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10nov14


Ante la noticia de acuerdo ilegal impuesto por YPFB y Repsol


Ante la información publicada por el Diario El País de Tarija en el día de la fecha la APG IG informa:

1) La directiva que aparece en dicha información no tiene la representación por usos y costumbres y de ser cierta dicha información estaríamos frente a una clara violación de nuestros usos y costumbre y del derecho indígena previsto en la jurisdicción indígena originaria, la falta de representatividad del señor Hugo Arebayo esta certificado por todas las organizaciones guaranís del Departamento de Tarija con .

    "Expresamos nuestro manifiesto rechazo a la actuación del Subgobernador de O'Connor, Walter Ferrufino y de la creación de una "dirección alternativa" a las autoridades legítimas y legales de la APG IG y por tanto desde la autoridad indígena originaria de la que estamos investidos rechazamos por contrarios a nuestros usos y costumbres al grupo dirigido por Hugo Arevayo, quien además es funcional al mencionado subgobernador, llamando a todas las organizaciones guaranís a desconocer a los mismos, respaldando todas las medidas tomadas por la APG IG en aplicación de la jurisdicción indígena originaria en defensa de los intereses del pueblo guaraní de la TCO Itika Guasu."

El 27 de junio de 2014 todas las organizaciones indígenas de Bolivia en uno acto poco común resolvieron

    "Por tanto, desde la autoridad indígena originaria de la que estamos investidos, tanto como organizaciones matrices departamentales el CCGT Tarija, nacionales como la APG Nacional con sede en Camiri, la CIDOB, CNAMIB e internacionales como la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica COICA con sede en Ecuador, el Consejo Continental de la Nación Guaraní con sede en Paraguay, le comunicamos que la única Autoridad legítima y legal de la APG IG, que cumple con los requisitos orgánicos y de usos y procedimientos propios, es el Directorio compuesto por:

    Never Barrientos, Presidente
    Florentino Zeballos Orquera, Vicepresidente
    Zacarias Cuellar Oanda, Resp. Departamento Finanzas
    Benildo Vaca, Responsable Departamento de Proyectos
    Angela Tagüe Manuel, Responsable del Área Salud
    Gregorio Barrientos Camacho, Responsable del Área de Educación
    Fernando Cuellar Oanda, Responsable del Área de Producción.

    Cualquier otra persona y/o institución que pretenda reconocer y/o validar a otras personas como reemplazantes de las arriba mencionadas, está sufriendo un fraude en su buena fe, ya que se trata de una mera usurpación que intenta la destrucción de la APG IG y por tanto delito penal según nuestra legislación además de ser una grave violación de la jurisdicción indígena originaria, el derecho indígena y el Art. 122 de la CPE que dice "Son nulos los actos de las personas que usurparen funciones que no les competen así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emanen de la ley".

2) El señor Justino Zambrana fue repudiado por todas las organizaciones guaranís del Departamento de Tarija el 11 de julio de 2014 y por tanto no ostenta representación alguna según usos y costumbres. Y el 3 de junio todas las organizaciones guaranís del Departamento de Tarija o sea APG Villamontes, APG Yacuiba, APG Carapari y APG Bermejo resolvieron lo siguiente:

    2) Considerar que el mandato otorgado por las organizaciones guaranís del Departamento de Tarija ha sido violado, despreciado y desacatado y, por tanto, el señor Justino Zambrana pierde su condición de representante legítimo y debe renunciar a su acta de asambleísta departamental.

    3) Que las violaciones graves del señor Jutino Zambrana deben tener una sanción ejemplar en todo el territorio de la jurisdicción indígena originaria que representamos, de manera de que no se vuelvan a repetir hechos que son vergonzosos y vergonzante, por lo que se lo condena a la inhabilitación para cualquier cargo electo en representación del pueblo guaraní en forma permanente.

    4) Que de acuerdo a los usos y costumbres no podrá ser elegido para puesto alguno en las organizaciones guaranís, y especialmente en la jurisdicción indígena originaria de la TCO Itika Guasu, siendo inhabilitado en forma permanente.

    5) Recomendamos a todas las organizaciones guaranís tomar las medidas necesarias para que el mencionado señor Justino Zambrana Cachari no continúe con sus actividades en representación de nuestro pueblo y se impida su actuación.

3) El acuerdo con Repsol Bolivia SA de fecha 29 de diciembre de 2010 fue firmado por los Mburuvichas comunales de las 36 comunidades que componen la APG IG y que son las únicas, según usos y costumbres, el texto de los propios acuerdo y los Estatutos vigentes que en Asamblea General de Mburuvichas pueden modificar dicho acuerdo.

4) Por lo tanto el presunto acuerdo firmado por el señor Zambrana y/o Hugo Arebayo es nulo de pura nulidad.

5) Que funcionario del YPFB y/o de Repsol Bolivia SA hayan participado en este acuerdo no hace más que aumentar las las causas de nulidad, dado que dichas empresas no pueden modificar, ni ignorar las resoluciones de la jurisdicción indígena originaria previstas en la Constitución y en la Ley de Deslinde Jurisdicional y por entre sus atribuciones legales no está el actuar en esta jurisdicción y menos definir quienes son autoridades según usos y costumbres.

6) Todos estos extremos fueron analizados en la Asamblea General de Mburuvichas realizada el pasado 26 de septiembre de 2014 y donde estuvieron representadas más del 80 por ciento de los Mburuvichas comunales donde se ratificaron todos los acuerdos tomados por la organización desde 2010.

En Guaye (Entre Ríos) a 10 de noviembre de 2014
Departamento jurídico de la APG IG


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