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17may11
Bruselas podrá impedir la especulación en Bolsa
Los ministros de Economía de la UE han aprobado este martes una norma que da poderes limitados a la nueva Autoridad Bursátil Europea para restringir o incluso prohibir temporalmente las ventas en corto al descubierto y los seguros para cubrir el impago de la deuda (CDS, por sus siglas en inglés). Esto se podrá para aplicar en situaciones de emergencia que amenacen la estabilidad financiera o la confianza de los mercados en un Estado miembro o en el conjunto de la Unión.
La nueva Autoridad (ESMA, por sus siglas en inglés) se ocupará además de coordinar la actuación de los supervisores nacionales en los casos de prohibición o restricciones.
El objetivo de esta iniciativa es limitar la especulación con estos instrumentos financieros. Los líderes europeos consideran que este tipo de apuestas bajistas contra los bonos de los países periféricos han agravado la crisis de deuda de la eurozona.
Se trata también de evitar que se repitan casos como el de Alemania, que en plena crisis de la eurozona en mayo de 2010 prohibió las ventas a corto al descubierto sin consultarlo con el resto de socios, lo que agravó la situación.
El acuerdo ha sido posible después de que tanto la Comisión como la presidencia húngara hayan dado garantías a Reino Unido de que tendrá en cuenta sus preocupaciones sobre los nuevos poderes de la Autoridad Bursátil (ESMA, por sus siglas en inglés) durante las negociaciones con la Eurocámara, que debe ratificar el compromiso.
España no logra sus objetivos
Previamente, el Ecofin ha tumbado una propuesta de compromiso presentada por la vicepresidenta económica, Elena Salgado, que diluía los poderes de la Autoridad Bursátil y dejaba en manos de los ministros de Economía de la UE la decisión política de declarar una situación de emergencia.
La propuesta de compromiso española ha recibido el apoyo de países como Reino Unido, Italia, Polonia, Bulgaria, Suecia, República Checa o Finlandia. En particular, el ministro de Economía británico, George Osborne, ha dicho que su país mantenía múltiples "preocupaciones" sobre la norma, pero que estaba dispuesto a hacer "concesiones" sólo si se aceptaba el compromiso español para diluir el poder de la Autoridad Bursátil.
"Normalmente, Elena y yo siempre estamos de acuerdo, pero esta vez no puedo aprobar este compromiso", ha replicado la ministra francesa de Finanzas, Christine Lagarde. A su juicio, el compromiso español significaría que la ESMA "tenga una autoridad cero" y le impediría coordinar a los supervisores nacionales y reaccionar a tiempo ante situaciones de emergencia.
También el vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), Vitor Constancio, se ha opuesto a diluir los poderes de la Autoridad Bursátil. "Durante la crisis hubo decisiones descoordinadas de los diferentes países, lo que no fue bueno para la credibilidad", ha recordado.
Alemania y la Comisión han respaldado la postura francesa. Tras la intervención alemana, Salgado ha tomado la palabra para decir que ya no apoyaba la propuesta de compromiso española. "No voy a ser menos que Alemania y estoy dispuesta a aceptar un compromiso", ha señalado.
Tras retractarse España y decaer su propuesta de compromiso, el ministro de Economía británico, George Osborne ha amenazado con forzar una minoría de bloqueo para tumbar la propuesta. Ello ha obligado a hacer una pausa en las negociaciones durante la que se han dado nuevas garantías a Londres de que se limitarán los poderes de la ESMA.
Papel de coordinación
En la actualidad, los poderes que tienen los supervisores nacionales para restringir las ventas a corto varían mucho de un Estado miembro a otro. Por ello, la nueva norma da a las autoridades nacionales poderes claros para prohibir temporalmente, hasta tres meses con posibilidad de prórroga, las ventas en corto de cualquier instrumento financiero. Las prohibiciones estarán coordinadas por la nueva Autoridad Bursátil Europea.
Si el precio de un instrumento financiero cae bruscamente durante un día, los reguladores nacionales tendrán además poderes para restringir las ventas en corto en ese instrumento hasta el final del siguiente día para ralentizar las caídas.
Las ventas en corto son apuestas bajistas sobre el valor de una acción. El inversor pide prestados los títulos que piensa que van a bajar y los vende. Cuando caen los recompra más baratos para devolverlo. En las ventas en corto al descubierto, el inversor ni siquiera alquila los títulos, lo que incrementa el riesgo de incumplimiento creditico.
La norma impone además dar más transparencia a este mercado, ya que en la actualidad resulta difícil para participantes y reguladores saber qué valores se están vendiendo en corto y su importancia global. Para ello, obligará a los inversores que apuesten a la baja más del 0,2% del capital de una compañía a notificarlo a los reguladores, y también deberán informar al mercado cuando sus posiciones cortas superen el 0,5%.
También deberán informar a los reguladores de las ventas a corto de deuda pública, incluidas las obtenidas a través de CDS a partir de determinados umbrales, que se fijarán dependiendo de la situación en cada Estado miembro. De esta forma, los reguladores podrán detectar más fácilmente posibles riesgos para la estabilidad de los mercados de bonos.
[Fuente: El Mundo, Madrid, 17may11]
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