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21sep08
Recusan al juez cautelar y frenan el traslado de Fernández a Sucre
La orden de la Corte Suprema de Justicia —de trasladar al ex prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, a Sucre, y de que su caso pase a la Fiscalía General para que ésta lo procese— quedó paralizada ayer porque la abogada de tres víctimas de los hechos de sangre en Pando, Mary Carrasco, recusó (apartó) al juez cautelar Williams Dávila, quien ordenó la detención de Fernández.
“Se me recusó; el caso va a pasar al Juzgado 6º de Instrucción en lo Penal, es decir, me aparté del caso”, afirmó Dávila luego de firmar la resolución de recusación ayer a las 9.30.
Por lo tanto, dijo Carrasco, “ese pedido (el de la Suprema) queda en la espera hasta que un juez defina si se lo llevan a Sucre”. Agregó que se apartó a Dávila del caso porque adelantó criterios y había sostenido que no le quedaba más que cumplir con lo que ordenó la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema, como si ésta fuera un tribunal superior. “Esa instancia judicial tiene la misma jerarquía que su autoridad (Dávila)”, remarcó Carrasco.
El caso pasó a manos del juez Álvaro Melgarejo, quien determinará si Fernández va o no a Sucre.
Sin embargo, según fuentes judiciales, Melgarejo puede excusarse del caso, por lo que pasaría a otro juez. Este mecanismo podría rotar por todos los jueces penales y llegar hasta magistrados civiles en un tiempo indeterminado, por lo que el ex prefecto permanecería en La Paz. Las fuentes deslizaron que la estrategia es usar “chicanerías”.
Karlo Brito, abogado de Fernández, sostuvo que la recusación es ilegal y que el juez debería firmar el pedido de la Suprema. Jaime Ampuero, uno de sus ministros, dijo que las determinaciones de la Corte deben ejecutarse.
Carrasco aseguró que ningún juez puede cumplir con el traslado de Fernández a Sucre porque no se puede llevar los actuados ante el fiscal general, Mario Uribe, ya que es “incompetente” y, por otro lado, “no se aclaró a qué lugar específico de Sucre lo llevarán”. Agregó que la Suprema busca aventajar al imputado y darle libertad. “Nosotros queremos que (Fernández) esté sano y vivo para su juzgamiento y la posterior sentencia”.
El jueves, el ex prefecto de Pando fue recluido en el penal de San Pedro de La Paz porque Dávila determinó que existe la posibilidad de que cometió delito común de terrorismo y de que obstaculice la investigación.
En los hechos de violencia de Pando murieron 13 personas
La Corte Suprema pidió el viernes que Dávila se inhiba del conocimiento de la causa por falta de competencia. Ampuero explicó que la resolución emitida dentro de un proceso de juicio de responsabilidades “tiene que cumplirse con lo que establece la Sala Penal Segunda”.
El presidente Evo Morales solicitó ayer, durante la posesión del Prefecto interino de Pando, que el Fiscal General y esa institución judicial “escuchen lo que pide el pueblo boliviano y los familiares de las víctimas”.
“Nosotros queremos que (Leopoldo Fernández) esté sano y vivo para su juzgamiento y la posterior sentencia”.
Mary Carrasco, abogada de las víctimas.Tecnicismos jurídicos
Recusación: Es la separación del juzgador de un caso específico, con el objetivo de encontrar un juez más idóneo para dirimir el conflicto. La solicitan las partes del proceso.
Excusar: Ocurre cuando un juez se separa definitivamente del conocimiento de la causa. Cuando la petición se declara legal, el juez pierde toda participación en el proceso.
Obrados o actuados: Son todos los documentos y memoriales que forman el expediente de un determinado proceso. Son las peticiones que elevan las partes ante un juez.
Competencia: Es la facultad que le otorga el Estado a un determinado juez o tribunal para conocer y resolver una causa específica. Cuando procede una excusa o recusación, el juez es declarado incompetente.
Chicanería: Son los actuados que realiza una de las partes del proceso con el objetivo de dilatar el mismo. Muchas de estas peticiones se manejan en el campo de la propia legalidad.
[Fuente: La Razón, La Paz, 21sep08]
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