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15mar13


Senadores presentan recurso de nulidad ante el TCP de los actos jurídicos del Gobernador Condori


El miércoles 13 de marzo en horas de la mañana, senadores de oposición hicieron efectivo un recurso de nulidad en contra del gobernador interino, Lino Condori, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), argumentando que todos los actos realizados por éste son nulos porque no existe una normativa que respalde su interinato.

El senador Luis Pedraza dijo que este recurso de nulidad que se presentó en el TCP ya fue anunciado con anterioridad, pero que ahora se lo hizo efectivo y que se trata de un recurso de nulidad en contra de todos los actos procedimentales legislativos (promulgación de leyes) y administrativos, que fueron realizados por Condori a partir de la emisión de la sentencia constitucional número 2055/2012, del 16 de octubre de 2012, por ser contrarios a los artículos 122, 133 y 203 de la Constitución Política del Estado.

El TCP deberá pronunciarse al respecto en un plazo de cuarenta días hábiles para señalar si se admite el recurso o lo rechaza, sin embargo, Pedraza aseguró que será admitido, puesto que el recurso de nulidad se fundamenta en la sentencia constitucional en la que se declara inconstitucional del artículo 144 al 147 y parte del artículo 128 de la Ley Marco de Autonomías, en la que indicaba la suspensión de autoridades con acusación formal y la existencia de una figura legal de una autoridad interina, lo que ya no existe.

El recurso fue presentado a las 10:00 del miércoles 13 de marzo en la ciudad de Sucre, ante el TCP, la misma está firmada por los senadores Luis Pedraza, María Elena Méndez y Jeanine Áñez Chávez.

En el petitorio del recurso de nulidad se señala que "por los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional en uso de la facultad 12va del artículo 202 de la CPE, en coordinación con el artículo 147 y 148 de la ley número 254-Codigo Procesal Constitucional, declarar fundado el presente recurso y consiguientemente determinar la nulidad de todos los actos realizados por el señor Lino Condori Aramayo, al estar ejerciendo inconstitucionalmente la Gobernación del departamento Autónomo de Tarija y estar obrando sin la debida competencia, disponiéndose de oficio la remisión de antecedentes al Ministerio Público en el marco de la normativa vigente".

[Fuente: El País, Tarija, 15mar13]

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