Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

12oct17


Los magistrados despejan las dudas: Puigdemont declaró la independencia aunque sin efectos


Una declaración de independencia en toda regla pero con efectos jurídicos nulos. Es la opinión mayoritaria de jueces, fiscales y otros expertos jurídicos sobre las palabras que pronunció el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en el Parlamento catalán el martes. Consideran que su discurso y el documento suscrito por los diputados independentistas refuerza la gravedad de las conductas delictivas del gobierno y cámara autonómica, pero no añade ningún delito más a los que ya se dirimen en los tribunales.

El presidente de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Manuel Almenar, recuerda que cualquier acto que se derive de las leyes del referéndum y transitoriedad jurídica no tiene ninguna validez porque ambas normas están suspendidas por el Tribunal Constitucional. Simplemente no existe, dice. La decisión de proclamar la república independiente solo se puede enmarcar, por tanto, en el plano político, aunque se trata, eso sí, de «un incumplimiento más en la cadena de incumplimientos» de la Generalitat y del Parlamento catalán.

Para Almenar, el hecho de que los diputados independentistas firmaran fuera del hemiciclo el texto que la CUP quería proclamar dentro es significativo desde el punto de vista de la impugnación. Si ese texto se hubiera sometido a votación en el pleno se podría haber impugnado ante el TC, pero ese escrito no supone ya más que una declaración de intenciones. «Es puro simbolismo político», sostiene.

Coincide con Almenar el portavoz de la asociación judicial Francisco de Vitoria, Raimundo Prado. «Aunque fuera por unos segundos, hubo declaración de independencia», señala. Se proclamó formalmente, aunque jurídicamente no tenga ningún valor. Y prueba de que existió esa declaración, dice, es la suspensión a la que a continuación se refirió Puigdemont: no se puede suspender algo que no existe.

Paradojas del «Govern»

Prado no sabe cómo calificar el documento que suscribieron los independentistas fuera del hemiciclo. Opina que «lo relevante (a efectos de impugnación) es el valor que le haya dado la propia Asamblea». Para el portavoz de Francisco de Vitoria resulta paradójico que gobierno y parlamento catalán incumplan también sus propias normas, y en este sentido recuerda que Puigdemont se apoyó en la ley del referéndum (suspendida) para proclamar la república independiente, cuando el artículo 4 de esa ley deja claro que será la cámara autonómica la que la apruebe. También Ignacio González, portavoz de Jueces para la Democracia, recuerda que para que la ley generara efectos jurídicos, la declaración de independencia tenía que haber sido votada en el Parlamento. A su juicio, el documento que no se llegó a someter a votación es una mera «declaración de voluntad» y no cumple ninguna formalidad.

«Clara desobediencia»

Por su parte, el catedrático de Derecho Constitucional Roberto Blanco considera que Puigdemont proclamó la independencia y que la suspensión de esa declaración no es más que «retórica» para escudarse en que ellos ofrecieron diálogo. «¿En qué consiste una negociación en la que se pretende que se reconozca lo que ya se ha declarado?», se pregunta. A su juicio, se vuelve a tratar de una «clara» desobediencia.

Por último, el profesor y exletrado del TC Carlos Gómez de la Escalera señala que si había alguna duda de que Puigdemont declaró la república catalana, las dudas se disipan con el documento firmado por 72 diputados, que aunque no tiene eficacia jurídica alguna, sí podría dar lugar a responsabilidades penales.

[Fuente: ABC, Madrid, 12oct17]

Tienda Donaciones Radio Nizkor

DDHH en España
small logoThis document has been published on 12Oct17 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.