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29jul11
Ex defensor del Pueblo: “Consulta a los pueblos indígenas y originarios debe ser vinculante”
Waldo Albarracín, ex Defensor del Pueblo y ex presidente de la Asamblea de Derechos Humanos, que participó de la Cumbre sobre derecho a la consulta del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyo, señaló con precisión que “la Constitución Política del país, garantiza y constitucionaliza la consulta previa y con carácter vinculante a los pueblos indígenas y originarios que se sientan afectados por cualquier proyecto, obra, actividad, iniciativa legislativa o administrativa que los afecte”.
Además de la Constitución están los tratados internacionales, como el Convenio 169 de la OIT, que tiene rango de Ley en el país desde 1991, “Bolivia es signatario de este acuerdo y por tanto, debería aplicarse sin ningún tipo de problemas, además vale aclarar que el tratado 169, también hace mención que los pueblos indígenas sean respetados y consultados de cómo quieren vivir”, dijo Albarracín.
Durante su participación en la cumbre, Albarracín, remarcó en varias oportunidades que la finalidad de la Consulta es lograr un acuerdo entre los pueblos indígenas y el Estado, donde los compromisos alcanzados son de cumplimiento obligatorio.
“No se puede hacer consulta solo para informar, la razón de un proceso de consulta es alcanzar un acuerdo cuyos compromisos son vinculantes, es decir, que se deben cumplir, actualmente el articulo 39 de la ley de Régimen Electoral viola este principio pues asegura que los acuerdos fruto de la consulta no son vinculantes, entonces la preguntan es ¿para que se consulta?”
Estos sustentos legales, que tienen plena vigencia en el Estado Plurinacional, según los miembros del CONAMAQ, son los que sostienen su propuesta de Ley Marco de Consulta Previa.
[Fuente: AINI, La Paz, 29jul11]
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