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27ene18


Los motivos que tiene el Gobierno para impugnar la investidura de Puigdemont


Tras el informe desfavorable del Consejo de Estado, la vicepresidenta subraya «la obligación» del Ejecutivo de defender el Estado de Derecho

A las diez de la mañana el Consejo de Ministros se reunió en el Palacio de la Moncloa, con la resaca del varapalo político que el Consejo de Estado había dado la tarde anterior al Gobierno. No faltó ni un solo ministro. La situación era delicada: se pretendía aprobar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la candidatura de Carles Puigdemont a la Generalitat, con el dictamen desfavorable del máximo órgano consultivo del Estado. La situación es inédita, como admitió la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, máxima impulsora y defensora del recurso, pero en La Moncloa están totalmente convencidos de actuar de forma «correcta», y dentro de la ley.

A mediodía la impugnación contra Puigdemont, y por tanto contra un debate de investidura cuyo protagonista sea él, ya estaba camino del Tribunal Constitucional, que previsiblemente suspenderá de forma automática la candidatura del prófugo de la Justicia, en cuanto admita a trámite el recurso, a partir de la una de la tarde de hoy.

Desde el Gobierno ya se advirtió el jueves por la tarde de que el informe del Consejo de Estado, preceptivo pero no vinculante, no frenaría su decisión de paralizar ante el TC la investidura de Puigdemont. Las críticas arreciaron sobre La Moncloa tras conocerse el resbalón producido en el Consejo de Estado, sobre todo contra la vicepresidenta, que llevó la batuta en este cambio brusco en la estrategia del Gobierno contra los planes de los independentistas. Sáenz de Santamaría fue la que compareció el jueves en La Moncloa para anunciar la última medida del Gobierno, y fue ella la que dio la cara también ayer, tras el Consejo de Ministros, para explicar por qué seguía adelante el recurso, pese al dictamen desfavorable recibido.

La vicepresidenta compareció serena y arropada por todo su equipo, incluido José Luis Ayllón, que acababa de ser nombrado jefe de gabinete de Rajoy y por tanto había sido cesado esa mañana como secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. Sáenz de Santamaría expresó el respeto del Gobierno a los argumentos jurídicos del Consejo de Estado, que discrepó del «momento temporal» de un recurso que considera «preventivo». Pero subrayó que el Gobierno ha cumplido el procedimiento establecido, al pedir el informe al Consejo de Estado, y una vez recibido su dictamen, aunque sea desfavorable, «asume la obligación» de defender España y el Estado de Derecho, y también de utilizar «todos los instrumentos legales a su alcance para evitar que Puigdemont vuelva a desafiar a la democracia».

La herramienta legal

Ese instrumento legal se lo da la Constitución, en concreto el artículo 161.2, que permite al Gobierno pedir la suspensión automática de las resoluciones de una Comunidad Autónoma, si el TC admite a trámite el recurso. Además de herramientas, La Moncloa considera que tiene «argumentos legales suficientes» para evitar que Puigdemont sea investido presidente de la Generalitat.

Esos argumentos del Gobierno se basan en la situación actual de Puigdemont, huido de la Justicia. «Se encuentra fuera del territorio nacional, con el fin de eludir la acción de la Justicia española y resultando sus reiteradas declaraciones uniformes en el sentido de manifestar su permanencia en aquel país (Bélgica) salvo que su situación judicial sea modificada». Además, «el diputado designado candidato no podrá asistir al debate de investidura incluso en el caso de que se encontrara en el territorio nacional, ya que sería inmediatamente detenido y conducido a presencia judicial», pues pesa sobre él una orden de busca y captura en España.

Por tanto, subraya el Gobierno en el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional, «su estatus jurídicos actual es incompatible con su comparecencia personal ante la Cámara y carece de un derecho de libertad deambulatoria que le permitiera desplazarse a la sede del Parlamento», al estar vigente la orden de detención «que debe hacerse efectiva tan pronto como su presencia sea advertida dentro de territorio español».

La impugnación de la resolución del presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, por la que se proclamaba candidato a Puigdemont, se fundamenta así «en el hecho de que el candidato propuesto ni se encuentra en territorio nacional en el momento de su proposición, ni lo estará en la Cámara que, en su caso, podría investirle».

Investidura telemática

En otro informe, también solicitado por el Gobierno el mismo jueves, el Consejo de Estado explica que el Parlamento de Cataluña no puede autorizar que Puigdemont intervenga a distancia en la sesión de investidura, que la Mesa de la Cámara no puede autorizar la delegación del voto de los huidos de la Justicia y que el Parlament tampoco puede investir a un candidato ausente. Todos estos actos, sostiene el órgano consultivo, serían contrarios a la Constitución y por lo tanto, impugnables por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional. En realidad, esta era la actuación que tenía previsto llevar a cabo el Ejecutivo, antes de dar un giro y decantarse por actuar ya mismo, antes de la celebración del Pleno de investidura.

[Fuente: ABC, Madrid, 27ene18]

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