Información | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
19ene17
Ministro de Defensa dijo que solo el Estado puede perseguir a las FARC
El ministro de Defensa de Colombia, Luis Carlos Villegas, afirmó que únicamente el Estado y sus Fuerzas Armadas pueden perseguir a los miembros de las FARC que no se acojan al proceso de paz, después que esta guerrilla confirmó que se enfrentó con un grupo de disidentes el pasado 10 de enero.
Villegas subrayó en el Congreso que los disidentes de las FARC, guerrilla con la que el gobierno colombiano firmó un acuerdo de paz el pasado 24 de noviembre, "están bajo toda la jurisdicción de las Fuerzas Militares y de Policía", según recoge un comunicado de su despacho.
Villegas aprovechó su participación en el debate hoy del Proyecto de Acto Legislativo para la Jurisdicción Especial para la Paz, en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, para recordar que los únicos facultados para perseguir tanto los disidentes de las FARC como a cualquier otro grupo criminal organizado es Estado y sus fuerzas constitucionales.
Por otra parte, el jefe de las fuerzas armadas y la policía colombiana aseguraron que el gobierno no permitirá que las disidencias se apropien del negocio del narcotráfico, ni mucho menos que sean los guerrilleros quienes persigan a sus disidentes en nombre del Estado.
"En el momento debido, habrá que caracterizar a las disidencias como grupos armados para aplicar, si es necesario, toda la fuerza de nuestras fuerzas armadas", concluyó el ministro.
El pasado 13 de diciembre, el Estado Mayor de las FARC separó a cinco de sus mandos por apartarse de los lineamientos político-militares trazados por esa organización, que en la actualidad se está desplazando hacía las zonas veredales (aldeas) transitorias de normalización (ZVTN), en las que se reunirán los guerrilleros como paso previo a su dejación de armas y desmovilización.
[Fuente: Télam, Bs As, 19ene17]
This document has been published on 20Jan17 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |