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26abr18
Sentencia de «La Manada»: Condenados los cinco acusados a 9 años de prisión por abuso sexual
Culpables de abuso sexual, esa es la conclusión de la sentencia de la Audiencia de Navarra que ha condenado a «La Manada», los cinco jóvenes sevillanos a los que se ha juzgado por la agresión sexual en grupo a C., una madrileña que tiene ahora 20 años, en los Sanfermines de 2016.
La sentencia condena a Jose Ángel Prenda como responsable en concepto de autor de abuso sexual continuado a 9 años de prisión, 15 años de alejamiento a más de 500 metros de la víctima, 5 años de libertad vigilada posterior a la pena privativa de libertad, y a una indemnización con el resto de condenados de 50 mil euros; a Ángel Boza como autor de un delito continuado de abuso sexual a 9 años de prisión, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados; a Antonio Manuel Guerrero como autor de un delito de abuso sexual continuado a la pena de 9 años de cárcel, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados, además de dos meses de multa, a 15 euros diarios, por un delito de hurto.
A Alfonso Jesús Cabezuelo le condenan a 9 años de prisión, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados; y a Jesús Escudero Domínguez, a 9 años de prisión por un delito de abuso sexual continuado, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados.
Sin embargo, los jueces absuelven a José Ángel Prenda, Ángel Bozas, Antonio Manuel Guerrero, Alfonso Jesús Cabezuelo, y a Jesús Escudero Domínguez de los delitos de agresión sexual, de robo con violencia y de un delito contra la intimidad por la grabación y difusión del vídeo.
La Audiencia de Navarra los absuelve de agresión sexual y los condena por abuso sexual al entender no hubo violencia sino que los hechos se produjeron al obtener el consentimiento de la víctima prevaliéndose los responsables de una situación de superioridad manifiesta que coartó la libertad de la víctima.
Esa conducta se recoge en el artículo 181.3 del Código Penal, agravado al haberse producido el acceso carnal. El Código establece para esas conductas penas de entre 4 y 10 años de prisión.
Voto particular
Hay un voto particular del magistrado Ricardo González que considera que se debería absolver a Prenda, Boza, Guerrero, Cabezuelo y Escudero del delito continuado de agresión sexual, del delito de robo con violencia y de delito contra la intimidad. Tan solo condenaría a Guerrero por un delito de hurto.
Al grito de «es violación, no es abuso» ha sido recibido en las puertas de la Audiencia de Navarra el fallo. Varios centenares de personas, muchas de ellas exhibiendo manos rojas, símbolo contra las agresiones sexistas, permanecen concentradas ante las puertas del Palacio de Justicia, donde han expresado de esta forma su disconformidad con el fallo y han repetido la consigna de «yo sí te creo». La concentración, convocada por los colectivos feministas Andrea, Lunes Lilas y Gafas Moradas, tiene como lema «¡No es no! ¡Justicia!».
El abogado de la víctima, Miguel Ángel Morán, también ha manifestado que está «decepcionado» con el fallo de la sentencia. La condena por abuso, y no por agresión sexual, no era lo que esperaba.
La sentencia, cinco meses después
Cinco meses han tardado los tres magistrados en llegar a una conclusión. Los integrantes de «La Manada»: José Ángel P. y Jesús E., Ángel B., Alfonso Jesús C., y A. M. G. han conocido la sentencia desde las respectivas cárceles donde se encuentran. En la sala de vistas sí han estado sus abogados, así como la fiscal, la acusación particular y las acusaciones populares ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona.
El juez José Francisco Cobo ha sido el encargado de dar lectura pública al fallo, que ha comenzado con retraso debido a la gran afluencia de periodistas.
Los cinco sevillanos se enfrentaban a unas penas que varíaban entre los 22 y los casi 26 años de cárcel por delitos de agresión sexual por los actos que presuntamente obligaron a hacer a la víctima; un delito contra la intimidad por grabar los hechos con intención de compartirlos, al menos, en su grupo de WhatsApp; y un delito de robo por quitarle el móvil a la víctima (que en el juicio admitió el guardia civil, A.M.G.).
La lectura del fallo de la sentencia de la supuesta violación grupal de los Sanfermines de 2016 a una joven madrileña este jueves ha generado una gran expectación mediática en el Palacio de Justicia de Pamplona, cinco meses después de que finalizara la vista oral el pasado 28 de noviembre.
[Fuente: Por P. Ojer, ABC, Madrid, 26abr18]
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