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10abr14


La fiscalía de la AN se opone a la extradicción de Billy el Niño y Argentina no se presenta en el caso


El ex inspector de la Brigada Político Social del franquismo Antonio González Pacheco, el temible Billy el Niño, ha asegurado este jueves durante su vista de extradición que "es objeto de seguimientos y amenazas con el objetivo de atentar" contra su vida, y ha presentado un certificado del secretario técnico de la Policía Científica que así lo acreditaría.

"Por motivos de seguridad personal y familiar" se ha opuesto a que se tomasen imágenes de su rostro durante la audiencia pública, posición que ha sido apoyada por la Fiscalía y finalmente resuelta en ese sentido por la presidenta del tribunal, Concepción Espejel.

La Sala ha retirado asimismo las medidas cautelares que pesaban sobre él -comparecencias quincenales y retirada del pasaporte- tras solicitarlo su defensa y respaldado el fiscal, ya que ambos razonaron que su única finalidad era asegurar su presencia en la vista. Después, Billy ejerció así su derecho a la última palabra: "Mi nombre es Antonio González Pachecho, nunca me he llamado José Antonio ni Juan Antonio, y tampoco me puse yo ese apodo".

El fiscal ha rechazado la entrega a Argentina de Billy el Niño, reclamado en aquel país tras ser denunciado por supuestas torturas en España durante el franquismo. El representante del Ministerio Público ha mantenido la postura que ya sostuvo la semana pasada durante la vista de extradición del ex capitán de la Guardia Civil Jesús Muñecas: la de que su enjuiciamiento por los tribunales españoles sería posible para "satisfacer ese deseo de Justicia" de las víctimas de la dictadura, que sea escuchado su relato sobre su presencia ante el Tribunal de Orden Público y "contar, al menos, con una resolución judicial que reconozca la ilegalidad de sus detenciones".

Concretamente, expuso que el Estado argentino debería presentar una querella ante los juzgados de Madrid, localidad en la que habrían sucedido los hechos.

Prescripción de los delitos

Sin embargo, entre los argumentos que ha utilizado el fiscal está el de la segura prescripción de los posibles delitos que se atribuyen a Billy el Niño, tanto conforme al Código Penal argentino como a cualquiera de los españoles que se tenga en cuenta. Una hipotética causa penal en nuestro país tendría, por tanto, escaso recorrido.

Entre los razonamientos jurídicos del representante de la acusación pública no se incluyó ni la más mínima mención a la Ley de Amnistía, que al menos en apariencia sería aplicable al caso y que, de hecho, fue invocada por la Fiscalía cuando se opuso al arresto de Billy el Niño y Jesús Muñecas y adelantó "la probable concurrencia de una causa de denegación de la extradición".

La vista provocó una notable y ruidosa presencia de simpatizantes de los afectados por los crímenes de la dictadura, algunos llegados desde Argentina, que inicialmente tuvieron que mantenerse a más de 100 metros de la sede judicial. Ya en la sala, Billy el Niño apenas tuvo que responder a dos preguntas del fiscal Pedro Martínez Torrijos: primero, se limitó a rechazar que tuviese algún tipo de vínculo con el país que lo reclama.

Después, admitió que "hace muchos, muchos años" tuvo algún problema judicial "por algo de malos tratos". "Pero creo que no fuimos condenados", concluyó.

El aspecto físico de Billy el Niño ha cambiado notablemente desde su juventud: su rostro achiquillado sigue siendo el mismo, cubierto ya por las arrugas, pero sus ojos saltones se esconden tras unas gafas y donde antes lucía una melena leonina brilla ahora una calva lustrosa. Hoy ni siquiera pendía de su cabellera la coleta grisácea con la que fue fotografiado recientemente haciendo running, instantánea que fue publicada por este diario.

Su defensa negó que participase en los hechos concretos que se le imputan: el ex inspector de la Brigada Político Social del régimen franquista, que ahora tiene 67 años, está reclamado por supuestas torturas que habría cometido entre 1971 y 1974 sobre 13 personas durante el tiempo en que estuvieron detenidas antes de su traslado a las cárceles madrileñas de Yeserías y Carabanchel o al Tribunal de Orden Público, cuando Billy era el terror de la Ciudad Universitaria.

'ˇYo estuve 62 días!'

Uno de los denunciantes, presente en la sala, protestó a viva voz por lo que consideró "una mentira". El abogado había dicho que no se podía creer que los supuestos torturados hubiesen pasado 30 días en atención médica: "ˇYo estuve 62 días!", le recriminó desde las sillas del público, siendo llamado al orden por el tribunal.

La juez argentina María Servini instruye a partir de una querella de víctimas del franquismo un procedimiento por genocidio y crímenes contra la Humanidad cometidos en España desde la asonada militar del 18 de julio de 1936 hasta el 15 de junio de 1977, fecha de las primeras elecciones democráticas.

La Constitución argentina se atribuye jurisdicción universal sobre esos delitos en los casos en los que las autoridades del país en el que tuvieran lugar no hayan iniciado una investigación efectiva sobre los mismos, que es lo que la juez considera que ocurre en España.

No obstante, Argentina ni siquiera se ha personado en las vistas de extradición, aunque se le ha dado la oportunidad expresa de hacerlo. Países como México, por ejemplo, lo hacen siempre sin excepción cuando reclaman a un presunto delincuente.

El informe del fiscal consideró esta vez que sí es posible que las denunciadas de torturas de Billy el Niño pudieran calificarse como un delito de lesa humanidad, que es lo que pretenden los querellantes: pero en ese hipotético caso, estarían igualmente prescritas.

Recordó, en este sentido, la sentencia del Supremo que absolvió a Baltasar Garzón por su causa contra el franquismo, en la que, no obstante, el Alto Tribunal concluyó que, "aun cuando los tratados internacionales sobre la materia fijaran la imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad, esa exigencia, que ha sido llevada a nuestro ordenamiento jurídico interno, tiene una aplicación de futuro y no es procedente aplicarle una interpretación retroactiva".

Esto es: que la imprescriptibilidad no puede aplicarse a delitos cometidos antes de 2010, año en que España la introdujo en su Código Penal.

Antes de iniciarse la vista, la presidenta del tribunal dio por recibido un escrito de los periodistas que cubren la información judicial en el que muestran su rechazo por la negativa que ya había manifestado la juez a que se tomasen imágenes del rostro de Billy el Niño.

La magistrada Espejel preguntó entonces al reclamado si aceptaba expresamente que se hiciera, a lo que él se negó. El fiscal apoyó su postura con el argumento de que, al contrario de lo que ocurrió la semana pasada con el ex capitán Muñecas -a quien si se le grabó de frente-, éste no había alegado ningún motivo de seguridad.

[Fuente: Por Joaquín Manso, El Mundo, Madrid, 10abr14]

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Impunidad y crímenes franquistas
small logoThis document has been published on 11Apr14 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.