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05may14


El juez Silva logra su propósito después de que el presidente de sala proponga repetir el juicio


Arturo Beltrán, presidente del tribunal que juzga a Elpidio José Silva, ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid su abstención en el caso. Según ha sabido este diario de fuentes jurídicas, Beltrán cree que tras ser apartada María Tardón hay que repetir el juicio desde cero y él ya ha tomado medidas para no seguir presidiendo la sala. En definitiva, Elpiodio se sale con la suya y logra apalzar el juicio.

Esta decisión llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid decidiera que la magistrada María Tardón debe ser apartada del juicio que se sigue al juez Elpidio José Silva por prevaricación al ordenar el ingreso en prisión en dos ocasiones al expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa. La denominada sala del 77 ha entendido que la magistrada no puede continuar en el juicio, no por falta de imparcialidad, sino por la imagen de la Justicia al haber formado parte de la Asamblea de Caja Madrid cuando fue teniente de alcalde del Ayuntamiento.

De esta manera, el tribunal estima la recusación planteada por Silva contra Tardón, en uno de sus movimientos para evitar la celebración del juicio durante la campaña electoral al Parlamento Europeo, al que se presenta como candidato. Según fuentes del tribunal, la magistrada queda por tanto apartada del conocimiento de la causa y será sustituida por el magistrado al que legalmente le corresponda.

Por la parte, la Sala desestima la recusación promovida contra el presidente de la Sala que está juzgado a Silva, Arturo Beltrán, que continuará en el conocimiento de la causa. Los magistrados estiman que si bien en el caso de Tardón "no concurre elemento alguno que cercene su imparcialidad en relación" ni existen "circunstancias que evidencien aquel interés directo o indirecto en el pleito o causa", se acepta la recusación "con el fin de preservar la imagen de la Justicia y la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos".

En su resolución, explica el tribunal que "se hace necesario rebasar el estricto ámbito subjetivo para examinar si concurre asimismo el requisito de la imparcialidad objetiva, que proporciona una garantía más consistente, en orden a determinar si afloran hechos verificables que puedan crear dudas, si quiera indiciarias, o incluso aparentes, sobre la imparcialidad de la magistrada recusada", como es el caso.

Sin embargo, la Sala del 77 ha rechazado la ampliación de recusación contra Tardón presentada por Silva en la que recoge una noticia publicada en 2009 en la que se aseguraba que esta magistrada adjudicó un contrato a la empresa Special Events, vinculada con la trama Gürtel, para hacer una campaña informativa del "Día sin Coches" en agosto de 2001, mientras era concejala del Ayuntamiento de Madrid.

Además, el acusado esgrime que Tardón publicó un artículo en los "Cuadernos de Pensamiento Político" de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), liderada por José María Aznar, titulado "El estatuto jurídico de la víctima". Por último, alegaba que participó en la emisión de participaciones preferentes por parte de Caja Madrid, por la que Blesa está siendo investigado en la Audiencia Nacional.

El instructor del incidente, el compañero de Beltrán y Tardón en el tribunal, Eduardo Urbano, recibió el pasado viernes los informes iniciales sobre el incidente original, en los que tanto la Fiscalía -que pide inhabilitar a Silva durante 30 años- como las acusaciones que ejercen Blesa y el expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán se negaban a su admisión. También los propios magistrados recusados se negaron a apartarse voluntariamente.

En la sentencia dictada por la Sala del 77, el tribunal analiza las razones por las que Tardón debe ser apartada. Así, explica que efectivamente fue concejal y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid durante el gobierno municipal entre los años 1999 y 2003, y se le designó consejera de la Asamblea General de Caja Madrid por el turno correspondiente a las corporaciones locales. En sus alegaciones, ella ha asegurado que nunca ejerció responsabilidad alguna respecto de la gestión ordinaria de los negocios, actos o contratos propios de la actividad financiera propia de dicha entidad, ni tomó parte, "jamás, ni directa ni indirectamente, en las decisiones relativas a concesiones de créditos, adquisición de otras entidades bancarias o ninguna otra semejante a los hechos que constituyeron el objeto de las causas instruidas por el acusado, Elpidio José Silva". Es más, sostiene que ella no ha tenido con Blesa relación laboral ni de dependencia, "ni la menor relación de carácter personal".

Sin embargo, analizadas las facultades de la Asamblea General de Caja Madrid por parte del tribunal, señala que "con independencia del turno por el que fuera nombrada consejera, o de si únicamente percibía dietas por su cometido, lo cierto es que la citada ostentaba en las indicadas fechas amplias facultades de supervisión y control de las líneas generales de actuación de Caja Madrid, de las que sin duda alguna se seguía una estrecha vinculación con la entidad durante aquel lapso temporal, al margen de las relaciones de índole personal que llegara o no a establecer con su presidente o administraciones, y de las que no existe constancia".

Así, añade el tribunal, que la circunstancia de que Tardón hubiera cesado como consejera de Caja Madrid años antes de la comisión de los hechos que se imputan a su presidente (2008 y 2009) "no desvanece por completo la huella dejada por aquel objetivo vínculo o relación inicial y, lo que es más importante, genera la apariencia o sospecha de pérdida de imparcialidad de la magistrada en el enjuiciamiento del procedimiento seguido, a su vez frente al instructor de la causa tramitada contra el ya entonces presidente de la entidad, con la consiguiente merma de confianza y deterioro de la imagen pública de la justicia que representa cualquier sospecha objetiva de imparcialidad".

[Fuente: Por Carlota Guindal, El Confidencial, Madrid, 05may14]

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