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10nov15


La Corte ordenó a YPF que haga público el acuerdo con Chevron sobre Vaca Muerta


La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy a la empresa YPF que "haga públicas" las cláusulas secretas de su acuerdo con la petrolera estadounidense Chevron sobre inversiones en el yacimiento Vaca Muerta, en la provincia de Neuquén, se informó hoy en tribunales.

El máximo tribunal remarcó en su fallo que "las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no eran suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos".

El fallo hizo lugar a una acción de amparo iniciada por el senador socialista Rubén Giustiniani y revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que en 2014 le negó al legislador el acceso al texto completo del acuerdo entre la petrolera nacional y la multinacional.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda coincidieron en su voto, pero la jueza Helena Highton de Nolasco lo hizo en disidencia por considerar que se debe acatar el dictamen de la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, el cual se pronunció por dar intervención a Chevron Corporation.

"YPF no puede ampararse en normas destinadas a la búsqueda de eficiencia económica y operativa para evadir la obligación de garantizar y respetar el derecho de acceso a la información", sostuvo la información y subrayó que ese "derecho corresponde a cualquier persona para ejercer el control democrático de las gestiones estatales".

En 2013 Giustiniani había presentado en el juzgado federal 7 en lo Contencioso Administrativo una "acción de amparo por acceso a la información" mediante la cual "solicitó que se condene a YPF SA a entregar la "documentación que negó expresamente, requerida mediante una nota del 22 de agosto de 2013, y su reiteratoria del 6 de septiembre de 2013".

"Dicho pedido está relacionado con la calidad ambiental y con las actividades a desarrollar por YPFy Chevron en las áreas de Lomas de La Lata Norte y Loma Campana", añadió el senador santafesino.

Giustiniani cuestionó la supuesta existencia de "cláusulas secretas en el contrato", entre ellas un hipotético "compromiso que obliga al país a entregar por más de 35 años una zona que es la tercera más rica del mundo en petróleo y gas no convencional" y una "cláusula que asegura el cobro a perpetuidad de regalías aunque Chevron se retire del negocio".

Pero tanto el juzgado como, luego la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal se negaron a acceder a lo solicitado por el senador socialista. "La divulgación del contenido del acuerdo firmado con la firma Chevron puede comprometer secretos industriales, técnicos y científicos, con el consecuente incumplimiento contractual", respondieron los camaristas Rodolfo Facio y Carlos Grecco.

"Tampoco puede soslayarse que la confidencialidad invocada por YPF SA respecto de dicho acuerdo, otorga razonablemente el derecho a mantenerla, en tanto la divulgación de la información de aquella naturaleza puede provocar, al mismo tiempo, el incumplimiento contractual y una afectación del referido derecho", añadieron.

El fallo de la Cámara reivindicó la privacidad de esos detalles del contrato cuando se trate de "secretos industriales, comerciales, financieros, científicos o técnicos; o información que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida en carácter confidencial".

Los jueces aclararon también que "no puede soslayarse que la pretensión involucra a una empresa extranjera, que ha constituido con YPF SA relaciones jurídicas internacionales, sin que haya sido oída en este proceso, lo cual involucra no sólo una potencial afectación de su derecho constitucional a la defensa en juicio sino también, de manera indirecta, el interés nacional".

La tercera integrante del tribunal, la jueza Clara Do Pico, votó en disidencia, a favor de que le fuera entregado a Giustiniani el texto íntegro del contrato.

[Fuente: Los Andes, Mendoza, 10nov15]

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small logoThis document has been published on 12Nov15 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.