Información | ||
Derechos | Equipo Nizkor
|
21ene16
Providencia procediendo al archivo provisional de las actuaciones en el caso Carmelo Soria
JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCION Nē 005
MADRIDSUMARIO 12/2015-d
PROVIDENCIA DEL MAGISTRADO JUEZ
D. JOSE DE LA MATA AMAYAEn Madrid, a 21 de enero de 2016
Dada cuenta; El pasado día 3 de diciembre de 2015 se acordó incoar el presente sumario y conferir traslado a las partes personadas, así como al Ministerio fiscal, a fin de que instaran lo que su derecho convenga sobre propuesta de diligencias a practicar en su caso, en el marco de los hechos objeto de investigación.
Se reciben escrito del Ministerio Fiscal de fecha 09.12.2015; del Procurador Antonio Rafael Rodríguez Muñoz en nombre y representación de Laura González-Vera, viuda de Dē Carmelo Soria Espinosa como acusación particular y Fundación española Presidente Allende como acusación popular; por la Procuradora Ana Isabel Lobera Argüelles en nombre y representación de la Asociación Argentina Pro Derechos-Humanos de Madrid, Por el Procurador Jose Miguel Martinez-Fresneda Gambra en nombre de DĒ Graciela Palacios Lois y DĒ Isabel Cañedo Vega en nombre y representación de Izquierda Unidad, únanse en contestación a dicho traslado y en el sentido que obra en autos.
Verifiquese que estan vigentes y debidamente insertadas las Ordenes Internacionales de Detención libradas contra los procesados Guillermo Humberto Salinas Torres, Jaime Lepe Orellana, Pablo Belmar Labbe, Patricio Quilhot Palma, Juan Guillermo Manuel Contreras Sepúlveda, José Remigio Ríos SanMartin y Michael Vernon Townley Welch.
Dese cuenta en las distintas Piezas de Situación a fin de resolver lo que proceda sobre su rebeldía conforme a lo establecido en el artículo 834 de la L.E.Crim.
Visto el estado actual de las actuaciones, procédase a su archivo provisional hasta que los procesados sean hallados, y/o entregados (artículo 840 L.E.Crim).
Tómese nota en los libros registros correspondientes.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.-
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.-
This document has been published on 28Jan16 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes. |