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08may13


España decide proteger a Falciani, el informático que denunció a 130.000 evasores fiscales


La Audiencia Nacional ha rechazado aceptar la extradición del conocido como ladrón de datos suizo, Hervé Falciani, a las autoridades helvéticas. La Sala no entrega al informático del HSBC porque los delitos por los que se le acusan no son perseguibles en España y porque hay sospechas de que el banco para el que trabajaba en Ginebra habría podido estar cometiendo hechos delictivos.

Suiza le acusa de espionaje financiero, revelación del secreto bancario, del secreto comercial y apropiación de datos relativos a clientes. De lo único que se le podría acusar en España y avalar la existencia de una doble incriminación sería por prevaricación de secretos y la Sala de lo Penal explica que el secreto no es un valor que merezca por sí mismo ser protegido. Únicamente es instrumento para proteger derechos como la intimidad, la libre competencia o la seguridad del Estado. Sin embargo, existen intereses superiores que justifican la cesión de información por ejemplo de materia de defraudación tributaria y, por tanto, Falciani está exento de delito.

Esta decisión es firme porque aunque cabe recurso, ninguna de las partes, es decir la Fiscalía y la propia defensa del ex trabajador del HSBC, está a favor de la extradición. Esto significa que Falciani ya puede circular libremente porque no hay ninguna medida contra él. Eso sí, dentro de España porque las autoridades suizas mantienen la orden de detención contra él y su paso por algún otro país que apoye al helvético podría retenerle de nuevo. El auto de la Audiencia debe ser ahora ratificado por el Consejo de Ministros, aunque el Gobierno ya ha expresado su intención de que Falciani siga en territorio español y colabore con la justicia para detectar más defraudadores.

Falciani, que ha acudido por su propio pie al órgano judicial a recoger la resolución, fue testigo de que se están cometiendo delitos en el HSBC y sacar la información de allí para denunciar y perseguir los hechos no es delictivo. En su auto, la Sala hace una dura crítica contra las actuaciones de la entidad bancaria "que dejan constancia de prácticas no sólo reprobables, sino directamente sancionables en el ámbito administrativo e incluso en el penal, en nuestro derecho y en otros, por insuficiente control". En algunos casos, insiste el tribunal, incluso ha llegado a actuar con "permisividad o complacencia de facto con actividades delictivas de defraudación tributaria, blanqueo de capitales, e incluso de financiación del terrorismo".

No sólo apunta hacia el HSBC por la falta de control sino a la propia justicia helvética, la que no ha sometido a investigación y por consiguiente a una condena penal a ninguno de sus directivos, ni sanciones económicas ni administrativas a la entidad. Por tanto, no se puede entregar a un ciudadano que ha ayudado a conocer hechos delictivos a un país que no los persigue.

Operaciones sospechosas del HSBC

Para la Sección Segunda, el descontrol en el HSBC se puede demostrar con varias resoluciones en otros países como en España y en Estados Unidos. En nuestro país, esta entidad ha sido sancionada por el Ministerio de Economía con tres multas y otras tantas amonestaciones públicas por infracciones graves por negarse a identificar a sus clientes vinculados con el blanqueo de capitales. En Estados Unidos, su Departamento de Justicia le sancionó con 1.256.000.000 dólares por haber incumplido su obligación de mantener un programa efectivo de control sobre el lavado de dinero.

"La conclusión que necesariamente debemos obtener es que, si bien no puede afirmarse que la totalidad de las operaciones y prácticas bancarias del HSBC Bank fueran ni mucho menos irregulares en el periodo de lo hechos, sin embargo, sí existe suficiente constancia de la existencia de un número significativo de ellas que contravienen normas internacionales e internas de los Estados", recoge el auto.

Para la Sala, el banco no sólo no se ha preocupado de la prevención de delitos por parte de sus clientes sino que no se ha aportado información sobre defraudación tributaria, blanqueo de dinero e incluso financiación del terrorismo, "circunstancias todas ellas que estimamos sumamente relevantes a la hora de analizar la conducta de Falciani, y en el otorgamiento de la condición de 'secreto irrevelable o secreto penalmente protegido a ultranza, a cierta información relativa a operaciones económicas sospechosas de estas relacionadas con actividades ilícitas o delictivas".

Por último, el tribunal rechaza que este ex empleado de banca haya podido obtener un beneficio económico con la venta de esta información, tal y como sospechan a las autoridades suizas. Este hecho parece "un tanto confuso e inconsistente" y la Sala no aprecia móviles económicos y espurios. En el relato de hechos no se indica con claridad si hubo tal cesión de datos y obtención de dinero ni se describen con un "mínimo de precisión" los actos concretos realizados.

[Fuente: Por C. Guindal, El Confidencial, Madrid, 08may13]

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