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28feb14
El director del diario La Nueva Provincia deberá declarar ante el juez como imputado
Un juez federal de Bahía Blanca fijó audiencia para recibirle el descargo el próximo 18 de marzo, en el marco de una disposición del Código Procesal que estipula la posibilidad de transformar el acto en indagatoria y que habilita a la detención. La fijación de la audiencia cumple con un fallo de la Cámara Federal bahiense de noviembre pasado.
El juez federal subrogante de Bahía Blanca, Álvaro Sebastián Coleffi, fijó audiencia para el próximo 18 de marzo a las 10.15 para recibirle declaración al director del diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca, Vicente Massot, quien está imputado por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar.
La disposición de Coleffi responde a la decisión de la Cámara Federal de esa ciudad, que el 14 de noviembre pasado ordenó al juez de primera instancia que fije audiencia a Massot para que se presente a defenderse de las graves acusaciones que pesan en su contra por formar parte del aparato de inteligencia militar que azoló Bahía Blanca durante la dictadura y por su presunta responsabilidad en la desaparición de obreros gráficos del diario.
Massot se había presentado espontáneamente en el juzgado cuando se hizo pública la imputación que le formularon los fiscales de la Unidad Fiscal de Bahía Blanca, Miguel Ángel Palazzani y José Nebbia, pero en su momento el juez subrogante Santiago Ulpiano Martínez se negó a recibirle declaración.
Esa decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal y revocada por la Cámara, de forma que ahora es el juez Coleffi quien finalmente llevará a cabo el acto. Martínez fue recusado por la fiscalía y decidió, por su parte, excusarse de intervenir en este proceso, dado que ya había emitido su opinión.
Es importante marcar que Massot no fue convocado a declarar sino que se le fijó audiencia en los términos del artículo 279 del Código Procesal Penal de la Nación, que estipula que cualquier persona "contra la cual se hubiera iniciado o esté por iniciarse un proceso, podrá presentarse ante el juez competente a fin de declarar". El mismo artículo prescribe que "la presentación espontánea no impedirá que se ordene la detención, cuando corresponda".
La Cámara Federal de Bahía Blanca le había señalado al juez de primera instancia que no hay nada que le impida que "si considera necesario interrogar al imputado, le asigne forma de indagatoria" a la declaración.
El juez Coleffi citó esa consideración del tribunal de alzada en el decreto que fija la audiencia para que comparezca Massot y, además, resaltó la condición de "imputado" que reviste en la causa el empresario, como también que la fiscalía ya formuló el correspondiente "requerimiento de instrucción", pieza que contiene delimitados los hechos y las conductas ilícitas que se le atribuyen.
En el contexto de esa declaración, Massot podría quedar detenido, pues todas las condiciones procesales están dadas para que el juez lo ordene, si lo considera pertinente: está formalmente imputado por la fiscalía, que requirió su declaración indagatoria y detención.
Las imputaciones
Massot está acusado de integrar "junto con los mandos militares (Ejército y Armada) una asociación ilícita con el objetivo criminal de eliminar un grupo nacional", para lo cual habría contribuido desde el multimedio actuando "de acuerdo a las normativas y directivas castrenses y en cumplimiento de tales", señalaron los fiscales en un pormenorizado y extenso estudio de las pruebas recogidas en la investigación, que fue delegada por el juzgado en la fiscalía.
En ese contexto, el empresario fue imputado como coautor del homicidio de los obreros gráficos Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, "instigándolo, determinándolo, prestando aportes indispensables para su concreción material y encubriendo a sus autores inmediatos", y de haber efectuado "aportes esenciales", que "consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad", en los secuestros, torturas y homicidios de 35 personas.
Los fiscales imputaron a Massot por "haber formado parte de una asociación criminal, desde cuyo seno, se dispusieron, planificaron, organizaron y controlaron los medios, recursos y factores esenciales para el emprendimiento de actividades y el cumplimiento de funciones -consistente en operativos y medios de acción psicológica- indispensables para la ejecución del plan criminal, el aseguramiento de la eficacia del mismo y la impunidad de los individuos involucrados en su realización".
En ese sentido, Nebbia y Palazzani sostuvieron que "el diario, la radio (LU2) y el canal (9) de TV -que conforman el grupo mediático- junto con las FFAA" cumplieron en la asociación ilícita "roles prefijados por reglamentaciones y planes militares, desde la 'interminable' serie de editoriales, presentación de falsas noticias, propaganda negra, manipulación mediática y todas las acciones psicológicas posibles puestas al servicio del exterminio".
Según los representantes del Ministerio Público, estas acciones fueron desplegadas principalmente desde el diario La Nueva Provincia, al cual definieron como "la nave insignia" del grupo.
[Fuente: Ministerio Público Fiscal, Bs As, 28feb14]
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