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30jul16
Uso "discrecional" de la detención preventiva en Bolivia presume la culpa y viola derechos, señalan juristas
El uso discrecional de la detención preventiva de parte de los jueces del país vulnera los derechos fundamentales de los ciudadanos y pone en riesgo a la sociedad, ya que pese a que existen criterios para aplicarla, de forma excepcional, las autoridades judiciales la utilizan de manera "arbitraria" por la facultades que se les concedió en las modificaciones a las garantías de las medidas cautelares, que hacen que ahora, en la práctica, la carga de la prueba deba ser demostrada por el acusado y no por la fiscalía, y constituya una prisión anticipada, señalaron expertos y analistas en derecho.
El jurista Rime Choquehuanca sostuvo que los jueces y vocales acumularon mucho poder con las leyes modificatorias a las medidas cautelares que surgieron del Legislativo, entidad que reacciona "sin razonar con prudencia" cuando ocurren hechos violentos, y otorga mayores atribuciones a jueces y fiscales sin un debido control.
"A veces los jueces dan libertad a gente que está muy comprometida con delitos o a veces dan detención preventiva a gente que no ha cometido ninguna falta, entonces hay un manejo muy discrecional de la medida cautelar y eso afecta a un Estado democrático de derecho y a va más a un estado totalitario", manifestó el abogado penalista.
En ese sentido indicó que cualquier ciudadano o su familia que pueda resultar implicada en un tema de justicia, "corre el riesgo de ser víctima del actuar discrecional de los jueces y fiscales y ser enviados a la cárcel como actualmente ocurre".
De acuerdo a un análisis realizado por la Fundación Construir, de 2013 a 2014 se realizaron al menos 15 reformas penales "que han ido modificando el espíritu garantista" del régimen de las medidas cautelares para favorecer a la detención preventiva.
"Se han ampliado los criterios para que los jueces y fiscales soliciten detención preventiva y esto vulnera la excepcionalidad de la medida e impacta en la situación carcelaria", señaló Susana Saavedra, directora ejecutiva de Construir.
Sostuvo que la detención preventiva vulnera la presunción de inocencia porque no se constituye en una medida excepcional y "al enviar a la persona a la cárcel además se vulneran otros derechos".
"La situación en la cárcel vulnera derechos humanos como el de la alimentación, el derecho a una vida digna, no es un secreto que tenemos cárceles que no tienen las condiciones mínimas para dar a las personas una vida digna, salud, atención médica, sicológica", indicó.
Para el abogado penalista David Mogrovejo, las audiencias de medidas cautelares, en la práctica, pasaron la carga de la prueba al imputado cuando quien debería demostrar la acusación es la Fiscalía, que actúa en franca contravención de los principios doctrinarios.
"Hay una inversión del principio de la carga de la prueba que no tiene que ser permitido, quien afirma algo tiene que demostrarlo, y si la Fiscalía afirma que concurren riesgos procesales de peligro de fuga o de obstaculización en la averiguación de la verdad, tiene que demostrar eso, pero en la realidad las cosas se dan al revés", apuntó.
La responsable jurídica de la Pastoral Penitenciaria, María del Carmen Michel, señaló que "toda la sociedad se ve amenazada" ante la actual aplicación abusiva de la detención preventiva porque "nadie va a poder demostrar su inocencia en libertad" ante la decisión de los jueces de encarcelar a las personas.
En tanto Saavedra remarcó que la leyes nacionales y los instrumentos internacionales señalan que la detención preventiva debe ser una medida "excepcional" porque "la libertad es uno de los derechos humanos más importantes" después de la vida, sin embargo "tenemos los índices más críticos de todo el continente".
Según los datos de la Dirección de Régimen Penitenciario a 2014 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en las cárceles del país el 82% de los internos son presos sin condena. Se trata de 11.642 personas, que en muchos casos llevan más de cinco años sin sentencia, situación que constituye "prisión anticipada".
El índice ubica a Bolivia como el país con la tasa más alta de presos sin condena en la región y el tercero con el más elevado hacinamiento carcelario que bordea el 300%.
"El hecho de vivir en unos dos metros cuadrados en la prisión es una violación a los derechos, y esto conlleva a la falta de alimentación y de servicios básicos. No hay buenas condiciones de salud y mucho menos de rehabilitación, en ese sentido las cárceles del país solo constituyen depósitos humanos", complementó Michel.
La situación de un imputado se agrava drásticamente cuando es derivado a la cárcel porque "debe afrontar y someterse a las condiciones infrahumanas de los recintos penitenciarios".
Además que tampoco se está cumpliendo el fin reparador y rehabilitador que debe tener la pena. "No se los está reinsertando y frente a ello tampoco ha habido una política criminal que aborde integralmente el problema del delito que tiene múltiples problemas", apuntó Michel.
[Fuente: ANF, La Paz, 30jul16]
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