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14nov07
El fiscal del caso Cavallo pide el señalamiento de la vista oral
ROLLO DE SALA Nº139/1997.
SUMARIO Nº19/1997.
JDO. CENTRAL DE Nº5.
SECCIÓN 3ª DE LO PENAL.
AUDIENCIA NACIONAL.A LA SALA
EL FISCAL, en la causa de las anotaciones del margen, DICE:
Con fecha 20 de diciembre de 2005 le fue notificada a esta FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL AUTO de fecha 20-12-2005 por el que se estimaba la declinatoria de jurisdicción, promovida como artículo de previo y especial pronunciamiento por la defensa del procesado en estos autos RICARDO MIGUEL CAVALLO, a favor de la autoridad jurisdiccional penal competente de la REPÚBLICA ARGENTINA (JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº12 DE LA CAPITAL FEDERAL).
Contra dicha resolución se interpuso el correspondiente RECURSO DE CASACIÓN, el cual, tras los trámites pertinentes, ha sido estimado en todos sus puntos por el TRIBUNAL SUPREMO, atribuyendo y reconociendo la jurisdicción y competencia de los JUZGADOS españoles (y en concreto de la SECCIÓN 3ª DE ESTA AUDIENCIA NACIONAL) para enjuiciar estos hechos.
Habiéndose, por tanto, eliminado el último obstáculo que había para realizarse el enjuiciamiento de RICARDO MIGUEL CAVALLO, este MINISTERIO PUBLICO interesa de esta ILMA. SALA DE LO PENAL se proceda a señalar lo más urgente posible la fecha de celebración de la vista oral, por cuanto la realización de esta vista es totalmente independiente del proceso de extradición que se lleva en esta AUDIENCIA NACIONAL, en oncreto ante el JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº, EXPEDIENTE DE REEXTRADICIÓN Nº/2007.
Madrid a 13 de noviembre e 2007.
FDO: EL FISCAL, JESUS ALONSO CRISTÓBAL.
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