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27dic16
La Corte Suprema rechaza un planteo realizado por Milagro Sala
FSA 74000120/2011/TO1/12/1/RH2
Sala, Milagro Amalia Ángela y otros s/ daño
agravado (art. 184, inc. 5) y amenazas.Corte Suprema de Justicia de la Nación
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Milagro Amalia Ángela Sala y María Graciela López en la causa Sala, Milagro Amalia Ángela y otros s/ daño agravado (art. 184, inc. 5) y amenazas", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja. Intímese a cada una de las recurrentes a que dentro del quinto día de notificadas efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y archívese.
Ricardo Luis Lorenzetti
Elena I. Highton de Nolasco
Juan Carlos Maqueda
Horacio Rosatti
Carlos Fernando RosenkrantzRecurso de queja interpuesto por Milagro Amalia Ángela Sala y María Graciela López asistidos por los Dres. Alberto A. Bellido y Luis Hernán Paz, defensores.
Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
Tribunal que intervino anteriormente: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy.
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