EQUIPO NIZKOR |
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11may06
Querella presentada en el caso del asesinato del niño Mauro Morán.
QUERELLANTE PARTICULAR
EN AUTOS N° P-Sr. Fiscal de Instrucción
Unidad Fiscal de Delitos Especiales:Diego Jorge LAVADO, DNI. nº 14.175.749, argentino, casado, mayor de edad, abogado ; Pablo Gabriel SALINAS, DNI. nº 22.445.454, argentino, casado, mayor de edad, abogado; Alfredo Ramón GUEVARA ESCAYOLA, DNI. nº 17.153.580, argentino, casado, mayor de edad, abogado, y Dante Marcelo VEGA, DNI. nº 17.098.025, argentino, divorciado, mayor de edad, abogado, constituyendo domicilio legal en calle 25b de mayo 750, 3 piso, Of. "E" de la Ciudad de Mendoza, se presentan en autos n° P- , caratulados "F. p/Av. Muerte de Mauro Morán" y a V.S. dicen:
I.- OBJETO: En nuestro carácter de ciudadanos de Mendoza comparecemos a instar nuestra participación como Querellantes Particulares en los presentes obrados, acorde a lo facultado por los arts. 10, 103 y ss. de la Ley 6.730.
Nuestra legitimación procesal se encuentra prevista en las normas antes citadas ya que resultarían imputados funcionarios públicos pertenecientes a la Policía de Mendoza, según lo dispone el segundo párrafo del art. 10 del C.P.P. (ley 6.730), cuando dice "el mismo derecho tendrá cualquier persona (...) cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios públicos que hayan abusado de su cargo ..."
La presente constitución la hacemos con el objeto de que se disponga la intervención que por ley corresponde a efectos de poder acreditar la existencia del hecho delictivo, la responsabilidad penal y eventualmente la imposición de la pena que pudiera corresponder a quienes se encuentran o resulten imputados.
II- HECHOS: Según lo ha informado la crónica periodística el día 5 de mayo pasado Mauro MORAN, un niño de 14 años, murió de un disparo en el pecho luego de una violenta y desmedida represión policial, contra un grupo de personas que juntaba carbón de coque a la vera de las vías, sustraído de un tren de carga.
En el mismo hecho, un bebé de un año y medio y otro adolescente de 13 años Ángel SOSA, recibieron disparos de arma de fuego partieron de las Itakas de los efectivos que procuraban disuadir a varias decenas de personas que llevaban el carbón para calentar sus casas ubicadas en el barrio Cuadro Estación de Perdriel, Lujan de Cuyo.
III.- PETITUM: Por los argumentos expuestos a V.S. solicitamos:
1- Nos tenga por presentado, por parte y domiciliados en el carácter invocado.
2- Se nos confiera la intervención que por ley le corresponde al Querellante Particular en estos autos.
Proveer de conformidad.
ES JUSTICIA.-Abogados Diego J. Lavado; Pablo G. Salinas; Alfredo Guevara Escayola y Dante M. Vega
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