Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones Online
Derechos | Equipo Nizkor       

05ene14

English | Français


Arandia Prada falta a la verdad con relación al censo agrario en la TCO Itika Guasu


Una vez más la prensa de Tarija, en este caso "Nuevo Sur", distribuye información falsa y racialmente motivada o dicho de otra forma información con finalidad racista.

Arandia Prada
Walter Ferrufino

Si las declaraciones del funcionario público Franz Arandía Prada, son ciertas, dicho funcionario miente y falsea deliberadamente la información sobre el censo agrario en la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu.

La mención correcta sería que el INE no fue autorizado a entrar en la Tierra Comunitaria de Origen que es propiedad de las 36 comunidades guaranís nucleadas en la APG IG por decisión de esta organización indígena y no "los guaraníes de O'Connor" que no es más que una artimaña lingüística racista para ocultar la realidad y el problema.

El funcionario público Arandía Prada conoce perfectamente las causas de que la APG IG impidiera la entrada de los encuestadores del INE porque existe un informe detallado y muy fundamentado al interior del INE sobre la cuestión jurídica de fondo que llevo a la organización indígena a tomar esta medida y donde no figura ni una sóla de sus afirmaciones públicas.

La causa no es otra que el desconocimiento por parte del INE de la propiedad indígena prevista en la CPE con la falsedad de datos que implicaría el censo agrario al no reconocer la TCO IG, este hecho fue ampliamente expuesto a la comisión técnica del INE que mantuvo una reunión con el Departamento de Proyectos y el Departamento Jurídico de la APG IG el día 15 de noviembre en la Sede social de la APG IG en Guaye (Entre Ríos)

El funcionario público es mendaz cuando afirma que "No han sido censado los guaranís por problemas internos entre ellos..." y también cuando afirma "enfrentaban un juicio penal con algunas autoridades de O'Connor y simplemente mezcla churras con merinas con la finalidad racista de ocultar la verdad de los hechos.

Es mendaz cuando afirma que la causa fueron los problemas internos entre guaranís lo cual es falso de pura falsedad. La APG IG acepta y reconoce el Censo Agrario y se ofreció a ceder los datos correspondientes a la producción, inversión y otros datos necesarios pero siempre que se mantuviera la TCO IG como una sóla propiedad o sea como una sola unidad de produccción.

La falta de buena fe se comprueba aún más cuando afirma que "enfrentaban un juicio penal con algunas autoridades de O'Connor" de lo que puede entender que los "guaranís de O'Connor" han sido denunciados por alguna "autoridad". Tanto el Nuevo Sur como el funcionario público mencionado saben o deberían saber que en O'Connor sólo existe una autoridad y esta es la del Seccional Local, el protervo Walter Ferrufino.

Lo que pasa en realidad es que la APG IG denunció oportunamente al protervo Walter Ferrufino y éste se encuentra imputado por la justicia desde el 02 de abril de 2013 bajo la calificación provisional de Incumplimiento de Deberes, ilícito previsto y sancionado por el Art. 154 del C.P., en base a los siguientes fundamentos: omisión a la consulta previa mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios de acuerdo al Convenio 169 de la OIT Art. 6 numeral I inciso a), ratificado por Ley 1257 de 11-07-1991; Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Arts. 18, 19 y 32 numeral 2, elevado a rango de ley según Ley 3760 y 3897, desestimando el derecho de los pueblos indígenas de decidir sus prioridades en el proceso de desarrollo social relativo a las tierras que ocupan y su participación en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas que les afectan directamente según Convenio 169 de la OIT, Artículo 7 numeral I, ratificado por Ley 1257 de 11-07-1991, los cuales se encuentran respaldados por el Art. 256 de la C.P.E., la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Art 32 numeral 1, elevado a rango de ley según Ley 3760 y 3897.

Este hecho es el que el funcionario público Arandia Prada oculta deliberadamente con la finalidad de "proteger" el comportamiento del Protervo Walter Ferrufino que, en el momento del censo, había impuesto su nombramiento en la Municipalidad de Entre Ríos de manera artera y claramente ilegal para "dirigir" el Censo Agrario, hecho que le consta a dicho funcionario.

El INE, de hecho, se negó a reconocer la propiedad indígena de la TCO IG para proteger los intereses de los ganaderos sin tierras al estilo del protervo Walter Ferrufino cosa que no hizo está institución en Santa Cruz de la Sierra donde reconoció a los propietarios cuya tierras había sido avasalladas. Esta es la única condición que la APG IG pusó al INE además de notificarles de la existencia de la Sentencia Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010 que, por otra parte fue ratificada por el Tribunal de Sentencia de Entre Ríos el 02 de diciembre de 2013 y donde dice expresamente "Que, siendo las Sentencias Constitucionales de carácter vinculante y obligatorio, y en consideración a que se deben adoptar medidas que sean necesarias para su cumplimiento, bajo lo normado por el art. 17 de la Ley 254...", disponiendo el exhorto para su cumplimiento.

Este hecho sustantivo y vinculante es el que oculta el funcionario público Arandia Prada en sus declaraciones, conducta mendaz pero concordante con el comportamiento de la Gobernación de Tarija y la Subgobernación de Entre Ríos quienes actúan incumpliendo deliberada y sistemáticamente la mencionada Sentencia Constitucional y el derecho indígena.

"Nuevo Sur" falta a las mínimas normas de ética periodística en concordancia con el comportamiento racista que suele asumir en asuntos que afectan a la "población guaraní de la provincia de O'Connor" es decir información en contra de la APG IG, del derecho indígena y racialmente motivada.

Para general conocimiento reproducimos más abajo el texto periodístico publicado por "Nuevo Sur"

Por Irandey Tupapire, corresponsal de Radio Nizkor en Guaye, 05ene14


Guaranís se excluyeron de Censo agropecuario

Los indígenas guaranís de la provincia O'Connor de este Departamento no fueron parte del Censo Agropecuario 2013 impulsado por el gobierno nacional, por problemas internos no permitieron el ingreso de los encuestadores.

"No han sido censados los guaranís por problemas internos entre ellos, no nos han dejado entrar, pero sí todos los demás sectores productivos fueron censados", confirmó el Director del INE en Tarija, Franz Arandia Prada.

Los guaranís enfrentaban un juicio penal con algunas autoridades de O'Connor, esperaban que el juicio se aclare, sin embargo, pese a las explicaciones del INE, de que nada tenían que ver con el asunto, no fueron escuchados.

El pueblo guaraní, de acuerdo a las estimaciones del INE, representa el 2 a 3 por ciento del total de la población del Departamento, acotó Arandia al calificar de importante el Censo agropecuario, que tuvo el apoyo masivo de la población.

Los datos del Censo agropecuario fueron enviados a La Paz donde se centraliza toda la información para que a mediados de este año se tenga toda la información debidamente sistematizada para su difusión a todo el país.

Respecto la economía departamental, en criterio muy personal de Arandia, que es economista, se vio una sobre oferta de productos, hubo muchas ferias, en consecuencia más vendedores lo que bajó aparentemente las ventas.

En años pasados solamente había tres ferias, en la actualidad se diversificó la oferta, hubo más vendedores, en el campesino la feria eran dos cuadras, este año se vio como 15 cuadras, no se podía transitar por la zona, comentó.

[Fuente: Nuevo Sur, Tarija, visitada por última vez el 04ene14]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 07Jan14 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.