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05ago12
Anulación de obrados en Tribunal suspende rebeldía de Mario Cossío
Todo lo actuado y actos procesales por los Tribunales Primero y Segundo de Sentencia de la Capital dentro del juicio por el caso de adquisición de cemento asfáltico para el tramo carretero Puerta El Chaco - Canaletas, denominado Imbolsur, quedan sin efecto o están anulados, conforme dispone el Auto Supremo de enero de 2012, lo que significa que la declaratoria de rebeldía y contumaz emitida en contra del gobernador suspendido Mario Adel Cossío Cortez queda sin efecto, hasta que se realice la audiencia conclusiva.
Para el abogado defensor de oficio de Cossío, Alexander Kennedy, si se anularon obrados hasta la audiencia conclusiva, significa que la acusación todavía no tiene fuerza de Ley, es decir que todavía está sujeta a observación. "Si partimos de ese principio, la Asamblea en aquel momento que lo suspendió a Cossío, automáticamente queda nulo todo lo actuado, consiguientemente el doctor Mario Cossío sigue siendo gobernador, consiguientemente no existe mandamiento de aprehensión y no existe nada en contra de Cossío".
En el mes de enero de este año el Tribunal Supremo de Justicia ha emitido un Auto Supremo 021/2012, el cual resuelve un conflicto de dos leyes procesales que debían aplicarse a los procesos penales. Este auto supremo aclara el error al que han incurrido las máximas autoridades jurisdiccionales del departamento de Tarija, en que sostenían que la tipificación del Procedimiento Penal establecidos en la Ley 007, no debía aplicarse a los procesos penales anteriores a la vigencia de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
El Tribunal Supremo establece que las modificaciones a la Ley Anticorrupción, deben cumplirse dentro del proceso desde el momento que la norma fue promulgada y publicada. Una de las reformas que establece la Ley, es que deben realizarse las audiencias conclusivas. El fiscal anticorrupción, Gilbert Muñoz Ríos, aseguró enfáticamente que el caso no volvió a fojas cero, sino que para superar la confusión sobre lo manifestado por los tribunales departamentales de justicia, es que en Tarija y en el resto del país lo establecido por un auto supremo de mayor jerarquía, es que debe ser cumplida de forma obligatoria. "Este auto supremo ha dispuesto que todos aquellos procesos en los que no se hubiese hecho audiencia conclusiva, se hagan las mismas y este es el caso de Imbolsur, donde está acusado el gobernador suspendido de Tarija".
El Ministerio Público al tener conocimiento del auto supremo y verificar las resoluciones que ya estaban emitiendo el resto de los tribunales inferiores al Tribunal Supremo de Justicia, se solicitó, respetando los derechos y garantías de los procesados, al Tribunal Primero de Sentencia que remita el antecedente al juez instructor para que haga la audiencia conclusiva. "Lo único que va a ocurrir acá es un acto conclusivo que va a poner fin a la etapa preparatoria, para inmediatamente pasar al juicio, eso es lo que ha ocurrido la acusación se mantiene inalterable y ha resuelto ya el Tribunal Primero de Sentencia".
Sin embargo Kennedy, sostuvo que de acuerdo a la interpretación de la defensa y al haber vuelto la causa al vicio más antiguo, donde la sentencia no ha cobrado fuerza de Ley, Mario Cossío sigue siendo gobernador de Tarija, por lo que se preguntó, qué hará Lino Condori y los asambleístas del MAS. "Existe un vació legal y yo les llamo a que tomen cartas en el asunto, sino por consiguiente será el Ministerio Público que tendrá que tomar conciencia y determinar lo que corresponda, sino se asumirán acciones legales".
El Tribunal Primero de Sentencia de la Capital, bajó la causa Imbolsur al Juzgado Cautelar Tercero de Instrucción en Materia Penal, presidido por María Candelaria Peñarrieta, para que se desarrolle la audiencia conclusiva dentro de 15 días aproximadamente y luego recién se ingrese al juicio. No solo está involucrado el gobernador suspendido, sino también Alejandro Rodas Rojas, acusado por los delitos de incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y uso indebido de influencias, además de Félix Cardozo Sáenz por el delito de incumplimiento de contrato, ambos por el caso Imbolsur.
Antecedentes
Este caso hace referencia al incumplimiento de la empresa Imbolsur en la provisión de 2.990 toneladas de cemento asfáltico, destinado a la construcción de la carretera Puerta El Chaco Canaletas. Esta situación fue incumplida y además fue de conocimiento de Mario Cossío Cortez, quien demoró nueve meses para intervenir, tiempo en el cual expiró la boleta de garantía de esa empresa y causó un daño económico al Estado de Bs 1.339.000.
Mario Cossío, que ocupó el cargo de prefecto en su momento y luego Gobernador, acusado formalmente por el fiscal Gilbert Muñoz en el caso denominado Imbolsur, el cual fue denunciado el 30 de octubre de 2009 por el ex diputado Fernando Barrientos, quien después pasaría a ser su funcionario, derivó en su suspensión en la Asamblea Departamental, el pasado 16 de diciembre del 2010.
Luego de esto ocurrieron una serie de movilizaciones que no tuvieron efecto, por lo que Mario Cossío escapó misteriosamente de su domicilio hasta el Paraguay, donde actualmente recibe asilo político.
[Fuente: Nuevo Sur, Tarija, 05ago12]
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