización o grupo, 152 delitos de TERRORISMO en grado de consumación previstos y penados por los arts. 260,1º y 2º y 261 del Código penal de 1973.

    3) Respecto de los resultados sometimiento del grupo o cualquiera de sus individuos a condiciones de existencia que pongan en peligro su vida o perturben gravemente su salud:

    1.- Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis, 3º del Código penal de 1973.

    4) Respecto de los resultados de adopción de medidas que tiendan a impedir el género de vida o reproducción de un grupo:

    1.- Un delito de GENOCIDIO en grado de consumación previsto y penado por el art. 137 bis, segundo párrafo, del Código penal de 1973.

    5) Respecto de los resultados detención ilegal:

    1.- 407 delitos de TERRORISMO ORGANIZADO en grado de consumación previstos y penados por el art. 294 bis b) ,1º del Código de Justicia Militar de 1945 o, a partir del DL 3/1977, 255 delitos de terrorismo organizado en grado de consumación previstos y penados por el Anexo 2 del Código penal de 1973.

    2.- Alternativamente: para el caso de que no se estimara que el acusado formaba parte de una organización o grupo, 407 delitos de TERRORISMO en grado de consumación previstos y penados por los arts. 260,3º y 261 del Código penal de 1973.

    NOTA SOBRE LA LEGISLACION PENAL APLICABLE EN MATERIA DE TERRORISMO AL MOMENTO DE REALIZARSE LOS HECHOS DELICTIVOS.

    Respecto a la legislación en materia antiterrorista vigente al momento de realizarse los hechos delictivos hay que tener en cuenta las siguientes disposiciones:

    Terrorismo organizado: Por Ley 42/1971, de 15 de noviembre, se introducen en el Código de Justicia Militar de 1945 los arts. 294 bis a) y ss. Que requieren expresamente que las acciones terroristas se realicen por personas que pertenezcan o actúen al servicio de organizaciones o grupos. Por Real Decreto 3/1977, de 4 de enero, se introducen en el Código penal de 1973, como Anexos 1, 2 y 3, los arts. 294 bis a) a bis c) del Código de Justicia Militar con el mismo contenido y penalidad.

    Terrorismo no organizado: Los delitos de terrorismo del Código penal de 1973 (arts. 260 y ss.) se reforman en virtud de lo establecido por la Ley 44/1971, de 15 de noviembre sin que se requiera, para su aplicación, que las acciones terroristas se realicen por personas que pertenezcan a organizaciones o grupos.

    DL 1975: en virtud de lo establecido por el DL 10/1975, de 26 de agosto, las penas por delitos de terrorismo deben imponerse en su grado máximo cuando se causare muerte de autoridades o funcionarios o se cause la muerte de una persona secuestrada (art. 1 y 2). La vigencia de los preceptos señalados termina con la Ley 2/1976, de 18 de febrero. < p>B// CALIFICACIÓN LESA HUMANIDAD/TERRORISMO En esta alternativa calificación se formulan, a su vez, dos alternativas:

    1.- Conforme a la legislación actual, los hechos son constitutivos de un delito de lesa humanidad del artículo 607 bis) 1, 1º y 2, 1º,3º,4º,6º,7º,8º,10º del Código Penal de 1995 (en la redacción dada por la Ley 15/2003 de 25 de noviembre que entró en vigor el 1 de octubre de 2004).

    TERRORISMO con aplicación de los preceptos vigentes al momento de la Se mantiene en esta calificación la alternativa relativa al delito de comisión y tal como se expuso en el apartado precedente si bien referido al delito de lesa humanidad.

    2.- Conforme a la legislación vigente en el momento de la comisión: los hechos sería constitutivos de un DELITO CONTRA LA HUMANIDAD conforme a lo previsto en el artículo 15,2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966 (BOE 30.4.77) (Resolución 3 (I) de la Asamblea General de NU de 13 de febrero de 1946, Resolución 95 (I) de la Asamblea General de UN de 11 de diciembre de 1946, Resolución 177 (II) de la Asamblea General de UN de 21 de noviembre de 1947), conforme a lo previsto en los artículos 10 y 96 de la Constitución Española; en concurso real con 7 delitos de asesinato del artículo 406 del Código Penal de 1973 y en concurso real con 152 delitos de lesiones del artículo 420 del Código Penal de 1973.

    Así mismo, se mantiene en esta calificación la alternativa relativa al delito de TERRORISMO con aplicación de los preceptos vigentes al momento de la comisión tal y como se expuso en el apartado relativo a la calificación de genocidio, si bien referido al crimen contra la humanidad.

    TERCERA.

    De los expresados delitos es responsable criminalmente el acusado en concepto de autor en virtud de lo establecido en los arts. 14 del Código penal de 1973 o art. 28 del Código penal de 1995.

    CUARTA.-

    En la ejecución de los hechos son de apreciar las siguientes circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal:

    Conforme al Código de Justicia Militar de 1945 y Código penal de 1973:

    1.- Ejecutar el hecho con alevosía (art. 187,1 CJM y art. 10,1 CP) 2.- Prevalerse del carácter público del culpable (art. 187,9 CJM y art. 10,10 CP)

    Conforme al Código penal de 1995:

    1.- Ejecutar el hecho con alevosía (art. 22,1) 2.- Prevalerse del carácter público del culpable (art. 22,7)

    QUINTA.-

    Procede que se imponga al acusado las siguientes penas:

    A// CALIFICACIÓN GENOCIDIO/TERRORISMO:

    1) Por los delitos comprendidos en los apartados 1), 2), 3) y 4):

    1.- Todos los delitos de GENOCIDIO se hallan entre sí en una relación de concurso ideal por lo que, en virtud de lo previsto por el art. 71, en relación con el art. 137 bis, del Código penal de 1973, debe sancionarse por la realización de un único delito de genocidio, el más grave, en su grado máximo procediendo imponer una pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    A su vez, el delito de Genocidio se halla en relación de concurso real (arts. 69 y ss. Del CP de 1973) con los siguientes delitos:

    -7 delitos de asesinato por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    -152 delitos de lesiones por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de SEIS AÑOS DE PRISION MENOR.

    2.- Alternativamente, el delito de GENOCIDIO se halla en una relación de concurso real con los siguientes delitos:

    -7 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado de muerte por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    -152 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado lesiones por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    2) Por los delitos comprendidos en el apartado 5):

    En relación de concurso real por 407 delitos de terrorismo ORGANIZADO O NO ORGANIZADO procede imponer la pena para cada uno de ellos de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    B// CALIFICACIÓN LESA HUMANIDAD/TERRORISMO

    CONFORME A LA LEGISLACION ACTUALMENTE EN VIGOR:

    1.- Todos los delitos de LESA HUMANIDAD se hallan entre sí en una relación de concurso ideal por lo que, en virtud de lo establecido por el art. 77 debe sancionarse con la pena prevista para la modalidad más grave en su mitad superior procediendo imponer una pena de VEINTE AÑOS DE PRISION.

    A su vez, el delito de LESA HUMANIDAD se halla en una relación de concurso real con los siguientes delitos:

    7 delitos de asesinato por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de 30 AÑOS DE RECLUSIÓN MAYOR.

    152 delitos de lesiones por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de 6 AÑOS DE PRISIÓN MENOR.

    2.- Alternativamente el delito de LESA HUMANIDAD se halla en una relación de concurso real con los siguientes delitos:

    a) 7 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado de muerte por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    b) 152 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado lesiones por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    2) Por los delitos comprendidos en el apartado 5):

    En relación de concurso real por 407 delitos de terrorismo ORGANIZADO O NO ORGANIZADO procede imponer la pena para cada uno de ellos de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    2.- CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN EL MOMENTO DE LA COMISION DE LOS HECHOS:

    Procede imponer las siguientes penas:

    1) Por el delito contra la Humanidad:

    -30 años de reclusión mayor por cada uno de los 7 delitos de asesinato.

    -6 años de prisión menor por cada uno de los 152 delitos de lesiones.

    2) .- Alternativamente el delito CONTRA LA HUMANIDAD se halla en una relación de concurso real con los siguientes delitos:

    a) 7 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado de muerte por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    b) 152 delitos de TERRORISMO organizado o no organizado con resultado lesiones por los que procede imponer para cada uno de ellos la pena de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    2) Por los delitos comprendidos en el apartado 5):

    En relación de concurso real por 407 delitos de terrorismo ORGANIZADO O NO ORGANIZADO procede imponer la pena para cada uno de ellos de TREINTA AÑOS DE RECLUSION O TREINTA AÑOS DE RECLUSION MAYOR.

    Las anteriores penas fijadas tendrán el límite de cumplimiento previsto en el art. 70.2 del Código Penal, Texto Refundido de 1973, vigente en la época de producción de los hechos, esto es, de 30 años de prisión.

    En todos los casos, deben imponerse además las PENAS ACCESORIAS y COSTAS del procedimiento.


    OTROSI DIGO: Para el acto del juicio oral se propone la siguiente prueba:

    1.- INTERROGATORIO DEL PROCESADO

    2.- TESTIFICAL:

    De los siguientes testigos que habrán de ser citados judicialmente, librándose para ello los despachos oportunos, incluso los de auxilio judicial internacional.

    Sin perjuicio de solicitarse en relación a algunos de los propuestos la práctica de la prueba por videoconferencia, al amparo de lo dispuesto en los artículos 229.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 731 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (según redacción dada por Ley Orgánica 13/03), respecto de aquellos testigos residentes en el extranjero a quienes, por razones de salud, insuficiencia de medios u otras causas, resulte especialmente gravosa o perjudicial su comparecencia personal ante esta Sala.

    A tales efectos, deberá librarse urgentemente comisión rogatoria a efectos de que por las autoridades judiciales de la República Argentina- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal- para confirmar si es posible la práctica de la referida prueba testifical por videoconferencia, con garantías similares, por analogía, a las previstas en el artículo 10.4 y 5 de la Declaración de Aplicación Provisional del Convenio de Asistencia Judicial en Materia Penal entre los estados miembros de la Unión Europea, hecho en Bruselas el 29 de marzo de 2000 (B.O.E. 247, de 15 de octubre), que se transcribirá en dicha comisión.

    1.- Julio Strassera
    Declaración el 24 y 28 de abril de 1997
    PP: Tomo 17 - Folio 4787 y 4944 y sig.
    PSD: Tomo 12 - Folios 4793 y sig

    2.- Graciela Beatriz Daleo
    DNI 5.867.414
    Domicilio: Teniente General Juan Domingo Perón 853 bis - Capital Federal - Argentina
    PSD: Tomo 12.2 – Folios 3499 a 4751 (Testimonio en francés y su traducción al español.)
    Declaración el 18 de septiembre de 1997
    PP: Tomo 29 - Folios 7843 y siguientes
    PSD: Tomos 24 y 25 - Folios 7847 al 8051
    Declaración del 12 de julio de 2000
    PP: Tomo 90 Folio 38523
    Declaración del 20 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 93 Folio 39482 (agrega declaración consular)
    PSD: Tomo 177 – Folio 39477 a 39481
    PP: Tomo 104 - Folio 43952 y sig.
    Fue secuestrada el 18 de octubre de 1977 y recuperó su libertad el 20 de abril de 1979

    3. - Norma Susana Burgos Molina
    DNI 10.370.678
    Declaración el 28 de mayo de 1997
    PP: Tomo 21 - Folios 5897 a 5935
    PSD: Tomo 16 - Folios 5936 a 601
    Fue secuestrada el 26 de enero de 1977 y recuperó su libertad el 26 de enero de 1979

    4.- Mario César Villani
    DNI 4.291.983
    Declaración el 13 y 21 de junio de 1997
    PP: Tomo 19 - Folios 5490 y 5501
    PSD: Tomo 14 - Folios 5491 a 5500
    Declaración el 30 de septiembre de 1997
    PP: Tomo 34 - Folio 9009
    PSD: Tomo 29 - Folios 9012 y siguientes
    Declaración del 20 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 93 Folio 39482 (agrega declaración consular)
    PSD: Tomo 177 – Folio 39459 a 39462
    Sobreviviente de los CCD Atlético - Banco - Olimpo - Quilmes.- ESMA
    Fue secuestrado el 18 de noviembre de 1977 y recuperó su libertad en agosto de 1981.

    5.- Ana María Martí
    DNI: 5.159.093
    Declaración el 27 de mayo de 1997
    PP: Tomo 20 - Folio 5693
    PSD: Tomo 15 - Folios 5672 a 5673 y 5694 a 5719
    Fue secuestrada el 18 de marzo de 1977 y recuperó su libertad el 19 de diciembre de 1978

    6.- María Alicia Milia
    DNI español 52.770.546-J
    Domicilio: C7 Juan XXIII nº 37, Alicante - España
    Declaración el 12 de mayo de 1997
    PP: Tomo 17 - Folios 5032 y 5036
    PSD: Tomo 12 - Folios 5038 a 5234
    Declaración del 25 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 94 Folio 39875 (agrega declaración consular)
    Fue secuestrada el 28 de mayo de 1977 y recuperó su libertad el 19 de enero de 1979

    7.- Nilda Haydee Orazi
    Fol. 6015 y ss.

    8.- Silvia Labayru
    Declaración del 17 de octubre de 2000
    PP: Tomo 96 folio 40507 y 40924
    Fue secuestrada el 29 de diciembre de 1976 y liberada en junio de 1978

    9.- Lidia Cristina Vieyra
    DNI 11.987.641
    Domicilio:Diagonal Maturo 760, Santa Fe - Argentina
    Declaración del 5 de octubre de 2000
    PP: Tomo 94 Folio 39981
    PP: Tomo 98 Folio 41221
    Fue secuestrada el 11 de marzo de 1977 y liberada el 25 de julio de 1978

    10.- Norma Cristina Cozzi
    Fol. 48129 y ss.

    11.- María Celia Torres
    D.N.I. 04708575 F
    Domicilio: Juan José Paso 5560 -San Miguel -Pcia. de Buenos Aires.
    Declaración Tomo 115 - Folio 48256
    Fue secuestrada el 25 de Febrero de 1977.

    12.-Andrés Ramón Castillo
    DNI 4.405.390
    Domicilio: Sarmiento 337, Buenos Aires
    PSD: Tomo 12.2 – Folios 3499 a 4751 (Testimonio en francés y su traducción al español.)
    Declaración del 25 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 94 Folio 39875 (agrega declaración consular)
    PSD: Tomo 178 – Folio 39860 a 39865
    Fue secuestrado el 19 de mayo de 1977 y liberado el 12 de marzo de 1979

    13.- Juan Miranda
    Fol. 48719 y ss.

    14.- Arturo Osvaldo Barros
    Fol. 48137 y ss.

    15.- Susana Beatriz Leiracha
    Fol. 48132 y ss.

    16.- Rosario Evangelina Quiroga
    DNI 6.532.670
    Domicilio: Boulevard Panteón, Ed. Plaza Las Mercedes, Local 6, P. B. - ciudad de Caracas – Venezuela
    Testimonio agregado a la causa por Lila Pastoriza
    PSD: Tomo 51 - Folio 16684 a 16688
    Declaración el 11 y 17 de junio de 1998
    PP: Tomo 64 - Folios: 17438 y 17461
    PSD: Tomo 54 – Folios 17439 a 17447
    PP: Tomo 104 - Folio 43959 y sig.
    Fue secuestrada el 15 de diciembre de 1977 y recuperó su libertad el 19 de enero de 1979

    17.- Lisandro Raúl Cubas
    CI 10.286024
    Domicilio: Boulevard Panteón, Ed. Plaza Las Mercedes, Local 6, P. B., ciudad de Caracas, Venezuela
    Testimonio agregado a la causa por Lila Pastoriza
    PSD: Tomo 51 Folio 16680 a 16684
    Declaración el 11 y 17 de junio de 1998
    PP: Tomo 64- Folios 17438 y 17461
    PSD: Tomo 54 – Folios 17448 a 17458
    PP: Tomo 104 - Folio 43957 y sig.
    Fue secuestrado el 20 de octubre de 1976 y recuperó su libertad el 19 de enero de 1979

    18.- Amalia María Larralde
    Fol. 47708 y ss.

    19.-Lila Pastoriza
    DNI 4.229.972
    Declaración el 29 de mayo de 1998
    PP: Tomo 61 - Folios 16472 y siguientes
    PSD: Tomo 51- Folios 16474 a 16688
    Declaración del 1 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 93 - Folio 39482 (agrega declaración consular)
    PSD: Tomo 177 – Folio 39451 a 39454
    PP: Tomo 104 - Folio 43963 y sig.

    20.- Sara Solarz de Osatinsky
    Pasaporte argentino 152.463
    Domicilio: Ginebra - Suiza
    Testimonio ante la Comision de Droit de l’homme des UN
    PSD Tomo 3 Folio 757 y siguientes
    Declaración el 27 de mayo de 1997
    PP: Tomo 20 - Folios 5662 y siguientes
    PSD: Tomo 15 - Folios 5667 a 5683
    Fue secuestrada el 14 de mayo de 1977 y recuperó su libertad el 19 de diciembre de 1978

    21-Alberto Girondo
    CI argentina 4.594.384
    Domicilio: 30, Rue De Pressoir - Distrito 20 - París - Francia
    Testimonio agregado a la causa por Graciela Daleo
    PSD: Tomo 24 Folio 7876 a 7912
    Declaración el 2 y 8 de julio de 1998
    PP: Tomo 66 - Folio: 17987 y 18030
    PSD: Tomo 56 - Folios: 17988 a 18029
    Fue secuestrado el 19 de mayo de 1977 y recuperó su libertad el 19 de enero de 1979.

    22.- Pilar Calveiro Garrido
    Fol. 43964

    23.- Juan Cabandíe
    Rollo de Sala Scilingo

    24.-Emiliano Hueravilo
    Declaración del 25 de mayo de 2001
    PP: Tomo 100 Folio 42081
    Nacido en cautiverio a mediados de 1977

    25.-Marcelo Hernández
    Declaración PP: Tomo 111 - Folio 46768
    Fue secuestrado el 10 de Enero de 1977.

    26.-Emilio Enrique Della Soppa
    D.N.I. 8346253
    Declaración Tomo 115 - Folio 48460
    Fue secuestrado el 26 de noviembre de 1976 y recuperó su libertad a principios de 1979.

    27.- Víctor Basterra
    Pasaporte argentino 4.449.308
    Domicilio: Teniente General Juan Domingo Perón 853 bis - Capital Federal - Argentina
    Declaración el 24 de noviembre de 1997
    PP: Tomo 37 - Folios 10062 a 10087.
    PSD: Tomo 31
    Declaración del 11 de diciembre de 2000
    PP: Tomo 99 Folio 41588
    PP: Tomo 109 - Folio 46181 y sig.
    Fue secuestrado el 10 de agosto de 1979 y recuperó su libertad en diciembre de 1983

    28.- Martín Tomás Gras
    Testimonio agregado a la causa por Lila Pastoriza
    PSD: Tomo 51 - Folio 16632 a 16678
    Fue secuestrado el 14 de enero de 1977 y recuperó su libertad en mayo de 1978

    29.- Adolfo Scilingo

    30.-Cecilia Pilar Fernández de Viñas
    Declaración el 16 de septiembre de 1996
    PP: Tomo 4 - Folios: 695 y 696
    PSD: Tomo 3 - Folios 776 a 787

    31.-Federico Gómez
    Domicilio Calle 71, nº 420, La Plata, Argentina
    Declaración el 31 de marzo de 1997
    PP: Tomo 13- Folio 2857
    PSD: Tomos 9 y 10 - Folios 2861 y sig.
    Declaración el 9 y 10 de abril de 1997
    PP: Tomo 14 - Folios 3197 a 3210
    PSD: Tomo 11- Folios 3211 y sig.
    Víctima: su padre

    32.- Rosa Roisimblit
    Declaración el 10 de abril de 1997
    PP: Tomo 14 - Folios 3200 y sig.
    PSD: Tomo 11 - Folios 3202 y sig.
    Víctimas: su hija y su nieto nacido en cautiverio

    33.- Graciela Palacio de Lois
    PSD: Tomo 5 – Folio 1570 a 1615
    Declaración del 26 de mayo de 1997
    PP: Tomo 20 – Folio 5661
    PSD: Tomo 15 – Folio 5536 a 5541
    Declaración del 21 de octubre de 1997
    PP: Tomo 36 – Folio 9529
    Declaración del 9 de marzo de 1998
    PP: Tomo 49 – Folio 13196

    34.- Cristina Bárbara Muro
    Declaración el 30 de agosto de 2000 y Providencia de 20 de septiembre de 2000
    PP: Tomo 91 – Folio 38895 y Tomo 93 - Folio 39482 y sig.
    PSD: Tomo 177 – Folio 39472 a 39476.

    35.- Juan Alberto Gaspari
    Fol 2287 y ss
    Domicilio Rue 34, Cod. Postal 1213, ONEX GINEBRA, Suiza

    36.- Enrique Mario Fuckman
    Fol. 9887 y ss.

    37.- Silvina Mª Celia Testa Gaglietto
    Fol. 46280 y ss.

    38.- Celia Angela Gaglietto de Testa
    Fol. 39931 y ss.

    39.- Ana Mª Isabel Testa
    Fol. 48196 y ss.

    40.- Consuelo Eufemia Orellano
    Fol 48143 y ss
    Domicilio: 53, nº 528, 4º piso A, Buenos Aires, Argentina

    41.- Laura Villaflor
    Fol. 42440 y ss.
    Domicilio C/Once de septiembre nº 3526, Buenos Aires , Argentina

    42.- Elsa Eva Villaflor Garreiro
    Fol. 9532 y ss.

    43.- Thelma Jara de Cabezas
    Fol. 44177 y ss.

    44.- Carlos Gregorio Lordkipanidse
    Fol. 48126

    45.- Hugo Omar Cañón
    Fiscal General de Bahía Blanca, Argentina
    Fiscalía de la Cámara Federal
    C/ Mitre 62
    Bahía Blanca, Argentina

    3.-PERICIAL

    3.1-Informe pericial de los siguientes miembros del Equipo Argentino de Antropología Forense:

    - Darío Olmo
    DNI: 12.963.454
    Domicilio: c/ Malabia, 2187 - PB "H"
    Capital Federal - Argentina

    - Luis Fondebrider
    DNI: 16.938.391
    Domicilio: Ciudad de la Paz, 2847 - 9º A
    Capital Federal - Argentina
    El equipo argentino de antropología forense trabaja hace muchos años en el hallazgo de fosas clandestinas y exhumación e identificación de cadáveres encontrados en las mismas, tanto en la República Argentina como en otros lugares del mundo, entre otras actividades, dedicadas a la búsqueda de personas desaparecidas.

    Informe pericial de los siguientes expertos militares:
    - Federico Mitellbach (Mayor del Ejército Argentino)
    DNI: 4.801.211
    Domicilio: Calle 3 Nro 656 (1064) Ameghino - provincia de Bs. As.

    - José Luis García (Coronel del ejército argentino y oficial de Estado Mayor en situación de Retiro).
    DNI: 0717906
    Domicilio en la calle Libertad, 94 6º K Buenos Aires-1012, República Argentina.

    - Horacio Pantaleón Ballester (Coronel de Infantería y oficial de Estado Mayor del ejército argentino en situación de retiro).
    Domicilio: Santa Fe 1.624 Piso 8º. Buenos Aires-1.060, República Argentina.

    - Prudencio García Martínez de Murguía (Coronel del ejército español en situación de retiro. Investigador internacional en materia de violación de derechos humanos)
    Domicilio: Poeta Esteban de Villegas, 10 de Madrid (C.P. 28014).
    Describirán cómo se organizó la represión, dividiendo el país en zonas y áreas y los campos clandestinos de concentración que funcionaban en cada una de ellas y demás cuestiones referidas al plan de exterminio masivo. Igualmente ilustrarán al Tribunal sobre los grados de responsabilidad individual en hechos delictivos, de acuerdo a lo previsto en las leyes y reglamentos militares.

    - Que por dos médicos forenses se emita informe cuyo objeto será determinar las previsibles secuelas psíquicas y físicas que padece un ser humano como consecuencia de haber sufrido cautividad en pequeños habitáculos, y estando durante dicho periodo, en la mayor parte del tiempo, esposado de pies y manos, subalimentado, encapuchado y acostado, siendo sometido, además, a torturas, como aplicación de descargas eléctricas, asfixia mediante inmersión en agua y colocación de bolsa en la cabeza, golpes, apaleamientos, colgaduras, simulacro de fusilamiento...

    4.- DOCUMENTAL

    -Se interesa la incorporación mediante testimonio del Rollo de Sala formado para el enjuiciamiento de Scilingo, en el procedimiento de referencia, y de todos los documentos que se incorporaron al mismo.

    Madrid, 11 de enero de 2006
    El Fiscal
    Fdo.:Dolores Delgado García
    [Nota documental del Equipo Nizkor: El escrito de la fiscalía incluye una relación documental que no hemos editado dado lo extenso del documento y teniendo en cuenta que dicha relación de documentos serán presentadas in extenso en el momento procesal oportuno y no modifican el fondo de la cuestión en lo que hace a la "Calificación provisional" que puede sufrir modificaciones en el momento de presentar la "Calificación definitiva" al final del procedimiento de Juicio Oral.]

  • Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

    DDHH en España
    small logoThis document has been published on 12Jan06 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.