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27sep42


Decreto por el que se aumentan los servicios dependientes del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y del Comunismo en un Juzgado de Comunismo


GOBIERNO DE LA NACION

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

DECRETO de 18 de septiembre de 1942 por el que se aumentan los servicios dependientes del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y del Comunismo en un Juzgado de Comunismo y una Sección de Ejecutorias.

Por Ley de primero de marzo de mil novecientos cuarenta se creó el Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y del Comunismo, comprendiéndose en el ámbito jurisdiccional del citado organismo las dos misiones que de su propio enunciado se deducen, o sea, la represión de las dos actividades: masónica y comunista.

Primeramente, y en trance aún de organización, dedicó el Tribunal su atención única a la represión de la Masonería, pero, superado el período constitutivo, amplió aquél sus funciones a la represión comunista, ampliación que llevó inherente una intensificación de trabajo que resulta imposible de realización con los medios y personal de que aquel Tribunal dispone.

Se hace necesario, en su consecuencia, aumentar los organismos que componen el mismo, dotándoles de personal y material suficiente para el desarrollo de la nueva actividad. En su virtud,

DISPONGO:

Artículo primero.--Quedan aumentados los servicios dependientes del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y del Comunismo en un Juzgado de Comunismo y una Sección de Ejecutorias.

Artículo segundo.--Se faculta a la Presidencia de dicho Tribunal para aumentar el número de funcionarios dependientes de la Sección de Antecedentes y Archivo en número necesario para atender las exigencias que la ampliación de sus actividades imponga.

Artículo tercero.--Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los recursos precisos para las atenciones de personal y material de los nuevos organismos.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a dieciocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos.

FRANCISCO FRANCO

[Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 270, pp. 7567 a 7568, 27sep42]

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