Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

16oct17


El TSJC confirma la investigación a Forcadell por las leyes de ruptura


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y ha acordado seguirla investigando por permitir que se aprobara la ley del referéndum, ya que ve “evidente” que su “concreta conducta” no queda amparada por su inviolabilidad.

Así lo advierte la sala civil y penal del TSJC en un auto en el que desestima los recursos de súplica planteados por Forcadell y los miembros de la Mesa Lluís Guinó y Simona Barrufet, de Junts pel Sí, y Joan Josep Nuet, de CSPQ, contra la admisión a trámite de una segunda querella fiscal por permitir que la cámara aprobara la ley del referéndum y la de transitoriedad jurídica.

El alto tribunal catalán acuerda mantener esta investigación, en la misma pieza ya abierta contra los miembros soberanistas de la Mesa del Parlament por permitir que se votara la hoja de ruta soberanista, al considerar que existe una “continuación planificada” de los hechos que se investigan.

En su escrito, el TSJC descarta el argumento de las defensas de los querellados de que no se les puede investigar porque, como diputados, están amparados por el principio de inviolabilidad parlamentaria, aunque precisa que tendrá que ser el procedimiento penal el que acabe dilucidando si existe o no responsabilidad penal en su actuación.

Para la sala civil y penal del TSJC, resulta “evidente que la concreta conducta por la que deben ser investigados los recurrentes no es exactamente la misma por la que el artículo 57.1 del Estatuto de Cataluña les concedería la inviolabilidad”.

En este sentido, el TSJC acepta “provisionalmente” la tesis “razonada” por la Fiscalía en su querella, en la que el ministerio público detallaba que los parlamentarios son inviolables por sus votos y las opiniones que emiten en el ejercicio de su cargo, pero ello no supone un “privilegio personal que les inmunice” de responsabilidad por actos “manifiestamente ilegales” ejecutados “al margen o en contra del sistema parlamentario”.

Otro de los argumentos esgrimidos por la Fiscalía, que el TSJC reproduce en su escrito, es que quedan fuera del ámbito de protección del principio de inviolabilidad aquellas conductas en las que “además de la opinión, sea necesaria la concurrencia de otra actuación”, como la desobediencia a resoluciones judiciales.

Para la Fiscalía, según detalla el alto tribunal catalán en su auto, las decisiones de Forcadell y de los demás querellados “para poner en práctica el designio secesionista desbordaron claramente los estrechos márgenes de la excusa absolutoria” y se convirtieron en “puras vías de hecho”, ajenas del desempeño de su función representativa y susceptibles, por lo tanto, de persecución penal.

El TSJC aclara que acepta “provisionalmente” estos argumentos de la Fiscalía, aunque precisa que por ahora no los hace suyos “en absoluto”, sino únicamente a los “meros efectos” de posibilidad el ejercicio de la acción penal por parte del ministerio público.

No obstante, el alto tribunal catalán también recuerda que el Tribunal Constitucional advirtió a los miembros de la Mesa del Parlament querellados por permitir que se aprobara la ley del referéndum de las “eventuales consecuencias penales” y las “eventuales responsabilidades incluida la penal” en que incurrirían en caso de incumplimiento de sus determinaciones.

En su escrito, el TSJC califica de “metajurídicas” algunas de las consideraciones alegadas por los querellados en su recurso, ya que plantean argumentos que ve “ajenos” a la “cuestión estrictamente jurídica.

Por este motivo, considera un tema “impropio” de la actual fase del procedimiento que desde las defensas se afirme que no se puede exigir a los querellados ninguna responsabilidad penal porque favorecieron el debate sobre el derecho de autodeterminación, que es un derecho “fundamental, trasunto del derecho esencia a la dignidad humana”.

[Fuente: República de las ideas, Efe, Madrid, 16oct17]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Espaņa
small logoThis document has been published on 16Oct17 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.