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22nov16


IU Asturies pide al estado la anulación de la ley de Amnistia


Concha Masa, portavoz adjunta de IU en la Junta General, dio cuenta esta mañana de los asuntos que el grupo parlamentario llevará al pleno del parlamento autonómico, que versan sobre la Ley de Memoria Histórica, sobre la situación actual del Hotel de la Reconquista y sobre qué medidas complementarias ha tomado o tiene previsto tomar el Gobierno para evitar los feminicidios en Asturias, ante la necesidad de abordar un cambio inmediato en las políticas de prevención de los asesinatos feminicidas habida cuenta de las recientes investigaciones que demuestran que las medidas tomadas hasta ahora no han sido efectivas.

La Proposición No de Ley sobre Memoria Histórica insta al Consejo de Gobierno a dirigirse al Gobierno del Estado a fin de que este impulse una iniciativa legislativa que garantice la efectividad del derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de los ciudadanos y ciudadanas asturianos en relación con los hechos de la represión franquista en el marco de la doctrina de las Naciones Unidas sobre crímenes contra la Humanidad, favoreciendo el respeto y la aplicación de los estándares del derecho internacional al respecto. A tal fin dicha iniciativa regulará al menos los siguientes aspectos:

a) La localización, exhumación e identificación de víctimas de ejecuciones extrajudiciales, arbitrarias o sumarias del Régimen franquista, atribuyendo la competencia a los juzgados de instrucción, que actuarán siguiendo procedimientos acordes con el derecho internacional de derechos humanos, las normas europeas aplicables y el Manual de las Naciones Unidas sobre la Prevención Eficaz e Investigación de Ejecuciones Extra-legales, Arbitrarias y Sumarias.

b) La creación de un banco de datos de ADN para la identificación de víctimas, procediendo al registro judicial de las muestras de los restos de las víctimas, así como las de los familiares que lo soliciten.

c) La desclasificación y catalogación de los archivos diplomáticos, militares y de inteligencia hasta la instauración del régimen democrático, que incluya el inventario, la catalogación y la reorganización, de los archivos penales, judiciales, carcelarios, militares, de inteligencia y municipales, entre otros, adecuándolos a las normas del derecho a la verdad y a la justicia de las víctimas.

d) La reparación a todas las víctimas del franquismo y defensores de la democracia, que habrá de ser adecuada, efectiva y proporcional a la gravedad de las violaciones y al daño sufrido.

e) La anulación de las sentencias dictadas por motivos políticos por los tribunales militares y/o civiles instaurados por los sublevados durante la Guerra Civil, la dictadura o la transición, incluyendo la anulación de las sentencias de los Consejos de guerra, Tribunales de Responsabilidades Políticas, Tribunal Especial de represión de la Masonería y el Comunismo y Tribunal de Orden Público (TOP).

f) La anulación de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, en todo lo que suponga exclusión de responsabilidad y, por lo tanto, de impunidad de los responsables de la represión franquista.

[Fuente: FAMYR, Asturias, 22nov16]

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Impunidad y crímenes franquistas
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