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DERECHOS


23sep05


El gobierno pacta una amnistía irregular con algunos grandes despachos de abogados.


Los dueños de los bufetes de abogados se han salido finalmente con la suya. Las actas levantadas en los últimos meses por la inspección de Trabajo contra distintos despachos profesionales por contratación irregular serán pronto papel mojado. Así lo determina una disposición adicional que aprobará próximamente el Senado y con la que se pretende poner punto y final a una situación incómoda -y costosa- para muchos bufetes, y especialmente para los grandes.

Tras negociarlo con los colegios de abogados, el Gobierno ha decidido dar un plazo de tres meses a los despachos para regularizar la situación de sus letrados, que en la mayoría de los casos están trabajando mediante un contrato mercantil cuando en realidad son empleados por cuenta ajena, como el resto de asalariados. Si en tres meses normalizan la situación de sus empleados, los procedimientos abiertos hasta ahora serán archivados, como adelantó El Confidencial en junio.

Lo más sorprendente –al margen de la propia amnistía- es que el Gobierno ha utilizado la tramitación en el Senado de una Ley que no tiene nada que ver con el asunto para aprobar la disposición adicional, que convierte el trabajo de los abogados en una relación de carácter especial (al igual que las amas de casa, los altos directivos, los penados o los deportistas profesionales). El Grupo Socialista, en concreto, ha utilizado la tramitación parlamentaria del proyecto de ley que adapta a la legislación española diversas directivas comunitarias en materia de productos energéticos para colar la nueva regulación.

La utilización de leyes que no tienen nada que ver con lo previsto se ha convertido en moneda corriente desde que el Gobierno Zapatero eliminó la Ley de Acompañamiento. Y el hecho de que la enmienda se haya introducido en el Senado indica que se ha querido hacer de tapadillo, evitando el altavoz que representa el Congreso.

Norma pactada con los letrados

La disposición adicional ha sido pactada con los representantes de los letrados, como reconoció a El Confidencial Luis Martí Mingarro, decano del Colegio de Abogados de Madrid. El punto más controvertido es el que se refiere a “los procedimientos sancionadores y de liquidación de cuotas a la Seguridad Social” actualmente abiertos. Según el punto tres de la disposición adicional, párrafo segundo, las actas “en trámite a la entrada en vigor de la presente Ley” (aproximadamente entre tres y cuatro semanas) se resolverán teniendo en cuenta la nueva consideración contractual de los abogados como una relación laboral de carácter especial. Y en concreto se precisa que los letrados “serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social el día primero del tercer mes siguiente a la entrada en vigor de la presente Ley”. Dicho en otros términos, los despachos tendrán tres meses para legalizar la situación laboral de sus empleados.

La norma cuenta, lógicamente, con el apoyo del Grupo Socialista, y es muy probable que también la respalden, al menos, otros dos grupos: el Popular y CiU. En el caso del Partido Popular, sus portavoces no han participado en la redacción de la disposición adicional, pero por una sentido de la “responsabilidad” –según uno de sus portavoces- es más que probable que respalden el articulado del nuevo texto legal.

Otra cosa bien distinta es lo que opinan algunos bufetes que desde hace años vienen considerando asalariados a sus letrados, lo que les supone un coste adicional respeto a sus competidores, ya que tienen que pagar la Seguridad Social de sus trabajadores. Este es el caso de Garrigues, uno de los grandes bufetes que no han sido empapelados por los funcionarios de la Inspección de Trabajo.

El peculiar régimen laboral de los abogados –se estima que alrededor de 100.000 en toda España- estaba amparado hasta ahora por el Estatuto General de la Abogacía, pero, en la propia justificación de la enmienda presentada en el Senado, se reconoce que ese rango normativo no es el adecuado para determinar la calificación jurídica de las relaciones profesionales.

El reconocimiento del carácter laboral del trabajo de los letrados no impide que otros abogados del mismo despacho puedan mantener una relación por cuenta propia (autónomos) o en calidad de asociados.

[Fuente: El Confidencial, Madrid, Esp, 23sep05]

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