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17oct11


En la elección del poder judicial los votos nulos suman el 44,8% y los válidos, el 39,6%


La abogada paceña está prácticamente electa para el cargo y será la segunda mujer de origen indígena en el Órgano Judicial. En su departamento natal obtuvo el 45% de los votos. "Gracias por el apoyo recibido, esta elección ha fortalecido a la democracia", señaló ayer en contacto telefónico con ATB.

Otra mujer de pollera, Amalia Morales, fue designada, de forma interina, por el presidente Evo Morales como miembro del entonces Consejo de la Judicatura en febrero del 2010. Los otros cuatro consejeros probables son Wilma Mamani (9,1%), Freddy Sanabria (8,1%), Róger Treviño (7,8%) y Wilber Choque (6,9%).

De acuerdo con el conteo de Ipsos, los cinco consejeros suplentes son: Ernesto Araníbar (6,6%), Magdalena Alanoca (6,3%), Roxana Orellana (5,6%), Ximena Echenique (4,6%) y Emilio Patiño (4,4%). El conteo se realizó sobre el 88,7% de los votos, con un margen de error del 6,5%, informó la empresa encuestadora.

De los 10 postulantes con mayor votación, tres son de La Paz, dos de Potosí, uno de Cochabamba, otro de Chuquisaca y uno de Oruro. En el caso de Orellana, nació en Cochabamba, pero representa a Santa Cruz. En tanto que Patiño nació en Potosí y postuló por Santa Cruz.

En cuanto al promedio de votos, los válidos llegan al 39,6%, los blancos, 15,6% y los nulos, 44,8%. El ausentismo alcanzó el 20,7%. Para este órgano administrativo y disciplinario se habilitó a 14 postulantes en total, por lo que cuatro no obtuvieron los votos necesarios para ser electos como consejeros.

Un órgano disciplinario y regentador de recursos

El Consejo de la Magistratura, antes Consejo de la Judicatura, tiene como función la administración de los recursos financieros y ejercer el control disciplinario en el Órgano Judicial. Se encuentra establecido en la nueva Constitución Política del Estado y su organización y funcionamiento están enmarcados en la Ley del Órgano Judicial.

Una de las principales atribuciones del Consejo de la Magistratura es la de promover la revocatoria de mandato de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por ley.

Además, debe ejercer control disciplinario de los vocales, jueces, y personal auxiliar y administrativo del Órgano Judicial.

Tendrá que vigilar la administración económica, financiera de todos los bienes del Órgano Judicial; y evaluar el desempeño de funciones de quienes administran la justicia. Otra de sus facultades es la de designar, mediante concurso de méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción.

Para su funcionamiento el Consejo está compuesto por cinco miembros titulares denominados consejeros, quienes trabajan de forma colegiada. Desempeñarán sus cargos por un periodo de seis años. Además, serán elegidos cinco consejeros suplentes.

Todas sus competencias abarcan el territorio nacional y ejerce sus atribuciones con independencia funcional. Elabora y ejecuta el presupuesto anual del Órgano Judicial.

[Fuente: La Razón, La Paz, 17oct11]

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