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19ene12
Imputado por acoso sexual el diputado de IU Miguel Reneses
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha imputado al diputado de la Asamblea de Madrid por Izquierda Unida Miguel Reneses como presunto autor de un "delito de acoso sexual" y le impone una fianza de 100.000 euros.
Así se establece en un auto de apertura de procedimiento, fechado el pasado 11 de enero y al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el caso fuera trasladado desde el Juzgado de Fuenlabrada al TSJM por la condición de aforado de Reneses.
El magistrado del TSJM observa "indicios razonables" de presunto acoso sexual por parte de Reneses, también secretario de Organización de IU, a raíz de la denuncia presentada por J.C.P., compañera de partido y concejala del Ayuntamiento de Fuenlabrada desde 1995 a 1999, años en los que el demandado ejerció como edil de la misma Corporación.
El auto detalla que Reneses y la demandante mantuvieron durante esos años una "fuerte atracción sexual que les llevó a mantener frecuentes encuentros para satisfacer sus apetencias". Sus citas tenían lugar en la habitación de un hotel de Madrid que el diputado contrataba.
Entre 1998 y 1999, la concejala inició otra relación amorosa con un Guardia Civil, quien posteriormente se convertió en su marido. Fue entonces cuando le comunicó a Reneses su intención de dejar la relación, algo que, como recoge el auto, "no aceptó de buen grado" insistiendo "en forma persistente" para continuar los encuentros.
Es así que la llamaba telefónicamente al cuartel de la Guardia Civil de Pinto, donde convivía con su nueva pareja, y posteriormente al de Batres, en 2005. El mismo texto jurídico señala que "para ejercer presión sobre ella", el ahora diputado regional consiguió que no figurase como aspirante al cargo de concejal por Fuenlabrada.
Cuenta la mujer, según consta en el auto, que recibió, a pesar de su matrimonio, constantes requerimientos de Reneses para desplazarse juntos a Madrid con el fin de asistir a una reunión del partido, acto "inexistente" y que ocultaba la intención de "ocupar una habitación del mismo hotel" en el que se citaban en el pasado para tener encuentros sexuales.
Finalmente, J.C.P. fue nombrada directora de Transportes del Ayuntamiento de Fuenlabrada aunque se le asignó un despacho sin ordenador, lo que achacó a "una decisión inspirada por Miguel Ángel Reneses para continuar" con la presión a fin de seguir con la relación sexual que habían mantenido.
Mantuvo el puesto hasta el año 2003, cuando se quedó en el paro y comenzaron sus problemas económicos, situación que se prolongó durante dos años. En ese tiempo, como detalla el auto, Reneses le ofreció un trabajo a través de los servicios administrativos de la Asamblea de Madrid y que decía haber logrado a través del que fuera consejero de Transportes, el 'popular' Francisco Granados. Rechazó el empleo al temer que el diputado de IU quisiera continuar con sus acercamientos sexuales.
Asimismo, el texto indica que cada vez que la mujer era vista por el ahora imputado "intentaba abrazarla y manosearla". Reneses, además, se trasladó en varias ocasiones a Pinto con un coche oficial de la Asamblea de Madrid para ver a la demandante, una vez que consiguió allí un nuevo empleo. De nuevo le dijo que si retomaban su relación, su situación económica "cambiaría de modo radical", además de recuperar la actividad política que antes desarrollaba, como recoge el auto.
El mismo escrito recoge toda una serie de ingresos de J.C.P. en centros hospitalarios por hasta cinco intentos de suicidio mediante la ingesta de medicamentos. Incluso el Ministerio de Trabajo dictó en mayo de 2008 una declaración de incapacidad laboral permanente absoluta mientras que la Comunidad de Madrid le concedió en marzo de 2011 un grado de discapacidad psíquica del 47%.
Ante esto, el magistrado de la causa ordenó un reconocimiento psiquiátrico, en el que J.C.P. achaca a la situación de acoso de este superior el origen de su situación mental. La psiquiatra no valora esta cuestión en su dictamen pero no descarta que se produjese el acoso.
Por todo ello, el magistrado dice que con estos hechos cabe concluir la existencia de "indicios pero fundados" que podrían acabar en "la existencia de un delito de acoso sexual", sin perjuicio de la valoración definitiva y de la actividad probatoria a desarrollar en el juicio oral.
[Fuente: El Mundo, EP, Madrid, 19ene12]
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