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10oct16


Vocal del TSE asegura que la consulta previa no es vinculante


Es de "preocupación permanente" de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral las limitaciones legales respecto a que los resultados de una consulta previa libre e informada no son considerados vinculantes, afirmó la vocal Dunia Sandoval.

"Sobre la consulta previa, es una preocupación permanente de la Sala Plena, por ahora estamos sujetos a las limitaciones legales que existen y que consideran que la consulta no es vinculante", declaró la vocal.

La consulta se formuló a propósito del rol que cumple el Tribunal Supremo Electoral en los procesos de consulta previa a pueblos indígenas cuando pueden verse afectados por decisiones administrativas, como ordena el Convenio 169 de las NNUU, de la que Bolivia es signataria.

El artículo 6 de esa Convención señala que los indígenas deben dar su "consentimiento" antes de que se realicen las obras. Señala el artículo: "Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas".

Además, la Constitución establece que los pueblos indígenas tienen derecho a la consulta previa libre e informada cuando existan medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan.

[Fuente: Anf, La Paz, 10oct16]

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