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10sep16


Prosol: declaran improcedente la demanda de acción de cumplimiento interpuesta por Guerrero


Los Vocales de Sala Penal constituidos en Tribunal de Garantías, declararon improcedente la demanda ratificando que las decisiones asumidas desde la Gobernación estuvieron enmarcadas en la Constitución y la Ley.

El pasado jueves se llevó adelante una audiencia de "Acción de Cumplimiento" interpuesta por Marcela Guerrero Vilca, dirigente campesina de Cercado, en contra del Gobernador y Secretarios de su Gabinete, en dicha audiencia se debatió durante 3 horas acerca del Decreto Departamental 012/2016, promulgado por la Gobernación, el Reglamento del Programa Solidario Comunal (Prosol), la consulta a los beneficiarios, así como cuestiones relativas al monto y a las movilizaciones entre otros puntos.

El secretario de Justicia, Yamil García explicó que la resolución judicial será puesta en conocimiento de todas las instancias, considerando que a la fecha se viene tramitando en la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), precisamente, una Ley relativa al Reglamento del Prosol, por lo que es importante advertir al ente legislativo de este fallo, ya que toda vez que su incumplimiento se encuentra tipificado como delito según lo establecido en el Código Penal.

Asimismo, García señaló que se analizarán las consecuencias adicionales puesto que, Marcela Guerrero, al aperturar la jurisdicción constitucional, podría provocar que la situación quede indefinida hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie con relación al caso concreto. "Lamentamos que en vez de aceptar nuestras invitaciones al diálogo y al debate sobre la nueva reglamentación, hayan enviado al Prosol a la Fiscalía, y ahora al Tribunal Constitucional, y lo único que han logrado es dilatar el beneficio a favor de las mismas comunidades a las que representan" aseveró.

En ese sentido García recalcó que la Asamblea antes de considerar la promulgación de esa Ley debe considerar este fallo constitucional, ya que la desobediencia a resoluciones emitidas en acciones de defensa es un delito, cuyo mínimo penal es de dos años, es decir está dentro de la categoría de delitos considerados con mucha relevancia ya que el Tribunal de Garantías es la máxima instancia a nivel judicial en cuanto a la controversia de derechos constitucionales, por lo que el Secretario señaló que se hará conocer por escrito y expresamente esta circunstancia a la Asamblea, ya que como Gobernación no se quiere que el órgano legislativo cometa delito y se quiere que se respete el orden jurídico que fue verificado por la instancia constitucional.

[Fuente: El Chaco informa, Tarija, 10sep16]

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