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21may21


Caso TCP: juristas observan la posible comisión de 7 delitos


Luego de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) negara la existencia de una sentencia sobre juicios en rebeldía, y después de conocerse que hace casi un año el Colegio Nacional de Abogados de Bolivia advirtió de una serie de anomalías en el trabajo de esa institución, expertos en derecho constitucional observan la posible comisión de siete delitos.

“Los miembros del TCP estarían presumiblemente incurriendo en: incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, negativa o retardo de justicia, prevaricato, uso indebido de influencias, falsedad ideológica, asociación delictuosa, en concurso”, señaló el investigador en asuntos jurídicos Franz Rafael Barrios.

En una misiva recibida por el TCP el 4 de agosto de 2020, el Colegio Nacional de Abogados señaló que existían dificultades para el acceso a los expedientes, imposibilidad de obtener copias y/o certificaciones oportunas de los mismos, que la página web del TCP que no brinda información completa y oportuna, vulneración del derecho a la defensa y acceso a la justicia mediante omisión de notificación oportuna con sus resoluciones, fechas de resoluciones que no corresponden a la realidad, vulneración del plazo razonable, entre otros.

Asimismo, el especialista enfatizó que de la negación de la sentencia 0012/ 2021, que -según circuló- declara inconstitucional los juicios en rebeldía, hace presumir que “existiría una aparente colusión-injerencista entre magistrados del TCP y el Ejecutivo”.

“El ministro (Iván) Lima deberá informar si sostiene comunicación personal con el actual presidente del TCP u otros funcionarios de tal entidad. Lo propio los magistrados del TCP respecto al Ejecutivo u otras entidades oficialistas”, apuntó.

En opinión del constitucionalista Williams Bascopé, principalmente se observa que los miembros del TCP estarían incurriendo en los delitos de “incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes”, pero que habrá que analizar si también se puede incluir el tema de prevaricato y otros delitos.

“Lamentablemente, el Tribunal Constitucional, con sus integrantes actuales, no está cumpliendo la labor que le ha encomendado la Constitución, que son tres tareas: la primera es vigilar, garantizar y hacer respetar la supremacía de la Constitución; la segunda es garantizar y vigilar la división de poderes, que un poder no abuse al otro o asuma poderes que no le competen; la tercera es tutelar los derechos y garantías de los ciudadanos cuando ellos sufren algún atropello”, enfatizó.

El jurista lamentó que el TCP se escude en la pandemia, y que ni siquiera resuelva “cuestiones administrativas sencillas”, para evitar que se genere una inseguridad jurídica y una suerte de indefensión de los ciudadanos.

Por su parte, el constitucionalista Paul Coca observó que las acciones irregulares que se denuncian en torno al TCP hacen presumir que los tribunos estarían incurriendo principalmente en los delitos de “prevaricato, resolución contrarias a la Constitución y a las leyes, incumplimiento de deberes y retardación de justicia”.

El jurista explica que según el numeral 6 del artículo 160 de la Constitución Política del Estado, la instancia encargada de juzgar a los miembros del TCP es el Senado, y que esto procede solo si la Cámara de Diputados hace la acusación contra ellos, de acuerdo al numeral 11 del artículo 59 de la Carta Magna. No obstante, ve poco probable que eso suceda.

“El Órgano que tiene que juzgar a los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, por mandato de la Constitución, es la Cámara de Senadores, y en los últimos tiempos, salvo que yo me equivoque, sólo se ha procesado al exmagistrado Gualberto Cusi. Dudo que el actual Senado, donde la mayoría es del MAS, decida o quiera procesar a un Tribunal que, hay que ser realista, le es funcional políticamente al MAS”, subrayó.

[Fuente: Por Erika Segales, Página Siete, La Paz, 21may21]

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