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20oct16
El Constitucional anula la prohibición de los toros en Cataluña y el Govern y Colau lo desafían
"No habrá toros en Cataluña diga lo que diga el Tribunal Constitucional". La frase pertenece al 'conseller de Territori i Sostenibilitat', Josep Rull, y es un nuevo desafío al tribunal de garantías aunque no puede decirse que constituya una sorpresa puesto que el Govern había anticipado que esa sería su respuesta si, como finalmente ha sucedido, el Constitucional anulaba su veto a los toros. La sentencia del TC no se conocerá en su totalidad hasta dentro de unos días, pero se sabe que el fallo no se ha adoptado por unanimidad. Ocho magistrados han considerado que el Parlament había invadido competencias del Estado al pronunciarse sobre un asunto que ha sido declarado patrimonio cultural, mientras que tres dudan del valor cultural y el interés social que se le pueda dar a la tauromaquia.
El Tribunal Constitucional ha anulado el artículo 1 de la ley catalana de abolición de las corridas de toros, en concreto un apartado que recurrió el PP que prohibía las "peleas de animales y otras actividades". Dicho apartado prohibía también "las corridas de toros y los espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que tengan lugar dentro o fuera de las plazas de toros". Quedaban excluidas de esa prohibición las fiestas de toros sin daño al animal. Según dicho recurso -avalado por 50 senadores-, la prohibición catalana vulneró la Constitución porque iba más allá de lo que le permitía el decreto de transferencias a las comunidades autónomas en materia de espectáculos. El decreto permitía a las autonomías la regulación de los mismos, pero no la capacidad de prohibirlos.
En su resolución, el TC señala que Cataluña tiene competencia para regular los espectáculos públicos y también para proteger a los animales, por lo que esta circunstancias por sí sola no convierte en inconstitucional la ley catalana. Así, la competencia sobre espectáculos públicos podría incluir la prohibición de las corridas con el fin, de proteger a los animales. Pero en este caso hay que tener en cuenta que la tauromaquia ha sido declarada por el Estado patrimonio cultural, razón por la que la prohibición invade competencias estatales en materia de cultura, concretamente los artículos.1.28 y 149.2 de la Constitución.
Y es que el TC estima que las corridas de toros "pueden formar parte del patrimonio cultural común que permite una intervención del Estado dirigida a su preservación". Esa es la razón por la que la norma recurrida, al incluir la prohibición en el ejercicio de la competencia autonómica sobre espectáculos públicos, "menoscaba las competencias estatales en materia de cultura, en cuanto que afecta a una manifestación común e impide en Catalunya el ejercicio de la competencia estatal dirigida a conservar esa tradición cultural (…)".
La sentencia destaca el hecho "incontrovertido" de que "la tauromaquia tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país", y explica que las corridas de toros "son una actividad con múltiples facetas o aspectos que explican la concurrencia de competencias estatales y autonómicas en su regulación" dado "su complejo carácter como fenómeno histórico, cultural, social, artístico, económico y empresarial".
En este punto se recuerda que la dimensión cultural de las corridas de toros, presente en la ley desde 1991 y mencionada por el Tribunal Supremo en 1998, se ha potenciado después con la aprobación de Ley 18/2013 para la regulación de la Tauromaquia y Ley 10/2015 para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. Estas dos últimas normas -que fueron dictadas con posterioridad a la aprobación de la ley autonómica y que nunca fueron recurridas ante este el TC-, expresan una actuación legislativa "dirigida específicamente a la preservación de la manifestación que son las corridas de toros".
El recurso del PP fue presentado el 28 de octubre de 2012, diez meses después de que entrara en vigor la prohibición (1 de enero de 2012), que recibió luz verde del Parlament el 28 de julio de 2010 por 68 votos a favor, 55 en contra y 9 abstenciones. Lo que se aprobó entonces fue una modificación de la ley de protección de los animales a partir de una iniciativa legislativa popular (ILP) presentada por la plataforma antitaurina Prou con 180.000 firmas. La resolución del Constitucional devolvería, en principio, la fiesta de los toros a Cataluña salvo porque tanto el Govern como el Ayuntamiento de Barcelona se han comprometido a explorar todas las vías legales para impedirlo.
"Diga lo que diga el Tribunal Constitucional…"
"Barcelona es una ciudad antitaurina desde 2004. Diga lo que diga el Tribunal Constitucional, haremos cumplir la normativa que impide el maltrato animal", ha escrito la alcaldesa en Twitter, refiriéndose a la aprobación en ese año, en tiempos de Joan Clos como alcalde, de una moción del presidente del Grupo Municipal de ERC, Jordi Portabella, que convirtió a la ciudad en la primer antitaurina de España.
Hace ya casi un año que el Ayuntamiento de Barcelona encargó un informe a los servicios jurídicos, en colaboración con el departamento de protección de animales, para ir preparando la estrategia ante la posibilidad de que el Constitucional se pronunciara a favor de la fiesta nacional. Fue el Grupo Popular en el Senado el que recurrió la prohibición de las corridas de toros que acordó la Generalitat catalana en 2010 acogiéndose a la invasión de competencias estatales que suponía esa medida, después de que los toros fueran declarados patrimonio cultural. El TC le ha dado la razón.
A nivel municipal, no obstante, la ordenanza de animales, aprobada en septiembre del 2014 por el pleno del Ayuntamiento, prohíbe explícitamente los "espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal". El consistorio fue incluso más allá que el Parlament al vetar "todos los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que se celebren dentro o fuera de las plazas de toros". De este modo, la ciudad decía 'no' también a los 'correbous', cosa que no se incluye en la ley catalana, aprobada en julio del 2010. El incumplimiento de la normativa es considerado una infracción muy grave, que implica una sanción de entre 2.000 y 20.000 euros.
En cuanto al Govern, el 'conseller' de Territori i Sostenibilitat, Josep Rull, aseguró el miércoles que se articularán "todos los mecanismos normativos que sean necesarios para garantizar que las corridas de toros no vuelvan a Cataluña". Este jueves, nada más conocerse la noticia de la decisión adoptada por el TC, Rull ha comparecido de forma extraordinaria ante los medios para reafirmarse en su postura. "Nosotros ya hemos decidido y haremos lo posible por que los toros no aparezcan en este país", ha comentado el conseller, que además ha recordado que la decisión parlamentaria proviene de una ILP que en su día fue avalada por 180.000 firmas.
Rull ha subrayado que lo que en su día decidió el Parlament de Catalunya "es inalterable" por lo que desde el Govern emprenderán todas las medidas normativas necesarias para impedir que vuelva a haber corridas en Cataluña. Otros miembros del Govern tambiém se han pronunciado en contra de la decisión del tribunal. El conseller de Justícia, Carles Mundó, la ha criticado esgrimiendo que "en nombre de la cultura no se puede amparar el maltrato animal".
También el PSC se ha apuntado a buscar vías legales que frenen la decisión del Constitucional. El diputado Jordi Terrades ha asegurado que los socialistas catalanes "acompañarán" al Govern en esa tarea y ha explicado que su partido "no comparte" la decisión del TC porque ya daba este debate "por cerrado" en Cataluña. Según ha dicho, "la inmensa mayoría de los ciudadanos" no suscriben los espectáculos taurinos que implican la muerte del animal.
[Fuente: República de las ideas, Madrid, 20oct16]
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