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DERECHOS


14dic96


El dilema de la impunidad como consecuencia de un modelo de pensamiento económico social.

Por Gregorio Dionis, Director del Equipo Nizkor

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Participar en el Seminario Internacional sobre la "Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos" en Chile tiene el desafío intelectual de tener que hacer frente a un modelo de estado pergeñado a partir de la elaboración teórica de uno de los mayores intelectuales conservadores que ha dado Estados Unidos, después de la segunda guerra mundial.

Todos sabemos que el general Augusto Pinochet es el responsable fáctico del desarrollo de las teorías de la seguridad nacional en Chile, sabemos de sus instintos prusianos y, podemos afirmar, si creemos a sus pares, que responsable último de los aberrantes crímenes que se cometieron en este país y dónde el fundamental fue el de la traición a sus funciones como defensor del estado de derecho que existía en Chile |1|.

Hoy sabemos por los testimonios recogidos en las actas del Consejo de Seguridad del gobierno de Estados Unidos que Henry Kissinger sentía verdadero pánico por el desarrollo social de Chile |2|.

En realidad sentía y siente, a mi entender, el mismo terror que el príncipe Metternich frente a los movimientos democráticos originados en la revolución norteamericana, todo hay que decirlo, y en la francesa.

Vale la pena recordar que Metternich fue el restaurador del absolutismo en el mundo y que tiene mucho que ver con el desarrollo de los movimientos conservadores en las revoluciones latinoamericanas de principios del siglo XIX, a tal punto que su propuesta era no reconocer ninguna constitución que no fuera una cesión graciosa por parte de una monarquía.

Dicho esto, es bueno recordar que la similitud entre ambos personajes es producto, además, del interés de Kissinger, de su tesis doctoral |3| que esta basada en la obra de Metternich y si leemos sus escritos veremos que esta pretensión sería, para este hombre, el mejor epitafio a su propio pensamiento.

Como hemos venido a reflexionar sobre la impunidad y más concretamente sobre sus consecuencias en los derechos económicos, sociales y culturales, uds. podrían preguntarse legítimamente que relación hay entre esos personajes y la impunidad.

La respuesta la pretendo elaborar a partir de otro personaje histórico poco conocido pero de gran relevancia en la historia de los derechos del hombre, en la historia de la dignidad humana. Thomas Paine que fue el revolucionario que unió, material e intelectualmente, las dos primeras revoluciones democráticas, la norteamericana |4| y la francesa, fue nombrado por el parlamento francés |5| responsable de contestar a Mr. Edmund Burke, padre de las doctrinas conservadoras modernas, ante el despiadado ataque de éste al parlamentarismo, la igualdad y las consecuencias que, para la nobleza británica, surgían de aquellas revueltas |6|.

Y he aquí que Paine eligió como título a su respuesta el de "Los derechos del Hombre" |7|. Esta sería una de las obras más editadas en aquella época y le costaría la condena a muerte por parte de los tribunales de su Graciosa Majestad, de la que se salvaría, según la leyenda, por la intervención del poeta Blake |8|que lo ayudó a cruzar clandestinamente el Canal de la Mancha.

Estos son los principios que nacieron en aquella época. Eran al entender de Paine la racionalización de la libertad, eran el reconocimiento de los derechos del individuo frente al irracionalismo político derivado del integrismo y el absolutismo. Esta obra a la que me refiero fue escrita entre 1791 y 1792, hace exactamente 200 años. Sin embargo todavía no esta cerrada la polémica.

La crítica más feroz, que hace el señor Kissinger, a los modelos de política exterior en sus conferencias privadas que vende a razón de 50.000 dólares, es el dejarse llevar por la "vigencia de los derechos humanos" y no reconocer que sólo existe el poder |9|. Este error es el que él no cometió nunca.

Pero este también es el pensamiento expuesto públicamente por el actual canciller argentino, Guido Di Tella, en una conferencia "of the record" dada en Madrid |10| y de la que fuí testigo. Allí utilizó para justificar las leyes de impunidad en argentina los mismos argumentos que usará Burke en 1790. Defendió el pensamiento de Edmund Burke como si se tratará de un asesor del gobierno que representaba. Y les aseguro que no tenía nada que ver con la defensa de los burgos podridos que tan bien organizan en Argentina.

A este pensamiento le incluyeron el pensamiento alemán derivado de las doctrinas jurídicas españolas y cuyo mejor representante ha sido Carl Schmitt y que tuvo su reflejo en dos doctrinas que han sido básicas para el establecimiento de las políticas que fueron la causa de llegar al dilema de la impunidad. Estas fueron:

    a) la denominada dialéctica del amigo enemigo
    b) la justificación del líder-caudillo como origen legítimo de las leyes |11|.
A las que sólo cabría agregar las teorías sobre el derecho racial que, actualmente, reflejan algunas constituciones como la de Croacia.

Libertades sociales y culturales.

Para no cansarlos dejo aquí la exposición de los motivos políticos que derivaron en la violación sistemática de los derechos económicos y sociales y solamente agregaré que para este modelo que se pergeño a partir de estas ideas reaccionarias y podríamos decir que premodernas, los derechos humanos eran el objetivo a combatir.

Estos eran molestas consecuencias de las políticas débiles de gobiernos irreflexivos, usando la retórica consecuente con ese discurso. Y si estos eran los problemas las soluciones pasaban por la eliminación de estos derechos y consecuentemente con la represión sistemática de los que los defendían.

Este hecho explica, a mi entender, el que las víctimas de la represión suelen ser de todo el espectro ideológico por lo menos en términos cualitativos. Estructuralmente, en términos de análisis de sistemas, el sector más representativo está dado por los dirigentes sociales y políticos que creyeron en que los derechos del hombre eran la demostración del uso de la razón en los sistemas políticos y sociales modernos |12|.

Derechos Humanos y modelo económico.

Es trágico ver como economistas aparentemente educados en universidades son capaces de defender modelos económicos basados en la violación sistemática de los derechos civiles y políticos. Muchos de ellos además creen que están usando las ideas de Adam Smith y su mano invisible, sin saber que, en su época, este hombre defendió justamente lo contrario y significó precisamente un intento de racionalizar la modernidad.

Sin embargo lo que ocurre es que utilizan la economía como un instrumento ideológico frente a las libertades. Han dejado de pertenecer a la colectividad científica basada en el utilitarismo del bien común para convertirse en instrumentos de las corrientes más reaccionarias que se dieron después de la revolución francesa.

Estos modelos que reemplazan las libertades por la eficiencia de la curva de oferta - demanda son complementarios al uso de las doctrinas irracionales derivadas del discurso conservador. Y una vez puestas en marcha no tienen más vías que la violación sistemática de los derechos civiles y políticos |13|.

Para ellos la impunidad no es una consecuencia de la violación de los derechos humanos, es simplemente una necesidad de mercado.

Con esto quiero significar que el ejemplo de desarme de los instrumentos y organismos que están en la base de la libre determinación de los ciudadanos de un país se convierten en condiciones necesarias del modelo.

Es imprescindible romper la estructura familiar para que una familia indígena olvide sus tradiciones culturales. Es imprescindible romper la estructura sindical que defiende la dignidad de sus representados. Es imprescindible romper la estructura de los organismos de derechos humanosrecordemos Colombia o Perú en estos momentos) que se han creído el discurso de la modernidad. Es imprescindible romper la estructura social que permite que los más desfavorecidos se expresen públicamente en forma coherente y racional, para ello es necesario que los sistemas educativos no sean elaborados a partir de estos supuestos de libertad, solidaridad y fraternidad. Es imprescindible que la racionalidad sea reemplazada por la ley de la oferta y la demanda, por la ley del más fuerte, en definitiva por la ley de la selva.

El derecho humanitario como arma.

Pero ni Henry Kissinger, ni Pinochet, ni Guido di Tella, ni los que juegan a la desestabilización racial de Europa pueden escapara a un dilema generado por la propia historia. La legitimidad de los sistemas políticos derivados de la revolución americana y francesaen los que incluyo a los llamados socialismos |14| reales) exigen como condición necesaria la racionalidad jurídica establecida por los representantes del pueblo.

Y todos sabemos que ya en la declaración de derechos humanos de 1793 se establecía la no prescripción de los delitos cometidos por funcionarios públicos. Todos sabemos que los juicios de Nuremberg sentaron una base doctrinal en el derecho internacional de la cual los hombres como Paine no hubieran renegado, aunque posiblemente hubieran querido que tuviera alcance universal |15|. De la misma manera que sabemos que la apelación ante la Corte Suprema de Estados Unidos de Tomoyuki Yamashita sentó un precedente que preocupa a los asesores legales de muchos criminales de estado.

Pero estamos ante verdaderos teóricos de la restauración conservadora. Metternich hubiera estado orgulloso de ellos. Y ante el dilema que se presenta encontraron unas pretendidas soluciones que son las que hay que desmantelar y enfrentar con toda la fuerza que nos da el ser hombres libres.

La primera respuesta fue los sistemas de leyes aberrantes determinadas por le uso de la fuerza y no por la razón del derecho. Este sistema tiene la perversidad de la Santa Alianza: solo existe la libertad si está concedida graciosamente por el mismo que la violó. En este sistema de pensamiento la coerción violenta, reemplaza al absolutismo.

La segunda respuesta es el desmantelamiento del estado social de derecho que ajuste la oferta y la demanda, no que redistribuya las rentas o defienda a los más débiles. Y para ello hay que desmontar o dejar de aplicar cada uno de los derechos que hoy llamamos derechos sociales y culturales.

El hombre sólo, en un mundo vacío.

Esto quiere decir que si dejamos que se implanten definitivamente los modelos de impunidad en América Latina, en África, en Europa |16|, corremos el riesgo ciertoen términos estadísticos) de perder las libertades que el Pacto Internacional de Derechos Sociales y Culturales pretendió universalizar.

Los modelos de impunidad pretenden resolver el dilema que representan la democracia, las libertades y la expresión del uso racional de ambas que son los derechos humanos, pretenden la "vanidad y la presunción de gobernar hasta más allá de la tumba..., en la más insolente de todas las tiranías", como tan bien respondiera Paine a Mr Burke.

Y esto es así porque como decía Jeremy Bentham "del poder de perdonar sin límites surge la impunidad de la delincuencia en todas sus formas, de la impunidad de la delincuencia en todas sus formas, la impunidad de todas la formas de maldad, de la impunidad de todas las formas de maldad, la descomposición de los gobiernos, de la descomposición de los gobiernos la descomposición política de la sociedad".

Posiblemente uds se pregunten dónde están las consecuencias modelizadas y yo les diría que aún estamos a tiempo de enfrentar al modelo, de responder a la aberración. Todavía no tenemos un modelo definitivo. Todavía hay millones de hombres libres que desean impedir que estos modelos se universalicen. Todavía no han humillado la memoria de la humanidad en forma definitiva y hoy hemos venido aquí a este país origen de la teoría de la soberanía limitada a exponer nuestras reflexiones y decir claramente que es un grave error admitir la limitación del derecho a la justicia y del derecho a la verdad.

Restaurar estos derechos significa devolverles a nuestros hijos y nietos la libertad. Lo contrario es aceptar los principios maquiavélicos que defiende Henry Kissinger y donde el mundo político y social pierde toda conexión con toda forma de vida ética y cultural. Dónde el hombre se encuentra sólo, en un espacio vacío |17|.

Discurso presentado en el Seminario Internacional: "Impunidad y sus Efectos en los Procesos Democráticos". Santiago de Chile, 14 de diciembre de 1996.

Notas Finales

1. Posiblemente esta sea la razón profunda del asesinato de Orlando Letelier. Cf. Joan E. Garcés y Saul Landau presentadores de "Orlando Letelier: Testimonio y vindicación", Siglo XXI de España, julio de 1995. [Volver]

2. Cf. S.M. Hersch, "The Price of Power: Kissinger in the Nixon White House", Nueva York, Summit, 1983. En esta obra se cita a Roger Morris, miembro del National Security Council bajo la dirección de Kissinger. [Volver]

3. Henry A. Kissinger, "A World Restored: The Politics of Conservatism in a Revolutionary Age", The Universal Library, Grosset and Dunlap, Nueva York, 1964. [Volver]

4. Escribió "El sentido común" que se considera la obra que desató la ruptura con el modelo de monarquía británico y la teoría de la representación popular. [Volver]

5. Era amigo de Condorcet y con él fundo la Societé Républicaine. Fue miembro de la Convención como representante por el Pas-de-Calais. Participó en la redacción del Constitución francesa. Una biografía actualizada de Paine se puede encontrar en: Bernard Vincent, "Thomas Paine ou la religion de la liberté", Aubier, Paris, 1987. [Volver]

6. La obra en cuestión es "Reflexiones sobre la revolución francesa" que aparecieró en noviembre de 1790. El análisis que hace Paine de la Revolución Francesa es justamente científico, frente a la crítica irracionalista de Burke, el más inteligente de los críticos de la democracia. [Volver]

7. Thomas Paine, "The Rights of Man"; la primera parte de esta obra se publicó en marzo de 1791 y, la segunda, en 1792. [Volver]

8. Fue sometido a proceso y se libró de ser detenido. Fue juzgado en rebeldía y condenado a muerte. [Volver]

9. En la introducción a su tesis dice expresamente: "La legitimidad, tal como aquí la entendemos, no debe confundirse con la justicia. No significa más que un acuerdo internacional acerca de la naturaleza de los arreglos funcionales y acerca de los objetivos y métodos aceptables de la política exterior." [Volver]

10. En la sede de la Fundación Ortega y Gasset, en la calle Fortuny de Madrid. [Volver]

11. Carl Schmitt, "Der Begriff des Politischen", München-Leipzig, 1933 y "Theorie des partisanen, Zwischenbemerking zum Begriff des Politischen", Berlin, Duncker & Humbolt, 1963. Esta segunda parte la expuso por primera vez en Zaragoza, España. [Volver]

12. En general los modelos de la represión no son aleatorios. Responden a métodos de análisis de sistemas y teorías de los juegos. En su elaboración de estado mayor construyen las listas de víctimas a partir de la utilización de la técnica de ABC, muy conocida en la logística. Cf,.entre otros: Morton D. Davis, "Game Theory: A Nontechnical Introduction", Basic Book, New York, 1970. Michael A. Arbib "Brains, Machines and Mathematics", McGraw-Hill, New York, 1964 y J.W. Schmidt and R.E.Taylor "Simulation and Analysis of Industrial Systems", Richard D. Irwin Inc, Homewood, Illinois, USA, 1970. [Volver]

13. Cf. Albert O. Hirschman "Deux siècles de rhètorique rèactionnaire", trad. Pierre Andler, Fayard, París, 1991. [Volver]

14. Jürgen Habermas, "Zur Rekonstruktion des Historischen Materialismus", Suhrkamp, 1976. Trad francesa "Après Marx", Fayard, Paris, 1985. [Volver]

15. "Nazy Conspiracy and Aggression. Opinion and Judgment". Vol. 9. Office of United States Chief of Counsel for Prosecution of Axis Criminality. United States Government Printing Office, Washington, 1947. [Volver]

16. En este caso por el avance de la doctrinas raciales donde también el pensamiento de Carl Schmitt tiene gran importancia, pero más aún la tiene la del germano-argentino Walter Darré. Cf. Édouard Conte et Cornelia Essner, "La Quête de la Race. Une Anthropologie du Nazisme", Hachette, Paris, 1995. [Volver]

17. Ernst Cassirer, "The Myth of the State", Yale University Press, 1946. [Volver]


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Este documento ha sido publicado el 07jul03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights