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DERECHOS

28ago11


La legalidad de la demanda indígena sobre el TIPNIS


El territorio está íntimamente vinculado a la definición de pueblos indígenas, pues se constituye en un elemento para su caracterización.

El Convenio 169 de la OIT ha sido ratificado por Bolivia mediante las leyes 1257 y 3760 (Ley Marco de Autonomías), así como por la propia Constitución vigente en el país en sus artículos 2, 30, 239 al 296 y 303 al 304.

La protesta a través de la gran marcha que emprendieron los pueblos indígenas exige al gobierno el respeto a la Constitución Política del Estado y a las leyes que amparan en plenitud sus justas y legítimas demandas.

El diálogo directo con el presidente Morales debe ser atendido, así como fueron atendidas las demandas de los hermanos del Alto de La Paz. Los indígenas no deben ser discriminados, ni difamados con calumnias e injurias como lo viene haciendo el nefasto personaje de Juan Ramón Quintana, que entorpece el diálogo sincero que tiene que primar en el marco del respeto a los liderazgos naturales de la CIDOB.

El gobierno debe tomar muy en cuenta el fallo de la Sentencia Constitucional 2003/2010-R del 25 de octubre de 2010, expediente 2008-17547-36-RAC, distrito de Tarija. Dicho fallo en favor de la Asamblea del Pueblo Guaraní es vinculante a la demanda del Territorio Indígena del Parque Nacional Isiboro Sécure y sienta jurisprudencia constitucional, porque se demandan los mismos derechos.

Exhortamos al gobierno a dejar la soberbia, y a responder y "gobernar obedeciendo al pueblo".

Lo que debemos saber del TIPNIS

El Parque Nacional Isiboro Sécure fue creado el 22 de noviembre de 1.965 mediante decreto Ley Nš07401, como área de protección nacional con un potencial elevado de biodiversidad de especies endémicas en vías de extinción.

Es el único parque declarado Territorio Indígena, mediante DS Nš 22620 del 24 de septiembre de 1990. Está ubicado entre los departamentos de Beni y Cochabamba. Tiene una superficie de 1.200.000 hectáreas.

Por lo tanto, no es cualquier parque, ya que hace 46 años fue declarado parque nacional y 21 años como Territorio Indígena. La CPE y la Ley Marco de Autonomías establecen la vigencia de las autonomías indígenas y el derecho a la consulta previa sobre cualquier proyecto en un territorio como el TIPNIS.

Según estudios, hay allí más de 602 especies de plantas registradas y distribuidas en 85 familias y 251 géneros. Sin embargo, se estima que hay unas 2.500 a 3.00 especies vasculares sin semillas ni raíces, que representan el 15% de las especies de la flora en Bolivia. En fauna existen 858 especies de vertebrados, 108 de mamíferos, 470 de aves, 39 de reptiles, 53 de anfibios,188 de peces y 127 de insectos, entre otras que habitan el lugar.

La carretera que el gobierno de Evo Morales construye en forma inconsulta y abusiva fue y es rechazada, no sólo por los pueblos indígenas del lugar sino por la sociedad nacional e internacional debido a los efectos negativos para la humanidad, como la tala de más de 550.000 árboles a raíz de la deforestación de un área de 70 kilómetros de largo y 50 metros de ancho, más las 600.000 hectáreas que serían deforestadas en un plazo no mayor a 18 años.

Esto equivale al 64.5% de la cobertura forestal del TIPNIS. Por lo tanto, se perdería la capacidad de captación de recursos de los mercados mundiales que requieren del carbono que generan nuestros bosques y definitivamente se pone en riesgo la existencia misma de la cultura y formas tradicionales de subsistencia de los pueblos indígenas.

El gobierno, que dice respetar a la "Madre Tierra", no respeta la decisión de los dueños de los territorios. Lo que más temen los hermanos indígenas es que el TIPNIS se convierta en otro parque Carrasco, Choré o Amboró, que hoy se encuentran llenos de cocales y pozas de maceración de pichicata que destruyen la flora y fauna, contaminando nuestros ríos y haciendo estériles los suelos productivos.

[Fuente: Por Víctor Hugo Velasco Iporre, Ejutv, 28ago11]

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