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03jun13
La Nueva Provincia: fiscales apelaron rechazo a la detención de los directivos del diario
El juez Martínez había rechazado el pedido los fiscales para que indague dos directivos del grupo mediático. El Ministerio Público tildó la resolución de "arbitraria", la cuestionó porque no se ajusta al procedimiento y reiteró que las acciones que se imputan no están enmarcadas en el derecho a la libre expresión sino que conformaron tareas militares de acción psicológica.
Los fiscales federales de Bahía Blanca José Nebbia y Miguel Ángel Palazzani apelaron la resolución del juez Santiago Martínez que rechazó el pedido de detención y llamado a indagatoria de uno de los dueños del grupo La Nueva Provincia, Vicente Gonzalo María Massot, y del ex secretario de redacción y "corresponsal naval" del diario, Mario Hipólito Gabrielli, a quienes el Ministerio Público acusa de crímenes de lesa humanidad.
Los fiscales cuestionaron la resolución del juez porque consideraron que debió convocar a indagatoria a los imputados y, luego, si consideraba que no tenía elementos, dictar su falta de mérito. También criticaron la resolución por "arbitraria" y rechazaron el argumento del juez de que hechos considerados por la fiscalía como operativos militares de acción psicológica estuvieran enmarcados en el derecho a la libertad de expresión de los imputados.
Massot y Gabrielli están acusados de integrar "junto con los mandos militares (Ejército y Armada) una asociación ilícita con el objetivo criminal de eliminar un grupo nacional", para lo cual habrían contribuido desde el multimedio actuando "de acuerdo a las normativas y directivas castrenses y en cumplimiento de tales", señalaron los fiscales en un pormenorizado y extenso estudio de las pruebas recogidas en la investigación, que fue delegada por el juzgado en la fiscalía.
Pero para el juez Martínez, en el requerimiento de más de 200 páginas formulado por los representantes del Ministerio Público no hay "indicios con entidad como para sostener que el medio periodístico investigado formó parte del plan criminal implementado por las fuerzas armadas".
Nebbia y Palazzani sostuvieron que, al rechazar el pedido de indagatoria y no indagar a los imputados, el juez comete "una clara interferencia y obstaculización de la investigación sobre la cual el Ministerio Público es el titular" y citaron una profusa jurisprudencia que avala su postura: que durante una investigación delegada en la fiscalía y ante un pedido de indagatoria del fiscal, el juez no tiene otra opción que convocar al imputado y luego resolver su situación procesal valorando la prueba recogida en la investigación.
En esa línea los fiscales consideraron que el juez "ha propiciado con su accionar una conducción bicéfala de la causa, situación que conspiraría en el camino de hallar la verdad material".
Por otro lado, los representantes del Ministerio Público cuestionaron la "arbitrariedad" del juez porque "no existe en toda la resolución que apelamos un solo y mínimo análisis de la prueba que señalamos". "Incurre en análisis sesgados y fragmentados, contradictorios, afirmaciones voluntaristas, citas inatinentes y, sobre todo, no aborda de manera adecuada el fenómeno criminal que se le trae a su conocimiento", completaron. Concretamente, los fiscales le reprochan al juez falta de fundamentación para rechazar su pedido.
"Dice el juez en su resolución que la realidad de aquella época se acreditó luego de una ardua y compleja investigación. Ello es de un cinismo judicial difícil de igualar", indicaron los fiscales. "La realidad no se acreditó luego de una ardua y difícil investigación, lo que fue arduo y difícil fue (y es) el proceso para poder juzgar a los genocidas y sus cómplices civiles y eclesiásticos. La realidad estaba allí, sólo había que tener la decisión de investigarla", cuestionaron Nebbia y Palazzani.
Por otro lado, los fiscales apuntaron contra el juez por "situar las graves conductas desplegadas por los directivos y representantes del medio periodístico en el campo de la libertad de expresión". Expresaron que esa postura coincide con "una posible estrategia defensiva de los imputados". Y remarcaron: "esta Unidad Fiscal ha explicitado en la requisitoria editoriales y notas que contienen un lenguaje y un mensaje que trascienden el umbral periodístico".
Tras la apelación, el juez Martínez ahora deberá resolver, en un trámite formal, sobre la procedencia del recurso y luego elevarlo a la Cámara Federal, que en definitiva determinará si debe ordenarse el llamado a indagatoria de los dos imputados.
Las imputaciones
Massot y Gabrielli están acusados de ser coautores del homicidio de los obreros gráficos Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, "instigándolo, determinándolo, prestando aportes indispensables para su concreción material y encubriendo a sus autores inmediatos", y de haber efectuado "aportes esenciales", que "consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad", en los secuestros, torturas y homicidios de 35 personas.
Nebbia y Palazzani consideran en el requerimiento de instrucción -con citas de editoriales, artículos periodísticos, documentos de inteligencia y declaraciones- que los imputados llevaron a cabo tareas de acción psicológica al servicio de las Fuerzas Armadas antes, durante y después de la pasada dictadura cívico militar.
En efecto, los fiscales atribuyen a Massot y a Gabrielli "haber formado parte de una asociación criminal, desde cuyo seno, se dispusieron, planificaron, organizaron y controlaron los medios, recursos y factores esenciales para el emprendimiento de actividades y el cumplimiento de funciones -consistente en operativos y medios de acción psicológica- indispensables para la ejecución del plan criminal, el aseguramiento de la eficacia del mismo y la impunidad de los individuos involucrados en su realización".
Los fiscales sostienen que "el diario, la radio (LU2) y el canal (9) de TV -que conforman el grupo mediático- junto con las FFAA" cumplieron en la asociación ilícita "roles prefijados por reglamentaciones y planes militares, desde la 'interminable' serie de editoriales, presentación de falsas noticias, propaganda negra, manipulación mediática y todas las acciones psicológicas posibles puestas al servicio del exterminio". Según los fiscales, estas acciones fueron desplegadas principalmente desde el diario La Nueva Provincia, al cual definieron como "la nave insignia" del grupo.
En ese sentido, descartan de plano que los imputados hubieran actuado en el marco del derecho a la libertad de expresión y a la protección constitucional de las fuentes periodísticas, dado que -aseveraron- "el grupo La Nueva Provincia ha tenido participación criminal concreta y específica en los hechos". Los fiscales reconocen que están posicionados en un escenario "inédito, donde un medio periodístico se degenera y se transforma en criminal, hace un uso criminal de sus posibilidades".
Nebbia y Palazzani también imputan a la ex directora del diario, Diana Julio, y a su hijo y asistente de dirección, Federico Massot, ambos fallecidos, lo cual -indicaron- deberá ser certificado en la causa.
"Los Massot, a través de las páginas del diario (también de su radio y la TV) no se privaron de ordenar, incitar, ayudar, instigar, encubrir y concretar material y simbólicamente el genocidio. Labor que cumplen puntualmente hasta la actualidad", sostienen los fiscales en el requerimiento de instrucción, que es la pieza procesal por la que el Ministerio Público da cauce al inicio de una investigación penal.
Asimismo, describen el rol de los imputados en esas tareas. Indican que Diana Julio, como directora, era la "cabeza del grupo" y desempeñaba la tarea con la colaboración de sus hijos Federico, su asistente, y Vicente, a quien definieron como encargado de la "actuación externa -de la empresa- e incluso para situaciones especiales internas", como el conflicto sindical con los trabajadores gráficos. Por otro lado, los fiscales indican que Gabrielli "era el Secretario de Redacción, lugar clave en cualquier medio gráfico, e integraba, desde ese lugar y como corresponsal naval, el grupo principal". También destacan su relación con las autoridades militares, que quedaron plasmadas en el mismo diario, donde el imputado aparecía en reuniones sociales con los comandantes de la represión ilegal e incluso haciendo declaraciones sobre su sentido de pertenencia a las FFAA. "El corresponsal naval es un integrante más de la institución", dijo en un discurso, que registró La Nación. Por eso, para los fiscales, es "imposible que Gabrielli no supiera que lo que el diario presentaba como 'enfrentamientos' fueran fusilamientos"
Acción psicológica, operación militar
"El rol asumido y desplegado consistió lisa y llanamente en el desarrollo de acciones y operaciones psicológicas y la actividad de inteligencia, de modo conjunto y coordinado con los órganos estatales", indicaron los fiscales sobre los imputados, y desarrollaron el contenido de los reglamentos secretos de la represión ilegal referidos a las tareas de inteligencia y a la acción psicológica de los órganos de espionaje castrenses. En particular, los fiscales encuentran correlato entre las acciones desplegadas por La Nueva Provincia y el Reglamento RC-5-1, que establece en su Sección II los "procedimientos de la Acción Psicológica". Ese dispositivo prevé la "propaganda negra" en el marco de operaciones militares, cuyo objeto es "establecer credibilidad en el público. Esto se realizará mediante la presentación de información sobre hechos o situaciones verosímiles".
En este marco, indican los representantes del Ministerio Público, "el aprovechamiento de la situación monopólica en la ciudad de Bahía Blanca por parte de la familia Massot y de la credibilidad natural que un ciudadano le otorga a los medios (sobre todo en aquella época) fue absoluta". Y agregan: "Cualquier noticia se leía en el diario, se reproducía en la radio y en el canal de televisión, todos dirigidos y controlados por la familia Massot".
Los fiscales indican que los imputados realizaron aportes "directos y personales" en los crímenes del terrorismo de Estado, que consintieron en "generar en la opinión pública de la ciudadanía un estado mental de anomia legal que permitió el ejercicio brutal de la violencia irracional, la inducción de culpas a las propias víctimas del plan criminal que se estaba desarrollando y a sus familiares y amigos". Dijeron que ello también se tradujo en "la persuasión al silencio de toda la población" y en la "incitación a considerar a los opositores como inadaptados sociales" y "la permanente prédica para la deshumanización del grupo humano que consideraban contrario al 'estilo de vida argentino'".
En ese sentido, Nebbia y Palazzani indican que otro de los aportes fue "haber generado en la conciencia social el concepto de 'enemigo' susceptible de ser eliminado, creado el concepto de 'guerra sucia' validando y legitimando de tal manera la más despiadada forma de represión y exterminio que propuso la negación de la condición humana".
Asimismo, sostuvieron que esas acciones psicológicas incluyeron "haber manipulado la información para provocar intimidación colectiva e individual permanente, haber manejado la información para presentar al 'enemigo' (en los diferentes campos sociales: universidad, sindicatos, iglesia, periodismo, etc.) como extraño, loco, delincuente, elemento disociador y terrorista".
Acusaron, en esa línea, a los imputados por "haber generado y promovido persecuciones de grupos humanos; haber complementado la acción de inteligencia de las FFAA; haber colaborado con la comunidad informativa de la Zona de Defensa 5 para la persecución de personas, haber propagado la idea de falsos enfrentamientos encubriendo alevosos asesinatos, todo ello aprovechando el amplio margen de credibilidad que le daba ser el multimedios monopólico en la ciudad de Bahía Blanca".
Los fiscales también encuadraron las tareas militares de acción psicológicas desplegadas por La Nueva Provincia en "haber ignorado la aparición de cadáveres, la desaparición de personas, la apropiación de niños" y, en ese sentido, acusaron a los imputados de "haber amenazado y amedrentado a la ciudadanía con todas estas conductas para evitar y desalentar la participación en actividades opositoras".
Por eso, los fiscales remarcaron varias veces en su escrito las palabras del fallecido jefe del Cuerpo V del Ejército, Adel Vilas, quien durante una declaración indagatoria definió al diario La Nueva Provincia como un "valioso auxiliar de la conducción" de la represión ilegal.
Nebbia y Palazzani remarcaron que no es la primera vez en la historia que un medio de comunicación tiene participación en un genocidio. Citaron como precedente el caso del periódico Der Sturmer (El atacante), de Julius Streicher, quien fuera condenado durante los juicios de Nuremberg por su labor de propaganda del régimen nazi. También destacaron la condena que impuso el Tribunal Penal Internacional para Ruanda al dueño del diario Kangura, Hassa Ngeze, condenado como "responsable de cometer genocidio en razón de haber planeado, instigado u ordenado la comisión de dicho crimen, o de haber cometido, ayudado y alentado de cualquier otra forma a planearlo, prepararlo y ejecutarlo".
Conflicto sindical, escenario de guerra
El 1º de septiembre de 1975, en el marco del conflicto sindical con los trabajadores gráficos, La Nueva Provincia publicó un editorial que para los fiscales constituyó la "sentencia de muerte" para Heinrich y Loyola. El diario refirió "la labor disociadora de algunos delegados obreros cuyos fueros parecieran hacerles creer temerariamente que constituyen en verdad una nueva raza 'invulnerable de por vida'". Un mes antes, para su 77º aniversario, el diario a través del editorial reconocía: "La Nueva Provincia, al igual que la Nación a la cual siempre ha buscado servir, se encuentra en guerra".
En abril de aquel año Federico Massot le había anticipado en una misiva al delegado del Ministerio de Trabajo que la empresa responsabilizaba a Loyola y a Heinrich, entre otros, del conflicto. "No puede pasar desapercibida la gravedad que implica, en cuanto a repercusión pública, la afectación de un medio periodístico que sirve a la comunicación masiva de la población, y claramente enrolado desde siempre en la lucha contra la subversión marxista", decía Massot en la carta, que citan los fiscales. Nebbia y Palazzani indican que, de esa manera, el diario "integraba y subsumía el conflicto sindical en el escenario de la lucha contra la subversión; individualizaba expresamente a Heinrich y Loyola como líderes del movimiento disociador" y "proponía las soluciones propias de una guerra".
Los fiscales también evaluaron un informe de inteligencia de la Prefectura Naval sobre el conflicto sindical, que presenta una nómina de "personal a ser raleado de un medio de difusión fundamental", encabezada por Heinrich y Loyola, con la indicación de sus domicilios y episodios que se les atribuían en el marco de la protesta. Para los fiscales, que no tienen duda que esos datos fueron proporcionado por las autoridades del medio, "no puede escapar a ningún razonamiento la naturaleza de la información contenida en el informe, la minuciosidad de los detalles en los nombres de las personas marcadas, las funciones, los antecedentes en el diario y en el conflicto gremial, el lenguaje y los conceptos utilizados, y el interés prioritario y último".
Los representantes del Ministerio Público describen el rol criminal que cumplieron los directivos de la empresa periodística, a quienes atribuyen "la participación directa en el desarrollo de actividad de inteligencia sobre las víctimas (selección del blanco y suministro de la información), y en la toma de decisión (determinación de la especie de destino final, esto es, la ultimación y posterior aparición) y en la emisión de la orden, desde el plano decisional del aparato de poder, a través de las instancias intermedias, hasta los ejecutores directos".
Loyola y Heinrich fueron secuestrados en sus domicilios el 30 de junio de 1976 y el 1º de julio de ese año, respectivamente. Tres días después, sus cadáveres fueron hallados, acribillados, en el Paraje "Cueva de los Leones", ubicado en la ruta 33 a la altura del kilómetro 11.
Los "enfrentamientos"
Entre los 35 casos que reseñan de secuestro, torturas y asesinatos, los fiscales destacan las falacias narradas por el diario en torno al secuestro y al homicidio de Mónica Morán, a quien La Nueva Provincia informó como muerta en un enfrentamiento con personal del Ejército. Mientras judicialmente se probó que la víctima fue secuestrada del teatro La Ranchería el 11 de junio de 1976 y que permaneció en el centro clandestino La Escuelita hasta el 23 de ese mes, tras lo cual fue fusilada en la madrugada del 24 en una vivienda, junto a otras personas, el diario informó: "Cinco extremistas -entre ellos dos mujeres- fueron eliminados en un encuentro producido ayer durante un procedimiento realizado por efectivos del Ejército y la Policía provincial… las fuerzas combinadas se vieron obligadas a emplear explosivos y armas de grueso calibre para oponerse a la resistencia enfrentada". El diario citó un comunicado del Cuerpo V de Ejército que describía que en ese lugar funcionaba una "casa operativa" de una "organización extremista declarada ilegal" e informaba sobre acciones ilegales desplegadas por Morán, a modo de prontuario.
Los fiscales indicaron que "la veracidad del artículo no resiste el menor análisis, desde que el propio (fallecido jefe del Cuerpo V, Adel) Vilas, en su declaración indagatoria, reconociera que el de Morán había sido un operativo de acción psicológica, y que las personas informadas como muertas -a excepción de la víctima- no habían sido tales, sino efectivos de la fuerza retirados en camilla para engañar a los vecinos".
Hugo Mario y Néstor Alberto Giorno, Aedo Héctor Juárez, Daniel Edgardo Carracedo y Rodolfo Canini fueron secuestrados en Bahía Blanca el 24 de marzo de 1976. A Víctor Benamo lo secuestraron el 26 de abril en Avellaneda. Todos pasaron por centros clandestinos bahienses de la Armada y el Ejército hasta que el 26 de mayo fueron puestos a disposición del Poder Ejecutivo y confinados en la Unidad Penitenciaria Nº4 de Bahía Blanca. Al día siguiente, La Nueva Provincia publicó las fotos que les habían tomado a todos durante el cautiverio clandestino. "Con ello, queda expuesto el acceso del Diario LNP a la esfera de información en poder de las FFAA, en tanto, o bien los fotógrafos del propio medio concurrieron al CCD que funcionaba en el Batallón de Comunicaciones 181, o bien el órgano periodístico tenía acceso a las fotografías allí efectuadas", concluyen los fiscales.
En los secuestros y torturas que tuvieron como víctimas a Pablo Victorio Bohoslavsky y Rubén Alberto y Julio Alberto Ruiz los fiscales constataron que La Nueva Provincia llegó a publicar una foto que ni siquiera figuraba en la causa penal por infracción a la "ley antisubversiva" (Nro 20.840) que les sustanciaron a las víctimas luego de ser detenidas y torturadas en centros clandestinos.
La foto mostraba "un importante arsenal extremista" (sic) que el diario atribuía a aquellas personas. "Dicha fotografía no pudo ser obtenida, sino fuera como medio de simulación por el propio medio periodístico, o bien, a través de la entrega del documento en el marco del flujo de información entre el Diario y los órganos de inteligencia", señalaron Nebbia y Palazzani.
El 14 de noviembre fueron fusilados en su departamento del centro de Bahía Blanca Daniel Guillermo Hidalgo y Olga Silvia Souto Castillo por personal del Cuerpo V, en el marco de un estruendoso operativo que incluyó la persecución previa de sus familiares y la toma del edificio en el que vivían las víctimas. La Nueva Provincia contó al día siguiente que, en el marco de un enfrentamiento, "fueron abatidos en pleno centro dos extremistas". También indicó el diario que sus periodistas, "invitados por las autoridades militares", tuvieron la posibilidad de ver el escenario después del episodio y que "pudieron comprobar… que el ingresar al departamento las fuerzas legales estalló una bomba 'cazabobos', colocada por los sediciosos, que no provocó víctimas". Los fiscales, al respecto, ponen de resalto que "el ingreso de personal del diario debe ponderarse armónicamente con la naturaleza de actuación del órgano periodístico dentro del plan genocida: el cumplimiento de una tarea pactada, en torno a la acción psicológica sobre la población. En cuanto a las aludidas comprobaciones de los periodistas, no resisten el menor análisis: como por arte de magia, los mismos devinieron en peritos expertos, que con sólo mirar, podían dar fe de los más minuciosos detalles".
Nebbia y Palazzani también atribuyen a La Nueva Provincia el ocultamiento de la identidad de Olga Silvia Souto Castillo, quien -pese haber sido fehacientemente identificada- fue enterrada con un nombre falso -que el diario publicó- y estuvo durante 15 años desaparecida, hasta que se logró identificar el cadáver. Los fiscales también ponen de resalto que el medio publicó una fotografía adulterada de Hidalgo "con bigotes falsos pintados a mano", lo cual revela "la relación con las autoridades militares y el acceso a la documentación de inteligencia", refirieron.
El origen
La investigación penal, que se encuentra delegada en la Unidad de Bahía Blanca, es consecuencia de la denuncia realizada por el Tribunal Oral de Bahía Blanca tras la sentencia que terminó con catorce condenados a prisión perpetua y otros tres a penas mayores a los diecisiete años de prisión, durante el primer juicio oral llevado a cabo en aquella ciudad entre 2011 y 2012, por crímenes cometidos en el ámbito del V Cuerpo del Ejército.
"Encontramos que la expresión de la verdad en el estricto marco de lo acontecido en este juicio, fue seriamente afectada por una comprobada campaña de desinformación y de propaganda negra, destinada no sólo a imponer la versión de los victimarios, sino principalmente a colaborar en la creación de un estado tal de anomia legal en la sociedad, que permitió el ejercicio brutal de violencia irracional y desatada por parte de la estructura estatal", indicaron los jueces en los fundamentos acerca de la información publicada por los medios del grupo La Nueva Provincia.
[Fuente: Ministerio Público Fiscal, Bs As, 03jun13]
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