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01oct15
Canicoba del Corral admite a trámite una querella contra ETA por crímenes contra la humanidad
La Justicia argentina comienza a investigar los crímenes de ETA como delitos de lesa humanidad desde 1977. Así lo han confirmado a El Confidencial fuentes del Juzgado Federal número 6 de Comodoro Py, en Buenos Aires, donde ha recaído la causa.
El juez Rodolfo Canicoba Corral, titular del juzgado, ha admitido a trámite la querella interpuesta por el abogado de Dignidad y Justicia Miguel Ángel Rodríguez Arias, quien ha recurrido a este tribunal después de que la Audiencia Nacional rechazara asumir esta investigación y decidiera ceñirse exclusivamente a los crímenes cometidos por la banda después de 2004.
El magistrado ha recibido hoy mismo nueva documentación añadida y la ratificación de la querella por parte del denunciante. Canicoba remitirá los más de 300 folios que componen la demanda la próxima semana al ministerio fiscal argentino, que deberá elaborar un informe en relación a los términos de su acusación.
Dignidad y Justicia interpuso la misma denuncia ante la Audiencia Nacional, que decidió admitirla única y exclusivamente en relación con los crímenes de lesa humanidad -que no genocidio- cometidos por la banda después de 2004, por considerar que antes de esa fecha no estaba en vigor en España la figura delictiva de la lesa humanidad.
El juez Juan Pablo González ordenó entonces imputar a los que desde esa fecha hasta la actualidad han sido cabecillas de la organización terrorista debido a que estos formarían parte, según el instructor, "de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o parte de ella", elemento que transformaría automáticamente el delito en crímenes de lesa humanidad.
La asociación denunciante recurrió la decisión por entender que no se podían dejar fuera los años previos debido a que España firmó en 1977 el artículo 7.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que asegura que para este tipo de delitos no sirve como excusa el hecho de que en la legislación local no esté regulado y que, por lo tanto, hay obligación de investigarlos. No en vano, Dignidad y Justicia presentó ocho resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que avalaban esta argumentación.
La Audiencia Nacional, sin embargo, volvió a ratificar el criterio del instructor y desestimó el recurso. La sección cuarta de la Sala de lo Penal reiteró, en línea con González, que los delitos no pueden tipificarse como genocidio, aunque sí como lesa humanidad, e insistió en que únicamente cabe investigar los posteriores a 2004. "No basta la existencia de un tratado para que las normas contenidas en ellos sean de aplicación inmediata por los jueces y tribunales españoles, sino que es necesario que expresamente se incorporen a nuestro derecho punitivo interno", argumentaba la sala.
En una entrevista concedida a El Confidencial el pasado 16 de septiembre por el abogado Rodríguez Arias, que se disponía entonces a viajar a Argentina a interponer la querella, el letrado aseguraba con rotundidad que "en España se han cometido delitos de lesa humanidad" y que la causa abierta en la Audiencia Nacional era la primera que se iniciaba por estos asuntos. La de Argentina ahora, por tanto, es la segunda y viene a complementar la de España, ya que se ciñe a un periodo de tiempo diferente.
Tras la decisión del juez Canicoba de admitir a trámite la querella, los tribunales argentinos están investigando ya al mismo tiempo tanto los crímenes cometidos durante el franquismo -causa que instruye la magistrada María Servini de Cubría- como los asesinatos de lesa humanidad perpetrados por la banda terrorista ETA.
[Fuente: Por Roberto Ballesteros, El Confidencial, Madrid, 01oct15]
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