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15oct12


Auto de procesamiento de Guillermo Félix Botto y 11 oficiales navales más en el marco de la Causa Armada


Eduardo Tentoni
Juez Federal ad hoc

Expte. N° 04/07 - Secretaría de Derechos Humanos

Bahía Blanca, 15 de octubre de 2012.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en esta causa 04/07 caratulada: "Investigación de delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)" en trámite ante este Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Bahía Blanca, Secretaría de Derechos Humanos a cargo del Dr. Mario A. FERNÁNDEZ MORENO, la situación procesal de: 1. BOTTO Guillermo Félix de nacionalidad argentina, titular de M 5.177.381, nacido el 03 de julio de 1939 en la ciudad de Miramar, Provincia de Buenos Aires; hijo de Guillermo José (f) y de Antonio Lucía Barreiro (f), Capitán de Navío (RE) de la Armada Argentina, casado, con detención domiciliaria en calle Franco N° 3668 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 2. DE LEÓN Enrique , de nacionalidad argentina, titular de DNI 4.640.975, nacido el 26 de febrero de 1945 en Necochea; hijo de Enrique (f) y de Elena Mercedes Corregido Lillio (f), Capitán de Navio (RE) de la Armada Argentina, ocupación actual docente en la Universidad del Salvador, casado, con detención domiciliaria en Av. Quintana 293, piso 3ro. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 3. HERMELO Hernán Álvaro , argentino, DNI 5.925.099, nacido el día 24 de abril de 1937 en Diamante, Provincia de Entre Ríos; hijo de Ramón Agustín y de Basilia Camila Branca, ambos fallecidos; jubilado de la Marina Mercante, Capitán de Corbeta (R) de la Armada Argentina, con detención domiciliaria en calle Tucumán 881 Piso 6 Dto. 48 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires; 4. LORENZINI Alejandro Carlos, de nacionalidad argentino, titular del DNI 7.525.805, nacido el 03 de septiembre de 1939 en Villa Ana, Provincia de Santa Fe; hijo de Alejandro José y de Elena Berta Wendroth, ambos fallecidos; Capitán de Navio (RE) de la Armada Argentina, docente en la Escuela de Oficiales de la Armada, con detención domiciliaria en Avda. Libertador 582 P.12 "A" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 5. LOUGE Carlos Alberto, argentino, DNI 5.591.704, nacido el 17 de octubre de 1934 en Capital Federal, hijo de Fernando Pedro Víctor y de Blanca Lía Senesi Crespo, ambos fallecidos; Capitán de Navío (RE) de la Armada Argentina, con detención domiciliaria en calle Anchorena 1853 Piso 12 Dto. B de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 6. MALOBERTI Leandro Marcelo de nacionalidad argentina, titular de DNI M5.175.322, nacido el 5 de octubre de 1938 en la ciudad de Buenos Aires; hijo de Leandro Mateo (f) y de Elsa María Agustina Visconti (f), Capitán de Fragata (RE) de la Armada Argentina, casado, con detención domiciliaria en la Manzana 22 Parcela 16 Barrio Golf de Sierra de la Ventana, Provincia de Buenos Aires, 7. PAZOS Alberto Gerardo de nacionalidad argentina, titular de DNI 4.278.198, nacido el 31 de enero de 1939 en la ciudad de Buenos Aires; hijo de Gerardo Alberto (f) y de Irene María Murchio (f), Capitán de Navío (RE) de la Armada Argentina, profesor universitario en el Instituto Universitario Naval, casado, con detención domiciliaria en el Barrio Santa Ana, Lote 1 Manzana 26, Ruta 24 y Puerto Madryn (CP 1744) localidad de Moreno, Provincia de Buenos Aires; 8. PONS Luis Alberto, de nacionalidad argentina, DNI M 4.391.937, nacido el 20 de agosto de 1942 en Buenos Aires, hijo de Luis (f) y de Nélida Mié (f), Capitán de Corbeta (RE) de la Armada Argentina, casado, con domicilio en Libertador 5484 Piso 4° "A" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 9. QUINTANA Arturo María, argentino, DNI 6.691.507, nacido el de enero de 1942 en la ciudad de Córdoba, Provincia del mismo nombre; hijo de Arturo Matías y María Eugenia Leroux, ambos fallecidos; Capitán de Navio (RE) de la Armada Argentina, con detención domiciliaria en calle Zapiola 811 de Bahía Blanca; 10. RIPA José Luis , de nacionalidad argentina, titular de DNI 5.155.680, nacido el 13 de julio de 1935 en La Plata, Provincia de Buenos Aires; hijo de Heleodoro Narciso (f) y de Rosa Maggi (f), Capitán de Fragata (RE) de la Armada Argentina, divorciado, con detención domiciliaria en calle 166 y 84 "La Santa Rita", de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos; 11. SCHALLER Emilio José, argentino, DNI M5.175.353; nacido el 01 de enero de 1939 en Crespo, Provincia de Entre Ríos; hijo de Emilio Tomás y María Italia Liberata Battagliero, ambos fallecidos; Capitán de Fragata de Infantería de Marina (RE) de la Armada Argentina, con detención domiciliaria en calle Soldado de la Independencia 1.248 Piso 15 Dto. "B" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 12. VAÑEK Antonio argentino, LE 5.102.282, nacido el 09 de agosto de 1924 en la Capital Federal; hijo de Antonio (f) y de Ana Pachán (f), Vicealmirante (RE) de la Armada Argentina, casado, con detención domiciliaria en calle Sucre 2050 Piso 4to. A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


I - REQUERIMIENTO FISCAL:

1. CONTEXTO HISTÓRICO-NORMATIVO Y EL ESQUEMA REPRESIVO:

Previo a enunciar los hechos requeridos, la Fiscalía realiza a fs. 696/715 una exposición del contexto histórico en el cual fueron consumados y del marco normativo que los había regido, afirmando que en su totalidad fueron cometidos "...en la ejecución de un plan sistemático de represión y exterminio, constitutivo de genocidio, ejecutado desde el Estado por miembros de sus Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad (provinciales y federales)..." indicando a fs. sub 4vta. del requerimiento presentado en el incidente N° 04/07/inc.136 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/solicita en causa N° 04/07 por los hechos descriptos a Aráoz de Lamadrid Sergio y otros" que se remite a lo allí expuesto "...y sus posteriores ampliaciones; los autos de procesamiento dictados por el juez y las resoluciones de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca que confirman los procesamientos de los distintos imputados, donde resulta acreditada la estructura jerárquica de las fuerzas represivas investigadas en esta causa así como la distribución de funciones entre la Armada Argentina y las fuerzas subordinadas a los efectos de la "lucha contra la subversión"... "

A fin de evitar extender innecesariamente esta resolución, remito a las fs. 20787vta./20824vta. del auto de procesamiento dictado el 19/09/11 al encontrarse allí una compilación de la postura del Ministerio Público Fiscal expuesta en los requerimientos de fs. 696/715; 4145/4167; 12632/12637 y de fs sub 1/13vta. del incidente N° 04/07/inc.97 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/solicita en causa N° 04/07 por los hechos descriptos a Bustos, Castillo, Nougués, Pila, Rotta. Zappelli" tanto del mencionado contexto histórico-normativo como del esquema represivo de las FF.AA -particularmente de las Fuerzas de Tareas de la Armada Argentina-, de las condiciones de encierrro en sus Centros Clandestinos de Detención -en especial las del buque "ARA 9 de Julio" y "Baterías" -, de la estructura, orgánica, jefaturas, reglamentos y responsables del Comando de Operaciones Navales (CON) ; del Comando Naval (CN) , del Comando de Infantería de Marina (COIM) y del Comando de la Aviación Naval (CAN) -y de sus unidades subordinadas -Base Aeronaval Comandante Espora (BACE); Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) y de la Base Naval Puerto Belgrano (BNPB), del Servicio de Inteligencia Naval (SIIN), de la Prefectura Naval Argentina (PNA) , del Departamento de Operaciones y Sección Información de la Prefectura Naval Zona Atlántico Norte (PZAN), de la Prefectura Bahía Blanca (Pto. Ing. White) y del Batallón de Comunicaciones 181; de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y de la Unidad Penitenciaria N° 4 de Villa Floresta


2. VÍCTIMAS:

Los hechos ilícitos de la presente resolución se encuentran detallados en los requerimientos de fs. 696/715; 17436/17437vta.; 17438/17438vta; fs. 17439/17441; fs. 20188/20190; fs. sub. 1/23 del incidente 04/07/inc.51 caratulado "Ministerio Público Fiscal solicita en causa 04/07" (fs. 8832/8854); fs. sub 1/26vta. del incidente N° 04/07/inc.136 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/ solicita en causa N° 04/07 por los hechos descriptos a Aráoz de Lamadrid Sergio y otros" y fs. sub 10/23 y sub 38/39 del incidente N° 04/07/inc.150 caratulándose como "Ministerio Público Fiscal s/ Solicita en causa N° 04/07 (MONTI, Miguel Ángel y otros)" siendo las víctimas de los mismos CORNAGO Dina por los hechos descriptos a fs. 17436/17437vta.; DIEZ Diana Silvia por los hechos

descriptos a fs. 696/715 ap. VI 10; LOPERENA María Beatriz y RIVADA Carlos Alberto por los hechos descriptos a fs. fs 17439/17441; MARZIANI Aníbal por los descriptos a a fs. 14911/14920; MELLINO Elvio Alcides por los hechos descriptos a fs. 696/715 ap. VI 17; PIOLI Cora María por los hechos descriptos a fs. 696/715 ap. VI 12 y SAUBIETTE Leonel Eduardo por los hechos descriptos a fs. 696/715 ap. VI 16

Las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos que interesan en la presente resolución -como su valoración y calificación legal-se detallan en el resultando 2 (v. fs. 11122/1128vta.) del auto de procesamiento del 26/02/10 y en el resultando I pto. 9 (v. fs 20800vta/21810vta) del auto de procesamiento del 19/09/11, remitiendo a lo allí recopilado por razones de brevedad.


3. IMPUTADOS:

La Fiscalía -de acuerdo al art. 188 inc. 1 y cctes. del C.P.P.N.- formula imputaciones al Capitán de Navío (RE) Guillermo Félix BOTTO en los requerimientos de fs. 697/715; 17436/17437vta.; 17439/17441 y 20188/20190; al Capitán de Navío (RE) Enrique DE LEÓN en el requerimiento de 20188/20190; al Capitán de Corbeta (RE) Álvaro Hernán HERMELO en los requerimientos de fs. sub 10/21 y 38/39 del incidente N° 04/07/inc.150 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/ Solicita en causa N° 04/07 (MONTI, Miguel Ángel y otros)"; al Capitán de Navío (RE) Alejandro Carlos LORENZINI en los requerimientos de fs. sub 10/21 y 38/39 del incidente N°04/07/inc.150 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/ Solicita en causa N° 04/07 (MONTI, Miguel Ángel y otros)"; al Capitán de Navío (RE) Carlos Alberto LOUGE en los ptos. 2.7.; 3; 4.7. y 5. g) del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136; al Capitán de Fragata (RE) Leandro Marcelo MALOBERTI en el requerimiento de fs. 17439/17441; al Capitán de Navío (RE) Alberto Gerardo PAZOS en el requerimiento de fs. 20188/20190vta.; al Capitán de Corbeta (RE) Luis Alberto PONS en el requerimiento de fs. fs 17439/17441 ; al Capitán de Navío (RE) Arturo María QUINTANA en los ptos. 1; 2.8.; 4.8. y 5.c. del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136; al Capitán de Fragata (RE) José Luis RIPA en el requerimiento de fs. 20188/20190vta.; al Capitán de Fragata I.M. (RE) Emilio José SCHALLER en los ptos. 1; 2.9.; 4.9. y 5.h del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 y al Vicealmirante (RE) Antonio VAÑEK en el requerimiento de fs. 17438/17438vta. remitiendo a lo allí dicho por el Ministerio Público Fiscal por razones de brevedad.


CONSIDERANDO:

I. REMISIÓN:

A fin de evitar una innecesaria extensión, se dan aquí por repetidos los considerandos I a XXII del auto de procesamiento de fs 20787/21394 cuyo índice se encuentra detallado a fs. 21812/21821 según lo ordenado a fs. 21811


II. VÍCTIMAS:

La descripción realizada por la Fiscalía de los hechos de los que fueron víctimas las personas nombradas en los requerimientos arriba citados, coincide con lo decidido a fs. 4876/4890, con lo analizado en el considerando XXI del auto de procesamiento dictado el 26/02/10 a fs. 11113/11513 y, también, con lo valorado en el considerando XXIII del auto de procesamiento dictado el 19/09/11 a fs. 20787/21394 teniendo en cuenta las modificaciones introducidas -por vía de apelación- por la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca en el capítulo IV de su sentencia del 29/12/10 dictada en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregada a fs. 16796/16835- y por el capítulo VI de su sentencia del 26/06/12 dictada en el Expte. 67191 caratulado: "BOTTO Guillermo Félix; BUSTOS Luis Ángel y Otros s/Apel. falta de mérito y auto de procesam. en c. 04/07 'Inv. delitos Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregada a fs. 25324/25390- que se dan aquí por repetidas, integrando esta resolución.

Respecto de cada caso, se aclara que los hechos se tienen por probados con las declaraciones de las víctimas y con las de otros testigos que -en su mayoría- se encuentran transcriptas en las resoluciones de fs. 11113/11513 y 20787/21394 arriba citadas, donde se han valorado -además- innumerables fichas de inteligencia, memorandos , archivos y diversos documentos emitidos o recepcionados por la Sección Informaciones de la Prefectura Zona Atlántico Norte -y sus unidades subordinadas-, por la otrora Dirección de Inteligencia de la Policía de la Pcia. de Bs. As. y de otras agencias de colección de las FF.AA y de FF.SS con un detalle minucioso de sus textos que dándose por repetidos, integran la presente.

Los hechos imputados involucran a las siguientes víctimas:


1. CORNAGO Dina Elisa:

Como bien señala la Fiscalía en su requerimiento de fs. 17436/17437vta., el 24 de marzo de 1976, durante la noche, fue secuestrada de la casa de su madre, ubicada en calle Avellaneda 422 de Punta Alta, donde vivían también su esposo y sus hijos, éstos, de uno y dos años de edad.

Se encontraban durmiendo cuando escucharon que golpeaban fuertemente la puerta y les manifestaban que abrieran. Atemorizados por la situación, inmediatamente decidieron comunicarse telefónicamente con un familiar que revistaba en la policía de Punta Alta.

Al llegar esta persona al domicilio, abrieron la puerta, y un grupo de personas uniformadas y fuertemente armadas ingresaron, preguntaron por Dina CORNAGO y comenzaron a revisar toda la casa. Luego, le manifestaron a la nombrada que debía acompañarlos, la introdujeron en una camioneta, le colocaron allí una capucha y la trasladaron a la Policía de Establecimientos Navales de la Base Naval Puerto Belgrano, donde permaneció parada contra una pared con los brazos en alto por un tiempo.

CORNAGO fue llevada a una oficina donde fue interrogada acerca de sus actividades, entorno social y especialmente sobre Raquel Otilia ISRAEL, de quien era amiga y compañera de trabajo. Los interrogadores eran tres, quienes la torturaron psicológicamente y amenazaron de manera constante.

Al finalizar el interrogatorio, la hicieron subir a un camión donde percibió que había otras personas en su misma situación, y fueron llevados hasta un buque, extremo que pudo corroborar al caminar sobre una planchada, y levantar los pies al pasar a través de las puertas.

Una vez allí, la ubicaron en un camarote, le sacaron la capucha y le ordenaron que se acostara en un camastro mirando la pared.

Encerrada en el camarote, escuchó muchas voces de otras personas detenidas, y en particular reconoció la voz de Ramón DE DIOS, a quien conocía por ser amigo de su madre. A su vez la presencia de CORNAGO en dicho centro clandestino fue advertida por Jorge Osvaldo IZARRA, cuyas declaraciones testimoniales obran a fs 825/ 827 y 868 de la presente causa.

Posteriormente se descompuso, motivo por el cual guardias del buque le dieron un vaso de agua con algún medicamento que la hizo dormir. Al despertar, la volvieron a llamar, le colocaron la capucha nuevamente y la trasladaron a otro lugar donde fue nuevamente interrogada.

A continuación fue devuelta al buque donde permaneció unas horas más para luego ser encapuchada y llevada en camioneta hasta la esquina de su casa, donde fue liberada durante la noche. Permaneció alrededor de 26 horas secuestrada.

Días después, cuando regresó a su trabajo en la Municipalidad de Coronel Rosales donde cumplía funciones en la Oficina de Bienestar Social, el entonces Secretario Técnico y de Gobierno, Capitán de Fragata Sergio ARAOZ DE LAMADRID, le manifestó que sabía de su secuestro, y que si bien no le habían podido probar delito alguno, era una sospechosa, coaccionándola a renunciar, bajo la amenaza de que, en su defecto, le aplicaría la ley de prescindibilidad.

Lo anterior se corrobora:

1.1. Con el testimonio de Stella Maris PAZOS de ALDEKOA -Hija de Rodolfo- corriente a fs. 17433/17435vta. que ratificó en el Juzgado en la audiencia del 31/05/11 agregada a fs. 17838

1.2. Con la declaración testimonial de Jorge Osvaldo IZARRA en la audiencia del 05/09/07 ante el ex-Fiscal General Dr. Hugo Omar CAÑÓN -ratificada a fs. 868/878- , en particular cuando dijo:

"...por haber estado durante dos años en el crucero "General Belgrano", el cual era mellizo del "9 de Julio", conocía muy bien la ubicación de las instalaciones de los buques. Que una vez en el buque "9 de Julio", le sacaron la capucha y fue ubicado en un camarote reacondicionado como celda, ya que le habían sacado el picaporte y se cerraba con cadena y candado, conservando las cuchetas propias de ese habitáculo.... Que también se encontraba detenida en el crucero una mujer de apellido Cornago. .. "

1.3. Con la declaración testimonial de la propia CORNAGO efectuada el 31/05/11 a fs. 17836/17837 en el Juzgado -ratificando su anterior del 03/05/11 obrante a fs. 17433/17435- especialmente cuando manifiesta:

"...PREGUNTADA para que diga en qué condición se encontraba Raquel en la época en que fue detenida la compareciente CONTESTA no estaba trabajando. No estaba en Punta Alta. Yo con ella había ido varias veces a Monte Hermoso pero no sabia dónde estaba radicada en ese momento. Tenía una pareja. No recuerdo si estaba embarazada en ese momento, me parece que no. La detuvieron después que a mí, no me acuerdo la fecha. Ahí estaba embarazada y tuvo la bebé estando presa. La finalidad de mi detención creo que fue saber dónde estaba ella. Al principio para mi fue una sorpresa para mi. Primero me interrogaron por las relaciones personales o de parentesco con Cacho Vázquez y con respecto a mi actividad en el Cine Club. Después comenzaron con lo del sindicato y yo me di cuenta que querían saber sobre Raquel. Yo estaba mas abocada a mi vida personal y ella tenía una militancia directa con el PST (Partido Socialista de los Trabajadores). Yo creo que era una de las pocas personas del sindicato que sabia que ella militaba. PREGUNTADA para que diga en qué consistía su militancia CONTESTA Ella se reunía donde se hablaba de la doctrina del partido, pero no trascendía fuera de esas reuniones. PREGUNTADA para que diga cuantos eran en Punta Alta los afiliados al PST CONTESTA quince, podríamos decir, eran gente joven, entre veinte y veinticinco años. Muchos eran empleados municipales. Yo vine a dos reuniones en el local de Bahía Blanca y ahí sí había mucha gente, cien personas... la capacidad del local tampoco era muy grande. PREGUNTADA para que diga quien lideraba el PST en Bahía Blanca CONTESTA no recuerdo. PREGUNTADA para que diga si esas reuniones fueron antes de su detención CONTESTA antes, no recuerdo. PREGUNTADA para que diga si muchos empleados municipales en Punta Alta fueron obligados a renunciar CONTESTA a dos chicos universitarios les aplicaron la ley de prescindibilidad, que yo sepa. PREGUNTADA para que diga si en el buque la interrogaban o la trasladaban CONTESTA yo no veia nada con la capucha. No me acuerdo como me trasladaban. Me acuerdo del traslado de la primera interrogación en camión al buque. Ese primer lugar era un salón grande y había mucho silencio pero me di cuenta que había otras personas, que después nos subieron al camión PREGUNTADA para que diga si alguna de esas personas de su libreta fueron detenidas CONTESTA no. Creo que la relación era saber mi ideología y yo había perdido contacto con esas personas. PREGUNTADA para que diga si luego tuvo algún contacto CONTESTA no tuve contacto con nadie, ni siquiera con Raquel. Yo me aislé. PREGUNTADA para que diga cómo era su camarote CONTESTA tenía un camastro. Era un lugar chiquitito y cuando me introdujeron me dijeron que mirara contra la pared y yo hacia caso. No era muy grande. La puerta era de metal, ciega. Me llevaron encapuchada al baño cuando me descompuse. Estaba en el mismo nivel. No era muy lejos. Había tres personas, me daba cuenta porque se reía la gente que me observaba haciendo mis necesidades. Había dos que eran más tranquilos, no me amenazaban, había uno que me amenazaba. A mi me extrañó cuando me dejaron libre, porque así como me llevaron me devolvieron. Me dejaron en la esquina a unos 30 metros de mi casa. Fui sin mirar para atrás y llegué y toqué timbre. A mí me perjudicaron porque personalmente, me destruyeron, me sentía muy indefensa. Después que me dí cuenta de que fue porque querían saber de Raquel, fue peor, porque me sentí en una encrucijada, porque yo tenía hijos chiquitos y fue muy duro que me preguntaran nombres, que yo no tenía por qué darlos... "

1.4. Con el informe oficial de fs. 4218/4228 -firmado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Cnel. Rosales- indicando que a partir del 31/03/76 el Capitán de Fragata Sergio ARÁOZ de LAMADRID había reasumido sus funciones de Secretario Técnico y de Gobierno de ese municipio y que por:

"...Resolución N° 13/76: 1/4/76: Acepta a partir del 1/4/6 la renuncia presentada por la agente municipal Sra. DINA ELISA CORNAGO DE KOELLNER, Doc. de Identidad F 4.709.095, al cargo de Auxiliar 2° Administrativo, con funciones en la Oficina de Bienestar Social de esta Comuna... "


2. DIEZ Diana Silvia:

La descripción de los hechos de los que fuera víctima, efectuada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 696/715 ap. VI 10 -transcriptos en resultando I. ap. 9.15. precedente-, coincide con lo puntualizado en el ap. 25 del auto de procesamiento de fs. 9717/9969vta. y en el ap. 23 del de fs. 111113/11513

Con CIPF 10.623.122 y domicilio en Ing. Luiggi 432 de Bahía Blanca, era empleada de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL) Sucursal BBca., docente, fue secuestrada el 18/11/76 aproximadamente a las 15:30 hs. tras retirarse en automóvil de su lugar de trabajo junto a su cuñado y una compañera, en la intersección de las calles Darregueira y Donado de esta ciudad al ser interceptado por tres vehículos cuyos ocupantes los hicieron descender y les pidieron documentos de identidad.

DIEZ fue obligada a subir a uno de los vehículos, donde le hicieron respirar un algodón o trapo con algún tipo de somnífero, quedando semiadormecida.

Fue conducida al Centro Clandestino de Detención descripto a fs. 696/715 ap. III. D. 1, donde fue sometida a todo tipo de vejámenes, siendo golpeada y torturada mediante la aplicación de corriente eléctrica, al tiempo que era interrogada. Fue liberada el 04/02/77

2.1. CAUSA JUDICIAL: De la Causa 229 "Ferraro, Roberto Horacio denuncia privación ilegal de la libertad Víctima: Diana Silvia Diez en Bahía Blanca" iniciada el 18/11/76 en razón de la denuncia efectuada por Roberto FERRARO en la Seccional Primera de Bahía Blanca de la Policía de la Pcia. de Bs. As. ante el Subcomisario Rubén Omar PIATTI -radicada en el Juzgado en lo Penal N° 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca a cargo del Dr. Jorge Félix CONGET, Secretaría N° 2 del Dr. Juan Leopoldo VELÁZQUEZ -originalmente causa 51135 (Legajo de archivo 1119)- surge lo siguiente:

a) Denuncia de Roberto FERRARO a fs. 1:

"...a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis... siendo las 14.10 horas aproximadamente, en circunstancias en que el denunciante circulaba con el vehículo propiedad de su cuñada Diana Silvia Diez... encontrándose circulando en el mismo, la nombrada al igual que la señorita Silvia Chia... otro vehículo que circulaba detrás del vehículo del declarante, marca Chevrolet, color ladrillo, en el que circulaban cuatro jóvenes con el rostro descubierto, se le cruzó delante del vehículo del denunciante, haciendo que éste se detuviera, descendiendo los cuatro desconocidos, quienes no se identificaron, pero sí le pidieron documentos, luego de lo cual, se llevaron a su cuñada Diana Silvia Diez, sin manifestar el porqué de lo ocurrido. Que los desconocidos no mostraron arma alguna. Que luego de subirla al vehículo, le dijeron al denunciante, que circulara..."

b) Testimonio de Silvia Nora CHIA a fs. 6:

"...conoce a la señorita Diana Silvia Diez desde su infancia... que asimismo hace seis años a la fecha aproximadamente, de que tanto la declarante como la nombrada Diez, comenzaron a trabajar juntas en ENTEL... generalmente, al salir de su trabajo, tanto la declarante como la víctima de autos, salían juntas, en virtud de que Diana Diez, generalmente, la iban a buscar a su trabajo, los padres, o como en el último caso su cuñado... el día 18 de noviembre ppdo, siendo aproximadamente las 14,00 hs. al salir de su trabajo, juntamente con la nombrada y en compañía del cuñado de la víctima, en circunstancias en que circulaban en un vehículo Citroen, propiedad de su amiga... otro vehículo que circulaba casi a la par... les cerró el paso, obligando de esta forma a que se detuvieran. Que cuatro personas circulaban en dicho rodado, siendo el mismo, una automóvil marca Chevrolet ignorando la declarante demás características, los que descendieron del mismo, y se aproximaron al vehículo pidiéndole uno de los desconocidos a la declarante sus documentos identificándose los mismos como policías. Que luego de ello, los desconocidos obligaron a su compañera Silvia Diez, a subir al rodado Chevrolet, dándose a la fuga. Que junto con la declarante, la víctima y su cuñado Roberto Ferraro, iba también la hija de éste último nombrado de aproximadamente ocho meses. Que no puede describir a los desconocidos en virtud de que todo ocurrió muy rápido , y la declarante, no descendió del rodado, pero si que los mismos iban con el rostro descubierto y uno de ellos portaba arma corta..."

c) Testimonio de Diana Silvia DIEZ:

A fs. 10: "...la declarante se desempeñaba como empleada de la empresa ENTEL... recuerda, el día 18 de noviembre del año ppdo. siendo las 14,15 horas, en circunstancias en que la declarante, momentos antes había salido de su trabajo y circulaba con vehículo citroen propiedad de la declarante, el que lo conducía el cuñado de la declarante, Roberto Horacio Ferraro, y asimismo, se encontraba en dicha oportunidad, su compañera de trabajo llamada Silvia Nora Chia, circulando por calle Darregueira al llegar a la intercepción de dicha arteria con calle Donado fue interceptado su vehículo por otro vehículo mayor, no recuerda la marca, del que descendieron dos personas, las que solicitando a la declarante y sus acompañantes sus respectivos documentos, y luego obligaron a la declarante a subir al rodado, colocándole una capucha, la que le tapaba completamente el rostro, y posteriormente, con algún producto extraño, que le colocaron con un algodón en la nariz la durmieron. Que los desconocidos, de los cuales no puede indicar dato alguno, en virtud de que no vio nada, se encontraban armados, despertando ya cuando se encontraba en un lugar del cual cree se trataría de ua casa, aclara que la declarante estaba encapuchada. Que de esa forma y hasta la fecha, permaneció con los ojos vendados, o sea que no vio nada en absoluto. Que recuerda la interrogaron en diversas oportunidades, preguntándole sobre personas que la declarante desconocía pero que según manifestaciones de los desconocidos, los mismos estudiaban en la Universidad del Sur. Que no la maltrataron ni acosaron, y asimismo, quiere dejar aclarado que en ningún momento se aprovecharon de la declarante... "

A fs. 15: "...ratifica su denuncia ante la instrucción y que obra agregada a fs. 10. Que asegura no recordar con exactitud la cantidad de personas que descendieron del vehículo que, momentos antes había interceptado el rodado en que la víctima de autos viajaba acompañada de su cuñado, de la srta. Chía, compañera de trabajo y del hijo de corta edad del primero. Es así que no recuerda si eran dos o más, ya que en ese momento... cree que fueron dos personas las que descendieron del vehículo, del que no recuerda modelo ni marca, o bien pudieron ser más. Que dichas personas actuaron cara descubierta y portaban armas cortas, presumiblemente, ya que la declarante no es idónea en ello. Que no recuerda si el automóvil al que ascendió rodó algunas cuadras antes de que le fuera colocada ua capucha que le cubrió el rostro, y luego fue dormida o anestesiada con una solución que impregnaba un trozo de algodón. Que cuando despertó ya se encontraba en el interior de lo que presume, habría sido una casa... la declarante vio que se hallaba mirando hacia una pared, por lo que no puede precisar las características de dicho claustro. Luego fue vendada y permaneció así el resto de su cautiverio. Que la declarante no puede precisar si había personas con ella, en el cuarto, pero sí escuchaba voces, no sabiendo si provenían de otra habitación o eran de allí... Que sólo se movía para bañarse, asearse o dirigirse al baño, o bien, cuando le hacían preguntas, siempre en otra habitación y la dicente vendada. Con respecto a los interrogatorios a que fue sometida, durante la primera semana y media, eran seguidos, pero luego, más o menos cree que siguieron unos diez más. Los mismos se basaban en las mismas preguntas, se le hacía conocer una lista de nombres, que la dicente no recuerda por resultarles totalmente desconocidos; algunos de ellos, por manifestaciones de sus mismos secuestradores, pertenecían a la Universidad Nacional del Sur. Que no fue en ningún momento maltratada, ni física ni moralmente. Que el día 4 de febrero del corriente año, fue dejada en libertad a las 1,15 horas... de la misma manera que cuando fue secuestrada, sólo que sus ojos los tenía vendados; al darle a conocer que iba a ser puesta en libertad, se le manifestó que, cuando hubiese descendido del rodado, debía esperar a que el mismo iniciara su marcha y, calculando más o menos cuando éste diera vuelta la esquina, recién podría proceder a descubrirse los ojos. Que la dicente no se explica los motivos por los cuales fuera secuestrada, ya que no militó nunca en actividad política alguna, y el Único gremio que pertenece es al de ENTEL..."

"...Bahía Blanca, 22 de octubre de 1987, compareció ante S.S. una persona, la que, previo juramento de ley e impuesta que es de las penas en que incurren quienes se producen con falsedad, dice llamarse DIANA SILVIA DIEZ, acreditando su identidad con C.I.P.F. 10.623.122, ser de nacionalidad argentina, de 38 años de edad, de estado civil soltera, de profesión docente, que si lee y si escribe, domiciliado en calle Ing. Luiggi 432 de esta ciudad. A preguntas relativas al conocimiento que tiene del asunto y sus partes y si con respecto a las mismas le comprenden las disposiciones generales de la ley, que se le explican, dice: No me comprenden. A otras preguntas de S.S. la compareciente respondió: En este estado se hace presente la Dra. MIRTHA ELIZABETH MANTARAS, en su carácter de apoderada de la querellante Casimira Consuelo Bartolomé de Russin, conforme mandato obrante a fs. 135/137, quien acredita su inscripción ante la C.S.J.N. al tomo 16, folio 280, quien solicita presenciar el acto a lo cual S.S. accede.- EXHIBIDA que le es a la declarante la declaración prestada en el expte. Nro. 51.135 del Juzgado en lo Penal nro. 1de este Departamento Judicial, agregado por cuerda, fs. 10, y PREGUNTADA para que diga si la ratifica o rectifica y si alguna de las firmas que la suscribe le pertenece, CONTESTO: -Ratifico en todas sus partes la declaración que se me exhibe y doy lectura y reconozco como propia una de las firmas que la suscribe.- EXHIBIDA que le es su declaración prestada ante la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, corriente a fs. 138/143 y PREGUNTADA para que diga si la ratifica o rectifica y si la firma que la suscribe le pertenece, CONTESTO: -La ratifico en todas sus partes y reconozco como propia una de las firmas que la suscribe. PREGUNTADA para que diga cómo explica la contradicción existente entre ambas declaraciones, en lo que se refiere al trato recibido durante su cautiverio, CONTESTO: -La primera declaración que he ratificado, fue efectuada el mismo día de la liberación y ante autoridad policial.- En esos momentos aún estaba shockeada, por lo sucedido y el día antes de mi liberación, recuerdo que llegó una persona al lugar de mi cautiverio, quien me expresó que me iban a liberar.- Esta persona llegó de afuera, es decir que no se trataba de alguien que estaba en el lugar sino que era la primera vez que escuchaba su voz, ya que yo me encontraba con los ojos vendados y la entrevista se llevó a cabo en la enfermería del lugar.- En esa oportunidad me expresó que no debía contar nada de lo que me había pasado , por menor que fuera el detalle, además de recordarme que no viera a mis amigos o a la gente que frecuentaba anteriormente y que si no cumplía la próxima vez no me iba a salvar.- Quiero dejar constancia de que el día anterior a esta entrevista, ya el mismo señor me había hecho las mismas recomendaciones, por cuanto me iban a liberar ese día, pero no sé por qué motivo no se cumplió.- A raíz de esto es que la declaración efectuada en la Policía careció de todos los datos o detalles que luego doy ante la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, esto en razón de que me encontraba profundamente atemorizada.- PREGUNTADA para que diga si conoció a Horacio Russin, CONTESTO: -Si, mas o menos desde unos diez años antes.- Éramos amigos pero sin llegar a ser íntimos.- PREGUNTADA para que diga cómo reconoce a Russin en su cautiverio, CONTESTO: -No puedo precisar si fue la noche de mi llegada al lugar de detención o al día siguiente, es que escucho preguntar por Patricia, si había sido liberada y es cuando pregunto si se refieren a Patricia Gastaldi, es cuando una voz masculina que se identifica como Horacio, pregunta quien soy, y cuando le digo que soy Diana uno de los guardias nos expresó que no podíamos hablar por lo que nos callamos.- En los días siguientes seguimos conversando en algunas oportunidades, pero quiero dejar constancia que desde la primera vez yo había identificado la voz de Horacio Russin, el esposo de Patricia Gastaldi.- Para saber que ambos estábamos en el lugar había adoptado la clave de toser y escuché la tos del mismo hasta el martes siguiente al día de mi detención.- Ese día escuché que alguien estaba declarando por la tarde y como yo tosía y Horacio no me respondía en el momento en que nos llevaban al lugar común donde dormíamos, le pregunté a uno de los guardias por Horacio y me contestó que como necesitaban el lugar había sido liberado con urgencia.- A la mañana siguiente escuché comentarios de la gente que estaba detenida, pudiendo identificar a Marta Mantovani entre ellos, que faltaban tres personas, es decir Néstor Grill, Gerardo Caicedo y Horacio Russin y al decirles yo lo que me había informado uno de los guardias, me expresaron que ello era imposible, por cuanto lugar no faltaba y en el supuesto de que así no fuera lo más lógico era que se hubieran llevado a Eraldo, que se encontraba enfermo.- Por otra parte me expresaron que los habían sacado el martes por la noche y que temían por la vida de de ellos por cuanto se los habían llevado a los tres juntos.- Quiero dejar constancia de que pese a lo que expresara el guardia, no ingresó más gente detenida en esos días, sino solamente una persona al jueves siguiente.- PREGUNTADA para que diga si tiene conocimiento que Russin desarrollara alguna actividad política, gremial o estudiantil, CONTESTO: -No me consta.- PREGUNTADA para que diga si puedo en algún momento identificar el lugar donde estuvo detenida junto a Russin, CONTESTO: -Por comentarios de otros detenidos sabíamos que nos tenía Marina.- Por otra parte, en una oportunidades que me cambiaban la venda sobre los ojos, ya que estuve siempre vendada, el guardia me hizo tener un frasco que decía colirio naval.- Asimismo recuerdo que se trataba de un lugar viejo, que se llovía y cercana al mar, ya que cuando salíamos al patio, aunque estábamos vendados, se escuchaban gritos o algarabía como de personas jugando a la pelota en la playa.- También recuerdo que el día que me iban a liberar y se suspendió, nunca me enteré porqué, aún cuando se decía por falta de vehículos, llovió torrencialmente.- Luego de mi liberación al día siguiente, tomé conocimiento de que en Punta Alta y zona aledaña había llovido torrencialmente, mientras que en Bahía Banca no llovió para nada.- A pesar de encontrarme vendada y por el tiempo que duró mi detención, más de dos meses, he podido reconstruir aproximadamente la ubicación de los lugares por donde transitábamos o mejor dicho llevados por los guardias, sin poder precisar si los edificios estaban unidos y la correcta distancia entre unos y otros. He confeccionado un croquis que si S.S. lo considera conveniente puedo agregar a esta causa.- En este estado S.S. ordena agregar el croquis en cuestión en hoja separada y previa suscripción de la testigo y Secretario Actuante, lo que se cumple en este acto.- PREGUNTADA por lo que quiera agregar, quitar o enmendar contestó que no.- En este estado se le concede la palabra a la Dra. Mántaras, quien expresa que formulará las siguientes preguntas: -Primera: -Para que diga si en el lugar que estuvo secuestrada pudo percibir que había quienes daban órdenes y quienes las cumplían, si había jefes y se realizaban inspecciones periódicas, CONTESTO: -Había dos grupos, los guardias y los interrogadores.- Entre los guardias había un Jefe que apodaban García y un segundo que no recuerdo el apodo en este momento.- Luego venía un grupo de seis u ocho guardias, los que cumplían las guardias de a dos y eran cambiados pero manteniendo los apodos.- El grupo de los interrogadores quienes eran los que decidían quien tenía que interrogado y se veía como los mismos guardias respetaban a os mismos, lo que denotaba que eran superiores.- En cuanto a las inspecciones recuerdo una sola durante el tiempo que estuve detenida.- Se percibían las botas o calzado pesado y hacían preguntas tratando de averiguar o percibir el estado psíquico de cada uno de los detenidos.-Cuando se habló de esta inspección, recuerdo que se limpió todo y la anunciaron como para que colaboremos para hacerlos quedar bien y a la vez que nos portaramos correctamente.- Ahora recuerdo que en una oportunidad pude divisar porque se movía la venda, un camión con agua y que la persona que se encontraba en el lugar lucía ropa color verde, como si fuera un uniforme de fajina.- PREGUNTADA para que diga si la ubicación de las colchonetas para dormir era siempre la misma, CONTESTO: -No, todas la noches las cambiaban de lugar, los que eran indicados por los guardias.-PREGUNTADA nuevamente la declarante si quiere agregar, quitar o enmendar algo, contestó que no.- Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el acto y, previa lectura que da la compareciente por sí de la presente, la ratifica y firma conjuntamente con la Dra. Mántaras, después de S. S. y por ante mí, de lo que doy fe..."

2.2. ARCHIVOS DE LA PREFECTURA ZONA ATLÁNTICO NORTE SECCIÓN INFORMACIONES: Ante lo ordenado el 24/09/08 (Cuerpo 19) la nombrada Perito informó a fs. 3032/3033vta., 3165/3169 3524/3525 que en la sede de la CPM -Calle 54 N° 487 de La Plata- se encuentran los originales de los documentos impresos a fs. 3015/3164; fs. 3401/3523 previamente extraídos del material digitalizado en el "DVD 2 Prefectura Naval Argentina Greestone 2.72", vinculados a la actuación -entre los años 1973/1990- de Oficiales y Suboficiales de la PZAN de calle Moreno 244 de la ciudad de Bahía Blanca y en relación a las víctimas -o sus familiares- mencionadas en el apartado 4 de la resolución de fs. 2039:

a) Impreso del archivo de imágen TIF número 20013 que contiene el PI correspondiente al Men PZNA IFI 57/987 "S" de fuente propia, detallando que el 30/05/987 a las 10:30hs. en la marcha contra la "impunidad" organizada por las Madres de la Plaza de Mayo y la APDH locales y congregada en la Plaza Rivadavia de Bahía Blanca "...Entre los manifestantes se pudo detectar un grupo perteneciente al Peronismo Revolucionario, dentro de los cuales se identificó a la Sra. MANTOVANI MARTHA NÉLIDA... La causante en el año 1976 se desempeñó como operadora de ENTEL, siendo subdelegada de operadoras, junto a otras operadoras se interesaba por las llamadas de las FF.AA., FF.SS y FF.PP. En el año 1976 actuó en el teatro "ESTUDIO" -de tendencia izquierdista- de Bahía Blanca (Men 8687IFI N° 54 "R"/978)..."

b) Impreso de los archivos de imágen TIF números 50345; 50346 y 50347 que contiene la nota del Destacamento Inteligencia 181 del Ejército Argentino fechada en Bahía Blanca el 12/10/79 número 90268 135 y enviada al Sr. Jefe de la Prefectura Zona Atlántico Norte (Secc. Inf.) Perfecto Mayor Armando Luis PARINI solicitando "...antecedentes que posean sobre..." Diana Silvia DIEZ y Marta Nélida MONTOVANI de MANTOVANI y contestada el 17/10/79 mediante oficio 8687-IFI N° 179 "ESC"/979

c) Impreso de los archivos de imágen TIF números 50964 y 50965 que contiene la foja 6 y 7 del Anexo 2 del Destacamento de Inteligencia 181 de Antecedentes de MONTOVANI Marta Nélida informando que: "...Trabaja en ENTEL (Operadora N° 160) - Simpatizante de la BDTM "MONTONEROS"... se interesa por hacer escuchas clandestinas cuando hay llamadas de larga distancia para las FF.AA., FF.SS. y FF.PP... Se tiene conocimiento pero sin confirmar, que juntamente con la causante, efectuarían escuchas clandestinas, otras operadoras y serían... DIANA DIEZ... SET 76: (Orig. PZA): La causante trabaja en "SIRINGA LIBROS" cuyo propietario es GRIMBERG KUNE, comunista... "

2.3. ARCHIVOS DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: A fs. 2710/2744 la Comisión Provincial de la Memoria remitó la ficha y los Legajos 6838 y 1816 de DIEZ hallados en los archivos de la DIPPBA resumidos a fs. 2710 por la Perito del Archivo de la DIPPBA de la siguiente manera:

"...Se localizó una ficha personal con la siguiente información DIEZ... DIANA SILVIA... 27 años Fecha de elaboración de la ficha: 28-04-77
Los legajos consignados en la ficha y los localizados en base a la búsqueda en la documentación digitalizada hasta el momento, son los siguientes:
Mesa "DS", Carpeta Varios, Legajo N° 6.838, caratulado: "Secuestro de Diana Silvia Diez, empleada de ENTEL (Bahía Blanca) 18/XI/76". En el Legajo se encuentra la denuncia efectuada por Roberto Horacio Serrano acerca del secuestro de Diana Silvia DIEZ el 18 de noviembre de 1976, efectuado por varios NN cuando circulaban en el automóvil perteneciente a Roberto Serrano. El Legajo prosigue con un memorandum de DIPBA-Bahía Blanca para DIPBA-La Plata, rubricado por el Oficial Inspector José Alberto URQUIZU, informando sobre la denuncia efectuada por Roberto Serrano. Asimismo, el Oficial Inspector URQUIZU adjunta "antecedentes" de Diana Silvia DIEZ en los que indica que "Con ese nombre y sin ninguna otra circunstancia personal, figura una persona como integrante de la Agrupación MONTONEROS"
Mesa "DS", Carpeta Varios, Legajo N° 18.162, caratulado: "Paradero de Barberis, Elena de Testa y Otros". El Legajo comprende la solicitud y las respuestas correspondientes de los organismos policiales, efectuadas entre julio y septiembre de 1981, acerca del paradero de Diana Carmen DIEZ de RENTANI. En todos los casos la respuesta es negativa.
Resulta significativo que, en el caso de los Legajos consignados en la ficha personal de Diana Silvia DIEZ se consignan un Legajo que se refiere a una persona homónima. No obstante, el destino de esa segunda persona es el mismo. La desaparición forzada. Presumiblemente, las fuerzas represivas hayan confundido a ambas víctimas... "

2.4. NOTICIA EN PÁGINA 12: En su edición de papel y en su sitio www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-69959-2006-07-15.html publicó bajo el título: "Detuvieron al interrogador del centro clandestino La Escuelita - La Justicia de Bahía Blanca ordenó la detención del suboficial Santiago Cruciani, torturador del campo de concentración del Cuerpo V de Ejército. Su historia y los testimonios de sus víctimas." la siguiente nota firmada por el periodista Diego MARTÍNEZ:

"..."¡Dale de nuevo, Laucha!", ordenaba con voz ronca al pie de la mesa de torturas. El Laucha apoyaba la picana sobre cuerpos desnudos, vendados, atados de pies y manos, que se arqueaban por el paso de la corriente. El recuerdo pertenece a Oscar Meilán, ex detenido - desaparecido del campo de concentración del Cuerpo V. La voz, "el Tío" o "mayor Mario Mancini", alias e identidad de encubrimiento del suboficial de inteligencia Santiago Cruciani, principal interrogador de La Escuelita de Bahía Blanca, detenido el sábado por orden del juez federal Alcindo Alvarez Canale y alojado desde el lunes en un calabozo de la Policía Federal bahiense.

Su voz retumba en la memoria de los sobrevivientes. "Tenía una risa sarcástica y hacía gala de un gran manejo político", recuerda Oscar Bermúdez. Su trabajo en Bahía comenzó a un año del golpe, cuando llegó al Destacamento de Inteligencia 181 y se vinculó con matones sindicales y militantes de la Concentración Nacionalista Universitaria. Los últimos dos meses de 1975 participó del Operativo Independencia, en Tucumán, y ya en los días previos al golpe interrogó bajo tortura a los primeros secuestrados de la ciudad. Pero lo suyo no se limitó al cuartel: también recibió en su oficina a familiares de desaparecidos, con los cuales mantuvo contacto epistolar cuando lo trasladaron a la Agregaduría Militar en Lima, a fines de 1977.

Hombre de convicciones religiosas, no dudó en acercarse a la parroquia Nuestra Señora del Carmen, donde oficiaba misa el sacerdote Néstor Hugo Navarro, actual obispo de Alto Valle, considerado por algunos sobrevivientes "el pastor que nos contuvo, la única voz de la Iglesia en Bahía Blanca". Ante la Justicia, Navarro declaró que en junio de 1976 el falso Mancini "se presentó como suboficial del Ejército en el colegio La Inmaculada". Trataron temas "de neto corte pastoral y espiritual", incluso "se mostraba partidario sobre todo aspecto renovador de la Iglesia". Con los meses el tema cambió: el sacerdote consultaba al torturador sobre "personas desaparecidas de mi conocimiento". Le confesó que a Carlos Rivera lo tenía el Ejército (que días después lo fusiló en un tiroteo fraguado), que al desaparecido Horacio Russín "lo tiene la Armada", y le anticipó la liberación de Diana Diez, secuestrada por la Marina, una semana antes de que se concretara.

El actual diácono de la parroquia, Alberto Migliorici, quien compartió un grupo pastoral con el torturador, recuerda el caso de Elizabeth Frers, militante católica formada en el centro pastoral La Pequeña Obra y en la Juventud Universitaria Católica, vista en La Escuelita y ejecutada en La Plata: "Estaba fascinado. Decía que era la síntesis perfecta entre catolicismo y marxismo. Un día dijo 'vamos a tratar de sacarla a flote'.

Después dejó de nombrarla". Consultado sobre los enfrentamientos fraguados, Cruciani "daba a entender que al Ejército no le interesaba mostrar grandes carnicerías sino pequeños enfrentamientos. Usaba el término 'noticia falopa', es decir información para justificar lo que hacían".

El 31 de mayo de 2000, en el marco del Juicio por la Verdad, la Cámara Federal bahiense se trasladó a Mendoza para escucharlo. La acompañaron ex detenidos-desaparecidos que conocían su voz pero no su rostro. Encontraron a un hombre alto, calvo, pelo blanco, anteojos, bigote, cejas gruesas, jean y campera verde. "Se hacía el viejito decrépito, disfrazado de abuelito, no lo podía creer -recuerda la sobreviviente Patricia Chabat-. Sentí asco, ganas de preguntarle ¿dónde están los demás?, pero sólo atiné a gritar 'Tío, Tío', lo único que me salía."

Cruciani dio sus datos personales y dijo "no voy a seguir declarando". Los jueces le informaron que lo consideraban "uno de los ejecutores con mayor intervención en los interrogatorios" y ordenaron su arresto, domiciliario por su salud, hasta que se dignara a hablar. Su esposa Yolanda Pozzi denunció al tribunal bahiense por "privación ilegal de la libertad y torturas" (sic). Estuvo 36 días detenido hasta que la Corte Suprema ordenó a la Cámara Federal bahiense que remitiera el expediente a Casación Penal, que paralizó el juicio y ordenó liberarlo. Tras un escrache de HIJOS Mendoza se mudó a San Juan, pagos de los Pozzi, y luego a Mar del Plata, donde vive una de sus hijas. Hasta el sábado estuvo escondido en una casa del barrio 2 de Abril... "

2.5. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a este caso y su encuadramiento la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER, Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" indicando:

"...Diana Silvia DIEZ: Era empleada de ENTel, fue secuestrada luego de salir de su trabajo, el 18 de noviembre de 1976 a primera hora de la tarde, mientras circulaba en un vehículo en compañía de su cuñado y otra compañera de trabajo, que fueron testigos de lo sucedido; en la esquina de Darregueira y Donado (B. Bca.) fueron interceptados por dos autos de los que bajaron dos personas que hicieron subir a Diana Diez a uno de los autos donde, luego de ser encapuchada se le hizo inhalar una sustancia de un algodón que la adormeció. De su relato surge que fue llevada al CCD ubicado en "Baterías" donde fue sometida a interrogatorios bajo torturas y otros vejámenes; fue liberada el 04/02/1977 de la misma manera en que fue secuestrada. Por su condición de empleada de la empresa de telecomunicaciones, era objeto de tareas de inteligencia. Todo ello surge de las constancias y declaraciones valoradas por el a quo (consid. 23), como también de las declaraciones de Eduardo Eraldo y Matha Nélida Mantovani de Montovani de las que ya se hizo mérito supra...

En efecto, tal como se lo señalara en los considerandos precedentes, Diana Silvia Diez fue secuestrada el 18/11/1976 y liberada el 04/02/1977, permaneciendo ilegalmente detenida en el CCD de Baterías (área de interés Punta Alta-Bahía Blanca) durante más de un mes... "

"...En cuanto a las agravantes que corresponden a las privaciones ilegales de la libertad imputadas, de los testimonios de las víctimas indicados en cada caso en el auto apelado, surge sin lugar a dudas que las mismas fueron cometidas en su totalidad con violencias y amenazas, ya sea en el inicio mismo o durante su extensión, por lo que se hace lugar al agravio; asimismo, tampoco hay dudas sobre la calidad de funcionario público de los imputados, pues eran en su totalidad oficiales de la Armada, o del Servicio Penitenciario de la Pcia. de Bs. As. (art. 77, CP). Por lo tanto corresponde que sean calificadas como privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias s (arts. 144 bis inc. 1°y último párrafo en función del art. 142 inc. 1°del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642)...

Por otro lado, los casos en que resultaron víctimas... Diana Silvia DIEZ... suman además la agravante del inc. 5°del art. 142 del CP, pues la privación de la libertad se extendió por más de 30 días de acuerdo a las pruebas valoradas por el a quo y a lo que se dijo supra en cada caso en particular. Así se otorga la precisión que corresponde en la calificación legal de los hechos, a la que se oponía la indefinición expuesta en el auto apelado respecto de la aplicación de esta agravante.

En consecuencia, las privaciones ilegales de la libertad de que resultaron víctimas... Diana Silvia DIEZ... concursan en forma real (art. 55 del CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616)..."


3. LOPERENA María Beatriz y RIVADA Carlos Alberto:

Los hechos de los que resultaron víctimas se describen en el requerimiento fiscal de fs. 17439/17441 de la siguiente forma:

"...El 3 de febrero de 1977, entre la una y tres de la madrugada fueron secuestrados María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, de su domicilio de 9 de Julio Nro. 36 de Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, en el que se encontraban junto a sus dos hijos de nombre Diego y Josefina RIVADA, de tres años y cinco meses de edad, respectivamente.
Tras el operativo militar de secuestro, los hijos de la pareja fueron abandonados por los captores en la puerta del Hospital PIROVANO de aquella ciudad, donde fueron encontrados por la enfermera María Rosalía FERNÁNDEZ aproximadamente a las tres de la mañana del mismo 3 de febrero.
Los menores fueron retirados de allí por sus abuelos Héctor RIVADA y María Rosa ZAMBOTTI, a quienes el chofer de la ambulancia del hospital, Rubén Ernesto VIDELA, advirtió sobre la posibilidad de que fueran sus nietos los niños abandonados.
Tras el operativo de secuestro el domicilio de las víctimas fue encontrado en completo desorden, y los padres de Carlos Alberto RIVADA notaron que la camioneta Fiat Multicarga, color blanco modelo 1969, patente n°B 004313 que habitualmente estaba estacionada en el cordón de la calle de su domicilio también había sido sustraída.
Con posterioridad al secuestro de Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA, el padre del primero, Héctor RIVADA pudo saber que un policía llamado Julio César VIDELA -a quien ubicó como 'encargado de informaciones de la Policía local' junto a otra persona a quien éste último habría identificado como integrante del Servicio de Inteligencia de la Marina-tomaron fotos del matrimonio y sus hijos en una cena que se realizó en la sede del Club Huracán de Tres Arroyos, la noche del 22 de enero de 1977.
Con el fin de dar con el paradero del matrimonio desaparecido, su padre radicó denuncias por privación ilegítima de la libertad las que fueron sobreseídas sin investigación ni resultado alguno, e interpuso habeas corpus ante el Juzgado Federal de 1° instancia a cargo del Dr. MADUEÑO, Secretaría a cargo de la Dra. Gloria GIROTTI, el que fue rechazado por improcedente.
En una de esas denuncias se mencionó que los secuestros habían sido consumados por personal de la Marina de Guerra.
María Beatriz LOPERENA era Licenciada en Letras graduada en la Universidad Nacional del Sur y compañera de Cora PIOLI, quien también se encuentra desaparecida.
Carlos Alberto RIVADA, tenía 26 años al momento de ser secuestrado, era Ingeniero Electricista recibido también en la Universidad del Sur y futbolista profesional del Club Huracán de Tres de Arroyos. Ambos continúan de desaparecidos... "

3.1. INVESTIGACIÓN PERIODÍSTICA: Agregado a fs. 19383, el libro "22, los tresarroyenses desaparecidos" -ed. El Periodista de Tres Arroyos, 2002- escrito por el periodista Raúl Andrés VERGNANO y el abogado Guillermo Francisco TORREMARE; -prologado por el diputado nacional Alfredo P. BRAVO y auspiciado por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación-, reconstruye "...la vida de los muertos y desaparecidos, victimas del terrorismo de Estado, oriundos de esa ciudad del sur bonaerense... " como lo declara en el O.D. N°263 del 22/05/02 la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Las págs. 127/137 de la mencionada investigación expone el secuestro y la desaparición forzada del matrimonio RIVADA- LOPERENA de la siguiente manera:

"...Tamaña sorpresa se llevó la enfermera María Rosalía Fernández cuando, en la madrugada del 3 de febrero de 1977, encontró abandonados, en la puerta del Hospital Pirovano de Tres Arroyos, a un niño de no más de tres años y una beba de apenas cuatro meses.
Primero miró para todos lados, suponiendo que podían estar en el exterior del establecimiento con su madre, padre o algún otro familiar. Pero en la tranquila noche de verano, el movimiento externo sólo estaba dado por esos pequeños y no mucho más. No se percibió la presencia de ningún mayor responsable de las criaturas, que extrañamente habían aparecido librados a su suerte a esas horas de la madrugada.
En la intención de ver quiénes eran, personal del hospital comenzó a interrogar al mayor con suma paciencia, procurando obtener de él, pese a la corta edad, alguna frase o indicación que les permitiera establecer su procedencia.
Los intentos fueron varios hasta que por fin, de la boca del niño surgió una palabra, poco audible, casi ronroneada, pero que los interlocutores interpretaron como "Rivada".
Rivada era, precisamente, el nombre de un comercio local de artículos deportivos. Si mal no habían entendido, quizás en el propietario de aquel negocio pudieran encontrar un dato, una pista.
Y como en un pueblo chico todos se conocen, recordaron que Héctor Rivada tenía hijos y que uno de ellos, el deportista Carlos Alberto Rivada, también poseía su propia descendencia, por lo que -dedujeron-, quizás se tratase de los nietos del comerciante. Pero, se preguntaron, ¿qué hacían abandonados ahí, a esa hora de la madrugada?.

II Las dudas podían disiparse de una sola manera: poniéndose en acción. Se decidió que el chofer de la ambulancia, Rubén Videla, fuese en la unidad sanitaria móvil hasta la casa de don Héctor y, con las disculpas del caso por si se trataba de un error, le contara del hallazgo de los pequeños, explicándole que se dirigían a él porque uno de ellos, les pareció, susurró el apellido Rivada.
Así lo hizo Videla que, cuando se estacionó frente a la casa que el comerciante compartía con su esposa María Rosa Zambotti en Pellegrini 845, miró su reloj y dudó sobre si bajar o no, sobre la reacción que podía tener un hombre al que, a las tres de la mañana, le tocan el timbre de su casa, en una ambulancia, para decirle que habían encontrado abandonados a dos niños en la puerta del hospital y que creían podían ser sus nietos.
El timbre despertó a don Héctor, que vio la ambulancia estacionada frente a su domicilio y, suponiendo que algo grave había pasado, abrió la puerta. Videla le contó la historia del hallazgo y describió a los pequeños. Rivada, sin salir de su sorpresa, encontró en los detalles brindados por el chofer datos que coincidían efectivamente con ellos. Presuroso se cambió y se dirigió al nosocomio, donde comprobó que se trataba de Diego y Josefina, los hijos de su hijo Carlos Alberto.

III Una sonrisa se dibujó en el rostro de Diego -Josefina era tan solo una beba- cuando distinguió la figura de su abuelo. Hasta entonces el miedo había sido la sensación predominante en el pequeño.
¿Qué hacen estos chicos acá, a esta hora?. ¿Dónde están los papás?. ¿Habrán tenido un accidente?. Estas son algunas de las preguntas que desfilaron por la mente del abuelo mientras, decidido, se dirigía ahora a la casa de su hijo Carlos Alberto y su esposa, María Beatriz Loperena, sito en 9 de Julio 30, en pleno centro comercial de Tres Arroyos.
Golpeó la puerta, pero nadie respondió. Gritó para que lo oyeran, pero el silencio era lo único que se sentía cada vez que don Héctor pronunciaba una palabra esperando que le abrieran.
¿Qué está pasando?, volvió a preguntarse el hombre mientras, decidido a develar el misterio, abría la puerta del local de venta de artículos deportivos de su propiedad, de razón social "Los Mellizos Rivada", ubicado lindante a la casa de su hijo, con la cual se comunicaba internamente.
Una vez dentro, se dirigió directamente hasta la vivienda contigua. Lo que vio allí lo asustó: la casa estaba en total desorden y, dentro de ella, no se encontraban ni su hijo ni su nuera.
En medio de la desesperación que el panorama le generó, tuvo tiempo para que su cabeza hiciera una pausa, reflexionando sobre lo que estaba viviendo. ¿Habrán entrado ladrones?. ¿Qué pasó con Carlos y Beatriz?.
No le llevó mucho tiempo darse cuenta que no había sido un robo porque, comprobó, los objetos de valor estaban ahí, donde siempre solían estar: no faltaba nada. Entonces, ¿por qué aquel escenario?. Sintió que la segunda idea que cruzó por su cabeza, la que inmediatamente relacionó con la aparición de sus nietos abandonados en la puerta del Hospital Pirovano, se le clavaba como un puñal. ¡Esto es un secuestro -exclamó para sí-, y a los pibes los abandonaron los secuestradores!.
En la vereda, sin percatarse de qué, había sentido que algo no estaba como debía. Cuando salió, se dio cuenta que no se encontraba estacionada ahí, frente a la casa, la camioneta Fiat Multicarga color blanca de su hijo, suponiendo que ese había sido el único botín robado, pero no le interesaba tanto como saber dónde estaba ahora el joven matrimonio.

IV Carlos Alberto Rivada, de 27 años de edad, uno de los cinco hijos de don Héctor -los restantes son Héctor (h), luego fallecido, Silvia, Margarita y Guillermo-, era noticia cotidiana en los medios de comunicación de Tres Arroyos por su condición de destacado deportista, siendo futbolista y basquetbolista del club Huracán.
La noche de su desaparición había integrado el equipo de "El Globo" que enfrentó a Estación Quequén, el campeón necochense, quien se había impuesto sobre el representativo tresarroyense por 3 goles a 2, en un triunfo que la prensa consideró merecido.
No obstante esa casual derrota de su equipo, Rivada descollaba individualmente como puntero derecho, vistiendo la casaca número 7.
De hecho, durante enero de 1977, los periodistas especializados habían distinguido al joven como uno de los futbolistas destacados de la temporada 1976.
Lo deportivo era, en Rivada, no sólo una pasión, un hobby, sino también un medio de vida. Con los contratos para jugar al fútbol y al básquet, como así también para trabajar en la pileta los veranos, había costeado sus estudios universitarios en la "capital del sur".
En Tres Arroyos continuaba con la actividad pero, además, conducía su propia empresa de instalaciones eléctricas, la que estaba desarrollando en conjunto con su amigo y cuñado, el locutor Alberto Ferrari, casado con Silvia, una de las dos hermanas de Carlos Alberto.
Previamente había tenido otras experiencias laborales, entre ellas la de técnico en la firma mexicana Trailer Monterrey que, dedicada a la fabricación de aire acondicionado para camiones térmicos, se instaló por un tiempo no muy prolongado en calle Pedro N. Carrera, entre Colón y Chacabuco, en la zona céntrica local.
De esa manera había estado forjando su futuro desde su asentamiento en Tres Arroyos, aproximadamente un año y medio atrás, cuando junto con su esposa decidieron radicarse en ésta ciudad, a la cual ambos llegaron ya formando matrimonio y con sendos títulos universitarios debajo del brazo. En Bahía, anteriormente, una tragedia había probado su fortaleza, pues debieron padecer la pérdida de un primer hijo, al que habían puesto el nombre de Ignacio y que vivió solo días.
Carlos Alberto se había recibido de ingeniero electricista, en tanto que María Beatriz Loperena (25 años) se graduó como profesora de letras, aunque una vez casada antepuso al ejercicio de la profesión el cuidado de la familia y el hogar.
Era común verla confeccionándole ropa a los niños, haciéndose su propia vestimenta u otros quehaceres domésticos, lo que habla de una persona muy dedicada a las actividades hogareñas.
La pareja se había conocido estudiando en la Universidad Nacional del Sur. La joven Loperena era oriunda de Adolfo González Chaves, ciudad en la que residían sus padres, donde al igual que en Tres Arroyos la noticia del "rapto" de la pareja tuvo una amplia repercusión social, agigantada la especie por las misteriosas circunstancias en que se produjo el secuestro.

V Por su cuenta y en todos los lugares donde le pareció sería posible encontrarlos, buscó Héctor Rivada durante los dos días siguientes al hecho, pero íntimamente estaba convencido de que nada encontraría buscando de esa manera, ya que todo le indicaba que se trataba de un secuestro. No encontraba otra explicación, ya que descartaba el robo -los objetos de valor no habían sido tocados-, y también la venganza, pues decía que tanto su hijo como su nuera carecían de enemigos.
Había otra posibilidad: algún antecedente político de Carlos Alberto malinterpretado por las autoridades de turno. Pero le resultó raro, ya que en el tiempo que llevaba viviendo en Tres Arroyos el ingeniero electricista no había integrado ni manifestado ninguna actividad militante, al tiempo que los amigos aseguraron desconocer que tuviera cualquier relación con personas que desarrollen actividades al margen de la ley.
En ese sentido, los antecedentes más importantes referían a su época de estudiante, cuando en la universidad bahiense había formado parte del Movimiento Político Estudiantil, lo que desde luego -imaginaban-, no constituía un peligro para nadie, por lo que no resultaba justificativo para ninguna acción en su contra y muchísimo menos para transformarlos en blanco de un secuestro como el que, estaban seguros, habían sufrido.
Aunque en ese momento no se evaluó, más tarde considerarían como una posibilidad que el nombre de Rivada haya aparecido en alguna agenda del ingeniero José Antonio Garza, un amigo de la época secundaria, cuando ambos estudiaron en la ENET N°1 y que también fue a la universidad en Bahía -aunque en caminos separados con Carlos Alberto-, y que aparecería muerto (ver capítulo aparte) en la provincia de Entre Ríos.
El 4 de febrero, don Héctor Rivada radicó ante la comisaría 1° de Tres Arroyos la denuncia por la extraña desaparición de su hijo y nuera, la que se caratuló "privación ilegítima de la libertad y hurto".

VI Cada día que pasaba la angustia aumentaba en la familia Rivada. La ausencia completa de noticias llevó a la cabeza del grupo, a tocar todos los timbres posibles, de cuanta autoridad tuviera acceso, en procura de alguna respuesta.
En la búsqueda contó con el apoyo explícito de instituciones de Tres Arroyos que también gestionaron individualmente, constituyendo una presión mayor al solicitar una respuesta concreta sobre el paradero del matrimonio.
A los cinco días de producido el hecho, la Cámara Económica de Tres Arroyos remitió al comandante del V Cuerpo de Ejército con asiento en Bahía Blanca, general Osvaldo René Aizpitarte, una nota solicitando información sobre el paradero de Carlos Alberto Rivada y María Beatriz Loperena, señalándole las circunstancias de su secuestro e informándole que el primero de los nombrados "es hijo de un caracterizado empresario, de limpia y prestigiosa trayectoria en nuestro medio".
Una semana más tarde fue el club Huracán quién, con la firma del presidente de la entidad, doctor Roberto Seghezzo y el secretario, señor Abel J. Pérez, se dirigió al general Aizpitarte requiriendo noticias y, en caso de carecer de ellas, solicitando practique una profunda investigación que permita esclarecer el hecho. La nota de Huracán contenía un párrafo sugestivo: "En pleno vigor de los derechos constitucionales de todo habitante del país, consideramos un deber de autoridades y ciudadanos proceder a un exhaustivo examen y análisis de lo sucedido, lo que demuestre la vigencia de tales derechos, el fundamental de los cuales es la libertad".
A fines de marzo de 1977, sin haber recogido ninguna información halagüeña o al menos una pista sobre el probable paradero de su hijo y nuera, don Héctor Rivada resolvió solicitar audiencias para personalmente contarle a quién lo escuchara el secuestro de los miembros de su familia, requiriendo respuestas tendientes a esclarecer totalmente el hecho.
Las primeras solicitudes de audiencia las efectuó, por separado, ante el citado general Aizpitarte y el jefe de la base naval Puerto Belgrano, capitán de navío Zenón Saúl Bolino.
Una vez que cursó las misivas, decidió que su voz debía elevarse no solo ante los máximos jerarcas militares de la región, sino hasta las más altas autoridades del país, por lo que el 1° de abril dirigió una carta, pidiendo arbitren los medios para aclarar el suceso y determinar el paradero de los jóvenes esposos, al mismísimo presidente de la Nación, general Jorge Rafael Videla.
VII Aizpitarte concedió rápidamente la audiencia a Rivada, produciéndose el encuentro el 6 de abril de 1977. Ingresó al despacho del comandante en jefe del V Cuerpo de Ejército faltando 20 minutos para las 11 de la mañana y, por espacio de casi una hora, explicó al militar cómo fue el hecho, qué trámites realizaron y describió la congoja que, desde hacía más de dos meses, vivían su familia y la de su nuera. Aizpitarte le prometió ocuparse personalmente del caso dentro de sus posibilidades y área de acción, indicándole que lo tendría al tanto de cualquier novedad que se produzca. Aunque esperó, Rivada nunca recibió un solo llamado de Aizpitarte, que por tanto no le aportó ningún dato esclarecedor.
La rápida respuesta del jefe del V Cuerpo de Ejército contrastó con la burocrática decisión del máximo responsable de la base naval Puerto Belgrano, quién concedió la audiencia a Rivada, pero la "pateó" para mayo, produciéndose el encuentro en la segunda quincena de ese mes. Una vez frente a frente, don Héctor impuso al capitán de navío Zenón Saúl Bolino sobre la suerte de su hijo y nuera, a quién entregó una carta en la que relataba un episodio por el cual, deducía el empresario, la desaparición de su hijo podría haber sido obra de la marina. El militar, que pareció interesarse por el caso, se comprometió a arbitrar los medios a su alcance para dilucidar el episodio. Una pequeña luz de esperanza abrigó Rivada al salir de ese despacho, transcurrida poco más de media hora desde que había ingresado al lugar.
Entre la reunión con Aizpitarte y Bolino, don Héctor recibió respuesta a una carta que le había enviado al presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, Cardenal Primatesta, diciéndole que "en la desdichadamente exigua medida de sus posibilidades se interesara por su angustioso problema", rematando con "el señor le bendiga y fortalezca".

VIII ¿Por qué suponía Héctor Rivada que la desaparición de Carlos Alberto y María Beatriz podía haber sido obra de la marina?. ¿Qué episodio le relató al jefe de la base naval Puerto Belgrano?.
La nota que le entregó al capitán de navío Bolino se circunscribe a un hecho curioso, que ocurrió durante el primer mes de 1977, días antes de la desaparición de su hijo, a través del cual Rivada advierte que existió un seguimiento de los servicios de inteligencia de la marina sobre la persona de Carlos Alberto.
Cuando se lo narró a Bolino, lo hizo describiendo todos los detalles, brindando incluso el nombre de los informantes y las circunstancias en que no le perdieron pisada y les tomaron fotos a su hijo, la nuera e incluso los dos hijos del matrimonio, aduciendo otros fines que los que finalmente habrían tenido.
Todo empezó cuando el 20 de enero de 1977 Julio César Videla, a quién Héctor Rivada ubicó como "encargado de informaciones de la policía local", entrevistó en compañía de otra persona, a la que el mismo Videla presentó como integrante del servicio de inteligencia de la marina, al dirigente huracanófilo Alberto Alfonso. En esa ocasión, los personajes que resultan "sospechosos" a don Héctor, manifestaron que tenían interés en obtener una foto del ingeniero Carlos Rivada. Entre otras razones, explicaron que eran aficionados al básquetbol y allegados al Club Olimpo de Bahía Blanca.
Alfonso les habría respondido que seguramente no iba a haber problemas y que, esa misma noche, Rivada compartiría con el resto del plantel de básquet, que había logrado el campeonato, una cena que se serviría en la sede de la institución. Ante esta revelación, Videla y su acompañante preguntaron si podían conseguir entradas para la cena, señalándoles Alfonso quién era el encargado de la venta.
Esa noche, jugadores y dirigentes del "Globo", acompañados de sus respectivas familias, se reunieron en torno a una bien servida mesa con el propósito de festejar la obtención del torneo oficial de primera división. Además de la gente del club, dos personas desconocidas en el ambiente frecuentaban el lugar: eran Videla y el teórico servicio de inteligencia de la marina, quienes se apostaron en el lugar con cámara de fotos en mano.
Carlos Alberto Rivada llegó tarde a la cena, alrededor de las 23, pues se había demorado en balneario Reta, donde había viajado para efectuar trabajos eléctricos, que era su ocupación profesional.
Ya en el comedor donde tenía efecto la velada, el ingeniero, futbolista y basquetbolista se sentó junto a su esposa e hijos, de todos los cuales los "visitantes" procedieron a tomar varias fotografías.
Si bien algo llamó la atención la actitud, nadie sospechó otra intencionalidad cuando respondieron que deseaban llenar un álbum con las fotos de todos los integrantes del plantel de básquetbol.
Don Héctor, que relató pormenorizadamente este episodio y citó los nombres de las personas involucradas, creyó ver en él -y así se lo manifestó por escrito a Bolino-, el punto de partida del posterior secuestro del hijo y su nuera.
Cabe destacar que Videla aún hoy vive en Tres Arroyos, donde se dedica a la reparación de artículos eléctricos, habiendo incursionado también en la militancia política dentro de las huestes del ex subcomisario Luis Abelardo Patti.
De acuerdo a la división territorial del país hecha por las Fuerzas Armadas para el "combate antisubversivo", resultan responsables de la desaparición de Rivada y Loperena, el jefe del V cuerpo de Ejército, general Osvaldo René Aizpitarte; el general a cargo de la subzona 51, Abel Teodoro Catuzzi y el teniente coronel J. Mansueto Swendsen, a cargo del área 511, en jurisdicción del Batallón de Comunicaciones Comando 181, con sede de Bahía Blanca.

IX Tras la desaparición de los papás, estimando que prontamente habría noticias, Raquel -la mamá de María Beatriz Loperena-, se hizo cargo en Adolfo González Chaves de la tutela de su nieto Diego. En Tres Arroyos, por su parte, María Rosa Zambotti cumplía igual rol, pero a cargo de Josefina.
Ambas consideraban esta medida como "transitoria", ya que las familias confiaban que, de un momento a otro, los papás de las criaturas aparecerían y, entonces sí, todo volvería a la normalidad.
Mientras esto sucedía, la única hermana de Beatriz, que residía en Lamadrid, enviudó al sufrir su esposo un mortal accidente de tránsito. Así las cosas, la abuela Raquel emigró hacia esa ciudad para acompañar a su hija, llevándose consigo a Diego. Los tres juntos, sin haberlo planificado, desarrollarían el resto de sus vidas en Lamadrid, viviendo el hijo mayor de Carlos Alberto y María Beatriz, con su abuela y tía hasta contraer matrimonio.
Ahora el joven, que desarrolló la vocación periodística, tiene su propia familia y un hijo, al que no por casualidad llamó Ignacio, nombre que llevaba el primer bebé que perdieron sus padres y que le antecedió a él en el nacimiento.
Josefina, en tanto, creció y se desarrolló en Tres Arroyos. Actualmente estudia Administración de Empresas en Buenos Aires, mientras trabaja en una consultora que, entre otras actividades, se dedica a la selección de personal.

X El 22 de diciembre de 1978, sumido en una profunda angustia, sin haber hallado en los casi dos años transcurridos ningún elemento que le permita saber la suerte corrida por sus familiares, Héctor Rivada resolvió dirigir una carta al Almirante (RE) Emilio Eduardo Massera, implorando la verdad, por más dura que ésta sea.
"Con desesperación", tituló aquella misiva, que por el dramatismo de lo allí expuesto se reproduce textualmente:
"El día 3 de febrero de 1977, en circunstancias que jamás fueron conocidas ni investigadas, personas desconocidas raptaron a mi hijo, Carlos Alberto Rivada, ingeniero electricista y a su esposa, María Beatriz Loperena. Sus dos hijos, de 3 años y 4 meses de edad, fueron dejados en el Hospital Pirovano de ésta ciudad y actualmente se encuentran a mi cargo, conviviendo conmigo, mi esposa y un hijo menor.
"No considero necesario, al dirigirme a usted, acudir a detalles truculentos, que se pueda pensar son fruto de una imaginación febril.
"Le digo a usted, como padre de familia, que se haga cargo de mi situación. Lo que me ocurre, repetido lamentablemente en cientos de hogares argentinos, es algo terrible. Personalmente creo que es peor no saber nada de lo que le ha ocurrido a mi hijo y su esposa, que tener la seguridad de ambos han muerto y que sus restos, positivamente identificados por la autoridad, se encuentran depositados en alguna parte, desde donde pueda traerlos. Todo es preferible a esta angustia tremenda que se prolonga desde hace dos años.
"Contarle las gestiones que he realizado en busca de tales objetivos y enumerar los funcionarios y personas con las cuales he conversado en audiencias concedidas especialmente o, a las que me he dirigido por carta, telegramas, por la prensa, sería algo de nunca acabar.
"En tal sentido, mi desilusión es total con el gobierno. Hubiese aceptado lo peor, pero sabiendo dónde, cómo y por qué. Hay derechos intangibles de toda criatura humana que no pueden ser mancillados impunemente.
"El derecho a la vida, a la dignidad, y fundamentalmente en un caso como este, el de saber, no deben ser ocultados a los familiares, que continuarán esperando siempre un retorno que tal vez jamás se produzca. Esta incertidumbre desgasta y mata a los padres y familiares de quienes, si de algo fueron culpables, debieron ser juzgados y condenados. Y si lo fueron sumariamente por quienes se creyeron investidos de alguna autoridad superior que se los permitía hacer, aún en tal caso, como en la guerra ocurre con los traidores a la patria, aún así -se lo repito Almirante-, tales hechos debieron ser comunicados a quienes continuamos viviendo, si eso es lo que estamos haciendo, o muriendo lentamente. Eso sería más leal y honesto que esta incertidumbre espantosa, que se prolonga ya cerca de dos años.
"He escuchado y leído lo que usted ha dicho. He seguido de cerca su actuación. Creo en usted, a quien acudo en busca de la verdad, cual fuera. Usted tiene medios para llegar donde a otros nos es imposible. Usted no ha de tirar esta carta al canasto. No puedo haberme equivocado tan feo. Necesito saber, por mí y por mis dos nietos, que seguirán esperando siempre.
"Pienso que tengo el derecho de exigir, más nadie me oye. He escuchado cientos de palabras, las que no huecas, vacías de intenciones. Todos parecen querer hacerme entender que debo aceptar las circunstancias y resignarme. Pero no claudicaré jamás en mi propósito de encontrar a mis hijos. ¿Qué haría usted en mi caso, Almirante?. Todavía no he enloquecido. Por mis nietos. Pero sería mejor así y más cuerdo permanecer en estado demencial.
"Ojalá reciba alguna contestación suya con algo más que palabras de consuelo o vanas promesas. Yo aceptaré cualquier cosa, pero que sea la verdad.
"Perdóneme y compréndame usted. Yo me esforzaré por hacer lo mismo con quienes han violado las leyes más elementales, sobre las cuales se asientan los mentados derechos humanos, cada vez más escarnecidos. Adiós, gracias y hasta siempre".

XI Don Héctor Rivada falleció, de un paro cardíaco no traumático, el 4 de julio de 1982, a los 63 años de edad, sin haber logrado la más mínima información sobre cuál fue el destino de Carlos Alberto y María Beatriz.
Más allá de la trágica suerte que se supone ambos corrieron, al día de hoy el caso Rivada-Loperena continúa encerrando el más grande de los misterios, siendo las únicas dos personas, del total de víctimas oriundas de ésta ciudad, que desaparecieron efectivamente en Tres Arroyos..." (págs. 127/ 137 del libro "22, los tresarroyenses desaparecidos" citado)

3.2. HECHOS ANTERIORES AL GOLPE DE ESTADO: Pese a la exhaustiva investigación de VERGNANO y TORREMARE, el libro "22..." deja al caso encerrado en una parcial -y opresiva- incógnita que los términos del requerimiento fiscal de fs. 17439/17441 tampoco logra disipar.

Es que en ambos textos se omite la militancia de varios amigos y compañeros de estudio de María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA relacionados con su secuestro y que se hallaban fichados en el Comando de Operaciones Navales -entre 1973/1976- como activos miembros de la "Juventud Universitaria Peronista (JUP)" y del "Movimiento Villero Peronista (MVP)" del Departamento Territorial-Estudiantil de la Secretaría Política del Destacamento 2 Bahía Blanca integrante de la Columna La Plata del Área Sur de la Organización Política Militar (OPM) Montoneros según las anotaciones -entre muchas otras- del Mem. 8687-IFI N°83 "ESC"/976 emitido e l 04/08/76 por la Sección Información de la Prefectura Zona Atlántico Norte (archivos TIF números 30643/30647; 30654/30680 y 30681/30684 grabados en el DVD de fs. 3230/3235) que impresos se adjuntan y cuyos originales se encuentran depositados en la Comisión Provincial por la Memoria de acuerdo a lo explicado por el otrora Fiscal General Dr. Hugo Omar CAÑON a fs. 5103/5105vta.

Parte de esa militancia -de la cual eran simpatizantes el joven matrimonio tresarroyense- puede entreverse en las constancias del Expte N° 545 L. 12 f. 501 de 1977 del Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca (N°148 CFABB) caratulado "RIVADA Carlos Alberto y María Beatriz LOPERENA de RIVADA s/ recurso de habeas corpus - Tres Arroyos"; en el Legajo CONADEP 8346 -agregados con el requerimiento de fs. 17439/17441-; en los Exptes. N° 53235 de 1978 caratulado "RIVADA, Héctor s/formula denuncia" y N° 51843 de 1977 caratulado "RIVADA, Héctor den. Privación ilegítima de la libertad y hurto. Víctimas: RIVADA, Carlos Alberto y LOPERENA de RIVADA María Beatriz"... " que tramitaron por el otrora Juzgado en lo Penal N° 2 del Depto. Jud. BB ca, Secretaría N° 3 -remitidos por el TOCF BBca. a fs. 18640-; en el Expte. N°16925/Año 1987 caratulado "RIVADA, Carlos Alberto y Otra s/ Ausencia con presunción de fallecimiento" que tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Tres Arroyos recepcionado a fs. 20180/20186; en los testimonios del Abog. Guillermo Francisco TORREMARE de fs 19242/19331; de María Raquel LOPERENA de fs. 24888/24905 y de Adriana ARCHENTI prestado el 02/08/00 en el Juicio por la Verdad desarrollado en la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de La Plata; en el informe de fs. 23031 realizado por la Perito Claudia V. BELLINGERI de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) como en los ejemplares del diario "La Nueva Provincia" que abajo se citan; en los editados por el diario "La Voz del Pueblo" de Tres Arroyos a fs. 18634/18639 y 25949/25951; en la nota del Presidente del Club Atlético Huracán de Tres Arroyos de fs. 20211; en el DVD "Algo habrán hecho" de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Tres Arroyos recepcionado a fs. 20033; en los archivos de la Sección Informaciones de la Prefectura Zona Atlántico Norte; en las Mesas (DS) de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) sumados a los exhibidos -y dejados-en la causa 11/86 del registro de la CFABB por el Gral. de Brigada Acdel VILAS en el curso de la extensa audiencia indagatoria de fs. 846/1031, entre muchos otros.

Luego de analizar el material colectado -y no ignorando el fastidio que causa la extensión- lo que sigue es inevitable, si se desea -como todos-conocer la verdad:

3.3. TREINTA MIEMBROS DE LA JUVENTUD UNIVERSITARIA PERONISTA QUE PARTICIPARON EN EL CAMPAMENTO DE PASO PIEDRAS EN EL VERANO DE 1974 FUERON FICHADOS POR LA INTELIGENCIA NAVAL: Como lo señalé en el cap. XXII pto. 21.8. del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 la Sección Información de la Prefectura Zona Atlántico Norte -por segunda vez a cargo del Subprefecto MARTÍNEZ LOYDI Francisco Manuel-, respondió el 16/07/80 por Mem. 88"ESC"/980 8687/IFI al oficio 9389 GT9 N° 12"C"/980 utilizando "...FUENTE: PROPIA Y COMUNIDAD INFORMATIVA LOCAL..."

Allí informó:

"....ASUNTO: CUMPLIMENTAR OFICIO 9389 GT9 N° 12"C"/980
INFORMACIÓN: Para conocimiento de ese Servicio y cumplimentando el Oficio de epígrafe, se informa que:

- DIANA MIRIAM FERNÁNDEZ, estuvo vinculada sentimentalmente con el DT MÁXIMO CARGNELUTTI (a) "TANO", integrante de la BDT "MONTONEROS". Dicha relación se inició en el año 1973. (Valoración "A-1").
- Al margen de su efectiva relación sentimental, CARGNELUTTI la habría captado para integrar la Juventud Universitaria Peronista. (Valoración "B-2").
- En el año 1974 habría concurrido al Campamento de la JUP realizado en Paso Piedras (Bs. As.) con los DDTT JORGE LUIS PERALTA (a) "ALCIDES"; HORACIO FORTUNATO MALLIMACCI (a) "YOYI"; MARÍA MARGARITA BALIÑA (a) "MARGA"; ANA INÉS CIOCCHINI (a) "NATI" o "ROSITA"; ALICIA BIDART; JORGE JUAN RIGANTI (a) "JUAN" o "ANTEOJO"; LUIS ALBERTO SOTUYO (a) "FITO"; MARÍA GRACIELA IZURIETA (a) "KELA"; SILVIA LAURA CASTILLA (a) "CHOLA"; NORBERTO MIGLIORICCI (a) "BETO"; LILIANA PIZA (a) "LECHUGA" o "LALALA"; BRUNO SUSANI (a) "FRANCÉS"; HEBER TAPATA; ANA CLARA OBLONDIENER; CARLOS MAGARIÑOS (a) "PAJARITO"; SILVIA ELENA MARILLA (a) "YUYO"; CLAUDIA JULIA CIOCCHINI (a) "POLENTA" o "SOLEDAD" y otros (Valoración "B-2").
- Agosto/Diciembre de 1974, aparentemente participó en el acto relámpago realizado en la intersección de las calles Brown y O'Higgins de esta ciudad con los DDTT TEODORO ALFREDO BONFIGLIO (a) "RAMÓN" o "ESTEBAN"; (a) "JUAN" o "ANTEOJO"; ARTURO MIGUEL ROSES (a) "COQUITO"; ELIZABETH FRERS (a) "MARTA" o "ELY"; (a) "YOYI"; MARÍA GRACIELA IZURIETA (a) "CORTA"; MARÍA LUISA BUFFO (a) "PETISA" o "TOPO" y otros (Valoración "B-2")
- 1974/75, presuntamente intervino en cortes de calles realizado en la intersección de Alsina y Dorrego de Bahía Blanca con los DDTT "RAMÓN" o "ESTEBAN"; MIGUEL ÁNGEL PÉREZ (a) "RATÓN"; MARIO RODOLFO CRESPO (a) "CACHO"; EDUARDO GONZÁLEZ (a) "LALO"; (a) "COQUITO"; JOSÉ LUIS ROBINSON (a) "NEGRO" O "ERNESTO"; MIGUEL ÁNGEL GARCÍA (a) "GALLEGOS"; JOSÉ ANTONIO GARZA (a) "PECOS" o "TINCHO" y otros; en la intersección de las calles Don Bosco y Charlone de esta ciudad con los DDTT (a) "PECOS" o "TINCHO"; (a) "COQUITO"; (a) "MARTA" o "ELY"; RICARDO GABRIEL DEL RÍO (a) "PROLIJO"; (a) "RAMÓN" o "ESTEBAN"; (a) "PETISA" o "TOPO"; MABEL LÍA TEJERINA (a) "RABA" o "ALICIA"y otros. (Valoración "B-2").
- Enero de 1975, habríase desempeñado en la JUP en el ámbito de la Carrera Ingeniería Química con los DDTT (a) "FLEQUILLO"; ENRIQUE HORACIO SILVERI (a) "PIRRY"; ALBERTO ALFREDO SANTECCHIA (a) "CONEJO" y (a) "RAMÓN" o "ESTEBAN" como responsable (Valoración "B-2").
- En la conmemoración de los hechos de TRELEW habría intervenido en un corte de puente llevado a cabo en la zona de Villa Mitre con los DDTT (a) "RAMÓN" o "ESTEBAN"; MARÍA ANGÉLICA FERRARI (a) "PIRUCHA": (a) "TANO"; JOSÉ ANTONIO CORTEZ (a) "MARTÍN" o "SALTEÑO"; (a) "RUDY"; (a) "RABA" o "ALICIA"; (a) "MARTA" o "ELY"y CARLOS ALBERTO PUSETTO (a) "JULIÁN" o "MONJE" como responsable (Valoración "B-2")
- Agosto/setiembre 1975, proseguiría desempeñándose en la JUP, en el ámbito de Ingeniería Química con los DDTT (a) "FLEQUILLO"; (a) "PIRUCHA"; (a) "PIRRY"; (a) "RABA" o "ALICIA" y (a) "RAMÓN" o "ESTEBAN" como responsable (Valoración "B-2").
Año 1975, es detenida por las FFLL recuperando su libertad (Valoración "A-1"). A fines de ese mismo año habría abandonado su militancia en la BDT "MONTONEROS" a pedido de su familia (Valoración "B-2").
APRECIACIÓN: En base a los antecedentes obrantes en esta Sección y Comunidad Informativa Local y las investigaciones efectuadas en los años precedentes, se estima que DIANA MIRIAN FERNÁNDEZ, estuvo vinculada por lazos afectivos con el DDTT CARGNELUTTI, quién la habría captado aprovechándose de esa relación, siendo utilizada para realizar tareas de menor cuantía. Se aprecia que efectivamente y en base a las averiguaciones practicadas DIANA MIRIAN FERNÁNDEZ, habría abandonado su militancia después de recuperar su libertad durante el año 1975... "

Al prestar, en el Juzgado, declaración testimonial a fs. 24923/24925 (04/06/12) y a fs. 24931/24942 (05/06/12) sobre los hechos registrados en el memorando transcripto Máximo CARGNELUTTI dijo:

"...PREGUNTADO para que diga si durante la década del 70 realizaban los integrantes de las distintas agrupaciones políticas de entonces, campamentos de adiestramiento en la zona serrana o cercana a Bahía Blanca CONTESTA yo participé en dos campamentos de verano de la JUP. No de adiestramiento. Los podría llamar de consolidación del grupo político. Uno en Paso Piedras, cercano al dique, en construcción, muy cercano, en el cual el objetivo era realizar un huerto. Y otro en una playa que puede ser Pehuen Co. En ese el objetivo era de consolidación del grupo y discusión política. No era adiestramiento ni mucho menos militar. Estando en Paso Piedras, nos sobrevoló un helicóptero a muy baja altura y lo saludamos con la mano. Probablemente era con sorna ese saludo. Yo daba por descontado que era de alguna fuerza porque no cualquiera tenía un helicóptero, pero no lo podía identificar. Muy bajo, 40 mts., muy ruidoso. No mucho más grande que un mosquito. Primero se veía que buscaba y luego se detuvo un momento sobre nosotros. La época era la que a Bidegain lo obligaron a renunciar y asumió en la provincia Calabró. Ya comenzaba. Hacia calor, así que estaríamos hablando de enero. Éramos menos de treinta personas. Cabíamos en la caja de una camioneta. Estuvimos una semana. En este estado, SS ofrece al testigo la lectura de las fs. 21.088/93 respecto al caso de Fernández Arechavala, Diana Miriam y PREGUNTA por lo que pueda recordar sobre las personas mencionadas en las fichas de inteligencia que se le exhiben y MANIFIESTA yo recuerdo que Diana me nombraba a otra compañera de estudios que también se llamaba Diana Fernández, y su homónima no estaba politizada, creo. Reconozco mi noviazgo con Diana pero no reconozco que Diana se haya acercado a la política inducida por mi. Y que ella asistió al campamento de la playa en Pehuen Co. No asistió al de Paso Piedras. Creo que el de Paso Piedras fue el primero y yo no la conocía, en cambio en el de Pehuen Co sí..." (decl. Cargnelutti fs. 24931/24942)

De lo anterior se infiere que a principios del año 1974 la Secc. Inf. PZAN -"ojo y vida" del Comando de Operaciones Navales y "avanzada" de la Armada en Bahía Blanca (v. Of. 8687-IFI N°4 "R71976)- tenía fichados a varios miembros de la Juventud Peronista Universitaria (JUP) local que posiblemente fueron fotografiados desde el pequeño helicóptero que los sobrevoló en el campamento de Paso Piedras y dado que era el único con esas características en la zona, es probable que fuera uno de los catorce (14) Alouette III de la 1ª. Escuadrilla Aeronaval de Helicópteros (EAH1) dependiente de la Escuadra Aeronaval N° 2 (EA2) del Comando de la Fuerza Aeronaval N° 2 (FA2) con asiento en la Base Aeronaval Comandante Espora (BACE) (v. cap. XV resol. fs. 23808/23932 y fotografías de fs. 24211/24212 y 24262/24276) cuya ficha técnica era:

Alouette III: SE.3160. SA.316B y SA.319B

Fabricante: Aerospatiale Origen: Francia
Propósito: Helicóptero de transporte, ataque y propósitos generales
Tripulación: tres
Propulsión: 1 motor turboeje Turbomeca Artouste III B de 570 SHP
Rotor Principal: 3 aspas articuladas
Medidas: Diámetro Rotor 11,02 Mts., Largo: 10,03 Mts., Alto: 3 Mts.
Peso: Vacío 1108 Kg., Máximo 2250 Kg.
Velocidad: 210 Km./ Hs.
Alcance: 540 Km.
Periodo de Utilización: 1968 en adelante

Más allá de estas sólidas presunciones, lo que está hartamente probado en los 111 cuerpos del principal -y sus muchos anexos e incidentes-formados en más de cinco años de instrucción es que los miembros de la JUP resaltados en la transcripción del Mem. 88 "ESC"/980 8687/IFI se conocían entre sí desde al menos desde enero de 1974 y, como se leerá más abajo, su activa militancia terminó trágicamente en manos de los que aún hoy niegan su participación en lo ocurrido, que hace recordar un pasaje de "El hombre en la multitud" de Edgar Allan POE:

"...Hay ciertos secretos que no se dejan expresar. Hay hombres que mueren de noche en sus lechos, estrechando convulsivamente las manos de espectrales confesores, mirándolos lastimosamente en los ojos; mueren con el corazón desesperado y apretada la garganta a causa de esos misterios que no permiten que se los revele. Una y otra vez ¡ay!, la conciencia del hombre soporta una carga tan pesada de horror que sólo puede arrojarla a la tumba. Y así la esencia de todo crimen queda inexpresada ... " ("Cuentos completos", traducción y notas de Julio Cortázar, 1° ed. 2°reim. Bs. As. Edhasa, 2009, impreso en España, pág. 329).

Basado en el cap. III pto. 4 "Grupos Revolucionarios" (result.) y en los cap. I "Guerra Revolucionaria"; cap. II "Oposición a la guerra revolucionaria" y cap. VII "Montoneros" (consid.) del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 -que se dan aquí por repetidos- y teniendo en cuenta -además-los memorandos arriba citados, se anexan diferentes esquemas de la OPM Montoneros que ubican a los cuadros de la JUP local que habrían desarrollado su actividad en la Universidad Nacional del Sur y que desde el 06/09/74 operaron en forma clandestina por decisión de la Conducción Nacional dada a conocer en la "conferencia de prensa secreta" ofrecida por Mario FIRMENICH; Adriana LESGART (Grupo Evita); José Pablo VENTURA (JUP); Enrique JUÁREZ (JTP) y Juan Carlos DANTE GULLO (JP) y divulgada en las págs. 36/37 de la 1° edició n de la revista "Evita Montonera" (Año 1 N° 1 ed. diciembre 1974) bajo el título "Habla la resistencia: Comunicados - Partes de guerra".

Declarada ilegal la OPM Montoneros por Decreto 2452/75 (BO 12/09/75 ADLA XXXV-C: 2760) y replegados sus cuadros , las agencias de colección navales estimaban que los militantes de la JUP mantenían reuniones secretas para "reorganizarse" como lo demuestra el Mem. 8687 IFI N° 22 "ESC"/976 de la Secc. Inf. PZAN de fecha 09/03/76 al señalar:

"...Punto 4: Actualmente en la UNS no existen actividades por parte de Centros Estudiantiles, (los mismos fueron disueltos en mayo de 1975 por resolución del entonces Rector-Interventor, Profesor REMUS TETUS. .. Punto 6: La actuación del máximo en esta casa de altos estudios la efectúan a través de la "Federación Universitaria de Bahía Blanca" (FUBB) fuertemente infiltrada y dirigida por la Federación Juvenil Comunista; Franja Morada; Partido Comunista Revolucionario; Juventud Universitaria Peronista; Montoneros y Partido Comunista Argentino, ocasionalmente recibiría apoyo en su accionar por parte del FAS y ERP. Punto B: No se descarta la posibilidad de que los principales dirigentes de los ex-centros estudiantiles y de las agrupaciones mencionadas en el punto 6, efectúen reuniones secretas con el fin de reorganizarse para un futuro accionar... "

En ese contexto, el "lugar" de esas reuniones "secretas" se transformó en un Elemento Esencial de Inteligencia (EEI) para todas las agencias de colección dependientes de la Central de Inteligencia Puerto Belgrano según lo explicado en el cap. X "Directiva del Comandante de Operaciones Navales - Plan de Capacidades - Placintara CON 1/75 "S"" pto. 2 "Anexo "A" de Inteligencia" del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 -que doy aquí por repetido- siendo los domicilios particulares de Cora María PIOLI y de su amiga y compañera de estudios María Beatriz LOPERENA considerados "seguros" para los militantes de la JUP local para tales propósitos:

"...nosotros más que prestar la casa para una reunión... " (v. decl. María Raquel Loperena a fs. 24888/24905)
"...PREGUNTADA si las reuniones en la casa de Cora era algo muy conocido dentro del ambiente universitario CONTESTA los que éramos de letras unos veinte- sabíamos PREGUNTADA con que frecuencia contesta calculo que una vez por semana a la tarde. Yo trabajaba en un consultorio y cuando salía de ahí creo que fui una o dos veces. PREGUNTADA si se reabrió la carrera a raíz de esas reuniones CONTESTA yo supongo que no fue una consecuencia de las reuniones la reapertura. Me parece que el cierre fue una amenaza porque en Letras se habían hecho juicios políticos a algunos profesores y había un ambiente de movilización... PREGUNTADA quiénes enjuiciaban CONTESTA algunos grupos de alumnos. Yo sé que algunos alumnos pertenecían a la JUP, la Juventud Universitaria Peronista, que eran militantes. PREGUNTADA en qué época y lugar se hacían esos juicios CONTESTA en el 74 en las mismas aulas de la Universidad, en 12 de Octubre y Perú... PREGUNTADA si Cora había participado de estos debates CONTESTA si, recuerdo que íbamos a ver, pero no participábamos de las discusiones. Serían unas treinta personas. PREGUNTADA si algunas de esas personas fueron al domicilio de Cora CONTESTA alguna puede haber ido. Recuerdo concretamente a dos o tres compañeros de Letras, Jorge Luis Rabasi, María Eugenia Ciochini, Silvia Oyhamburo y otros que no me acuerdo. PREGUNTADA si conoció en las reuniones de la casa de Cora a una mujer que le decían La Corta CONTESTA yo no conocí a La Corta. Creo que era de Historia. Se que era La Corta Izurieta. Lo que sí recuerdo es que la mamá de Cora en algún momento, le avisaba a Cora que la había llamado La Corta..." (decl. Aída Elena Di Sarli a fs. 9396)

3.4. SEGÚN LA REVISTA OFICIAL DE LA OPM MONTONEROS ANTES DEL GOLPE MILITAR LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR SE ENCONTRABA CONTROLADA POR LA MARINA: La importancia geopolítica y los graves hechos ocurridos en la zona antes del golpe militar del '76 se resumen en el N° 11 de la revista "Evita Montonera" publicada en el mes de enero de 1976 dando aquí por repetido el cap. XXIV pto. 1 de la resolución de fs 13049/13339vta. que trata esa cuestión.

Pese a la remisión, conviene transcribir estos pasajes de la citada revista oficial de Montoneros que sostiene la afirmación de arriba:

"...PATAGONIA, LA RETAGUARDIA ENEMIGA:... Todas estas fuentes de riqueza están perfectamente controladas por el enemigo. hay asentamientos de la Federal, Gendarmería. Prefectura, Ejército y la Fuerza militar hegemónica en la región: la Armada (con su principal asentamiento militar en la Base Puerto Belgrano y su mayor asentamiento territorial en el Territorio de Tierra del Fuego cuyo Gobernador es Almirante en actividad.
BAHÍA BLANCA, CAPITAL DE LA "NUEVA PROVINCIA": Bahía es una ciudad relativamente chica, sus 200000 habitantes trabajan fundamentalmente en el comercio, los bancos; los servicios en general. Por su bajo desarrollo industrial, la clase obrera es un sector social reducido en número y poder político, su experiencia de lucha es muy limitada. La construcción, los portuarios, los textiles y metalúrgicos son las ramas ramas más importantes. La burocracia es débil y se mantiene a fuerza de matonaje. Como ejemplo alcanza decir que Ponce (diputado nacional y Secretario General de la CGT) representa un sindicato de menos de 100 afiliados.
Pero la importancia de Bahía no surge de su desarrollo, sino de su ubicación geográfica en relación a lo que tiene al Sur. Todo el movimento económico y comercial de la Patagonia y del Comahue pasa por la capital de esa "Nueva Provincia", como les gusta llamar a la Patagonia a los representantes de la burguesía comercial y financiera de la zona. Bahía es también un nudo de comunicaciones en relación al sur: todos los vuelos, el ferrocarril, las principales carreteras pasan por allí. Y se encuentran en esta ciudad las conducciones militares de las Fuerzas militares asentadas (Base y V Cuerpo de Ejército. El puerto de Ingeniero White, cercano a Bahía, es el 2do. puerto del país: por allí sale toda a producción frutera del valle, del Río Negro y las cosechas de toda una inmensa zona que llega a abarcar parte de las provincias de Santa Fe y Córdoba.
La importancia de Bahía Blanca, repetimos, no la debemos buscar en su desarrollo industrial, ni en la cantidad de habitantes. su importancia surge de su relación con el conjunto. Su importancia es geopolítica.
Como en todas las grandes ciudades, también en Bahía el gorilaje se reúne espontáneamente en barrios exclusivos aquí es el Barrio Parque Palihue, ubicado sobre una loma desde donde se tiene una vista de toda la ciudad. En este barrio habitan los personeros del régimen, los oficiales del ejército, los representantes de la burguesía, y sus sirvientes más dilectos de la pequeña burguesía (profesores y profesionales al servicio de una Universidad que es controlada por la Marina). La oficialidad de la Armada por otro lado, tiene criterios aún más exclusivos; prefieren vivir dentro de la Base, de donde sus únicas salidas son a clubes sociales de la ciudad, a los actos y agasajos que permanentemente les ofrecen.
Toda esta breve descripción pretende servir de marco para mostrar las condiciones particulares en que desarrolla su política nuestra Organización. Esta situación ha sido caracterizada por la OPM como el "trabajo en las líneas interiores del enemigo". Sin duda sus características son sustancialmente distintas a las condiciones en que se desarrolla nuestro proyecto en Rosario, Córdoba y aún en Tucumán, por citar ejemplos... " (págs. 13 y 14 de Evita Montonera N° 11)

Con lo transcripto no hay duda que para la OPM Montoneros la UNS se encontraba bajo el control (inteligencia) de la Armada Argentina antes del 24/03/76. Los memorandos aquí anexados y los demás emitidos por la Secc. Inf. PZAN -agencia de colección de la FT 2 FAPPA- parecen confirmar lo anterior.

3.5. ESTUDIOS EN BAHÍA BLANCA: Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA contrajeron matrimonio (14/01/72) mientras cursaban en la Universidad Nacional del Sur la carrera de ingeniería eléctrica y de letras, residiendo los esposos -con su hijo Diego- en calle Perú N° 533 de la ciudad de Bahía Blanca.

En esa vivienda familiar eran habituales las reuniones políticas que RIVADA -como anfitrión y simpatizante de la Juventud Universitaria Peronista (JUP)-, tenía con Luis Alberto SOTUYO; Dora Rita MERCERO de SOTUYO y su compañero de estudio Jorge Antonio GARZA, siendo allí también frecuentes las visitas de Cora María PIOLI y de Silvia OYHAMBURO que cursaban -como su amiga LOPERENA- letras en el Departamento de Humanidades de la universidad local, según la declaración testimonial de María Raquel LOPERENA de fs. 24888/24905.

RIVADA terminó su carrera el 23/06/75, expidiendo la UNS el título profesional el 24/10/75 -cuyo juramento certificó el 29/12/75-, mientras que LOPERENA concluyó sus estudios de grado el 30/04/76 obteniendo el título de Profesora de Humanidades -Especialidad Letras- el 21/07/76, certificando la universidad su juramento el 22/10/76 (v. fs. 24888/24905)

3.6. DIRECTA INTERVENCIÓN DE LA ARMADA EN LA REGIÓN Y EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR LUEGO DEL GOLPE DE ESTADO: Lo dicho en la Revista N° 11 "Evita Montonera" sobre la importancia de la Armada en la región se corresponde con advertido en la resolución de fs. 3958/3962. Allí se indica que el 1 de abril de 1976 asumieron como Intendentes Interinos el Capitán de Corbeta Fortunato Miguel PAREDA IZAGUIRRE en la Municipalidad de Carmen de Patagones; el Capitán de Fragata José Amauri FERRER en la Municipalidad de Cnel. de Marina Leonardo Rosales; el Capitán de Corbeta Horacio Roberto, SAUX en la Municipalidad de Villarino y el Capitán de Fragata Isauro Nicanor ROBLES GORRITI en la Municipalidad de Bahía Blanca.(v. fs. 4169/4172 y fs. 4218)

Luego del golpe militar el control de la UNS por parte de la Armada lo exteriorizó la Junta Militar al designar al Capitán de Navio Raúl GONZÁLEZ como Interventor Militar de esa casa de altos estudios (v. fs. 4876/4890 ap. 4.3.), quién en cinco meses de gestión -desde el 25/03/76 al 30/08/76- firmó 264 cesantías del personal docente, no docente, agentes y contratados en los folios de los libros "Resoluciones Registradas Año 1976" Tomos I, II y III recibidos a fs. 3996/3990 y que se fundaron, en su mayoría, en la sórdida aplicación del art. 1 de la Ley 21260 que autorizaba:

"...hasta el 31 de diciembre de 1976, a dar de baja, por razones de seguridad, al personal de planta permanente, transitorio o contratado que preste servicios... que de cualquier forma se encuentre vinculado a actividades de carácter subversivo o disociadoras. Asimismo... aquellos que en forma abierta, encubierta o solapada preconicen o fomenten dichas actividades..." (B.O. 26/03/76 - ADLA XXXVI-B pág. 1032/1033)

Recorre incontestable ese singular ambiente y período de 1976 el cap. XVIII titulado "La irracionalidad se adueña de la cultura y las universidades" del libro "Abandono de la contemplación: Apuntes para la Historia de la Universidad Nacional del Sur" (ed. Universitaria Rioplatense, Bs As, 2009, 492 páginas) escrito por el Magíster Edgardo FERNÁNDEZ STACCO (exSecretario Académico y Director del Depto. de Matemática UNS) que fuera elogiado el lunes 19/04/10 en el Aula Magna de la UNS por Humberto ZAMBÓN -Ex militante de la FUS, ex-decano y Vicerrector de la Universidad Nacional de Comahue-, Pablo BONAVENA -Profesor de la UBA y UNLP- y Adriana RODRÍGUEZ -Decana del Depto. de Humanidades de la UNS-.

3.7. SECUESTRO DE MARÍA GRACIELA IZURIETA Y CORA MARÍA PIOLI: Importa señalar que LOPERENA en los primeros meses del año 1976 "...había estudiado su última materia con Cora y yo sé que se había quedado el último tiempo de preparación de la materia, en la casa de Patricios, porque ella estaba casada y vivía en Tres Arroyos. Y estaba embarazada... " como así lo afirma Aída Elena DI SARLI en su testimonio de fs. 9396.

Interesa remarcar que Cora María PIOLI fue ilegalmente detenida el 25/11/76 en esa casa de Patricios N°742 -donde vivía con su madre- por un grupo de personas que se identificó como perteneciente a la Policía Federal, siendo vista por última vez en el CCD "Baterías" de la Base Naval de Infantería de Marina como surge del requerimiento fiscal de fs. 696/715 ap. VI 12 y de las pruebas analizadas en el consid. XXIII pto. 50, fs. 21288vta./21297 auto proc. del 19/09/11 y en el cap. VI pto. 53, fs 25356 del Expte. 67191 de la CFABB.

Antes del secuestro de PIOLI, la amiga en común y compañera de estudios María Graciela IZURIETA (Responsable del Frente Ideológico "Humanidades" UNS de la JUP de acuerdo a los registros de la Carpeta 117 BDT Montoneros 1976-978 de la Secc. Inf. PZAN (archivos TIF números 30681/30684 grabados en el DVD de la CPM de fs. 3230/3235), fue secuestrada el 23/07/76 junto a Ricardo GARRALDA en el domicilio en que vivían, ubicado en 11 de Abril N° 331, Dpto. 10 de Bahía Blanca como se encuentra probado en el Expte N° 86(8) caratulado "Subsecretaría de DDHH s/ Denuncia (IZURIETA Maria Graciela) y en la causa N° 94 "IZURIETA Lidia C. de s/ Formula denuncia: Homicidio o presunta privación ilegítima de la libertad" agregados a la causa 05/07 "Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos bajo Control Operacional del Comando V Cuerpo de Ejército"

Como se verá, éstos -y otros secuestros- no fueron ignorados por los esposos RIVADA-LOPERENA y menos por sus familiares inmediatos.

3.8. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR CONVERTIDA EN UNA "USINA SUBVERSIVA": En el trágico segundo semestre de 1976, el diario "La Nueva Provincia" en su edición del 05/08/76 bajo el título "La Universidad convertida en una "Usina Subversiva" informaba a sus lectores que "...Hay 17 profesores y activistas detenidos y 30 prófugos. Benamo y la infiltración Marxista. Exitosa investigación..." comentando, la extensa noticia, que el subcomisario Félix Alejandro ALAIS en "...una exposición clara... " -y con la ayuda de un gráfico- había demostrado cómo "...de simples organizaciones estudiantiles de otrora se fueron desmembrando los grupos que finalmente integraron la Juventud Peronista, transformando luego en la organización paramilitar Montoneros... " afirmando "...durante la conferencia de prensa ofrecida en la Policía Federal... " el Gral. Br. Adel Edgardo VILAS que no se podía conformar con:

"...erradicar, aniquilar o eliminar el producto de ese proceso de infiltración. Debemos caer y anular las fuentes mismas en que se nutre, forma y adoctrina el delincuente subversivo. Y esa fuente está en la universidad y colegios secundarios. Hasta tanto no se logre sanear el ambiente docente en el que hay brillantes elementos y el profesor sea un hombre de pensamiento e ideología cristiana, no podremos alcanzar el triunfo en esta lucha en la que todos estamos empeñados... " (LNP ed. 05/08/76)

Un resumen de lo anterior puede leerse en el Mem. 8687-IFI N°83 "ESC"/976 emitido el 04/08/76 por la Secc. Inf. PZAN que impreso se adjunta.

3.9. GUERRILLA UNIVERSITARIA - INVESTIGACIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES DE LA UNS: Al poco tiempo, el diario La Nueva Provincia con el título "..La investigación en Humanidades..." divulgaba -en la pág. 4 de su ed. del 23/10/76- que:

"...Tras la exhaustiva investigación que terminó haciendo luz sobre la infiltración del aparato subversivo en la Universidad Nacional del Sur, durante el desempeño de Gustavo Malek y varios de sus colaboradores, junto con el peronismo montonero, el V Cuerpo de Ejército no ha cejado en su empeño de apresar a todos los profesores involucarados en la guerrilla universitaria y llevar adelante, hasta las últimas consecuencias la ofensiva destinada a combatir las causas y efectos del accionar subversivo.
Habiéndose terminado las investigaciones correspondientes a Economía y hallándose detenidos en la U4 diecinueve personas a disposición del juez federal y del PEN, ahora se ha comenzado el trabajo en el departamento de Humanidades, donde hay 20 prófugos y dos detenidos: del Campo y el contador Trigo... " (LNP pág. 4 ed. 23/10/76)

Los nombres de 162 "militantes montoneros" -en su mayoría estudiantes y profesores de la UNS- tipeados en las 27 hojas del "Listado de "personas" integrantes del Destacamento 2 Montoneros con asiento en la ciudad de Bahía Blanca, cuya localización y detención se procura" encontrado en la "Carpeta 117 BDT Montoneros 1976-978" de la Secc. Inf. PZAN -digitalizadas en el "DVD 2 Prefectura Naval Argentina Greestone 2.72" de la CPM (fs. 3893) como archivos TIF números 30654/30680-, sumados a los miembros identificados en las carpetas "Armada Argentina Fotos de Subversivos" y "Listado de Subversivos" de la Caja N° 1 (archivos TIF números F2N1768229/F2 N1768536 actualmente analizados en la División Fotografía de la Policía Federal Argentina por resolución de fs. 24585/24586),- y los señalados por la Jefatura de Inteligencia Naval y el Servicio de Inteligencia Naval en la carpeta "Personas con pedidos de captura por desarrollar actividades subversivas" del Legajo 2703 hallados en la ex-División de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (v. resol. fs. 3840, y oficio fs. 3891), no dejan duda sobre las actividades de inteligencia y contrainteligencia de la Armada sobre los estudiantes, profesores y personal no docente en la Universidad Nacional del Sur, como puede extraerse de la citada "Carpeta 117...":

Apellidos y nombres Profesión u ocupación Dirección y teléfonos Domicilios y/o lugares de trabajo Empresas, repartición o lugar de trabajo Observaciones
CARGNELUTTI Máximo Sergio (a) "Tano" C.I. 6.623.809 Pol Fed. (Mem - 8687 - IFI - N° 107 "ESC"/76) Estudiante de Ing. Química de la UNS Último domicilio, Zelarrayán n° 1163 Ba.Bca. Se desconoce Militante de Montoneros
ALI Alicia Elda (a) "Mariana", "Susana" o "Flaca", también usa el nombre de BUONO Azucena Victoria (Mem 8687 IFI 107 "ESC"/976) Licenciada en Filosofía en la UNS Drawin s/n Ba.Bca. Se desconoce Dirigente de Montoneros la causante se haría cargo del Destacamento 2 de Montoneros en Ba. Bca.
RIGOLI Roberto (a) Marcos sin otros datos filiatorios Mem 8687 IFI N° 107 "ESC"/976 Estudiante de la UNS Se desconoce Se desconoce Militante de Montoneros, sería el responsable de prensa de la organización
IZURIETA Zulma Araceli (a) "Vasca", sin otros datos filiatorios, (Mem 8687 IFI N° 107 "ESC"/976) Se desconoce Se desconoce Se desconoce Militante de Montoneros
IZURIETA Graciela sin más datos filiatorios, hermana de la anterior (Mem 8687 IFI N° 107 "ESC"/976) Se desconoce Se desconoce Se desconoce Militante de Montoneros
DÍAZ Gregorio Ricardo, arg. M.I. 8.002.700 (Mem. 8687 IFI N° 83 "ESC"/976 Exempleado no docente de la UNS, Ex- Secretario de ATUNS Se desconoce Se desconoce Activista de JUP y Montoneros de la UNS
BUFFO María Luisa, arg. sin más datos filiatorios Exestudiante de la UNS Último domicilio registrado, Avda. Colón y Villarino de Ba.Bca. Se desconoce Activista de la JUP y Montoneros

El Mem. 8687 IFI N° 107 "ESC"/976 citado en la tabla de arriba fue firmado con un valor "A-1" por el Prefecto Mayor Félix Ovidio CORNELLI a cargo de PZAN y el Subprefecto Francisco M. MARTÍNEZ LOYDI -Jefe de su Sección Informaciones- y remitido el 23/09/76 al Jefe del S.I.P.N.A. -Perfecto Mayor Maximiliano César ARCE- conteniendo el "...resultado de las reuniones efectuadas por esta sección y resto de la Comunidad Informativa local, y remisión del organigrama de la composición de la OPM "Montoneros" en esta ciudad... " e indicando además que el 04-09-76 a horas 2330 cuatro sediciosos -integrantes de aquella organización- habían sido abatidos por fuerzas del Ejército durante un enfrentamiento registrado en calle Catriel N° 321 de esta ciudad, los cuales fueron identificados como Pablo Francisco FORNAZARI, Juan José CASTILLO, Manuel TARCHITZKY y Zulema Raquel MATZKIN (v. cap. XX pto. 1.2. del auto de procesamiento de fs. 11113/11513)

De la "explotación" de esos memorandos y listados es posible ubicar -según el catálogo de las FF.AA- a la responsable del Frente Estudiantil UNS de la Secretaría Política del Destacamento 2 Bahía Blanca que figuraba en las carpetas de una agencia de colección naval como "...Oficial "Mariana" (Bueno Alicia V.)..." (archivos TIF números 30681/30684 del DVD de fs. 3230/3235) y en otra como "...ALI Alicia Elda (a) "Mariana", "Susana" o "Flaca" que también usaba el nombre de BUONO Azucena Victoria... Licenciada en Filosofía en la UNS..." ( Mem 8687 IFI 107 "ESC/976 de la Secc. Inf. PZAN)

Como se deduce, nada de lo registrado en las columnas de esas nóminas era sobreabundante y todos los datos allí asentados se cruzaban permanentemente entre las diferentes agencias de colección de las Fuerzas de Tareas 1 Flota de Mar; 2 FAPA -y su dependiente Secc. Inf. PZAN- ; 9 Reserva Terreste y 10 Reserva Aeronaval dependientes de la Central de Inteligencia de Puerto Belgrano (CEIP) que diariamente reportaba al Comando de Operaciones Navales asentado en la BNPB que controlaba las 11 F.T. de la Armada empeñadas en la lucha antisubversiva y cuyo personal de inteligencia y contrainteligencia regularmente asistía a las reuniones de Comunidad Informativa local (Nivel Zona 5 y Nivel Subzona 51) en los lugares, con las agendas y compromisos explicados en el cap. VIII "Comunidad de Inteligencia de la Zona de Defensa 5"; en el cap. X "Directiva del Comandante de Operaciones Navales Plan de Capacidades Placintara CON 1/75 "S" pto. 2 "Anexo "A" Inteligencia y pto. 8 "Apéndice 1 del Anexo F Administración y control del personal detenido" y en el cap. XI pto. 3.7. "Central de Inteligencia... " del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 -entre otros- que doy aquí por repetidos por razones de brevedad.

3.10. SECUESTRO DEL MATRIMONIO SOTUYO-MERCERO: Ante el secuestro en Bahía Blanca de los esposos Luis Alberto SOTUYO y Dora Rita MERCERO de SOTUYO por personal militar el 14/08/76 en su domicilio de calle San Lorenzo al 700 (v. CFABB sent. Expte. 65672 del 13/11/09 caratulado: "CONDAL Norberto Eduardo s/ apel. falta de mérito; auto de proces. y pris. prev. en c. nro. 05/07: "Inv. delitos de lesa humanidad") y de Cora María PIOLI ocurrido en la noche del 25/11/76 en su hogar de calle Patricios al 700, María Raquel LOPERENA preguntó a su hermana María Beatriz y a su cuñado Carlos Alberto "...y uds. ¿qué pasa?..." obteniendo como respuesta "...nosotros más que prestar la casa para una reunión... " (v. decl. fs. 24888/24905)

3.11. REQUISA DE LA VIVIENDA DE RIVADA-LOPERENA DURANTE EL PROCEDIMIENTO ANTISUBVERSIVO EJECUTADO EN TRES ARROYOS EN 1976: En esos asfixiantes meses de 1976, el matrimonio RIVADA-LOPERENA se hallaba radicado en Tres Arroyos junto a sus hijos Diego y Josefina -de tres años y cinco meses de edad, respectivamente- en el céntrico inmueble de calle 9 de Julio N° 36 de esa importante ciudad bonaerense (v. inspec. ocular y croquis en la causa 51843 citada)

Entre el 14 y 15 de septiembre de 1976 en el procedimiento antisubversivo dispuesto por el Comando del V Cuerpo de Ejército y ejecutado por el Tte. Cnel. Osvaldo Bernardino PÁEZ -Jefe de la División Educación e Instrucción y Acción Cívica del Depto. III Oper. (G-3) del Cdo. V° Cpo. Ej.-, con elementos de la Sub-zona de Defensa 51 en conjunto con unidades operativas y de inteligencia de la Armada asentadas en la Base Naval de Puerto Belgrano y en la Base Naval de Infantería de Marina (Baterías) con la material colaboración de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, fue requisada la vivienda de calle 9 de Julio N° 36 siendo LOPERENA fichada en ese descomunal operativo, motivo por el cual el hermano mayor de RIVADA -preocupado por los graves acontecimientos que se estaban viviendo- les ofreció "... juntar dinero para que se fueran y él le dijo "no sé para qué nos vamos a ir, si no hemos hecho nada"... " (v. decl. fs.24888/24905)

Como lo señalé en el considerando XIV pto. 1 del auto de procesamiento de fs. 20787/21394, entre los muchos operativos ejecutados en el Área 511 durante el año 1976 -en forma combinada por grupos de tareas del Ejército, la Armada, la Prefectura y la Policía-, se destaca el comentado en el ejemplar del diario "La Nueva Provincia" del domingo 19 de octubre de 1976 remitido por el Cnel. MANSUETO SWENDSEN al Juez Militar Tte. Cnel. IBARRA para ser agregado al sumario P94-0109/01 -actualmente anexado a la causa 05/07- donde aún se lee:

"...Operativos: Finalmente se dieron a conocer detalles de dos operativos efectuados por fuerzas conjuntas del Ejército y Marina, en los partidos de Villarino y Tres Arroyos, en los cuales se detuvo a 32 personas y se logró el secuestro de distinto material. El informe del Comando del Quinto Cuerpo (Subzona de Defensa 51) señala: "Como resultado de información obtenida en el transcurso de la presente semana se realizaron dos operativos con participación de efectivos del Ejército y Marina en las zonas rurales de los departamentos de Villarino y Tres Arroyos. "Como resultado de esos operativos se detuvieron 26 personas en Villarino y 6 en Tres Arroyos. "Asimismo, se logró secuestrar abundante material bibliográfico y de propaganda subversivos y armamento de uso civil no denunciado"... "

Lo anterior se encuentra incorporado en el Legajo de la Mesa "DS" (Delincuentes subversivos) carpeta "Varios" N° 6323 "Procedimiento antisubversivo en Tres Arroyos, días 14 y 15 de Septiembre" de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) desclasificado por la Comisión Provincial por la Memoria a partir de la aplicación de la Ley 12642. De la nota "Dpto. "D" N° 259" allí archivada -y enviada el 18/09/76 por la Delegación DIPBA Bahía Blanca a través del Oficial Subinspector José Alberto URQUIZU al Director de la DIPBA La Plata-, surge que el operativo a cargo del Tte. Cnel PÁEZ se desarrolló de la siguiente manera:

"...Informe sobre Procedimiento Antisubversivo en Tres Arroyos: Cumplo en informar al Señor Director, que entre los días 14 y 15 del corriente mes se llevó a cabo en la ciudad de Tres Arroyos un operativo rastrillo dispuesto por el Comando del Quinto Cuerpo del Ejército, Sub-zona Defensa 51, participando fuerzas de Ejército y de esta Policía, al mando del Teniente Coronel PAEZ.
En horas de la madrugada se montó un cerco periférico a la ciudad, procediendo posteriormente a una requisa de distintos domicilios seleccionados por "quinteo".
Asimismo, se requisaron domicilios de personas sindicadas como relacionadas con actividades izquierdistas o subversivas algunas de las cuales recuperaron la libertad en el día luego de ser interrogadas, en tanto que algunas por su importancia fueron conducidas al asiento de las autoridades militares, Comando del Quinto Cuerpo del Ejército, Villa Floresta de esta ciudad.
El día 15, aproximadamente al mediodía, se dió por finalizado el operativo retornando las unidades a sus destinos.
Se adjunta nómina de demorados, detenidos y resultados de interrogatorios, como así también recortes periodísticos del diario "La Voz del Pueblo" de Tres Arroyos, conteniendo comentarios sobre el operativo como así también tanto de los comunicados militares difundidos en esas fechas. Valor de la Información: A-1 Bahía Blanca, septiembre 28 de 1976..."

En el DVD agregado a fs. 14685 -que integra la presente resolución-se encuentran las notas y los recortes del diario "La Nueva Provincia" y "La Voz del Pueblo" mencionados, como así también la nómina de los demorados, de los liberados y la lista de los vecinos de Tres Arroyos y del Partido de Villarino que quedaron bajo la autoridad del Cdo. V° Cpo. Ej. "...prosiguiendo con los interrogatorios... "

Sin esfuerzo se sigue que los operativos antisubversivos distantes de la sede del Cdo. SZD51 y de la Jefatura del Área 511 eran ejecutados en conjunto con personal de la Armada y la Policía de la Pcia. Bs. As. y que los efectivos de las Fuerzas de Tareas y el personal de "inteligencia" dependientes del Comando de Operaciones Navales se empeñaban más allá de los edificios, instalaciones y establecimientos de la BNPB.

Fácil es advertir que en coordinación con unidades del Ejército asentadas en la SZD51, el radio de acción de las unidades operativas y de inteligencia de las F.T. dependientes del C.O.N asentado en la BNPB y en la BNIM se extendía a los "...domicilios de personas sindicadas como relacionadas con actividades izquierdistas o subversivas... " ubicados en Tres Arroyos y Villarino.

Comprueba lo anterior las resoluciones de fs. 9717/9969vta. y 11113/11513 vinculadas con el secuestro de los hermanos Silvia Haydeé y Héctor Néstor LARREA en la madrugada del sábado 25/09/76 por un grupo de tareas mixto -numeroso en vehículos y personal empeñado- que en la pequeña localidad de Argerich prácticamente rodearon el Establecimiento Rural de la UNS -distante unos 5 km. aprox. de Médanos- que, 10 días antes, había sido minuciosamente requisada en el operativo arriba comentado por unidades de las FF.AA y FF.SS y, algunos de sus habitantes, interrogados por oficiales de inteligencia.

3.12. ALOJAMIENTO DE JUAN ANTONIO GARZA EN LA VIVIENDA DE RIVADA-LOPERENA: Pese al operativo de rastrillo llevado a cabo en Villarino-Tres Arroyos -y los muchos secuestros, desapariciones y muertes ocurridos en Bahía Blanca y su zona de influencia en la "lucha antisubversiva"-, a principios de 1977 -o diciembre de 1976- el matrimonio RIVADA-LOPERENA dió alojamiento en su domicilio tresarroyense a José Antonio GARZA quién estaba -desde hacía tiempo- fichado y buscado por los servicios de inteligencia naval como responsable territorial del barrio "Villa Libre" de Bahía Blanca y encuadrado en el Movimiento Villero Peronista (MVP) de la Secretaría Política del Destacamento 2 Bahía Blanca de la OPM Montoneros, según así resulta del Mem. 8687 IFI N° 4 "ESC7977 Secc. Inf. PZAN del 10/01/77 adjunto, y como lo declara también María Raquel LOPERENA en la audiencia de fs. 24888/24905: "...Andaba escapado, escondiéndose... " .

3.13. OPERACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE UN BLANCO REALIZADA POR PERSONAL DE LA DIPPBA Y DE INTELIGENCIA NAVAL EN EL CLUB ATLÉTICO HURACÁN DE TRES ARROYOS: Casi inmediatamente después del alojamiento dado por RIVADA a su amigo de estudios GARZA, el 20 de enero de 1977 Julio César VIDELA -Agente de la Comisaría 1°de Tres Arroyos de la Policía de la Pcia. de Buenos Aires- en compañía de otra persona -a la que presentó como integrante del Servicio de Inteligencia de la Marina- se entrevistaron en la sede social del Club Atlético Huracán -ubicado en Suipacha 343 de Tres Arroyos- con el dirigente Alberto ALFONSO a quién le manifestaron su interés en obtener una fotografía del Ing. Carlos Alberto RIVADA con el pretexto de que eran aficionados al básquetbol y allegados al Club Olimpo de Bahía Blanca.

ALFONSO les respondió que esa misma noche, su sobrino RIVADA compartiría con el resto del plantel de básquet, una cena que se serviría en la institución deportiva. Ante esta noticia, VIDELA y su acompañante preguntaron si podían conseguir entradas para el evento, señalándoles ALFONSO quién era el encargado de la venta. Esa noche, jugadores y dirigentes del "Globo" -como se lo conoce al club-, acompañados de sus respectivas familias, se reunieron en torno a una bien servida mesa con el propósito de festejar la obtención del torneo oficial de primera división. Además de la gente del club, dos personas desconocidas en el ambiente deportivo se hallaban -con una cámara de fotos en mano- en el lugar: eran VIDELA y su acompañante del servicio de inteligencia de la marina. RIVADA llegó tarde a la cena -alrededor de las 23:00hs.-, pues se había demorado en el cercano balneario Reta, donde había viajado para efectuar trabajos eléctricos, que era su ocupación profesional. Ya en el comedor donde se festejaba el triunfo deportivo, el ing. RIVADA se sentó junto a su esposa María Beatriz e hijos, de todos los cuales los "visitantes" procedieron a tomar varias fotografías.

Si bien llamó la atención la actitud de VIDELA y su acompañante, nadie sospechó otra intencionalidad cuando respondieron que deseaban llenar un álbum con las fotos de todos los integrantes del plantel de básquetbol. Héctor RIVADA (padre) -que relató pormenorizadamente este episodio y citó los nombres de las personas involucradas-, creyó ver en esta extraña circunstancia el punto de partida del posterior secuestro de su hijo y de su nuera y así se lo manifestó personalmente y por escrito el día jueves 19 de mayo de 1976 al Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano Capitán de Navio Zenón Raúl BOLINO que lo recibió durante 30 minutos en su despacho oficial como así lo informó el diario "La Voz del Pueblo" en la ed. del 24/04/77 (v. fs. 18634/18639) y del 20/05/77 (fs. 25949/25951).

3.14. VIDELA JULIO CESAR - ENCARGADO DE INFORMACIONES DE LA POLICÍA DE TRES ARROYOS: Importa señalar que del Legajo de César Julio VIDELA agregado a fs. 20209 surge que en 1977 revistaba como agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires destinado en Tres Arroyos, siendo trasladado -con la jerarquía de Cabo- a la Dirección General de Inteligencia DGIPBA Bahía Blanca con un sumario -sin sanción- por "Apremios ilegales" (Expte. 475208) para crear en su nuevo destino otro por "Atentado y resistencia a la autoridad y homicidio en riña" (Expte. 660882) que completaba sus muchos arrestos por faltas en el servicio.

La condición de informante de la DIPPA que se le atribuía al agente VIDELA en Tres Arroyos se encuentra acreditada con el informe de fs. 23031 producido por la Perito Claudia V. BELLINGERI de la Comisión Provincial por la Memoria. Allí refiere que entre los archivos de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Pcia Bs. As. se encuentra un legajo en la Mesa DS, Varios, N° 7196, caratulado "Secuestro de Carlos Rivada y María Beatriz Loperena" en cuyas fojas hay un informe pormenorizado del Comisario Héctor DAGLIO -delegado de la DIPPA Bahía Blanca- señalando que:

"...El señor Rivada a la vez le hizo entrega (al capitán de navío Saúl Zenón Bolino, jefe de la Base Naval Puerto Belgrano) de una nota en la que se consigna, entre otras cosas, que en el curso del mes de enero de 1977 el encargado de informaciones de la Policía local, sr. Julio César Videla entrevistó a su primo Alberto Alfonso, miembro de la comisión directiva del club Huracán de esta ciudad, con un señor que lo acompañaba, a quien presentó como integrante del servicio de inteligencia de la Marina... "

De lo anterior se sigue que la excusa de VIDELA de llenar "...un álbum con las fotos de todos los integrantes del plantel de básquetbol... " ocultaba el verdadero propósito de obtener una imágen de RIVADA para que los servicios de inteligencia y contrainteligencia de la Armada lo explotaran en los interrogatorios de los militantes de la JUP y de otras agrupaciones de la OPM Montoneros detenidos en los CCD de la BNPB y de la BNIM "Baterías".

Como se verá el resultado de esos interrogatorios bajo tortura puso la fotografía y los nombres de RIVADA y de su esposa LOPERENA en la lista de los "blancos rentables" que enviaron a los "elementos de tareas" de la F.T.2 que -en combinación con unidades operativas de la Subzona de Defensa 51- efectuaron los secuestros que abajo se detallan.

3.15. SECUESTRO DE LOPERENA Y RIVADA EN TRES ARROYOS: Doce días después de esas tomas fotográficas, entre las 01:00hs. y las 03:00hs. del jueves 3 de febrero de 1977 María Beatriz y Carlos Alberto fueron secuestrados en el interior de su vivienda de calle 9 de Julio N° 36 en la que se encontraban durmiendo junto a sus dos hijos Diego y Josefina.

Tras el operativo militar de secuestro, los hijos de la pareja fueron abandonados por los captores en la puerta del Hospital PIROVANO de aquella ciudad, donde fueron encontrados por la enfermera María Rosalía FERNÁNDEZ aproximadamente a las tres de la mañana de ese mismo jueves. Los menores fueron retirados de allí por sus abuelos Héctor RIVADA y María Rosa ZAMBOTTI, a quienes el chofer de la ambulancia del hospital, Rubén Ernesto VIDELA, advirtió sobre la posibilidad de que fueran sus nietos los niños abandonados, como así lo declaró el padre de RIVADA a las 10:00hs. de la mañana de esa jornada ante el Comisario A. Juan Pedro SABBATTINI y el Oficial Subinspector Alberto CROSATTO en la dependencia policial de Tres Arroyos como resulta de las fs. 1/1vta. del Expte. N° 51843 del Juzgado Penal N°2 BBca. agreg ado a fs. 18640 y el testimonio del chofer de la ambulancia prestado el 04/03/77 a fs. 17/17 de esa misma causa.

El domicilio de las víctimas fue encontrado en completo desorden, y los padres de Carlos Alberto notaron que la camioneta Fiat Multicarga, color blanco modelo 1969, patente n° B004313 que habitual mente estaba estacionada en el cordón de la calle de su domicilio también había sido sustraída, como se anotó en la inspección ocular de fs. 5/5vta. y en el croquis ilustrativo de fs. 6/6vta. del mencionado Expte. N° 51843.

3.16. SECUESTRO DE ADRIANA ARCHENTI EN GUISASOLA: Ante los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata la sobreviviente Adriana ARCHENTI comenzó su relato explicando quién era ella antes de ser cosificada por la dictadura, y resaltó que estudió antropología en La Plata, que se recibió en el año 1974 y que había participado, orgánica e inorgánicamente, "de los acontecimientos políticos fundamentales de los primeros setenta como Ezeiza o la subida de Cámpora al poder, fui integrante de la JP". Según relató, el mismo año en que se recibió comenzó a dar clases en la UNLP, pero tras la intervención de la universidad a finales de ese año, no pudo continuar con su carrera docente. Después del golpe perdió también su otro trabajo en la biblioteca de la legislatura. ARCHENTI explicó que cuando fue secuestrada en febrero de 1977 estaba viviendo con sus padres en José A. Guisasola (localidad El Perdido), en el partido de Coronel Dorrego, y que hasta allí fue a buscarla una comisión que dijo ser de Coordinación Federal de la Policía Federal Argentina. La testigo contó que fue trasladada a Bahía Blanca donde estuvo cinco días y por esos días de cautiverio declaró recientemente en el proceso que se realiza en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca por crímenes de lesa humanidad cometidos en el V cuerpo del Ejército. Luego fue trasladada a la Brigada de Investigaciones de La Plata, donde permaneció tres meses. "Yo estuve tres meses (...) Todo el tiempo estuve tabicada pero percibía que era un lugar de intenso movimiento: entraba y salía gente todo el tiempo, en forma individual o grupal", relató.

En su declaración prestada el 2 de agosto del año 2000 ante la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en el Juicio por la Verdad -agregada a fs. 24888/24905- ARCHENTI dijo:

a) Secuestro: "...cuatro hombres con armas largas que dijeron ser de Coordinación Federal. El que comandaba el Grupo sería un hombre de más de 40 años, tenía traje... se diferenciaba por tener traje, pelo oscuro, contextura media. El coche era un Peugeot sin identificación, fui subida al auto y a los pocos minutos me encapucharon..."

b) Dos automóviles rumbo a Bahía Blanca: "...En el trayecto hablaban de otro automóvil que nos seguían por lo cual presumo que había dos automóviles en el Operativo. Ese dato es que esa misma noche fue secuestrado una pareja de Tres Arroyos a 80 kilómetros de mi pueblo, eso lo supe después. El coche tomó la ruta hacia Bahía Blanca, yo me di cuenta por las vueltas que dábamos, a pesar que siempre me dijo que íbamos hacia Azul y después me dijo que estábamos en Azul, pero de hecho la ruta era hacia Bahía Blanca, el viaje duró entre hora y hora y media. Cuando llegamos pensé que era un descampado, porque solo se oían ruidos nocturnos, así de insectos digamos, la mayor parte del tiempo los ruidos eran esos, por los cuales yo pensaba que estaríamos en algún lugar cerca de un descampado. Sin embargo en un momento al promediar el cautiverio allí escuché la voz de un heladero, por lo cual sería una zona poblada... "

c) Pareja de Tres Arroyos: "...ADRIANA ARCHENTI.- Que esa noche habían detenido una pareja. DR. GLUZMANN.- A los 80 días se entera de esa pareja... ADRIANA ARCHENTI.- Al volver a la casa. DR. GLUZMANN.-La detención de esa pareja tuvo algo que ver con su propia detención ? ADRIANA ARCHENTI.- No que yo sepa, pero me resulta coincidente que la misma noche haya desaparecido gente en dos lugares cercanos. DR. GLUZMANN.- Correcto. Esa pareja, sigue desaparecida, usted sabe si siguen desaparecidos? ADRIANA ARCHENTI.- Creo que sí. DR. GLUZMANN.- Cree que sí. ADRIANA ARCHENTI.- Pero no estoy segura... "

d) Celda con puerta de hierro con ventanilla: "...Bueno, me levantaron en vilo, me sacaron del auto, me llevaron varios metros y me depositaron contra una pared, yo pensé de hecho que me iban a fusilar por las cosas que decían ahí. Luego se cerró una puerta, en realidad me habían puesto en un cuarto, una puerta pesada de metal, me habían puesto un tabique en los ojos y las manos esposadas a la espalda, a partir de ahí siempre estuve tabicada. El lugar era pequeño, un metro y medio por tres, no había nada adentro solo esta puerta de hierro con la ventanilla. Estuve allí creo cinco días, en los cuales no fui interrogada, salvo el último que ya lo voy a decir... no se me dio alimento solo me sacaban para llevarme al baño, siempre acompañada y esposada, y me hacían dar vueltas sobre mi misma para confundirme el lugar, yo pude más o menos reconstruir por los pasos y ver algo debajo de la venda, que era una casa aparentemente pequeña y arreglada para ese fin, mi celda estaba en un pasillo, inmediatamente a la izquierda había lo que sería una cocina donde escuchaba voces de hombres jugando a las cartas, perpendicular a este había otro pasillo por el cual se desembocaba en el baño en el extremo derecho, este pasillo parecía ser un depósito de cajas, como de mercadería, de noche el silencio era absoluto, de noche distintos hombres se turnaban para llevarme al baño... uno de ellos abriendo la ventanilla me habló una o dos veces, un hombre joven, me hizo preguntas de rutina, nombre, procedencia, si estaba metida en algo... me decía que en esa celda habían muerto varias personas... por las alternancias de charlas y silencio absoluto de día y noche, deduzco que yo era la única persona que estaba ahí. Había guardias rotativas, supongo que cada doce horas, cuidándome... Alrededor del quinto día vino un hombre que me hizo salir al pasillo, hizo que pusieran un colchón que estaba manchado de sangre y una manta, lo único que vi es que vestía pantalón de vestir y zapatos oscuros por lo cual presumo que podía ser él que había estado a cargo del Operativo, además por la manera que se dirigían a él los demás hombres... creo que esa misma noche me trasladaron, creo que fueron cinco días, como las diez de la noche serían, me sacaron de la celda y rodeamos la casa por una galería o pasillo, habían varias voces participando y me metieron en lo que sería una camioneta cerrada, un hombre armado subió detrás y creo que dos adelante... "

e) Primer cautiverio: "....DR. GLUZMANN.- Así que usted nunca estuvo en AZUL ? ADRIANA ARCHENTI.- Yo conocía muy bien el camino, dado que soy de allí... DR. GLUZMANN.- O sea que usted fue directamente a BAHÍA BLANCA y ahí estuvo cinco días. ADRIANA ARCHENTI.- Yo fui contando las vueltas del camino. DR. GLUZMANN.- Correcto. Ese centro clandestino de detención, entonces, de los alrededores de BAHÍA BLANCA, entre la gente de BAHÍA BLANCA o con quienes usted pudo haber hablado de Dorrego... porque otra pregunta que le quiero hacer, es usted dice, que la llevaron de GUISASOLA, pertenece al partido de DORREGO... ADRIANA ARCHENTI.- Sí señor DR. GLUZMANN.- Y la zona de DORREGO semilindera con BAHÍA BLANCA, en toda esa zona no se puede precisar cual ha sido el lugar donde Estuvo esos cinco días ? Qué campo de concentración, no tenía ningún nombre, ninguna... ? ADRIANA ARCHENTI.-Yo nunca pude saberlo y en la CONADEP tampoco tenían información en ese momento. Lo que a mí me llama la atención es que, estoy segura de que yo estaba sola ahí, mientras yo estuve... y parecía ser, debía ser una casa arreglada a los fines se me ocurre... ahora había habido gente antes, porque había manchas de sangre en el piso... DR. GLUZMANN.- Claro, usted dice que le dieron un colchón con sangre... ADRIANA ARCHENTI.- Y me dieron un colchón manchado de sangre, sí. DR. GLUZMANN.- Y que la persona que estaba ahí le dijo que de ahí... o de ahí, habían matado gente. ADRIANA ARCHENTI.- Sí. DR. GLUZMANN.- No le nombró ninguna persona ? ADRIANA ARCHENTI.- No... DR. GLUZMANN.- No puede precisar, entonces, aproximadamente a cuantos kilómetros de BAHÍA BLANCA estaría eso ? ADRIANA ARCHENTI.- Solo se que el viaje duró entre una hora, una hora y media, que es lo que... DR. GLUZMANN.- Desde DORREGO, desde su lugar... ADRIANA ARCHENTI.- Desde GUISASOLA... DR. GLUZMANN.- Desde GUISASOLA. ADRIANA ARCHENTI.- Desde mi casa. DR. GLUZMANN.- A cuántos está GUISASOLA de DORREGO ? ADRIANA ARCHENTI.- 100 kilómetros creo. DR. GLUZMANN.- 100 kilómetros. Hacía el lado de BAHÍA BLANCA o... ? ADRIANA ARCHENTI.-Hacía el lado de BAHÍA BLANCA. DR. GLUZMANN.- Hacía el lado de BAHÍA BLANCA. ADRIANA ARCHENTI.- Discúlpeme... BAHÍA BLANCA está a 100 kilómetros de DORREGO. GUIZASOLA está a 18 kilómetros de DORREGO hacía el lado de AZUL. DR. GLUZMANN.- Así que demoraron entre hora, hora y media en llegar a... ADRIANA ARCHENTI.-Claro. Son deducciones mías, se que íbamos hacía BAHÍA BLANCA por las vueltas del camino, por lo que tardamos, bien podría ser BAHÍA BLANCA... pero después ya le digo, para mí era... no había ruidos, salvo esa ocasión en que escuché un heladero... DR. GLUZMANN.- Correcto. ADRIANA ARCHENTI.- Es el único signo exterior que pude registrar...."

f) Traslado a La Plata y personal de inteligencia de la Armada en los interrogatorios: "....Él me dijo que me llevaban a La Plata... El Oficial que me interrogaba a mí decía que era de la Marina y que venía especialmente a interrogar a su gente... muchas veces me dijeron que me había "chupado" la Marina y que el lugar donde me agarraron era zona de Operaciones de ellos. Al Oficial lo llamaban El Francés. Una vez me levantó la capucha en un interrogatorio e hizo que lo mirara, preguntándome si lo conocía... no podría individualizarlo porque se había puesto una peluca de mujer, pero era un hombre joven de entre 25 y 30 años, delgado, alto, de tez bastante morena; ojos oscuros. El Francés era reconocido por su mezcla de crueldad y sagacidad en los interrogatorios. Era informado, hablaba fluidamente y creo que se especializaba en torturas psicológicas después del primer período de ablande... DR. GLUZMANN.-Pero en su declaración, también usted dijo estar o que alguien le dijo o usted está convencida, que actuó la Marina... que alguien le dijo o que usted lo saca en sí, cual es el fundamento por el cual el hecho, por el cual usted cree que fue la Marina? ADRIANA ARCHENTI.- Mi interrogador me decía que era de la Marina. DR. GLUZMANN.- Su interrogador ? ADRIANA ARCHENTI.- Sí.DR. GLUZMANN.- Se está refiriendo a este que se llama El Francés ? ADRIANA ARCHENTI.- Sí..."

Este secuestro fue denunciado en el Expte. N°144-L-469 caratulado: "ARCHENTI Adriana s/ Recurso de Hábeas corpus, solicitado por Raquel Loydi de Archenti" iniciado el 05/04/77 ante el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca a cargo del otrora Juez Federal Guillermo Federico MADUEÑO, Secretaría N°3 del Dr. Hugo Mario SIERRA (CFABB N°159) actualmente agregado en la causa 982 "BAYÓN Juan Manuel y otros" del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca

La primera de las fotografías de fs. 1001 -que fuera obtenida por el Gabinete Científico de Bahía Blanca de la Policía Federal durante la inspección ocular realizada el 19/10/07 a fs. 962/969 en la BNPB y BNIM-, muestra la puerta de hierro con ventanilla del calabozo del edificio de la Policía de Establecimientos Navales que existía en la década del 70.

Esa puerta coincide con la descripta por ARCHENTI "...una puerta pesada de metal... de hierro con la ventanilla... " que cerraba el calabozo de su primer cautiverio.

Al declarar Miguel Antonio GINDER en la audiencia testimonial de fs. 8769/8785 reconoce las dependencias de la Policía de Establecimientos Navales con las fotografías de la inspección ocular que se le exhibieron en dicha oportunidad, describiendo su lugar de encierro en parecidos términos a los usados por ARCHENTI particularmente la extrema -y extraordinaria-soledad de su encierro:

"...Siempre estuve en el mismo lugar, calculo, porque al principio me sacaban casi todas las noches... PREGUNTADO por S.S. si cuidaban su higiene CONTESTA nada, muchas veces hice ahí en el mismo calabozo... PREGUNTADO por S.S. sobre algún ruido en particular que hubiera escuchado CONTESTA radio había. Ponían la radio local, pero en la parte de las oficinas. Se sentía movimiento de gente y de autos en las oficinas. Atrás había mucho movimiento de autos. PREGUNTADO por S.S. qué distancia había entre su calabozo y las oficinas CONTESTA unos cinco o seis metros. Estábamos adentro del mismo edificio. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga cómo fue su ingreso a la Base Naval Puerto Belgrano CONTESTA esposado y encapuchado, no sé por dónde entré... PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga si durante el período que estuvo sin capucha, advirtió la presencia de más personas en su misma condición CONTESTA no, ni siquiera había detenidos por robo, ni nada. Estaba absolutamente solo. Con este hombre que a la noche me abría la puerta y me dejaba ayudarlo a barrer el patio. Para mí era importante en ese momento. Siempre estuve en el mismo calabozo.... PREGUNTADO si durante los días que permaneció en cautiverio, en algún momento escuchó gritos de personas que podían estar siendo torturadas CONTESTA los dos o tres primeros días me pareció escuchar gritos, pero ellos vinieron a asustarme con eso, por eso no sé si me estaban haciendo una sicológica para asustarme, porque me decían que me iban a hacer lo mismo. Después, pensé que lo hacían para asustarme.... "

Lo anterior constituye una fuerte presunción de que ARCHENTI estuvo primeramente detenida en el calabozo del edificio de la Policía de Establecimientos Navales -distantes unos pocos metros del Puesto N° 1 de acceso a la BNPB en cuyas oficinas funcionaba -además- la División Contrainteligencia del Departamento Seguridad y Operaciones de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano.

3.17. SECUESTRO Y MUERTE DE OTRAS TRES PAREJAS EN BAHÍA BLANCA: También ese jueves 03/02/77 un grupo de personas -que se individualizaron como de la Brigada de Investigaciones- secuestraron a Nancy Griselda CEREIJO en el interior del Hotel Italia donde trabajaba y, otro grupo, perteneciente al Ejército, secuestraron casi al mismo tiempo a Andrés Oscar LOFVALL en su domicilio de calle Cervantes al 100. Ya en horas del mediodía, ILAQCUA Carlos Mario fue detenido ilegalmente en su domicilio de calle Darwin al 500 por personas que se presentaron como de la Policía Federal sufriendo igual delito -el viernes 04/02/77-, su novia Estela Maris IANNARELLI y también María Elena ROMERO y Gustavo Marcelo YOTTI quienes fueron llevados por personal militar que irrumpió en la modesta pensión de calle Caronti 43 donde se alojaban.

Importa recordar que las parejas CEREIJO y LOFVALL; ILAQCUA e IANNARELLI y ROMERO y YOTTI fueron vistas en el CCD "La Escuelita" donde las sometieron a torturas, y retiradas de allí junto con otras personas, aparecieron muertas, los dos primeros el 23/04/77 en horas de la madrugada, en un operativo integrado por fuerzas de seguridad y militares, en la localidad de Sarandí, partido de Avellaneda, los del medio en un operativo militar en La Plata el 16/04/77 y los últimos ejecutados en un operativo militar la madrugada del 13/04/77 en un camino vecinal de la Ruta 3 Sur, que accede a Gral. Daniel Cerri, todo ello probado en el auto de procesamiento de Norberto Eduardo CONDAL dictado en el mes de febrero de 2009 en la causa 05/07 caratulada: "Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos bajo control operacional del Comando V Cuerpo de Ejército" en trámite ante el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Bl anca, Secretaría de Derechos Humanos, resolución que fuera confirmada el 13/11/09 por la CFABB en el Expte. 65672 caratulado: "CONDAL Norberto Eduardo s/ Apel. falta de mérito; auto de proces. y pris. prev. en c. nro. 05/07: "Inv. delitos de lesa humanidad"

3.18. HEROICAS EDICIONES DEL DIARIO "LA VOZ DEL PUEBLO": Este prestigioso diario de Tres Arroyos por resolución de fs 17811/17811vta. remitió a fs 18634/18639 y 25949/25951 copias de las ediciones del domingo 3 de abril de 1977 con la noticia "Caso Rivada -Gestión ante el General Videla"; del jueves 7 de abril de 1977 con la novedad "Recibió el General Azpitarte al padre del ingeniero Rivada" y la del domingo 24 de abril de 1977 con el título "El Jefe de Puerto Belgrano recibirá al Sr. Héctor Rivada"

La edición del viernes 20 de mayo de 1977 con el título "...Recibió el Jefe de la Base Puerto Belgrano a H. Rivada... " resumía así la entrevista:

"... El señor Héctor Rivada de acuerdo a lo anunciado, entrevistó ayer al Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano, capitán de navío Zenón Raúl Bolino, para interesarlo sobre la suerte corrida por su hijo y nuera secuestrados de su hogar el 3 de febrero pasado, sin que hasta el presente se tengan noticias sobre su suerte.
A su regreso de Bahía Blanca, el citado vecino nos expresó que había sido atendido por espacio de media hora a partir de las 9 por el alto jefe militar quien se interesó vivamente por el caso, prometiendo a su vez arbitrar los medidos a su alcance para dilucidar el episodio.
El señor Rivada a la vez le hizo entrega de una nota en la que consigna, entre otras cosas, que "en el curso del mes de enero de 1977, el encargado de informaciones de la policía local, señor Julio César Videla entrevistó a su primo Alberto Alonso, miembro de la comisión directiva del Club Huracán de esta ciudad con un señor que lo acompañaba a quien presentó como integrante del servicio de inteligencia de la Marina. Este manifestó -dice la nota- su interés por obtener alguna foto del ingeniero Carlos Rivada y como ese día en el Club Huracán se serviría una cena en homenaje a los jugadores que habían obtenido el campeonato oficial de primera división, entre los que se encontraba Rivada, le preguntaron a Alonso si les podía conseguir dos entradas para la cena. Alfonso les indicó a quién podía dirigirse para obtenerlas. En la noche de ese día, 29 de enero de 1977 -continúa la presentación-se realizó la cena.
Las dos personas mencionadas, el señor Videla y su acompañante se hicieron presentes a hora temprana, pidiéndole a Alonso que les indicará cuál era Rivada. Este llegó recién alrededor de las 23, porque había estado trabajando en el Balnerario Reta, de este partido.
Aduciendo que eran aficionados al básquebol y allegados al Club Olimpo de Bahía Blanca, procedieron a sacar varias fotos entre ellas al ingeniero Rivada que se encontraba con su esposa e hijos. Expresaron los visitante que deseaban llenar un Álbum con las fotografías de los integrantes del plantel de basquetbol. Nadie sospechó de su conducta".
Tras otras consideraciones, la nota del señor Rivada al capitán de navío Bolino finaliza dando cuenta de la desaparición del matrimonio y de las gestiones cumplidas ante las autoridades militares y del gobierno nacional, señalando que todas las tramitaciones han sido infructuosas... "

De lo anterior se sigue que en plena lucha antisubversiva y a los pocos meses del operativo "rastillo" comentado, el director de "La Voz del Pueblo" publicó el texto de la carta que, días antes, el padre de RIVADA había entregado personalmente al Jefe de la BNPB en la que abiertamente relacionaba al Servicio de Inteligencia Naval en el secuestro y la desaparición de su hijo y nuera.

Más allá del heroísmo que tales conductas importan -y que pasados tantos años siguen asombrando por su valentía-, el director del diario tresarroyense para arriesgar su vida -y la continuidad de la empresa-, debió estar muy seguro de lo hecho por el informante VIDELA y su acompañante de los servicios en el interior del Club Huracán en la larga jornada del 29/01/77. La certeza se fundaba en que todo el plantel de básquebol, sus técnicos, familiares, socios y directivos del Club reunidos en esa cena los habían visto sacar las fotografías.

3.19. GESTIONES DEL CLUB ATLÉTICO HURACÁN PARA AVERIGUAR EL PARADERO DE LOS SECUESTRADOS: El presidente del reconocido "Globo" de calle Suipacha 343 de Tres Arroyos -Alejandro J. PÉREZ- en contestación al pedido de fs 17811/17811vta. informó a 20211 que:

"...que Carlos Alberto RIVADA (D.N.l. no 5.524.901) fue futbolista amateur de nuestra institución, no pudiendo precisar la fecha exacta en que comenzó tal actividad.
En cuanto a la nota referida en el oficio en contestación nos ha sido imposible ubicar en nuestros archivos copia de la misma, sin perjuicio de lo cual estamos en condiciones de confirmar su existencia ya que a fs. 136, Acta n° 8, sesión del día 21 de febrero de 1977, del Libro de Actas n° 21 de nuestra Institución, se dejó constancia de "Correspondencia Remitida... Al Señor Comandante del V Cuerpo de Ejército Gral. de Brigada Don Osvaldo René Azpitarte. Solicitando informaciones sobre el paradero de nuestro jugador Carlos Rivada y su señora esposa - Asimismo, a fs. 138 del mismo Libro, Acta n° 11, sesión del día 15 de marzo de 19 77, se dejó constancia de "Correspondencia Recibida... Del Comandante del Vto. Cuerpo de Ejército Don Osvaldo René Azpitarte: informando que las averiguaciones practicadas tendientes a conocer el paradero de Carlos Rivada y sra. no han tenido éxito. Para mayor ilustración d VS. adjuntamos fotocopia de las actas referidas... "

3.20. SECUESTRO EN LA PLATA Y MUERTE EN LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS DE JOSÉ ANTONIO GARZA Y MARÍA LUISA BUFFO:

Entre las págs. 177/185 del libro "22, los tresarroyenses desaparecidos" citado se indica:

"...La madre no reconoce en él militancia política, aunque si esgrime que, en la medida de sus posibilidades, hacía trabajos sociales. Sin embargo, los testimonios recogidos lo ubican militando dentro de las filas de la Juventud Universitaria Peronista (JUP). Según compañeros de ruedo, así fue efectivamente hasta fines de 1974. "Después, por lo que él contaba, sus tareas estaban en el Frente Barrial, en la organización del Partido Auténtico y en tareas internas de la Orga", refiriéndose a Montoneros...
En Bahía Blanca, por su parte, desarrollaba actividades en las villas miserias, las que por lo general consistían en levantar paredes y techar nuevas casas, propiciando una mejor calidad de vida de los marginados habitantes bahienses...
Una vez que el ingeniero Garza egresó de la universidad, comenzó a trabajar en una empresa que se dedicaba al mantenimiento de ascensores. Su título era ideal para tal metié, por lo que rápidamente logró insertarse en el mercado laboral.
Durante su estancia en Bahía desarrolló una intensa amistad con Alejandro Tomás Mónaco, a quién había conocido durante la conscripción y cuyos padres eran dueños de una prestigiosa fábrica local, denominada Tomás Mónaco e Hijos.
La amistad se extendió en el tiempo e incluyó a la novia de Mónaco, una joven bioquímica, con quien el bahiense contrajo enlace en 1976. Pero la felicidad del matrimonio no duró mucho. Llevaban 15 días de casados cuando la chica salió de su domicilio para ir al laboratorio donde trabajaba, desapareciendo sin dejar un solo rastro. Del laboratorio llamaron a la casa preguntando por ella, extrañados por la ausencia...
No se sabe a ciencia cierta el día, la hora y las circunstancias, pero fue durante los primeros meses de 1977 que Mónaco y Garza desaparecieron. Trabajaban de 8 a 17 horas, por lo que suponen que los secuestraron cuando regresaban al departamento que compartían. La última comunicación que practicó José Antonio a casa de los Garza fue para el Día del Padre, después no supieron nada más...
Estaban buscando otras vías probables de información cuando un nuevo llamado anónimo les indicó que el hijo había sido trasladado a la Base Naval de Puerto Belgrano...
José Antonio Garza aparecía en la sección policial como abatido en un tiroteo con el ejército. Consternados, no alcanzaban a entender cómo el compañero de su hijo, quien había desaparecido en La Plata y supuso detenido en Bahía Blanca, ahora aparecía muerto en Entre Ríos...
Según la noticia que difundieron los diarios, cuya fuente habría sido un documento emitido por los militares, el 23 de agosto de 1977, en un supuesto enfrentamiento con el ejército, habían resultado abatidos por personal uniformado José Antonio Garza y María Luisa Buffo, todo lo cual ocurrió en Diamante, provincia de Entre Ríos..." (págs. 177/185)

Máximo CARGNELUTTI al prestar, en el Juzgado, declaración testimonial a fs. 24923/24925 (04/06/12) y a fs. 24931/24942 (05/06/12) sobre el particular dijo:

"...PREGUNTADO para que diga si conoció algún estudiante -aparte de Peralta y Riganti- que haya sido secuestrado y que actualmente se encuentre desaparecido y en cuyo caso, qué recuerda de ellos CONTESTA recuerdo a María Luisa Buffo, que la encontré en Quilmes, donde yo me pretendía esconder. Ella se fue a La Plata. Nos encontramos en Quilmes y ella me conectó con José Garza y con Alejandro Mónaco. Nos encontramos los fines de semana -porque yo trabajaba- en Buenos Aires. La última vez que ví a Maria Luisa fue en Capital Federal el 30/04/77 y la primera vez tres meses antes, en Quilmes. A Garza lo conocía de la época de militancia, desde el 75. A Alejandro también. Garza era estudiante de Ingeniería Eléctrica o Electricista, no recuerdo cómo se decía. José estaba en La Plata, escapando de la persecución. El es nativo de Tornquist, estudió en Bahía Blanca y en el recrudecimiento, entre marzo y mayo del 76, deduzco, se fue a La Plata... "

3.21. CONJETURAS Y TEMORES DE LA HERMANA DE MARÍA BEATRIZ LOPERENA: El 14/08/87 en el Legajo 582 de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación, María Raquel LOPERENA denunció la desaparición de su hermana y de su cuñado en estos breves términos:

"...Que el Sr. Rivada junto a su esposa, la Sra. María Beatriz Loperena fue llevado de su domicilio particular, sito en la calle 9 de Julio N° 16 de la localidad de Tres Arroyos, Pcia. de Buenos Aires, por fuerzas de seguridad, las que posiblemente pertenecían a Marina.
Que el Sr.Rivada era argentino, que tenía 28 años al momento de su desaparición, que era ingeniero electricista.
Que la denuncia sobre la desaparición de la Sra. Loperena obra con el N° 8346 en los archivos de la Comisión Nacional sob re la Desaparición de Personas.
Que tenían dos hijos: Ricardo Diego de dos años de edad en el momento de la desaparición de sus padres, y Josefina Rivada de 5 meses de edad. Que actualmente los mismos están a cargo de la denunciante y de la abuela paterna. Que no desea agregar nada más..."

24 años después, en la audiencia celebrada en el Juzgado el 29/05/12, a fs. 24888/24905 María Raquel agregó lo que sigue:

a) Secuestro: "...PREGUNTADA para que diga si sabe cómo sucedieron los hechos en la localidad de Tres Arroyos en el año 1977 en relación a su hermana y cuñado CONTESTA yo lo que se es lo que me contaron porque yo vivía en Mar del Plata en ese momento. Cuando me avisan de lo que pasa me vengo a González Cháves donde vivía mi mamá. Ese mismo día. Me relatan lo que había pasado. En la casa de mi mamá se encontraban ya dos hijos de este matrimonio, Diego Rivada y Josefina Rivada. Lo que me relatan es que no sé la hora exacta, acuden a la casa de Héctor Rivada, padre de Carlos Rivada, una ambulancia, diciendo que en el hospital había dos niños que podrían ser sus nietos. Creo que el señor que era enfermero que manejaba la ambulancia era el Sr. Videla, pero no sé el nombre. Acuden al hospital, y comprueban que son sus nietos. Diego tenía 2 años y medio y la nena ese día cumplía 5 meses. Los dejaron en la puerta del hospital y los abuelos vivían muy cerca de una cuadra o dos del hospital. A mi cuñado el padre lo había dejado en su casa, porque habían tenido una cena y un partido de básquet. Decía que no podía ser porque recién lo había dejado en su casa, a la madrugada, dos de la mañana... Era un día laborable, el 3 de febrero. Al lado de la casa de mi hermana y mi cuñado, Rivada padre tenía su negocio que era una casa de deportes. Se llamaba "Los mellizos Rivada". Cuando golpean la ventana la madre de Carlos se da cuenta que están diciendo algo de los nietos. Lo que no tengo claro es si la casa estaba muy revuelta o no, no lo puedo decir. Mi hermana estaba con sus niños ahí. No sé cómo fue, si estaban cuando llegó mi cuñado, no lo sé. La enfermera Rosalía Fernández, creo que Diego comienza a caminar hacia una luz en el hospital, y dice que es Rivada a esta señora. La nena estaría en los escalones del hospital. Empiezan las conjeturas. Les faltó una camioneta que usaban para su trabajo, una Fiat 125 Multicarga, me parece que era blanquita, clarita, se la llevaron. Nunca más la recuperamos. Mi cuñado trabajaba en la empresa Monterrey, una empresa mexicana. PREGUNTADA para que diga si algo más falto de la casa CONTESTA no. Nadie lo mencionó. PREGUNTADA para que diga si algún vecino escuchó o vió algo CONTESTA el que preguntó fue el papá y le comentaron que vieron algún movimiento extraño de autos, pero nada más. Lo que a mí me comentaron que habían visto gente que no era de la zona, algo inusual. El papá fue inmediatamente a la comisaría pero ahí le dijeron que no sabían nada. .. "

b) Carreras en la Universidad Nacional del Sur: "...PREGUNTADA para que diga si su hermana y su cuñado estudiaron en la zona CONTESTA habían hecho su carrera acá en Bahía Blanca. Mi hermana era Profesora de Letras y mi cuñado Ingeniero Electricista. En este estado, la testigo exhibe los títulos de ambos, certificándose las copias que SS ordena se agreguen... "

c) Militancia de Rivada en la Juventud Universitaria Peronista: "...PREGUNTADA para que diga si Rivada tuvo alguna actividad estudiantil o militaba en alguna agrupación CONTESTA sabia que sus ideas eran afines a la JUP pero no sabia que tuviera alguna actividad. Los dos eran bastante parcos.

d) Vinculación con Cora Pioli, Dora Rita Mercero, Luis Alberto Sotuyo: "...PREGUNTADA para que diga si su hermana le hablo de quiénes eran sus amistades o estudiaban con ella CONTESTA conocía a Silvia Oyhamburo que también estudiaba Letras, y a Cora Pioli, que habían estudiado juntas. Después otras amistades, no... "

"... PREGUNTADA para que diga cómo conoció la relación de Sotuyo con ellos CONTESTA cuando yo vivía en Cháves y venia a visitarlos, solía ver a los Sotuyo. Loperena y Rivada vivían en Perú 533. Se casaron antes de terminar la carrera, el 14 de enero del 72. Solía ver a otra amiga, de apellido Guembe, media gordita, muy agradable, estaba casada con un muchacho de Tres Arroyos, futbolista, que estudiaba o trrabajaba acá. Los domingos se iban juntos a Tres Arroyos porque era arquero de otro equipo de fútbol, pero después que pasó esto nunca más supe de él. Creo que se fueron a Entre Rios. Se frecuentaban bastante, tenían cuatro chicos. No recuerdo en qué trabajaba él acá. Estudiante me parece que no era... "

e) Secuestro y asesinato de los Sotuyo en agosto de 1976: "...En el 76, después de lo de Pioli y Sotuyo. Los Sotuyo eran amigos y compañeros de mi cuñado. Eran de Necochea. Luis Alberto Sotuyo militaba, sería en la JUP, pero no estoy segura. La señora Mercero Dora Rita, era de San Cayetano, era Bioquímica. Aclara la testigo que Sotuyo era compañero de la misma carrera de su cuñado. Ya se habían recibido y deciden quedarse en Bahía Blanca. En agosto del 76, personal militar del V Cuerpo de Ejército fueron sacados de su casa. Salio una noticia de que habían fusilado a tres subversivos, creo que Roberto Lorenzo estaba en la casa, es lo que leí, pero los vecinos vieron que se los habían llevado a los 3. En esa casa estuvieron apostados varios días los integrantes del Vto. Cuerpo. Según figura en la página de los juicios estuvieron en La Escuelita... "

"...Sotuyo fue a Ezeiza, a la vuelta para en Cháves, mi mamá no estaba, así que llega con frío, asustado, muerto de hambre, y una tía lo aloja ahí... "

f) Preocupación de la testigo luego del secuestro de Cora Pioli: "...En un momento creo que ya había pasado lo de Cora Pioli que fue en noviembre, yo les pregunto "y uds. ¿qué pasa? Y ella me dice: "nosotros más que prestar la casa para una reunión... " en el sentido de "es tan poco lo que hacemos...". Entendí que prestaban la casa para reuniones políticas. No sé si ellos tuvieron la dimensión... "

g) Preocupación del hermano de Rivada luego del operativo antisubversivo en Tres Arroyos: "...Cuando ya estaban viviendo en Tres Arroyos el hermano mayor de mi cuñado les ofrece juntar dinero para que se fueran y él le dijo "no sé para qué nos vamos a ir, si no hemos hecho nada"... "

h) Identificación de Loperena durante el operativo conjunto del Ejército, la Armada y la Policía de la Pcia. de Bs. As. en Villarino y Tres Arroyos: "...Otro dato que yo me entero cuando hacen eso en Tres Arroyos, uno que se llamó Bernardino Páez, la "Operación Trigo" o algo así, fueron distintos cuerpos de Ejército y tomaron 30 personas, unos meses antes. En la casa de mi hermana estuvieron. Hacia unos 12 ó 15 días que había tenido a Josefina. A algunos se llevaron y otros quedaron identificados, mi hermana entre ellos. Algún Rivada me lo contó. Habrá sido ahí cuando el hermano le ofreció dinero para que se fueran. .. "

i) Alojamiento dado por el matrimonio Rivada-Loperena a José Antonio Garza: "... A principios del 77, o diciembre del 76, se aloja en la casa de mi hermana José Antonio Garza. Este chico es oriundo de Tres Arroyos, Viene y su mamá no esta, el viene con gripe y queda ahí. Rivada padre quedó con esa idea de que ese había sido el detonante. Andaba escapado, escondiéndose. Cada tanto aparecía a visitar a su mamá y esa vez no estaba. Fueron compañeros de la Facultad. Incluso después la mamá de este chico llevaba regalitos a la nena. El llama en un momento, después de la desaparición y la madre le informa y él dice no puede ser. A él lo fusilan en agosto del 77, pero el papá va a buscar los restos y se los entregan... "

j) Infructuosa búsqueda de Héctor Rivada: "...PREGUNTADA que diga que trámites se hicieron contesta el que hizo los trámites fue Rivada padre. Donde le decían algún indicio, el salía. Mi mamá tomó una actitud, que nunca quiso ir a ningún lado. Era una mujer de muchas agallas, pero creo que fue una resignación de que nunca más los iba a ver. Los chicos estaban con ella, los primeros meses, y un día le dijeron que se llevaban a Josefina unos días, y quedo definitivamente con los abuelos paternos. Y Diego quedó con mi mamá. Yo tenía la firme convicción que no iban a aparecer, pero quería saber dónde estaban los cuerpos. La crianza de los chicos separados, fue lo que pasó mientras esperaban que aparecieran... "

k) Secuestro de Adriana Archenti: "...PREGUNTADA para que diga si nunca supieron qué paso CONTESTA el comentario era que estaban en Puerto Belgrano. Seria por la asociación de que Marina había sacado fotos. Está en el libro. La misma noche del 3 de febrero del 77, llevan también de José Gisazola a una mujer, Adriana Archenti, no se cómo se escribe, y un primo hermano mío Carlos Ferigati (f) fue el que me dice que se la llevaron, ella era hija de un médico. Había estudiado en La Plata. Es antropóloga y a los 4 ó 5 meses aparece en la terminal de La Plata. No tiene nada que ver con mi hermana ni conmigo pero cuando apareció nos dio la esperanza de que mi hermana apareciera. En este estado S.S. lee la declaración de Adriana Archenti el 02/08/2000 en el Juicio por la Verdad, en la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que se obtuvo desde el sitio de internet nuncamas.org y ordena su agregación..."

l) Informante Julio César Videla: "..Respecto de quien tomó las fotos, la compareciente MANIFIESTA que su nombre es Julio César Videla. Rivada padre, lo ubica como informante de la policía de Tres Arroyos. Este señor, hasta que se publican los libros, nadie le había tomado declaración. Trabajaba arreglando artefactos eléctricos. Había incursionado en militancia política con Luis Patti... "

m) Otros testigos del secuestro: "...PREGUNTADA para que diga qué otras personas podrían arrojar luz sobre este episodio CONTESTA el sobrino de la enfermera, Ricardo Fernández, abogado, y vive en Lamadrid. PREGUNTADA para que diga si los hijos de Loperena y Rivada cobraron alguna indemnización dónde esta ese expediente CONTESTA no sé, a través de un primo abogado de Tres Arroyos, Garate. La gestión sé que la hizo él. No sé dónde. Hace bastante tiempo, en el 2000, creo. PREGUNTADA para que diga si tiene algo más para agregar CONTESTA quisiera saber el destino que tuvieron y que los que participaron sean penados como corresponde... "

3.22. AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO: En la audiencia celebrada el 14/06/11 TORREMARE a fs 19242/19331 reitera los términos de la investigación que resumen las páginas 127/137 de su libro transcripto, agregando -además- una copia simple del Expte. N° 16925/Año 1987 caratulado "RIVADA, Carlos Alberto y Otra s/ Ausencia con presunción de fallecimiento" -remitido más tarde a fs. 20180/20186- que tramitó ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Tres Arroyos del Depto. Jud. BBca. a cargo del Dr. Santiago Omar BERNAT quién sentencia el El 28/04/88 a fs. 75/77 merituando las "...distintas notas remitidas por el padre del desaparecido Rivada, a autoridades públicas y organizaciones humanitarias al tiempo de la desaparición y sus respuestas... " allí glosadas y que integran la presente resolución.

3.23. INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA: A fs. 23031 la Perito Claudia V. BELLINGERI de la CPM redacta el siguiente informe requerido "...por el Ministerio Público Fiscal, obrante en el Archivo de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires -DIPPBA- y el archivo de Prefectura Naval Argentina Zona Atlántico Norte sobre la desaparición de Carlos Alberto RIVADA, María Beatriz LOPERENA..."

a) Carlos Alberto RIVADA: "..se localizó la siguiente ficha personal:... La ficha fue elaborada el 25-7-79. Los legajos a los cuales remite y aquellos que surgieron a partir de la exploración del material digitalizado que forma parte de este centro documental se describen a continuación:
Mesa "DS", Carpeta Varios, Legajo N° 7172, caratulado "Secuestro de Carlos Mario llacqua". En el legajo obra la denuncia efectuada el 6/2/77 por Salvador ILACQUA respecto del secuestro, por parte de varios NN, de su hijo Carlos Mario ILACQUA, el 3/2/1977. A foja siguiente figura una síntesis de novedades fechada 7-2-1976, producidas por la delegación Bahía Blanca, que se remite a "Informaciones La Plata" y relaciona tres procedimientos efectuados en esa jurisdicción. Por un lado, el secuestro de Mario Ilacqua. Por otro lado, el de Adriana Archenti. Finalmente, la denuncia de secuestro a Héctor Rivada y Beatriz Loperena realizada en la comisaría de Tres Arroyos. Se destaca el hecho de que este legajo no figure en las fichas personales de Rivada ni de Loperena, de que el secuestro de éstos esté relacionado, por fecha y jurisdicción, con el de Mario llacqua, y de que la Unidad Regional Bahía Blanca centralice denuncias de secuestro de personas ocurridas el mismo día y distribuya esta información por los canales orgánicos establecidos por la comunidad informativa. En este caso, las víctimas que se agrupan fueron secuestradas el mismo día en Coronel Dorrego y Tres Arroyos.
Mesa Ds, Varios, N° 14.948, caratulado "Paradero de Rivada, Carlos Alberto y otros". La solicitud de paradero se inicia con un teleparte que la Dirección General de Seguridad Interior del Ministerio del Interior distribuye para solicitar información relativa al paradero de una serie de personas entre las que se encuentra Rivada, Carlos Alberto, con sus datos personales y la fecha de desaparición: 3/2/77.
Mesa Ds, Varios, 13478, caratulado "Antecedentes de Carlos Alberto Rivada - Presunto contacto de su padre, Héctor Rivada con la Amnesty International". A foja 5 figura una foja de "antecedentes" entre los que se incluye la mención a una entrevista de Héctor Rivada y Zenón Saúl Bolino (capitán de navío, jefe de la Base Naval Puerto Belgrano) y una mención al artículo de La Nueva Provincia donde se da cuenta de que la Cámara Económica de Tres Arroyos dio a conocer un texto de una nota remitida el 8/2/77 al Comandante del V cuerpo de Ejército con Asiento en B Bca Osvaldo René Azpitarte.
Libro de Registro de la DIPPBA. Con fecha 5-2-77, procedente de Tres Arroyos, consta el "Secuestro de Carlos Rivada y María Loperena".
De acuerdo al libro Nunca Más de la Conadep, RIVADA ZAMBOTTI, Carlos Alberto es víctima de desaparición forzada desde el 3/2/1977 cuando fue secuestrado en Tres Arroyos, a los 28 años. Tiene el legajo Conadep N° 8346..."
"...Material localizado en el archivo de la Prefectura Naval Argentina Zona del Atlántico Norte: Una foja con un listado de personas desaparecidas en el que figuran Rivada, Carlos Alberto y Loperena, María B, con su fecha de desaparición en Tres Arroyos el 3-2-77.
Un radiograma del Destacamento de Inteligencia 181 de Bahía Blanca que se distribuye para solicitar "con carácter urgente todo tipo de antecedentes que se posean de las siguientes personas". En esa lista figura Carlos Alberto Rivada... "

b) María Beatriz LOPERENA: "...se localizaron dos fichas: Ficha 1:... elaborada el 15-3-77 Ficha 2:... elaborada el 29-3-77. Los legajos a los cuales remiten estas dos fichas, así como aquellos que surgieron de la exploración del material digitalizado que forma parte de este centro documental se describen a continuación:
Mesa Ds, Varios, N° 7196, caratulado "Secuestro de Carlos Rivada y María Beatriz Loperena". El legajo se inicia con un teleparte mediante el cual la delegación Bahía Blanca de la DIPPBA le comunica al director de DIPPBA La Plata que en la comisaría de Tres Arroyos se denunció el secuestro de Carlos Rivada y Beatriz Loperena y el hurto de un vehículo. El episodio ocurrió en la madrugada del 2/2/77.
A foja 4 de este legajo consta un "Informe sobre privación ilegítima de la libertad y hurto en Tres Arroyos" (fechado el 8/2/77 en Bahía Blanca). Allí consta una ampliación de la denuncia realizada por Héctor Rivada a propósito del secuestro de su hijo y su nuera. En ella se menciona: "Siendo las 03.00 del día indicado se presentó en su domicilio un señor de apellido Videla, a quien conoce como chofer de la ambulancia del Hospital Pirovano de esa ciudad, el que le comunicó que en el referido hospital se encontraban dos criaturas de corta edad, una de las cuales decía ser de apellido Rivada...".
En las fojas siguientes el legajo contiene otra ampliación. Se informa que la Cámara Económica de Tres Arroyos intercedió ante el Comandante del V Cuerpo del Ejército, General Osvaldo René Azpitarte, para pedir información sobre el paradero del ingeniero Carlos Rivada y de su esposa María Beatriz Loperena.
A continuación, con fecha 15-4-77 figura un teleparte que dice que "se tiene conocimiento en esta Dirección General que los mismos habrían recuperado su libertad" y solicita entonces "fecha de liberación de los mismos" y "todo otro dato de interés al respecto, como circunstancias del secuestro, captores, lugar de permanencia, etc.". La respuesta a este pedido es negativa. El informante, que fecha el teleparte el 27/4/77 en Bahía Blanca, dice que se ignora el paradero de esta pareja y que no poseen antecedentes.
No obstante, a foja siguiente obra un informe pormenorizado producido por Héctor Daglio, comisario, delegado de Bahía Blanca, que agrega la siguiente información: "El señor Rivada a la vez le hizo entrega (al capitán de navío Saúl Zenón Bolino, jefe de la Base Naval Puerto Belgrano) de una nota en la que se consigna, entre otras cosas, que en el curso del mes de enero de 1977 el encargado de informaciones de la Policía local, sr. Julio César Videla entrevistó a su primo Alberto Alfonso, miembro de la comisión directiva del club Huracán de esta ciudad, con un señor que lo acompañaba, a quien presentó como integrante del servicio de inteligencia de la Marina. Éste manifestó su interés por tener alguna foto del ing. Carlos Rivada y como ese día en el club Huracán se serviría una cena en homenaje a los jugadores que habían obtenido el campeonato oficial de primera división, entre los que se encontraba Rivada, le preguntaron a Alfonso si les podía conseguir las entradas para la cena, Alfonso les indicó a quien podía dirigirse para obtenerlas. En la noche de ese día, 20 de enero de 1977, se realizó la cena. Las dos personas mencionadas, el sr Videla y su acompañante, se hicieron presentes a hora temprana, pidiéndole a Alfonso que les indicara cuál era Rivada. Éste llegó cerca de las 23... Aduciendo que eran aficionados al básquetbol y allegados al club Olimpo de Bahía Blanca procedieron a sacar varias fotos, entre ellas al lng... Rivada, que se encontraba con su esposa e hijos. Expresaron los visitantes que deseaban llenar un álbum con las fotografías de los integrantes del plantel de básquetbol. Nadie sospechó de su conducta".
La pareja desaparece pocos días después. Pese a todo esto, la DIPPBA no pone en marcha ninguna averiguación acerca de Videla ni del miembro del servicio de inteligencia de la Marina que lo acompañó y con quien fotografiaron al matrimonio Rivada.
De acuerdo a los Anexos del libro Nunca Más de la Conadep, LOPERENA PASTORINO, María Beatriz es víctima de desaparición forzada desde el 3/2/1977 cuando fue secuestrada en Tres Arroyos, a los 23 años. Tiene el legajo Conadep N°8346..."

3.24. CONCLUSIÓN: Como lo señalé en el cap. X. "Organizaciones Armadas Revolucionarias" del auto de procesamiento de fs. 1113/11513, el reconocido Félix LUNA al escribir -en 1986- la "Introducción" del libro "Soldados de Perón - Historia crítica sobre los Montoneros" de Richard GILLESPIE (edición original Oxford University Press, Nueva York, 1982), indicó:

"...Ahora se sabe lo que vagamente se intuía en la época de Vi-dela: la increíble colaboración de muchos ex montoneros en la delación de sus antiguos compañeros. Pocas veces se habrá dado en nuestra historia el ejemplo de traiciones tan miserables como éstas. La huída final de sus principales jefes, dejando en la estacada a su segunda línea, las órdenes que enviaron a la muerte en 1978 a dirigentes castigados por sus disidencias, la tilinguería de su conducción en el exilio, ocupándose del ceremonial militar de la organización, completan la caracterización de la catadura moral del grupo. Un grupo que, no lo olvidemos, alcanzó a manejar la Juventud Peronista, se apoderó de la universidad y estuvo, aunque brevemente, en la intimidad del poder argentino en 1973.... "

Prologado por el Dr. Ramón TORRES MOLINA -Presidente del Archivo Nacional de la Memoria dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación- en el libro "Organizaciones Político - Militares - Testimonio de la lucha armada en la Argentina (1968-1976)" (ed. Nuevos Tiempos, Bs. As. 2002-1° reimp. marzo 2007) su autor Carlos FLASKAMP -uno de los jefes guerrilleros en la primera etapa de la lucha armada- señala:

"..."En la máquina te hacés cargo de la muerte de Gardel", había advertido Oscar Doglio, con experiencia en estas cosas, y en la cárcel pude ver después que la frase era usual entre los presos comunes. Pero con esa aseveración no está todo dicho, ya que en el último de los casos el hacerse cargo de hechos que complicarán la propia situación procesal es la menos temida de las aflojadas a las que se expone el militante sometido al tormento. Lo que se trata de evitar a toda costa es la delación, que a su vez es lo más buscado por los torturadores para proseguir su tarea represiva. En esta confrontación, los interrogadores saben que están operando sobre un ser humano que tiene voluntad de resistencia, pero también flaquezas, y emplean la picana eléctrica y los demás métodos de tortura con el fin de hacer primar sus debilidades.
Cuando la tortura es una situación ilegal inserta clandestinamente en una maquinaria legal, como en este caso, los policías deben tratar de evitar la muerte de su presa y a la vez tienen un tiempo limitado para actuar, hasta que el procedimiento judicial asuma sus formas. Esto también lo sabe el preso, y aunque este conocimiento no le garantiza el poder aguantar el infierno del tormento sin quebrarse, sí le hace posible proponerse tal objetivo, condicionado a que su razón logre prevalecer en las condiciones del horror. Para esto no hay recetas, pero sí un conjunto de experiencias que atestiguan que la apuesta no es loca...
Los activistas de la JUP volvían a exhibir un nivel de información interna de primera fuente que dejaba con la boca abierta a algunos oficiales montoneros, quienes de acuerdo a su posición organizativa debían haber sido los primeros en recibir la noticia que ahora les era impartida desde las bases estudiantiles.
Es que en el sector universitario era donde la Conducción Nacional encontraba un apoyo incondicional para acciones ultrarradicales que otros sectores de la organización tomaban con muchas reservas. La rigidez de las jerarquías militares estaba cediendo en lo interno frente a relaciones de afinidad política...
En terminos prácticos, el perfeccionamiento de la acción militar fue, más que un trabajo de inteligencia, una cuestión de picana. Torturando se consiguen a veces delaciones parciales. Torturando más, se logran delaciones completas. Y torturando aún más, se pueden obtener, en algunos casos, colaboradores activos.
La conducción del Ejército aprendió que la tortura tiene una eficacia limitada cuando el detenido puede tener la esperanza de que termine. Este es el caso de los detenidos reconocidos. Por medio del secuestro se supera esa barrera. No hay límite para el tormento.
Lo primero que me dijo el militar que dirigía el campo de La Perla al iniciar el interrogatorio previo a la tortura fue: "Vos acá no estás detenido, estás secuestrado. Acá no van a valer jueces, abogados, familiares, ni periodistas. Vos para el mundo no existís y nosotros vamos a hacer con vos lo que queramos".
Cada desaparecido debe haber escuchado esas palabras, que no fueron palabras vanas, sino que correspondieron a los hechos. Hubo prisioneros que fueron capaces de resistir, aun en esas condiciones. Otros no tanto. Considerando al conjunto, el método demostró eficacia.
Complementariamente, el método de hacer desaparecer a los detenidos cumplió seguramente la función que menciona Scilingo en el reportaje con Verbitsky: crear inseguridad en las filas enemigas (v. "El Vuelo"). Se puede apreciar ese efecto en la mención que hace Luis Mattini en su libro sobre el PRT ("Hombres y Mujeres del PRT-ERP"): "Se sabía lo que pasaba con los detenidos, pero con los desaparecidos no".
El efecto de inseguridad tiene que haber sido aún mayor cuando el grado de colaboración de algunos secuestrados llegó al extremo de que se los dejara salir para cumplir funciones "militantes", retornando después voluntariamente -en la medida en la que todavía se pueda hablar aquí de voluntad- al centro clandestino de detención, como se describe en el ya mencionado libro de Miguel Bonasso, con relación a la quinta de Funes, en Rosario. Se había llegado a tocar el nervio de la organización clandestina: la confianza elemental en los hombres y mujeres que la componían.
Si bien la vigencia de esta confianza había estado siempre conscientemente limitada por las normas de seguridad, que preveían las defecciones, había un nivel elemental de confiabilidad sin el cual hubiera sido imposible la mera existencia de una organización de esas características. Ese nivel también fue alcanzado por la represión.
Hay que constatar que la cúpula militar, por medio del método de represión ilegal aplicado, logró los objetivos que se había propuesto..." (págs. 73; 166/167 y 203/205)

En la revista "Puentes" (Año 7 N°21 Agosto 2007) de la Comisión Provincial por la Memoria, en la nota "Ni héroes ni traidores" sus autores Daniel BADENES y Lucas MIGUEL Ana LONGONI dicen:

"...La delación era el objetivo inmediato de la tortura. Su uso instrumental buscaba información para mantener en marcha el aparato represivo y seguir alimentándolo con chupados.
Pero la destrucción de la subjetividad militante -incluidas delaciones y hasta cambios de bando-, así como de la subjetividad a secas de los torturados, que lleva a la extinción de su propia humanidad, eran los objetivos estratégicos.
Convertir a los seres en cosas. No dejarlos manejar ni siquiera su propio dolor... la delación existió y fué un fenómeno importante que permitió la destrucción de las organizaciones.
El fiscal Crous asegura que ha encontrado "mucho respeto de personas que saben que su caída es la consecuencia de que otro cantó, y no tienen un atisbo de rencor" pero admite también que "terceras personas que no han pasado por esa situación se erigen trazando categorías como la de "colaborador"..." (pág. 6/14)

Sentado lo anterior, la ausencia de fichas de inteligencia de María Beatriz LOPERENA y de Carlos Alberto RIVADA previas al secuestro -tal como lo informa la Perito BELLINGERI a fs. 23031 que he confirmado al revisar personal y cuidadosamente los archivos TIF grabados en el "DVD 2 Prefectura Naval Argentina Greestone 2.72" de fs. 3893- resulta harto evidente que las agencias de colección de las Fuerzas de Tareas 1 Flota de Mar; 2 FAPA -y su dependiente Secc. Inf. PZAN- ; 9 Reserva Terreste y 10 Reserva Aeronaval dependientes de la Central de Inteligencia Puerto Belgrano interesadas en las "BDS" y en los "DS" que operaron en la UNS -según su particular abreviatura- solo pudieron detectar la colaboración del joven matrimonio tresarroyense con los activos militantes de la JUP local -en observación o detenidos o prófugos- por alguna delación lograda mediante tortura.

Es de toda obviedad que las fotografías obtenidas en el Club Atlético Huracán se usuaron para identificar fehacientemente a esos "blancos rentables" mediante tortura aplicada a los muchos detenidos en los CCD de la zona y, también en las reuniones de la Comunidad Informativa local.

Luego de comprobar la Central de Inteligencia Puerto Belgrano las identidades de Carlos Alberto y María Beatriz y su grado de colaboración con los militantes de la JUP detenidos o prófugos mandaron sus nombres a los "elementos de tareas" para su secuestro, siendo muy probable que el primer lugar cautiverio del joven matrimonio tresarroyense haya sido la sexta batería de la BNIM donde se encontraba ilegalmente detenida su amiga y compañera Cora María PIOLI.


4. MARZIANI Aníbal:

La descripción de los hechos de los que fuera víctima, efectuada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 14911/14920 -transcriptos en resultando I. ap. 9.41 precedente-, coincide con lo puntualizado a fs. 4876/4890 y en el auto de procesamiento de fs. 11113/11513 y con las pruebas colectadas en la causa.

4.1. LIBRO DE DETENCIONES DE LA PREFECTURA BAHÍA BLANCA: El "Libro de Detenciones" de la Prefectura Bahía Blanca -solicitado por Fiscalía a fs. 4583 y remitido al Juzgado a fs. 5594 en razón de lo ordenado a fs. 4586- prueba la detención de MARZIAN por personal de la PZAN y su traslado a la Fuerza de Tareas N°2 FAPA ya que en sus fs. 5, 6, 7 y 8 correspondientes al año 1976 -selladas y firmadas por el Prefecto Principal Oscar José Francisco RIZZO- figura -entre las motivadas "Por actividades subversivas", "Tenencia de armas de guerra", "Pedido COFUERTAR 2", "Investigación de antecedentes", "A disposición del C.O.N." y con destino al "Comando 5 C.Ej.", "COFUERTAR 2" o "B.N.P.B"- la N°79 con el siguiente texto:

Libro de Detenidos de la Prefectura Naval Bahía Blanca - Año 1976

Entrada Nombre y Apellido Motivo de la detención Situa. Salida Destino

Hora Día Mes

Hora Día Mes

56 09:00 24 3 Buscazzo Roberto Aurelio actividades subversivas Incom. 10:30 24 3 Cdo. 5 C.Ej.
57 09:00 24 3 Moro Roberto Mario actividades subversivas Incom. 10:30 24 3 Cdo. 5 C.Ej.
58 09:00 24 3 Montero Osvaldo Néstor actividades subversivas Incom. 10:30 24 3 Cdo. 5 C.Ej.
59 09:00 24 3 Palmucci Raúl Gilfredo actividades subversivas Incom. 10:30 24 3 Cdo. 5 C.Ej.
60 10:45 24 3 Fernández Juan Antonio actividades subversivas Incom. 17:10 24 3 Cdo. 5 C.Ej.
61 08:30 25 3 Raúl Florido actividades subversivas Incom. 18:05 25 3 Cdo. 5 C.Ej.
62 10:00 25 3 Reynafe Ernesto Ezequiel infracción art. 133 Comu. 19:20 25 3 Libertad
63 10:00 25 3 Reynafe Ramón Oscar infracción art. 133 Comu. 19:20 25 3 Libertad
64 13:15 26 3 López Osvaldo Héctor Infracción art. 46 Comu. 16:15 26 3 Libertad
65 18:30 26 3 Mansilla Héctor Alfredo actividades subversivas Incom. 13:30 27 3 Cdo. V C.Ej.
66 07:30 27 3 Duck Héctor Ramón actividades subversivas Incom. 13:30 27 3 Cdo. V C.Ej.
67 07:30 27 3 Covertino Jorge Su infracción art. 99 REP Comu. 8:30 28 3 Libertad
68 18:00 29 3 Osores Aureliano Tenencia arma de guerra Incom. 12:30 31 3 Cdo. 5 C.Ej.
69 13:00 31 3 Argimiro Eduardo Dodero Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
70 13:00 31 3 Ismael A. Olmedo Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
71 13:00 31 3 Vázquez Modesto Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
72 15:30 31 3 Ernesto Reynafe Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
73 17:05 31 3 Alberto Marcelo Barragán Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
74 17:05 31 3 Edgardo Ponce Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
75 18:40 31 3 Orlando Apud Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
76 18:40 31 3 Petit Aman Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
77 18:45 31 3 Crisolofo Segundo Alfaro Pedido COFUERTAR 2 Comu. 20:00 31 3 COFUERTAR 2
78 08:45 1 4 Miguel Angel Chisu Pedido COFUERTAR 2 Comu. 21:30 1 4 COFUERTAR 2
79 10:00 1 4 Aníbal Marziani Pedido COFUERTAR 2 Comu. 21:30 1 4 COFUERTAR 2
80 12:00 1 4 Ernesto Reynafe Pedido COFUERTAR 2 Comu. 21:30 1 4 COFUERTAR 2
81 12:00 1 4 Ramón Oscar Reynafe Pedido COFUERTAR 2 Comu. 21:30 1 4 COFUERTAR 2
82 13:00 1 4 Yantani Villegas Jaime Pedido COFUERTAR 2 Comu. 15:00 1 4 Libertad
83 13:15 1 4 Perpetua Aníbal Pedido COFUERTAR 2 Comu. 21:30 1 4 Libertad

Asimismo el Memorando 8687 IFI N° 8 "C"/976 del 14/06/1976. refiere:

"...ANÍBAL MARIANI, jornalero, fue detenido el 31-3-76... recuperó su libertad el 6/4/76... Todos los detenidos precedentemente lo fueron por la Prefectura Bahía Blanca."

4.2. INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA (CPM): La Perito del Archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) gestionado y desclasificado por la CPM a partir de la aplicación de la Ley Provincial 12642 -Claudia V. BELLINGERI-, a fs. 17809/17810 y ss. informa:

"..Respecto de MARZIANI, Aníbal se localizó la siguiente ficha personal APELLIDO: MARZIANI NOMBRES: Aníbal - La ficha fue elaborada el 28-9-71 y remite a un legajo de la Mesa B que no se ajusta a la temporalidad de los hechos que se investigan. Entre el material de la Prefectura Naval Argentina Zona Atlántico Norte que obra en este centro documental se encuentra nombrado Marziani: Prefectura Naval Argentina Zona Atlántico Norte. Memo 8687, IFI N°42/975. En el marco de un informe sobre el Sindicato Unido de Portuarios Argentinos que contiene párrafos con "antecedentes" de distintas personas así como volantes e "informes sobre asambleas", figuran Crisólogo Segundo Alfaro, Ernesto Reynafe y Aníbal Marziani..."


5. MELLINO Elvio Alcides:

La descripción de los hechos de los que fuera víctima, efectuada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 696/715 ap. VI 17 -transcriptos en resultando I. ap. 9.42. precedente-, coincide con lo puntualizado en el ap. 31 del auto de procesamiento de fs. 9717/9969vta. ap. 30 y de fs. 11113/11513 ap. 26

Nacido el 19/02/55, hijo de Josefa SCHWARTZ de MELLINO, DNI 11.839.614, con domicilio en Calle 17 entre 78 y 78bis de la ciudad de La Plata, había ingresado al servicio militar el 02/03/76, siendo asignado a la Base Naval Puerto Belgrano.

El 03/09/76 un grupo de civiles armados allanó la casa de sus padres en La Plata. En octubre del mismo año, MELLINO fue transferido de la Sección Imprenta a la Sección Baterías, donde no cubría guardias ni tenía puesto fijo. Tras largo tiempo sin recibir noticias del hijo, los padres de MELLINO viajaron a la Base Naval Puerto Belgrano, donde las autoridades les informaron que su hijo había salido de franco para cumplir con una comisión en la ciudad de La Plata, el 24 de mayo de 1977. Al no regresar fue declarado desertor. Aun permanece desaparecido, sin que se haya acreditado su liberación.

En síntesis, fue secuestrado el 25/05/77 mientras se encontraba prestando servicio militar obligatorio en la Base Naval Puerto Belgrano y detenido en el CCD que allí funcionaba, siendo su estado desaparecido y su número de CONADEP 2286.

5.1. CAUSAS AGREGADAS: Lo anterior se corrobora con las constancias de las siguientes causas agregadas:

a) Expte. 18517 "Mellino Helvio Alcides s/ Recurso de Hábeas corpus interpuesto en su favor por Héctor Miguel Mellino" iniciado el 10/06/77 ante ante el Juzgado Federal de 1° Instancia. N° 3 de La Plata a cargo del Dr. Hector Carlos Adamo Secretaria del Dr. Carlos J. Guerello

b) Expte. 1363 "Mellino Helvio Alcides s/ Recurso de Hábeas corpus" iniciado el 29/06/77 ante ante el Juzgado Federal de 1° Instancia. N° 3 de La Plata a cargo del Dr. Hector Carlos Adamo Secretaria del Dr. Carlos J. Guerello;

c) Expte. 83872 "Mellino Helvio Alcides s/ Recurso de Hábeas corpus" iniciado el 28/10/77 ante ante el Juzgado Federal de 1° Instancia. N° 1 de La Plata a cargo del Dr. Héctor Gustavo de la Serna Secretaria 2.

d) Expte. 1643 "Mellino Helvio Alcides s/ Recurso de Hábeas corpus" iniciado el 24/02/78 ante ante el Juzgado Federal de 1° Instancia. N° 3 de La Plata a cargo del Dr. Hector Carlos Adamo Secretaria del Dr. Carlos J. Guerello

5.2. DESTINO: Por resolución de fs. 2354 del 22/07/08 se ordenó al Ministerio de Defensa de la Nación un informe sobre la fecha de ingreso, último destino y egreso al servicio militar obligatorio en la Armada Argentina de MELLINO con remisión -en copia auténtica- de toda la documentación relacionada con el mismo existente en la mencionada Fuerza Militar.

A fs. 3597 con fecha 06/09/08 el Jefe del Estado Mayor General de la Armada -AL Jorge Omar GODOY- informó lo siguiente:

"...CC58 MR 426829 MELLINO Helvio Alcides DNI 11.839.614 Ingresó: - Egresó: 01/07/77 Ultimo Destino: BATALLÓN COMANDO (BICO)..."

Extrañamente se omite en la respuesta transcripta indicar la fecha de ingreso de MELLINO al servicio militar obligatorio.

Es útil también señalar que el Batallón de Comando (BICO) se encontraba asentado en la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) y que el mismo dependía orgánicamente de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRIM1) según lo explicado

5.3. "EL ESCUADRÓN PERDIDO... LA VERDAD SOBRE LOS 129 SOLDADOS SECUESTRADOS Y DESAPARECIDOS DURANTE EL GOBIERNO MILITAR": Como se adelantó a fs. 2918/2964vta. ap. 2.6., en este libro de la editorial Planeta Argentina SA (Bs. As. 1998) su autor -el ExCapitán del Ejército Argentino José Luis D'ANDREA MOHR, entre los soldados desaparecidos en la "Zona 5" menciona, en la pág. 260, a las víctimas de la causa 04/07: MELLINO Helvio Alcides, SAUBIETTE Leonel Eduardo y AGUILAR Guillermo Aníbal

En relación a MELLINO -pág. 261- afirma lo siguiente:

"...Mellino, Helvio Alcides - Nació: 6 de marzo de 1953 Desapareció: 25 de mayo de 1977 Unidad: Base Naval Puerto Belgrano Jefe: Capitán de navío Zenón Saúl BOLINO - Comandante de Zona: General Osvaldo R. AZPITARTE - Comandante de Subzona: General Abel Teodoro CATUZZI -Comandante de Zona del domicilio: General Carlos G. SUAREZ MASON -Comandante de Subzona del domicilio: General Juan Bautista SASIAIÑ -Jefe de Area del domicilio: Coronel Roque Carlos PRESTI - Helvio Alcides MELLINO ingresó al servicio militar el 2 de marzo de 1976 y lo asignaron a la Base Naval de Puerto Belgrano, donde fue destinado a la imprenta de Punta Alta. El 3 de septiembre de 1976 un grupo de civiles armados allanó la casa de la familia MELLINO, en La Plata. Revisaron minuciosamente el domicilio, anotaron datos de toda la familia, preguntaron por el hijo y se retiraron sin explicar la razón del operativo. En octubre el conscripto MELLINO fue retirado de la Sección Imprenta de Punta Alta, pese al interés de sus jefes por retenerlo, y transferido a la Sección Baterías. En el nuevo destino, por falta de instrucción, no cubría guardias ni tenía puesto fijo. Helvio Alcides narró eso a sus padres mientras gozaba de su licencia de fin de año. Después de retornar a la Base el muchacho mantuvo con su familia sólo relaciones epistolares, porque todos sus francos fueron rechazados sin explicación. Después de muchos días sin recibir noticias del hijo, los padres viajaron a Puerto Belgrano. Allí las autoridades navales les informaron que su hijo había salido franco el 24 de mayo para cumplir con una comisión ordenada por el teniente de navío José Abdala Figueroa en la Universidad de La Plata. Como no regresó, lo declararon desertor. Helvio Alcides MELLINO continúa desaparecido... "

5.4. CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES: En www.cels.org.ar/common/documentos/conscriptos_detenidos_desaparecidos.pdf con el título "Conscriptos detenidos desaparecidos" CELS publica un folleto sobre algunos de los aspectos del sistema represivo aplicado por el Gobierno de las Fuerzas Armadas desde el 24 de marzo de 1976.

"...Las víctimas -jóvenes entre 18 y 20 años- cumplían con el servicio militar obligatorio en una de las tres armas: Ejército, Marina o Aeronáutica. También contra ellas se emplearon métodos paralelos y secretos, aunque extrayéndose la máxima ventaja de las circunstancias especiales en que se hallaban...
NÓMINA DE LOS CASOS DENUNCIADOS DE SOLDADOS CONSCRIPTOS...
GARCIA CASTELLU, Horacio H. 07/07/76 Base Baterías, Armada. Bahía Blanca.
MELLINO, Helvio 14/03/77 Base Naval Puerto Belgrano..."

5.5. MILITANCIA: La desaparición y militancia de MELLINO se afirma en www.desaparecidos.org/arg/victimas/m/mellino/ con estas palabras:

"...Helvio Alcides Mellino "Yogurt" Tenía 22 años Detenido-Desaparecido el 24/5/77 Helvio militaba con la de la organizacion anarquista Resistencia Libertaria. Helvio ingresó al servicio militar el 2 de marzo de 1976 y lo asignaron a la Base Naval de Puerto Belgrano, donde fue destinado a la imprenta de Punta Alta. El 3 de septiembre de 1976 un grupo de civiles armados allanó la casa de la familia Mellino, en La Plata. Revisaron minuciosamente el domicilio, anotaron datos de toda la familia, preguntaron por el hijo y se retiraron sin explicar la razón del operativo. En octubre el conscripto Mellino fue retirado de la Sección Imprenta de Punta Alta, pese al interés de sus jefes por retenerlo, y transferido a la Sección Baterías. En el nuevo destino, por falta de instrucción, no cubría guardias ni tenía puesto fijo. Helvio Alcides narró eso a sus padres mientras gozaba de su licencia de fin de año. Después de retornar a la Base el muchacho mantuvo con su familia sólo relaciones epistolares, porque todos sus francos fueron rechazados sin explicación. Después de muchos días sin recibir noticias del hijo, los padres viajaron a Puerto Belgrano. Allí las autoridades navales les informaron que su hijo había salido franco el 24 de mayo para cumplir con una comisión ordenada por el teniente de navío José Abdala Figueroa en la Universidad de La Plata. Como no regresó, lo declararon desertor. Helvio Alcides Mellino continúa desaparecido... "

Hugo MONTERO y Walter MARINI en el número 62 (octubre 2007) de la Revista Sudestada -Director Ignacio PORTELA, Saenz 271 Piso 1° Lomas de Zamora Tel: (011) 4292-1859- en la página del sito www.revistasudestada.com.ar/web06/article.php3?id_article=435 y bajo el título "Resistencia Libertaria: el anarquismo armado en los 70" señalan:

"... Resistencia Libertaria era una organización que defendía la constitución de un poder obrero a partir de un clasismo que empujó a sus militantes a "proletarizarse", que se definía como partido de cuadros y que adoptó como estrategia el concepto de "guerra popular y prolongada". También, fue el espacio de pertenencia donde confluyeron jóvenes anarquistas con el objetivo de ser protagonistas de un cambio revolucionario... Conocían las diagonales platenses de memoria. Allí habían nacido, allí habían desandado su militancia y allí, ahora, se enfrentaban a la ofensiva policial... La vida (breve, pero intensa) de Resistencia Libertaria va pisando cada una de las marcas mencionadas, pero a las propias complejidades de un desarrollo político incipiente se agregaba, como dificultad extra, su raíz anarquista... A comienzos de la década del 70, grupos dispersos de jóvenes militantes de La Plata, Buenos Aires y Córdoba se reagrupan en la redacción del periódico La Protesta, longevo representante del ideario anarquista, pero en crisis y con serios problemas para garantizar su continuidad, por razones menos económicas que políticas. La convivencia en el periódico entre los viejos compañeros y los nuevos militantes, que llegan con una inserción concreta en el movimiento obrero y notoriamente empapados por el contexto de una izquierda cada vez más radicalizada, con organizaciones armadas como eRp, Tupamaros y la también uruguaya y anarquista Organización Popular Revolucionaria 33 Orientales (OP-33) ganando espacio en los medios por sus arriesgadas operaciones... A partir de marzo de 1971, la polémica comienza a ganar espacio en los artículos de La Protesta: "La guerrilla urbana es una respuesta insurreccional al proceso anulador y mortífero del mundo moderno. Como tal la juzgamos como positiva pero difícil. Desde dentro, o desde fuera de ella nuestros enemigos serán siempre los dos polos, el sistema al que debe destruirse y los métodos de acción que perpetúen las prácticas humanas que son obstáculo para el logro de una verdadera transformación revolucionaria. Si con esa meta clara avenimos a la brega, por una definición antitotalitaria de los procesos en marcha, no debemos vacilar en meternos en ellos como lo hacemos en todos los ámbitos donde la chispa del inconformismo ha prendido"..."

5.6. INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA (CPM): La Perito del Archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) gestionado y desclasificado por la CPM a partir de la aplicación de la Ley Provincial 12642 -Claudia V. BELLINGERI-, a fs. 17809/17810 y ss. informa:

"...Material localizado en el Archivo Prefectura Naval Argentina Zona del Atlántico Norte con respecto a las siguientes víctimas:... Respecto de MELLINO, Helvio Alcides no se localizó ficha personal ni surgió otro material a partir de la exploración del material digitalizado que integra este centro documental. De los anexos del Nunca Más surge que MELLINO, Helvio Alcides tiene el legajo CONADEP N°2286 y fue secuestrado el 24/04/1977, en la Base Naval de Infantería de Marina "Puerto Belgrano", Punta Alta, Coronel de Marina Rosales, provincia de Buenos Aires... "

5.7. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a este caso y su encuadramiento la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER, Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" indicando:

"...Helvio Alcides MELLINO: Conscripto oriundo de la ciudad de La Plata; ingresó al servicio militar obligatorio el 12/3/1976, y fue destinado a la BNPB, desempeñándose en la imprenta de Punta Alta; el 03 de septiembre un grupo de personas allanó la casa de sus padres en La Plata recabando datos de su hijo; en octubre su hijo fue transferido a la Base Baterías donde no cumplía guardias ni tenía puesto asignado; fue a su casa de licencia a fines del año 1976, y mantuvo correspondencia con sus padres hasta el 08 de marzo de 1977, que les informó que no le daban francos. Al no tener más noticias de su hijo, se comunicaron a la Base y se les informó que le habían otorgado franco el 24/3/1977 y que un oficial le había encomendado una comisión en la Universidad de La Plata; como no volvió se siguió el trámite ordinario por deserción ("Primera Deserción Simple") desde el 25/4/1977, y declarándose extinguida la acción disciplinaria por prescripción el 17/9/1981, y su baja definitiva el 25/4/1981 (consid. 26; y Bibliorato N°1 "Legajos CONADEP", fs. sub 247/251, 254/255, 258/265). Continúa desaparecido..."

"...Respecto de los conscriptos (...MELLINO), con los elementos valorados hasta aquí, sólo puede considerarse acreditada su desaparición forzada mientras se encontraban bajo autoridad militar (en estos casos, de la Armada Argentina) realizando su instrucción militar obligatoria, desconociéndose qué sucesos se desencadenaron desde que se supo de ellos por última vez, no pudiéndose inferir ni la privación ilegal de la libertad (a excepción del caso de Saubiette) ni el cautiverio en un CCD ni la imposición de torturas, por ausencia de indicios directos que permitan hacerlo (contrario sensu estaríamos frente a una presunción in malam partem).
En cuanto a la calificación legal de las desapariciones forzadas, tal como lo menciona el a quo (f. sub 396 vta.), esta Alzada ya se expidió con arreglo a lo que sostienen Sancinetti y Ferrante arguyendo que el juez penal puede llegar a una conclusión de certeza respecto de la muerte de un desaparecido con independencia de la regulación de la prueba de la muerte en el Código Civil (sana crítica) y que la situación de desaparecidos es inequívoca en un gran número de casos, concluyendo que las hipótesis de supervivencia son algo extrañas a la realidad (Sancinetti y Ferrante, ob. cit., págs. 140/141). Por ello, las desapariciones forzadas de... Helvio Alcides MELLINO serán calificadas como homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 incs. 2°y 6°del Código Penal conforme ley 21.338)... "


6. PIOLI Cora María:

La descripción de los hechos de los que fue víctima, efectuada por la Fiscalía a fs. 696/715 ap. VI 12 -transcripto en resultando I. ap. 9.54. precedente-, coincide con lo resuelto en los autos de procesamiento de fs 9717/9969vta. y fs 11113/11513.

Hija de Ana María Santarelli de Pioli, DNI 10.737.179, con domicilio en Patricios 742 Bahía Blanca, Profesora de Letras egresada de la UNS, fue secuestrada el 25/11/76 alrededor de las 22:45 hs., en su vivienda por un grupo de 7 u 8 personas vestidas de civil y fuertemente armadas que dijeron pertenecer a la Policía Federal y se movilizaban en una camioneta Ford F-100 color verde. En el domicilio se hallaban presentes también su madre, una hermana con su hija de pocos meses, un amigo de la familia y un vecino. Todos fueron encapuchados y llevados a los dormitorios de la vivienda. Los individuos interrogaron a Cora PIOLI y luego se la llevaron de su domicilio, junto con ropa y efectos personales, previo haber robado también dinero en efectivo y un cheque.

La víctima fue conducida al Centro Clandestino de Detención descripto a fs. 696/715 ap. III. D. 1 y en el Buque ARA "9 de Julio", donde fue interrogada y sometida a tormentos. Aún permanece desaparecida, sin que se haya acreditado su liberación, siendo su estado desaparecida y su número de CONADEP 1593.

6.1. QUERELLANTE: La Dra. María José GUEMBE en su carácter de apoderada de Julieta MIRA -sobrina de PIOLI y representante de la organización H.I.J.O.S.- analizando las pruebas colectadas durante la instrucción, describe los hechos del apartado de la siguiente forma:

a) Secuestro:

"... Cora María Pioli fue detenida ilegalmente el día 25 de noviembre de 1976 por un grupo de personas que se identificó como perteneciente a la Policía Federal. El operativo tuvo lugar en la casa donde ésta vivía con su madre -Ana María Santarelli de Pioli-, sita en la calle Patricios 742 de la ciudad de Bahía Blanca.
El grupo que realizó el operativo ilegal estaba integrado por cinco o seis personas armadas vestidas de civil que se trasladaban en una camioneta color verde, con toldo del miso color y varios vehículos más. Según el relato de Ana María Santarelli, "se trataba de personas cuyas edades oscilaban entre 35 y 45 años. Llegaron en varios rodados, entre ellos una camioneta marca Ford, color verde, identificada como vehículo militar" (conforme relato de los hechos realizado en el habeas corpus presentado el 2 de abril de 1979, agregado a la causa).
En la casa se encontraban Ana María Santarelli de Pioli con su pareja Valerio Roldán; sus hijas Cora María Pioli -de veintitrés años de edad, docente- y Mabel Alicia Pioli de Mira con su hija de un año, Julieta Mira. Al comenzar el operativo los hombres que ingresaron los encapucharon y los distribuyeron en las distintas habitaciones de la casa. Ya dispuestos en las habitaciones, les quitaron la capucha y los vendaron con algodón y cinta adhesiva, les ataron las manos y los tiraron al suelo, mientras revolvieron toda la casa.
El operativo fue visto desde la calle por Aída Elena Di Sarli, su novio, y otra pareja de amigos que iban a buscar a Cora Pioli para salir.
El operativo duró alrededor de una hora. Cuando se retiraron del lugar se llevaron con ellos secuestrada a Cora María Pioli, de quien también robaron pertenencias (ropa, discos, etc). Desde aquel momento Cora se encuentra desaparecida.
Según la declaración de Ana María Santarelli de Pioli, "estuvieron una hora, y que una vez que se retiraron, fue su hija casada, la cual no estaba vendada, la que pudo zafarlos a la compareciente y a Montes de Oca de las ataduras, la cual fue a llamar al señor Montes de Oca, padre de Horacio, quien se llevó a la nenita de su hija a su casa, saliendo los demás en coche, por las calles de la ciudad, para ver si podían dar con alguna pista" (declaración prestada en el expte. N°275/79)
Al día siguiente del secuestro, la señora Santarelli formuló denuncias ante la Comisaría segunda, ante el Quinto Cuerpo de Ejército, la Base Naval de Puerto Belgrano, y ante el Ministerio del Interior, primero por escrito y luego personalmente.
Una semana después de producida la detención ilegal de Cora María Pioli, el mismo grupo perteneciente a las fuerzas de seguridad se presentó nuevamente en la casa de la calle Patricios al 700 para excavar el patio, de donde se llevaron objetos desenterrados. En esta segunda oportunidad los sujetos preguntaron por Graciela Izurieta, compañera de Cora Pioli en la Universidad Nacional del Sur, militante de la Juventud Universitaria Peronista, desaparecida el 23 de julio de 1976. Graciela Izurieta estaba embarazada y fue vista por Alicia Partnoy en el centro clandestino de detención "La Escuelita" (en adelante, CCD "La Escuelita").
Según lo relatado por Ana María Santarelli, "el día tres de diciembre de mil novecientos setenta y seis siendo la una y treinta de la madrugada llegaron a su domicilio cinco personas desconocidas para ella, uno de ellos, en forma muy correcta los interrogó en relación a cómo era su hija Cora, diciéndole la dicente que su hija era excelente en todo sentido. Que también en esta oportunidad fueron encapuchados y que los que llegaron en la madrugada se dirigieron antes al patio desenterrando varios ejemplares de la revista 'Crisis', que Cora coleccionaba, pero que en una oportunidad manifestaron, no sabe quien, que dichas revistas la podían comprometer, optando ésta por enterrarlas en el fondo de su casa. Que también la dicente había enterrado un revólver calibre 32, corto, marca Colt, que pertenecía a su esposo y que como no lo habían declarado por falta de formularios en la comisaría segunda, donde habían ido en varias oportunidades optó por enterrarlo para que no le trajera problemas tener un arma en su casa." (Expte. N°275/79)
Los dos operativos ilegales realizados en el domicilio de la calle Patricios 742 se encuentran descriptos en los expedientes judiciales en los que constan declaraciones de Ana María Santarelli y Mabel Pioli, agregados en autos... "

b) Detención en CCD Baterías:

"...Las únicas noticias de Cora Pioli luego de su secuestro provienen de testimonios brindados por personas que estuvieron privadas ilegalmente de su libertad en el mismo lugar de cautiverio que ella. Declaraciones prestadas en sede judicial y ante la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos delegación Bahía Blanca (en adelante APDH Bahía Blanca) permiten reconstruir parcialmente lo que le ocurrió a Cora María Pioli.
A partir de estos testimonios se pudo determinar que el sitio en el que fue alojada fue un centro clandestino de detención que funcionó en la Base de Infantería de Marina de Baterías (en adelante, CCD "Baterías"...
Diana Silvia Diez -quien fuera detenida el 18-11-76- declaró haber compartido cautiverio con Cora Pioli en el CCD Baterías. Relató que Pioli permaneció detenida con vida, al menos hasta el 4 de febrero de 1977, fecha en la que Diez fue liberada. "Cora Pioli llegó a la Base una semana después que la declarante, es decir el jueves siguiente. Tuvo oportunidad de conversar con ella varias veces. Relató a la declarante las circunstancias de su secuestro, ocurrido en su domicilio, ante los ojos de su madre y hermana. Sus secuestradores trajeron a la Base una valija llena de ropa y efectos personales que le habían robado durante el procedimiento de su detención. Los discos eran utilizados en el tocadiscos ubicado en el pasillo, y los guardianes repartieron algunas prendas a otras detenidas, para que pudieran mudarse de ropa, circunstancia ésta que había angustiado muchísimo a Cora, quien manifestó a sus compañeras de cautiverio su temor de que no la devolvieran con vida a su hogar, por el hecho de haberse los captores apropiado definitivamente de sus pertenencias. En una conversación, Cora Pioli manifestó a la declarante que en caso de que ésta saliera en libertad antes, no informara de su situación a su familia, porque esto le producía gran temor, y que por otra parte ella actuaría de igual forma, en caso de ser liberada antes. Cuando la declarante salió, Cora permanecía en el centro clandestino" (énfasis agregado)
De acuerdo con el testimonio de Martha Nélida Mantovani, "durante los días de detención circularon por ese lugar varias decenas de personas y logré saber que estuvieron entre otros (...) una chica asistente social que fue secuestrada en su domicilio de la calle Patricios de Bahía Blanca". Recordamos que Cora Pioli fue secuestrada de su domicilio en la calle Patricios 742... "

6.2. DENUNCIAS: En varias oportunidades Ana María SANTARELLI de PIOLI - denunció los hechos de los que fue víctima su hija:

a) Causa 179 "Pioli Cora María s/ Habeas Corpus": Al realizar esta denuncia (c. 297/87) dijo:

"...El 25 de noviembre de 1976 se presentaron en el domicilio... varias personas vestidas de civil, fuertemente armadas, dándose a conocer como pertenecientes a la Policia Federal. Siendo las 22.30 horas... En ese mismo momento se cruzó... una camioneta Ford verde con doble cabina y toldo de lona en la parte trasera. Individuos que descendieron de la camioneta nos encañonaron con sus armas en la cabeza, obligándonos a entrar a la vivienda... Mi hija Cora María abrió la puerta, presentándose como Policía Federal, se introdujeron en mi casa, amenazaron a los presentes de muerte en caso de que gritáramos, luego nos encapucharon y nos colocaron mirando a una pared. Más tarde nos sacaron la capucha, nos vendan los ojos con algodón y tiras plásticas y nos hacen tirar al suelo... Durante una hora requisaron la casa y desarmaron el tubo del aparato telefónico para impedir que se solicitara ayuda. Al retirarse se llevaron efectos personales de la desaparecida (...). Siete días más tarde se presentaron nuevamente a las 0 horas. Volvierona identificarse como Policía Federal..." (fs. 51)

"...mi hija Mabel me aconseja abrir. Se presento un joven rubio de aproximadamente 25 años, con el cabello prolijamente cortado, llevaba en la mano un walkie-talkie. Al abrir la puerta se introdujeron 3 personas más... Nos volvieron a encapuchar y nos ataron las manos atrás... llevaron a mi hija a otra habitación y le preguntaron: Cómo es tu hermana Cora, Qué compañías tenía? Ella respondió que Cora era demasiado buena... el hombre que la interrogaba, sumamente correcto en su trato, le dijo que no tenía de qué preocuparse, que el único fin que tenía era "limpiar el país de mugre". En la otra habitación yo era interrogada a mi vez. Me preguntaron por una persona Graciela Izurieta... El señor que me interrogaba me dijo "Usted tiene escondido un regalo que le hicieron hace mucho a su marido (fallecido) verdad?"... luego caí en la cuenta que se refería a un revolver que le habían regalado a mi esposo en 1942 y que habíamos enterrado por una circunstancia fortuita. Habiéndonos presentado a declarar el arma... no pudimos hacerlo nunca porque se nos decía que no había planillas para dicho trámite. Luego... decidimos inocentemente enterrar el arma... Como yo sabía perfectamente donde se hallaba, lo acompañé hasta el jardín y allí... habían... otras tres personas con palas... Como la vez anterior nos dijeron que podíamos sacarnos las capuchas cuando sintiéramos ruidos de motores al marcharse... " (fs. 52)

b) Causa 93 "Pioli, Cora María s/ Desaparición" iniciada el 21/08/79 ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Bahía Blanca a cargo del Dr. Jorge Francisco SUTER, Secretaría 2 de la Dra. Gloria GIROTTI -originalmente Expte. 275/79, SANTARELLI dijo:

"...el día tres de diciembre de mil novecientos setenta y seis siendo la una y treinta de la madrugada llegaron a su domicilio cinco personas desconocidas para ella, uno de ellos, en forma muy correcta los interrogó en relación a cómo era su hija Cora, diciéndole la dicente que su hija era excelente en todo sentido. Que también en esta oportunidad fueron encapuchados y que los que llegaron en la madrugada se dirigieron antes al patio desenterrando varios ejemplares de la revista 'Crisis', que Cora coleccionaba, pero que en una oportunidad manifestaron, no sabe quien, que dichas revistas la podían comprometer, optando ésta por enterrarlas en el fondo de su casa. Que también la dicente había enterrado un revólver calibre 32, corto, marca Colt, que pertenecía a su esposo y que como no lo habían declarado por falta de formularios en la comisaría segunda, donde habían ido en varias oportunidades optó por enterrarlo para que no le trajera problemas tener un arma en su casa... "

En iguales términos se encuentran las declaraciones tomadas en la Causa 114 "Pioli, Cora María S/ Recurso de hábeas corpus"; Causa 916 "Santarelli de Pioli, Ana María S/ Denuncia privación ilegítima de la libertad, violación de domicilio"; Causa 109 (3) "Subsecretaría de Derechos Humanos S/ Denuncia (Pioli, Cora María)" y Causa 152 "Pioli, Cora María S/ Recurso de hábeas corpus".

6.3. TESTIMONIOS:

a) En la audiencia del 28/09/09 de fs. 9058 Horacio Alberto MONTES de OCA declaró:

"...Esa noche, no recuerdo exactamente la fecha y hora, pero yo vivía vecino medianera por medio con Cora, de la cual era amigo desde los 5 años. Estábamos de visita en el living, estaban Cora, Mabel que es la hermana, yo y la beba que era hija de Mabel, que es Julieta. Tocaron timbre, se levanto Cora y abrió la puerta, cuando se acercó a la puerta de afuera dijeron "abran policía", y cuando abrió la puerta aparecieron 2 personas uniformadas de color azul, con armas, concretamente una PAM 2, a mi me gustaban las armas y las tenía bien vistas, y cuando entraron nos hicieron levantar y poner contra la pared. El que había entrado primero, fue hasta la cuna donde estaba Julieta, la apuntó con la ametralladora a la nena preguntando quien era la madre, sino decían la iban a matar. Todo sin gritar, en una forma casi coloquial. Mabel se levantó espantada, le dieron la beba en la mano y le dijeron que la hiciera callar porque lloraba. Mientras tanto entró mas gente, yo había quedado apoyado en la pared frente a un espejo, entonces vi cuando entro el no uniformado, un señor de traje gris de baja estatura, elegante. Cuando entro vio que yo estaba frente al espejo y que lo había visto entonces le dijo al que estaba cerca mió con la ametralladora que me tape porque lo había visto. En ese momento me pusieron una capucha como si fuera de corderoy o terciopelo, algo suave, en la cabeza, y me ataron las manos a la espalda. A partir de ahí hicieron silencio y nos dijeron que teníamos que hacer silencio. A mi me condujeron a la habitación que era de Cora y la hermana. Yo conocía muy bien la casa porque había estado ahí desde que era un nene, asi que aún tapado sabía muy bien donde estaba. Me acostaron en el piso boca abajo, con moderada violencia. Se escuchaba un silencio notable en la casa, no había nadie hablando fuerte, y escuché a Cora que estaba, casi con seguridad en la cocina, que lloraba y una voz de hombre le decía "metete acá",y ella decía "no" y lloraba. Después se escuchó como un ligero forcejeo, y un ruido como a lona, una tela que hacía ruido, algo. En ese momento vino una persona de voz joven, se acuclillo al lado mió y en voz muy baja me preguntó quien era. Le explique que era el vecino de la casa de al lado, que mis padres estaban en la casa, que preguntaran ahí, me preguntaron porque estaba ahí, les explique que era amigo de la casa por vecino de muchos años. La persona que me entrevistaba escribía manuscrito, en algo. Hubo alguna otra pregunta que no recuerdo. Se alejó de mi y se sentía en la casa pasos de gente que caminaban en todas direcciones, bastantes, no se cuantos. Alguien entro en la habitación y me dijo que no nos podíamos mover, que ellos nos iban a estar vigilando, y se quedo en la habitación fingiendo irse, se escuchaba la respiración, pero hizo como que se iba. Después de unos minutos me pateó en las costillas y me amenazó. Y después de eso se fue. Se escuchó el ruido de algunos autos afuera que cerraban puertas, y también se escuchó uno que cerraba el baúl. Durante un tiempo permanecimos en silencio hasta que Mabel que no estaba atada porque estaba con Julieta en la habitación de la madre, vio que no había nadie afuera, levanto la persiana y salio a la calle y fue a buscar a mis padres. Cuando vinieron Mabel y mis padres, vieron que estábamos cada uno en una habitación incluyendo a Ana María Pioli y un Sr. Valerio que era la pareja de Ana María, ellos estaban en un auto afuera de la casa cuando empezó todo esto. Cuando hicimos el recuento de los que estábamos, Mabel y mi padre vieron que no estaba Cora y la fueron a buscar al patio de atrás, y no la encontraron por supuesto. Después pasa lo de siempre, viene gente, charla. pero se acabo. Habían desarmado la biblioteca, habían sacado libros y discos, y habían robado discos, apuntes, libros, y no se si mas cosas. Creo que es todo. En este estado SS le solicita al testigo confeccione a mano alzada un croquis del inmueble con todos los detalles que pueda recordar. PREGUNTADO por S.S. a que hora sucedió el ingreso de las personas CONTESTA nueve de la noche, aunque no puedo precisar. En ese momento no, pero después llovía, cuando la buscaban a Cora en el patio estaba lloviendo. Escribieron en una pared una leyenda que no recuerdo que decía, pero firmaron "Montoneros" y también dibujaron la estrella del ERP mal hecha. A continuación dibuja la estrella mencionada. Todo estaba escrito en rojo. PREGUNTADO por S.S. si supo si esta gente volvió y en su caso, como se presentaron CONTESTA ellos volvieron a la semana, porque mi padre me contó un mes después. Se que se llevaron mas cosas de la casa y que hicieron pozos en el patio, buscando cosas enterradas. No se ni quienes ni cuando ni como estaban vestidos, mi padre trato de no darme demasiada información: yo tenía 17 años. PREGUNTADO por S.S. si se realizaban reuniones de estudiantes en la casa de Cora CONTESTA Cora estudiaba letras y era común que hubiera 2 o 3 compañeros de la Universidad que estuvieran estudiando, yo conocí a varios. PREGUNTADO por S.S. si tenían alguna militancia política CONTESTA Cora nunca habló conmigo sobre cuestiones políticas, pero si lo putió mucho a Remus Tetu, porque ella se había recibido de profesora, y cuando ella estaba haciendo la Licenciatura se cerró la carrera. PREGUNTADO por S.S. si esa decisión del rector la perjudicaba personalmente CONTESTA si, suponían que no se iban a poder recibir porque no podían concurrir a clase, entonces era como si hubieran cerrado la carrera. PREGUNTADO por S.S. si Cora o sus amigos hicieron alguna manifestación o reclamo CONTESTA no, pero todos hablaban del tema, estaban revolucionados por el tema. PREGUNTADO por S.S. si este enojo de Cora era de la misma época de la irrupción que hicieron en su domicilio CONTESTA hacía poco tiempo, pero no se si una semana o seis meses. PREGUNTADO por S.S. en estas conversaciones llevaba Cora la voz cantante o era una mas CONTESTA no, tenía u perfil bajo. A ella le gustaba el latín, no se si esto la pinta. Ella me enseñó a leer, 2 veces, cuando tenía 5 años y después me mostró a Borges, Girondo. PREGUNTADO por S.S. para que diga si aparte de Cora conoce a otra persona que haya sido secuestrada o desaparecida CONTESTA una vez conocí a una chica en la casa de Cora, que no se como se llama, todos le decían "la corta" y se que esa chica apareció muerta en la zona de Cerri en un supuesto enfrentamiento. No se si la corta estudiaba letras, no era del grupo habitual de letras, era universitaria, pero la vi una sola vez, charlamos 2 minutos. Dos veces las vi. Este supuesto enfrentamiento fue antes de los hechos de Cora. PREGUNTADO por S.S. para que diga si hubo alguna relación entre Cora y la corta CONTESTA no se, yo era menor que ellos, era otra la relación. PREGUNTADO por S.S. si recuerda algunos de los otros estudiantes de letras CONTESTA una era Elena, no recuerdo el apellido, más o menos de la edad de Cora. Estudiaba letras. Otra era Silvia Graminia, que después fue mi cuñada, se recibió antes que Cora. No recuerdo los nombres de otros muchachos. No eran muchos, siempre estudiaban 2, 3 , 4. PREGUNTADO por S.S. para que diga si las dos personas que entraron con la PAM 2 tenían un aspecto militar o gestos o actitudes CONTESTA eran policías. Aparentemente de la policía de la provincia de Buenos Aires, porque recuerdo que en ese momento la Policía de la Provincia había cambiado la PAM 1 por la PAM 2. PREGUNTADO por S.S. si el hombre de traje gris dirigía el grupo era uno mas CONTESTA dirigía el grupo. Tenía un traje "bancario", elegante. PREGUNTADO por S.S. para que diga cuanto duro todo CONTESTA 20 minutos, media hora. Se tomaban su tiempo, absolutamente. Preguntado al Sr. Fiscal Federal si tiene preguntas que formular, contesta que no. En este estado S.S. decide explorar en las páginas de Internet para recuperar bajo la expresión "Pioli Cora María" alguna fotografía, para que pueda reconocerla el testigo. Obteniendo seguidamente del sitio www.desaparecidos.org./arg./víctimas/p/pioli/ tres fotografías de la misma que impresas se le exhiben al testigo para que manifieste si se trata de la misma persona de la que estuvo declarando. El testigo MANIFIESTA que las fotos corresponden a Cora Pioli. El bebé que aparece en una de las fotos es Julieta, por el tamaño, fue uno o dos meses antes de que se la lleven a Cora. La foto de cuerpo entero fue sacada en el living de la cada. El testigo marca el lugar en el croquis con un círculo que se indica como "foto". PREGUNTADO por S.S. para que diga si recuerda algún trámite que hayan hecho los familiares de Cora CONTESTA no se. PREGUNTADO por S.S. para que diga si se rumoreaba que fuerza pudo haber llevado a cabo el operativo CONTESTA quiero comentar una anécdota, al día siguiente por la mañana, yo fui a comprar leche a la despensa que esta en la parte de atrás de la manzana donde vivimos, y todos comentaban que Cora era guerrillera, que tenía armas, que había escapado por los techos de la estación de servicio de la esquina con otra persona y que como habían rodeado la manzanas las fuerzas de seguridad, la habían atrapado cuando intentaba bajarse de los techos de la casa de la Sra. Seret. Daban precisiones minuciosas de cómo había pasado todo. Fue un operativo visible, frente a todos los vecinos. Lo vio todo el barrio. PREGUNTADO por S.S. para que diga si cuando regresan la segunda vez efectúan el mismo despliegue, CONTESTA no. PREGUNTADO por S.S. si alguien supo a donde la habían llevado CONTESTA no se. PREGUNTADO por S.S. si la volvió a ver CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si tiene algo más que agregar, quitar o enmendar, CONTESTA que el ruido de la lona que sintió en el episodio, le hizo imaginar que pusieron una bolsa en el piso, la hicieron parar a Cora arriba, la embolsaron la cargaron al hombro y la metieron en un baúl, se sintió cuando cerraron el baúl. PREGUNTADO por S.S. para que diga si la amiga de Cora, pudo completar la carrera CONTESTA Cora se recibió de profesora, Silvia se recibió de profesora, pero no se si concretó la licenciatura. PREGUNTADO por S.S. si lo habían llamado antes a declarar CONTESTA hace más o menos dos años, declaré en la Fiscalía. No estaba el fiscal, así que tuve una charla mas corta, creo que con su Secretario... "

b) En la audiencia de 29/09/09 (v fs. 9396) Aída Elena DI SARLI manifestó:

"... a Cora la conocí en la Universidad, no recuerdo la fecha exactamente pero tiene que haber sido en el '74, más o menos. Cursamos algunas materias juntas en esa época, y el hito que marcó esa época fue el cierre de las carreras de Humanidades, con lo cual quedábamos un poco desvalidas. En el caso de Cora, yo sé que se movilizó bastante, y realizó reuniones en su casa para que se hiciera la apertura. Finalmente la apertura se logró y el primer cuatrimestre del '75 fue muy atípico porque duro dos meses o algo más, y lo que recuerdo además era que los profesores no podían dictar clases, por lo menos en Letras. Eso significó que se nos indicaba a cada profesor, determinados contenidos para hacer investigaciones con la correspondiente bibliografía y en grupos de tres o cuatro personas, ibamos a la hora que se nos indicaba, a exponer esa investigación frente al profesor. Asi empezó mi relación más cercana con Cora. A partir de ahí empezamos a estudiar en forma muy unida. Por supuesto teníamos que estudiar mucho más que lo habitual porque no había un dictado de la materia. Además habíamos decidido acelerar los tiempos, terminar cuanto antes la carrera. Por esa causa, desde ese momento, y hasta el 25 de octubre del '76 que fue el dia que nos recibimos de profesoras, rendimos la ultima materia juntas, prácticamente yo conviví con Cora en su casa. De allí hasta el mes siguiente, que fue el mes que la secuestraron, seguimos estudiando pero sin tanta intensidad, y de todas maneras, nos veíamos diariamente. El día que Cora desapareció habíamos programado una salida a ver un partido de básquet con el que era mi novio en ese momento, actualmente mi marido, y un amigo que teníamos en común que salía con Cora. Como habíamos rendido un parcial de Griego, no me acuerdo si esa mañana o la anterior, Cora decidió no ir porque se sentía cansada. De no haber sido así, yo hubiera estado en su casa al momento del allanamiento. Aproximadamente a la una de la madrugada, llamaron a mi casa, a la que había vuelto haría media hora, yo. Eran mi novio y la madre de Cora y su pareja. Allí me informaron que se habían llevado a Cora y me pidieron que fuera con ellos, para que no me quedara en mi casa, porque mi novio temía que me fueran a buscar a mí tambien, y pensó que el único lugar seguro era la casa de Cora, porque no iban a volver ahí. Cuando llegamos, ví por primera vez y única, una casa allanada. Sobre la mesa del comedor, habían vaciado algunos cajones del aparador, y la sensación que yo tenia era de que había pasado un ciclón por ahí. Fue mi sensación. La hermana de Cora, Mabel, fue la que me contó con lujo de detalles todo lo que había ocurrido. Ella hacia muy pocos días que estaba en BAHÍA BLANCA con su bebé de un año y uno o dos meses, Julieta, que apenas caminaba. Mabel estaba embarazada. Me contó que a ella la separaron del grupo, y la llevaron al dormitorio de su mamá, Ana María, y a amenazaban para que hiciera callar a la bebé a la que le pusieron un revólver en la cabeza. Le dijeron "hacela callar porque sino la matamos" porque la nena lloraba. Me contó que habían separado a los demas, que eran Cora, un vecino -Horacio-, que era un adolescente de 16, 17 años, y habían hecho entrar a la casa, y habían hecho entrar a la casa a un señor llamado Valerio Roldán, que en el momento en que llegó el grupo armado, estaban estacionados en la puerta de calle Ana María y Valerio. Los habían encapuchado a todos, las capuchas eran -lo recuerdo porque las ví al día siguiente y las dejaron ahi- los extremos de un pantalón de corderoy cosidos en la punta. Recuerdo que eran oscuros. Contó además que los habían separado en distintas habitaciones con las manos atadas en la espalda, salvo a Mabel que no la ataron. Y que al retirarse, les dijeron que esperaran unos quince minutos antes de desatarse. Cuando se desataron Mabel salió por la ventana del dormitorio de la mamá para pedir ayuda en la casa de los papás de Horacio. Cuando lograron entrar y abrir todas las puertas, Ana María insistía en que fueran a buscar a Cora, en el galpón o el lavadero, que eran construcciones que estaban al fondo de la vivienda, pensando que la habían llevado a alguno de esos lugares. Mabel me mostró además, en el garage, una inscripción hecha con lápiz de labio, en la que se leía "por traidora" como una amenaza dirigida hacia Cora, y abajo tenía la firma de "Montoneros" y "ERP". Después de todo este relato, mi novio y su amigo decidieron ingenuamente, para no llamar por teléfono desde la casa de Cora, que deberían hacer la denuncia a un número telefónico que se pasaba continuamente por radio, para que la población avisara por cualquier suceso subversivo o algo por el estilo. Por esa causa fueron a una estación de servicio que se encontraba en la esquina de Almafuerte y Patricios e intentaron llamar a ese número pero contínuamente estaba ocupado. El resto de la noche lo pasamos tratando de consolar especialmente a Ana María, que tenía accesos de llanto, y hacíamos planes con Mabel para lo que haríamos la mañana siguiente. No recuerdo exactamente, sé que hicimos denuncias, pero no recuerdo dónde. Sí recuerdo que a los dos o tres días fuimos a la Curia y nos recibió el Obispo Emilio Ognenovich, estuvo atento, muy sonriente todo el tiempo, y nos dijo que nos quedáramos tranquilos, porque sea cual fuere la posible culpabilidad o no de Cora, esos sucesos se daban a diario y él los llamaba "cuarentenas". Es decir, había que esperar cuarenta días para saber algo, si es que se sabía. Cuando nos despidió nos dio a cada uno, Ana Maria, mi actual marido y yo, una estampita de la Virgen para que rezáramos porque él iba a hacer lo propio. Después los días siguientes fueron de un gran desconcierto, de no saber qué hacer, con quién hablar, no sabíamos a quien dirigirnos, no teníamos mucha certeza. En lo que a mí respecta, mi suegro nos llevó al Batallón 181 para que hiciéramos la denuncia de lo ocurrido, con intención de protegerme, sin duda, especialmente porque se habían llevado de la casa de Cora una foto reciente en la que estábamos ambas con el diploma de egresadas en las escalinatas de la Universidad, de Colón 80. El personal del Batallón le prometió a mi suegro que a partir de ese momento y por 30 días iba a estar vigilada y protegida por ellos, y tenía que establecer un domicilio fijo. Por esa razón mi suegro decidió unilateralmente, que me iba a quedar en su casa, que era exactamente a la vuelta del domicilio de Cora. Ese es el hecho en sí. A continuación, se exhiben a la testigo, las fotografías obtenidas del sitio www.desaparecidos.org./arg./victimas/p/pioli/ y que obran a fs. 9296 y vta. para que manifieste si se trata de la misma persona sobre la que estuvo declarando. La testigo MANIFIESTA en el momento de la desaparición estaba exactamente así con ese corte de cabello (en relación a la primera foto de fs. 9296 vta.) PREGUNTADA por S.S. si recuerda el nombre del Rector de la UNS que había dispuesto el cierre de la carrera de Humanidades CONTESTA en realidad todo lo que comprendía Humanidades: Historia, Sociología, Letras. Sociología no se volvió a abrir nunca. El Rector era el Profesor Remus Tetu. PREGUNTADA si las reuniones en la casa de Cora era algo muy conocido dentro del ambiente universitario CONTESTA los que eramos de letras unos veinte- sabíamos PREGUNTADA con que frecuencia contesta calculo que una vez por semana a la tarde. Yo trabajaba en un consultorio y cuando salia de ahí creo que fui una o dos veces. PREGUNTADA si se reabrió la carrera a raíz de esas reuniones CONTESTA yo supongo que no fue una consecuencia de las reuniones la reapertura. Me parece que el cierre fue una amenaza porque en Letras se habían hecho juicios políticos a algunos profesores y había un ambiente de movilización. Por ejemplo, se le había hecho juicio político a la profesora Fontanela de Weimberg, al profesor Alberto Dozzo, y habían habido directores de Departamento que se habían retirado y estaban exiliados. El departamento de Humanidades tenía gente a cargo que podía haber generado el cierre. PREGUNTADA qué eran los juicios politicos CONTESTA era el nombre que se le daba, tambien se decía juicio académico que eran enjuiciamiento a profesores a los que se les cuestionaba por su desempeño en la cátedra. PREGUNTADA quiénes enjuiciaban CONTESTA algunos grupos de alumnos. Yo sé que algunos alumnos pertenecían a la JUP, la Juventud Universitaria Peronista, que eran militantes. PREGUNTADA en qué epoca y lugar se hacian esos juicios CONTESTA en el 74 en las mismas aulas de la Universidad, en 12 de Octubre y Perú. Se les cuestionaba la ideología que trasuntaba la materia que dictaban. Dorso dictaba Pedagogía. Se cuestionaba que no se aggiornara en sus clases y que no tratara autores que vieran la realidad desde miras mas modernas. En su caso concreto, trabajaba con un autor Dewei, y la JUP pretendía que se trabajara con autores más modernos, Dorfman, por ejemplo. PREGUNTADA por el resultado de estos procesos CONTESTA se separaba del cargo y se ponía a otro profesor. En el caso de la profesora Waiberg la misma quedó a cargo de Miriam Nacht que había sido ayudante o adjunta. Entiendo que con el resto de los profesores pasó lo mismo. PREGUNTADA si contaban con el aval del Rectorado o el Departamento CONTESTA supongo que sí pero no recuerdo. Sé que se levantaba la mano y se resolvía de acuerdo a eso. PREGUNTADA si Cora había participado de estos debates CONTESTA si, recuerdo que íbamos a ver, pero no participábamos de las discusiones. Serían unas treinta personas. PREGUNTADA si algunas de esas personas fueron al domicilio de Cora CONTESTA alguna puede haber ido. Recuerdo concretamente a dos o tres compañeros de Letras, Jorge Luis Rabasi, María Eugenia Ciochini, Silvia Oyhamburo y otros que no me acuerdo. PREGUNTADA si conoció en las reuniones de la casa de Cora a una mujer que le decían La Corta CONTESTA yo no conocí a La Corta. Creo que era de Historia. Se que era La Corta Izurieta. Lo que sí recuerdo es que la mamá de Cora en algún momento, le avisaba a Cora que la había llamado La Corta. Ahora me acuerdo que a la semana del día que se llevaron a Cora, que creo que se llevaron a Cora, hubo una segunda visita a la casa de calle Patricios. Yo me enteré a la mañana siguiente, porque iba todas las mañanas, y allí ambas -Ana María y Mabel- me avisaron que habían entrado nuevamente, que habían pasado hasta el jardín del fondo de la casa y habían hecho un pozo al lado de una planta que era un jazmín para desenterrar un paquete de revistas Crisis envueltas en plástico que Cora había escondido ahí. En ese tiempo todos los estudiantes de Letras teníamos números de esa revista, y Cora tenía muchas. Esa misma noche tambien se llevaron, según me dijo Mabel, bastante ropa de Cora, sobre todo ropa interior. PREGUNTADA si supo de La Corta CONTESTA supe lo que se dijo oficialmente, que era que había muerto en un enfrentamiento, no recuerdo si la desaparición de la hermana fue en el mismo momento PREGUNTADA si esto fue antes o después del hecho de Cora CONTESTA recuerdo que yo lo supe después. No sé cuándo fue. Lo que sí supe después fue la desaparición de un matrimonio: Rivada. Beatriz Rivada había estudiado su ultima materia con Cora y yo sé que se había quedado el ultimo tiempo de preparación de la materia, en la casa de Patricios, porque ella estaba casada y vivía en Tres Arroyos. Y estaba embarazada. Yo supe después que tanto ella como su esposo fallecieron. PREGUNTADA por el Sr. Fiscal con la anuencia de S. S. cuál es el nombre de las dos personas que la acompañaron al partido esa noche CONTESTA Alberto Domínguez -mi marido- y Carlos Burovich. Ambos estudiantes de la carrera de Contador. PREGUNTADA por el Sr. Fiscal dónde residen CONTESTA creo que Carlos vive en BAHÍA BLANCA no lo ví mas. PREGUNTADA por el Sr. Fiscal si las reuniones tenían alguna medida de seguridad para evitar infiltraciones, CONTESTA no, eran reuniones para tomar mate y charlar. PREGUNTADA por el Sr. Fiscal cuál fue el comentario del grupo cercano cuando Cora desapareció CONTESTA lo que se hablaba era que entraba gente del Ejercito, de Marina o del Batallón. Siempre pensamos que eran ellos. Sobre todo por el despliegue que hubo en ese momento, que se llenó de vehículos. Se veía que era algo muy preparado PREGUNTADA por el Sr. Fiscal si recuerda el nombre de otros vecinos del lugar que pudieron haber conocido o percibido el hecho. CONTESTA conocía a la familia Montes de Oca vecinos de la casa colindante, a una señora que se llamaba Margarita, que vivía en la calle 9 de Julio y era enfermera, a mis suegros que vivían en el edificio de la calle 9 de julio que por supuesto se tuvieron que enterar sí o sí. PREGUNTADA por el Sr. Fiscal si durante el mes que estuvo protegida asistió al Batallón o tuvo custodia CONTESTA nunca había nadie. Jamás me sentí protegida PREGUNTADA por S.S. si volvieron a ver al Obispo CONTESTA no, porque nos sentimos muy ofendidos y decepcionados. No era una situación para que sonriera. Nos dio una estampita, parecía una cargada. Ningun gesto de compasión. No lo volvimos a ver. PREGUNTADA por S.S. si volvieron al Ejercito CONTESTA no. PREGUNTADA para que diga si tiene algo más que agregar, quitar o enmendar, CONTESTA no recuerdo nada que sea de utilidad. PREGUNTADA si anteriormente ya había declarado sobre este hecho CONTESTA no, como eran los cien años del Colegio Nacional, yo escribí una síntesis como homenaje a Cora, como se hablaba de la historia del país y de BAHÍA BLANCA. Lo puedo acercar. Se colocó una placa -la Cooperadora- el 16 de septiembre que es el día de la Noche de los Lápices, con el homenaje a los 27 exalumnos del Colegio Nacional desaparecidos. Ese día invitamos a los familiares y vinieron algunas personas de Madres. Fue un acto muy emotivo... "

6.4. HOMENAJE AL COLEGIO NACIONAL EN SU CENTENARIO:

Bajo el título: "Nuevo libro sobre la historia del Colegio Nacional", La Nueva Provincia el domingo 09/11/08 en papel y en el sitio www.lanueva.com/edicion_impresa/nota/9/11/2008/8b9126.html refería a sus lectores:

"...Las profesoras Marisa Coldeira y Elena Di Sarli son autoras de una obra que recrea el primer siglo de vida de una institución educativa emblemática. El 17 de abril de 1906, el Colegio Nacional abrió sus puertas bajo el rectorado de Julio Molina y Vedia y recibió a sus primeros alumnos. Cien años más tarde los festejos por ese hito educacional comenzaron a concretarse y tuvieron su culminación el viernes pasado, con la presentación del libro "Homenaje al Colegio Nacional en su centenario" , escrito por las profesoras Marisa Coldeira y Elena Di Sarli. El acto se realizó en la sede de Sarmiento 168 con la presencia de autoridades, profesores y alumnos que se permitieron revivir no pocos momentos emotivos. Con tres décadas de trabajo en el Colegio Nacional, las docentes Coldeira y Di Sarli realizaron en dos años una exhaustiva tarea de recolección de documentos, fotografías y testimonios, para luego dar forma a esta obra. "Trabajamos con mucho cariño por todo lo que significa para nosotros el colegio. Ambas tenemos nuestra vida profesional allí y, en el caso de Elena, se suma que también fue alumna", dijo Coldeira... Así, entre las 400 páginas de la obra se incluye material fotográfico --por caso la imagen del primer grupo de egresados y la antigua fachada sobre calle Rodríguez-- , como, también, historias de vida de sus autoridades, profesores y alumnos... "

Del libro "Homenaje al Colegio Nacional en su centenario" de Elena DI SARLI y María Luisa COLDEIRA, 1ra. edición, octubre 2008, agregado en la causa a fs. 9396 surge:

"...En el ámbito universitario local el 1°de marzo de 1975 se cerraron arbitrariamente aquellas carreras "potencialmente subversivas" pertenecientes a los departamentos de Economía y Humanidades. Dicha medida fue tomada por el entonces interventor, Prof. Remus Tetu, y los docentes de todas las categorías fueron declarados cesantes por aplicación de la ley de prescindibilidad...
El 24 de marzo de ese año fue depuesto el gobierno de Isabel Martínez de Perón. A partir de ese momento se instaló en Argentina una época trágica caracterizada por persecuciones ideológicas, censuras, detención y "desaparición de personas"...
El 17 de abril de 1976, cuando el Colegio Nacional festejaba su 60 aniversario mi amiga Cora Pioli había cumplido 23 años.
No había pasado ni un mes del siniestro 24 de marzo y pese a que éramos muy consientes de la gravedad de la situación, éramos también muy ingenuas y creíamos que era posible construir un mundo más justo para todos.
Entre 1966 y 1970 Cora había cursado su secundario en el Colegio Nacional y posteriormente había estudiado Letras en la Universidad Nacional del Sur. En la época del cierre de carreras humanísticas, por decisión del interventor Remus Tetu, levantó su voz, de protesta junto a la de muchos compañeros; y su casa fue el lugar de reunión de los estudiantes de Humanidades que reclamaban por sus derechos.
Se había recibido de profesora de Letras el 25 de octubre de 1976 y continuaba los estudios de la licenciatura.
Exactamente un mes más tarde, en un violento operativo realizado por fuerzas de seguridad no identificadas, Cora fue secuestrada de su domicilio de Patricios 742.
Esa noche ella estaba en su casa junto a su mamá Ana María, su sobrinita Julieta que apenas empezaba a caminar, su hermana Mabel que estaba embarazada y un vecino amigo de la familia. Nadie atinó a hacer nada. No hubo tiempo de reaccionar. Todos fueron "encapuchados" y aislados en distintos cuartos de la casa. Alguien del grupo represor, les dijo antes de retirarse, que podrían sacarse las capuchas diez minutos más tarde. Cuando lo hicieron, se fueron reuniendo en el comedor y comprendieron que se habían llevado a Cora. Todos fueron conscientes de lo ocurrido menos su madre, que la buscó por todos los rincones de la casa y siguió haciéndolo en los días, meses y años posteriores hasta su fallecimiento.
Yo la vi, llevando el pañuelo blanco de las Madres en más de una manifestación pública.
A Cora no la olvidamos nunca, pero la recordamos especialmente cada 25 de noviembre, porque no tenemos otra fecha para hacerlo. La recordamos de este modo porque no tenemos una tumba. Sólo sabemos que estuvo en el centro clandestino de detención de Baterías en la Base Naval de Puerto Belgrano por testimonios de sobrevivientes.
Como tantos jóvenes de los años 70, Cora soñaba con viajes que nunca hizo, con hijos que nunca tuvo, con la posibilidad de un mundo mejor.
Cora es una de los 30.000 desaparecidos. Una chica que fue alumna del Nacional al igual que otros jóvenes de Bahía que también desaparecieron.
Al recordar a Cora, recordamos a los casi treinta exalumnos del Colegio Nacional que también integran las listas de desaparecidos...
Nombrar a Cora es recordar lo inolvidable aunque ya hayan pasado treinta años (Homenaje de la prof. Elena Di Sarli a su entrañable compañera y amiga de estudios universitarios).
En la mañana del 30 de abril de 1977 un grupo de mujeres solicitaron audiencia al presidente de facto, para saber el destino de sus hijos ilegalmente detenidos. Si bien no tuvieron éxito, dado que Videla no las recibió, este desencuentro fue el punto de partida para que naciera la Asociación Madres de Plaza de Mayo.
El 5 de agosto de 1977 llegó al Colegio Nacional una lista remitida por el Comando del V Cuerpo de Ejército que contenía una bibliografía específica de libros censurados. Se prohibía la circulación de esas obras y se acordó que cada jefe de Departamento debía informar a los profesores de cada área del listado en cuestión. Así consta en el acta n°9 4 del Libro de Inspección, firmado por la entonces Rectora prof. Carmen F. de Palmeiro.
En los actos patrios se convirtió en una constante la presencia de bandas militares que interpretaban el Himno Nacional y las canciones escolares de rigor mezcladas con marchas militares. También era habitual la presencia de representantes de las Fuerzas Armadas como se observó en los festejos de los 75 años del Colegio.
El 31 de agosto de 1977 se dispuso la intervención del Colegio Nacional por Resolución n°285. La Sra Palmeiro fu e separada de su cargo y se designó como Interventora a la Prof. Inés Castro...
Las fluidas relaciones entre las máximas autoridades educativas y el régimen eran evidentes. Así la Inspectora Prof. Myriam B. de Forbice en una de sus supervisiones al establecimiento, en el año 1978, dejó constancia en el Libro de Inspección que interrumpía su labor en el mismo para realizar una visita protocolar y presentar sus saludos a las autoridades militares locales dada su condición de Inspectora de Zona y estando este Colegio en el área de influencia del V Cuerpo de Ejército... "

6.5. VINCULACIÓN: Los motivos de las preguntas sobre la "vasca" Izurieta formuladas por los secuestradores a la madre de PIOLI y su reiterada mención por los testigos del caso, se encuentran al repasar el Expediente N° 86(8) "Subsecretaría de DDHH s/ Denuncia (IZURIETA Maria Graciela) y la causa N° 94 "IZURIETA Lidia C. de s/ Formula denuncia: Homicidio o presunta privación ilegítima de la libertad" agregados a la causa 05/07 "Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos bajo Control Operacional del Comando V Cuerpo de Ejército" en trámite por ante el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca

Surge de las mismas que el 23 de julio de 1976 a las 22.45 horas María Graciela IZURIETA -de 23 años- fue secuestrada junto a Ricardo GARRALDA en el domicilio en que vivían, ubicado en 11 de Abril N° 331, Dpto. 10 de Bahía Blanca. Diversos testimonios dan cuenta que permaneció detenida estando embarazada en el Centro Clandestino de Detención "La Escuelita" donde también se encontraba secuestrada su hermana Zulma Araceli con quién había mitilado en la Juventud Universitaria Peronista.

Distintos testimonios dan cuenta del cautiverio de María Graciela IZURIETA en ese centro clandestino. Lo declarado por Alicia Mabel PARTNOY -si bien ingresada con posterioridad por el contacto con otros detenidos-, María Felicitas BALIÑA -a quien el mayor CERDÁ (ya fallecido) le exhibió una foto de María Graciela y la interrogó acerca del conocimiento que de ella tenía-, Pablo BOHOSLVASKI, Juan Carlos MONGE y María Cristina PEDERSEN permite tanto sostener aquella circunstancia como su condición de embarazada, lo propio acontece con las declaraciones de Oscar José MEILÁN y Vilma Diana RIAL de MEILÁN.

En el mes de diciembre de 1976, cuando se acercaba la fecha del parto de su criatura, María Graciela IZURIETA fue retirada de "La Escuelita" y no la volvieron a ingresar.

Desde entonces su cuerpo permanece desaparecido, y las pruebas que dan cuenta que fue ultimada, por tratarse de personas que compartieron su misma condición de víctimas en cautiverio, no han podido dar certera cuenta del destino que le dieron a sus restos,

Tampoco se ha podido conocer hasta el momento el destino que los victimarios le dieron a su hijo tras el nacimiento y la apropiación.

Durante el cautiverio, BOHOSLAVSKY escuchó que los guardias se referían al detenido HIDALGO, a RIVERA y a una mujer apodada "La Vasca" de apellido IZURIETA

6.6. SECCIÓN INFORMACIONES DE LA PREFECTURA NAVAL ZONA ATLÁNTICO NORTE: Ante lo ordenado el 24/09/08 (Cuerpo 19) la nombrada Perito informó a fs. 3032/3033vta., 3165/3169 3524/3525 en la sede de la CPM -Calle 54 N° 487 de La Plata- se encuentra los originales de los documentos impresos a fs. 3015/3164; fs. 3401/3523 previamente extraídos del material digitalizado en el "DVD 2 Prefectura Naval Argentina Greestone 2.72", vinculados a la actuación -entre los años 1973/1990- de la PZAN:

a) Impreso de los archivos de imágen TIF números 20005; 20006; 20007; 20008 y 20009 que contienen el Parte de información (PI) Inf. 10/08/09 al SIPNA (Servicio de Informaciones Prefectura Naval Argentina) por MEN PZAN (Prefectura Zona Atlántico Norte) "FI -27/90 ESC sus antecedentes" de los miembros de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Regional Bahía Blanca mencionándose -entre otros- a Ana María SANTARELLI "...casada con PIOLI (f)... Registra: 2511-977: Se toma conocimiento de que la causante es madre de la DT CORA MARIA PIOLI, desaparecida en La Plata. 27-09-979: Integra la Comisión de Familiares Desaparecidos... "

b) Impreso de los archivos de imágen TIF números 20081; 20083; 20084; 20085 y 20086 que contiene las conclusiones de la Delegación Bahía Blanca de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) fechada el 04/09/84 con las listas de los muertos y los desaparecidos dentro y fuera de esta ciudad (Anexos A, B, C y D) nombrando -entre otros- a MARTINELLI Susana y OLIVA en el primer grupo y a CARCEDO Gerardo Víctor; DEL RÍO Jorge Eleodoro; PIOLI Cora María; RUSSIN Horacio; ERALDO Norberto E. y SAUBIETTE Leonel E. en el último.

c) Impreso de los archivos de imágen TIF números 20132; 20141 y 20142 que contiene la carátula del Sr. Jefe Servicios Inteligencia Prefectura Zona Mar Argentino Norte (Sección Información) continuación del MEN PZAN IFI 09/984 "ESC" y ampliación del MEN PZAZ IFI 147/983 "ESC" punto 15.8 Items E fuente Propia, relacionado con Organizaciones de Derechos Humanos y los domicilios de familiares de DDTT presuntamente desaparecidos figurando entre otros CARRA Héctor Osvaldo y PEREYRA Mercedes Leónida de; CARCEDO Gerardo y Felisa S. de CARCEDO; GRILL Néstor y Juana M. de; PIOLI Ana María SANTARELLI de y RUSSINI Gregorio y Consuelo BARTOLOME de.

d) Impreso de los archivos de imágen TIF números 20150 y 20151 que contiene una nota firmada en Bahía Blanca por el Perfecto Mayor Francisco María José SCUGLIA Perfecto de Zona del Atlántico Norte -con sello de la PNA- de fecha 07/10/83 (N° 132/83 "ESC" Letra PZAN - IFI) solicitando antecedentes policiales, judiciales y/o ideológicos a la Div. Contrainteligencia. B.N.P.B; Dest. Icia. Mil. 181; Deleg. S.I.D.E.; Deleg. Pol. Fed., Deleg. D.G.I.P.B.A.; Gend. Nacional; Brig. Investigaciones y al Archivo de Sección de integrantes de Organizaciones de Derechos Humanos de Bahía Blanca, mencionando -entro otros- a B. de RUSSIN, Casimira C.; L de CARRA Mercedes; SANTARELLI de PIOLI Ana María y S. de CARCEDO Felisa

e) Impreso del archivo de imágen TIF número 20177 que contiene el Men PZAN IFI 130/83 "ESC" de identificación de los principales dirigentes, militantes, simpatizantes, colaboradores, etc. de la APDH BBlanca mencionando a S. de CARCEDO, Felisa; L. de CARRA Mercedes; B. de RUSSIN, Casamira C.; SANTARELLI de PIOLI Ana María

f) Impreso del archivo de imágen TIF número 30777 que contiene una solicitada de las Madres de la Zona de Bahía Blanca publicada en el diario Clarín de Buenos Aires el 24/12/81 con el título "Navidad 1981 ¿Dónde están?" figurando entre los "detenidos-desaparecidos" PIOLI Cora María y RUSSIN Horacio

g) Impreso de los archivos de imágen TIF números 70712; 70713 y 70714 que contiene la información obtenida del Expte. S-46/983 PZAN IF nota 74/983 "ESC" PZAN IFI fechado el 18/05/83 y firmado por el Perfecto Mayor Francisco María José SCUGLIA y el Subperfecto Osvaldo Gaspar SIEPE como Jefe Sección Informaciones para conocimiento de la "Comunidad Informativa Local" listando la nómina de personas que solicitaron recurso de "Habeas Corpus" ante el Juzgado Federal de Bahía Blanca y por presuntos "desaparecidos", mencionando -entre otros- a Felisa S. de CARCEDO; Mercedes L. de CARRA, Casimira C. B. de RUSSIN, Ana María SANTARELLI de PIOLI; Cora María PIOLI; Horacio RUSSIN

h) Impreso de los archivos de imágen TIF números 70715 y 70716 que contiene la información obtenida del Expte. S-45/983 PZAN IF nota 73/983 "ESC" PZAN IFI fechado el 18/05/83 y firmado por el Perfecto Mayor Francisco María José SCUGLIA y el Subperfecto Osvaldo Gaspar SIEPE como Jefe Sección desde la fuente de la "Comunidad Informativa Local" listando las personas que integran la filial Bahía Blanca de "Madres de Plaza de Mayo", mencionando a CARCEDO Felisa G. de y PIOLI Ana María S

6.7. INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA (CPM): La Perito del Archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) gestionado y desclasificado por la CPM a partir de la aplicación de la Ley Provincial 12642 -Claudia V. BELLINGERI-, a fs. 17809/17810 y ss. informa lo siguiente:

"...Respecto de PIOLI, Cora María su nombre se localizó el archivo de Prefectura Naval Argentina Zona del Atlántico Norte en el marco de un informe elaborado por la Asamblea por los Derechos Humanos Regional Bahía Blanca sobre una serie de personas entre las que se encuentra Ana María Santarelli, madre de Cora María Pioli (desaparecida en La Plata el 25/11/76)..."

6.8. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a este caso y su encuadramiento la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER, Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" indicando:

"...Cora María PIOLI: De su secuestro la noche del 25/11/1976 en su hogar de calle Patricios al 700 (B. Bca.) fueron testigos familiares, vecinos y amigos, quienes fueron reducidos por el grupo de 7 u 8 personas, vestidas de civil y armadas, que allanó la vivienda y se llevó a Cora Pioli; este mismo grupo volvió a allanar la casa una semana después, buscando elementos enterrados en el patio, de los que tenían datos precisos. Las constancias y declaraciones valoradas en el consid. 25.1-a, 25.2, 25.3 y 25.4 acreditan esos extremos. Por otro lado, su presencia en el CCD "Baterías" está probada por los testimonios de Diana Silvia Diez y Martha Nélida Mantovani de Montovani. Continúa desaparecida... "
"...En cuanto a las agravantes que corresponden a las privaciones ilegales de la libertad imputadas, de los testimonios de las víctimas indicados en cada caso en el auto apelado, surge sin lugar a dudas que las mismas fueron cometidas en su totalidad con violencias y amenazas, ya sea en el inicio mismo o durante su extensión, por lo que se hace lugar al agravio; asimismo, tampoco hay dudas sobre la calidad de funcionario público de los imputados, pues eran en su totalidad oficiales de la Armada, o del Servicio Penitenciario de la Pcia. de Bs. As. (art. 77, CP). Por lo tanto corresponde que sean calificadas como privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias s (arts. 144 bis inc. 1°y último párrafo en función del art. 142 inc. 1°del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642).
Por otro lado, los casos en que resultaron víctimas... Cora María PIOLI... suman además la agravante del inc. 5° del art. 142 del CP, pues la privación de la libertad se extendió por más de 30 días de acuerdo a las pruebas valoradas por el a quo y a lo que se dijo supra en cada caso en particular...
En consecuencia, las privaciones ilegales de la libertad de que resultaron víctimas... Cora María PIOLI... concursan en forma real (art. 55 del CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616).
También se calificarán como homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos -desaparición forzada- (art. 80 incs. 2°y 6°del Código Penal conforme ley 21.3 38) y concurrirán en forma material con las figuras penales ya vistas, las desapariciones forzadas de... Cora María PIOLI..."


7. SAUBIETTE Leonel Eduardo:

La descripción de los hechos de los que fuera víctima, efectuada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 696/715 ap. VI 16 -transcriptos en resultando I. ap. 9.60. precedente-, coincide con lo puntualizado en los autos de procesamiento de fs. 9717/9969vta. y 11113/11513.

Nacido el 10/10/55, hijo de Francisco Leonel SAUBIETTE y Petrona Irma IRIBURU de SAUBIETTE, DNI 11.786.199 y CI 7.631.604, con domicilio en Darregueira 133 Dpto. 3 de la ciudad de Banfield, Pcia. de Buenos Aires, estudiante de periodismo en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, fue secuestrado el 05/04/77 en la confitería de la Estación de Ferrocarril General Roca de Bahía Blanca el mismo día que fue dado de baja del servicio militar obligatorio cumplido en la Base Naval Puerto Belgrano y detenido en el CCD que allí funcionaba, siendo su estado desaparecido y su número de CONADEP 3580.

Lo anterior surge de las siguientes pruebas colectadas durante la instrucción:

7.1. INFILTRACIÓN: Del Expte. 81727 caratulado "BARONE Ricardo Esteban; SAUBIETTE Leonel Eduardo y otros s/ Infracción Ley 20840 y art. 198 bis del Código Penal" iniciado el 08/10/75 ante el Juzgado Federal N°1 de La Plata, Secretaría N° 2 -remitido a esta sede mediante el oficio de fs. 1620- contiene -entre otras- las siguientes circunstancias:

a) Declaración de Leonel Eduardo SAUBIETTE: a Al prestar declaración indagatoria el 29 de septiembre de 1975 a fs, 49/49vta. ante la Instrucción Policial dijo:

"...ser hijo de Francisco Leonel y de Irma Petrona Iturburu, ser argentino de 19 años de edad, soltero, instruído, estudiante, con domicilio en la calle Darregueira 133, Dpto. 3, de Banfield; dice haber nacido el día 10 de octubre de 1955, en Lomas de Zamora... Que le dicente cursó sus estudios secundarios en el Colegio Normal Antonio Mentruyt, de Banfield; que junto al dicente en los últimos años de dicho curso, también lo hicieron Ricardo Barone, Clara Rita Giannelli, Rosa Noemí Martorella, Sergio Daniel Guitler y Ruben Caviglia, entre otros. Que luego de terminar el secundario, el dicente junto con Barone y Clara Giannelli, se anotaron en la Universidad, Facultad de Lomas de Zamora, para seguir Comunicación Social, especializándose en Periodismo. Que a partir del corriente año, quedo solamente el declarante estudiando dicha carrera, ya que sus dos compañeros que nombrara, decidieron abandonar por el momento, ya que Barone está cumpliendo con el servicio militar y Clara Rita es su novia. Que periódicamente, los nombrados anteriormente, o sea sus ex-compañeros de estudios, juntamente con otras personas, a las cuales el dicente prácticamente desconoce, se reunen en la casa de Clara Rita Giannelli, y casi siempre el tema que tocan, es el extemismo, ya que la dueña de casa, al igual que su novio, Barone y el nombrado Caviglia, son integrantes de la organización extremista E.R.P. y en las reuniones son llamados por sus nombres de combate, como ser: Barone "Luis", Caviglia "Carlos" y Giannelli "Elena". Que el material que se estudia tratan todos sobre la guerrilla, siendo los más leídos "Estrella Roja" y "El Combatiente", amén de otros libros similares; que el dicente en algunas oportunidades, ha llegado a leer, en dichas reuniones, pero no ha participado en la organización, ya que es poco el tiempo que tiene, porque de día trabaja y de noche estudia. Que sabe perfectamente, que como Barone, se encuentra en la conscripción, él de la unidad en que está, extrae informaciones y la entrega a la organización a la cual pertenece. Que el día veintisiete del cte. El declarante se encontró con Clara Rita, y ésta le comentó que su novio Ricardo Barone, había desaparecido, presumiendo que por sus actividades estaba detenido; que de inmediato el declarante se ofreció acompañarla, para tratar de ubicarlo, cosa que resultó inútil; que cuando regresaron a la casa de Clara, en la misma se encontraba la Policía, quienes procedieron a detener al dicente y a otras personas, y además secuestraron material didáctico subversivo, de un sótano de la finca.- Que es todo cuanto tiene que declarar al respecto. Seguidamente se le exhibe el acta de fs. ratificándola en todo su contenido y reconociendo como de su puño y letra una de las firmas que figuran al pie de la misma; también se le muestra el material secuestrado, reconociendo a partir del mismo como el que leían en las reuniones. Se le hace saber que se encuentra detenido e incomunicado por el término de Ley, por estar acusado de INFRACCIÓN A LA LEY 20.840, causa en la que interviene el sr. Juez Federal Dr. Jorge B. Aquino, Magistrado ante quien queda librada la situación.... "

b) Resolución: A fs. 586 y ss. el Juzgado Federal de La Plata dictó la siguiente resolución:

"...RESULTA: I.- Que en el caso de autos se encuentra legalmente probado que le día 26 de septiembre del año 1975, siendo las cinco horas, personal policial perteneciente a la policía de la provincia de Buenos Aires, constituidos en la intersección de la calle Juan de Garay y Avenida Hipólito Irigoyen de Remedios de Escalada, detuvieron a una persona que vestía el uniforme del Ejército Argentino, el que resultó ser Ricardo Esteban Barone, quien a la sazón prestaba servicios como soldado conscripto en el Batallón de Construcciones 601 de Villa Martelli. Convenientemente interrogado y requisado en presencia de un testigo hábil, se le encontró en el interior de un bolsillo de su chaquetilla: un sobre abierto, dirigido a una persona de pseudónimo "Carlos"; en el interior del mismo había un plano de la Guarnición Militar a la que pertenecía el procesado Barone; e igualmente un papel copia, con membrete del "E.R.P.", con el detalle manuscrito de nombres y apellidos de personal, de oficiales y suboficiales que revistaban en el mencionado batallón.
Que ese sobre debía ser entregado al mencionado "Carlos"; después se supo que era el procesado Rubén Oscar Caviglia. A consecuencia de este procedimiento y en consonancia con las declaraciones de Barone se iniciaron una serie de procedimientos en cadena: uno de los cuales, en la morada sita en la calle Bynon 2767, de José Mármol, Pdo. De Almirante Brown, en donde habitaba la esposa de un guerrillero muerto en un procedimiento de fuerzas combinadas, Mabel Maldonado de Montoto, de donde se secuestró material de lectura subversiva y una escopeta, calibre 16. En otro procedimiento realizado en el establecimiento industrial "Metalúrgica Termex" se procedió a la detención de Juan Carlos Stevano, con nombre de guerra "Domingo". Por indicaciones brindadas por Stevano, se destapó un pozo en el terreno de su propiedad, hallándose un cajón de madera conteniendo un fusil automático liviano (FAL), calibre 7,62, N°18227, desarmado; y un fusil automático liviano (FAL), calibre 7,62, N° 22857, desarmado. Ambos con sello e inscripción "Ejército Argentino". En otro procedimiento en la finca de la calle Juan de Garay N° 35, de Remedios de Escalada, partido de La nús, se detuvo a Rubén Oscar Caviglia, con nombre de guerra "Carlos". Este confesó ser el responsable del grupo o célula a la que pertenecen los procesados de autos, sabiéndose que en dicho domicilio se realizaban reuniones de adoctrinamiento, secuestrándose literatura subversiva en número superior al necesario para la propia información; planos, papeles con inscripciones sugerentes como: "levantar cita a las 20. Municiones".
Constituída el día 27 de septiembre de 1975, la comisión policial en la finca de la calle Avellaneda N°299 de la localidad de Temperley, se procedió al allanamiento y a la detención de varias personas, dentro de las cuales se encontraba la procesada Clara Rita Giannelli, con nombre de guerra "Elena o Petisa", novia del procesado Barone y presuntamente "encargada de trío"; allí se procedió también, al secuestro de material subversivo, en cantidades que hacen presumir que los tenía para el adoctrinamiento y distribución.
A indicación del procesado Juan Carlos Stevano, el día 29 de setiembre de 1975, una comisión policila se constituyó en una finca ubicada en las calles Perú y Florencio Sánchez, del barrio de "Altos de Monte Grande", de Monte Grande; en donde a instancias de este procesado, se procedió a destapar un berretín hecho en el fondo de la casa, a uno veinticinco centímetros bajo tierra, de donde se secuestraron cuatro latas de pólvora, de 100 gr, cada una. Interrogado Stevano expresó que la pólvora serviría "para confeccionar cartuchos con munición posta para escopeta Itaka".
De la deposición ante la instrucción prestada por el procesado Ricardo Esteban Barone, surge que fue compañero de colegio secundario de Rubén Oscar Caviglia, Clara Rita Giannelli y otros y con ellos mantuvo frecuente trato aún después de finalizados los estudios secundarios, efectuando reuniones todas las semanas, en casa de su novia Clara Giannelli. Este confiesa que a partir del 22 de agosto de 1973, conmemorando la fecha de los "Muertos de Trelew", realizó su primer contacto con la organización subversiva "E.R.P.", conjuntamente con su compañera, la que poseía el nombre de combate de "Graciela". Agregando después, que un compañero de organización de nombre "Maco", le dijo, que como tenía que ingresar a la organización, no debía efectuar otra tarea que no fuera la de entrar en contacto con el "frente enemigo", en donde luego de reclutados por el Ejército Argentino, debe recoger información de carácter militar, que debe ser pasada a la organización , cosa que hacía por intermedio de Caviglia...
Si bien es cierto que el obrar del procesado Ricardo Barone, no se ha comprobado otras acciones que no sean las de: tomar parte en la organización E.R.P., las de pasar informaciones militares a dicha organización y la de realizar todas las actividades secretas que ello implica; estas, aunque no exterioricen violencia, como dice el sr. Defensor, demuestran una conducta insidiosa, viscosa y subrepticia. Y como consecuencia de ese obrar pudieron devenir males mayores como homicidio de personal militar, asalto a cuarteles, etc. Resulta, entonces, incontrastable su grado de peligrosidad. En otras épocas y bajo otras legislaciones hubiera merecido la pena máxima ejecutada, con el ceremonial correspondiente a los espías y traidores..." ((fs. 586vta./587 y fs. 593)

7.2. DETENCIÓN: De la Causa 13746 caratulada: "SAUBIETTE Leonel Eduardo s/ víctima privación ilegítima de la libertad en Bahía Blanca" -otrora en trámite por ante el Juzgado Penal N° 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca, Secretaría N° 6 a cargo del Dr. Carlos Silva ACEVEDO- agregada a la presente en razón de lo ordenado a fs. 1181/1184-surge:

a) Declaración de Petrona Irma IRIBURU de SAUBIETTE: En la audiencia del 30/08/83 la madre de SAUBIETTE prestó el siguiente testimonio:

"...Que en los primeros días de abril de 1977 su hijo debía ser dado de baja en la Base de Puerto Belgrano donde cumplía con su servicio militar.-Que lo esperaron y al no recibir noticias, llamaron por teléfono a la Base, siéndoles expresado que no podían darle información alguna en forma telefónica.- Que entonces su esposo se constituyó en Bahía Blanca y de allí fue a la base donde le fue informado que su hijo había sido dado de baja el día 5 de abril de 1977.- Que preguntó si no podían haberle retenido algunos días siéndole informado que no.- Que ante ello su esposo fue hasta Bahía Blanca y recorrió las Comisarías, los Hospitales y las Morgues de éstos, sin ubicar a su hijo.- Que regresó y fue hasta el Comando en Jefe de la Armada, donde se le exhibió la ficha correspondiente a su hijo expresándole que el mismo había sido un buen soldado durante su incorporación y que tenían la seguridad de su baja, dado que habían remitido su libreta para la devolución.- Que debe poner de manifiesto que su hijo se desempeñó durante el tiempo de su incorporación a la Marina, en la Sección Máquinas en el buque "Mocoví" y cuando su esposo estuvo en la Base el Jefe de su hijo, con quien el mismo solicitó hablar, no lo recibió.- Que aproximadamente a los dos meses de esto, se presentó en su domicilio el Cabo Principal Juan De los Santos, quien les manifestó que su hijo había estado con él y que por comentarios que escuchó en la base, el mismo al ser dado de baja se dirigió a la Estación de Bahía Blanca.- Que cuando se encontraba allí, se presentó un a comisión que titulándose perteneciente a la Policía Federal lo detuvo.- Que el suboficial les comentó que ello lo sabía por comentarios escuchados.- Que mientras su hijo prestaba servicios en la Marina, a mediados del año el barco "Mocoví" al que estaba asignado, en una oportunidad vino hasta Buenos Aires.- Que su hijo durante la estadía del buque iba a la mañana al barco y regresaba aproximadamente a las dos de la tarde.- Que uno de los días en que estaba y antes que llegara, se presentaron en su domicilio once hombres de civil con armas largas quienes se titularon policías y al no serles franqueado el acceso por la declarante, dado que se negaban a mostrar sus credenciales, tiraron abajo la puerta, ingresando a la casa por la fuerza.- Que revisaron íntegramente su domicilio y preguntaron por su hijo, llevándose una foto del mismo.- Que durante el año 1975, mientras su hijo cursaba la carrera de periodismo en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, se produjo la detención del mismo juntamente con otros compañeros por presunta infracción a la ley 20.840, tramitándose por tal motivo una causa ante el Juzgado Federal N° 1 de La Plata, Secretaría N° 2, en la cual su hijo fue sobreseído.- Que durante su vida estudiantil tuvo actuación política en la Universidad en la Juventud Peronista.- Que desde la fecha de su desaparición no ha tenido noticia alguna de su hijo.... "

b) Declaración de Juan Bautista DE LOS SANTOS: En la audiencia del 4 de mayo de 1984 declaró:

"...Conoce a Leonel Eduardo Saubiette y manifiesta que no le comprenden las generales de la ley que le son explicadas.- A preguntas formuladas por S.S. dijo: Que el compareciente ingresó en la Marina de Guerra como Suboficial en el mes de _mayo de 1.964, yéndose de baja el día 31 de Diciembre de 1.977.- Que en el año 1.976 ingresó como conscripto Leonel Eduardo Saubiette en el Departamento de Servicio Marítimo en la Base Naval de Puerto Belgrano.- Que durante casi todo el período de servicio militar el compareciente estuvo con Saubiette, subordinado del compareciente.- Que no recuerda la fecha exacta, en los primeros días del mes de Abril del año 1977 Saubiette fue dado de baja por licenciamiento total de la clase.- Que algunos días antes del licenciamiento el que expone se despidió de Saubiette con el cual había una cierta amistad, máxime que el declarante conocía a sus padres.-Que pasado más o menos un mes y medio de la baja de Saubiette, el dicente se entera por boca de unos compañeros de la Marina, que Saubiette había desaparecido, mejor dicho, había sido detenido encontrándose con el Cabo Segundo Electricista de apellido Pérez, en el bar de la Estación Sud de esta ciudad.- Que no recuerda los nombres de los camaradas que le expusieron este detalle.- Que el cabo Segundo Electricista de apellido Pérez, que revistaba en el Departamento Servicio Marítimo de la Base Naval de Puerto Belgrano en el año 1.977, hizo comentarios ente sus compañeros recordando en este momento al Suboficial Segundo Maquinista de Apellido Toñuti y Suboficial Principal Maquinista Esquivel, que en ocasión de encontrarse con Saubiette en el bar de la Estación fueron detenidos.- Que recuerda que sus compañeros le hicieron saber que Pérez decía que estando en el bar con Saubiette, llegaron dos personas, que se identificaron como policías y los llevaron detenidos.- Al llegar a un auto, dejaron en libertad a Pérez, llevándose detenido a Saubiette.- Que no escuchó ningún comentario acerca de las características físicas de los captores, como así tampoco el tipo de rodado que utilizaron.- A nuevas preguntas formuladas por S.S. dijo: Que el compareciente nunca habló con su ex-compañero Pérez.- A nuevas preguntas formuladas por S. S. dijo: Que no recuerda apellidos ni nombres de conscriptos compañeros de Saubiette.- Que no tiene conocimiento si en la Estación Sud al ocurrir la detención de Saubiette, se encontraban conscriptos compañeros del nombrado.-Que obviamente el declarante estima que el Suboficial Pérez puede aportar detalles concretos acerca del hecho que se investiga.- Se hace presente en el acto el Señor Fiscal Dr. Luis Alberto Kotter.- A preguntas formuladas por S.S. dijo: Que Saubiette prestaba servicios en el remolcador Mocoví, haciéndolo juntamente con cuatro o cinco conscriptos cuya identidad no recuerda.- Que recuerda a algunos sobrenombres como "pampeano", "rosarino", "misionero" y "entrerriano".-Estos sobrenombres hacían referencia a su provincia natal.- Que el dicente era el superior dentro de la dotación permanente del remolcador.- Que en una oportunidad le comentó Saubiette que había sido detenido en el transcurso del año 1.975 y que su detención duró aproximadamente diez días, sufriendo esta en al ciudad de La Plata.- También por boca de Saubiette se enteró que entre los detenidos habían dos "subversivos".-Que también se enteró por el mismo medio que durante su incorporación a la Marina, su domicilio en Banfield había sido allanado en dos oportunidades.- Que durante el período que Saubiette estuvo bajo bandera, no fue molestado para nada por sus superiores de la Marina, por lo menos así lo tiene entendido el exponente.- Que el declarante supone que al momento de producirse la incorporación de Saubiette, se debió haber conocido el antecedente policial a que hace referencia, pues se exige la presentación de los correspondientes certificados de buena conducta, todo esto lo supone.- Que cuando se da de baja al personal, son provistos de pasaje hasta el domicilio.- A nuevas preguntas formuladas por S.S. dijo: Que el Suboficial Pérez, que si mal no recuerda era de nombre "Marcelo" se trataba de una persona morocha, de contextura robusta, altura aproximada al metro setenta.- Que del grupo que pertenecía a la dotación del "Mocoví", tiene entendido el que habla, que el único que fue dado de baja en los primeros días de Abril de 1.977, fue Saubiette.- A nuevas preguntas formuladas por S. S. dijo: Que según opinión del compareciente, Saubiette no tenía ningún tipo de relación con la subversión.- Que nada más desea agregar.- Con lo que terminó el acto y previa lectura que se dio de la presente, se ratifica íntegramente de su contenido, firmando después de S.S., juntamente con el Dr. Luis Alberto Kotter y por ante mí de lo que doy fe...."

Lo anterior en coincidente con los escritos presentados en la Causa 2/78 D caratulada: "Saubiette Leonel Eduardo s/ Hábeas corpus en su favor" Juzgado Nacional en lo Criminal de Capital Federal a cargo del Dr. César Marcelo Tarantino Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal Sala I (res. 30/04/79);

7.3. CONSCRIPCIÓN: Por resolución de fs. 2354 del 22/07/08 se ordenó al Ministerio de Defensa de la Nación un informe sobre la fecha de ingreso, último destino y egreso al servicio militar obligatorio en la Armada Argentina de SAUBIETTE con remisión -en copia auténtica- de toda la documentación relacionada con el mismo existente en la mencionada Fuerza Militar.

A fs. 3597 con fecha 06/09/08 el Jefe del Estado Mayor General de la Armada -AL Jorge Omar GODOY- informó lo siguiente:

"...CC55 MR 427333 SAUBIETTE Leonel Eduardo DNI 11.786.199 Ingresó: 04/03/76 Egresó: 01/04/77 Ultimo Destino: BASE NAVAL PUERTO BELGRANO (BNPB)..."

7.4. "EL ESCUADRÓN PERDIDO... LA VERDAD SOBRE LOS 129 SOLDADOS SECUESTRADOS Y DESAPARECIDOS DURANTE EL GOBIERNO MILITAR": Como se adelantó a fs. 2918/2964vta. ap. 2.6., en este libro de la editorial Planeta Argentina SA (Bs. As. 1998) su autor -el ExCapitán del Ejército Argentino José Luis D'ANDREA MOHR, entre los soldados desaparecidos en la "Zona 5" menciona, en la pág. 260, a las víctimas de la causa 04/07 MELLINO Helvio Alcides, SAUBIETTE Leonel Eduardo y AGUILAR Guillermo Aníbal

En relación a éste último -pág.275/276- afirma lo siguiente:

"...Saubiette, Leonel Eduardo Nació: año 1956 Desapareció: 5 de abril de 1977 Unidad: Base Naval de Puerto Belgrano - Jefe: Capitán de navío Zenón Saúl BOLINO - Comandante de Zona: General Osvaldo R. AZPITARTE - Comandante de Subzona: General Abel Teodoro CATUZZI -Jefe de Area de secuestro: Teniente coronel J. MANSUETO SCHWEDEN -Jefe del Destacamento de Inteligencia 181: Teniente coronel Antonio LOSARDO - Leonel Eduardo fue destinado como soldado marinero al remolcador ARA Mocoví para cumplir con el servicio militar. Después de unos meses en el Apostadero Naval Buenos Aires, el buque fue trasladado a la Base Naval Puerto Belgrano. Desde los primeros días de mayo de 1977 y hasta el 13 de ese mes, Leonel estuvo en su casa de licencia y anunció a los padres que la baja definitiva sería el 5 de abril. Llegó la fecha esperada por la familia, pero el hijo no retornó. Sus padres llamaron por teléfono a Puerto Belgrano y les contestaron que el joven había sido licenciado definitivamente el 5 de abril de 1977 y que se le proveyó pasaje para llegar a su casa en Banfleld. (Años después, ante un requerimiento de la OEA, el Estado argentino respondió que la fecha no fue el 5 sino el 12 de abril de 1977.) El 13 de abril de 1977 el padre de Leonel viajó a Puerto Belgrano y pidió entrevistarse con algún responsable, pero lo atendió el jefe de guardia. Retornó a Buenos Aires y en el Comando en Jefe de la Armada tampoco obtuvo información sobre su hijo; para los marinos el muchacho era un civil. El 12 de julio de ese año se presentó en casa de la familia SAUBIETTE el suboficial Juan DE LOS SANTOS, superior inmediato del desaparecido. Este hombre narró a los padres de Leonel que el conscripto había sido detenido por varias personas de civil en la estación de Ferrocarril Roca, en Bahía Blanca. Esa fue la única noticia acerca de la desaparición de Leonel Eduardo SAUBIETTE... "

7.5. CONADEP: Ante lo ordenado el 24/09/08 la nombrada Perito de la CPM informó a fs. 3032/3033vta., 3165/3169 3524/3525 que en la sede de la Comisión Provincial por la Memoria -Calle 54 N° 487 de La Plata- se encuentran los originales de los documentos impresos a fs. 3015/3164; fs. 3401/3523 previamente extraídos del material digitalizado en el "DVD 2 Prefectura Naval Argentina Greestone 2.72", vinculados a la actuación -entre los años 1973/1990- de la PZAN.

De los mismos, los TIF números 20081; 20083; 20084; 20085 y 20086 contienen las conclusiones de la Delegación Bahía Blanca de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) del 04/09/84 que exhiben entre las listas de los muertos y desaparecidos dentro y fuera de esta ciudad (Anexos A, B, C y D) a SAUBIETTE Leonel E. .

7.6. ASOCIACIÓN DE REPORTEROS GRÁFICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ARGRA): En razón de la noticia publicada el 30/03/08 en Página/12 en su sitio de Internet que textualmente decía:

"...Fueron rescatadas hace siete años por fotógrafos socios de ARGRA que recibieron un llamado que avisaba que el diario La Razón estaba tirando sus archivos fotográficos a la basura", cuenta Lucila Quieto, desde la Fototeca de la Asociación. Lo mismo pasó en el diario El Cronista Comercial, que a su vez tenía el archivo del ya desaparecido Tiempo Argentino. Varias bolsas de consorcio llenas de sobres fueron recuperadas entonces y guardadas para una posterior visualización... La clasificación de las fotos llevó algunos años: había más de 500 sobres carcomidos por el tiempo y maltrechos por la humedad, con imágenes de diferentes momentos políticos, económicos y sociales, en un rango que va desde la década del '50 hasta el 2000. Dice Lucila: "En el trabajo de clasificación fuimos separando los sobres que nos llamaban la atención por el rótulo que tenían: 'Subversión', 'Terroristas', 'Extremistas'. Fuimos encontrando las piezas y uniendo las fotos con artículos periodísticos, reconstruyend esas historias... "

Se solicitó al Director de ARGRA información sobre si el 24 de marzo de 2008 se había inagurado en su sede de calle Venezuela 1433 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la muestra "Archivos incompletos", remitiendo a esta sede -como respuesta- a fs. 2165/2167 copia -en papel y digitalizada- de toda documentación relacionada con el "...DESAPARECIDO. La foto de Leonel Saubiette iba directo al camión recolector cuando fue rescatada por los fotógrafos de ARGRA... "

El original de esa fotografía de SAUBIETTE rescatada de las muchas del diario "La Razón" se encuentra en la Carpeta 148 "índice alfabético masculino" dentro de los 41.059 documentos emitidos o recibidos por la Prefectura Naval Argentina (P.N.A.) que fueron entregados al ex-Fiscal General Dr. Hugo Omar CAÑON en el año 2005 según su explicación de fs. 5103/5105vta. y digitalizados en el DVD agregado a fs. 3230/3235 ap. 3.

7.7. LA DIVISIÓN PERDIDA: Por lo ordenado a fs. 1181 ap. 5 se remitió a fs. 1639/1644 la Escuela de Educación Media N° 21 ubicada en calle Manuel Castro 990 (altura Avda. H. Yrigoyen al 8000) de la ciudad de Banfield -Partido de Lomas de Zamora- informó que SAUBIETTE, Leonel Eduardo había cursado sus estudios secundarios en la Escuela Nacional Normal Mixta Superior "Antonio Mentruyt" que allí funcionaba, expidiéndose al mismo el Título de Bachiller mediante el Certificado Analítico del 15 de abril de 1974 (Copiador Bachillerato Folio 314-315 Libro Calif. N° P-189).

La Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) en su página de internet http://www.cta.org.ar/base/article3132.html con el título "..Los ex alumnos se reunen a 30 años del Golpe Homenaje a los desaparecidos de la ENAM "

"...La Comisión organizadora ex alumnos ENAM invita al acto homenaje "la división perdida de la Escuela Normal Antonio Mentruyt de Banfield" que se realiza en Manuel Castro 990 Banfield Altura Av. H. Irigoyen al 8000 el proximo 24 de marzo a las 9,30 horas. Por la memoria, vida y justicia a los 29 alumnos y egresados víctimas del terrorismo de Estado.
Evangelina Emilia Carreira (57) - Beatriz Mariana Quiroga (58) -Guillermo Tamburini (59) - Eduardo Streger (62) Osvaldo Plaul (62) - Máximo Wettengel (62) - Juan María Castro (62) - José Pablo Ventura (escuela primaria) Miguel Ángel Butron (64) - Alicia Chihee (64) - Alicia Dora Cerrota (66) - Cristina Prosperi (66) - Raúl Ceci (67) Hugo Oscar Rizzo (68) - Norma Inés Cerrota (68) - Sergio Cotter (68) - Susana Papic (69) - Patricia Ronco (69) Silvia Streger (70) - Claudia Istueta (70) - Julio Cesar Montoto (70) -Mario Geffner (71) - Beatriz Le Fur (71) Mabel Fernández Ochipinti (72) -Víctor Galuz (72) - Leonel Eduardo Saubiette (73) - Margarita Ercole (76) Rubén Gerenschtein (77) - Mónica Tressaco (77).. "

La Obra Social para la Actividad Docente en su página "Destacados del mes" del "Mundo Docente" del sito www.osplad.org.arconducida por un Consejo de Administración integrado por representantes de AMET, CTERA, SAEOEP y SOEME publicó la siguiente reseña de Natalia Vinelli bajo el título "A 30 años del golpe" en http://www.osplad.org.ar/mundodocente/mundodocente2006/destacados/notas/abril_mayo_06/ladivisiondesaparecida.htm:

"...El jueves 23 de marzo, y con motivo de cumplirse 30 años del último golpe militar, se realizó un homenaje a los 29 compañeros desaparecidos y asesinados por el Terrorismo de Estado de la Escuela Normal Antonio Mentruyt de Banfield.
Evangelina Carreira, Beatriz Quiroga, Guillermo Tamburini, Eduardo Streger, Osvaldo Plaul, Máximo Wettengel, Juan María Castro, José Ventura, Miguel Butrón, Alicia Chihee, Alicia Cerrota, María C. Pósperi, Raúl Ceci, Hugo Rizzo, Norma Cerrota, Sergio Cotter, Luján Papic, Patricia Ronco, Silvia Streger, Claudia Istueta, Julio Montoto, Mario Geffner, Beatriz Le Fur, Mabel Fernández Ochipinti, Víctor Galuz, Leonel Zabúllete, Margarita Ercole, Rubén Gerenschtein, Mónica Tressaco. Y los compañeros que aún no hemos podido ubicar. ¡PRESENTES!...
¿Por qué la DIVISIÓN PERDIDA de la ENAM? Porque tantos son los compañeros muertos y desaparecidos como para conformar una división entera de la escuela. Ellos fueron parte de esta escuela y de su historia... "

7.8. INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA (CPM): La Perito del Archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) gestionado y desclasificado por la CPM a partir de la aplicación de la Ley Provincial 12642 -Claudia V. BELLINGERI-, a fs. 17809/17810 y ss. informa lo siguiente:

"...Respecto de SAUBIETTE, Leonel Eduardo no se localizó ficha personal. La exploración del material digitalizado que forma parte de este centro documental aportó los siguientes legajos:
Archivo Prefectura Naval Argentina. Carpeta 148. Contiene fojas de un "índice alfabético masculino' Es un listado de numerosas personas, entre las que se encuentra SAUBIETTE, Leonel Eduardo, con su correspondiente fotografía.
Carpeta 13. Memorando Prefectura Zona Atlántico Norte. Con fecha deI 27/09/84 en Bahía Blanca, producido por Prefectura Zona Atlántico Norte (Sección Informaciones) dirigido al Jefe Servicio Inteligencia para ser distribuido al SIPNA, adjuntan fotocopias referidas al Informe de la Comisión sobre la Desaparición de Personas Delegación Bahía Blanca y zonas aledañas, donde SAUBIETTE, Leonel Eduardo figura entre los "desaparecidos fuera de Bahía Blanca". Y también adjuntan la información periodística del diario La Nueva Provincia del 22/09/84, que reproduce el Informe de la Comisión sobre la Desaparición de Personas Delegación Bahía Blanca. De los anexos del Nunca Más, surge que SAUBIETTE, Leonel Eduardo tiene el legajo CONADEP N°3580 y fue secuestrado el 5/04/1977, en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
En cuanto a conscriptos se localizó también en el archivo de la Prefectura Naval Zona del Atlántico Norte una foja suelta que enumera algunas estrategias o acciones a desarrollar vinculadas a la vigilancia que se pretende ejercer sobre los conscriptos... "

7.9. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a este caso y su encuadramiento la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER, Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" indicando:

"...Leonel Eduardo SAUBIETTE: Era conscripto en la División Máquinas del Departamento Servicios Marítimos de la Base Naval Puerto Belgrano; en su última licencia (marzo de 1977) comentó a sus padres que le darían la baja definitiva el 05 de abril de ese año. Sin embargo, pasada esa fecha sus padres no tuvieron noticia de él, y en diversas comunicaciones a la BNPB se les contestaba que ya había sido licenciado, aunque siempre con fechas distintas -entre el 1° y el 6 de abril- (con sid. 29; y Bibliorato N°1 "Legajos CONADEP", fs. sub 215/245). Los padres de Leonel viajaron a la BNPB y continuaron las averiguaciones por el paradero de su hijo en Punta Alta, Bahía Blanca y luego en Capital Federal, con resultado negativo. El 12/7/1977 se presentó en su hogar el suboficial Juan Bautista De Los Santos que era superior de su hijo durante un breve destino que éste tuvo en el remolcador ARA "Mocoví", quien les comentó que el día que le dieron de baja a Leonel fue secuestrado en la Estación Sud del Ferrocarril Roca (B. Bca.) por personas que decían ser de la Policía Federal; en su declaración, el suboficial De Los Santos (consid. 29.2-b), del 04/5/1984 ante el Juzgado Penal n°3 del Dpto. Jud. B. Bca.) señala que cuando se les da de baja a los conscriptos se les provee de un pasaje hasta su domicilio. Continúa desaparecido... "
"...Respecto de los conscriptos (AGUILAR, SAUBIETTE y MELLINO), con los elementos valorados hasta aquí, sólo puede considerarse acreditada su desaparición forzada mientras se encontraban bajo autoridad militar (en estos casos, de la Armada Argentina) realizando su instrucción militar obligatoria, desconociéndose qué sucesos se desencadenaron desde que se supo de ellos por última vez, no pudiéndose inferir ni la privación ilegal de la libertad (a excepción del caso de Saubiette) ni el cautiverio en un CCD ni la imposición de torturas, por ausencia de indicios directos que permitan hacerlo (contrario sensu estaríamos frente a una presunción in malam partem).
... mientras que en el caso de Leonel Eduardo SAUBIETTE, las conductas de las que fue víctima serán calificadas como privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias (arts. 144 bis inc. 1°y último párrafo en función del art. 142 inc. 1°del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642) en concurso real (art. 55 del Código Penal) con homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos -desaparición forzada- (art. 80 incs. 2°y 6° del Código Penal conforme ley 21.338)... "


III. IMPUTADOS:

1. Capitán de Navio (RE) Guillermo Félix BOTTO:

1.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía a fs. 715; 17436/17437vta. y 20188/20190 indica:

a) Desempeño: "...Durante el año 1976 se desempeñó, con el grado de Teniente de Navío de Infantería de Marina, en las secciones Identificación e Inteligencia de la Subjefatura Operaciones, en la Base Naval Puerto Belgrano..." (fs. 697/715)

b) Atribución de responsabilidad: Amplía a fs. 20188/20190 las imputaciones formuladas contra BOTTO bajo los siguientes términos:

"...Se imputa a.... Guillermo Félix BOTTO haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, desde sus destinos y cargos en el Comando de Operaciones Navales... " (fs. 20288/20190 )

1.2. LEGAJO: A más del requerimiento formulado por la Fiscalía surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos -en copias certificadas- por Armada a fs. 290/292 y fs. 2894 que nació el 3 de julio de 1939, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete de Infantería de Marina el 15 de enero de 1957 -promoción 89-, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación "...3,710 puntos...siendo el 3/8 de su promoción..." (fs. 3 LS y fs. 227/227vta. LC).

1.2.1. Ascensos: Ascendió el 16/11/62 al grado de Guardiamarina Inf. Mar.; el 31/12/64 al grado de Teniente de Corbeta Inf. Mar; el 31/12/67 al grado de Teniente de Fragata Inf. Mar; el 31/12/70 al grado de Teniente de Navío Inf. Mar; el 31/12/76 al grado de Capitán de Corbeta; el 31/12/81 al grado de Capitán de Fragata y finalmente el 31/12/87 al grado de Capitán de Navío (fs.7 LS)

1.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que:

a) Con grado de Teniente de Navío (TN) desempeñó el cargo de Segundo Comandante Jefe de Inteligencia y Operaciones y Jefe cargo Armamento del Batallón de Seguridad del COAR JEMI desde el 23/12/74 a 06/02/76 según el Boletín Naval Público (BNP) número 31/74

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Eficaz colaborador. Su temperamento y en especial su serenidad permitió sobrellevar circunstancias desfavorables con total acierto. Paralelamente a sus funciones como Segundo Comandante de la Unidad desarrolló el curso de Inteligencia... " y "...Cursos realizados en su carrera... "A" Inteligencia lugar SIN... 1° Preferencia en caso de ser trasladado Motivo (Breve) Curso Antisurrección URBANA... Opinión del Comando: Debe permanecer en el actual destino... un año más..." (LC fs. 156/156vta. y 155/155vta. Bs. As., 28/1175 firmado por CC Ricardo A. ECHAGÜE Comandante Batallón Seguridad)

Por BNR 9/76 y Disposición 16/76 "R" DIAP se le reconoció capacitación en "Inteligencia" a partir del 19/12/75 (fs. 4 LS y fs. 152 LC), agregándose en la misma fecha a fs. 153 y 154/154vta. del LC firmado por el Jefe de la Jefatura de Inteligencia y del Servicio de Inteligencia Naval del Estado Mayor General de la Armada -CN Lorenzo de MONTMOLLIN (v. fs. 2918/2964vta.)- tanto el promedio (4,443) y el orden de mérito (3°/4) obtenido en el mencionado curso como las materias aprobadas: Inteligencia Naval, Sociología y Comunicación Psicosocial I, Contrainteligencia, Inteligencia Política, Historia de las Ideas Políticas, Fotointerpretaciones, Fundamentos Metodológicos de la Inteligencia, Historia Argentina, Operaciones, Geopolítica, Criptografía, Comunicación Psicosocial II, Economía, Fotografía y Técnica.

b) Con grado de TN y Capitán de Corbeta (CC) desempeñó en la División Contrainteligencia del Comando de Operaciones Navales desde el 06/02/76 al 31/12/76 (TN) y del 31/12/76 15/02/78 según los Boletines Navales Reservados (BNR) números 111/75 y 3/77

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Cargos que ocupa: Jefe División Obtención Informaciones:... Opinión del Comando: ... Indiferente... " (LC fs. 147/147vta. CL Manuel J. GARCÍA - Jefe del Estado Mayor del C. O.N.)

"...Cargos... Jefe División Contrainteligencia... Período de calificación: De 06/02/76 a 01/08/76...Correcto desempeño en las múltiples tareas que ha desarrollado. ha manifestado en toda circunstancia un permanente entusiasmo por el buen funcionamiento del servicio naval, cumpliendo todas sus obligaciones con.... y el mayor cuidado cualquiera sea su atractivo. Gran capacidad de trabajo que se aprecia particularmente en tareas de inteligencia y que constituye un ejemplo para sus subordinados por los resultados obtenidos. Su desempeño como Jefe de la División Contrainteligencia ha sido ampliamente satisfactorio, sobresaliendo por su entusiasmo y elevada capacidad de trabajo, Su accionar ha sido acertado y preciso y en las formas desempeñadas fuera del ámbito de la Institución (Policías, Fuerzas de Seguridad y Ejército), ha puesto de manifiesto su criterio y mesura..." (LC fs. 149/149vta. Pto. Belgrano agosto de 1976 firmado por VL Luis M. MENDÍA Cte. .N.; CL Manuel J. GARCÍA Jefe Estado Mayor del C.O.A. y CN Guillermo M. OBIGLIO Jefe)
"...Cargos... Ayudante Jefe División Contrainteligencia... Período de calificación: De 01/08/76 al 26/11/76... Manifiesta en cualquier circunstancia vivo interés por el buen funcionamiento del servicio naval, cooperando sin reservas y total dedicación. Adopta sin vacilar las decisiones que le competen por audaces que sean sin una situación lo impone, apreciando correctamente las probables consecuencias de su actitud. Sus subordinados le manifiestan real adhesión lo que le permite imponer su voluntad con soltura y firmeza en toda ocasión. Su actividad fue sostenida, de alta calidad y rendimiento, siempre ordenada y organizada hacia un objetivo preciso, Capta rápidamente la evolución de las situaciones, adaptándose a ellas con facilidad... el desempeño ha sido sobresaliente...." (LC fs. 148/148vta. Pto. Belgrano 26/11/76 firmado por VL Luis M. MENDÍA Cte. C.O.N.; Sergio Gabriel TORRES CL Manuel J. GARCÍA Jefe Estado Mayor del C.O.A. y CN Guillermo M. OBIGLIO Jefe)
"...Cargos... Ayudante Jefe División Contrainteligencia... Período de calificación: de 26/11/76 al 01/08/77... Jefe de gran confianza y lealtad. Su desempeño en tareas especiales propias de su capacitación, fu sobresaliente. Es de destacar su total dedicación al Servicio Naval. Por su espíritu de trabajo, su cooperación y elevado criterio, es ejemplo permanente para sus subordinados... altamente satisfactorio en tareas especiales. Sobre lo normal..." (LC fs. 142/142vta. Pto. Belgrano 10/08/77 firmado por VL Antonio VAÑEK Cte. C.O.N. - CN Rubén O. FRANCO Jefe del Estado Mayor del C.O.N. - C.N. Juan Alberto IGLESIAS Jefe)
"...Cargos que ocupa: Jefe División Obtención Informaciones... Período de calificación: de 01/08/77 al 25/11/77... Se ha destacado por su laboriosidad y entusiasmo. Imprime dinamismo y continuidad a su gestión. Se dedica en forma prácticamente total al Servicio Naval... Estoy muy satisfecho por su brillante desempeño en las difíciles tareas que se le encomendó... No vacila ante el riesgo..." (LC fs. 140/140vta. Pto. Belgrano 25/11/77 firmado por VL Antonio VAÑEK Cte. C.O.N. - CN Rubén O. FRANCO Jefe del Estado Mayor del C.O.N. - C.N. Juan Alberto IGLESIAS Jefe)
"....Cargos que ocupa: Jefe División Obtención Informaciones... Período de calificación: de 25/11/77 a 18/02/78... Su actitud ha sido de alto rendimiento... Se puede confiar plenamente en él..." (LC fs. 139/139vta. Pto. Belgrano firmado por VL Antonio VAÑEK Cte. C.O.N. - CN Leopoldo A. SUÁREZ DEL CERRO Jefe del Estado Mayor del C.O.N. - C.N. Marcelo Agustín LINARES Jefe)

c) Con grado de CC se desempeñó el cargo de Jefe Policía Territorial del Área Naval Austral desde el 15/02/78 al 03/10/79 según el BNR número 95/77

d) Con grado de CC desempeñó el cargo de Delegado de la Jefatura de Inteligencia Naval (JEIN) en la Secretaría de Informaciones del Estado (SIDE) desde el 03/10/79 al 15/02/80 según el BNR número /79

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...es entusiasta y dedicado, Muy bien dispuesto para la tarea... de amplias experiencia en tareas de inteligencia y en particular de Seguridad... Es muy confiable. Es un Jefe Excelente..." (LC fs. 133/133vta. firmados por CL Jorge Demetrio CASAS Jefe JEIN y CN Eduardo M. GIRLIGN 2do. Jefe)

e) Con grado de CC desempeñó el cargo de Director de Observaciones Judiciales en la Secretaría de Inteligencia del Estado -ENTEL desde el 15/02/80 al 21/07/80 según el BNR número 01/80

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Excepcional..." (LC fs. 132/132vta. Bs. As. 18/07/80 CN Roberto B. MOYA - Director de la SIDE)

f) Con grado de CC desempeñó el cargo de Comandante del Batallón de Comunicaciones N° 1 desde el 30/12/80 al 31/12/81 según el BNR número 1/81

g) Con grado de CC y de Capitán de Fragata (CF) desempeñó el cargo de Jefe de Departamento de Inteligencia y Jefe de Departamento Personal del Comando de Infantería de Marina desde el 10/12/81 al 31/12/81 y del 31/12/81 al 01/12/82 según los BNR números 02/82 y 1/82

h) Con grado de CF desempeñó el cargo de Jefe de Inteligencia del Estado Mayor del Comando de Infantería de Marina en la Op. Malvinas "Rosario" - Fuerza de Desembarco- 27/03/82 al 04/04/82 al 31/12/81 (fs. 111/111vta. LC)

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Demostró poseer condiciones que permiten ubicarlo como un Jefe Sobre lo normal ... logrando en los últimos momentos dar al Comando un cuadro claro de la situación y del terreno. Tiene buenos recursos y una estructura mental práctica y sencilla. Es frío en situaciones difíciles... " (LC fs. 111vta. firmado por CL Carlos Alberto BÜSSER Cte. de la Infantería de Marina)

i) Con grado de CF desempeñó el cargo de Jefe de Departamento Jefatura de Inteligencia Naval desde el 01/12/82 al 04/12/84 según el BNR número 3/83

En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Perpicaz, su calma natural no siempre deja ver su significativa perseverancia tras el objetivo asignado... es un colaborador de excepción... Ha tenido una muy destacada actuación durante las operaciones de Malvinas. Su tarea como N-2 fue excepcionalmente buena. Ha trabajado con excepcional iniciativa y sentido de cooperación..." (LC fs. 110/110vta. firmado por CL Carlos Alberto BÜSSER Cte. de la Infantería de Marina)

1.2.3. Retiro: Por Resolución N° 181/93 JEMGA del 03/08/93 se le otorgó el retiro voluntario a partir del 01/09/93 computando 39 años de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72. (fs. 6 y 22/23 LS y fs. 3/7 LC).

1.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la audiencia fs. 25862/25862vta del 18-09-12 al ser invitado a efectuar su descargo y a indicar las pruebas que estime oportunas, contestó "...no voy a declarar..."

Sin embargo en la indagatoria de fs. 7819/7829 del 16/06/09 al ratificar sus declaraciones anteriores de fs. 5049/5055 del 11/03/09 continuada a fs. 5389/539 del 13/03/09 BOTTO -en lo que aquí interesa-manifestó:

a) Defensa: Excusa su responsabilidad con el argumento de que:

"...Quiero agregar un detalle que es la requisitoria que pidió la Fiscalía. Interpreto que fue presentada de mala fe. Pretendiendo involucrarme en tareas propias de la Fuerzas de Tareas que tenían directivas para operar en el marco interno. Mi actividad, desde febrero del 76, hasta febrero del 78, estuvo siempre ceñida al marco externo (Chile)..."

b) Admite haber realizado un curso de Contrainteligencia en la Escuela de Inteligencia Naval:

"..Yo era el Segundo Comandante, y siempre hablando del año 75, de el Batallón de Seguridad del Comando de la Armada en Buenos Aires. Solicité cursar la materia Contrainteligencia en la Escuela de Inteligencia Naval, que se encontraba en el mismo edificio en su tercer piso. Por su afinidad con la seguridad. Quiero aclarar que la Contrainteligencia es lo que se opone a la actividad de Inteligencia del adversario. Fui autorizado a cursar esa materia y me involucraron -de alguna manera, en realizar el curso completo. Cuando presenté mi escrito al Jefe de Inteligencia Naval me pidió que hiciera el curso completo en lugar de ver una materia. Le exprese que como Segundo Comandante, mi tiempo estaba comprometido, y dispuso que el curso que se realizaba en un semestre, repartiendo las materias, lo hiciera en un año. Ese año 75... "

c) Admite haber sido el Jefe de la División Contrainteligencia del Comando de Operaciones Navales:

"...A fin de año, quedé entonces orientado en la especialidad de Inteligencia. Trasladado ahora a 1976, mes de febrero, al Comando de Operaciones Navales, como consta en mi legajo. Desde febrero hasta febrero del 1978, estuve en esa función. Con un ascenso en la mitad de ese período. Quiere decir que hice un año como Teniente de Navío y un año como Capitán de Corbeta. Mi jefe, era el Capitán de Navío Guillermo OBIGLIO, que no era de Inteligencia. Y mi función, como dice mi foja, era Jefe de la División Contrainteligencia... "
"...para que diga qué secciones de Inteligencia, además de Contrainteligencia existían en el Comando de Operaciones Navales CONTESTA eso está en el Reglamento Orgánico del el Comando de Operaciones Navales. Creo que había una División de Acción Psicológica, pero no recuerdo con precisión. ... "

d) Admite la existencia de la Comunidad Informativa:

"...Mis tareas estaban referidas por tratarse de un Comando de nivel estratégico-operacional, es decir, a nivel país... Otro tanto ocurría en la zona de Bahía Blanca. Era frecuente concurrir a fuerzas de seguridad especialmente Prefectura y Gendarmería, para intercambiar información respecto de Chile. En el Comando de Operaciones Navales se compilaba esta información... "
"... Y también recuerdo mis otros contactos, básicamente en Gendarmería, los Segundos Comandantes García y Cóceres, que obtenían información de la zona de frontera con Chile. En Policía Federal los contactos eran de los jefes, Comisario Valdovino, y Subcomisario Alais. En SIDE, que hacía la intervención telefónica del Consulado de Chile, el Jefe era el Comandante de Gendarmería de apellido Goletti Wilkinson. También el jefe de Migraciones, un señor de apellido Hillman. Serían los más frecuentes..."

e) Admite el destino del Crucero ARA 9 de Julio:

"...Yo me he enterado ahora de muchas cosas, tomando vista de esta causa, respecto del personal que figura como víctima, nunca tuve conocimiento. Me enteré ahora que era gente de Punta Alta, particularmente que habían estado detenidos en el crucero 9 de Julio, trasladados después a unidades carcelarias y después liberados. No conocí el crucero tampoco, pero pasaron a disposición del PEN -de acuerdo al informe que ví acá- y no hay muertos... "
"...para que diga qué lugares en la Base Naval Puerto Belgrano y en la Base de Infantería de Marina Baterías, se utilizaban para el alojamiento de detenidos CONTESTA a principios del año 1976 se utilizaba en la Base Naval un buque, que era el crucero 9 de Julio. Lo puedo asegurar por la documentación vista en esta causa. Dije anteriormente que nunca estuve ni en ese ni en ningún buque de detenidos ni nunca vi un detenido ni tuve relación con eso. PREGUNTADO para que diga si tuvo conocimiento de qué personal de la Armada realizaba la custodia de detenidos en el buque ARA 9 de Julio CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga de qué unidad provenía la comida que se daba a los detenidos CONTESTA no sé, desconozco. PREGUNTADO para que diga qué personal efectuaba los interrogatorios a los detenidos CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga cómo era procesada la información obtenida de los interrogatorios CONTESTA desconozco. Eso no pasaba por el Comando de Operaciones Navales... "

f) Admite la existencia de Fuerzas de Tareas bajo la Jefatura del Comando de Operaciones Navales:

"...para que diga cómo estaba integrada la Fuerza de Tareas 2 (fuerza de apoyo anfibio) del Comando de Operaciones Navales CONTESTA la fuerza de tareas 2 era una de las 11 fuerzas de tareas que tenia el comando de Operaciones Navales, y estaba integrada por la Base Naval Puerto Belgrano, la Fuerza de Apoyo Anfibio, y la Prefectura Naval de Zona y Prefectura Bahía Blanca. No recuerdo que tuviera más unidades ya que yo no formaba parte de esa fuerza de tareas... "

g) Admite los órganos de inteligencia de la Fuerza de Tareas 2.:

"... para que diga cuáles eran los órganos de Inteligencia de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA entiendo que eran los correspondientes a la Base Naval y a la Prefectura. PREGUNTADO para que diga si recuerda quiénes estaban a cargo de esos órganos de Inteligencia CONTESTA no recuerdo. PREGUNTADO para que diga si recuerda como estaban conformados los grupos de tareas dependientes de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA todas las Fuerza de Tareas tenían grupos de tareas pero yo desconozco o no recuerdo el detalle.... "

h) Admite haber sido el enlace permanente con la Sección Informaciones de la la Prefectura Zona Atlántica Norte:

"...para que diga qué puede decir en relación a la documentación exhibida atento que MARTÍNEZ LOYDI ha expresado a fs. 5031vta. -que se le exhibe en este acto- al ser preguntado por el Sr. Fiscal Federal para que diga si recuerda qué oficiales de la Armada Argentina eran los enlaces con el Servicio de Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina, el mismo contestó "recuerdo al Capitán Guillermo Botto, en ese momento Teniente de Navío. De vez en cuando venía algún otro pero no recuerdo. Incluso algún suboficial también. Pero eran enlaces no solo con la Prefectura. Botto era un enlace permanente no solo con la prefectura, sino con todos los organismos" CONTESTA es correcto, en esa época, y estamos hablando de 1976, la Prefectura Naval era parte de la Armada. A partir de 1983, se separó pero había una interrelación directa, como si fuera parte de un mismo organismo. A tal punto, que frecuentemente mi almuerzo era allí en la calle Moreno, la sede de la Jefatura de Zona de la Prefectura... "
"...para que diga qué oficiales de la Armada Argentina eran enlaces con las secciones de Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina CONTESTA si se refiere al enlace con la Prefectura Naval, ese enlace era yo. Si se refiere al enlace de las Fuerza de Tareas 2 con la Prefectura, no lo tengo presente. No sé quién era... "
"...para que diga qué tareas en lo relativo a la actividad de Inteligencia eran delegadas a personal de la Prefectura Naval Argentina CONTESTA no recuerdo, pero más que delegadas, algunas tareas eran realizadas en equipo... "
"...para que diga si tuvo conocimiento de detenciones efectuadas por la Armada en territorio de Bahía Blanca CONTESTA solamente lo que figura en la causa, en la zona del puerto de Ingeniero White. En este estado el Sr. Defensor pide la palabra que se le concede, y manifiesta: solicito que el declarante precise en qué momento tuvo conocimiento de esas detenciones, a la época de los hechos o cuando se enteró de esta causa, y CONTESTA el declarante: cuando me enteré de esta causa, recientemente... "

i) Admite la existencia de la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP):

"...el Sr. Juez exhibe notas cuyos originales se encuentran en la Comisión Provincial de la Memoria y que fueron previamente entregados en el año 2005 en la Prefectura Zona Atlántico Norte al Sr. Fiscalía General Dr. Hugo Cañón y girados al Procurador General de la Nación y más tarde remitidos a esta dependencia provincial para su resguardo y custodia, y digitalizados en un DVD agregado en la causa, de cuya memoria se extraen las imágenes que se le exhiben la primera de las cuales se encuentra agregada a fs. 4786 -firmado por el Oficial Ppal Ramón Eladio Romero Jefe de la Sección Informaciones de la Prefectura Zona Atlántico Norte, donde se lo menciona al Capitán de Corbeta Botto- y PREGUNTADO para que diga si tiene algo que manifestar contesta lo siguiente: es correcto, excepto donde figura mi función como Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano. Pienso, es probable que la Fiscalía haya tomado este dato y entonces quiero rectificar cuando dije que habían actuado de mala fe, porque si es así, no hubo mala fe. El error puede ser porque este oficial de Prefectura no tenía claro que yo pertenecía al Comando de Operaciones navales, pero quiero dejar constancia que figura el Capitán de Navío Iglesias, que ese año 1977 era mi jefe, como consta a fs. 142 de mi legajo..."

j) Admite haber firmado Informes de Inteligencia en la lucha antisubversiva:

"...para que diga respecto de las imágenes TIF del DVD ya mencionado, números 30.215 y 30.548 que impresas se le exhiben en este acto, en las que consta su firma y sellos de la Armada Argentina, si la firma le pertenece y lo que quiera manifestar CONTESTA El documento del 30 julio del 76 es una respuesta a un pedido de antecedentes. La firma es mía y aclaro que firmo en ausencia del Jefe, que no recuerdo quién era, de Identificación de la Base Naval Puerto Belgrano, Subjefatura de Operaciones. Esto puede ser el motivo de la confusión inicial. Como es una respuesta a un requerimiento, seguramente me pidieron que yo firme en lugar del jefe respectivo. Y respecto a la nota del día 15 de octubre del 77, tiene que ser también firmada, aunque no lo dice, en ausencia. Porque no era mi área el marco interno porque yo estaba abocado a la parte exterior. Muchas veces ocurría que se firmaba un pedido o una respuesta subrogando al jefe correspondiente. De este tema no tengo recuerdo particularmente. Si no veo mi firma, diría que no me había enterado, pero es mi firma... "

k) Niega la relación establecida en el Apéndice I Anexo "A" Inteligencia del Placintara 75:

"...para que diga cómo se coordinaba la actividad de Inteligencia de su división con la actividad de los grupos operativos de Infantería de Marina CONTESTA no tenían ninguna relación... "

l) Aclara un reemplazo:

"..en mi anterior declaración quedó aclarado que había por parte de Fiscalía actuado de mala fe, al imputarme según consta en la foja 707 vta. un cargo que es falso. Esta circunstancia fue corroborada por S. S. el día 11 de marzo y consta en autos. Aclaré posteriormente que la imputación pudo haberse originado en función de un sello aclaratorio respondiendo a un pedido de antecedentes de la Prefectura Naval, que el suscripto firmara en ausencia del Jefe respectivo. Quiero dejar constancia expresa que en ese sello no figura la palabra "Inteligencia" como ha sido indicado por la Fiscalía y ratificar mi pertenencia al Comando de Operaciones Navales durante los años 76 y 77... "

m) Reconoce su condición de enlace entre la ARA y la PNA:

"...Concedida que le es la palabra al Sr. Fiscal Federal PREGUNTA al imputado para que diga teniendo en cuenta la declaración del 13 de marzo del corriente año, en la que el deponente en esta audiencia reconoció la relación con la Prefectura Naval Argentina, para que diga cuáles eran las cuestiones que los unía CONTESTA en esa época la Prefectura era parte de la Armada. Es decir, era una dependencia más y yo era el enlace no solo con la prefectura sino con todos los organismos oficiales de Bahía Blanca, de las distintas fuerzas, y por ser la Prefectura Naval parte de la Armada, era habitual que yo llegara siempre a ese lugar, e incluso normalmente almorzaba co los oficiales de la Prefectura de Zona Bahía Blanca. Los temas eran de tipo variado, porque el enlace implicaba normalmente el traslado de correspondecia, situaciones y problemas que se planteaban entre la Prefectura Naval y el Comando de Operaciones Navales. Por otra parte, sabiendo que era el enlace, en varias oportunidades tenía que hacer lo propio c otros destinos de la Armada en relación a la Prefectura Naval. La Prefectura tenía un delegado en el Comando de Operaciones Navales que era en esa época el Pfto. o Pfto. Ppal. Navarro, que incluso vivía en la Base Naval Puerto Belgrano, y también tenía una fracción en el puerto de la Base Naval que tenía que ver con la función policíal dentro del puerto. Me refiero al acceso de barcos mercantes a jurisdicción naval. En lo que a mí respecta, yendo a lo estrictamente profesional, hemos tenido participación en algunas tareas de Contrainteligencia respecto a ciudadanos chilenos en Bahía Blanca..."

n) Conoce y describe la actuación de la Fuerza de Tareas 2 en la lucha antisubversiva:

"...PREGUNTADO para que diga qué tipo de directivas impartía a los miembros de la Prefectura, dado que según afirmo en su indagatoria ellos eran integrantes de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA es correcto, el que no era integrante de la Fuerza de Tareas 2 era yo. Ya quedó claro cómo estaba conformada la Fuerza de Tareas 2. No les podía dar ninguna directiva. Quiero recordar que era Teniente en esa época, a mucha distancia del poder de decisión. Ese año 76, ví al Almte. Mendía que era el Cmte. de Operaciones Navales, mi comandante, solamente dos veces: cuando llegué de pase, y en una segunda oportunidad que me llamó para que lo representara en una misa que se daría en Bahía Blanca en homenaje a un comisario de apellido Ramos que era un aniversario, no puedo precisar si mes o año, pero fue por ahí. Son las dos oportunidades que lo ví al Almte. Mendía ese año 76, y repito, mi jerarquía de oficial subalterno. PREGUNTADO para que diga dado que en su declaración anterior manifestara que no era su área el marco interno, si recuerda quiénes pertenecían a ese área y qué funciones desempeñaban CONTESTA recuerdo como dije anteriormente que las 11 fuerzas de tareas se ocupaban del marco interno en todo el país, cada una en una jurisdicción diferente. En el caso particular de la Fuerza de Tareas 2, recuerdo que conformaba los grupos de tareas que figuran en autos y específicamente en lo relacionado con la lucha contra la subversión existían cuatro grupos perfectamente definidos: uno de ellos se ocupaba de la Inteligencia que determinaba quiénes debían ser detenidos. Un segundo grupo se ocupaba de llevarlos a determinados lugares prefijados de detención. Un tercer grupo era encargado de la custodia de los detenidos y otro grupo independiente de todos los anteriores se ocupaba del interrogatorio de los detenidos. No puedo asegurar que en el resto de las Fuerza de Tareas fuera así. Yo me refiero a la Fuerza de Tareas 2. Respecto a los nombres de los que integraban esos grupos, no puedo precisar, ya que había muchas unidades y tengo temor a equivocarme, porque además mi tarea en esa época estaba centrada en Bahía Blanca y no en los lugares habituales de esta gente. Quiero aclarar que mucha de la información expresada tiene que ver con conversaciones con otros inculpados que me acompañan. Particularmente el Teniente Carrizo, a quien conocí en esa época PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga cuáles eran las tareas que desempeñaba habitualmente durante los años 1976/78 y con qué otros jefes de otras dependencias se relacionaba a efectos de coordinar acciones de su trabajo CONTESTA las tareas que ejecutaba eran variadas, sí en la zona de Bahía Blanca. Por ejemplo, entrevistar en el Barrio Palihue durante diciembre del 76 a una señora que había mandado un telegrama al Sr. Gobernador de la Pcia. de San Juan expresando que el día 16 de marzo del 77 habría un terremoto de grandes proporciones. Otra tarea especial fue investigar la voladura de los silos en Ingeniero White. El ejército sacó un comunicado diciendo que había sido un ataque terrorista. La Policía Federal decía que habían sido dos agentes de Prefectura con dos mil quinientos kilos de trotyl, y la realidad después de la investigación, fue que era una explosión por nube de polvo. Otra tarea era la atinente a incorporar gente en los ámbitos de la comunidad chilena, en el Consulado de Chile en Bahía Blanca cuyos teléfonos eran intervenidos, y eso lo hacia personal de SIDE, y consistía en llevar las cintas grabadas para su desgrabado en Puerto Belgrano PREGUNTADO para que diga qué relación mantenía con Edmundo Núñez CONTESTA no creo haber estado con él en mi vida, no digo solo en el año 76. Nunca. Sabia que el era el Jefe de la Base Naval, y en esa época, estamos hablando de unas 15.000 personas en esa Base Naval, no tenía ninguna relación. Tampoco me quedó claro si era él el Jefe de la Fuerza de Tareas 2 o si era el Capitán Castro, Comandante de la Fuerza de Apoyo Anfibio. Seguramente eso esta en el PLACINTARA, documento al que yo no tenía acceso. La publicación, en rigor de carácter secreto, contenía un patrón de distribución donde se refería a quién correspondía cada ejemplar, que estaba numerado. Solicito una copia del PLACINTARA. S.S. accede para cuando sea posible oportunamente. PREGUNTADO para que precise dónde se situaba su oficina o ámbito de desempeño CONTESTA mi oficina estaba en el edificio que compartía la Policía de Establecimientos Navales y la División Contrainteligencia de la Base Naval. Dentro de ese edificio entrando por la única entrada, a la derecha estaba la policía y en la segunda oficina a la izquierda estaba mi oficina. Al lado de mi oficina había una radio. También había una en calle Sarmiento con la que se comunicaba. En la cuadra de La Nueva Provincia estaba Gendarmería y en la terraza había una antena que se comunicaba con la mía. Me acuerdo que en ese lugar había un oficial que tuvo que confeccionar la Guía Verde de Bahía Blanca. ENTEL nos daba números y confeccionó la guía por número. Próxima a mi oficina, estaba la correspondiente al Tte. Carrizo, que era el Jefe de Contrainteligencia de la Base. PREGUNTADO cuál era su relación con el Comando de Infantería de Marina CONTESTA no tenía ninguna relación a pesar de ser Infante de Marina, con el comando de Infantería de Marina que estaba en Baterías. Sí recuerdo que desde el año 75 al 80 inclusive, mi uniforme era color gris. Era el uniforme que se usaba como uniforme de diario. Hoy no existe. Y toda la gente que participo en operaciones en aquella época, vestía uniforme verde. Eso consta en algunas detenciones mencionadas en estos autos. PREGUNTADO si recuerda de quién dependía la Base de Infantería de Marina CONTESTA no recuerdo. El asiento del Comando de Infantería de Marina estaba ahí pero no se si la Base Baterías dependía de ese Comando. PREGUNTADO para que diga cuál era la relación que mantenía en el período 76/78 con el comando de Infantería de Marina en relación a la Lucha Antisubversiva CONTESTA ninguna relación. Mi tarea era hacia el marco regional. Pude haber tenido alguna relación porque las Fuerzas de Tareas una obligación que tenían era informar sobre las minorías chilenas. Aclaro que esto lo ví en la causa, y no recuerdo que nunca me haya llegado un informe de minorías chilenas. PREGUNTADO si recuerda, en alguna oportunidad, haber realizado informes de actividad política de personas que las FFAA consideraban subversivas CONTESTA eso no tenía que ver con mi función. No realicé, de ninguna manera... "

o) Describe la orgánica de la Central de Inteligencia Puerto Belgrano:

"...PREGUNTADO por S.S. para que diga qué se entendía y qué dependencia orgánica tenía la "Central de Inteligencia Puerto Belgrano" conocido también con la abreviatura "CEIP" en el año 1976 CONTESTA era la Central de Inteligencia Operativa, estimo, no lo puedo confirmar. Pero quiero aclarar que inicialmente yo llegué en marzo del 76 de pase a la zona, y esa central no existía. No sé exactamente cuándo fue configurada. Estimo que entre abril o mayo de 1976. PREGUNTADO por S.S. en la estructura de la Armada de quién dependía la Central de Inteligencia Operativa CONTESTA sé que ahí una autoridad que frecuentaba, era el Jefe de Estado Mayor del Comando de Operaciones Navales el Contralmirante García Tallada. Yo me imagino que él transmitiría toda la información al Comandante que era el único que tomaba las decisiones. Tal como ocurrió en el planeamiento de la Guerra de Malvinas, existía una limitación muy seria de la información que se manejaba, y no puedo apreciar en mi nivel, las directivas que el Almte. Mendía daba a los correspondientes comandantes de Fuerzas de Tareas. Nunca lo ví. Como dije antes, al Capitán de Navío Núñez ni al Capitán Castro, pero debo recordar que la mayor parte de mi tiempo no estaba allí. No sé de quién dependía la Central de Inteligencia ni quién era el Jefe... "

p) Conjetura que su detención obedece a una venganza:

"...PREGUNTADO para que diga si tiene algo que agregar, quitar o enmendar, CONTESTO cuando fui detenido el 4 de marzo, entendí que se trataba de una equivocación. Durante el traslado en vehículo celular desde Buenos Aires, trataba de ver cuál sería la causa y aún luego de más de cien días no sé cuál es. No hay ninguna imputación concreta. He dicho varias veces que no era correcta la imputación de pertenecer a la sección Identificación e Inteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano. Quiero expresamente aclarar que el sello por el cual se me pretendió involucrar no lleva la palabra "inteligencia". Pienso en consecuencia, que existe una obstinación en involucrarme, y creo saber cuál es el motivo: hay dos hechos puntuales que sé positivamente que cayeron mal a las organizaciones de DDHH, y pido en este momento incorporarlos a la causa. Se trata de una editorial confeccionada por el suscripto en la revista Desembarco de la cual fui director ad honorem durante diez años, y con esa editorial un artículo del cual era responsable como director de la revista, de un señor de apellido Paolantonio que también acompaño. El otro artículo es una carta a los lectores del diario La Nación de fecha 11 de noviembre de 2007, que también acompaño. Esa carta se refería a la muerte del Cap. de Navío Jorge Perren, que murió estando procesado y por ello la carta se llamó "Muerte bajo proceso". Por no tener otro argumento incriminatorio, y siendo ajeno absolutamente a las imputaciones, es lo único que se me ocurre. A raíz de la editorial y la nota del Sr. Paolantonio, se hizo un programa en un canal de cable, por parte de organizaciones de DDHH. Me llama la atención que después de aclarar el día 11 de marzo mi pertenencia al Comando de Operaciones Navales cómo el día 19 de ese mes apareciera un artículo en el diario Página 12 donde se me imputa haber armado un simulacro del enfrentamiento que consta en la causa del día 31 de diciembre del 76, cuando había sido testigo..."

1.4. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a sus funciones la CFABB el 07/12/10 se pronunció en el Expte. 65989 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. auto de procesamiento y prisión prev.; y NÚÑEZ, Elso Antonio s/Apel. falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad' (ARMADA ARGENTINA)" -agregado a fs. 15794/15822 - y el 26/06/12 en el Expte. 67191 caratulado: "BOTTO Guillermo Félix; BUSTOS Luis Ángel y Otros s/Apel. falta de mérito y auto de procesam. en c. 04/07 'Inv. delitos Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregado a fs. 25324/25390

"... Guillermo Félix BOTTO: Su defensa planteó que no integró ninguna Fuerza de Tarea avocada a la lucha antisubversiva, ni ejecutó plan criminal alguno, ni el PLACINTARA; que era oficial de contrainteligencia del CON, que la contrainteligencia es distinto a la inteligencia, y no implica el señalamiento de blancos; que la especialidad 'Inteligencia' no puede revestir elemento cargoso alguno, tampoco el reconocimiento de la existencia de la comunidad informativa, o ser oficial de enlace con la PNA o admitir la existencia de la CEIP o firmar un informe de inteligencia o conocer la organización de una Fuerza de Tarea, pues BOTTO era un mero auxiliar dentro de un Estado Mayor, sin personal a cargo y sin dar órdenes pues sólo asesoraba. Señala que debe distinguirse el CON de las FUERTAR, ya que solo éstas conformaban el plan "PLACINTARA"; que nunca tuvo relación con los CCD ni tampoco fue interrogador.
De su Legajo Personal (Foja de Servicios y Legajo de Conceptos) surge que Guillermo Félix BOTTO con el grado de Teniente de Navío (TN) fue destinado al Comando de Operaciones Navales el 06 de febrero de 1976, desempeñándose en la División Contrainteligencia del CON hasta su cambio de destino que ocurrió el 15/02/1978, ya con el grado de Capitán de Corbeta (CC). Surge además que se trata de un oficial capacitado en el área por haber aprobado el Curso de Inteligencia Naval a fines de 1975 (Leg. Conceptos; fs. 152/161), figurando en las evaluaciones de concepto y en la 'Ficha Censo del Personal Militar Superior' (Leg., f. 147/vta., 01/07/1976) que ocupó los cargos de "Jefe de División Contrainteligencia del CON" y "Jefe División Obtención".
De las evaluaciones de concepto se puede establecer su cadena de mando, de conformidad a las tres instancias que lo calificaron: 1ra.) por el Jefe de Departamento, su superior directo, con quien mantenía un contacto diario, el CN Guillermo M. Obiglio (1976), el CN Juan A. Iglesia (1977) y el CN Marcelo A. Linares (1977-1978); 2da.) por el Jefe del Estado Mayor del CON, el CL Manuel J. García (1976), el CN Rubén O. Franco (1977) y el CL Leopoldo Suárez Del Cerro (1977-1978); y 3ra.) por el Comandante de Operaciones Navales, el VL Luis M. Mendía (1976) y el VL Antonio Vañek (1977-1978); con los que calificaban en las dos últimas instancias el contacto fue frecuente.
En su concepto los calificadores destacaron su desempeño ampliamente satisfactorio en 'tareas especiales' propias de su especialización y su accionar en tareas realizadas fuera del ámbito de la institución (Policías, Fuerzas de Seguridad y Ejército), enfatizando que "...adopta sin vacilar las decisiones que le competen por audaces que sean...".
Queda entonces establecida su subordinación directa al Jefe del Departamento de Inteligencia del CON (máxima autoridad en dicha área), cargo desempeñado por sus consortes de causa Eduardo Morris GIRLING (v. c. n° 66.386 del 09/12/2010) y Guillermo M. OBIGLIO (c. n° 65.989, y supra C), y los ya nombrados Iglesia y Linares.
De la dependencia directa del Jefe del Departamento de Inteligencia del CON, se infiere que en el área propia de su división, contribuía a las funciones de aquél, vgr. "Intervenir en lo referente a coordinación y supervisión de actividades generales y disposiciones de [...] Contrainteligencia [...] de los Comandos Subordinados"; o ser el enlace no sólo con la Prefectura Naval Argentina, sino con el resto de la Comunidad Informativa local, condición que surge claramente de su calificación (Reglamento Orgánico del CON, RA-9-004, art. 605, ap. a) y b)).
En cuanto al planteo de que por ser un oficial subalterno no tenía el nivel jerárquico necesario para acceder al PLACINTARA, se ha acreditado en la causa todo lo contrario, pues tal como lo expuso el a quo en el consid. 52 (fs. sub 234/235) del análisis del legajo de servicios del Contraalmirante (RE) Raúl Alberto MARINO surge que un Capitán de Corbeta (grado al que ascendió el 31/12/1976) ya tenía acceso, y tal como se estableció en la causa n° 65.989, oficiales subalternos de Prefectura (como el Subprefecto MARTÍNEZ LOYDI) tenían acceso total (el de Subprefecto es un cargo de jerarquía equivalente al de Teniente de Navío, posición que ocupaba BOTTO en 1976).
Respecto de la alegada exclusividad de sus funciones en relación con el marco externo (hipótesis de conflicto con Chile), vale lo dicho supra respecto de su consorte de causa y, por entonces, uno de sus jefes directos, el CN OBIGLIO. A ello se agrega que en la documental que le fue exhibida en su declaración indagatoria del 13/03/2009 (imagen TIF n° 30.548: oficio Letra COOP, IM4 N° 460 "ESC"/77, del 15 de octubre de 1977) aparece informando al resto de la Comunidad Informativa sobre posibles actividades del denominado "Movimiento Peronista Montoneros" para el 17 de octubre de 1977, como Jefe de la División Obtención del Departamento de Inteligencia del Comando de Operaciones Navales, cargo que coincide con las constancias de su legajo personal, y da por tierra con aquella pretendida exclusividad.
Tampoco resultan atendibles las negativas del imputado y su defensa respecto del papel desempeñado por el CON en la alegada lucha contra la subversión, pues como reiteradamente se ha dicho, del PLACINTARA 75 surge que todas las FUERTAR organizadas a ese efecto estaban subordinadas a dicho comando, que las dirigía y coordinaba, entre sí y respecto de otras 'fuerzas amigas', en todas sus áreas (personal, inteligencia, operaciones y logística).
Un claro ejemplo de ello y, en particular, de que el imputado BOTTO no era ajeno a tales funciones, fue expuesto por el a quo en el considerando 17.3.3 (cf. f. sub 97) al tratar el caso del matrimonio Oliva. Ambos se encontraban supuestamente detenidos a disposición del PEN (por decreto n° 3462 de fecha 28/12/1976) cuando, de acuerdo al falso parte oficial, se enfrentaron en un tiroteo con fuerzas conjuntas del Ejército y de la Armada del que resultó la muerte de Laura Martinelli de Oliva y la supuesta fuga de Carlos Oliva (v. supra, consid. V-A-3); como ya quedó acreditado en autos, el matrimonio en realidad llevaba meses de cautiverio en centros clandestinos de detención de la Armada. De las actuaciones labradas en tal oportunidad (c. n° 107 CFABB, "JEFE Delegación Local Policía Federal s/comunicación sobre identificación y entrega de cadáveres (tres delincuentes subversivos abatidos en Avda. de Circunvalación el 31-12-76. Identif.: Martinelli, Laura Susana y 2 N.N. sexo masculino"), surge que las "Fuerzas Conjuntas" que supuestamente habían actuado en el operativo fueron representadas por el Tcnel. Ferreti, por el lado del Ejército (Cdo. de Subzona 51), y por el TN Botto, por parte de la Armada (Comando de Operaciones Navales). La falsedad del enfrentamiento también resulta corroborada por el informe pericial del Dr. Mariano Castex -Médico Legista- (cf. c. n° 107 CFABB: fs. 27/36).
En cuanto a la omisión incurrida respecto del hecho (requerido e intimado) por el que resultó víctima Néstor Rubén Grill, no corresponde pronunciarse, pues el a quo finalmente se expidió al respecto en la resolución de fecha 26/02/2010, que se encuentra en trámite de apelación ante este Tribunal (expte. n°66.388, "BÜSSER... y Otros..."), y a cuyas conclusiones habrá de estarse.
Por ello, y por su calidad de Jefe de División, responderá como autor mediato en todos los hechos por los que fue intimado (a excepción del caso de Rubén Grill por lo dicho supra), pues está establecida la contribución de la División a su cargo desde el Departamento de Inteligencia del CON que operaba la CEIP.... "
"...La situación procesal de Guillermo Félix BOTTO, así como su ubicación y responsabilidad funcional, ha sido estudiada por esta Cámara en tres oportunidades (causas n° 65.989, n° 66.387 y n° 66.388 del 7, 22 y 29 de diciembre de 2010, respectivamente) y las conclusiones a que se arribó en esos casos resultan aplicables aquí.
Así, quedó plenamente acreditado que Guillermo Félix BOTTO con el grado de Teniente de Navío (TN) fue destinado al Comando de Operaciones Navales el 06 de febrero de 1976, desempeñándose en la División Contrainteligencia del CON hasta su cambio de destino que ocurrió el 15/02/1978, ya con el grado de Capitán de Corbeta (CC).
También, que era un oficial capacitado en el área por haber aprobado el Curso de Inteligencia Naval a fines de 1975 (Leg. Conceptos; fs. 152/161), figurando en las evaluaciones de concepto y en la 'Ficha Censo del Personal Militar Superior' (Leg., f. 147/vta., 01/07/1976) que ocupó los cargos de "Jefe de División Contrainteligencia del CON" y "Jefe División Obtención". Estaba subordinado de manera directa al Jefe del Departamento de Inteligencia del CON (máxima autoridad en dicha área), cargo desempeñado por sus consortes de causa Eduardo Morris GIRLING (v. c. n° 66.386 del 09/12/2010) y Guillermo M. OBIGLIO (c. n°65.989, supra cit); ello permite inferir que en el área propia de su división, contribuía a las funciones de aquél, vgr. "Intervenir en lo referente a coordinación y supervisión de actividades generales y disposiciones de [...] Contrainteligencia [...] de los Comandos Subordinados"; o ser el enlace no sólo con la Prefectura Naval Argentina, sino con el resto de la Comunidad Informativa local, condición que surge claramente de su calificación (Reglamento Orgánico del CON, RA-9-004, art. 605, ap. a) y b)).
El planteo de que por su bajo nivel jerárquico, al ser un oficial subalterno, no tenía capacidad decisoria ni dominio sobre los hechos, ya fue rechazado en las causas citadas supra donde quedó establecido que ese argumento no tiene fuerza de convicción, pues son muchos los ejemplos que acreditan un alto nivel de injerencia en los hechos investigados por parte de personal sin un alto grado jerárquico; así, como lo expuso el a quo en el consid. XIX.2 (fs. sub 243vta./244) del análisis del legajo de servicios del Contraalmirante (RE) Raúl Alberto MARINO surge que un Capitán de Corbeta (grado al que BOTTO ascendió el 31/12/1976) ya tenía acceso al PLACINTARA, al igual que oficiales subalternos de otras fuerzas subordinadas, como en Prefectura el caso del Subprefecto MARTÍNEZ LOYDI, que tenía acceso total (el de Subprefecto es un cargo de jerarquía equivalente al de Teniente de Navío, posición que ocupaba BOTTO hasta diciembre de 1976).
También quedó definido el papel preponderante desempeñado por el CON en la alegada lucha contra la subversión, pues como reiteradamente se ha dicho, del PLACINTARA 75 surge que todas las FUERTAR organizadas a ese efecto estaban subordinadas a dicho comando, que las dirigía y coordinaba, entre sí y respecto de otras 'fuerzas amigas' (como la fuerza Ejército), en todas sus áreas (personal, inteligencia, operaciones y logística). Así, la FUERTAR 2 respondía al CON, pero además era la Fuerza de Tareas responsable del Área de Interés Principal Punta Alta-Bahía Blanca, por lo que cabe rechazar el carácter meramente defensivo que pretende asignarle la defensa técnica, pues quedó acreditado que era plenamente operativa en su jurisdicción (cf. c. n° 65.988, "CASTRO..." del 11/11/2010) y que fuerzas subordinadas, como la PNA, detenían personas con destino "COFUERTAR 2" (v. Libro de Detenciones de Prefectura Bahía Blanca).,." (v. fs. 2536725369vta.)

1.5. RESPONSABILIDAD: Como lo sostiene la CFABB (c. n° 65.132, "Masson..." del 14/8/08; c. n° 65.213 "Mansueto Swendsen..." del 17/02/09) en los delitos de macrocriminalidad es aplicable -entre otras- la doctrina presentada por Klaus Roxin en el año 1963 acerca del "dominio de la voluntad en virtud de aparatos organizados de poder" como modalidad de la autoría mediata, ello es así cuando el inculpado tiene el dominio del hecho porque aprovecha determinadas condiciones marco preconfiguradas por una estructura de organización, de modo que dentro de esas condiciones su contribución al hecho desencadene procesos reglados, provocando la conducta de otros.

Habiendo quedado establecido que BOTTO con el grado de Teniente de Navío (TN) fue destinado al Comando de Operaciones Navales el 06/02/76, desempeñándose en la División Contrainteligencia del CON hasta su cambio de destino -que ocurrió el 15/02/78 ya con el grado de Capitán de Corbeta (CC)- y que en tal destino tuvo una subordinación directa al Jefe del Departamento de Inteligencia del CON (máxima autoridad en dicha área), se infiere que en el área propia de su división, contribuía a las funciones de aquél, vgr. "...Intervenir en lo referente a coordinación y supervisión de actividades generales y disposiciones de. Contrainteligencia. de los Comandos Subordinados... " o ser el enlace no sólo con la Prefectura Naval Argentina, sino con el resto de la Comunidad Informativa local, condición que surge claramente de su calificación (Reglamento Orgánico del CON, RA-9-004, art. 605, ap. a) y b)) teniendo acceso -además- al PLACINTARA 75 que disponía que todas las FUERTAR organizadas a ese efecto estaban subordinadas al CON, que las dirigía y coordinaba, entre sí y respecto de otras "fuerzas amigas", en todas sus áreas (personal, inteligencia, operaciones y logística).

Respecto de la alegada exclusividad de sus funciones en relación con el marco externo (hipótesis de conflicto con Chile) la documental que le fue exhibida en su declaración indagatoria del 13/03/09 (imagen TIF n° 30.548: oficio Letra COOP, IM4 N° 460 "ESC"/77, del 15 de octubre de 1977) aparece BOTTO informando al resto de la Comunidad Informativa sobre posibles actividades del denominado "Movimiento Peronista Montoneros" para el 17 de octubre de 1977, como Jefe de la División Obtención del Departamento de Inteligencia del Comando de Operaciones Navales, cargo que coincide con las constancias de su legajo personal, y da por tierra con aquella pretendida exclusividad.

Como lo bien señala la CFABB en el Expte. 67191 arriba mencionado, siendo la dependencia a cargo de BOTTO una parte importante del área de inteligencia del CON, surge palmaria su responsabilidad por los hechos de que fueron víctimas aquellas personas secuestradas por personal de ARA o de fuerzas de seguridad a ella subordinada y llevadas a centros de detención operados por la Marina.

Asimismo, en los casos en que las privaciones de la libertad fueron ejecutadas por personal de Marina o de Prefectura, pero destinadas sus víctimas al V Cuerpo de Ejército, pues operaban en coordinación y apoyo con esa fuerza; resulta ilustrativo de ello la declaración de Roberto Aurelio BUSCAZZO (v. fs. 13746) en la que la víctima recuerda que mientras se encontraban detenidos en dependencia de PNA, y antes del traslado al Cdo. V Cpo Ej./Bat. Com. Cdo. 181, escuchó a los guardias decir que estaban a disposición del CON.

Por ello, y su calidad de Jefe de División, responderá como autor mediato en los hechos por los que fue intimado a fs. 17436/17437vta. -Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA- pues está establecida la contribución de la División a su cargo desde el Departamento de Inteligencia del CON que operaba la CEIP, y donde convergía toda la información producida por las agencias de colección de información, y desde donde se proveía la inteligencia necesaria en todos los casos para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo de esta manera un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


2. Capitán de Navío (RE) Enrique DE LEÓN:

2.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía a fs. 8832/8854 y 17439/17441 señala:

a) Desempeño: "...Desde el 09 de febrero de 1976 al 18 de julio de 1977 Enrique DE LEÓN se desempeñó como Jefe de la División Contrainteligencia de la Base Naval de Infantería de Marina Baterías.... (fs. 8832/8854)

b) Atribución de responsabilidad: "... Se imputa a Enrique DE LEÓN haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, a partir de su desempeño como Jefe de la División Contrainteligencia, del Departamento de Operaciones de la Base Infantería de Marina Baterías... " (fs. 17439/17441)

2.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) remitido por Armada, que DE LEÓN nació el 26 de febrero de 1945, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del Cuerpo General el 2 de febrero de 1962 (fs. 11 LS).

2.2.1. Ascensos: Ascendió el 30/12/66 al grado de Guardiamarina; el 31/12/68 al grado de Teniente de Corbeta I.M.; el 31/12/71 al grado de Teniente de Fragata; el 31/12/74 al grado de Teniente de Navío; el 31/12/80 al grado de Capitán de Corbeta; el .31/12/86 al grado de Capitán de Fragata y finalmente el 31/12/91 al grado de Capitán de Navío (fs. 13 LS)

2.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que:

a) Con el grado de Teniente de Fragata I.M. (TF) cursó en el Servicio de Inteligencia Naval (SIIN) del Estado Mayor General Naval (EMGM) desde el 31/01/74 al 11/07/74 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 182/73

b) Con el grado de Teniente de Fragata I.M. (TF) y de Teniente de Navío (TN) se desempeñó en la Jefatura Militar del Estado Mayor General Naval (EMGM) desde el 11/07/74 al 03/02/75 según los BNR número s 36/74

c) Con el grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó en la Base de Infantería de Marina (Baterías) desde el 03/02/75 al 21/02/75 según el BNR número 31/74

d) Con el grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó en el Comando de Operaciones Navales desde el 21/02/75 al 09/02/76 según el BNR número 62/75.

e) Con el grado de Teniente de Navío (TN) desempeñó el cargo de Jefe División Contrainteligencia del Departamento Operaciones de la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) Baterías desde el 09/02/76 al 18/07/78 según el BNR número 117/76.

f) Con el grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó en la Escuela de Oficiales de la Armada desde el 18/07/77 al 27/02/78 según el BNR número 133/76

g) Con el grado de Teniente de Navío (TN) desempeñó el cargo de Jefe de División del Servicio de Inteligencia Naval (SIIN) del Estado Mayor General de la Armada (EMGA) desde el 27/02/78 al 09/04/79 según el BNR número 95/77

h) Con el grado de Teniente de Navío (TN) desempeñó el cargo de 2do. Comandante y Jefe de Sección Logística del Batallón de Comunicaciones N° 1 (BIC1) de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) con nuevo asiento en Río Grande desde el 09/04/79 al 14/02/80 según el BNR número 22/79

i) Con el grado de Teniente de Navío (TN) y de Capitán de Corberta (CC) desempeñó el cargo de Jefe Departamento Operaciones y Jefe División Planes e la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) Baterías desde el 14/02/80 al 12/03/81 según los BNR números 1/80 y 4/81

j) Con el grado de Capitán de Corberta (CC) desempeñó el cargo de Jefe Departamento Seguridad y Operaciones y Jefe de la División Policía de Establecimientos Navales de la Base Naval Puerto Belgrano (BNPB) desde el 13/03/81 al 01/02/82 según el BNR número 16/82

k) Con el grado de Capitán de Corberta (CC) cursó en la Escuela de Guerra Naval desde el 01/02/82 al 14/12/82 según el BNR número 02/82

l) Con el grado de Capitán de Corberta (CC) se desempeñó como Comandante y Jefe Cargo Secreto del Batallón de Comunicaciones N° 1 (BIC1) de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) con asiento la Base Naval de Río Grande (Tierra del Fuego) desde el 14/12/82 al 16/02/84 según el BNR número 203/83

j) Con el grado de Capitán de Corberta (CC) se desempeñó en el Departamento de Inteligencia del Comando de Operaciones Navales desde el 16/02/84 al 124/02/86 según el BNR número 3/84

2.2.3. Retiro: Por Resolución del COAR se le otorgó el retiro voluntario a partir del 1 de enero de 2001 computando 37 años de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72

2.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la audiencia fs. 25958/25959 del 25/09/12 al ser invitado a efectuar su descargo y a indicar las pruebas que estime oportunas, contestó:

"...voy a declarar. Quiero dejar enfáticamente aclarado que de acuerdo a las declaraciones en tres oportunidades en ese juzgado de Bahía Blanca, supongo haber aclarado que mis áreas de eran de Jefe de Cargo Contrainteligencia y nunca tuve tareas de inteligencia y menos aun de operaciones. Los manuales que me han sido mostrados son de operaciones y de otros países y nunca los trabaje, nunca los vi. Con respecto a las declaraciones de la Sra. Loperena me refiero a lo declarado el año pasado, en mi tercera declaración ante el juzgado. No tengo absolutamente nada que ver con ese hecho. No tengo nada mas que declarar. En este estado el Dr. Palacios manifiesta que su defendido no va a responder preguntas... "

2.3.1. Luego de leerse los hechos imputados a fs. 696/715, 1122/1130, 4145/4167; 8832/8854 y sub fs. 1/23 del incidente 04/07/inc. 51 y exhibirse la prueba de cargo DE LEÓN declaró en la audiencia realizada el 20/11/09 y ampliada el 23/11/09 lo siguiente:

a) Niega haber pertenecido a una asociación ilícita:

"...MANIFIESTA: lo que yo diga lo voy a decir en mi calidad de Capitán de Navío retirado de la Marina, con toda la experiencia que ello implica y voy a hablar sobre temas sucedidos cuando era Teniente de Navío en el segundo año. Entre las cosas que se me imputan, se habla de asociación ilícita, cosa que niego por cuanto pertenecía a una organización de la Armada que era la Base de Infantería de Marina Baterías... "

b) Admite su cargo de Jefe de la División Contrainteligencia de la BNIM y describe sus funciones y el lugar:

"...También se me relaciona en la comisión de algunos delitos, en compañía de una serie de oficiales con los cuales nunca estuve destinado, nunca compartí un destino, excepto el Capitán de Navío Mac Gaul, que fue mi Jefe de Base Baterías. Mi cargo de jefe de División Contrainteligencia, no era nada más que un cargo de actitud defensiva, de seguridad para evitar las acciones de inteligencia del enemigo. Yo estaba acompañado en ese cargo por dos suboficiales y un civil fotógrafo. Entre las tareas que la fiscalía señala para el cargo de contrainteligencia sacadas del Reglamento Orgánico de la Base Baterías, destaco que la jurisdicción, como bien dice el Fiscal, era dentro de la Base Baterías. La Base Baterías prestaba apoyo logístico a las unidades de Infantería de Marina que se encontraban en ella. Los problemas internos de cada unidad, estaban fuera de la jurisdicción de la Base Baterías. Es como si en un edificio de departamentos la Base Baterías se ocuparía de las zonas comunes, no de cada uno de los departamentos... "

"...PREGUNTADO para que diga cuales eran las acciones concretas que el compareciente realizaba CONTESTA las actividades que realizaba y realiza un cargo Contrainteligencia, están especificadas en el Reglamento Orgánico de la Base Baterías y en el Reglamento de Contrainteligencia Naval. El Reglamento Orgánico de la Base transcribe el Reglamento de Contrainteligencia Naval. Son las tareas que enunciara el Fiscal en el expediente 04/07, a fojas 8339vta./8340, donde se recalca reiteradas veces el concepto "dentro de la jurisdicción de la Base". En este estado, ingresa en la audiencia el Dr. Abel Córdoba, Fiscal Federal Subrogante. PREGUNTADO por el Dr. Ibáñez para que diga el compareciente de qué forma se implementaban todas estas actividades cuando ha mencionado que solo tenía dos suboficiales y un fotógrafo que lo asistían. CONTESTA se implementaban a través de directivas del jefe de la Base supervisadas por el personal de Contrainteligencia. Una división no puede dar una orden. La orden la da el superior y la tarea técnica es supervisada por el personal de Contrainteligencia. Recalco que el Jefe de la Base era un Capitán de Navío antiguo y yo era un Teniente de Navío en el segundo año... "

"...PREGUNTADO por S.S. dónde residía en el año 76 CONTESTA en Sarmiento 24, 7mo. Piso, Bahía Blanca, arriba de lo que era SADOS. PREGUNTADO por su defensor, otorgada que le fue la palabra, para que diga si poseía algún lugar físico en el que desarrollaba la tarea de Contrainteligencia durante el año 1976, CONTESTA si, en el llamado Edificio de Abastecimiento donde en la planta baja era abastecimiento, en el primer piso era el Departamento Operaciones. Ahí tenía mi oficina. Ahí estaba mi oficina y el laboratorio fotográfico. En este estado, S. S. solicita al declarante, que realice un croquis de ese lugar físico y MANIFIESTA el declarante luego de confeccionarlo, la capilla, la jefatura de base, el andén de micros, y operaciones arriba y no recuerdo donde estaba el pasillo. El tren era llamado Ferrocarril estratégico y era para llevar la munición desde los polvorines de Puerto Belgrano hasta las baterías. Cuando las Baterías dejaron de funcionar, ese tren se transformó en transporte de personal. No funcionaba cuando yo estaba. Creo que hasta el 68, 69 funcionó. Yo me recibí en el 67. a partir de ahí empezó a moverse el personal en micros.

c) Admite la dependencia de la BNIM a la Fuerza de Tareas N° 9 a cargo del VL FRACASSI:

"...PREGUNTADO por el Dr. Ibáñez, concedida que le fue la palabra, para que diga el declarante qué función tenía el fotógrafo CONTESTA tomar fotografías de las ceremonias de la Base Baterías y de las ceremonias de las unidades que tenían su apostadero en la Base. Hace también referencia la Fiscalía a la existencia de un centro de detención clandestino en la Base Baterías. Leyendo las declaraciones del Almte. Fracassi, que era Comando de la Infantería de Marina y Comandante de la Fuerza de Tareas 9 de la cual dependía la Base Baterías..."

d) Afirma que el CCD señalado por el VL FRACASSI estaba fuera de la jurisdicción de la Base Baterías:

"...él manifiesta la existencia de un centro clandestino de detención ubicado fuera de la jurisdicción de la Base Baterías. La jurisdicción de la Base Baterías era la que ocupaban los cuarteles de las unidades en la zona. El límite hacia Puerto Belgrano estaba poco más allá del Batallón de Apoyo Logístico y a partir de ahí el camino se encontraba con obstáculos antivehículos y antipersonal que impedían el paso. Según las declaraciones del Almirante Fracassi, el centro clandestino de detención se encontraba más allá de ese corte; y tomé conocimiento de su existencia a raíz de esa declaración que me mostró mi abogado... "

"...Y con respecto al centro clandestino, recalco que desconocía su existencia y por declaraciones del Almte. Fracassi tomé conocimiento y manifiesto que se encontraba fuera de la jurisdicción de la Base... "

e) Describe sus tareas como de contrainfiltración:

"...Para darse una idea de lo que era el cargo Contrainteligencia, hasta pocos años antes se denominaba Cargo de Información y Seguridad, y las tareas se remitían exclusivamente a tareas de contrainfiltración, o sea impedir el acceso de personas no reconocidas a jurisdicción naval, y contrainformación, que es impedir la salida de documentación no autorizada. Tengo unas conclusiones: con respecto a mi cargo de Jefe de Contrainteligencia, considero que he sido erróneamente vinculado con acciones que están -tanto desde el punto de vista doctrinario como fáctico-fuera de las tareas de un cargo Contrainteligencia como el de la Base Baterías.

f) Niega su relación con la F.T.2.:

"...Segundo: en cuanto a las relaciones con la Fuerza de Tareas 2, nunca tuve relación operativa ni administrativa con el Comando de esa Fuerza... "

g) Desconoce a las víctimas motivo de requerimiento fiscal:

"...Con respecto a las personas sobre las cuales se dice he realizado delitos, no conozco a ninguna de ellas y no he participado en alguna actividad en su contra. Si vale la pena recalcar, Contrainteligencia no tiene ninguna relación con acciones propias de la Inteligencia. Nada más... "

h) Establece la diferencia entre inteligencia y contrainteligencia:

"...Concedida la palabra el Dr. Ibáñez solicita que el compareciente amplíe un poco más las diferencias entre Inteligencia y Contrainteligencia. Manifiesta el declarante: Inteligencia es la rama que tiene como tarea la búsqueda, colección, proceso y diseminación. El proceso es el que transforma la información en Inteligencia. El 95% de la información que se busca -esto es doctrinario- se obtiene de fuentes abiertas y solo el 5% requiere acciones relacionadas con el espionaje. Contrainteligencia son las acciones de seguridad que buscan impedir que el enemigo haga Inteligencia sobre los propios objetivos o personas. Son de carácter defensivo y su accionar se reduce a la jurisdicción naval..."

i) Recuerda las jerarquías y el organigrama de la BNIM:

"...PREGUNTADO por el Dr. Ibáñez para que diga de qué forma están clasificadas las jerarquías de los oficiales, y en su caso, en cuál de ellas se enrolaba el grado militar que ostentaba en el año 1976 CONTESTA las jerarquías de la Armada se agrupaban en: Oficiales Subalternos, Oficiales Jefes, y Oficiales Superiores. Mi jerarquía correspondía a Oficial Subalterno. PREGUNTADO por el Dr. Ibáñez para que diga si la BIMBA (Base Naval de Infantería de Marina Baterías) tenía Estado Mayor CONTESTA no tenía Estado Mayor por no ser una Unidad operativa. Estaba organizada en los siguientes departamentos: General, Arsenal, Abastecimiento, Instalaciones Fijas, Operaciones, y Sanidad, que correspondían a las tareas de apoyo logístico que brindaba la Base a las unidades en ella ubicadas... "

j) Niega haber realizado tareas de inteligencia en la División de Contrainteligencia de la BNIM:

"...PREGUNTADO por el Dr. Ibáñez para que el compareciente diga si no obstante los aspectos doctrinarios y reglamentarios expuestos precedentemente recuerda que en alguna ocasión la División Contrainteligencia de la Base Baterías haya realizado tareas de Inteligencia y/o de recolección de información dentro y fuera del ámbito territorial jurisdiccional de la Base CONTESTA nunca la División Contrainteligencia realizó tareas de Inteligencia porque eso sería vulnerar la doctrina, cometer una falta, y además, no tenía ni el personal ni la orgánica como para realizarla..."

k) Señala que el enemigo durante su desempeño en la División de Contrainteligencia de la BNIM era Chile:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal otorgada que le fue la palabra para que diga cuál era durante el tiempo de su función que le fue imputado en la causa, el enemigo al que ha hecho referencia CONTESTA cuando yo hablo de enemigo, me refiero a cualquier potencia extranjera que entrara en enfrentamiento militar con Argentina. La más factible en ese momento era la República de Chile... "

l) Niega haber desarrollado acción alguna en la guerra antisubversiva: y que la información la recibía del Comando Superior:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga si la detección de organizaciones internas que a juicio de la Armada afectaran la seguridad nacional era tarea propia de la División Contrainteligencia a cargo del imputado CONTESTA la División Contrainteligencia de la Base Baterías se preocupaba por cualquier intento de realizar Inteligencia sobre su jurisdicción. La seguridad nacional no era nivel para nosotros. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga acerca del rol que la base de infantería de Marina Baterías que integraba el imputado, tuvo en la lucha antisubversiva CONTESTA la Base Baterías al no ser una unidad operativa, no desarrolló ningún tipo de acción en la guerra antisubversiva. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal si negar información con que contaban la unidad y la división que el imputado integraba, era tarea propia de su ámbito. En este estado, el abogado defensor solicita la palabra para oponerse a la pregunta y manifiesta: toda vez que la misma contiene un presupuesto impropio para una pregunta en esta audiencia. Dicho presupuesto es el de contar con información. S.S. decide reformular la pregunta en esta forma: cuál era el uso de la información recolectada en las tareas de Contrainteligencia de la división a su cargo de la Base de Infantería de Marina CONTESTA el declarante: primero, la División Contrainteligencia no recolectaba información. La información que recibía del Comando Superior, podría incrementar o no las medidas de seguridad... "

m) No recuerda que asesoramiento brindó al Jefe de la BNIM para incrementar los puestos de guardia:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal qué medidas de seguridad se adoptaron durante el período de revista que le fue imputado desde la división a su cargo CONTESTA la División Contrainteligencia no modificaba las medidas de seguridad. La División Contrainteligencia asesoraba al Jefe de Base acerca de la conveniencia de incrementar puestos de guardia. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal qué recomendaciones emitió desde su función CONTESTA no recuerdo. Esto sucedió hace treinta años. Lo que yo hablo es desde el punto de vista reglamentario y doctrinario.

n) Admite haber recibido información de la F.T.9, del Servicio de Inteligencia Naval y del Comando de Operaciones Navales para prevenir la acción subversiva en la BNIM:

PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que diga cuáles eran las fuentes por las cuales se nutría de información la división a su cargo CONTESTA Comando de la Fuerza de Tareas 9, Servicio de Inteligencia Naval, Comando de Operaciones Navales. De manera directa, o indirecta. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal acerca de cuál era el contenido en cuanto a materia o temas de la información que recibía desde esos órganos de inteligencia y comando CONTESTA presencia de presuntos agentes chilenos en la zona, y alguna acción o alguna posible acción subversiva en la jurisdicción. No nos olvidemos que dos años antes se había producido un ataque a la Guarnición Militar Azul. No nos olvidemos que se había detectado agentes de Inteligencia chilenos accionando sobre la Base Naval Mar del Plata. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal acerca de qué organizaciones rotuladas como subversivas fueron detectadas y/o identificadas durante su labor en la División Contrainteligencia CONTESTA ninguna.

o) Afirma que era el Jefe de la BNIM el que recibía la información de los órganos de inteligencia sobre esas actividades subversivas:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal cuál era el objeto de la comunicación por parte de los órganos de inteligencia a su división, de esas actividades subversivas CONTESTA recalco que la División Contrainteligencia no era destinataria de informaciones de Inteligencia, sino quien lo era, era la Jefatura de la Base Naval Baterías. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal acerca de qué instalaciones eran prioritarias durante el período de su revista en lo que respecta a la protección respecto del enemigo CONTESTA como ya expuse, la Base Baterías daba seguridad a las zonas comunes. Cada batallón de Infantería de Marina, proveía su propia seguridad. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal acerca de las actividades específicas que desde su división recomendaba en relación a la seguridad de esas zonas comunes CONTESTA las medidas de seguridad eran los puestos de guardia fijos, y las patrullas periódicas que realizaba la Compañía de Seguridad. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal si la información producida desde esos puestos de guardia y patrullaje, le era elevada CONTESTA nunca hubo ninguna información producida por los puestos de guardia ni por las patrullas. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal de qué manera se contemplaba y organizaba la labor de esos puestos de guardia y patrullas CONTESTA eso era responsabilidad del Departamento de Operaciones... "

p) Describe el contenido del curso que realizó en el Servicio de Inteligencia Naval en el año 1974 :

"...En este estado S.S. exhibe el nro. 351 de octubre del año 1996 de la revista Todo es Historia, página 80/93 inclusive, que lleva por titulo "A 25 años de la sublevación militar de Olavarría y Azul" para que previo a leer dicho artículo, indique la relación entre el contenido de esta publicación con lo que manifestó en la audiencia anterior respecto al episodio de la guarnición Azul. MANIFIESTA el declarante: desde ya le digo que no. Yo me refería en mi declaración al ataque que hizo el ERP contra la Guarnición Azul en el año 74, si no me equivoco. Era presidente Perón en ese momento, enero del 74, si no me equivoco. PREGUNTADO por S.S. para que diga si como surge en su legajo de servicios, entre el 31 de enero del 74 hasta el 11 de julio de ese mismo año cursó como alumno en el Servicio de Inteligencia Naval y si el episodio de Azul comentado era parte de las experiencias de Inteligencia y Contrainteligencia que allí se brindaban CONTESTA no señor, no era parte ni del programa del curso ni de ninguna extensión. El curso se relacionaba con Inteligencia Estratégica Naval... "

q) Admite que la División de Contrainteligencia a su cargo integraba el Departamento de Operaciones de la BNIM:

"...En este estado S.S. exhibe el reglamento orgánico de la Base de Infantería de Marina Baterías, particularmente, para que observe el organigrama del Departamento de Operaciones, a fin de que refiera si la División de Contrainteligencia a su cargo en el año 76, se encontraba en dicho esquema contesta es correcto pero hay un error, hay una duplicación de la Central de Defensa Aérea. Es intrascendente porque depende de la misma autoridad en ese organigrama.

r) Identifica al Jefe del Departamento de Operaciones de la BNIM del año 1976:

"...PREGUNTADO por S.S. para que diga quién revistaba en la época en que tenía a su cargo la División de Contrainteligencia el Departamento de Operaciones CONTESTA hasta aproximadamente no le puedo dar exacta la fecha, pero aproximadamente en julio del 76 el Jefe era el Cap. de Fragata Guillermo Saucedo. El fue designado a otra tarea. Lo trasladaron y se hizo cargo del Dpto. el Subjefe de la Base, Cap. de Fragata Julio César Bruni.

s) Admite las unidades que integraban la BNIM según la nómina del libro exhibido pero excluye a la V y VI Batería:

"...En este estado S.S. exhibe al declarante las páginas 142 a 149 de la obra "Armada Argentina-Infantería de Marina Tres Siglos de Historia y Cien Años de Orgánica" editada por la Armada Argentina en el año 1979, para que diga si la descripción de las instalaciones y unidades que allí se indican, correspondían a la época en que ejerció la División de Contrainteligencia de la Base de Infantería de Marina CONTESTA si, coinciden las unidades que había en esa época. Lo único que puedo decir que no es tal, es cuando hablan de la playa de la Quinta y la Sexta Batería, porque desde la Base Baterías no se tenia acceso más allá de la Quinta Batería, que coincide con el Cuartel del Batallón de Apoyo Logístico. Ahí terminaba la jurisdicción de la Base en mi gestión.

t) Afirma que la orgánica de las agencias de colección de información del Anexo A Apéndice I del PLACINTARA se emitió en el año 1980 y que no recibió ninguna orden de la F.T.2 y de la F.T.9 durante su desempeño en la División de Contrainteligencia de la BNIM:

"...En este estado, S.S. exhibe el PLACINTARA al declarante, en particular la página foliada 44 del Apéndice I al Anexo A, Áreas de Interés y Agencias de Colección, Fuerza de Tareas Responsable 2, para que refiera si la orgánica que allí refiere se encontraba vigente a la época en que ejercía la jefatura de la División Contrainteligencia de la Base de Infantería de Marina CONTESTA En primer lugar, por mi jerarquía de Tte. de Navío, yo no accedía al PLACINTARA, que es de carácter secreto. Lo manejaba el Jefe de la Base y supongo que el Jefe de Operaciones. Como dije en mi declaración anterior, una División de Contrainteligencia nunca puede ser agencia de colección por doctrina. Lo que noto acá es que este apéndice al igual que el Anexo Alfa, no corresponden al PLACINTARA nro. 1/75 Secreto, sino que está emitido en el año 1980. Con firma del Almte. Santamaría. Las órdenes por cadena de mando, yo las recibía de mi Jefe de Base, una cosas es "cadena de mando" y otra es "subordinación jerárquica". Un oficial le debe respeto a todo oficial más antiguo. Pero las órdenes operativas solo se las imparte su superior en la cadena de mando. Nunca recibí, por lo tanto, ninguna orden de la Fuerza de Tareas 2 como así tampoco de la Fuerza de Tareas 9.

u) Marca la ubicación de las instalaciones y las unidades de la BNIM:

"...Exhibidas que le son imágenes impresas y obtenidas de la Base de Infantería de Marina mediante el programa Google de internet, y remitidas en un CD editado por la ONG Memoria Abierta, con motivo de la inspección ocular a la Base Naval Puerto Belgrano en el mes de octubre del año 2007, S.S. solicita al deponente que ubique los límites de la Base de Infantería de Marina según nos ha explicado anteriormente, señalando con un trazo de fibra verde, tal demarcación y MANIFIESTA; en esta primera foto (que se señala con la letra "A") puedo reconocer Punta Alta, Arroyo Pareja, la zona general de Puerto Belgrano y Baterías pero no puedo marcar un límite. En la foto señalada "B", el declarante indica la Cuarta Batería, Plaza de Ceremonias, Batallón de Vehículos Anfibios y no puede señalar con certeza el lugar de la Tercera Baterías que no puede determinar. En la foto señalada "C", indica: el Batallón de Apoyo Logístico, la Base de Infantería de Marina Baterías, el Comando de la Brigada de Infantería de Marina, la Cuarta Batería y la plaza de Ceremonias. Marca con signo de interrogación por no estar seguro, el Comando de la Brigada de Infantería de Marina en dos posiciones. MANIFIESTA puede ser que el otro sea la vieja casa del Comandante En la foto señalada "D": el Batallón de Apoyo Logístico, la Base de Infantería de Marina Baterías. En la foto señalada "E": puede ser, por la forma del camino, que sea la Séptima Batería. (Marcada con signo de interrogación). De Este a Oeste, venía la Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima. No se construyeron la Primera y la Segunda que iban a ser de morteros. Es la protección del canal de acceso. De ahí se pararía a la Armada Chilena que vendría; eran cañones de 240 mm.

v) Afirma que el personal militar de inteligencia y contrainteligencia era personal identificable:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal otorgada que le fue la palabra, para que diga si los recaudos para que el enemigo no conozca la identidad de personal de la Fuerza Armada, es propia de Contrainteligencia CONTESTA no, el personal militar de Inteligencia y de Contrainteligencia es personal abierto, conocido, que esta destinado en un lugar, vive en un lugar, transita en un lugar, es conocido por los militares y civiles de la Base... "

w) Afirma que no tuvo conocimiento de personas detenidas en le ámbito de la Armada por ser subversivos:

"...PREGUNTADO por para que diga si alguna de las características del régimen de detención de prisioneros era de incumbencia de Contrainteligencia CONTESTA no, Contrainteligencia no detenía personas. No estaba en sus tareas. El personal detenido y su administración no dependía de Contrainteligencia el régimen de detención. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal para que refiera de quién dependía CONTESTA desconozco. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que refiera si tuvo conocimiento de personas detenidas en el ámbito de la Infantería de Marina por considerarlas subversivas CONTESTA no. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que refiera si tuvo conocimiento de personas detenidas en el ámbito de la Armada CONTESTA no tuve conocimiento de personas detenidas en el ámbito de la Armada ni de Infantería de Marina, por ser subversivos... "

x) Afirma que recién tomó conocimiento de los Centros Clandestinos de Detención con las declaraciones del Cmte. de la F.T.9 AL FRACASSI prestadas en la causa:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que refiera si tuvo conocimiento de centros clandestinos de detención organizados en el ámbito de la Armada Argentina CONTESTA tomé conocimiento al ver las declaraciones del Cmte. de la Fuerza de Tareas 9 Almte. Fracassi. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que refiera si tuvo conocimiento de que a partir de marzo de 1976 hubo ciudadanos desaparecidos CONTESTA si, era noticia de diarios. Información pública. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que refiera si alguna de esas personas de las que tenía noticia de que había desaparecido, eran de Bahía Blanca o Punta Alta. CONTESTA no. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga de dónde eran CONTESTA desconozco porque nunca trabajé en ese área pero sí veía movimiento de madres que buscaban a sus hijos... "

y) Reconoce que se ingresaba desde la ciudad de Punta Alta a la BNIM por el Puesto N° 1:

"...PREGUNTADO por S.S. cómo se ingresaba desde la ciudad de Punta Alta a la Base de Infantería de Marina Baterías CONTESTA en el puesto principal de acceso, donde comienza el camino hacia Baterías, había un control de Policía de Establecimientos Navales.

Esporádicamente había un segundo control en el cruce del camino que va a Arroyo Pareja, es un camino que viene de Punta Alta y cruza la ruta Puerto Belgrano - Baterías y también estaba a cargo de Policía de Establecimientos Navales. Luego había un control en el acceso a la Base de Infantería de Marina Baterías. Y por último, en cada unidad había un control propio. En este acto, se le exhibe la fotografía de fs. 996, y de fojas 1002, obtenidas por la Policía Federal, con motivo de la inspección ocular a la Base Naval Puerto Belgrano, para que diga si reflejan el Puesto de Control 1. CONTESTA no, éste es el acceso a la Base naval Puerto Belgrano. De acá sale el camino a Baterías. Esto está cambiado. El puesto de la foto de fs. 1002 era mucho más grande. No es el que yo recuerdo. Exhibidas las fotos de fs. 997 y 998 MANIFIESTA: acá está la Policía de Establecimientos Navales y de acá sale el camino a Baterías. No era así antes... "

z) Indica la cantidad de conscriptos, suboficiales y oficiales que se encontraban en la BNIM:

"...PREGUNTADO por S.S. qué cantidad de conscriptos es encontraban en la Base Baterías CONTESTA calculo que 80 en la Compañía de Seguridad y calculo que 100 en lo que seria algo que llamaban Dotación, eran los que trabajaban en distintos cargos. Oficiales podemos calcular entre 15 y 20. Suboficiales, unos 40, aproximadamente. PREGUNTADO por S.S. si rotaba o era permanente CONTESTA rotaba cada dos años... "

2.3.2. Luego de leerse los hechos imputados a fs. 20188/20190 y exhibirse la prueba de cargo DE LEÓN declara en la audiencia indagatoria realizada el 26/09/11 a fs. 21804/21810 marcando -sin duda alguna- en los croquis de fs. 21808; 21809 y 21810 el centro clandestino de detención "VI Batería" su obstáculo "caballo de friza" y la oficina de Contrainteligencia de la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) como dependiente de la Fuerza de Tareas 9 (FT9) del Comando de Infantería de Marina (COIM) dependiente del Comando de Operaciones Navales (CON):

"...en primer lugar, desconozco los hechos de referencia, como así también las circunstancias de su realización y las personas involucradas. Reitero lo declarado en noviembre del año 2009 respecto a las responsabilidades y actividades relacionadas con el cargo que desempeñe en la Base Baterías. Lo cual, posteriormente voy a reforzar con las declaraciones de los Almirantes Fracassi y Büsser. En cuanto a los casos Rivada y Loperena, en especial, más allá de la información que sobre ello me ha suministrado mi abogado defensor, sumado a lo que aquí se me ha impuesto, y a lo que junto con mi abogado defensor hemos podido averiguar en internet, no encuentro vinculación alguna de estos casos, tan siquiera con la Armada, y mucho menos conmigo. Declaración del Almte. Fracassi del 10/08/2011: "me quiero referir específicamente a lo ordenado en el Anexo B del PLACINTARA "concepto de las operaciones". En el punto 3 Acciones Previstas (foja foliada y sellada con el número 50), en el punto 3.1. Área de Personal, en el ítem 3.1.2. administración y control del personal detenido, no le fue asignada esta tarea, a la Fuerza de Tareas 9. En el punto 3.2. Área de Inteligencia, también foja 50, se habla en el punto 3.2.3. Inteligencia sobre el oponente interno, y después las tareas 3.2.5. a 3.2.10., son todas operaciones de contrainfiltración, contrainformación, contraespionaje, contrasubversión, etc. Son las tareas que debió cumplir la Fuerza de Tareas 9. Cabe aclarar que la Inteligencia sobre el oponente interno es una Inteligencia que se pone en ejecución cuando la fuerza de tarea 9 es empeñada efectivamente contra un enemigo real contra el que se combate." Y agrego: esta demostrado en la causa, que la Fuerza de Tareas 9 nunca fue empeñada. Continúa la lectura de la misma declaración: "Anexo D de página 79/85: me voy al punto 2., página 80, Jurisdicción de las fuerzas militares, punto 2.9. Fuerza de Tareas 9 en pagina 82, punto 2.9.1. "Establecimientos y dependencias del Comando de la Infantería de Marina, excepto las que entran dentro de la jurisdicción de otras Fuerzas de Tareas". En este caso esta el centro de detención Baterías que dependía de la Central de Inteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano que como figura en la declaración del Almirante Girling en esta causa, su selección, instalación y control dependía de dicha central. En el Apéndice I al Anexo F, foja 94, cuyo título es Administración y control del personal detenido. En el ítem 2.5. Investigación militar, foja 97, un ítem 2.5.1. foja 98, textual: El interrogatorio del detenido por personal de Inteligencia". Quiero aclarar que la Sección de Inteligencia de la Fuerza de Tareas 9 no tenía ningún personal especializado en Inteligencia. Su Sección Inteligencia estaba compuesta de un suboficial y dos cabos. Quiero destacar como hecho, que todas las operaciones realizadas en la zona de Punta Alta Bahía Blanca, entra dentro de calificación del control de la población y no de operaciones contra fuerzas de combate importantes del enemigo." Paso ahora al la declaración del Almte. Büsser del 27/11/2009: "Lo que se expresa en la imputación dice que "tenía como agencia de colección a la Central de Inteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano y a las divisiones de Inteligencia o Contrainteligencia de otras unidades que se subordinan, como la División Contrainteligencia Base Aeronaval Comandante Espora (BACE), La División Contrainteligencia Base de Infantería de Marina Baterías (BIMB) y la División de Inteligencia Prefectura Argentina de Zona Atlántico Norte (ZAN)". Esa afirmación es incorrecta. La FAPA no tenía como unidades subordinadas a ninguna de las unidades mencionadas. Y el hecho de una eventual provisión de información de una de esas unidades a la FAPA no implicaba una subordinación de aquellas a éstas." Hago esta referencia porque entre las cosas que a mí se me imputan, las causales de mis procesamientos, son los conocimientos que yo debería tener sobre el funcionamiento del CCD Baterías, que como dice el Almte. Fracassi, no dependía de Baterías sino de la Base Naval Puerto Belgrano. También declaré en noviembre de 2009 que el acceso desde Baterías al CCD estaba bloqueado por un obstáculo que impedía el tránsito. Otra de las acusaciones que pesan sobre mí, es que mi cargo era una agencia de colección de información de la Fuerza de Tareas 2, y en su declaración el Almte. Büsser, que era Comandante de esa Fuerza de Tareas, lo niega. Quiero hacer un comentario sobre mi estado de salud: durante todo el año 2010 y lo que va del 2011, he estado sometido a un riguroso tratamiento cardiológico con controles rutinarios estrictos. Este tratamiento incluye el estado de anticoagulación para prevenir los efectos graves de las reiteradas fibrilaciones, el que por otro lado, presenta el peligro de hemorragias internas de difícil solución si no estuviera controlado y muy próximo a un centro de salud de alta complejidad. El resultado de esta tratamiento, al que se agregan los medicamentos para mantener baja la presión y el ritmo cardíaco, han permitido evitar los accidentes que terminaban con las reiteradas internaciones. Del mismo modo, continúo con los medicamentos y controles por el parkinson, gastritis, esófago de Barrett y depresión. Dejo constancia que por consejo de mi abogado defensor no voy a contestar preguntas. PREGUNTADO por S.S. para que diga si podría describir cuáles eran los obstáculos que impedían el acceso al CCD de Baterías y si podría dibujarlo en un croquis CONTESTA sí. En consecuencia, se EXHIBE al compareciente impresiones del programa Google Earth indicadas con las letras A, B y C y MANIFIESTA el declarante ante la imagen A: los obstáculos eran dos equis unidas por un riel de unos tres metros, y reforzadas con alambre de púas que cortaban el camino, que se llaman "Caballo de Frisa". Señala el sitio de la Sexta Batería y localiza el lugar del camino donde estaba ese obstáculo. Ante la imagen B señala la Sexta Batería, el obstáculo mencionado y localiza la Oficina de Contrainteligencia de la Base Batería que dependía del Jefe de Base Baterías, quien dependía de la Fuerza de Tareas 9. Ante la imagen C ratifica la ubicación allí indicada de las Baterías..."

2.4. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a sus funciones, la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregado a fs. 16796/16835-de la siguiente manera:

"...Se rechaza el agravio con respecto a Enrique DE LEÓN, quien en la época de los hechos tenía el grado de Teniente de Navío equivalente a Oficial Subalterno, y por tal circunstancia no puede inferirse el conocimiento de las circunstancias del acto que se le atribuye (el "formar parte", mutatis mutandis, DAlessio Andrés J.; "Los delitos de lesa humanidad", Abeledo Perrot, Bs. As. 2008, pp. 22(23); es decir que haya asumido conscientemente el riesgo de tomar parte de la implementación del contexto delictivo y como plan general (por el bajo grado en el escalafón de oficiales, debiendo suponerse por ello que no participaban en la confección del mismo) y que esos elementos resultan probados por sus funciones cuando el acto fue cometido, lo que no impide que pueda examinarse su actuación en el marco de los injustos colectivos..." (v. III.- a, fs. 16803vta.)
"...Esta Cámara ya se expidió (causas n° 65.989 y 66.387) respecto de la distinción de funciones entre inteligencia y contrainteligencia, señalando que en ambos casos se produce y colecta información, y ambas actividades dan lugar al señalamiento de blancos, al punto tal que el Apéndice 1 del Anexo "A" -Inteligencia- al señalar las agencias colectoras que convergían en la CEIP, incluye a las divisiones de Contrainteligencia. La Armada se encargó de delimitar con exactitud su alcance en el Diccionario de Terminología Militar de la Armada (Publicación R.G. - 1 - 204, 1ra. edición, 1971, p. 63) donde se define CONTRAINTELIGENCIA como Actividad de ejecución abierta o subrepticia, destinada a: a) Negar información pública o restringir su difusión. b) Proteger documentos, materiales, instalaciones, actividades, comunicaciones y personas, de las actividades enemigas de espionaje, sabotaje y subversión. c) Detectar, localizar, identificar y eventualmente neutralizar las personas, redes y organizaciones internas o externas que, a través de la ejecución de actividades especiales de inteligencia (espionaje, sabotaje, actividades psicológicas secretas y operaciones especiales) afecten la defensa nacional.
Como se dijo en c. n° 65.989, los distintos secuestros y detenciones ilegales sucedidos en el país en la época que se investiga, fueron producto de la información proporcionada por Inteligencia respecto de cada persona a detener (además de asignarle algún tipo de implicancia con las organizaciones subversivas), la que era obtenida en la mayoría de los casos a través del interrogatorio de los detenidos realizados por inteligencia militar, que en su mayoría utilizaban como método la tortura (la llamada investigación militar según el PLACINTARA 75, Apéndice 1 al Anexo F, ptos. 1.3, 2.1.4, 2.3.1, 2.4.1, 2.4.4, 2.5, 2.5.1 y ss.); por ello es que se tiene por acreditado que las actividades propias del área de inteligencia son las responsables de la "adquisición del blanco" que sería objeto de cada operativo.
De allí que no se sostiene lo alegado por la defensa sobre que la División Contrainteligencia del Departamento de Operaciones de la Base Naval de Infantería de Marina no estaba empeñada en la lucha antisubversiva y que la BIMB no pertenecía a la FT2 sino a la FT9, pues la referida división era una de las agencias colectoras subordinadas a la Central de Inteligencia de Puerto Belgrano (CEIP), órgano de inteligencia de las FUERTAR 1, 2, 9 y 10 (PLACINTARA 75, Anexo A, punto 3.2, Apéndice 1) para la zona de interés "Punta Alta-Bahía Blanca". En el marco de la "lucha contra la subversión", la FUERTAR 9 debía ejecutar las mismas acciones referidas supra respecto de la FUERTAR 2. Por ello, no se hace lugar al agravio..." (v. pto. V.- g, fs. 16822vta./168223vta)

2.5. RESPONSABILIDAD: DE LEÓN fue principalmente un oficial de inteligencia. Cursó la especialidad en el SIIN (1974) desempeñándose en contrainteligencia durante más de 3 años (1976/1978) en la BNIM para pasar -inmediatamente- a una Jefatura de División en el Servicio de Inteligencia Naval durante un año (1978/1979) para terminar su carrera profesional (2000/2001) en el mismo lugar. De lo anterior surge que en plena lucha antisubversiva (1976/1979) DE LEÓN estuvo ocupado en tareas del servicio de inteligencia naval.

Durante la indagatoria admitió la dependencia de la BNIM a la Fuerza de Tareas N° 9 a cargo del Comandante de Infantería de Marina CL FRACASSI negando enfáticamente haber recibido alguna orden de la Fuerza de Tareas N° 2 durante su desempeño como Jefe de la División Contrainteligencia del Departamento Operaciones de la BNIM (1976/1978)

Al ser preguntado por el Sr. Fiscal por las fuentes de información que nutría la división a su cargo contestó que la misma provenía del "...Comando de la Fuerza de Tareas 9, Servicio de Inteligencia Naval, Comando de Operaciones Navales. De manera directa, o indirecta..." sobre -entre otras novedades- "...alguna acción o alguna posible acción subversiva en la jurisdicción. No nos olvidemos que dos años antes se había producido un ataque a la Guarnición Militar Azul... "

Recuerda -además- haber asesorado al Jefe de la BNIM "...acerca de la conveniencia de incrementar puestos de guardia... " sin otra precisión dado el tiempo transcurrido, para más adelante al ser preguntado por la Fiscalía "...acerca de las actividades específicas que desde su división recomendaba

en relación a la seguridad de esas zonas comunes... " contestar que "....las medidas de seguridad eran los puestos de guardia fijos, y las patrullas periódicas que realizaba la Compañía de Seguridad..." señalando que la "...manera en que se contemplaba y organizaba la labor de esos puestos de guardia y patrullas... eso era responsabilidad del Departamento de Operaciones... " del cual su División dependía como lo reconoce:

"...En este estado S.S. exhibe el reglamento orgánico de la Base de Infantería de Marina Baterías, particularmente, para que observe el organigrama del Departamento de Operaciones, a fin de que refiera si la División de Contrainteligencia a su cargo en el año 76, se encontraba en dicho esquema contesta es correcto pero hay un error, hay una duplicación de la Central de Defensa Aérea. Es intrascendente porque depende de la misma autoridad en ese organigrama... "

En franca contradicción con lo antes dicho, recalca que la División de Contrainteligencia no era la destinataria de las comunicaciones de inteligencia "...de actividades subversivas... " "....sino quien lo era, era la Jefatura de la Base Naval Baterías... "

Al tener a la vista las páginas 142 a 149 de la obra "Armada Argentina - Infantería de Marina Tres Siglos de Historia y Cien Años de Orgánica" editada por la Armada en el año 1979 en los talleres gráficos de APUS SA -ubicados en Gral. Hornos 289 de Buenos Aires-, señala que la descripción de las instalaciones y unidades que allí se indican, corresponden a la época en que ejerció la mencionada jefatura pero aclarando seguidamente que:

"...Lo único que puedo decir que no es tal, es cuando hablan de la playa de la Quinta y la Sexta Batería, porque desde la Base Baterías no se tenia acceso más allá de la Quinta Batería, que coincide con el Cuartel del Batallón de Apoyo Logístico. Ahí terminaba la jurisdicción de la Base en mi gestión... "

La exclusión de la V y VI Batería que ensaya -también intentada por FRACASSI en la audiencia del 20/03/09 de fs. 5764/5781- no puede contradecir el texto oficial de la Armada redactado en el mismo período en que se desempeñó en la BNIM

¿Que dice el libro?

Presidida por las fotografías del Almirante Armando LAMBRUSCHINI -Comandante en Jefe de la Armada-; del Vicealmirante de IM Eduardo Rene FRACASSI -Secretario General Naval-; Contralmirante de IM Jorge Demetrio CASAS -Jefe de Inteligencia del EMGA-; Contralmirante de IM Oscar Francisco ABRIATA -Jefe de Infantería de Marina- y del Contralmirante de IM Alfredo José María FERNÁNDEZ -Comandante de la Infantería de Marina- (págs. 3 a 7) el libro la "Armada Argentina - Infantería de Marina -Tres Siglos de Historia y Cien años de vida orgánica - 1879 - 19 de noviembre 1979" cuando describe a la BNIM en las págs. 142/179 textualmente señala:

"... El sistema defensivo consistió en la construcción de cinco baterías con cuatro cañones cada una y numeradas:... VI... En la actualidad la BASE NAVAL DE INFANTERÍA DE MARINA BATERÍAS se extiende a lo largo de los emplazamientos de aquellas antiguas baterías de defensa de costas y en su interior, independientemente de las instalaciones propias de la Base... Las playas de la V y VI Baterías donde en época de verano se reúne el personal de toda la zona... atraído por la comodidad de sus instalaciones y su buena pesca... "

De lo anterior se sigue -de manera harto evidente- que la VI Batería en la década del 70 -recorrida y filmada durante la inspección ocular del año 2007- pertenecía -como en la actualidad- a la jurisdicción de la Base Naval de Infantería de Marina.

¿Porqué se la sacan de encima todos los imputados de esta causa?

Simple: Allí funcionaba el centro clandestino de detención señalado por el Comandante de Infantería de Marina de la época -CL FRACASSI-

¿Que cargo tenía DE LEÓN en la época en que las víctimas que se le imputan estaban en el CCD de la VI Batería?

Ni más ni menos era el Jefe de la División de Contrainteligencia del Departamento de Operaciones de la Base Naval de Infantería de Marina, cuyas unidades el Comandante de Operaciones Navales -VL MENDÍA-empeñaba frecuentemente en la lucha antisubversiva asignándolas -bajo la supervisión del CL FRACASSI- a otras Fuerzas de Tareas en operaciones.

Por ello, y su calidad de Jefe División Contrainteligencia del Departamento Operaciones de la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) Baterías desde el 09/02/76 al 18/07/78 -unidad integrante de la FUERTAR 9-, responderá como autor mediato en todos los hechos por los que fue intimado a fs. 17439/17441 -Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA AIDA- en razón de las tareas desarrolladas por la Div. Icia. subordinada a su autoridad, que contribuía a la CEIP (órgano de inteligencia de las FUERTAR 1, 2, 9 y 10), donde convergía toda la información producida por las agencias de colección de información, y desde donde se proveía la inteligencia necesaria en todos los casos para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos -particularmente los efectuados a Cora María PIOLI amiga y compañera de estudios de LOPERENA-, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


3. Capitán de Corbeta (RE) Hernán Álvaro HERMELO

3.1. REQUERIMIENTO FISCAL: En los requerimientos de fs. sub 10/21 y 38/39 del incidente N° 04/07/inc.150 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/ Solicita en causa N° 04/07 (MONTI, Miguel Ángel y otros)" sostiene:

a) Desempeño: A los fines de la lucha contra la subversión la Brigada de Infantería de Marina (BRIM1) se constituyó en Grupo de Tareas de la F. T. N° 9 y a lo largo del año 1976 tuvo como comandante a Jorge Demetrio CASAS (f), quién fue sucedido en el año 1977 por Alfredo José FERNÁNDEZ.

La Jefatura del Estado Mayor de la BRIM1 estuvo a cargo de Ramón Francisco GONZÁLEZ (f) en 1976 y de Ernesto José MENGHETI en 1977 y subordinado a este último se desempeñó como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia HERMELO:

"...Con el grado de capitán de corbeta se desempeñó como jefe de Inteligencia y Contrainteligencia, jefe cargo Secreto y jefe cargo Material Criptográfico en la Brigada de Infantería de Marina (bRiM1), desde el 21 de enero 1977 hasta el 21 de febrero de 1978.
Al ser calificado por sus superiores, el jefe del Estado Mayor, Ernesto MENGHETTI, consignó: "... Evidencia capacidad para dirigir sus facultades hacia objetivos prácticos de su mayor interés (operacionales o de inteligencia de combate) por lo que aprecio que las tareas que le son apropiadas son las de carácter operativo"; por su parte el Comandante de la BRIM1 Alfredo J. M. FERNÁNDEZ refirió que "...en el planeamiento y ejecución de tareas rutinarias, a veces insume mayor tiempo que el normal. No ha ocurrido ello, cuando se trata de operaciones reales, donde ha planificado con tiempo y con detalle...". (v. pág. 113/115 del Legajo de Conceptos).
Resulta acreditado en estas actuaciones que la BRIM, en tanto unidad militar integrante de la Fuerza de Tareas nro. 1, estuvo afectada a la denominada lucha contra la subversión; por lo tanto Hernán Álvaro HERMELO deberá ser imputado en calidad de autor mediato, a partir de la ubicación jerárquico funcional, la especialidad de los cargos desempeñados, y el nivel de las calificaciones en relación a su desempeño en cuestiones operacionales o de inteligencia de combate.
Cabe consignar que el legajo de servicios original del nombrado fue recibido a pág. 2974/82 de estas actuaciones, y la copia certificada del legajo de conceptos fue recibida a pág. 22.065/73, encontrándose reservados en secretaría..." (pto. 4 y 5.1. de fs. sub 10/21 inc. 04/07/inc. 150)

b) Atribución de responsabilidad: La Fiscalía le imputa:

"...haber formado parte del plan criminal, clandestino e ilegal implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina en el periodo que fue descrito; y en particular:
- La coautoría mediata consumada, en cada caso, con la actividad de inteligencia y operativa desplegada desde sus funciones en el Brigada de Infantería de Marina N° 1 (Grupo de Tareas de la Fuerza de Tareas N° 1).
-Haber producido en el mismo carácter de coautor mediato el secuestro y aplicaciones de tormentos de Diana Silvia DIEZ
-Haber producido en el mismo carácter de coautor mediato los secuestros, aplicaciones de tormentos, muerte y eliminación del cuerpo de: Cora María PIOLI, María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA y Leonel Eduardo SAUBIETTE..." (pto. 6 a fs. sub 10/21 inc. 04/07/inc. 150)".

3.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por la Armada Argentina, que Hernán Álvaro HERMELO nació el 24 de abril de 1937 ingresando como cadete del Cuerpo de Infantería de Marina el día 20/01/1956 -promoción n°88/23, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación de "Muy bueno; 35,33 puntos" (fs. 5 LS).

3.2.1. Ascensos: Ascendió el 15/12/1961 al grado de Guardiamarina; el 31/11/1963 al grado de Teniente de Corbeta; el 31/12/1967 al grado de Teniente de Fragata; el 31/12/1970 al grado de Teniente de Navío; y por último el 31/12/1976 al grado de Capitán de Corbeta (fs. 9 LS)

3.2.2. Traslados y Designaciones: De los registros consta que:

a) Con grado de TNCBIMCD (LC) se desempeñó en los cargos de J. Gpo. S-2/S-3 (08 meses); Of. Enl. OCESIM (08 meses); J. Cgo.Nav. e Hid. (08 meses); J. Cgo. Contraint. (08 meses) desde el 06/12/1974 al 01/08/1975. Bajo la Sigla alfabética: BSBR- Zona: 8 - Dependencia: 150 -Destino: 146 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"... Período de Calificaciones De 06/12/74 a 01/08/75 Cargos: J. Gpo. S-2/S-3 (08 meses); Of. Enl. OCESIM (08 meses); J. Cgo.Nav. e Hid. (08 meses); J. Cgo. Contraint. (08 meses) EVALUACIÓN TOTAL: "...Pese a todos los aspectos negativos indicados, reitero la dedicación puesta de manifiesto por este Oficial en las tareas de Contrainteligencia, en las cuales si se ha manifestado con iniciativa, obteniendo resultados positivos..." SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Rómulo A. ILLA - CCCBIM- N°de matrícula: 002774- Roberto PIREÑACK, Capitán de Fragata de I. M. Comandante- N° de matrícula: 00 5938 Lugar y Fecha: Baterías, 1 de agosto de 1975"

b) Con grado de TNCBIMCD (fs. 14 LC) se desempeñó el cargo de Jefe Grupo S-2/S-3 (12) - Of. Enl. OCESIM (12) - Jefe Cargo Contrainteligencia (12) desde el 01/08/75 al 28/11/75. Bajo la Sigla alfabética: BSBR- Zona: 8 - Dependencia: 150 - Destino: 146 - Grado - Cuerpo -Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

" ... Período de Calificaciones De 01/08/75 aL 28/11/75 Cargos: Jefe Grupo S-2/S-3 (12) - Of. Enl. OCESIM (12) - Jefe Cargo Contrainteligencia (12) a) SÍNTESIS: EVALUACIÓN TOTAL: "...Tiene predilección por las tareas de Contrainteligencia y en ese aspecto ha obtenido resultados satisfactorios. . .". Tomando conocimiento: Lugar y Fecha: Baterías, 28 de noviembre de 1975 Hay una firma de Rómulo A. ILLA - CCCBIM- N° de matrícula: 002774- Roberto PIREÑACK, Capitán de Fragata de I.M. Comandante- N°de matrícula: 005938

c) Con grado de TNCBIMCD (fs. 16 LC) se desempeñó el cargo de 2° Comandante - Jefe de Cargos Contrainteligencia y Tracción Terrestre - Jefe de Operaciones - Oficial de Enlace de la OCESIM desde el 21/02/76 al 01/08/76. Bajo la Sigla alfabética: BIM4- Zona: 9 - Dependencia: 504 -Destino: 140 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

" ... Período de Calificaciones del 21/02/76 al 01/08/76. Cargos: 2° Comandante - Jefe de Cargos Contrainteligencia y Tracción Terrestre - Jefe de Operaciones - Oficial de Enlace de la OCESIM... EVALUACIÓN TOTAL: "Ha realizado esfuerzo considerable para mejorar la observación de la Junta de calificaciones de 1975. Su dedicación al trabajo y no escatimar esfuerzo alguno para cumplir con sus obligaciones, le han permitido mejorar su rendimiento, no obstante el mismo no puede aún ser calificado mejor debido a que muestra falencias en la organización..."... Tomando conocimiento: Lugar y Fecha: Trelew, 01 de AUG/76 Hay una firma de Carlos A. Limardo Capitán de Corbeta de I.M. Comandante - N°de matrícula 002596

d) Con grado de TNCBIMCD (fs. 17 LC) se desempeñó el cargo de 2° Comandante de Batallón - Jefe Cargo Tracción Terrestre desde el 01/08/76 al 26/11/76. Bajo la Sigla alfabética: BIM4 - Dependencia: 504 - Destino: 140 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"... Período de Calificaciones De 01/08/76 aL 26/11/76 Cargos: Comandante de Batallón - Jefe Cargo Tracción Terrestre SÍNTESIS: EVALUACIÓN TOTAL: "...Es un oficial que se destaca por el entusiasmo y laboriosidad puestas de manifiesto para el desarrollo de sus tareas, pero esto se ve un poco empañado por el hecho de no asignar correctamente las prioridades y derivar a veces su atención en detalles que le hacen perder la visión del conjunto. La gran cantidad de cargos y funciones, que por falta de oficiales, ha debido acumular, hicieron mas notorio éste problema. Considero que tienen condiciones para merecer mejor concepto, si organiza mejor su trabajo y no desvía la atención de las tareas mas importantes o urgentes. No obstante ha mejorado su actuación luego del último concepto que se le formuló"... Lugar y Fecha: Trelew, 1 de dic. 76 Tomando conocimiento: Hay una firma de Carlos A. Limardo - Capitán de Corbeta de I.M. Comandante -n°de matrícula: 002596

e) Con grado de CCCBIMCD (fs. 4 LC) se desempeñó el cargo de Jefe Inteligencia y Contrainteligencia (6 meses) desde el 21/01/77 al 01/08/77. Bajo la Sigla alfabética: BRN1- Zona: 76 - Dependencia: 254 - Destino: 150 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"... Período de Calificaciones del 21/01/77 al 01/08/77. Cargos: Jefe Inteligencia y Contrainteligencia (6 meses). Tareas subsidiarias internas asignadas: Jefe Cargo SECRETO; Jefe Cargo Material Criptográfico; Jefe Cargo Prensa y Difusión... EVALUACIÓN TOTAL: "Como componente del Estado Mayor, presenta alguna dificultad para la captación de los aspectos importantes de una situación, lo que sumado a una natural lentitud en la resolución de ciertos problemas conforman un accionar a veces poco rápido y eficaz, lo que atenta en definitiva contra el resultado de su gestión. Evidencia capacidad para dirigir sus facultades hacia objetivos prácticos de su mayor interés (operacionales o de inteligencia de combate) por lo que aprecio que las tareas que le son apropiadas son las de carácter operativo. Desarrolla mejor sus cualidades en los trabajos en equipo, en los que su atención inteligente, se muestra mas dirigida hacia el logro de los objetivos fijados. HA sido observado verbalmente en los aspectos desfavorables de su accionar, por o que se observará su capacidad de reacción. De acuerdo con lo expresado precedentemente. En el planeamiento y ejecución de tareas rutinarias a veces insume mayor tiempo que el normal. No ha incurrido ello, cuando se trató de operaciones reales, donde la planificación en tiempo y con detalle. Muy apto para el trabajo en equipo. Influye en su accionar su carácter reposado. Califica como normal su rendimiento en tareas administrativas y de Estado Mayor. El puesto desempeñado no permite medir íntegramente sus cualidades de conductor. No escatima las horas fuera del servicio para la solución de problemas del mismo. Lo califico como un oficial normal"... Tomando conocimiento: Lugar y Fecha: Baterías, de agosto de 1977 Hay una firma de Ernesto Menghetti, Capitán de Navío de I.M, Jefe E. Mayor N° de matrícula: 001869 y Alfredo J. M. Ferná ndez, Capitán de Navío de I.M., Comandante, n°de matrícula 001468

f) Con grado de CCBIMCD (fs. 7 LC) se desempeñó el cargo de Jefe Inteligencia y Contrainteligencia (10 meses) y Jefe Cargo "Secreto" (4 meses) de desde el 02/08/77 al 24/11/77. Bajo la Sigla alfabética: BRN1- Zona: 76 -Dependencia: 254 - Destino: 150 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"... Período de Calificaciones del 02/08/77 al 24/11/77. Cargos: Jefe Inteligencia y Contrainteligencia (10 meses) y Jefe Cargo "Secreto" (4 meses). Asimismo, realizó tareas internas de Corresponsal "Gaceta Marinera", Corresponsal "Revista Desembarco" y Participante Equipo Tiro representativo Armada.. EVALUACIÓN TOTAL: "Oficial de limitada rapidez y facilidad para dar solución a los problemas cuando estos se presentan simultáneamente o cuando la evolución de los mismos exige adaptarse a situaciones cambiantes. EN ocasiones, poco regular en su esfuerzo intelectual que se traduce en demoras para la ejecución de las tareas asignadas o en una concreción poco exitosa de las mismas. Ha sido observado con anterioridad y su reacción evidenciada es estable, con tendencia a mejorar, lo que deberá demostrar en puestos de mayor responsabilidad, en otras unidades, en función de su actual jerarquía. Tiene cualidades positivas de expresión intelectual, gestual y adecuado interés para la faz ejecutiva de las operaciones militares en la rama práctica de las mismas. Comparto el concepto precedente aunque creo que ha evidenciado una reacción positiva, mejorando lentamente los aspectos negativos señalados en la foja de mitad de año. Creo que la falta de rapidez se debe a su temperamento calmo. Tiene marcada preferencia para la ejecución de tareas operativas"... Lugar y Fecha: Baterías, 24 de noviembre de 1977. Tomado conocimiento: Ernesto MENGHETTI, Capitán de Navío de IM, Jefe E. Mayor, N° de matrícula 001869 y Alfredo J. M. Fe rnández, Capitán de Navío de I.M., Comandante, n°de matrícula 001468

Asimismo, en la foja 112 consta la nota confidencial enviada por el Contraalmirante I.M. Director Raúl Ernesto BOUHIER al Señor Comandante de la Fuerza de Apoyo Anfibio, Capitán de Navío I.M.D. Carlos Alberto Büsser el 10 de febrero de 1977 en que informa que:

"Comunicara al Señor Capital de Corbeta I.M. D. Hernán A. HERMELO, que la Junta de Calificaciones año 1976, lo ha observado por: "Debe ratificar la mejoría evidencia en competencia administrativa, rendimiento en tareas de Estado Mayor y cualidades de conductor. Exhortará al citado Jefe a superar los déficit mencionados; e informará detalladamente al respecto al formularle la próxima foja de conceptos, a la cual agregará este oficio. Para que conste su notificación, el causante deberá firmar al pie de la presente, especificando fecha en que lo hace""

3.2.3. Retiro: Por BN "R" n° 18/82 de 01/09/1982 se le otorgó el retiro voluntario computando treinta y dos años (32), ocho meses (8) y veinticinco días (25) días de servicio para el S.A.S. según el Decreto 9807/72. (fs. 616. LS).

3.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Luego de leerse los hechos imputados y exhibirse la prueba de cargo en la audiencia indagatoria realizada el 22/08/12 a fs. 25447/25451: (02/08/12) indagatoria de HERMELO 25/09/12 a fs. 25960/25960vta. manifiesta: "...no voy a declarar..."

3.4. RESPONSABILIDAD:

3.4.1. En cuanto a la figura de asociación ilícita, cabe señalar que la CFABB ha admitido su procedencia en causas análogas a la presente por apelaciones interpuestas en la c. n° 05/07 (cf. c. n° 65.132, " MASSON..." del 14/8/2008; c. n° 65.213 y 65.739, " MANSUETO SWENDSEN..." del 17/02/2009 y 11/9/2009, respectivamente).

Como se apuntara en esos precedentes, el ilícito consiste en tomar parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el sólo hecho de ser miembro de la asociación (art. 210, 1er párrafo C.P. texto s/ ley 20.642).

La figura básica del art. 210 del CP no exige calidad ni condición especial alguna para ser sujeto activo del delito y la CSJN en el ya citado fallo "Arancibia Clavel" admitió la posibilidad del funcionamiento de una asociación ilícita en el seno de fuerzas de seguridad, para los casos de persecución de opositores políticos, supuesto que es el de autos.

Cabe remitirse a lo dicho por la CFABB Bahía Blanca el 07/12/10 en el Expte. 65989 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. auto de procesamiento y prisión prev.; y NÚÑEZ, Elso Antonio s/Apel. falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad' (ARMADA ARGENTINA)" -agregado a fs. 25324/25390- , respecto de las exigencias del tipo y a que una asociación ilícita puede cobijarse dentro de las filas de las fuerzas armadas o de seguridad, sin que ello implique tildar de "asociación ilícita" a tales instituciones, aunque debe recordarse también que con cita de Marcelo A. Sancinetti y Marcelo Ferrante, se estableció que admitida esa posibilidad, la asociación ilícita podría alcanzar a la mayor parte de los miembros que conforman la institución legítima, pero sólo al menos en sus grados jerarquizados; y que "...cuantos más miembros de una organización estatal legítima estén comprometidos con la comisión de delitos con cierto carácter permanente y obedeciendo a reglas ajenas al Estado de derecho, más claramente configurará una asociación criminal la organización subinstitucional." (Sancinetti - Ferrante; El derecho penal en la protección de los derechos humanos, ed. Hammurabi, Buenos Aires, 1999, pág. 247 y sgtes.).

Ello permite determinar los rasgos generales exigidos para afirmar la existencia de una asociación ilícita, y sostener la configuración de la misma enquistada en órganos estatales de tipo institucional como las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales, en la época de los hechos.

Para llegar a una conclusión respecto de la existencia de una organización de ese tipo, resulta ineludible considerar los hechos comprobados históricamente desde que ésta y otras causas análogas tuvieron inicio, tanto respecto de la metodología empleada como de su alcance y permanencia.

A tal fin resulta válido recurrir al fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al revisar la sentencia de la Cámara Federal capitalina en la causa 13/84 donde se estableció que la metodología empleada en la alegada lucha contra la subversión consistió básicamente en:

"...a)- capturar a los sospechosos en tener vínculos con la subversión, de acuerdo con los informes de inteligencia; b)- conducirlos a lugares situados en unidades militares o bajo su dependencia; c)- interrogarlos bajo tormentos, para obtener los mayores datos posibles acerca de otras personas involucradas; d)- someterlos a condiciones de vida inhumanas para quebrar su resistencia moral; e)- realizar todas esas acciones en la más absoluta clandestinidad, para lo cual los secuestradores ocultaban su identidad, obraban preferentemente de noche, mantenían incomunicadas a las víctimas negando a cualquier autoridad, familiar o allegado el secuestro y el lugar del alojamiento; y f)- dar amplia libertad a los cuadros inferiores para determinar la suerte del aprehendido, que podía ser luego liberado, puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, sometido a proceso militar o civil, o eliminado físicamente. Esos hechos debían ser realizados en el marco de las disposiciones legales existentes sobre la lucha contra la subversión, pero dejando sin cumplir las reglas que se opusieron a lo expuesto. Asimismo, se garantizaba la impunidad de los ejecutores mediante la no interferencia en sus procedimientos, el ocultamiento de la realidad ante los pedidos de informes, y la utilización del poder estatal para persuadir a la opinión pública local y extranjera de que las denuncias realizadas eran falsas y respondían a una campaña orquestada tendiente a desprestigiar al gobierno. Para permitir su cumplimiento, los comandantes dispusieron que los ejecutores directos fueran provistos de los medios necesarios: ropa, vehículos, combustible, armas, municiones, lugares de alojamiento de los cautivos, víveres y todo otro elemento que se requiriera. Finalmente, se dio por probado que las órdenes impartidas dieron lugar a la comisión de un gran número de delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y homicidios, fuera de otros cometidos por los subordinados, que pueden considerarse -como los robos producidos- consecuencia del sistema adoptado desde el momento en que los objetos se depositaban en los centros militares que utilizaban como base de operaciones los grupos encargados de capturar a los sospechosos" (conf. Fallos de la CSJN, T. 309-2, consid. 12°del voto d el Dr. Caballero, p. 1694/5; consid. 10° del voto del Dr. Belluscio, p. 1730/1; y consid. 8° del voto del Dr. Fayt, p. 1773/4).

En efecto, de lo decidido en ese fallo, y de los elementos de cargo obrantes en esta causa (desde sus inicios a mediados de la década del '80 hasta hoy) y en otros procesos judiciales similares a este a lo largo y ancho del país, no puede sino concluirse en la existencia de una organización dentro de las Fuerzas Armadas que llevó a cabo un plan de dominio del poder en todo el país, valiéndose para ello de directivas y reglamentos militares, a partir de los que se dividió la República Argentina en zonas.

La Directiva del Consejo de Defensa N° 1"S"/75 (Lucha Contra la Subversión) estableció que el Ejército Argentino tendría la responsabilidad primaria en la dirección de las operaciones contra la subversión en todo el ámbito nacional, y en la conducción del esfuerzo de inteligencia de la comunidad informativa contra la subversión, a fin de lograr una acción coordinada e integrada de todos los medios a disposición (pto. 7- a . 1 y 2).

El Ejército dictó, como contribuyente a esa norma la Directiva del Comandante General del Ejército n° 404/75, del 28 de octubre de ese año, que fijó las zonas prioritarias de lucha, dividió la maniobra estratégica en fases y mantuvo la organización territorial conformada por cuatro zonas de defensa, Nros. 1, 2, 3 y 5, que a su vez se dividían en subzonas y áreas. La Zona de Defensa 5 correspondía a la jurisdicción del V Cuerpo de Ejército, cuyo Comando tenía asiento en esta ciudad, la que integraba a su vez la Subzona 51.

En lo que aquí respecta, a la Armada Argentina le correspondió una única zona de injerencia exclusiva en todo el país, coincidente con su jurisdicción natural, es decir, el mar adyacente al territorio nacional hasta las 200 millas, las aguas navegables, los puertos de jurisdicción nacional, buques de matrícula nacional y los extranjeros en aguas nacionales, las bases, establecimientos, cuarteles y edificios pertenecientes a la Armada u ocupados por ella y la zona territorial que los circunda y sean necesarios para su defensa, cuya extensión sería delimitada previo acuerdo en cada caso con el Comando de la jurisdicción vecina (cf. Plan de Capacidades (PLACINTARA) C.O.N. N° 1"S"/75, Contribuyente a la Directiva Antisubversiva COAR N° 1"S"/75; Anexo D, pto. 1.2).

Esta zona de jurisdicción exclusiva fue dividida en "Áreas de Interés", las que se subdividían en Áreas de Interés Principal y de Interés Secundario; entre las primeras se encontraba el área "Punta Alta-Bahía Blanca" (cf. Apéndice 1 del Anexo "A" INTELIGENCIA del PLACINTARA 75).

La Directiva (CD) 1"S"/75 citada supra, que puso bajo responsabilidad primaria del Ejército la lucha contra la subversión en todo el país, estableció que también la Armada debía operar ofensivamente contra la subversión en el ámbito de su jurisdicción y fuera de ella en apoyo de las otras FFAA, satisfaciendo con máxima prioridad los requerimientos operacionales que formule la Fuerza Ejército para la lucha contra la subversión, a la que deberá proporcionarle el apoyo de inteligencia que le sea requerido para posibilitar la conducción centralizada del esfuerzo de inteligencia en la lucha contra la subversión; asimismo ejercería sobre elementos policiales y penitenciarios nacionales y provinciales la relación de comando que resulte de los acuerdos a establecer con la Fuerza Ejército (pto. 7-b. 1, 2 y 4).

En el Área de Interés Punta Alta-Bahía Blanca tenía su asiento el Comando de Operaciones Navales (CON), máxima autoridad operativa de la Armada Argentina, y encargado del Plan de Capacidades CON 1"S"/75 (PLACINTARA 75) contribuyente a la Directiva Antisubversiva COAR N° 1/75 "S" (del Comando en Jefe de la Armada). A cargo del mismo se encontraba durante 1976 el Vicealmirante (VL) Luis M. Mendía y su Estado Mayor General se componía de cuatro Departamentos: Personal, Inteligencia, Logística y Operaciones; el Jefe del Estado Mayor a partir de abril de 1976 era el Contraalmirante (CL) Manuel Jacinto García Tallada. Asimismo, durante la mayor parte de ese año, estuvo a cargo de los Departamentos de Inteligencia y Operaciones el Capitán de Navío (CN) Guillermo Martín OBIGLIO (v. Leg. de Conceptos, fs. 226/229); y dentro del primero, se encontraba la División Contrainteligencia donde se desempeñaba el entonces Teniente de Navío (TN) Guillermo Félix BOTTO (v. Leg. de Conceptos, fs. 142/149)

Del CON dependían los tres comandos de la Armada: el Comando Naval (CONA) a cargo del CL Jorge Isaac Anaya; el Comando de Aviación Naval (COAN) a cargo del CL Ángel Lionel MARTIN (v. Leg. de Conceptos, fs. 12/13 vta.) y el Comando de Infantería de Marina (COIM) comandado en 1976 por el CL Eduardo René FRACASSI (v. Leg. de Conceptos, fs. 16/17 vta.); cada comando tenía, a su vez, varias unidades subordinadas.

Asimismo, el CON mantuvo en el PLACINTARA 75 la organización de once Fuerzas de Tarea (FUERTAR) en la jurisdicción exclusiva de la ARA, cuatro de ellas con asiento en el Área de Interés Punta Alta-Bahía Blanca: la FUERTAR N°1 "Flota de Mar" a cargo del Comandante N aval; la FUERTAR N°2, a cargo del Comandante de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA), CN Oscar Alfredo Castro, unidad dependiente del COIM; la FUERTAR N°9 "Reserva Terrestre" a cargo del Comandante de la Infantería de Marina; y la FUERTAR N°10 "Reserva Aeronaval" a cargo del Comand ante de la Aviación Naval.

Del capítulo "Organización" ubicado al inicio del PLACINTARA 75 surge cómo están integradas cada una de las Fuerzas de Tarea. Entre las unidades que integraban la FUERTAR N°1 se encuentra la Base Naval Puerto Belgrano (BNPB) (PLACINTARA 75, "Organización", pto. a), pág. 2 de 20) cuyo Jefe durante 1976 fue el CN Edmundo Oscar NÚÑEZ (v. Leg. de Conceptos, fs. 38/46 vta.); entre las que componían la FUERTAR N°2 se encontraban dependencias de la Prefectura Naval Argentina, entre ellas la Prefectura Zona Atlántico Norte (PZAN), que durante 1976 estuvo a cargo del Prefecto Mayor Félix Ovidio CORNELLI.

En la jurisdicción vecina al Área de Interés Punta Alta Bahía Blanca se hallaba el Comando de Zona 5 a cargo del Gral. Div. Osvaldo René Azpitarte (años 1976 y 1977), máxima autoridad del Comando del V Cuerpo de Ejército, fuerza con la que se establecieron distintos acuerdos de coordinación; a su vez integraba la misma -en lo que aquí importa- la Subzona 51 a cargo del 2do. Comandante del V Cuerpo, Gral. Br. Adel Edgardo Vilas (1976) y Gral. Br. Abel Teodoro Catuzzi (1977), ambos Jefes del Estado Mayor General compuesto por los Coroneles a cargo de los cuatro Departamentos en que se había organizado el Comando del Cuerpo, el Dpto. I - Personal (G-1): Cnel. Swaiter (1976) y Cnel. Fantoni (1977); Dpto. II - Inteligencia (G-2): Cnel. Álvarez (1976/1977); Dpto. III - Operaciones (G-3): Cnel. Bayón (1976) y Cnel. De Piano (1977); y Dpto. IV - Logística (G-4): Cnel. Cobo (1976/1977).

Tal como se puede apreciar, la cantidad de integrantes excedía en mucho el número de tres miembros que exige la norma, y no cabe duda de que éstos tenían conciencia de ello y se reconocían como tales. Respecto de esto último, cabe señalar que no resulta necesario que exista un trato o conocimiento personal y directo entre ellos, sino que lo que el tipo reclama es que los miembros sepan que la asociación que componen está integrada por tres o más individuos, incluso aunque desconozcan sus identidades, pues lo vital aquí es que hayan exteriorizado conductas que permitan a todos ellos reconocerse entre sí como pertenecientes a un conjunto que comparte objetivos comunes (resulta esclarecedor el relato de Hugo Giorno ante el Ministerio Público Fiscal respecto de las gestiones que su familia realizó en pos de su liberación donde se les respondía que en las reuniones periódicas entre Ejército y Armada, esta última se negaba a liberarlo; tanto ello como el carácter de miembro puede resultar de la propia realización de actividades en común, pues no hay exigencia de formalidad alguna en el "pacto o acuerdo" requerido, el que puede ser tácito o incluso espontáneo, siempre que de la conducta total del autor se derive que éste sujeta su voluntad a la del grupo (cf. Ziffer, Patricia S.; El Delito de Asociación Ilícita, ed. Ad Hoc, Bs. As. 2005, p. 72).

Del estudio global de las constancias agregadas a esta causa 04/07 se alcanza fácilmente el grado de convicción necesario para esta etapa acerca de que el otrora Capitán de Corbeta Hernán Álvaro HERMELO se desempeñó como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia, Jefe cargo Secreto y Jefe cargo Material Criptográfico en la Brigada de Infantería de Marina N°1 (BRIM1), desde el 21 de enero 1977 hasta el 21 de febrero de 1978 sabía positivamente de la existencia de terceras personas que tomaban parte del consorcio criminal organizado.

También está acreditado que las distintas partes componentes de la estructura actuaban de manera coordinada, como engranajes de un mismo mecanismo. Así, el Departamento de Inteligencia del CON tenía organizada la CEIP (Central Principal de Inteligencia de Puerto Belgrano) que se encargaba de reunir, interpretar, elaborar y distribuir la información y donde convergían las distintas Agencias de Colección del Área de Interés (PLACINTARA 75; Anexo A, pto.3.2 y 3.3, y Apéndice 1); las FUERTAR operativas concretaban los procedimientos de conformidad con los datos aportados por la CEIP (que además tenía enlaces que integraban la comunidad informativa del la Subzona 51, compuesta por representantes de inteligencia de Ejército, ARA, PNA, Gendarmería Nacional, Policía Federal, Policía de la Provincia de Bs. As., SIDE y los Servicios Penitenciarios nacionales y provinciales), con noticia y aprobación (ex ante o ex post) de las restantes autoridades Navales y de la jurisdicción vecina -Ejército-(generalmente en reuniones denominadas "cónclaves"). Ello da cuenta de la existencia de una estructura organizativa montada para la toma de decisiones, que eran aceptadas por todos los miembros, los que tenían tareas perfectamente definidas.

Las personas que eran detenidas como resultado de tales operativos eran alojadas en lugares de detención clandestinos (CCD) a fin de ser utilizadas como "fuentes de información", a través de interrogatorios bajo tortura y condiciones de cautiverio inhumanas y degradantes, a efectos de obtener información de otras personas a los fines de su seguimiento y detención, tareas encomendadas al personal técnico de inteligencia (cf. PLACINTARA 75, Apéndice 1 al Anexo F).

El modus operandi tantas veces referenciado en esta y otras causas análogas (1.- detención/secuestro; 2.- cautiverio en centros clandestinos de detención; 3.- interrogatorio y torturas; 4.- destino final, ya sea: a) muerte/desaparición física, o b) liberación o legalización -vulgarmente conocido como "blanqueo"-) da una idea clara de la indeterminación delictiva del acuerdo doloso en orden a la consecución de sus fines.

La etapa final de ese modus operandi (4-a) es una clara evidencia de que el requisito típico de la "permanencia" en la asociación delictiva se verifica con toda su amplitud, pues más allá del lapso temporal en el que se manifestó operativamente el plan criminal (1975-1983), sus efectos persisten hasta hoy; en efecto, aún resulta incierto el destino último de una enorme cantidad de las víctimas de los hechos investigados en estas causas, y la circunstancia de que habiendo pasado más de dos décadas desde el inicio de esta investigación con la causa n°11/86, los den ominados "Juicios por la Verdad" y el trámite actual de la causa 05/07 y de esta causa 04/07, aún persiste la ausencia de cualquier referencia concreta acerca de los desaparecidos, prolongándose en el tiempo los efectos de los delitos cometidos por la organización de conformidad con lo pautado originariamente desde las más altas esferas de la asociación criminal subinstitucional de que hablaban Sancinetti y Ferrante (ob. cit., p. 248).

Por lo anterior, se concluye en la existencia de elementos de criterio concordantes, y a esta altura suficientes, acerca de que el imputado -oficial superior de la Armada-, tomó parte de esta asociación criminal, realizando aportes efectivos a la misma exteriorizados en la función cumplida en su respectivo cargo en las actividades ilícitas que se reprochan, las que fueron realizadas en forma coordinada con el resto de los miembros, con un alto grado de organización y cohesión, todo lo cual importa la manifestación más concreta de su voluntad de asociarse con los demás involucrados y la aceptación del plan elaborado previamente.

3.4.2. En la foja 14 de su Legajo de Concepto de Hernán Álvaro HERMELO obra una Ficha de Censo de Personal Militar Superior en el que se destaca que "le agrada dictar clases a nivel de Oficiales y Personal Subalterno en la materia: Combate - Lucha contra la Subversión".

Para averiguar qué se enseñaba en el Centro de Instrucción y Adiestramiento contra la Subversión (C.I.A.C.S.) cuya Jefatura detentaba el Capitán de Fragata ARÁOZ de LAMADRID y también que doctrina aplicaba el nombrado como Jefe División Inteligencia Operativa del Comando de Operaciones Navales durante el trágico año 1976, la inspección ocular ampliatoria dispuesta de oficio el 09/03/12 a fs. 24071/24074 recorrió el 23/03/12 (v. fs. 24174/24175) el C.I.A.O -actual Escuela de Técnicas y Tácticas Navales-, particularmente el denominado Pañol de Publicaciones verificándose la inexistencia de documentos relacionados con la denominada lucha antisubversiva.

Pese a lo anterior, mediante resolución de fs. 24549/24550vta. del 20/04/12 se solicitó -en uso de las facultades del art. 194 CPPN- al Ministerio de Defensa de la Nación la remisión de todos aquellos documentos que obren en el Archivo General de la Armada que guarden relación con el "Curso en Guerra Antisubversiva", con el "Centro de Instrucción y Adiestramiento en Lucha Antisubversiva" o, más genéricamente, con la denominada lucha contra la subversión o lucha antiguerrillera.

En respuesta a dicho oficio -según la documentación de fs. 24764/24769-, el Jefe del Estado Mayor General de la Armada -Almirante VGM Carlos Alberto PAZ- mediante Nota 217/12 Letra SGNA/A1E del 04/05/12 informa al Min. Def. Dr. Arturo Antonio PURICELLI:

"...En tal sentido y de conformidad con lo solicitado, hago saber que el Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada ha informado que no se han encontrado antecedentes respecto del pedido que se formula.
Por otra parte, acompaño "copia certificada" -a tenor de lo informado por el Archivo General de la Armada- de la documentación obrante en dicho Archivo relacionada con el "Curso en Guerra Antisubversiva" y "Centro de Instrucción y Adiestramiento en Lucha Antisubversiva", conforme al siguiente detalle:
N°1 Copia certificada COUNTERGUERRILLA OPERATIONS.
N°2 Copia certificada U.S ARMY COUNTERINSURGENCY FO RCE.
N°3 Copia certificada COUNTERINSURGENCY OPERATIONS.
N°4 Copia certificada NORMAS PARA EL ADIESTRAMIENTO NAVAL Edición 1972..."

Esos manuales, previo sorteo realizado a fs. 24876 con la Vicepresidenta del Colegio de Traductores Públicos Públicos e Intérpretes de la Pcia. de Buenos Aires, Regional Bahía Blanca -Trad. Púb. María Celeste BRASCHI- de la lista agregada a fs. 24879/24880- fueron entregados para su traducción a Guillermina DE LASA (Counterinsurgency Operations); Claudia Adriana DEL VALLE (U.S. Army Counterinsurgency Forces) y Carla Romina BLANC (Counterguerrilla Operations)

Según la traducción de la Lic. Guillermina DE LASA (fs.....) el Departamento de Marina -Cuartel General del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de Norteamerica- al prologar el 06/07/73 la publicación FMFM 8-2, "Counterinsurgency Operations" señala que dicho manual presenta la doctrina, tácticas y técnicas utilizadas por las fuerzas de desembarco del Cuerpo de Infantería de Marina en operaciones de contrainsurgencia, incluyendo operaciones antiguerrilla, encontrándose dividido:

"...en dos partes. La Parte I proporciona los antecedentes esenciales referentes al origen y objetivos generales de las operaciones de contrainsurgencia así como las tácticas y técnicas empleadas por fuerzas insurgentes. La Parte II expone la doctrina, tácticas y técnicas de Cuerpo de Infantería de Marina para operaciones de contrainsurgencia, enfatizando el planeamiento y la realización de operaciones de asistencia a la defensa interna por parte de las fuerzas de la Infantería de Marina... "

De este manual de operaciones de contrainsurgencia interesa transcribir lo que sigue:

"...301. GENERAL: La estrategia de la defensa interna y del desarrollo interno suponen el arte y la ciencia del desarrollo y utilización de recursos políticos, económicos, sociológicos, psicológicos y militares de un país para proteger los objetivos nacionales. En el pasado, la estrategia de derrotar a las insurgencias ha sido considerada principalmente, si no completamente, como un problema de contraguerrilla y ha sido manejado en gran parte mediante acciones militares y de policía. Vista como parte de un problema de desarrollo interno más amplio, la prevención de la insurgencia subversiva incluye medidas para el desarrollo político, económico y social interno. El apoyo militar de programas de desarrollo interno es una medida preventiva muy importante. Un gobierno eficaz no puede tomar el control de una nación o región que está afligida por la insurgencia subversiva hasta que no haya sido purgada de organizaciones y actividades insurgentes y se hayan eliminado las causas de la insurgencia. En caso de que el movimiento insurgente sea apoyado por un poder o por poderes que lo respalden, se deben tomar medidas para controlar el flujo de personal y material de apoyo a través de fronteras terrestres y marítimas. Básicamente, la estrategia nacional de la defensa interna y del desarrollo interno será dirigida hacia dos consideraciones principales: los insurgentes y la población...
302. INTENSIDAD DE LA INSURGENCIA - a. General. Las contramedidas tomadas por un país para purgar a su gobierno de insurgentes y para eliminar su influencia sobre la población son un programa de defensa interna y actividades de desarrollo, coordinados y de apoyo mutuo. El grado de énfasis que el gobierno anfitrión y sus aliados ponen en la defensa está en proporción directa con el nivel de intensidad de las operaciones tácticas insurgentes y al grado de influencia que los insurgentes ejercen sobre la población. Sin embargo, es poco probable que suficientes fuerzas del país anfitrión estén disponibles para ejecutar simultáneamente la amplia gama de medidas de defensa interna en todas las regiones del país. Por lo tanto, es necesario establecer prioridades en cuanto a las regiones. Considerando que la gente es el objetivo fundamental tanto del gobierno del país anfitrión como de los insurgentes, se puede establecer una clasificación de regiones basada en la densidad de población de acuerdo a la siguiente prioridad: (1) Centros de Población Urbana. (2) Áreas Rurales Densamente Pobladas. (3) Áreas Rurales Escasamente Pobladas. (4) Áreas Remotas Relativamente Deshabitadas. b. Niveles de Intensidad. Un estudio minucioso de las insurgencias previas, tanto aquellas inspiradas por el comunismo como de otro tipo, reveló un programa de actividades insurgentes que van desde una postura de combate tácticamente pasiva hasta una a gran escala. Para facilitar su análisis, los niveles de intensidad de una insurgencia se delinearán en tres fases: fase I, la fase no violenta; fase II, la invasión activa o fase de guerrilla; y fase III, o fase de la guerra de movimiento. Aunque las fases guardan una similitud considerable con la visión Comunista de revolución en etapas progresivas, el delineamiento de fases es aplicable a todo tipo de insurgencias independientemente de su origen y se describen de la siguiente manera: (1) Fase I.- La fase inicial de la insurgencia se caracteriza por acciones no violentas. La infraestructura insurgente se establece y sus operaciones están apuntadas a dominar y controlar a la población. El gobierno anfitrión enfatiza las operaciones de control de la población y de recursos para aislar a los insurgentes de su base de apoyo popular, privando de ese modo a los insurgentes de personal, material e inteligencia. Estas operaciones son restrictivas sólo en la medida de lo que es absolutamente necesario para lograr objetivos, dado que las medidas represivas tienden a diseminar el descontento y favorecen a los objetivos insurgentes. Se toman medidas para exponer, desacreditar y destruir la infraestructura insurgente, mientras una cantidad apreciable de recursos nacionales se aplican a proyectos de desarrollo interno apuntados a obtener el apoyo de la población. Sin embargo, si la insurgencia escala, se deben desviar recursos para programas de defensa con la resultante disminución en la cantidad de apoyo que se puede dedicar al desarrollo interno. (2) Fase II.- El advenimiento de esta fase está indicado cuando se torna necesario para el gobierno llevar a cabo operaciones militares tácticas contra insurgentes armados mientras que continúan los programas antisubversivos. Esto requiere una reorientación del énfasis hacia la defensa interna. Se deben desviar mayores cantidades de recursos de programas de apoyo popular a programas de defensa activa. Esto permite al gobierno llevar adelante operaciones tácticas directamente en contra de las fuerzas insurgentes armadas mientras que mantiene la presión sobre la infraestructura insurgente. Al mismo tiempo, se expanden las operaciones de control de la población y de los recursos para prevenir o cortar las relaciones entre el pueblo y los insurgentes y para minimizar el apoyo externo e interno de los insurgentes. (3) Fase III.- Esta fase se caracteriza por el empleo masivo de fuerzas de combate insurgentes y plantea el peligro inmediato de que el gobierno sea derrotado militarmente. Aunque otras actividades insurgentes continúan, la inminencia de la derrota militar debe ser evitada si el gobierno ha de sobrevivir. Durante esta fase, los requerimientos del combate de los militares adquieren prioridad y sólo después de que la defensa militar ha sido asegurada continúan otras actividades...
303. DEFENSA INTERNA a. General.- El propósito de la defensa interna es crear una atmósfera de seguridad interna y paz relativa dentro de la cual el desarrollo interno pueda asegurar crecimiento nacional a través de un cambio político y económico controlado. Tanto la defensa interna como el desarrollo interno deben estar controlados y apoyarse mutuamente a todo nivel. Juntos, constituyen la estrategia global para prevenir o derrotar a la insurgencia. b. Objetivo.- La defensa interna abarca una amplia gama de medidas tomadas por un gobierno y sus aliados para liberar y proteger a su sociedad de la subversión, la anarquía y la insurgencia. El objetivo de la defensa interna es la seguridad interna o un estado de vigencia de la ley y el orden dentro del país. El énfasis colocado sobre la defensa interna variará necesariamente de acuerdo a la intensidad de las operaciones tácticas insurgentes, el grado de influencia y control ejercido sobre la población por los insurgentes, las fuerzas y recursos que el gobierno tiene a disposición y las prioridades que están establecidas a través de esfuerzos coordinados de todas las agencias del gobierno..."
304. FUERZAS DEL PAÍS ANFITRIÓN Las fuerzas del país anfitrión que son empleadas normalmente para preservar o restablecer la seguridad interna, pueden ser categorizadas como fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, fuerzas paramilitares y fuerzas irregulares. Además de su misión primaria de defensa interna, estas fuerzas pueden también contribuir al desarrollo interno a través de la aplicación de sus habilidades y recursos especiales... "

De la lectura de este párrafo y de los otros manuales de contraguerrilla hallados por el Director del Archivo General de la Armada CF Cesar Gabriel PASQUALI (v. su nota agregada a fs. 24767) sumados a la enseñanza de la "Doctrina Francesa" en las escuelas navales probada con la abundante prueba documental analizada en el consid. IV "Aplicación de la doctrina francesa de la guerra contrarevolucionaria" y V "La doctrina francesa en la Armada" del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 -cuyos contenidos integran la presente resolución-, fácil es advertir el tipo de instrucción y adiestramiento poseía el CC HERMELO al desempeñarse como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRIM1) al tiempo de los hechos que se le reprochan.

3.4.3. Como se indicó en el auto de procesamiento de fs. 7899/8078 pto. 9.3. -entre otros- el Comando de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 se asentaba en la Base Naval de I. M. Baterías (BNIM) ocupando el edificio principal de lo que fuera la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina, siendo su dependencia administrativa y operativa la del Comando de la Infantería de Marina (COIM).

La BRIM1 planeaba, regulaba y supervisaba la instrucción, el adiestramiento y toda actividad o tarea operativa de las unidades orgánicas asentadas en Baterías, con excepción del Batallón de Artillería de Campaña N° 1 (BIAC) ubicado en la Agrupación de I.M. Puerto Belgrano. Desarrollaba asimismo las ejercitaciones de cuadros y tropas necesarias para lograr la adecuada capacitación de los hombres y medios a nivel de una gran unidad de combate, siendo su compleja estructura la siguiente:

    Comando Infantería de Marina (COIM): F.T.9 "Reserva Terrestre"
    Brigada Infantería de Marina N°1 (BRN1) F.T.9
      Batallón Comando (BICO) F.T.9
      Compañía de Comunicaciones F.T.9
      Compañía de Policía Militar F.T.9
      Compañía Comando y Servicios F.T.9
      Compañía de Exploración F.T.9
      Compañía Antitanque F.T.9
      Batallón Infantería de Marina N°1 (BIM1) F.T.9
      Batallón Infantería de Marina N°2 (BIM2) F.T.9
      Batallón de Apoyo Logístico (BICA) F.T.9
      Compañía de Mantenimiento F.T.9
      Compañía de Abastecimientos F.T.9
      Compañía de Sanidad F.T.9
      Compañía de Servicios de Costas F.T.9
      Compañía de Ingenieros F.T.9
      Compañía de Comando y Servicios F.T.9
      Batallón de Artillería de Campaña N° 1 (BIAC) F. T. 9

En el apartado 6 de la resolución de fs. 4876/4890 describe ampliamente la actuación del Comandante del Batallón de Comando (BICO) de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRN1) -Capitán de Corberta PAYBA Hernán Lorenzo- asentado en la Base Naval de Infantería de Marina "Baterías" (BNIM) en la detención de personas con motivo de la lucha antisubversiva.

Surge lo anterior -entre otros casos- de la detención de Diana FERNÁNDEZ realizada el 16 de julio de 1976 en Ingeniero White. Interesa aquí transcribir la parte de los memorandums agregados con la resolución de fs. 4876/4890 emitidos por Oficiales de la la Armada Argentina y Prefectura Naval al respecto, cuyos originales se encuentran depositados en la Comisión Provincial por la Memoria:

a) Nota N° 16/976"S" Letra: Z. Inf. 8054. RI.8. N° 2"S"/976 del 20/07/76 de la Prefectura Bahía Blanca:

"...Informo a Ud. que el día viernes 16 del corriente, aproximadamente a las horas 1030 se hizo presente en esta Dependencia personal de infantería de Marina a cargo del Capitán de Corbeta (IM) PAIVA, comunicándome que se instalarían con su fuerza en la calle Guillermo Torres, frente a la Unidad, con motivo de tener que llevar a cabo procedimientos anti-subversivos en Ingeniero White. Posteriormente siendo aproximadamente las 1430 horas dicho Capitán en mi despacho me puso en conocimiento que había detenido en el domicilio de los padres, a la señorita DIANA FERNÁNDEZ, hermana del OPCGGE ENRIQUE ALBERTO FERNÁNDEZ de esta dotación..."

b) N° 23/77"ESC" Letra BNPB,CRH Subjefatura Operaciones de la B.N.P.B. a la Prefectura Zona Atlántico Norte (27/01/77):

"...PUERTO BELGRANO, 27 de enero de 1977. - OBJETO: I/ref. FERNÁNDEZ D. Mirian... Pertenecería a la OPM "MONTONEROS"... 1601-76: La causante fué localizada en el domicilio de Irigoyen 44 de Bahía Blanca, luego de adquirir víveres. A-1 18-07-76: Detenida por la Brigada de Infantería de Marina N° 1 y entregada al Comando del V Cuerpo para su interrogatorio... Base Naval Puerto Belgrano - Subjefatura Operaciones -Ricardo J. MOLINA - Capitán de Corbeta - Jefe..."

c) División Contrainteligencia BNPB a la Prefectura Zona Atlántico Norte (26/05/77):

"...Fecha: 26/5/77... ASUNTO: AMPLIAR INFORMACIÓN... FERNÁNDEZ, Diana Mirian... Pertenecería a la OPM "MONTONEROS", siendo un miembro importante dentro de la organización... 18-07-76: Detenida por Brigada de Infantería N° 1 y entregada al Comando del V. Cuerpo para su interrogatorio..."

De lo anterior se sigue que en el año 1976 efectivos de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 -integrante de la Fuerza de Tareas N° 9 a cargo del CL FRACASSI- bajo las ordenes directas del CC PAYBA se encontraba empeñada en la lucha antisubversiva, dejando su carácter de unidad de reserva.

En esa BRN1 el CC HERMELO se desempeñaba como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia, Jefe cargo Secreto y Jefe cargo Material Criptográfico.

Recordando lo destacado -en los últimos meses de 1976- por el Comandante de Operaciones Navales VL Luis M. MENDÍA a fs. 18/19vta. y 20/21vta. del LC del CL FRACASSI (v. 290/292 y fs. 2894) sobre su desempeño como Comandante del Comando de Infantería de Marina y de la Fuerza de Tarea N° 9: "...es la reserva estratégica del C.O.N. para PLACINTARA, o sea que ha planeado y asignado las unidades que permanentemente ordeno empeñar en otras Fuerzas de Tareas. Lo ha hecho en forma excepcional, dado que a través de muchos meses ha habido que mover tropas de Infantería de Marina, en forma continua a distintos teatros y con riesgo permanente. Ha mantenido, a pesar de este movimiento de reemplazos, muy cohesionada a su Fuerza, detectando rápidamente factores de incidencia negativas propios de las circunstancias y adaptando rápidas medidas concretas..." la CFABB el 07/12/10 se pronunció en el Expte. 65989 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. auto de procesamiento y prisión prev.; y NÚÑEZ, Elso Antonio s/Apel. falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad' (ARMADA ARGENTINA)" -agregado a fs. 15794/15822 - y también el 22/12/10 en el Expte. 66387 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. ampliación auto de procesam.; pris. prev. y falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (ARMADA ARGENTINA)'", -agregado a fs. 16116/16150- de la siguiente manera:

"...De acuerdo a la publicación oficial "Infantería de Marina: Tres Siglos de Historia y Cien Años de Vida Orgánica" (citado en el auto apelado; págs. 117 y ss.), la FUERTAR 9 estaría compuesta por la Brigada de Infantería de Marina n°1; el Batallón Comando (BICO), los Batallones de Infantería de Marina n° 1 y 2; el Batallón de Artillería de Campa ña n°1 (Ec); el Batallón de Apoyo Logístico; y la Base Naval de Infantería de Marina Baterías (BIMB).
La jurisdicción de la FUERTAR 9 (o F.T. 9) establecida en el PLACINTARA 75 (Anexo D, pto. 2.9.1) eran los establecimientos y dependencias del Comando de Infantería de Marina, excepto los que se encuentren dentro de la jurisdicción de otras Fuerzas de Tarea.
Asimismo, el PLACINTARA 75 (punto 3) estableció que la Armada Argentina debía ejecutar operaciones ofensivas, defensivas, preventivas y/o especiales contra el oponente subversivo en zonas de responsabilidad naval o en aquellas donde se ordene; además determinó las distintas acciones a llevar a cabo por cada FUERTAR, remitiendo al concepto de cada una expuesto en el anexo B. De ello (PLACINTARA 75, punto 3.i) y Anexo B, pto. 3) surge que la FUERTAR 9, en el marco de la "lucha contra la subversión" estaba encargada de ejecutar las siguientes acciones: a) en el Área de Personal: movilización; b) en el Área de Inteligencia: adoctrinamiento del personal propio; inteligencia sobre el oponente interno; contrainfiltración; contrainformación; contraespionaje; contrasabotaje; contrasubversión; acciones secretas ofensivas; c) en el Área de Operaciones: seguridad, control y rechazo en instalaciones y personal propios; respuestas a acciones sorpresivas del oponente subversivo; represión; conquista y ocupación de zonas y objetivos; ataque terrestre a fuerzas regulares e irregulares del oponente subversivo; y d) en el Área de Logística: sostén logístico terrestre; transporte terrestre; y requisición.
Ello demuestra que la FUERTAR 9 comandada por el CL Eduardo René FRACASSI, si bien constituía una Unidad de Reserva, también estaba dedicada a tareas de contrasubversión con importantes responsabilidades en especial en tareas de inteligencia, y además, en acciones operativas y de logística; de allí los conceptos elogiosos del Comandante de Operaciones Navales VL Luis M. Mendía (reseñados por el a quo en el consid. 32.2.c) del auto apelado) que lo considera un excepcional Comandante de Fuerza de Tarea y un muy valioso asesor del CON, por lo que la explicación dada respecto a que el BICO fuera utilizado por la FUERTAR 2 por orden directa del CON, sin su conocimiento, no tiene asidero, pues tal como surge de la encomiosa calificación citada, FRACASSI planeaba y asignaba las unidades que permanentemente el VL Mendía empeñaba en otras FUERTAR.
Por otro lado, cabe hacer hincapié en la División Contrainteligencia de la BIMB, que como quedó establecido supra, estaba dentro de la línea de comando de la FUERTAR 9; y del trabajo de recolección de información realizado de conformidad con las directivas y órdenes impartidas de ese comando, daba parte a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (PLACINTARA 75, Apéndice 1 al Anexo A).
En virtud de ello, al igual que en el caso anterior, su responsabilidad penal como autor mediato se encuentra acreditada en todos los hechos por los que fue intimado, de acuerdo a lo establecido (supra C -2) por estar bajo su mando una división de inteligencia que como agencia colectora de información de la CEIP, debe entenderse que -junto con otras- proveía en todos los casos la información previa necesaria para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, lo que lleva a concluir que FRACASSI ejerció el dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindó elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a otras FUERTAR (pero con su conformidad) consumaran las acciones constitutivas de los tipos penales en cuestión...." (v. fs. 15794/15822)

"...Resulta de particular importancia destacar que el Centro Clandestino de Detención al que refieren en sus testimonios las víctimas sobrevivientes de los hechos aquí imputados, estaba emplazado en terrenos de la BIMB, en una de las antiguas construcciones correspondientes a las baterías erigidas para operar los cañones "Krupp" de 24 c/m, presumiblemente en la Batería VI.
En virtud de ello, al igual que en el caso anterior, su responsabilidad penal como autor mediato se encuentra acreditada en todos los hechos por los que fue intimado, a excepción de aquellos que sucedieron luego del cambio de destino al EMGA, en razón de haber estado en su línea de mando descendente una División de Contrainteligencia que como agencia colectora de información de la CEIP, debe entenderse que -junto con otras- proveía la información previa necesaria para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, y por haber estado emplazado en dependencias bajo su jurisdicción uno de los más importantes CCD controlados por la Armada.
Cae así su defensa basada en que algunos de los hechos sucedieron inicialmente en jurisdicción del Ejército, pues como ya se estableció en la resolución recaída en la c. n° 65.989, se actuaba coordinadamente con esa fuerza, y su actuación a través de los recursos humanos o materiales bajo su mando, implicó la adquisición de los blancos, y como mínimo la facilitación del lugar de emplazamiento del centro de detención y tortura donde se llevaba a cabo la "investigación militar". Ejemplo de tal coordinación se aprecia de una adecuada lectura de los testimonios de los hermanos Larrea que cita en su descargo, pues si bien es cierto que Héctor Larrea cuando fue bajado por primera vez del automóvil en que lo transportaban sus captores, creyó reconocer un lugar en dependencias del Comando del V Cuerpo de Ejército, no menos cierto es que describe una situación de la que se extrae que había sido llevado allí por error, y luego relata que fue nuevamente introducido en otro vehículo y tras un recorrido de aproximadamente media hora arribó al lugar donde estaría cautivo por aproximadamente una semana; por su parte, su hermana Silvia advirtió la presencia de su hermano al llegar al lugar definitivo donde sufrió su cautiverio, donde entre otras cosas, se percibía olor a mar..." (v. fs. 16116/16150)

Por lo anterior, a más de considerarlo prima facie coautor del delito de asociación ilícita (arts. 45 y 210 CP; Patricia S. Ziffer, El delito de asociación ilícita, Ad Hoc ed., Bs As-2005, pág. 135 y ss. ) y con lo hasta aquí probado surge -con el grado de certeza que se requiere en esta etapa del proceso-, la participación esencial que le cupo al entonces CC HERMELO en todos los hechos que se le endilgan todos ocurridos en el período en que revistó como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia, Jefe cargo Secreto y Jefe cargo Material Criptográfico desarrolladas en la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRIM1) -unidad integrante de la FUERTAR 9-, habiéndose verificado el iter criminis en su ámbito de actuación e influencia; por estar bajo su mando una importante agencia de colección de información de la CEIP, donde convergía toda la información producida por las y desde donde se proveía la inteligencia necesaria, en todos los casos, para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones constitutivas de los tipos penales en cuestión.

Por ello, y por sus tareas HERMELO responderá como autor mediato en los hechos por los que fue intimado en el pto. 6 a de fs. sub 10/21 y inc. 04/07/inc. 150 y de los que resultaron víctimas Diana Silvia DIEZ; Cora María PIOLI, María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA y Leonel Eduardo SAUBIETTE al ejercer un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


4. Capitán de Navío (RE) Alejandro Carlos LORENZINI

4.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía a fs. sub 10/21 y 38/39 del incidente N° 04/07/inc.150 caratulado "Ministerio Público Fiscal s/ Solicita en causa N°04/07 (MONTI, Miguel Ángel y o tros)" sostiene:

a) Desempeño: Que egresó en la promoción 91 de la Escuela Naval Militar en el año 1965. En 1976 ostentaba el grado de teniente de navío, ascendiendo a capitán de corbeta el 31 de diciembre de 1976, grado con el que pasó a retiro el 1 de septiembre de 1982 (04/07/inc. 150 ap. 2.3).

En el escrito de fs. sub 38/39 se indica:

"...su desempeño como Ayudante Jefe de Operaciones y Ayudante Jefe de Inteligencia en la Brigada de Infantería de Marina nro. 1, desde el 15 de diciembre de 1974 al 13 de enero de 1977.
La BRIM1 -a los fines de la lucha contra la subversión- se constituyó en Grupo de Tareas de la F. T. N° 9 y a lo largo del año 1976 tuvo como comandante a Jorge Demetrio CASAS (f), quién calificó al encartado en los siguientes términos: "...permanentemente bien dispuesto para el cumplimiento de las tareas que el servicio que el servicio dispone. De reconocido valor personal en tareas de riesgo. Claro y concreto en sus apreciaciones ha asumido por acumulación tareas que comprenden a jerarquías mayores que la suya en reconocimiento satisfactorio.".
La Jefatura del Estado Mayor de la BRIM1 estuvo a cargo de Ramón Francisco GONZÁLEZ (f) en 1976, quien por su parte, refirió en relación al imputado: "Muy buena capacidad de trabajo en las variadas tareas que por acumulación de cargos en el Estado Mayor tuvo que desarrollar. Sabe mantener en todo momento y circunstancias la autoridad sobre sus subordinados. Ha dado muestras de valor personal en situaciones de riesgo..." (04/07/inc 150 fs 38/39)

Agrega que con el grado de Teniente de Navío se desempeñó como Segundo Comandante del Batallón Comando (en adelante BICO) desde el 14 de enero de 1977 al 20 de febrero de 1978 y simultáneamente como Jefe de Inteligencia (S2) y de Operaciones (S3); y Jefe de cargo Armamento.

Durante su primer período de desempeño en el destino mencionado, fue calificado por su superior, comandante del BICO, Capitán de Fragata Miguel Carlos PITA en los siguientes términos:

"...ha debido desarrollar actividades dispares y variadas, dentro y fuera de su asiento natural. Ha participado en operaciones reales, dando muestras también de valor, arrojo, decisión y conocimientos como para alcanzar con éxito los objetivos perseguidos. Durante su desempeño en un período de sesenta días, en tareas conjuntas con Ejército mereció la estima, respeto y reconocimiento de superiores y subalternos..."

Cabe consignar que del Reglamento R.G-1-055 surge que las Unidades Menores, entendiendo por tal a los Regimientos y Batallones quedarían organizadas por un estado Mayor a cargo del 2do. Comandante del Batallón, dependiendo de éste cuatro departamentos o Grupos: Personal (S1) - Inteligencia (S2). Operaciones y Adiestramiento (S3)- Logística (S4)

Así, el nombrado en relación a su desempeño como Jefe de Inteligencia tuvo a su cargo la planificación, coordinación y supervisión de los asuntos y actividades de Inteligencia relacionadas con el enemigo, siendo de su especial competencia: "... a. Producción y diseminación de Inteligencia; b. Contrainteligencia (medidas y formulación de planes); c. Guerra Psicológica; d. Guerra subversiva; e. Formulación de planes de Inteligencia.".

En tanto que, como Jefe del Departamento de Operaciones tuvo a su cargo la planificación, coordinación y supervisión de los asuntos y actividades correspondientes a organización, adiestramiento y operaciones, en particular: ".a. Formulación de planes de operaciones; b. Formulación de planes de actividades y adiestramiento o de Instrucción; c. Información propia (organización, situación geográfica y movimiento de unidades); d. Organización y equipos de Unidades; Prioridades de entrega y/o asignación de armamento y equipo.".

Para la Fiscalía, en consecuencia, Alejandro Carlos LORENZINI existen elementos de convicción suficiente que permiten tener por fundada las imputaciones que se formulan.

b) Atribución de responsabilidad: En el escrito de fs. sub 10/21 se le imputa:

"...-- La coautoría mediata consumada, en cada caso, con la actividad de inteligencia y operativa desplegada desde sus funciones en el Batallón Comando... Haber producido en el mismo carácter de coautor mediato los secuestros, aplicaciones de tormentos, muerte y eliminación del cuerpo de:... María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA..." (04/07/inc 150 fs 10/21)

4.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por la Armada Argentina a fs. 2974/2982 y 19762, que LORENZINI nació el 3 de septiembre de 1939 en la localidad de Villa Ana, Pcia. de Santa Fé, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete Año Preparatorio -MR-003367- el día 4 de febrero de 1958, Promoción n°9 1/26

4.2.1. Ascensos: Ascendió el 16/11/1964 al grado de Guardiamarina IM, el 31/12/1966 al grado de Teniente de Corbeta; el 31/12/01969 al grado de Teniente de Fragata IM, ; el 31/12/1972 al grado de Teniente de Navío, el 31/12/1978 al grado de Capitán de Corbeta, el 31/12/1983 al grado de Capitán de Fragata y por último el 31/12/1989 al grado de Capitán de Navío; (fs.9 LS)

4.2.2. Traslados y designaciones: A más de corroborarse lo indicado por la Fiscalía en su requerimiento de fs. sub 10/21 y 38/39 del incidente N° 04/07/inc.150 de las anotaciones en los LS y LC consta que LORENZINI:

a) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de Ayudante Jefe de Operaciones e Inteligencia - Jefe Cargo navegación e Hidrografía- Jefe Deportes, del Dpto. General de la Base Infantería de Marina Baterías desde el 15 de diciembre de 1974 al 01 de diciembre de 1975 - Bajo la Sigla alfabética: BRN1 - Zona: 8 - Dependencia: 254 -Destino: 150 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

" ...Período de Calificaciones De 15/12/74 a 01/12/75 - Cargos: Ayudante Jefe de Operaciones e Inteligencia - Jefe Cargo navegación e Hidrografía- Jefe Deportes (10 meses) - EVALUACIÓN TOTAL:... SÍNTESIS: "Su trabajo silencioso y constante, si sentido de la cooperación y su permanente buena disposición para cumplir cualquier tarea que se le asigne, han sido sus características en esta Unidad. Se considera un excelente oficial, con grandes condiciones para destacarse en la profesión. FDO: G. ARGUEDAS. Aclaración: CNCBIMCD. N° de matrícula: 001634. Siendo teniente de Navío debió participar y operar, en reuniones de Estado Mayor integradas por Jefes y Oficiales Superiores en los cuales se trataban temas superiores a su jerarquía. Pese a ello, por su prudente accionar, por su franco y acertado juicio, como así también por su lealtad y aptitud personal para el trabajo en equipo obtuvo el reconocimiento y consideración de sus superiores. Ha cumplido eficientemente las tareas asignadas por el suscripto. Es un sobresaliente Oficial. Comparto los conceptos expresados pro las instancias anteriores. FDO: r: NUEFF. Aclaración: CNlM. N° de matrícula: 001095..."

b) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó como Segundo Comandante del Batallón Comando desde el 14 de enero de 1977 al 20 de febrero de 1978 y simultáneamente como Jefe de Inteligencia (S2); Jefe de Operaciones (S3) y Jefe de cargo Armamento - Bajo la Sigla alfabética: BICO - Zona: 76 - Dependencia: 150 - Destino: 126 - Grado - Cuerpo -Escalafón: TNCBIM en la foja de conceptos quedó anotado:

"... Período de Calificaciones De 14/01/77 a 01/08/77 - Cargos: 2do Comandante - Jefe Cargo Cargamento - Jefe s- 2/3" - EVALUACIÓN TOTAL: SÍNTESIS: "Eficaz colaborador que se ha desempeñado como 2do Comandante cargo no acorde con su jerarquía en este Batallón, que en lo que va del corriente año ha debido desarrollar actividades dispares y variadas dentro y fuera de su asiento natural. En todos los casos supo enfrentar con acierto y éxitos las situaciones planteadas demostrando poseer aplomo y adecuado criterio para la búsqueda de soluciones y/o propuestas de las mismas. Ha participado en operaciones reales, dando muestras también de valor, arrojo, decisión y conocimientos como para alcanzar con éxito los objetivos perseguidos. Durante su desempeño en un periodo de sesenta días, en tareas conjuntas con el Ejército mereció al estima, respeto y reconocimiento de superiores y subalternos. Es un oficial trabajador, tesonudo, medido en sus manifestaciones, claro en sus ideas, firme en sus convicciones y muy especialmente mesurado en sus actos. Se destaca del conjunto. Lo ubico como un oficial de grandes merecimientos y futuro en la Institución. Sintético: SOBRE LO NORMAL" FDO: Miguel Carlos PITA. Capitán de Fragata de M. Comandante. N°de matrícula: 001973.."

4.2.3. Retiro: Por decreto N° 8907/72 al 1 de septiembre de 1994 se le otorgó a LORENZINI el retiro voluntario a partir del 1 de septiembre de 1994 computando treinta y seis años, seis meses y veintisiete días de servicio para el S.A.S. (fs.111 LS).

4.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Al prestar declaración indagatoria en la audiencia indagatoria de fs. 25863/25864 del 18/09/12 LORENZINI manifestó: "...no voy a declarar .. "

4.4. RESPONSABILIDAD:

4.4.1. En la Ficha Censo de Personal Militar Superior del correspondiente al año 1975 consta que LORENZINI realizó un curso en Guerra Antisubversiva en el Centro de Instrucción y Adiestramiento en Operaciones (CIAO) de la Base Naval Puerto Belgrano cuyo propósito y contenido -explicado precedentemente- aplicó como Jefe de Inteligencia (S2) del BICO y como Aydte. Jefe de Inteligencia en el BRIM1 al tiempo de los hechos que se le reprochan.

4.4.2. Como se indicó en el auto de procesamiento de fs. 7899/8078 -entre otros-, era responsabilidad primaria del Batallón Comando (BICO) organizar, instalar, operar y dar seguridad al Puesto de Comando de la Brigada Infantería de Marina N° 1 (BRIM1), proporcionándole fundamentalmente todas las comunicaciones necesarias para su enlace con las unidades orgánicas y que se le agregarán, y también con los medios navales y aeronavales. Para ello contaba con una Compañía de Comunicaciones, una Compañía de Policía Militar, una Compañía Comando y Servicios, una Compañía de Exploración y una Compañía Antitanque.

De su legajo surge que LORENZINI con el grado de Teniente de Navío se desempeñó como Segundo Comandante del Batallón Comando (BICO) desde el 14 de enero de 1977 al 20 de febrero de 1978 y simultáneamente como Jefe de Inteligencia (S2); Jefe de Operaciones

(53) y Jefe de cargo Armamento y al mismo tiempo como Ayudante Jefe de Operaciones y Ayudante Jefe de Inteligencia en la Brigada de Infantería de Marina N°1 (BRIM1) desde el 15 de diciembre de 1974 al 13 de enero de 1977 quedando su actuación así mostrada:

    Comando Infantería de Marina (COIM) - F.T.9 "Reserva Terrestre"
    Base Naval de Infantería de Marina (Baterías)
        CN Guillermo J. ARGUEDAS Jefe BNIM
      Brigada Infantería de Marina N° 1 (BRIM1)
        CC Jorge Demetrio CASAS
        CC Ramón Francisco GONZÁLEZ - Jefe Estado Mayor
        TN Alejandro Carlos LORENZINI - Ayte. Jefe Oper. - Ayte. Jefe Icia.
      Batallón Comando (BICO)
        CF Miguel Carlos PITA- Cte.
        TN Alejandro Carlos LORENZINI - 2do. Cte. - Jefe Icia. - Jefe Oper. - Jefe Cargo Arm.
      Compañía de Comunicaciones
      Compañía de Policía Militar
      Compañía Comando y Servicios
      Compañía de Exploración
      Compañía Antitanque

Por las tareas y funciones desarrolladas LORENZINI -egresado en 1975 del curso en Guerra Antisubversiva dictado en CIAO de la BNPB-responderá como autor mediato en los hechos por los que fue intimado a fs. sub 10/21 del incidente N° 04/07/inc.150 y de los que resultaron víctimas María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA al ejercer un dominio -en su área funcional y al tiempo de los hechos que se le reprochan- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


5. Capitán de Navío (RE) Carlos Alberto LOUGE

5.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía en los ap. 2.7.; 3; 4.7. y 5. g) del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 sostiene:

a) Desempeño: Que egresó en la promoción 82 de la Marina de Guerra en 1955. En 1976 ostentaba el grado de Capitán de Fragata. El 31 de diciembre de dicho año, fue promovido a Capitán de Navío, grado con el que pasó a retiro el 1 de julio de 1987. (04/07/ inc 136 ap. 2.7).

Agrega la Fiscalía que con el grado de Capitán de Fragata se desempeñó como Jefe del Dpto. de Inteligencia del Comando de Aviación Naval (CAN) durante el período que va desde el 23 de julio de 1976 al 02 de febrero de 1977, -siendo calificado por el Comandante de Aviación Naval Ángel Lionel MARTÍN, y el Jefe del Estado Mayor Juan SIDOTI (f)

Sus tareas en tal destino eran las de "Asesorar al Cte. de la Aviación Naval en el cumplimiento de la misión asignada en los aspectos referidos a Inteligencia, Contrainteligencia y acción psicológica" y entre sus "Tareas Particulares", su principal función era "Centralizar la información y/o inteligencia Operativa enviada por el Servicio de Inteligencia Naval, el Comando de Operaciones Navales, el Comando Naval y Comando de Infantería de Marina; e integrarla con la propia"; como así también "Mantener estrecho enlace y coordinación con los organismos de inteligencia de los comandos antes mencionados."

Refiere que el Depto Icia. del CAN a su vez, estaba organizado en 2 Divisiones: "Inteligencia" y "Contrainteligencia y Acción Psicológica", cuyas jefaturas acumulaba según el "Reglamento orgánico del comando de Aviación Naval" 1era Edición 1973 - Publicación R. A-9-005 surgiendo del mismo -además- la coordinación entre las distintas unidades de inteligencia de la Armada Argentina; "...coordinación necesaria que se profundizó a partir del PLACINTARA, en que la Armada Argentina se reorganiza a los fines de la lucha contra la subversión... "

En este entendimiento, y de acuerdo con las consideraciones de la CFABB, al resolver la situación procesal del Comandante de Aviación Naval Ángel Leonel MARTÍN, se encuentra acreditado que ".los distintos secuestros y detenciones ilegales sucedidos en el país en la época que se investiga aquí, no fueron al azar, sino producto de la información proporcionada por Inteligencia respecto de cada persona a detener (además de asignarle algún tipo de implicancia con las organizaciones subversivas), la que era obtenida en la mayoría de los casos a través del interrogatorio de los detenidos realizados por inteligencia militar, que en su mayoría utilizaban como método la tortura (la llamada investigación militar según el PLACINTARA 75, Apéndice 1 al Anexo F, ptos. 1.3, 2.1.4, 2.3.1, 2.4.1, 2.4.4, 2.5, 2.5.1 y ss.); por ello es que se tiene por acreditado que las actividades propias del área de inteligencia son las responsables de la "adquisición del blanco" del que sería objeto cada operativo." (Cfr. Resolución del 7/12/2010 obr. en el Expte. 65.989 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. auto de procesamiento y prisión prev.; y NÚÑEZ, Elso Antonio s/Apel. falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad' (ARMADA ARGENTINA)").

Posteriormente, pasó a revistar al Comando Naval, como Jefe del Dpto. de Inteligencia, y Jefe de la División Evaluación y Adiestramiento del Dpto. de Operaciones, desde el 02 de febrero de 1977 al 30 de octubre de 1977.

En esta oportunidad -continúa la Fiscalía- fue calificado por el Comandante Naval Jorge Isaac ANAYA, el Jefe del Estado mayor Rodolfo C. LUCHATTA y el Jefe del Dpto. de Operaciones José A. FERRER. La especial capacidad en cuanto a funciones de inteligencia y las destacadas calificaciones por las actividades efectivamente desplegadas por LOUGE durante los períodos referidos, se encuentran acreditadas y fundan la responsabilidad criminal que se le atribuye. En este sentido, el nombrado realizó: "Curso oficial de Información" y "Curso de Inteligencia Naval para Oficiales extranjeros" (v. también legajo de Servicios del nombrado reservado en Secretaría). (04/07/ inc 136 ap. 4.7)

b) Atribución de responsabilidad: La coautoría mediata consumada, en cada caso, con la actividad de inteligencia y operativa desplegada desde sus funciones en el Comando de Aviación Naval, y posteriormente en el Comando Naval... Haber producido en el mismo carácter de coautor mediato los secuestros, aplicaciones de tormentos, muerte y eliminación del cuerpo de: ... María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA..." (04/07/ inc 136 ap. 5.g)

5.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por la Armada Argentina, que LOUGE nació el 17 de octubre de 1934 ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del Escalafón General el 1 de febrero de 1950 -promoción 82-, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación de 3.4553 puntos siendo el 64° de la promoción (fs. 5 LS).

5.2.1. Ascensos: Ascendió el 27 de octubre de 1955 al grado de Guardiamarina; el 31 de diciembre de 1957 al grado de Teniente de Corbeta; el 31 de diciembre de 1960 al grado de Teniente de Fragata; el 31 de diciembre de 1964 al grado de Teniente de Navío; el 31 de diciembre de 1970 al grado de Capitán de Corbeta; el 31 de diciembre de 1975 al grado de Capitán de Fragata y por último el 31 de diciembre de 1980 al grado de Capitán de Navío; (fs. 9 LS)

5.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que LOUGE:

a) Entre el 27/03/73 al 29/05/73 con el grado de Capitán de Fragata realizó un "Curso de Inteligencia Operativa" en el "Fleet Intelligenci Training Center Norfolk Va. USA" de EEUU y también un "Curso oficial de Información" y "Curso de Inteligencia Naval para Oficiales extranjeros"

b) Con grado de Capitán de Fragata se desempeñó el cargo de Secretario Información Pública (delegado) de la Presidencia de la Nación. Bajo la Sigla alfabética: SGNA - Zona: 5- Dependencia: 678 -Destino: SGNA - Grado - Cuerpo - Escalafón: CFCBNACD en la foja de conceptos quedó anotado:

" Período de Calificaciones De 04/03/76 a 05/07/76 - Cargos: Secretario Información Pública (delegado) - EVALUACIÓN TOTAL: "Debió enfrentar los problemas correspondientes a los primeros días del presente proceso que en este destino fueron de gran confusión. Lo hizo con prolijidad y mesura. Su trabajo fue difícil y no pudo realizarlo en forma total, posiblemente por estar en un medio que no conocía. FDO: Carlos BÜSSER. CNIM. N° de matrícula: 001620. - Durante el periodo en que se desempeñó en la Secretaría de Información Pública de la Presidencia de la Nación puso de manifiesto condiciones sobresalientes para la ejecución de tareas muy delicadas y completamente diferentes a las habituales en la ARMADA. Entre ellas cabe destacar su absoluta lealtad a la Institución y sus superiores, la firmeza y convicción de sus convicciones y la madurez y firmeza de su carácter. Por todo ello su desempeño y comportamiento han sido completamente satisfactorios. FDO: Carlos P. CARPINTERO. CNCBNACD n°de matrícula: 001 448" SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Carlos BÜSSER. CNIM. N° de matrícula: 001620 y Carlos BÜSSER. CNIM. N° de matrícula: 001620. . (fs.158 LC)

c) Con grado de Capitán de Fragata se desempeñó el cargo de Jefe Departamento Inteligencia y Jefe División Información Pública del Comando de la Aviación Naval - Bajo la Sigla alfabética: COAN - Zona: 73 - Dependencia: 260 - Destino: COOP - Grado - Cuerpo - Escalafón: CFCBNACD en la foja de conceptos quedó anotado:

" Período de Calificaciones De 23/07/76 a 26/11/76 - Cargos: Jefe Departamento Inteligencia y Jefe División Información Pública -EVALUACIÓN TOTAL: "Se ha adaptado satisfactoriamente a las particularidades de trabajo de este Estado Mayor. Ha desempeñado con eficacia las tareas correspondientes a su cargo. Considero que para mejor valorar sus cualidades personales y profesionales es conveniente destinarlo a unidades mas afines con su orientación. Se destaca por su buena presencia y esmerada expresión oral. FDO: Juan SIDOTI. Capitán de Navío a cargo del Estado Mayor. N°de matrícula: 001746 - El capitán LOUGE hizo efectivo su traslado a este destino el 23/07/76. Dado el poco tiempo que lleva en él, hay ciertas "cualidades" sobre las que no tengo la certeza de un juicio. Por otra parte, influye directamente sobre el causante el hecho que por el motivo apuntado y por ser trocista, no se pudo llenar el espectro que -en su capacitación- cubría su antecesor en la ciudad de Bahía Blanca. Este vacío, por cierto, es ajeno a la voluntad y condiciones de cap. LOUGE. Por ello, esta foja debe ser tenida en cuenta con las reservas del caso. FDO: Juan SIDOTI. Capitán de Navío a cargo del Estado Mayor. N° de matrícula: 001746" - SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Juan SIDOTI. Capitán de Navío a cargo del Estado Mayor. N° de matrícula: 001746; Ángel Lionel MARTIN. Contraalmirante. Comandante. N° de matrícula: 001113" - Lugar y Fecha: Comandante Espora, 26 de noviembre de 1976" (Fs. 159 LC)

d) Con grado de Capitán de Fragata se desempeñó el cargo de Jefe de Departamento de Inteligencia (9 meses) y Jefe Evaluación y Adiestramiento (9 meses) del Comando de la Aviación Naval - Bajo la Sigla alfabética: CONA - Zona: 75 - Dependencia: 260 - Destino: 258 -Grado - Cuerpo - Escalafón: CFCBNACD en la foja de conceptos quedó anotado:

" Período de Calificaciones De 02/02/77 a 30/10/77 - Cargos: Jefe de Departamento de Inteligencia (9 meses) y Jefe Evaluación y Adiestramiento (9 meses) - EVALUACIÓN TOTAL: SÍNTESIS: "Lo califico como Jefe de la División Evaluación y Adiestramiento del Dpto. Operaciones donde se ha desempeñado teniendo en cuenta la acumulación de cargos, en forma satisfactoria. Dada su jerarquía en ocasiones demostró no contar con la facilidad suficiente en plantear cuestiones a nivel individual o de grupo. FDO: José FERRER. Capitán de Fragata. Jefe. N°de matrícula: 001991 - Es un eficiente profesional que ha desempeñado ambos cargos en forma eficiente. FDO: Rodolfo C. LUCHETTA. Capitán de Navío a cargo de Jefatura Estado Mayor. N° de matrícula: 001290 - De acuerdo con las instancias anteriores. FDO: Jorge Isaac ANAYA. Contraalmirante. Comandante. N°de matrícula: 001079" - Tomando conocimiento: Hay una firma de José FERRER. Capitán de Fragata. Jefe. N° de matrícula: 001991; Rodolfo C. LUCHETTA. Capitán de Navío a cargo de Jefatura Estado Mayor. N° de matrícula: 001290 y Jorge Isaac ANAYA. Contraalmirante. Comandante. N° de matrícula: 001079" - Lugar y Fecha: "Puerto Belgrano, 30 de octubre de 1977". (fs. 162 LC)

5.2.3. Retiro: Por Resolución N° 144/87 JEMGA se le otorgó a LOUGE el retiro voluntario a partir del 01/07/1987 computando treinta y siete años y cinco meses de servicio para el S.A.S. (fs. 6 LS y fs. 276/278 LC).

5.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Al prestar declaración indagatoria en la audiencia de fs. 25961/25916vta. del 20/09/12 LOUGE manifestó: "...no voy a declarar .. "

Sin embargo en la indagatoria de fs. 22983/22991 del 21/11/11 del LOUGE declaró lo que sigue:

"...Como primera medida, rechazo los cargos de los delitos que se me imputan, porque considero que no he cometido ninguno, ni me considero incurso en la co-autoría mediata, para lo cual expondré los motivos que me llevan a hacer esta afirmación. Voy a tratar de que mi exposición se ajuste a un esquema cronológico, para mejor ordenamiento de ésta, sin perjuicio de apartarme de esa cronología cuando así lo considere necesario. Entre fines de julio del año 76 y fines de noviembre del mismo año, me desempeñé como Jefe del Departamento Inteligencia del Comando de la Aviación Naval, según consta en fotocopia de mi legajo, que agrego como prueba en este momento. Durante ese período me dediqué a cumplir las tareas que son propias del Departamento Inteligencia de ese Estado Mayor. La organización del estado mayor del Comando de la aviación naval, era muy anterior en el tiempo a los hechos que se están investigando en esta causa, y propendía a colaborar con el Comandante de la Aviación Naval en el alistamiento y adiestramiento de la Aviación Naval. Esta actividad, tradicional, no se alteró ni se modificó en ningún momento mientras desempeñé ese cargo. Por lo contrario, cuando me presenté a ese destino, el entonces Comandante de la Aviación Naval Almirante Martin, y su Jefe de Estado Mayor, Capitán de Navío Sidoti, me manifestaron que mi presencia en ese Estado Mayor -aclaro que no soy aviador-, era cubierta en base a la necesidad de reactivar las tareas de reconocimiento y fotografía aérea que con motivo del incremento del conflicto austral con Chile por la disputa de las islas en el Canal de Beagle, hacían presumir que se podía agudizar. Esa asignación de funciones se basaba en que en años anteriores, siendo Tte.de Navío, y estando embarcado en el Portaaviones 25 de Mayo, entre otras tareas, m e correspondió organizar el Centro de Fotointerpretación Embarcado que tenía un paralelo en tierra, al nivel del Comando de la Aviación Naval y que a la fecha de mi arribo a ese Comando, por razones que desconozco estaba desactivado. Esto de por sí asumió un trabajo bastante extenso e intenso, dado que las únicas personas que integramos el Departamento Inteligencia, del COAN, eran quien habla y un suboficial y motivaba permanentes consultas con la Unidad Aeronaval Aerofotográfica, que tenía asiento en la Base Aeronaval de Punta Indio. Esta actividad se desarrollaba paralelamente con la actividad de inteligencia operativa consistente en los vuelos de control del tránsito marítimo y los periódicos de las actividades pesqueras en el mar argentino. En la medida en que la agudización del conflicto austral se iba produciendo, tanto la aviación embarcada como la aviación basada en tierra- la aviación naval, por supuesto- iban a tener un rol determinante en un probable conflicto y del que no podían sustraerse, fueron requiriendo información para el futuro despliegue en el teatro de operaciones sur, que exigía información hidrográfica, topográfica, que debía obtenerse por fotografía aérea, dado que en aquella época, no estaba disponible la fotografía satelital. Simultáneamente con este incremento de la inteligencia operativa se producía el incremento de la inteligencia estratégica, consistente en conocer el despliegue del posible adversario -Chile- así como conocer lo más posible el estado de sus medios y su nivel de adiestramiento y alistamiento. Todo ello -se reitera- efectuado por el suscripto y el suboficial, a todas luces mínimo necesario para realizar esta tarea aceptablemente. Otro tema hace al asiento del Comando de la Aviación Naval. En esa época, el Comando de Aviación Naval tenía asiento en la Base Aeronaval Comandante Espora -BACE en lo sucesivo- que era donde tenía asiento la Fuerza Aeronaval N°2 que integraba a la gran mayoría de los aviones de combate de la Armada. Ese Comando de Aviación Naval, podría haber estado instalado en cualquier otra base, por ejemplo en Punta Indio o en Trelew, de hecho lo estuvo en otra época en Buenos Aires, y nada obstaría para que pudiera continuar cumpliendo exactamente las mismas funciones, cualquiera fuera el lugar de su asiento, porque estas son independientes del mismo. Este señalamiento es central para poder explicar la no ingerencia del Comando de la Aviación Naval el COAN, y su Estado Mayor en las actividades propias del área de Puerto Belgrano, Bahía Blanca y aledaños, más allá de las meramente protocolares. Ahora deseo hacer algunas consideraciones sobre el involucramiento del Comando de Aviación Naval y su Estado Mayor, y en particular el Departamento Inteligencia entonces a mi cargo, en las actividades derivadas del PLACINTARA 75, por lo cual solicito tenerlo a mano para leerlo, dado que hace más de treinta y cinco años que no tengo contacto con dicho plan. Atento a ello, S.S. siendo las 12.05 hs. ordena un cuarto intermedio a fin de que el declarante tome vista del documento mencionado. A las 12.35 hs. se reanuda la audiencia, y manifiesta el declarante: luego de una rápida y suscinta lectura del plan, deseo señalar que el Comando de Aviación Naval nunca fue relevado de sus responsabilidades y tareas habituales. Constituyendo en su carácter de Comandante de la Fuerza de Tareas 10, una reserva estratégica, a los efectos del PLACINTARA y con este carácter, no empeñada, esto es, que no se le asignan responsabilidades jurisdiccionales fuera de las propias de la Aviación Naval, con algunos agregados y desagregados todos del ámbito aeronaval. También el citado PLACINTARA establece la dependencia de la Sección Contrainteligencia de la Base Espora de la Central de Inteligencia de Puerto Belgrano, sustrayéndola de la jurisdicción a estos efectos, de Inteligencia y Contrainteligencia, del Comando de Aviación Naval y su Departamento Inteligencia, por lo cual, este Departamento Inteligencia, mantenía sus responsabilidades originales y las nuevas emergentes del marco regional, que se reitera, lo mantenían ajeno a las tareas de Inteligencia y lucha contra la subversión, tareas de difícil cuando no imposible cumplimiento con la reducida cantidad de personal dependiente de este departamento inteligencia, el suscripto y un suboficial, como ya se mencionó. Tampoco el conocimiento de los movimientos de aviones y eventuales traslados de detenidos, de haber ocurrido, y de lo cual no tengo constancias, en el periodo en que estuve en ese cargo, hubieran sido de mi incumbencia como Jefe del Departamento Inteligencia del COAN, ya que tal responsabilidad era del organo local, es decir las bases desde donde operaban los aviones en este caso la BACE, ya que éstas a las que funcionalmente les corresponde controlar y apoyar los vuelos que operan desde las mismas y para estos vuelos que hago mención, de haber ocurrido, y de haber sido necesaria la intervención de Inteligencia, ésta hubiera correspondido a la Central de Inteligencia de Puerto Belgrano que como ya se mencionó por PLACINTARA tenía jurisdicción en esta materia sobre la Base Espora. Cabe agregar que lo expuesto es coincidente con lo manifestado por el Sr. Almte. Martin en su declaración indagatoria -de la cual tomé conocimiento- en la que expresa que su entonces superior en aquella época, el Almte. Mendía, Comandante de Operaciones Navales, al formular en la foja de conceptos en el año 76 ó 77 obviamente en circunstancias muy anteriores al sustanciamiento de la presente causa, expresa que la FUERTAR 10 es reserva estratégica del CON; que los elementos que la componen, todos, incluido Espora, son excéntricos a Puerto Belgrano, y que el Comandante de la Fuerza de Tareas 10, como tal, no tenía Estado Mayor. Quiere decir que el Estado Mayor del Comandante de Aviación Naval no tenía un Departamento Inteligencia abocado a la lucha contra la subversión y estaba -reitero- enteramente volcado a la actividad habitual y al margo regional Chile. Lo medios con que contaba el suscripto en el Departamento Inteligencia eran muy reducidos: un suboficial y esto se puede corroborar con que el suscripto nunca formuló ninguna foja de concepto a subordinados vinculados con tareas de inteligencia en la lucha contra la subversión. Con respecto a mi desempeño como Jefe del Departamento Inteligencia del Comando de la Flota de Mar -CONA- quiero dejar expresamente en claro, que ese Estado Mayor era un Estado Mayor embarcado, que salía a navegar con la Flota en todos los períodos de navegación de la misma, acompañando al Almte. a bordo de la nave insignia. Esa sola circunstancia, la de navegar, resulta suficiente para explicar la imposibilidad de que dicho departamento y su jefe, o sea yo, pudiera tener cualquier tipo de involucramiento en la lucha contra la subversión ni en las tareas de inteligencia pertinentes, dada la imposibilidad fáctica de atender las mismas cuando se estaba en el mar. Por otra parte, durante los meses de 1977 en que desempeñé ese cargo, por expresa disposición del Almte. Anaya, Comandante de la Flota, debí incrementar las tareas de inteligencia estratégica e inteligencia operativa contribuyentes a los planes de operaciones en el Atlántico Sur ante la inminencia del conflicto austral con Chile, que se iba incrementando significativamente y que culminó con la mediación papal mediante el Cardenal Samoré. Esto lo digo para la que se vea que el conflicto iba en un crescendo que terminó en la mediación y que en cierto modo era una continuación de la misma tarea de inteligencia operativa que estuve desarrollando en la segunda mitad del año 76 en el COAN. Asimsmo en el estado mayor de la flota, se me agregó la tarea de Jefe de la División Evaluación y Adiestramiento de loa Flota, dependiente de otro departamento del Estado Mayor, el de Operaciones, y esta encargado de planificar el adiestramiento táctico de la Flota y realizar su evaluación. Mi condición de Oficial de Superficie (Buques) habilitado en Comando y Estado Mayor, permitió tal acumulación de tareas muy absorbentes, en particular en lo que hacía a la preparación de todas las ejercitaciones tácticas de la Flota de Mar, en estrecha colaboración de las unidades de la Aviación Naval, y su compatibilización con lo que la inteligencia operativa también a mi cargo indicaba como m as conveniente y necesario para el enfrentamiento en ciernes. Como se aprecia, una tarea muy exigente, demandante de tiempo y dedicación que absorbió totalmente en el area de inteligencia la disponibilidad de los dos unicos auxiliares con que contaba, un suboficial y un cabo. También aquí la simple comprobación de que no tenía ningún suboficial subordinado afectado a tareas de inteligencia o acciones contra la subversión ni que haya formulado foja de concepto alguna a oficiales o suboficiales involucrados en las mismas, suma una evidencia más de mi total desvinculación con las actividades de inteligencia contra la subversión y mi absoluto desconocimiento sobre los casos que se me imputan, dado que ese conocimiento no se correspondía con las tareas y responsabilidades que tenía asignadas. Por último, deseo manifestar que el "curso de oficial de informaciones " realizado en el año 1965 constituia una capacitación al igual que otras que la reglamentación de la Armada preve para su personal superior, y que como ocurre en toda profesión constituye un aditamiento a la formación general, que en este caso habilita para el desempeño de tareas de inteligencia, sin constituir para quienes adquieran esta capacitación un límite o exclusión para el ejercicio de las múltiples funciones propias de un oficial de la Armada como son las del Comando de Unidades Navales, tareas de Estado Mayor, las de ejecución o dirección administrativa, las de formación y dirección académica, etc. Todas las cuales el suscripto ha cumplido en los mas de 37 años al servicio de la Armada. En todas las FFAA del mundo, la función de inteligencia, al igual que la logística, las comunicaciones, las vinculadas al personal o a las operaciones, es una más de las propias de la actividad militar en todos los tiempos. Por caso, el solo análisis de la campaña del Ejército de los Andes en Chile y Perú bajo las órdenes del Gral San Martín, muestran clarísimo ejemplo del empleo de la inteligencia en el desarrollo de las operaciones militares. Con respecto al curso de Inteligencia Naval para oficiales extranjeros, que al igual que le anterior se lo señala en el auto que ordena la detención como "indicio que coadyuba a alcanzar el grado de sospecha" deseo apuntar que el mismo se desarrolló en EEUU en la Base Naval de Norfolck durante el año 1973, con una duración aproximada de tres meses y que abarco tareas de inteligencia operativa naval, concretamente, fotointerpretación áerea básica, y métodos de reconocimiento e identificación de buques, aviones y submarinos de la Armada de la entonces Unión Soviética, que operaban en diversas regiones del mundo. Integraron dicho curso, además del suscripto, oficiales de inteligencias de las Armadas de Alemania, Gran Bretaña, Italia y Noruega. Finalmente, y sin entrar en detalles específicos, deseo señalar que los hechos sobre la totalidad de las personas afectadas que se me imputan por distintas circunstancias, me son totalmente ajenos, dado que eran excéntricos al lugar donde desempeñaba mi tarea -30 kilómetros de distancia-, fuera de mis responsabilidades funcionales según lo he expresado a lo largo de mi declaración, y sin tener posibilidades ni de control ni de supervisión ni de participación, o cualquier otra acción vinculada a esta imputación -que se insiste por ultima vez- era imposible de realizar con el escaso personal disponible tanto en el COAN como en la Flota y con la acumulación de tareas derivadas de la situación ya mencionada en el marco regional Chile. En este estado, otorgada que le fue la palabra al Sr. Fiscal Federal PREGUNTA al declarante para que diga de quién recibía ordenes a los fines del cumplimiento de sus funciones CONTESTA del Jefe del Estado Mayor del COAN, Cap. de Navío Sidote, y eventualmente del Cmte. De la Aviación Naval, Almte. Martin. Y en el Comando de la Flota, dentro del Departamento Operaciones, del Jefe de Departamento, Cap. de Fragata José Ferrer, y en el resto, del Almte. Anaya, comandante de la Flota. Preguntado por el Sr. Fiscal para que diga a quién eran entregados los informes una vez confeccionados CONTESTA al Departamento Operaciones y al Jefe de Estado Mayor PREGUNTADO para que diga si conocía la realización de reuniones de la llamada Comunidad Informativa CONTESTA no participé por la índole de las tareas que expliqué que no requerían mi participación en la Comunidad Informativa. No conocía porque no era convocado por razones obvias, sobre todo cuando estaba navegando. PREGUNTADO para que diga cuál era el rol del departamento a su cargo en la lucha contra la subversión CONTESTA en ninguno de los dos casos, ni el COAN ni en la Flota, el departamento de inteligencia a mi cargo, como ya se explicó, tuvo intervención. Otorgada la palabra al Dr. Olmedo Barrios MANIFIESTA que el señor tiene un hijo internado en un psiquiátrico de quien es curador y solicita que al momento de resolver su pedido de detención domiciliaria, se considere la posibilidad de que se otorgue autorización para visitarlo y hacer los trámites que le correspondan como curador, siempre acompañado por uno de sus fiadores. A lo solicitado S.S. dispone que se tendrá en cuenta oportunamente. PREGUNTADO por S. S. para que diga si tiene algo más que agregar, CONTESTA no..."

5.4. RESPONSABILIDAD:

5.4.1. La CFABB al pronunciarse el 29/12/10 en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER, Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli-Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)..." tuvo por acreditado que el CL Ángel Lionel MARTIN a partir del 05 de febrero de 1976 se desempeñó como Comandante del Comando de Aviación Naval (COAN), hasta el 11/01/1977, y en el mismo período como Comandante de la Fuerza de Tarea N°10 -COFUERTAR 10- (v. Leg. de Conceptos, fs. 12/17 vta. y Foja de Servicios, pág. 123). Asimismo la CFABB señaló que había quedado establecido en otras apelaciones (cfr. exptes. n° 6 5.989 y 66.387) que esa Fuerza de Tarea incluía en su integración -entre otras- a la Base Aeronaval Comandante Espora y el Taller Aeronaval Central (PLACINTARA 75, "Organización", pto. j), pág. 5 de 20) y que también quedó definida su jurisdicción y las acciones que en el marco de la "lucha contra la subversión" estaba encargada de ejecutar en sus cuatro áreas: Personal, Inteligencia, Operaciones y Logística (PLACINTARA 75, punto 3.j) y Anexo B, pto. 3).

Como lo dijo la CFABB en c. n° 65989 supra cit., tanto la BACE como el TAC, dependían del CL MARTIN como Comandante de la FUERTAR 10, que -más allá de constituir una Unidad de Reserva- estaba dedicada a tareas de contrasubversión con importantes responsabilidades en tareas de inteligencia y además acciones operativas y de logística. En el marco de estas últimas era la responsable del control del tránsito aéreo (fiscalización de las aeronaves; PLACINTARA 75, Anexo C, pto. 14) y de asegurar el transporte aeronaval (PLACINTARA 75; Anexo G, pto. 6.2), respecto del que se infiere que debía conocer las novedades, entre las que sin duda se cuenta el transporte de detenidos calificados como subversivos.

Lo anterior interesa por cuanto LOUGE como Jefe de Inteligencia del COAN entregaba esa información sensible sobre blancos rentables y blancos de oportunidad al Cte. de la Aviación Naval CL MARTIN habiéndose explicado la actividad antisubversiva de tan importante Fuerza de Tareas de la Armada en el informe de fs 23808/23932 sobre "Los vuelos de la muerte" que se da aquí por repetido

Lo dicho en el considr. XXII "Pioridad de la lucha antisubversiva sobre la planificación del conflicto limítrofe con chile" del auto de procesamiento de fs. 20787/21394 -resaltado el pto. 1.4.3 precedente- invalida el argumento exculpatorio ensayado por LOUGE en la audiencia de fs. 22983/22991

5.4.2. A más de considerarlo prima facie coautor del delito de asociación ilícita (arts. 45 y 210 CP; Patricia S. Ziffer, El delito de asociación ilícita, Ad Hoc ed., Bs As-2005, pág. 135 y ss. ) con lo hasta aquí probado surge -con el grado de certeza que se requiere en esta etapa del proceso-, la participación esencial que le cupo al entonces Capitán de Fragata LOUGE -con especial capacitación en inteligencia operativa- en todos los hechos que se le endilgan en el ap. 5.g del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 que tuvieron por víctimas a María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA ocurrido en el período en que LOUGE revistó como Jefe Departamento Inteligencia, Jefe División Información Pública y Jefe Evaluación y Adiestramiento del Comando de la Aviación Naval habiéndose verificado el iter criminis en su ámbito de actuación e influencia; por estar bajo su mando una importante agencia de colección de información de la CEIP, donde convergía toda la información producida por las y desde donde se proveía la inteligencia necesaria, en todos los casos, para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones constitutivas de los tipos penales en cuestión.


6. Capitán de Fragata (RE) Leandro Marcelo MALOBERTI

6.1. REQUERIMIENTO FISCAL: El Ministerio Público Fiscal a fs. 4145/4167 y 17439/17441 sostiene:

a) Desempeño: Que en el ámbito del Departamento Inteligencia de la B.N.P.B. funcionó la División Contrainteligencia, surgiendo del legajo de servicios de MALOBERTI que se "...desempeñó como Jefe de la División Contrainteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano desde el 24 de marzo de 1971 hasta el 31 de diciembre de 1977..." ( fs. 4145/4167)

Los Sres. Fiscales señalan a fs. 4145/4167 que en el ámbito del Comando Naval, funcionaba la Base Naval Puerto Belgrano (B.N.P.B.), cuya actividad regulaba el Reglamento Orgánico de la Base Naval Puerto Belgrano R.A-9-050 del año 1974 que le asignaba la misión de asegurar el sostén logístico y proveerá seguridad a las Fuerzas y Unidades Navales que se apoyan en esta Base; y contribuirá al sostén logístico de las Fuerzas y Unidades Aeronavales y de Infantería de Marina en su zona de influencia y proveerá sostén logístico de las Bases Avanzadas y Puntos de Apoyo que se determinen, a fin de contribuir a asegurar la capacidad operativa del poder naval (art. 101).

La organización de la B.N.P.B. la describen así:

a) Jefatura:

"..De acuerdo al Reglamento Orgánico de la Base Naval Puerto Belgrano R. A - 9 - 050, del año 1974, concretamente al Capítulo 2. "Jefatura de la Base", "La Jefatura de la Base Naval Puerto Belgrano será ejercida por un Oficial Superior del Cuerpo de Combate, con el título de Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano. (Artículo 201. "Jefatura, Jerarquía y Título").
Asimismo dispone que: "La jefatura de la Base Naval Puerto Belgrano dependerá y será puesto en posesión de la Jefatura, por el Comandante Naval.
Tendrá además dependencia funcional, de cada uno de los Direcciones y Servicios que intervengan en los respectivos elementos funcionales de la logística operativa. (Artículo 202. "Dependencia y reconocimiento").
En relación a las tareas del Jefe de la B.N.P.B. dispone el reglamento que:
a. Administrará, conducirá y supervisará lo relacionado con la función logística, la función de seguridad, la función de servicios generales y la función de operaciones que desarrolla la Base. Cumplirá asimismo con los deberes, atribuciones y responsabilidades, que determina el R.G.S.N. -Tomo 2 - Del Servicio de Abordo - Libro 1 - Del Personal Superior en el Cap. 21.105, en todo lo que sea de aplicación a la Base.
b. Ejercerá jurisdicción Militar sobre todo el Personal que habite, trabaje o transite en la Base Naval y tierras fiscales asignadas.
c. Establecerá las reglamentaciones pertinentes en el orden administrativo, disciplinario, municipal y comercial.
d. Hará cumplir las leyes nacionales dentro de su jurisdicción dando la debida y oportuna intervención a las autoridades correspondientes.
e. Cumplirá toda otra tarea asignada en virtud de leyes especiales o que por su naturaleza se vinculen directa o indirectamente a la Base, como así también las que eventualmente sean fijadas por la superioridad."(Artículo 203).. "

b) Subjefatura:

"...En relación al Subjefe de la B.N.P.B. el Reglamento Orgánico de la Base Naval Puerto Belgrano R.A -9- 050, del año 1974 dispuso:
Dependencia del Subjefe. El subjefe dependerá directamente del Jefe de la Base y será su relevo natural." (Artículo 205).
En cuanto a las tareas a cargo del Subjefe de Base, el reglamento de mención prescribe que:
a. Cumplirá las funciones que el R.G.S.N. - Tomo 2 - Libro 1 -establece para el Segundo Comandante en todo lo que sea de aplicación a la Base.
b. Dirigirá y coordinará la actividad de las Subjefaturas, Departamento y Divisiones mencionadas en el Art. 103. Transmitirá a sus respectivos Jefes las resoluciones y políticas del Jefe de la Base.
c. Mantendrá informado al Jefe de la Base sobre los aspectos que le son de resolución directa.
d. Confeccionará los Planes de Acción.
e. Ejercerá la Presidencia de los Casinos Militares, de la cual dependerán todas las Subcomisiones que integran los mismos.
f. Dirigirá todas las Comisiones Militares internas dispuestas por el Jefe de la Base. "(Artículo 206)

c) Subjefaturas, Departamentos y Divisiones: Informan que la organización de la B.N.P.B. estuvo estructurada en Subjefaturas (dependientes del Subjefe), las que a su vez se integraban con Departamentos y Divisiones, agregando que:

"...En relación a estas, el Reglamento Orgánico de la Base Naval Puerto Belgrano R. A -9- 050, del año 1974, dispuso en su artículo 104 "Subjefaturas" que:
"Los jefes de las subjefaturas indicadas en el Art. 103 a., cumplirán aparte de sus tareas específicas, las siguientes que serán comunes:
Asesorarán al Jefe de la Base.
Cumplirán las funciones generales y obligaciones que figuran en el R.G.S.N. Tomo 2 - Libro 1 - Cap. 21.107 en todo lo que sea de aplicación a la Base.
Dirigirán y coordinarán la actividad de los Departamentos y Divisiones componentes; transmitirán a sus respectivos Jefes las resoluciones y políticas del Jefe de la Base.
Mantendrán informado al Jefe de la Base sobre los aspectos que le son de resolución directa y pedirán directivas sobre aquellos que requieran su opinión.
Confeccionarán los respectivos Planes de Acción (Instrucción y Obras); informando al Jefe de la Base sobre las capacidades de los medios, moral, adiestramiento, equipo, abastecimiento y estado general de preparación y eficiencia.
Firmarán correspondencia de rutina y técnica y emitirán instrucciones contribuyentes
Instruirán y adiestrarán al personal subordinado."
Diligenciarán correspondencia de la Subjefatura, proponiendo al Jefe de la Base las resoluciones que correspondan.
Proveerán vigilancia y seguridad a las instalaciones bajo su control.".
En tanto que en el artículo 105 disponía en relación a Departamentos y Divisiones que:
a. Cumplirán genéricamente lo dispuestos por el Art. 104.
b. Cumplirán las funciones generales y obligaciones que figuran en el R.G.S.N. - Tomo 2 - Libro 1 - Cap. 21.107 y 21.108 en todo lo que sea de aplicación a la Base."

En relación a las tareas generales y particulares de la División Contrainteligencia de la B.N.P.B, recuerdan los Sres. Fiscales que el Reglamento Orgánico de la Base Naval Puerto Belgrano R. A - 9 - 050, del año 1974, establecía que:

"...3. Tareas generales de la División.
a) Ejecutará las tareas prescriptas en el Art. 608 de la Publicación R.0-1-702 "DOCTRINA DE INTELIGENCIA NAVAL" y las que especialmente se ordenen.
b) Asistirá al Jefe de la Subjefatura General en asuntos de Inteligencia, Contrainteligencia y Acción Psicológica relacionados con la "Seguridad" de la Jurisdicción.
c) Asesorará y asistirá a los Cargos Contrainteligencia de la Base Naval.
d) Atenderá los requerimientos informativos que le formulen las Subjefaturas, Departamentos y/o Divisiones Independientes y que no estén comprendidos dentro de las tareas señaladas a).
e) Propondrá los planes de instrucción en Contrainteligencia para el Personal de la Base Naval supervisando su cumplimiento.
f) Intervendrá en la proposición de modificaciones a la doctrina, normas, procedimientos y planes referidos a Contrainteligencia.
4. Tareas particulares de la División Contrainteligencia.
a) Entenderá en la preparación y redacción de planes, normas e instrucciones de Contrainteligencia para la Base Naval.
b) Entenderá en el planeamiento, ejecución, supervisión, y evaluación de adiestramiento en Contrainteligencia en la Base Naval.
c) Llevará el control del Personal "OBSERVADO" desde el punto de vista de Contrainteligencia y que revista por la Base Naval.
d) Llevará actualizado el fichero con la información local y aquella que considere de interés, facilitándola al organismo/s de inteligencia que se la requieran.
e) Intervendrá en estudios sobre "Condiciones de Seguridad" de la Base Naval.
f) Mantendrá actualizada la "Carpeta Contrainteligencia" de la Base Naval.
g) Asesorará en todo lo referido a Censura Naval.
h) De producirse en la Base Naval actos de sabotaje, espionaje y/o subversivos tomará intervención, en coordinación con el COMANDO NAVAL, COMANDO DE OPERACIONES NAVALES y el SERVICIO DE INTELIGENCIA NAVAL."

b) Atribución de responsabilidad: La Fiscalía le imputa:

"...haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal-implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, desde sus destinos y cargos en la Base Naval Puerto Belgrano... " (fs. 17439/17441)

6.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (N° 8130 - Caja 1962) remitido por la Armada, que MALOBERTI nació el 5 de octubre de 1938 ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del Cuerpo General el 20 de enero 1956 -promoción 88-, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación "...Muy bueno, puntos (3507), siendo el 49/60 de la promoción..."

6.2.1. Ascensos: Ascendió el 15/11/61 al grado de Guardiamarina; el 31/12/63 al grado de Teniente de Corbeta; el 31/12/67 al grado de Teniente de Fragata; el 31/12/70 al grado de Teniente de Navío; el 31/12/77 al grado de Capitán de Corbeta y finalmente el 31/12/77 al grado de Capitán de Fragata

6.2.2. Destinos y traslados:

a) Del 28/11/75 al 26/11/76: Bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 -Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBNAGE se registra su cargo de Jefe División Personal Civil dependiente del Departamento Personal de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano

En la foja de conceptos sus Superiores anotaron:

"....Su desempeño ha sido eficaz asesorando correctamente en las tareas respectivas a sus funciones . Debido a su larga permanencia en este cargo , considero conveniente por su antiguedad el cambio del mismo para favorecer su futura promoción en el grado inmediato superior. En comisiones ordenadas por el Comando de Operaciones Navales ha actuado con concepto sobresaliente... " Firma Capitán de Corbeta Francisco A. SCALONE Jefe Departamento Personal BNPB
"...Se ha destacada muy especialmente en comisiones dependientes del Comando de Operaciones Navales . Se desempeño como Jefe Div. Personal Civil ha sido eficaz y respondiendo acertadamente cada vez que se ha requerido su asesoramiento..." Firma Capitán de Navío Carlos Alberto ESTÉVEZ del Comando de Operaciones Navales (informe de fs. 1859)
"...De acuerdo instancias anteriores... " Firma Capitán de Navío Ricardo BARROETAVEÑA Jefe Subjefatura Base Naval Puerto Belgrano (informe de fs. 730 y 1757)
"...De acuerdo..." Firma Capitán de Navío Edmundo Oscar NUÑEZ Jefe Base Naval Puerto Belgrano (informe fs. 730 y 1757) Pto. Belgrano 27 de noviembre de 1976

En su legajo se encuentran para este período las siguientes notas clasificadas como confidenciales "C":

"...CONFIDENCIAL N° 66/76 "C" Letra COOP ,IM4 - Puerto Belgrano 19 de agosto de 1976 - Objeto s/ concepto señor oficial Al Señor Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano Por orden del señor Comandante de Operaciones Navales comunico que el concepto merecido por el señor TNCBNAGE Dn. Leandro Maloberti durante el desempeño de su comisión a órdenes de este Comando, fue Sobresaliente. Referencias: GFH P-261652 Jul76 GFH - 290902 Jul76 CL Manuel J. GARCÍA Jefe Estado Mayor Comando Operaciones Navales Tomé conocimiento: Teniente de Navío Leandro MALOBERTI ... "
"...CONFIDENCIAL N° 110/76"C" Letra COOP,IM4 - Puerto Belgrano 10 de noviembre de 1976 - Objeto s/ concepto señor oficial Al Señor Comandante Naval - Clte. Dn. Jorge Isaac ANAYA Pongo en su conocimiento que el señor Teniente de Navío Dn. Leandro Marcelo MALOBERTI, ha desempeñado una comisión dispuesta por el suscripto entre los días 27 de julio y 18 de agosto del corriente año, mereciendo el concepto de SOBRESALIENTE, por haber puesto de manifiesto un gran entusiasmo , iniciativa y espíritu de sacrificio, sentido de responsabilidad y cariño a la Institución. Dispondrá que la presente tome conocimiento el señor el señor Comandante del citado Oficial y posteriormente se remita a la Dirección General de Personal Naval, para que se incorpore a su legajo personal. VL Luis M. MENDÍA Comandante de Operaciones Navales..."
"...N° 110/76"C" Letra COOP,IM4 - (NI,CONA,IM4,N°/52/76"C") Puerto Belgrano 26 de noviembre de 1976 Al Señor Jefe de la Base Naval Puerto Belgrano Capitán de Navío Dn. Edmundo O. NÚÑEZ A tenor de lo expresado precedentemente , remito el presente. CL Jorge Isaac ANAYA Comando Naval... "

La "Ficha Censo de Personal Militar Superior" del 15/07/76 se indica:

"...Grado: TN - Cuerpo: CB - Escalafón: NA - Orden: GE - Alfabético: BNPB - Número: 118... Destino actual: Departamento Personal... Cargo: Jefe División Personal Civil... "

b) Del 26/11/76 a 01/08/77: Bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 -Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBNAGE se anotan los cargos de Jefe División Policía de Establecimientos Navales y de Jefe División Contrainteligencia dependientes del Departamento Seguridad y Operaciones de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano

La "Ficha Censo de Personal Militar Superior" del 30/06/76 se indica:

"...Grado: TN - Cuerpo: CB - Escalafón: NA - Orden: GE - Alfabético: BNPB - Número: 118... Destino actual: División Contrainteligencia.. Cargo: Jefe División Policía... "

c) Del 01/08/77 al 24/11/77 bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 -Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBNAGE se anotan los cargos de Jefe División Policía de Establecimientos Navales; Jefe División Contrainteligencia y Jefe del Registro Civil dependientes del Departamento Seguridad y Operaciones de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano

En la foja de conceptos sus Superiores anotaron:

Pto. Belgrano 24 de noviembre de 1977: "...Su Concepto no ha variado durante el período considerado, con referencia al confeccionado en el anterior..." Firma Capitán de Fragata RIPA José Luis Comandante del Batallón de Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano (BISP) v. fs. 1866 y 1874
"...De acuerdo. Se ha desempeñado muy eficientemente y con constancia a pesar de continuar acumulando dos divisiones de mucho movimiento y tareas delicadas, difíciles y complejas. Su rendimiento es altamente satisfactorio aún en condiciones de trabajo adversas. Se destaca por su laboriosidad y disciplina..." Firma Capitán de Navío SCHILLING Enrique Jefe Subjefatura Base Naval Puerto Belgrano v. fs.730 y 1757

"...De acuerdo. Excelente colaborador, ratifico lo que expresara al... I/VII/77..." Firma Capitán de Navío BOLINO Zenón Saúl Jefe Base Naval Puerto Belgrano v. fs. 730 y 1757

d) Del 01/01/78 al 30/02/79 bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 - Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBNAGE se anotan los cargos de Jefe División Policía de Establecimientos Navales (22 meses de permanencia) y Jefe del Departamento Seguridad de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano (7 meses de permanencia)

e) Del 23/02/79 al 30/12/79 bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 -Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBNAGE se anotan los cargos de Jefe del Departamento Seguridad de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano (17 meses de permanencia) y Jefe División Policía de Establecimientos Navales (29 meses de permanencia)

En la foja de conceptos sus Superiores anotaron:

"...Considero que este Jefe ha tenido un desempeño general satisfactorio , demostrando perfecto conocimiento y experiencia en las tareas asignadas, particularmente en el asesoramiento..., lo que lo transforma en eficaz colaborador...".
"...Lleva mucho tiempo actuando dentro de este cargo con lo cual es dable esperar una acción más efectiva en su rendimiento que no va más allá que del rítmo que imprimen las circunstancias. Asume sus responsabilidades en las situaciones de rutina y su criterio para seleccionar la solución más apta está dentro del común denominador. En el trato con el personal ajeno a la Institución adopta una posición correcta y sociable..."
"...Su experiencia le permite desarrollar sus tareas con cierta eficacia De trato agradable buen desempeño con el medio externo. Debe ser más preciso en sus afirmaciones y conclusiones..."
"...Lugar y Fecha: Puerto Belgrano 30-12-79 - Tomado conocimiento: Firma MALOBERTI - Firmas y Sellos: Base Naval Puerto Belgrano Ricardo ... - Capitán de Fragata Jefe de Operaciones - Luciano ... Capitán de Navío ... - Ricardo José SANCHEZ- Capitán de Fragata..."

f) Del 07/02/80 al 29/12/80: Bajo la Sigla: BNPB - Zona: 75 -Dependencia: 258 - Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBNAGE se anota e cargos de Jefe Departamento de Polvorines dependiente de la Subjefatura Arsenal de la Base Naval Puerto Belgrano.

"...Ha encarado con habilidad una tarea compleja como es el recuento total de la munición. Logró éxito en otras tareas generales sabiendo superar con ingenio una particular falta de medios..."
"...Ha sido cambiado de cargo y en algunos aspectos ha tenido una reacción favorable (entusiasmo y confiabilidad) Creo que se puede esperar de este Jefe mejore la presente evaluación..."
"...Desarrolló sus tareas en forma satisfactoria. De trato agradable se preocupa por mejorar la eficiencia de los polvorines..."
"...Lugar y Fecha: Puerto Belgrano Diciembre 29 de 1980 - Tomado conocimiento: Firma MALOBERTI - Firmas y Sellos: Base Naval Puerto Belgrano . - Capitán de Navío Jefe de Arsenal - Luciano BOLANI Capitán de Navío . - Eduardo César VALOTTA - Capitán de Navío - Jefe..."

6.3. RETIRO: Por Resolución N° JEMGA N° 193/92 pasó a situación de retiro voluntario con haber a partir del 01/09/92. Por resolución N° 37/97 pase de Alta de conformidad con lo establecido en el art. 62 de la Ley 19101 para el Personal Militar con fecha 01/03/97. Por Resolución N° 482/04 EMGA se le otorga el cese voluntario a partir del 01/01/04

6.4. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la audiencia indagatoria de fs. 25752/25752vta celebrada el 10/09/12 MALOBERTI manifestó que: "...voy a hacer uso de mi derecho de no hacerlo..." manteniendo su anterior decisión de fs. 11544 ante un acto similar.

Pese a lo anterior, en la declaración de fs. 7239/7245 del 28/04/09 ampliada a fs. 7450/456 el 12/05/09 y ratificada a fs. 8165/8185 el 25/06/09 MALOBERTI -en relación con los requerimientos de 696/715; 4145/4167 y 7703/7007- describe su desempeño como oficial de la Armada:

a) Inicio de su Jefatura: Refiere que ocupó el cargo de Jefe de División Contrainteligencia de la Base Naval Puerto recién el 27/11/76 siendo inexacta la afirmación de que venía desempeñándolo desde el 24/03/71.

"...se indica que me desempeñé con el grado de Teniente de Navío en el cargo Contrainteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano desde el 24/03/1971 hasta el 31/12/77. Este dato concuerda con lo indicado en el Resumen de Servicios, foja 121, en el que se hace referencia a un Boletín Naval Público 24/71 y donde se indica como destino mío la Base Naval Puerto Belgrano. Este documento que carece de firmas y fecha, siendo además manuscrito, adolece de errores. Como ejemplo de los errores se indica en el año 1971, que mi permanencia en el cargo se prolongó hasta 1977, haciendo referencia al Boletín 24/71. Quiero aclarar que un Boletín es una cosa temporal. Carece de lógica que estuve desde el 71 al 77. Por otra parte, no se indica el cargo desempeñado. Donde dice Base Naval Puerto Belgrano que es el destino genérico que ocupé, debería indicarse como se indica en el resto del documento en otros años, el cargo desempeñado que fue Jefe de Personal Civil, o de la oficina de Personal Civil Central de la Base Naval Puerto Belgrano... "
"...En mis fichas Censo, y fojas que figuran con numeración 149/183 y 194/168 ambas foliaturas superpuestas por ser dos legajos que se han unido después. Allí se indica que mi destino fue Jefe de al oficina de Personal Civil desde el 24/03/1971 hasta el 26/11/1976..."

b) Explica el curso "Jefe CIC CIAO 6 semanas":

"...En este estado, S.S. exhibe las Fichas Censo de Personal Militar Superior de fecha 15/07/1976 de su Legajo de Concepto, fojas 9/1 para que explique el significado de la siguiente anotación allí registrada que dice: "Jefe CIC CIAO 6 semanas" y CONTESTA esto es un curso de Jefe de Información de Combate y el lugar es Centro de Instrucción y Adiestramiento de Operaciones. Es un curso de capacitación para una técnica a bordo, exclusivamente a bordo. Para combate. Donde se lleva el control de las operaciones navales, tanto aéreas como submarinas o de maniobras, incluso, que realiza la unidad, o el buque. Central de Información de Combate se llama el local o dependencia del buque donde se reúne la información correspondiente a otros buques o aeronaves y otros aspectos que hagan a la maniobra de la unidad... "

c) Admite la remisión de informes de inteligencia a la Fuerza de Tareas 2

"...para que diga cuál era la relación orgánica y práctica entre la División Contrainteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano y la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA la Fuerza de Tareas 2 eventualmente podía o pudo haber pedido antecedentes registrados en la División Contrainteligencia..."

d) Ignora la composición y el propósito de la Fuerza de Tareas 2

"...PREGUNTADO para que diga si sabía cómo estaba integrada la Fuerza de Tareas 2 del Comando de Operaciones Navales CONTESTA no PREGUNTADO para que diga si sabía cuáles eran los órganos de Inteligencia de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA no PREGUNTADO para que diga si sabía cómo estaban conformados los Grupos de Tareas dependientes de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA no PREGUNTADO para que diga qué tipo de información suministraba la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga si recuerda haber recibido pedidos de información por parte de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA no recuerdo. PREGUNTADO para que diga si sabía qué relación mantenía la Fuerza de Tareas 2 con las otras Fuerzas de Tareas CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga si sabía cómo se realizaban los operativos de la llamada lucha antisubversiva CONTESTA desde el punto de vista de la seguridad física existían patrullas. Desconozco otro tipo de operaciones. PREGUNTADO para que diga si sabía quién disponía la realización de allanamientos de domicilios, a cargo de quién se encontraban los mismos, y cómo y dónde se registraban CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga si sabía cómo estaban conformados los grupos operativos de la Armada Argentina para la detención de personas CONTESTA desconozco PREGUNTADO para que diga si sabía quién ordenaba la realización de operativos de detención de personas, en qué vehículos se trasladaban los detenidos y quiénes desarrollaban esa tarea CONTESTA no lo sé... "

e) Admite e ignora al mismo tiempo el funcionamiento en 1976 del "ARA 9 de Julio" como CCD:

"...para que diga si sabía que existía en el interior de la Base Naval Puerto Belgrano un centro clandestino de detención que funcionaba en el buque ARA 9 de Julio apostado en dicha base naval CONTESTA de ese hecho tome conocimiento posteriormente pero no puedo aportar más datos, porque yo estando como jefe de policía teóricamente tendría que haberlo sabido, pero no lo sabía..."
"...para que diga si recuerda una vez que eran alojados los detenidos, qué personal era el encargado de efectuar interrogatorios CONTESTA no lo sé. En este estado el Sr. Defensor pide la palabra para solicitar: que el Sr. Fiscal Federal aclare si se refiere a la órbita de mi defendido, y si es respecto a la Policía de Establecimientos Navales. El Sr. Fiscal Federal aclara que se refiere a los detenidos alojados en el ARA 9 de Julio y CONTESTA el deponente: desconozco lo relacionado con el ARA 9 de Julio..."
"...Un detenido por razones policiales pasaba por mi conocimiento y se alojaba en dependencias de la Jefatura de Policía de la Base Naval Puerto Belgrano, nunca tuve conocimiento del traslado de un detenido al 9 de Julio, mientras ejercía ese cargo... "

f) Reconoce su desempeño de Jefe de la Policía de Establecimientos Navales desde noviembre de 1976 hasta fines de 1979:

"...para que diga si recuerda quién era el responsable de la Policía de Establecimientos Navales durante el período en que prestó funciones en ella CONTESTA yo. El primer año -en el 77, noviembre del 76- fui como segundo, quedé a cargo por enfermedad del jefe, el Capitán Molina. Durante el año 77 mantuve esa situación: fui Jefe de Policía. En el 78 y 79 fui jefe del Departamento Seguridad, que en realidad, incluía lo mismo. Ser jefe del departamento de seguridad era lo mismo que ser jefe de policía y viceversa. A partir del 07/02/80 me hago cargo de la Jefatura del Departamento Polvorines... "

g) Explica la dependencia de la Policía de Establecimientos Navales con el Juzgado Federal de Bahía Blanca

"...Aclaro que la Policía de Establecimientos Navales, dependía directamente del Sr. Juez Federal de Bahía Blanca y no se ajustaba a directivas militares, por su propio estatuto, no ajustado al Código de Justicia Militar. Las patrullas de la Policía Militar tienen competencias absolutamente distintas a la Policía de Establecimientos Navales... "

h) Explica su actividad en Inteligencia:

"...para que diga cuál era la relación que tenía con Guillermo Félix Botto CONTESTA nos conocemos personalmente, tenemos un año de diferencia en la edad y hemos cursado juntos la Escuela Naval. Tengo amistad con él.
"...para que diga qué relación tenía con Tomás Hermógenes Carrizo CONTESTA no tuve prácticamente relación alguna. Fue un periodo muy corto de interrelación de cargos. En el 78 hay una enfermedad del jefe que yo lo tuve que reemplazar. En el 76 yo no estaba en el cargo Contrainteligencia, excepto el último mes que es el de licencia anual PREGUNTADO para que explique por qué entre el 16/02/76 y el 10/01/77 se superponían los cargos CONTESTA sobre fin de año fui a Contrainteligencia, no en febrero sino en noviembre. En mi legajo consta que asumí como Jefe de Policía el 26/11/76 por enfermedad del Jefe, pero tengo escasa superposición con el otro oficial porque es el período de licencia anual... "
"...para que diga si al momento que estuvo a cargo de la Policía de Establecimientos Navales se efectuaban interrogatorios de detenidos en dependencias donde funcionaba la Comisaría de esa Policía CONTESTA nunca tuve conocimiento de un hecho como el que se indica. PREGUNTADO para que diga si sabía de la existencia de otros centros de detención pertenecientes a la Armada Argentina en el ámbito de la Base Naval Puerto Belgrano CONTESTA no... "
"...para que diga si le suministraban a la División de contrainteligencia a su cargo información en relación a detenciones efectuadas por personal de la Armada Argentina CONTESTA si bien no recuerdo, si fuera personal detenido por causas de competencia de la policía de Establecimientos Navales si, por otro motivo no... "

i) Ignora la relación de la Armada con las FF.SS:

"...para que diga si tenía relación con los diferentes organismos de las restantes Fuerzas de Seguridad como por ejemplo, Ejército, Policía Federal Argentina, Policía de la Provincia de Buenos Aires, UP4, Prefectura Naval Argentina CONTESTA Había una relación protocolar, sí. El tema de la policía, bomberos de Punta Alta, etc. PREGUNTADO para que diga si recuerda cómo era la relación con la Prefectura Naval Argentina CONTESTA no recuerdo ningún hecho en particular que me llame la atención.. "
"...para que diga si sabía qué relación mantenía la Armada Argentina con la Policía de la Pcia de Buenos Aires CONTESTA había una relación bastante estrecha una cierta superposición de tareas policiales, pero desconozco otra cosa. PREGUNTADO para que diga exhibida que le fuera la documentación obrante a fs. 3632/3633, explique la misma CONTESTA desconozco esta documentación... "

j) Ignora la relación de la Armada con las Prefectura Naval Argentina:

"...para que diga si la Armada Argentina le impartía órdenes a la Prefectura Naval Argentina CONTESTA no lo sé. PREGUNTADO para que diga si conoció cuáles eran las funciones y el modo de actuar de la Sección Informaciones de la Prefectura Naval Argentina CONTESTA no PREGUNTADO para que diga si sabía quiénes efectuaban los traslados de detenidos por la Prefectura Naval Argentina a la Base Naval Puerto Belgrano CONTESTA no ... "

k) Niega su participación en la lucha antisubversiva:

"...Referente al rol de la Armada en la Lucha Antisubversiva, yo no desempeñé ni tenía asignadas tareas ni como Jefe de Personal Civil, ni como Jefe de Contrainteligencia y Policía de Establecimientos Navales. En ningún momento tuve conocimiento de lo relacionado con el Crucero ARA 9 de Julio. Ni en ese momento ni posteriormente. Tomé conocimiento de este hecho al prestar declaración. Insisto: como Jefe de Policía de Establecimientos Navales, nunca tuve conocimiento de lo expresado. Respecto a que como Jefe de Personal Civil recibía órdenes directas del Jefe de Base, quiero aclarar que las órdenes las recibía a través del Jefe del Departamento Personal. Yo nunca fui secretario político, sino secretario del Comité de Relaciones Laborales. Si las víctimas fueron echadas por actividades subversivas, no tuve participación. Spadini y Carracedo, eran de la Base Aeronaval Comandante Espora, y no de la Base Naval Puerto Belgrano. Por otra parte, insisto, en Personal Civil Central, no disponíamos de los legajos del personal, sino que éstos se encontraban en cada destino. Yo no desarrollaba ni desarrollé actividades de Inteligencia, sino como ya expliqué, de Contrainteligencia. BOTTO nunca me suministró información sobre detenciones efectuadas por la Armada. Aclaro que la competencia de la Policía de Establecimientos Navales es el ámbito de delitos o faltas cometidas dentro de la jurisdicción de la Base Naval Puerto Belgrano. Yo no recibía órdenes directas del Comando de Operaciones Navales, ya que orgánicamente las mismas se recibían a través de la Base Naval Puerto Belgrano. Mi desempeño en comisión fue por tareas de asesoramiento en materia específica de Personal Civil. Yo recibía ordenes directas del Jefe del Departamento Personal de la Base Naval Puerto Belgrano. Esas son las aclaraciones que quería hacer. PREGUNTADO por S.S. si tiene algo para decir sobre los hechos que se le imputan en esta audiencia CONTESTA no. No tengo conocimiento de ninguno... "

l) Explica sus funciones como Jefe de la Policía de Establecimientos Navales:

"...PREGUNTADO para que diga en qué momento conoció a Carracedo como delegado gremial y en qué sindicato CONTESTA recuerdo el nombre, no lo reconocí ni siquiera en la foto. Supongo que el sindicato era ATE. Fui jefe de Personal Civil durante seis años, fue cuando fui Jefe de Personal Civil. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal -otorgada que le fue la palabra- para que diga, qué tareas realizaba durante el periodo en que se desempeñó como Jefe de la Policía de Establecimientos Navales CONTESTA las tareas relacionadas con la conducción de la División de la Policía de Establecimientos Navales PREGUNTADO para que diga concretamente, cómo se hacía el registro y/o control de los ingresos a la Base Naval Puerto Belgrano CONTESTA las personas que justificaban una razón para ingresar transitoriamente a la Base, efectuaban un trámite en una oficina en las que se le entregaba un Pase. El personal que trabajaba en la Base, tenía documentación identificatoria para el ingreso. El sistema no varió. PREGUNTADO para que diga si de haber algún tipo de situación compleja con el ingreso o egreso, en la Base, le era comunicado por el personal abocado a esa tarea, en forma directa, en la época de su jefatura CONTESTA no, en forma directa no, porque había autoridades intermedias: Comisario, Subcomisario, Jefe del Servicio de Calle PREGUNTADO por el Sr. Defensor -otorgada que le fue la palabra- para que diga si puede describir que es una situación compleja en aquella época CONTESTA si hubiera una prohibición de acceso por alguna falta o delito anterior, no se me ocurre otra en este momento PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal si en alguna oportunidad le fue notificado o tuvo conocimiento del ingreso de personas detenidas y encapuchadas CONTESTA no PREGUNTADO para que diga si la Policía de Establecimientos Navales realizaba operativos fuera de la Base Naval Puerto Belgrano CONTESTA no... "

m) Explica sus labores como Jefe de Contrainteligencia:

"...PREGUNTADO para que explique el deponente, concretamente, qué actividades realizaba en oportunidad de desempeñarse como Jefe de Contrainteligencia CONTESTA las tareas propias de Contrainteligencia es negar acceso a la información. Esto implica controles de accesos, control de personal, seguridad en la guarda de documentación, restricciones en la información vía telefónica o radiofónica, supervisar la correcta clasificación de Seguridad en la correspondencia, supervisar la seguridad física de todos los elementos de interés, etc. PREGUNTADO por el Sr. Defensor para que diga si al referirse a esas funciones se entienden como realizadas dentro del ámbito de la Base y del personal en actividad en ella, o fuera de ella CONTESTA dentro del ámbito..."

n) Explica las relaciones que mantenía con los Departamentos y Divisiones de Inteligencia y Contrainteligencia de la Base Naval de Infantería de Marina:

"...no había una relación. Puede surgir de algo que sea de interés, y uno le comunica al otro, pero no sé cómo definirla. Podría dar un ejemplo: alguien que tenga prohibición de acceso a la Infantería de Marina, le debe ser comunicada a la Base, porque la persona debe pasar primero por la Base, para llegar a su destino. Por una cuestión geográfica, la gente que va a Baterías, debe pasar primero por la Base Naval de Puerto Belgrano, ello por sí ya era una relación. Baterías utilizaba Policía de Establecimientos Navales en sus controles de acceso, que dependía de la jefatura de la policía de Establecimientos Navales de Puerto Belgrano PREGUNTADO para que diga si conocía la actividad desplegada por BOTTO como jefe de la División Contrainteligencia del Comando de Operaciones Navales CONTESTA no, eran independientes PREGUNTADO para que diga si tenía alguna relación funcional con el citado BOTTO CONTESTA teníamos una relación personal. Estábamos cerca geográficamente, pero eran tareas independientes, funcional no teníamos..."

6.5. RESPONSABILIDAD: La CFABB el 15/02/11 en el Expte. 66513 caratulado: "MALOBERTI, Leandro Marcelo y Otros s/Apelac. ampliación auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN, Ángel Lionel s/Apelac. falta de mérito (Caso: Cora PIOLI) en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad (ARMADA ARGENTINA)" sobre la actuación de MALOBERTI en el período que aquí interesa señaló:

"...De su Legajo de Conceptos surge que con el grado de Teniente de Navío a partir del 26 de noviembre de 1976 dejó su cargo en la División Personal Civil y pasó a desempeñar de manera simultánea los cargos de Jefe de la División Policía Establecimientos Navales y Jefe de la División Contrainteligencia, ambos de la BNPB.
En su declaración indagatoria del 12/5/2009 (fs. 7450/7456 del ppal.) reconoce que el cargo de contrainteligencia lo ocupó a partir de diciembre de 1976, con escasa superposición con el otro oficial que dejaba el cargo por ser el último mes del año el período de licencia anual. El oficial saliente era el TC Tomás Hermógenes CARRIZO, que en su declaración indagatoria del 16/4/2009 (fs. 6900/6908 del ppal.) confirma que estuvo en el cargo hasta el 30/11/1976.
Al momento en que presuntamente sucedió el hecho que se le imputa (Sep/1978), MALOBERTI -recién ascendido a Capitán de Corbeta-se desempeñaba como Jefe de la División Policía de la BNPB y como Jefe del Departamento de Seguridad de la BNPB (desde hacía 22 y 7 meses, respectivamente, al cierre del período de calificación en febrero de 1979)
En la causa citada se hizo mérito de documental agregada a la causa -oficio Letra BNPB, CRH N° 349/77 "ESC" del 17 de mayo de 1977-firmada por MALOBERTI como Jefe de la División Contrainteligencia de la BNPB, que demostraba que dicha división cumplía funciones como contribuyente a la CEIP, que era el órgano de inteligencia de las cuatro FUERTAR asentadas en el Área de Interés Principal Punta Alta - Bahía Blanca, y en particular de la FUERTAR 2, principal responsable en esta jurisdicción en lo que hace a operativos subversivos. Si bien la defensa pretende restarle valor a dicho oficio, este Tribunal considera que de él surge el importante rol que cumplía la División de Contrainteligencia de la BNPB como parte de la Comunidad informativa en el procedimiento de adquisición de blancos.
En ese oficio -dirigido al Comando de la Fuerza de Tareas N°2, remitiendo copia de un pedido de detención de una persona, que fue recibido en Contrainteligencia de la FAPA el 19/5/1977- el prevenido firmaba como Jefe de la División Contrainteligencia, la que dependía del Departamento de Seguridad de la Subjefatura General de la BNPB (v. sello "medalla"). Por lo tanto, puesto que el CC Leandro Marcelo MALOBERTI se desempeñaba como Jefe del Departamento de Seguridad de la BNPB al momento de la desaparición de ALTAMIRANO (año 1978), cabe concluir prima facie en su responsabilidad por ese hecho, ya que la División de Contrainteligencia de la BNPB -contribuyente de la CEIP- continuaba operando bajo sus órdenes, ya no bajo su mando directo, sino como una división subordinada a él... "

Sobre la División Contrainteligencia de la B.N.P.B. la CFABB el 07/12/10 en el Expte. 65989 caratulado: "BOTTO, Guillermo Félix y Otros s/Apel. auto de procesamiento y prisión prev.; y NÚÑEZ, Elso Antonio s/Apel. falta de mérito en c. 04/07: 'Inv. Delitos Lesa Humanidad' (ARMADA ARGENTINA)" indicó:

"...Existe gran cantidad de oficios de la Sección Informaciones de la PNA (ZAN) dirigidos al "Jefe de la División Contrainteligencia de la B.N.P.B." en las que se remite desde información o antecedentes de personas requeridos expresamente (vgr. Oficios Letra 8687-IFI: n° 13 "ESC"/976 del 11/02/1976, n°43 "ESC"/976 del 03/6/1976, n° 54 "E SC"/976 del 01/7/1976, n°63 "ESC"/976 del 19/7/1976), o transcripción de la información producida por las dependencias subordinadas a esa Jefatura de Zona que poseen Sección de Información, realizadas en forma mensual como trimestral (vgr. Oficio Letra 8687-IFI n° 28 "ESC"/976 del 30/4/1976, correspondiente a los meses de febrero marzo y abril; Oficio Letra 8687-IFI n° 85 "ESC"/976 del 17/9/1976 correspondiente al mes de agosto), hasta la remisión de copias de los interrogatorios a personas calificadas como "elementos subversivos" detenidas por dependencias subordinadas (ej. Oficio Letra 8687-IFI n° 67 "ESC"/976 del 30/7/1976).
Hay también muchos "Memorandum" de la PNA (ZAN), en su mayoría dirigidos al Jefe de Inteligencia de la PNA, entre los que se cuentan varios que señalan como fuente de la información que se transmite, a la "División Contrainteligencia de la BNPB", vgr. Mem-8687-IFI n°42 "ESC"/976 del 30/4/1976 que da cuenta del procedimiento efectuado por la FUERTAR 2 en el domicilio de Aedo Héctor Juárez (v. fs. 3632/3633 del principal), o el Mem-8687-IFI n°49 "ESC"/976 del 14/5/1976 que informa sobre los antecedentes del personal docente y no docente de la UNS que fue cesanteado por razones de Seguridad Nacional.
Debe señalarse que la División Inteligencia de la PNA (ZAN) era una de las agencias colectoras subordinadas a la Central Principal de Inteligencia BNPB, órgano de inteligencia de las FUERTAR N° 1, 2, 9 y 10 (PLACINTARA 75, Anexo A, pto. 3.2 y Apéndice 1)...
Respecto de la distinción de funciones entre inteligencia y contrainteligencia, la misma no tiene el alcance que pretende darle el apelante, pues en ambos casos se produce y colecta información, y ambas actividades dan lugar al señalamiento de blancos, al punto tal que el Apéndice 1 del Anexo "A" -Inteligencia- al señalar las agencias colectoras que convergen en la CEIP, se incluye a las divisiones de Contrainteligencia.
Su alcance está bien delimitado por la propia Armada en el Diccionario de Terminología Militar de la Armada (Publicación R.G. -1- 204, 1ra. edición, 1971, p. 63) donde se define CONTRAINTELIGENCIA como Actividad de ejecución abierta o subrepticia, destinada a:
a) Negar información pública o restringir su difusión.
b) Proteger documentos, materiales, instalaciones, actividades, comunicaciones y personas, de las actividades enemigas de espionaje, sabotaje y subversión.
c) Detectar, localizar, identificar y eventualmente neutralizar las personas, redes y organizaciones internas o externas que, a través de la ejecución de actividades especiales de inteligencia (espionaje, sabotaje, actividades psicológicas secretas y operaciones especiales) afecten la defensa nacional... "

Manteniendo su cargo de Jefe de la División Policía de Establecimientos Navales -que, entre otras tareas, realizaba tanto el control de acceso de oficiales; suboficiales; técnicos; personal civil y conscriptos a los buques, unidades, dependencias, oficinas y talleres de la Base Naval Puerto Belgrano (BNPB) y de la Base de Infantería de Marina Baterías (BIMB) como su control de salida al término de la jornada laboral o con motivo de licencias, pases, permisos o bajas del servicio-, MALOBERTI ejercía en el año 1977 la Jefatura de la División Contrainteligencia (C/Icia) del Departamento Seguridad de la BNPB que asistía -en su especialidad- a la Fuerza de Tareas 2 (FAPA)

Estas funciones -corroboradas en su legajo naval- las admite MALOBERTI al prestar declaración indagatoria en la causa:

"...para que diga si recuerda quién era el responsable de la Policía de Establecimientos Navales durante el período en que prestó funciones en ella CONTESTA yo. El primer año -en el 77, noviembre del 76- fui como segundo, quedé a cargo por enfermedad del jefe, el Capitán Molina. Durante el año 77 mantuve esa situación: fui Jefe de Policía. En el 78 y 79 fui jefe del Departamento Seguridad, que en realidad, incluía lo mismo. Ser jefe del departamento de seguridad era lo mismo que ser jefe de policía y viceversa... "
"...Puede surgir de algo que sea de interés, y uno le comunica al otro, pero no sé cómo definirla. Podría dar un ejemplo: alguien que tenga prohibición de acceso a la Infantería de Marina, le debe ser comunicada a la Base, porque la persona debe pasar primero por la Base, para llegar a su destino. Por una cuestión geográfica, la gente que va a Baterías, debe pasar primero por la Base Naval de Puerto Belgrano, ello por sí ya era una relación. Baterías utilizaba Policía de Establecimientos Navales en sus controles de acceso, que dependía de la jefatura de la policía de Establecimientos Navales de Puerto Belgrano... "

A más de reconocer esta rutinaria vinculación con la BIMB, MALOBERTI confesó -al ser indagado- que remitía informes de inteligencia a la Fuerza de Tareas 2:

"...para que diga cuál era la relación orgánica y práctica entre la División Contrainteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano y la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA la Fuerza de Tareas 2 eventualmente podía o pudo haber pedido antecedentes registrados en la División Contrainteligencia... "

Este "...podía o pudo..." queda revelado por medio de la nota N° 349/77 "ESC" Letra BNPB,CRH del 17/05/77 firmada por el Teniente de Navío Leandro Marcelo MALOBERTI como Jefe de la División Contrainteligencia del Departamento Seguridad de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano -según el sello allí impreso- solicitando al Comando de la Fuerza de Tareas N° 2 lo siguiente:

"...Agregado se eleva copia de la nota DGI "bb" N° 123 "ESC"/77, procedente de la Policía Federal, Delegación Bahía Blanca, referente al pedido de detención de Julio César URIEN. Se solicita que de ser habido, durante los controles de ruta efectuados por fuerzas de ese Comando, el mismo sea conducido a esta División... "

Esta nota -como se observa al pie de la misma- "...Entró... " en el Depto. de Contrainteligencia de la Fuerza de Apoyo Anfibio el 19/05/77 firmando su recepción el Capitán de Corbeta I.M. Gerardo Alberto PAZOS en su carácter de Jefe de Operaciones (G-3), Inteligencia (G-2) y de la Central de Operaciones de Combate (C.O.C.) de la F.T.2 que ya había distribuído la novedad a la Comunidad Informativa local a través del mensaje DGI "bb" N° 123 "ESC"/77.

De los Memorandums transcriptos en esta resolución -y todos los demás mencionados en anteriores decisiones y grabados en los DVD remitidos por la Comisión Provincial por la Memoria- se sigue que entre la Jefatura de la División Contrainteligencia del Departamento Seguridad y Operaciones de la Subjefatura General de la Base Naval Puerto Belgrano y la Jefatura de la Policía de Establecimientos Navales -todo ello a cargo de MALOBERTI en el año 1977- y la Flota de Mar, la Base de Infantería de Marina Baterías (BIMB), la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) y la Base Aeronaval Comandante Espora (BACE) -cuyas respectivas unidades integraban las Fuerzas de Tareas N° 1 (Flota de Mar); N° 9 (Reserva Terrestre); N° 2 (FAPA) y N° 10 (Reserva Aeronaval)- existía una diaria interrelación para mantener actualizados los listados de control en los puestos de accesos a sus respectivas unidades y un conjunto de actividades combinadas -traslado de detenidos desde el ex-crucero "ARA 9 de Julio" o desde la "VI Batería" para interrogarlos en las instalaciones de la Policía Naval linderas al Puesto N° 1 de la BNPB- destinadas a la lucha antisubversiva bajo la supervisión del Cte. de la Flota de Mar (FT1), el Cte. de Infantería de Marina (FT9) y el Cte. de la Aviación Naval (FT10) con los Jefes de esas bases y grandes unidades de combate bajo la supervisión del Cte. de Operaciones Navales (C.O.N.) asentado -como su Central de Inteligencia- en la Base Naval Puerto Belgrano.

Son suficientemente elocuentes tanto de la violencia e ilicitud de los secuestros como de la brutalidad de las torturas, de los interrogatorios, los traslados y el trato vejatorio por parte del personal de la División de Contrainteligencia de la Base Naval Puerto Belgrano y de la Policía de Establecimientos Navales las declaraciones transcriptas en el cap. XXV "Secuencia del horror en la Armada" del auto de procesamiento de fs. 13049/13339vta. que integra la presente resolución, en particular, las del CN (RE) Guillermo Félix BOTTO (fs. 5049/5055 y 5389/539 - Jefe de la División Contrainteligencia y Obtención de Informaciones del Comando de Operaciones Navales (1976/1978); del Comandante de la Infantería de Marina VL (RE) Eduardo René FRACASSI (fs. 7331/7338); del Jefe del Departamento de Inteligencia del Comando de Operaciones Navales (1976) CN Eduardo Morris GIRLING (fs.11063/11066) y de los suboficiales de la Policía de Establecimientos Navales Rubén VALDÉZ (fs. 2381/2386); José Néstor LÓPEZ (fs. 2396/2401); Isabelino IBAROLA; Carlos Omar FERNÁNDEZ (fs. 2357/2358) y Juan Alberto JALIF (fs. 2377); las vertidas por las víctimas el 19/10/07 durante la Inspección Ocular a la BNPB (fs. 962/965 y fs. 1039/1050) grabadas en los DVD enviados a fs. 1252 por la Policía Federal Argentina (v. acta de fs. 968); a fs. 1848 por la ONG "Memoria Abierta" y a fs. 990 y 1148 por el "Canal 7 TV Pública - Argentina" y los testimonios de Edgardo Daniel CARRACEDO (fs. 880/885); Ramón Ernesto DE DIOS (fs. 2359/2360); Hugo Mario GIORNO (fs. 840/846 y 942/952); Raúl SPADINI (fs. 1132/1133 vta.); Jorge Osvaldo IZARRA (fs. 868/878); Rubén Adolfo JARA (fs. 1788/1794 y 1912/1917); Aedo Héctor JUÁREZ (fs. 855/861); Norman Oscar OCHOA (fs. 1157/1160); Aníbal Héctor Armando PERPETUA (fs. 1253/1264); Graciela Susana SEBECA (fs. 1097/1101); Patricia Magdalena GASTALDI (causa 349); Martha Nélida MANTOVANI de MONTOVANI (causa 109 y fs. 136 causa 297/87 ratificada a fs. 333); Silvia Haydeé LARREA (fs. 1245/1246); Héctor Ernesto LARREA (fs. 942/952 y 1247/1248); Eduardo Eraldo ERALDO (en la Subsecretaría DDHH); Patricia Magdalena GASTALDI (causa 349); Diana Silvia DIEZ (causa 229); Lisandro Raúl CUBAS (causa 13/85) y Ana María SANTARELLi de PIOLI (causa 179)

Por ello, y su calidad de Jefe de la División Policía de Establecimientos Navales y de la División Contrainteligencia (C/Icia) del Departamento Seguridad de la BNPB que asistía -en su especialidad- a la Fuerza de Tareas 2 (FAPA) responderá MALOBERTI como autor mediato de los hechos de los que resultaron víctimas Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA por los que fue intimado, por estar acreditado el aporte de las jefaturas a su cargo que contribuía a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP), y donde convergía toda la información producida por las agencias de colección de información, y desde donde se proveía la inteligencia necesaria en todos los casos para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones


7. Capitán de Navío (RE) Alberto Gerardo PAZOS

7.1. REQUERIMIENTO FISCAL: El Ministerio Público Fiscal a fs. 697/715; 8832/8854 y 20188/20190vta sostiene:

a) Desempeño: Que con el grado de Capitán de Corbeta de Infantería de Marina, se desempeñó durante el año 1977 en la sección de Inteligencia de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA), dependiente del Comando de la Infantería de Marina (fs. 697/715), indicando más adelante que "...durante el período 24 de enero de 1977 - 01 de Agosto de 1977 ocupó el cargo de Jefe de Operaciones, Jefe de Inteligencia, Jefe de la C. O. C. de la Fuerza de Tareas 2, conforme consta a fojas 148 de su Legajo de Conceptos..." (fs. 8832/8854)

b) Atribución de responsabilidad: Se le reprochan como autor mediato los hechos que tuvieron por víctima María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA (fs. 20188/20190vta)

7.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) N° 8138 Caja 1966 y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos -en copias certificadas- por la Armada a fs. 290/292 y fs. 2894, que Gerardo Alberto PAZOS nació el 31 de enero de 1939, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete de Infantería de Marina el 17 de enero de 1955, promoción 87, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación "...puntos (3,863), siendo el 8°/13 de la promoción..." (fs. 3 LS y fs. 257/257vta. LC).

7.2.1. Ascensos: Ascendió el 20/12/60 al grado de Guardiamarina Inf. Mar; el 31/12/62 al grado de Teniente de Corbeta Inf. Mar.; el 31/12/65 al grado de Teniente de Fragata Inf. Mar.; el 31/12/68 al grado de Teniente de Navío Inf. Mar.; el 31/12/74 al grado de Capitán de Corbeta Inf. Mar.; el 31/12/79 al grado de Capitán de Fragata y finalmente el 31/12/85 al grado de Capitán de Navío (fs. 5 LS).

7.2.2. Traslados y designaciones : De los registros consta que:

a) Con grado de Teniente de Navío desempeñó el cargo de Segundo Comandante - Jefe de Sección Operaciones (S-2) - Jefe de Sección Inteligencia (S-3) del Batallón Comunicaciones N° 1 Esc. (BC1E) con asiento en la Base Naval Puerto Belgrano desde el 04/01/73 al 08/02/74 según el Boletín Naval Público (BNP) número 207/72. En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...es decidido y un excelente ejecutor de las tareas asignadas..." (LC fs. 180/180vta. Pto. Belgrano 20/12/73 firmado por CC Eduardo PÉREZ MILLAN Cte. BC1E).

Por DGPN PGEB 02135 73 5 "C" se deja constancia que realizó el curso de "Guerra Revolucionaria" en la zona de Puerto Belgrano del 25 al 29/06/73 (fs. 4 LS y fs. 171 LC).

b) Con grado de Teniente de Navío y luego con el grado de Capitán de Corbeta más adelante, desempeñó el cargo de Ayudante Secretario Jefe Operaciones - Jefe Personal - Jefe Despacho - Jefe Justicia - Jefe Reglamento y Publicaciones del EMGN y de Comunicaciones de la Brigada Infantería de Marina N° 1 (BRN1) con asiento en Baterías (BNPB) desde el 08/02/74 al 24/01/77 según los BNP números 162/73; 150/74 y 36/74. En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...Se dá ampliamente al servicio, cooperando con agrado en todo cuanto él le demande..." (LC fs. 174/174vta. Baterías, 25/10/74 firmado por CN Luis Alberto FERMANI Cte. BRN1).

c) Con grado Capitán de Corbeta Observador Militar de las Naciones Unidas en el Medio Oriente (Canal de Suéz) en el destino de la Dirección General Personal Naval desde el 09/12/74 al 24/01/77 según los Boletines Navales Reservados (BNR) números 162/73; 150/74 y 36/74. En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...dado lo particular de las funciones que se cumplen en ésta misión, varios aspectos de la foja no son posibles de ser evaluados, en particular en lo que hace lo profesional..." (LC fs. 166/166vta. Jerusalén, 14/12/75 firmado por CC ).

d) Con grado de Capitán de Corbeta desempeñó el cargo de Jefe de Operaciones - Jefe de Inteligencia - Jefe de la C.O.C. de la F.T.2 Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) G-2 y G-3 con asiento en la Base Naval Puerto Belgrano desde el 24/01/77 al 19/07/77 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 2/77. En la foja de conceptos su Superior anotó:

"...No ha necesitado de mayores detalles para comprender las ordenes... su asesoramiento criterioso y de buenos conocimientos profesionales... Siempre bien dispuesto para el trabajo... Ha tenido un desempeño altamente destacado como Oficial de Inteligencia y Operaciones de la FAPA y F.T.2., en particular en esta última donde demostró eficiencia similar a la de cualquier oficial habilitado en inteligencia que además fuera muy experimentado. Muy inteligente, criterioso y con firme personalidad.... " (LC fs. 150/150vta. Pto. Belgrano firmado por CN Carlos Alberto C. BÜSSER Cte. FAPA y CF Carlos Alberto LIMARDO Jefe Estado Mayor FAPA).

e) Con grado de Capitán de Corbeta desempeñó el cargo de Segundo Comandante del Batallón de Infantería de Marina N° 3 (BIM3) desde el 15/12/77 al 21/03/79 según el BNR número 95/77.

f) Con grado de Capitán de Corbeta y luego con el grado de Capitán de Fragata desempeñó el cargo de Comandante del Batallón de Seguridad (BISA) del Comando en Jefe de la Armada (COAR) y Jefe División Seguridad de la Jefatura Militar (JEMI) del COAR desde el 21/03/79 al 23/01/80 según los BNR números 22/79 y 4/80

g) Con grado de Capitán de Fragata desempeñó el cargo de Jefe División Ceremonial de la Secretaría General Naval desde el 25/01/80 al 28/01/81 según el BNR número 01/80.

h) Con grado de Capitán de Fragata desempeñó el cargo de Profesor de Logística y Comunicaciones de la Escuela de Guerra Naval desde el 28/01/81 al 13/03/84 según el BNR número 01/81.

i) Con grado de Capitán de Fragata desempeñó el cargo de Comandante del Batallón Apoyo logístico Brigada de Infantería de Marina N° 1 desde el 13/03/84 al 14/03/85 según el BNR número 3/84.

7.2.3. Retiro: Por Resolución N° 119/91 JEMGA se le otorgó el retiro voluntario a partir del 01/09/91 computando 36 años de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72. (fs. 4 y 18/19 LS y fs.275 LC).

7.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la indagatoria de fs. 23225/23226 del 14/12/11 y de fs. 25915/25915vta del 20/09/12 PAZOS sobre los hechos aquí imputados manifestó: "...no voy a declarar..."

Pese a lo anterior, all prestar declaración indagatoria en la audiencia de fs. 10602/10604 del 03/12/09 continuada a fs. 10620/10628 el 04/12/09 PAZOS manifestó:

a) Indica el período que estuvo en Puerto Belgrano

"...yo quiero aclarar que en el año 75 y 76, me desempeñé como Observador Militar de Naciones Unidas como consta en el legajo y la causa, y que regresé al país el 24 de enero de 1977 y me voy de Puerto Belgrano el 19 de julio de 1977..."

b) Indica que en los hechos de Carrá, Diez y Pioli no se encontraba en la zona de Puerto Belgrano

"...Llego a la zona el 24/01/77. De acuerdo a eso, cuando ocurren los hechos de Carrá, Diez y Pioli, no estoy en la zona de Puerto Belgrano, ya estaba en Buenos Aires porque me voy de paso a la Escuela de Guerra..."

c) Niega haber integrado una asociación ilícita:

"...En la otra acusación que se me hace, de asociación ilícita, yo formé parte de una organización del Estado, prevista en la Constitución y las leyes correspondientes, y considero que no formé parte de ninguna asociación ilícita. Eso es todo lo que tengo que aclarar sobre lo que se me acusa... "

d) Refiere su funciones en la Fuerza de Tareas N° 2:

"...Concedida que le fue la palabra al Sr. Defensor, manifiesta que por el momento no desea efectuar preguntas. Concedida la palabra al Sr. Fiscal Federal, PREGUNTA al compareciente para que diga, qué funciones cumplió en la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA mis funciones eran en la Fuerza de Apoyo Anfibio que se transformaba en Fuerza de Tareas 2. En la Fuerza de Apoyo Anfibio era Jefe de Operaciones y Jefe de la COC Central de Operaciones de Combate. Para que la FAPA -Fuerza de Apoyo Anfibio-pasara a ser Fuerza de Tareas 2 se le agregaba según consta, una Central Principal de Inteligencia de Puerto Belgrano cuyo código era CEIT que dependía del Comando de Operaciones Navales a ese respecto. Esa es la diferencia. Yo no tenía ninguna relación con esa CEIT..."

e) Niega haberse desempeñando como Jefe de Inteligencia de la Fuerza de Tareas N° 2:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si se desempeñó como Jefe de Inteligencia de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA negativo... "

f) Admite haberse desempeñando como Jefe de Operaciones de Inteligencia en la FAPA en el marco externo:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si desempeñó alguna jefatura de la especialidad Inteligencia durante el período que va desde enero del 77 hasta agosto del 77 CONTESTA afirmativo. Era Jefe de Operaciones de Inteligencia de la FAPA con respecto al marco externo, caso Chile. En ese momento se estaba gestando el despliegue del 77 que después se hizo en el 78... "
"...PREGUNTADO por S.S. qué es orden cerrado CONTESTA formas militares, marchar, firme, carrera mar PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué características especiales eran tomadas en cuenta para el desarrollo del combate antisubversivo CONTESTA ninguna en particular PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si le era posible escindir su carácter de Jefe de Operaciones y Jefe de Inteligencia CONTESTA reitero: yo era jefe de inteligencia del marco externo, Chile, que no tenia nada que ver con el accionar subversivo PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si era jefe de Operaciones para el marco interno CONTESTA no, negativo PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga Jefe de qué operaciones era CONTESTA Jefe de Operaciones de la Fuerza de Apoyo Anfibio para el marco externo... "

g) Admite haber realizado en 1977 actividades de inteligencia en la investigación de la voladura del silo de Ing. White atribuído a priori a la subversión:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué actividades de inteligencia desarrolló en relación a lo que las FFAA consideraban en el año 77 "elementos subversivos" CONTESTA en el año 77 en el periodo que estuve yo, se produce la voladura de un silo en Ingeniero White, no recuerdo la fecha, pero consta en la causa. Soy designado junto con otros oficiales, Policía Federal, personal de expertos en explosivos de la Base Naval Puerto Belgrano, en la investigación de ese hecho que a priori se le asignó a lo que se denominaba la subversión. Fue una designación especial para ese caso. Un trabajo muy extenso muy profundo, y determinó que la voladura había sido consecuencia de dos operarios que estaban soldando con soldadura eléctrica en un ambiente propio del silo, de celulosa en el aire. Ambos participantes desaparecieron como producto de la explosión. Como resultado de ese estudio, la comisión elevó a la superioridad el resultado, aduciendo o informando que no había sido una voladura a propósito o puesta por alguien, sino que había sido un accidente. Esa fue mi participación en un hecho que haga a los temas que preguntó el Sr. Fiscal, que no fuera lo mío, de mi trabajo... "
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué aptitudes especiales tenía para que se haya realizado la designación referida CONTESTA desconozco. Me designaron. Era una investigación pero no había que tener una aptitud especial. Era una investigación sumaria... "
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si durante el periodo de revista por el que se lo esta imputando, realizó análisis de inteligencia sobre el accionar subversivo CONTESTA negativo. No era mi tarea... "

h) Admite haber integrado un circuito de informes sobre subversivos:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si integraba el circuito por el cual circulaban informes antecedentes, fotografías o cualquier tipo de información referida a las personas consideradas por entonces "subversivas" CONTESTA afirmativo. Era normal que pasaran ese tipo de informes... "

i) No recuerda la procedencia y el contenido de los informes de inteligencia sobre subversivos:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga acerca de la procedencia de esos informes CONTESTA no recuerdo... "
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué contenido tenían esos informes CONTESTA no recuerdo... "
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué tareas desarrollaba con dicha información. En este estado, el Sr. Defensor objeta la pregunta manifestando que se inquiere sobre cuestiones ajenas a las imputaciones que se le han hecho al compareciente. En consecuencia, S.S. exhibe al imputado y su defensor el acta de la audiencia del 03 del corriente obrante a fojas 10.602/10.604vta., y se da lectura de las anotaciones del imputado obrantes en sus legajos de Servicios y de Conceptos, en particular, el punto D de fs. 10.603 in fine y vuelta, en donde aparece su cargo de Jefe de Inteligencia tanto en la FAPA como en la Fuerza de Tareas 2 con conceptos elogiosos de su superior inmediato, el Capitán de Navío Büsser, razón por la cual, la PREGUNTA formulada por el Sr. Fiscal Federal Subrogante resulta pertinente y va a ser reformulada de la siguiente manera: cuál era el propósito de la recolección de información en el destino antedicho CONTESTA supongo que conocimiento y archivo..."

j) Manifiesta no haber tenido conocimiento de Centros Clandestinos de Detención en el período que estuvo en la BNPB o en BNIM:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si tenía conocimiento de la organización de centros clandestinos de detención en la Base Naval Puerto Belgrano y/o Baterías en el período en que se desempeñó durante 1977 CONTESTA ninguno... "

k) Manifiesta haber tenido conocimiento acerca de la lucha antisubversiva por parte de las FF.AA:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si tenía conocimiento acerca de la dedicación de las FFAA a lo que denominaron "combate antisubversivo" o "lucha contra la subversión" CONTESTA si... "

l) Ignora las tareas de la F.T.2 en la lucha antisubversiva:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga cómo se desarrollaba esa tarea por parte de la Fuerza de Tareas 2 en su especialidad de inteligencia, en el período en que revistó en ese destino CONTESTA excepto el caso de Ingeniero White, no tuve ningún tipo de actividad en esa tarea..."
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si al tomar posesión de su cargo en enero de 1977 tomó conocimiento de personas detenidas por o a disposición de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA negativo... "
"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga si ese "accionar subversivo" no era de interés para la jefatura de inteligencia de la Fuerza de Tareas 2 que se encontraba abocada a dicho ámbito CONTESTA negativo... "

m) Ubica la FAPA:

"...En este estado S.S. exhibe al declarante imágenes obtenidas del programa Google en internet, y PREGUNTA para que diga si puede ubicar en dichas imágenes. Señala el declarante en la imagen señalada "A" la ubicación de la FAPA. Lo mismo en la imagen "B". Y manifiesta ante la imagen "C": dentro de la FAPA, el despacho del comandante y la central de operaciones de combate, COC, que no tiene nada que ver con inteligencia..."
"...En la imagen "D" señala el lugar de ubicación del Comandante y las unidades que pertenecían a la FAPA. Manifiesta: La oficina de operaciones de inteligencia estaba el COC; en el COC estaba todo..."
"...PREGUNTADO por S.S. si había alguna unidad que pertenecía a la FAPA cercana a la zona de Baterías. CONTESTA no tiene nada que ver. Baterías está a 15 km. EXHIBIDA que le es una imagen de la zona de Baterías que se imprime y se señala con la letra "E" MANIFIESTA esta puesta la Base Baterías que es el centro neurálgico, la infraestructura de la base y lo que queda hacia el fondo del gráfico es el Batallón de Apoyo Anfibio... "

o) Distingue la FAPA de la F.T.2:

"...En este estado el Sr. defensor solicita la palabra para manifestar que en la Base Naval Puerto Belgrano se encuentra el componente naval propiamente dicho, así como el componente Infantería de Marina, que son independientes entre sí, salvo en operaciones. Para hacerlo más gráfico la Base Naval Puerto Belgrano sería el género, y Baterías la especie. MANIFIESTA el declarante que desea hacer entrega en este acto, de un gráfico que realizó en la Unidad Penal 4, solicitando se agregue al acta de esta audiencia. Manifiesta es difícil entender la diferencia entre la FAPA y la Fuerza de Tareas 2. Se aprovecha una para la otra, tienen el mismo jefe pero no es lo mismo... "

p) Marca la jurisdicción territorial de la F.T.2 :

"...En este estado, S.S. solicita que marque el perímetro o jurisdicción territorial de la Fuerza de Tareas 2 en las imágenes "A" a "E" y manifiesta el compareciente excede el gráfico "A". la zona de influencia de la Fuerza de Tareas 2 es: Uno, es la Base Naval Puerto Belgrano en toda su extensión, Baterías, todo. Punta Alta e ingeniero White..."

q) Niega toda vinculación entre la F.T.2 con la Prefectura Zona Atlántico Norte y Prefectura Bahía Blanca:

"...PREGUNTADO por S.S. para que diga qué relación tenía la Fuerza de Tareas 2 con la Prefectura Zona Atlántico Norte y particularmente con su sección de información y la Prefectura Bahía Blanca con asiento esta última en el puerto de Ingeniero White CONTESTA ninguna relación conmigo, con mi organización. Y con la Fuerza de Tareas 2 ninguna... "

r) Admite que el Jefe de inteligencia de la FAPA y de la F.T.2 tenían acceso al PLACINTARA 75:

"...PREGUNTADO por S.S. si como jefe de inteligencia de la FAPA y de la Fuerza de Tareas 2 según la foja 150/vta. de su LC que se le exhibe, tenía acceso o conocimiento del Plan de Capacidades 1/75 también conocido como PLACINTARA que en este acto también se le exhibe CONTESTA tenia conocimiento del PLACINTARA por supuesto, pero reitero que la parte inteligencia era de la Central Principal de Inteligencia de Puerto Belgrano. Yo no tenía nada que ver con la inteligencia de la Fuerza de Tareas 2... "

s) Reconoce su firma tomando conocimiento de la calificación de sus superiores en su legajo de concepto:

"...PREGUNTADO por S.S. para que diga si la firma puesta al pie de la foja 150 vta. de su legajo de conceptos tomando conocimiento en Puerto Belgrano de la anotación hecha por su superior Cap. de Navío Carlos Alberto Büsser, y del Jefe de Estado Mayor de Infantería de Marina Cap. de Fragata Carlos Alberto Limardo le pertenece CONTESTA lo que puedo reconocer, es que ésta parece ser mi firma... "

t) Reconoce la orgánica de la FAPA y sus unidades dependientes:

"...En este acto S.S. exhibe las páginas de la obra "Armada Argentina -Infantería de Marina - Tres siglos de Historia y Cien años de vida orgánica" citado en estos autos y PREGUNTA al compareciente si la orgánica de la Fuerza de Apoyo Anfibio y las unidades dependientes de la misma que se encuentran detalladas entre las páginas 134 y 140, se correspondían al año 1977, ya que es una obra del año 1979 CONTESTA si, corresponde -en la página 134- el Batallón de Vehículos Anfibios, el Batallón de Comunicaciones, el B3 Batallón Antiaéreo, Agrupación Comandos Anfibios, y agrupación servicios cuartel en la página 135. Son cinco unidades... "

u) Admite que la F.T. 2 realizaba tareas de prevención de ataques subversivos:

"...Otorgada la palabra al Sr. Fiscal Federal, PREGUNTA al deponente, para que diga qué operaciones ofensivas y defensivas y/o preventivas desarrolló la Fuerza de Tareas 2 durante el período que se le imputa CONTESTA defensivas sí, pero ofensivas ninguna. Preventivas, de control y seguridad de las instalaciones y demás, nada más... "

v) Admite que en las tareas de prevención de ataques subversivos realizadas por la F.T.2 impartía ordenes a las cinco unidades que la componían:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga "prevención" respecto a qué peligros CONTESTA prevención al accionar subversivo. Posibles fuerzas que pudieran accionar sobre nosotros. PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué en qué carácter intervenía en esas operaciones CONTESTA impartiendo directivas a los que tenían que realizarlas PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga qué tipo de directivas impartió CONTESTA adiestramiento y preparación para ese tipo de operación PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga cómo obtenía el estado de situación en el ámbito antisubversivo en que operaba CONTESTA supongo que en esos partes que mencioné que me llegaban periódicamente PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga a quién le impartía las órdenes CONTESTA a las cinco unidades que formaban parte de la FAPA PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga en base a qué fuentes direccionaba sus operaciones CONTESTA a ninguna fuente PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga en qué consistía el adiestramiento y la preparación a la que hizo referencia CONTESTA el propio que corresponde al personal de Infantería de Marina PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga cuál es el propio a que hace referencia CONTESTA Orden Cerrado, Educación Física, Combate, Tiro, Logística, Comunicaciones... "

w) Admite su relación de asesoramiento con el Jefe de la F.T.2:

"...PREGUNTADO por el Sr. Fiscal Federal para que diga cuál era la relación funcional en la práctica con el Comandante de la Fuerza de Tareas 2 CONTESTA era mi Comandante. Yo era el asesor de él. Es la relación entre un jefe y su subordinado... "

7.4. RESPONSABILIDAD: La CFABB en el capítulo IV de su sentencia del 29/12/10 dictada en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregada a fs. 16796/16835- sobre la actuación de PAZOS dijo:

"...Tampoco ha de prosperar el agravio de la defensa sobre el cargo ocupado por Gerardo Alberto PAZOS entre el 24 de enero y el 01 de agosto de 1977, al sostener que era Jefe de Inteligencia y Operaciones de la FAPA, y no de la FT2, ya que del legajo de conceptos del nombrado (f. 150/vta.) surge que se lo califica en tal período "Jefe de Operaciones-Jefe de Inteligencia-Jefe de la C.O.C. de la FT2" y en el reverso se describe su desempeño "...como Oficial de Inteligencia y Operaciones de la FAPA y FT2, en particular en esta última, donde demostró eficiencia similar a la de cualquier oficial habilitado en inteligencia que además fuera muy experimentado..."; asimismo, de la Foja de Servicios surge que se desempeñó en dicho cargo hasta el 19/7/1977.
En el Apéndice 1 del Anexo "A" INTELIGENCIA del PLACINTARA 75 se señala como responsable del área de interés "Punta Alta-Bahía Blanca" a la FUERTAR 2, que tenía asignada como Agencia de Colección de Información a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP) a la que se subordinaban la División Contrainteligencia de la Base Aeronaval Comandante Espora (BACE), igual división de la Base Naval de Infantería de Marina Baterías (BIMB), y la División Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina Zona Atlántico Norte (PNA ZAN). Cabe agregar que el PLACINTARA 75 (punto 3) estableció que la Armada Argentina debía ejecutar operaciones ofensivas, defensivas, preventivas y/o especiales contra el oponente subversivo en zonas de responsabilidad naval o en aquellas donde se ordene, y determinó las acciones a realizar por cada FUERTAR, remitiendo al concepto de cada una expuesto en el Anexo B. De ello surge que la FUERTAR 2 en el marco de la "lucha contra la subversión" estaba encargada -en lo que aquí interesa- en el Área de Inteligencia: adoctrinamiento del personal propio, inteligencia sobre el oponente interno, contrainfiltración, contrainformación, contraespionaje, contrasabotaje, contrasubversiva y acciones secretas ofensivas; y en el Área de Operaciones: seguridad, control y rechazo en instalaciones y personal propios; protección de objetivos; apoyo al mantenimiento de los servicios públicos esenciales; control de población; gobierno militar; respuestas a acciones sorpresivas del oponente subversivo; represión; conquista y ocupación de zonas y objetivos; ataque terrestre a las fuerzas regulares e irregulares del oponente subversivo; control del tránsito terrestre en zonas de interés En autos se encuentra acreditado que Gerardo Alberto PAZOS con el grado de Capitán de Corbeta -Oficial Jefe- se desempeñó en la época de los hechos en el cargo de Jefe de Operaciones y de Inteligencia de la FT2 y FAPA, cuyas funciones se especificaron supra, y en virtud de ellas es que se lo procesa, no por ser jefe de la FAPA y Comandante de la FUERTAR 2 (cargos desempeñados sucesivamente por los CN Núñez y Castro) como pretende entender el defensor del imputado. Del análisis de las mismas, también se puede concluir que la actuación de Gerardo Alberto PAZOS fue activa, no pudiendo encuadrarse en la figura del encubrimiento... "

PAZOS -que había realizado un curso de "Guerra Revolucionaria" en la zona de Puerto Belgrano en el año 1973- admitió en la indagatoria que durante su desempeño como Jefe de Inteligencia y de Operaciones de la Fuerza de Apoyo Anfibio y de la Fuerza de Tareas 2 -cuya zona de influencia recordó era la Base Naval Puerto Belgrano en toda su extensión, Baterías, todo, Punta Alta e ingeniero White- había realizado actividades de inteligencia en la investigación de hechos atribuídos a priori a la subversión, adiestrando en igual período a las cinco unidades de la FAPA para la lucha antisubversiva, impartiendo a su personal directivas en tal sentido.

PAZOS también reconoció en la indagatoria que por sus manos circulaban "periódicamente" informes, antecedentes, fotografías o cualquier tipo de datos referidos a las personas consideradas por entonces "subversivas" con el propósito de tomar conocimiento de su contenido y disponer el archivo de tales colecciones según las directivas del PLACINTARA 75 a cuyas páginas -admitió- tenía acceso.

Si bien es cierto que PAZOS no intervino en el procesamiento de la información recolectada sobre DIEZ, PIOLI y CARRÁ para seleccionarlos como "blancos" de los secuestros llevados a cabo por los grupos de tareas el 18/11/76; el 25/11/76 y el 26/12/76 respectivamente por cuanto en ese momento se hallaba como Observador Militar de las Naciones Unidas en el Medio Oriente (Canal de Suéz) no es menos valedero que desde el 24/01/77 al ejercer las Jefaturas de Operaciones e Inteligencia de la F.T.2 participó en los interrogatorios y en las torturas a los que fueron sometidos dichas víctimas en el Centro Clandestino de Detención de Baterías y también en las decisiones que resolvieron su suerte: Desaparición forzada en el caso de PIOLI y CARRÁ y la liberación en el caso de DIEZ efectuada el 04/02/77, es decir durante el tiempo que reconoció haber asesorado al Cte. de la F.T.2 FAPA.

Por ello, y su calidad de Jefe de Operaciones - Jefe de Inteligencia -Jefe de la C.O.C. de la F.T.2 Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) G-2 y G-3 con asiento en la Base Naval Puerto Belgrano responderá PAZOS como autor mediato de los hechos de los que resultaron víctimas Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA por los que fue intimado, por estar acreditado el aporte de las jefaturas a su cargo que contribuían a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP), y donde convergía toda la información producida por las agencias de colección de información, y desde donde se proveía la inteligencia necesaria en todos los casos para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones


8. Capitán de Corbeta (RE) Luis Alberto PONS

8.1. REQUERIMIENTO FISCAL: El Ministerio Público Fiscal a fs. 4145/4167 y 17439/17441 sostiene:

a) Desempeño: A fs. 4145/4167 indica que la Fuerza de Tareas 2 (F.T. 2), denominada "FUERZA DE APOYO ANFIBIO", era una de las 11 Fuerzas de Tareas organizadas desde el C.O.N. y estaba a cargo del área de seguridad 512. De la Fuerza de Tareas 2, dependían la Fuerza de Apoyo Anfibio (F.A.P.A.), la Escuela de Oficiales de la Armada y la Prefectura Naval Zona Atlántico Norte y Bahía Blanca. A su vez, la F.A.P.A reunía a todas las unidades que daban apoyo a la Brigada de Infantería de Marina Nro. 1. Estas unidades eran, el Batallón de Vehículos Anfibios, la Agrupación de Comandos Anfibios, el Batallón de Comunicaciones Nro. 1, el Batallón Antiaéreo, y el Batallón de Comando y Servicios "...En tanto que en el Batallón de Comando de la Brigada de Infantería de Marina Nro. 1, entre el 23 de diciembre de 1975 hasta el 27 de diciembre de 1976, se desempeñó Luis Alberto Pablo PONS... Alcanzó el grado de Capitán de Corbeta, con el que pasó a retiro el 1 de diciembre de 1980..." (fs. 4145 /4167)

b) Atribución de responsabilidad:

"...Se imputa a... Luis Alberto PONS...haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, desde sus destinos y cargos en el Comando de Operaciones Navales.. " (fs. 17439/17441 )

8.2. LEGAJO: A más del requerimiento formulado por la Fiscalía surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por el Ministerio de Defensa a fs. 4591/4601 que PONS nació el 20 de agosto de 1942, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete el 1 de febrero de 1961 -promoción 92/27-, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación "...puntos 4420 ..." (fs. .3 LS.)

8.2.1. Ascensos: Ascendió el 07/12/65 al grado de Guardiamarina Inf. Marina; el 31/12/67 al grado de Teniente de Corbeta I.M.; el 31/12/70 al grado de Teniente de Fragata I.M.; el 31/12/72 al grado de Teniente de Navío I.M. y finalmente el 31/12/78 al grado de Capitán de Corbeta I.M. (CC).

8.2.2. Destinos y traslados: De esos registros consta que:

a) Con grado de Teniente de Navío (TN) realizó el curso de Oficial de Inteligencia en la Escuela de Inteligencia Naval desde el 15/02/73 al 27/12/73 según el Boletín Naval Público (BNP) número 207/72

En la Ficha Censo del 17/07/73 ocupando el cargo de "Oficial Alumno Curso "A" Servicio de Inteligencia Naval" expresó:

"...Deseos desempeñarme en puestos propios de Intelig... Deseo realizar si la Armada lo requiere, estudios de nivel Universitarios conexos con mi futura capacitación de Inteligencia..." (fs. 80/80vta. LC)

Al finalizar el curso, el Jefe del Servicio de Inteligencia Naval del Estado Mayor General de la Armada -Capitán de Navío Oscar A. MONTES- anotó a su respecto lo siguiente:

"...Oficial de sobresalientes condiciones que obtuvo con holgura el mejor promedio del grupo de oficiales del curso. Durante el corriente año debió afrontar serios problemas personales por la salud de su esposa y la perdida de una hija, pese a lo cual afrontó estos con entereza, sin decaer en su rendimiento y demostrando permanentemente su deseo de superar constantemente el nivel alcanzado..." (fs. 82/82vta.LC)

b) Con grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó como Jefe Detall Cuerpo de Cadetes; Jefe de la Agrupación Infantería de Marina y Jefe Segunda División de la Escuela Naval Militar desde el 27/12/73 al 04/02/75 según el Boletín Naval Público (BNP) número 162/73

En la Ficha Censo del 25/06/74 expresó:

"...deseos... Posibilidades de realizar en años próximos cursos con dedicación exclusiva que puedan incrementar mis conocimientos en las siguientes disciplinas (expuestas en orden de prioridad: a- Acción Psicológica b- Ciencias Políticas c- Guerra Electrónica ..." (fs. 72/72vta. LC)

c) Con grado de Teniente de Navío (TN) realizó el Curso de Aplicación para Oficiales de Infantería de Marina (CAOIM) desde el 04/02/75 al 23/12/75 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 31/74

En la Ficha Censo del 26/06/75 expresó:

"...deseos... Poder desarrollar, cuando las exigencias profesionales lo permitan, Cursos que incrementen mi formación de índole profesional, humanística que sean de interés para la Institución (por ejemplo Escuela de Inteligencia del Ejército) Poder desempeñar como Oficial Subalterno, funciones en el Estado Mayor de la BRN1..." (fs. 66/66vta. LC)

d) Con grado de Teniente de Navío I.M. (TN) se desempeñó el cargo de Jefe Cargo Compañía de Comunicación; Jefe Sala de Armas, Jefe Cargo Comunicaciones; Jefe Cgo. Púb. COM; J. Sub Cargo de Electricidad; J. Secc. Central Tráfico del Batallón de Comando de la Brigada de Infantería de de Marina N° 1 (BICO) desde el 23/12/75 hasta el 27/12/76 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 111/75 (fs. 62/61/62vta LC)

En este período su Superior anotó:

"...Excelente oficial se ha manejado con mucha prudencia y tacto, en su situación de escalón intermedio entre el 2° Coma ndante y los demás jefes de compañías mucho más modernos. Tiene muy buenas aptitudes como instructor. Mediante el entusiasmo, laboriosidad y la forma de encarar organizadamente las tareas es ejemplo para los oficiales modernos. Encara todas sus actividades con excepcional entusiasmo, transmitiéndolo a sus subordinados. Leal, respetuoso y correctamente ubicado en su jerarquía. Trabaja sin horarios, dedicándose de lleno a la profesión y resuelve las distintas situaciones que se le presentan con adecuados recursos y en forma acertada. Constantemente preocupado por su personal, tanto en lo profesional para que adquieran nuevos conocimientos como por su bienestar. Su presencia es siempre bien recibida, obrando con propiedad y sencillez, lo que hace agradable su colaboración y trato. En operaciones actuó con aplomo y seguridad sin perder la calma y adoptando resoluciones pensadas y correctas..." (Puerto Belgrano, 15 de diciembre de 1976, Batallón de Comando Capitán de Corbeta de I.M. Hernán Lorenzo PAYBA Comandante - Teniente de Navío de I.M. Emilio José SCHALLER 2°Comandante"

En la Ficha Censo del 07/06/76 anotó:

"... Desea cambiar... Destino... ESOA.. Motivo... Desempeñarme como profesor de Comunicaciones e Inteligencia... Indique de que materias: Comunicaciones Contrasubversión Inteligencia ... " (fs. 61/61vta. LC)

El Comandante de Operaciones Navales -VL Luis M. MENDÍA- elevó el 10/11/76 al Comandante de Infantería de Marina -CL Eduardo René FRACASSI- la nota confidencial N° 121/76"C" Letra COOP,IM4 inmediatamente girada al Comandante de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 -CN Jorge Demetrio CASAS- con el siguiente texto:

"...Pongo en conocimiento que el señor Teniente de Navío I.M. D . Luis Alberto PONS, ha desempeñado una comisión dispuesta por el suscripto entre los días 20 de agosto y 20 de octubre del corriente año, mereciendo el concepto de SOBRESALIENTE, por haber puesto de manifiesto un gran entusiasmo, iniciativa, espíritu de sacrificio, sentido de la responsabilidad y cariño a la Institución... "

e) Con grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó el cargo Jefe División Inteligencia Marco Interno y Jefe de Central de Inteligencia de Combate del Comando de Operaciones Navales desde el 27/12/76 al 02/04/79 según los Boletines Navales Reservados (BNR) números 133/76 y 2/79 .

Aún faltando la fs. 56/56vta. en el LC -que correspondería a la calificación entre enero y septiembre de 1977 en el COM- por el período 01/10/77 al 25/11/77 sus Superiores anotaron:

"...Su dedicación y capacidad personal lo hacen de gran valor para el Servicio Naval. Sobresale por su sentido de la responsabilidad, su entusiasmo y laboriosidad. Sus condiciones personales de lealtad y espíritu de sacrificio lo hacen sumamente apto para las tareas especiales que debió cumplir. Sus actividades en el CIACS, como profesor, han sido decididamente sobresalientes. De acuerdo. Se ha destacado por su entusiasmo y el valor puesto de manifiesto en situaciones de riesgo... Puerto Belgrano, 25/XI/77 Comando de Operaciones Navales CN Juan A. IGLESIA, CN Rubén Oscar FRANCO Jefe Estado Mayor del CON y VL Antonio VAÑEK Cte. COM..." fs. 55/55vta. LC)

A fs. 10 LS se registra el antecedente "...PM: 11/78 Comando de Operaciones Navales a el SIIN en comisión desde el 16/11/78 al 20/11/78..."

f) Con grado de Capitán de Corbeta (CC) se desempeñó el cargo de Profesor Militar del Curso CAOIM Escuela de Oficiales de la Armada desde el 02/04/79 al 22/07/79 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 22/79.

g) Con grado de Capitán de Corbeta (CC) se desempeñó en la Dirección General Personal Naval desde el 22/07/79 al 22/11/79 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número /79.

8.3. RETIRO: En virtud del accidente automovilístico ocurrido el 23/12/78 por actos de servicios que le provocó traumatismo de cráneo grave y politraumatismo con una disminución de su capacidad para el trabajo en la vida civil estimada en un quince por ciento (15%) de su capacidad laborativa total (fs 25 y 30/31 LC) por Resolución N° 1052/80 (BNR 20/80) COAR del 01/12/80 se le otorgó el retiro obligatorio a partir del 01/12/80 computando 40 años de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72. (fs. 23 LC y 15 LS).

8.4. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Luego de leerse los hechos imputados y las prueba de cargo en la audiencia realizada el 14/09/11 a fs. 20729/20731 PONS se negó a declarar.

8.5. RESPONSABILIDAD: Se encuentra probado que PONS con grado de Teniente de Navío (TN) realizó el curso de Oficial de Inteligencia en la Escuela de Inteligencia Naval desde el 15/02/73 al 27/12/73 -anotando en su legajo el Jefe del Servicio de Inteligencia Naval del Estado Mayor General de la Armada -Capitán de Navío Oscar A. MONTES- la mención de ser un "...Oficial de sobresalientes condiciones que obtuvo con holgura el mejor promedio del grupo de oficiales del curso..."desempeñándose más tarde como Jefe Cargo Compañía de Comunicación; Jefe Sala de Armas, Jefe Cargo Comunicaciones; Jefe Cgo. Púb. COM; J. Sub Cargo de Electricidad; J. Secc. Central Tráfico del Batallón de Comando (BICO) de la Brigada de Infantería de de Marina N° 1 desde el 23/12/75 hasta el 27/12/76 habiendo realizado en tal período -en forma sobresaliente entre el 20/08/76 y el 20/09/76- una "comisión" dispuesta directamente por el Comandante de Operaciones Navales VL Luis M. MENDÍA (nota confidencial N° 121/76"C" Letra COOP,IM4) siendo calificado -además- por el Cte. BICO CC PAYBA por todo el tramo como el "...escalón intermedio entre el 2° Comandante y los demás jefes de compañías mucho más modernos. En operaciones actuó con aplomo y seguridad sin perder la calma y adoptando resoluciones pensadas y correctas..." para luego revistar desde el 27/12/76 al 02/04/79 como Jefe División Inteligencia Marco Interno y Jefe de Central de Inteligencia de Combate del Comando de Operaciones Navales siendo calificado por el Cte. CON VL VAÑEK como "...sumamente apto para las tareas especiales que debió cumplir... "

Por las pruebas recolectadas y las tareas de Jefe División Inteligencia Marco Interno y Jefe de Central de Inteligencia de Combate del Comando de Operaciones Navales que cumplió en la época de los hechos que se le imputan deberá responder PONS como coautor mediato de los que tuvieron por víctimas a Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA, por estar acreditado el aporte de las jefaturas a su cargo que contribuían a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP), y donde convergía toda la información producida por las agencias de colección de información, y desde donde se proveía la inteligencia necesaria en todos los casos para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones

Se deja aclarado que por error involuntario se incluyó el caso de Dina Elisa CORNAGO en la indagatoria de fs.20729/20731


9. Capitán de Navío (RE) Arturo María QUINTANA

9.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía en los ptos. 1; 2.8.; 4.8. y 5.c. del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 sostiene:

a) Desempeño: Que egresó en la promoción 90/25 de la Escuela de Infantería de Marina. En 1976 ostentaba el grado de Teniente de Navío. El 31 de diciembre de 1977, fue promovido a Capitán de Corbeta. Con el grado de Capitán de Navío pasó a retiro el 1 de septiembre de 1994.

Agrega que con el grado de Teniente de Navío se desempeñó como 2do. Comandante del Batallón de Comunicaciones N°1 que en 1976 se encontraba bajo las ordenes de Cte. Ricardo O. ARAUJO -dependiente de la FAPA y afectado a la lucha contra la subversión como una unidad de la F.T.2- del 02 de febrero de 1976 al 06 de febrero de 1978 y simultáneamente como Jefe de Inteligencia, Operaciones y Cargo Comunicaciones, desde el 02 de febrero de 1976 al 25 de noviembre de 1977.

b) Atribución de responsabilidad: "...Se imputa a Arturo María QUINTANA haber formado parte del plan criminal, clandestino e ilegal implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina en el período que fue descrito; y en particular:

- La coautoría mediata consumada, en cada caso, con la actividad de inteligencia y operativa desplegada desde sus funciones en el Batallón de Comunicaciones N°1 (Grupo de Tareas de la Fuerza de Tareas N°2)...
-Haber producido en el mismo carácter de coautor mediato los secuestros, aplicaciones de tormentos, muerte y eliminación del cuerpo de: Carlos Alberto RIVADA, María Beatriz LOPERENA..." (04/07/inc. 136 ap. 5 c.)

9.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por la Armada Argentina, que QUINTANA nació el 8 de enero de 1942, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del año Preparatorio el 4 de febrero de 1958 -promoción 90-25.

9.2.1. Ascensos: Ascendió el 6 de diciembre de 1963 a Guardiamarina I.M.; el 31 de diciembre de 1965 al grado de Teniente de Corbeta I.M.; el 31 de diciembre de 1968 al grado de Teniente de Fragata I.M.; el 31 de diciembre de 1971 al grado de Teniente de Navío I.M.; el 31 de diciembre de 1977 al grado de Capitán de Corbeta I.M.; el 31 de diciembre de 1982 al grado de Capitán de Fragata; y por último el 31 de diciembre de 1988 al grado de Capitán de Navío; (fs. 4 LS)

9.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que QUINTANA:

a) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de J. Ca. Comunicaciones; J. Cargo Comunicaciones, J. Cargo Publico de Comunicaciones, Jefe Comunicación Casino Conscriptos de la Agrupación Cuartel del RAT1 - Bajo la Sigla alfabética: BDBR - Zona: 8 - Dependencia: 150 - Destino: 126 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIM en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 15/03/74 al 01/08/74 - Cargos: J. Ca. Comunicaciones (4 meses); J. Cargo Comunicaciones (2 meses), J. Cargo Público de Comunicaciones (2 meses), Jefe Comunicación Casino Conscriptos de la Agrupación Cuartel del RAT1 - EVALUACIÓN TOTAL: "No siempre obtiene éxito total que por su esfuerzo y dedicación merece. El deseo de llevar a feliz término las tareas que se le encomiendan hace que las centralice en su persona, no concretando por ello una adecuada distribución de las mismas. Dado el poco tiempo transcurrido (4 meses y 15 días) desde que llegó la Unidad he comunicado al Teniente Quintana que para mi continúa en observación en los factores o cualidades indicadas, exhortándolo a mantener la disposición y el camino que ha elegido como el único y el mejor para superarse radicalmente" SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Oscar. C. VAN THIENEN. N° de matrícula: 001885 Lugar y Fecha: Puerto Belgrano, 31/7/1974... "(fs.77 LC)

b). Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de J. Ca. Comunicaciones; J. Sala Armas Ca. Comunicaciones; J. Cargo Comunicaciones; J. Cargo Publico de Comunicaciones. Bajo la Sigla alfabética: BDBR- Zona: 8 - Dependencia: 150 - Destino: 126 - Grado -Cuerpo - Escalafón: TNCBIM en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 01/08/74 a 29/11/74 Cargos: J. Ca. Comunicaciones (4 meses); J. Sala Armas Ca. Comunicaciones (4 meses); J. Cargo Comunicaciones (4 meses); J. Cargo Público de Comunicaciones (4 meses) EVALUACIÓN TOTAL: "Compenetrado en los objetivos de trabajo impuestos por el Comando, ha continuado dedicándose en forma preocupada y responsable, logrando con la subunidad un rendimiento satisfactorio. Debe poner especial atención en la conducción de los cuadros, haciendo una adecuada distribución de tareas y responsabilidades, a fin de lograr el mejor rendimiento en cada uno de ellos. Con el afianzamiento de su carácter, la supervisión de la acción y la cercana conducción de su personal, logrará acrecentar aún más su destacada labor, perfeccionando sus condiciones como Jefe de la Campaña. De acuerdo. Mantengo el informe formulado en la foja anterior. Ha exteriorizado en la labor diaria un franco deseo de mejorar las cualidades observadas por la DGPN. El Tte. Quintana es exhortado a mantenerse en el actual camino como único modo de superar radicalmente esta observación y hacer de su actual personalidad militar una forma permanente de proceder. Deberá cuidar su espíritu de organización y detalle no descuidando la verificación de las órdenes. Se le recuerda que a partir del próximo año será calificado para ascensos y para comando y que al repetir la Jefatura de la Com. Brigada es una valiosa oportunidad que se le brinda. "SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Carlos Alberto GIANOLA. 2do Comandante. N° matrícula: 0027325. Oscar Guillermo VAN THIENEN. Comandante. N°de matrícula 001885 - Lugar y Fecha: Puerto Belgrano, 29 de noviembre de 1974... " (fs.79 LC)

c) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de Jefe Ca. Comunicaciones. J. Sala Armas Ca. Cciones, J. Cgo. CCiones, J. Cargo Publicaciones de Cciones y J. Cargo Electricidad Bajo la Sigla alfabética: BDBR - Zona: 8- Dependencia: BRN1 - Destino: 126 Grado - Cuerpo -Escalafón: TNCBIM en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 11/12/74 a 28/11/75 Cargos: Jefe Ca. Comunicaciones (10 meses), J. Sala Armas (10 meses), Ca. Cciones (10 meses), J. Cgo. Cciones (10 meses), J. Cargo Publicaciones de Cciones (10 meses) y J. Cargo Electricidad (10 meses) EVALUACIÓN TOTAL: Es un Oficial que posee cualidades muy positivas para el servicio naval. Marcada dedicación y consagración a las actividades de la Unidad, siendo en este sentido ejemplo permanente para sus colaboradores. La acción y desempeño ha facilitado el ejercicio del comando en forma eficaz. De acuerdo lo conozco desde cadete de 1er año de la ENM y por sus condiciones personales merece mi mayor aprecio. Ha superado totalmente las irregularidades en su rendimiento de años anteriores y su reciente casamiento le ha dado la serenidad necesaria para su buen desempeño. Dedicado íntegramente a la profesión, se destaca por su espíritu de sacrificio, disposición para el trabajo y es modelo en cuanto a dar el ejemplo a sus subordinados. SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Juan Carlos FUENTES. Teniente de Navío de I.M. Jefe. N° de matrícula: 003218. Miguel Ángel MONTI. Capitán de Corbeta de I.M. Comandante. N°de matrícula 002478 .."

d) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de Segundo Comandante, Jefe a cargo de Comunicaciones y Jefe S/2 y S/3 - Bajo la Sigla alfabética: BlC1 - Zona: 75 - Dependencia: 505 - Destino: 130 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 02/02/76 a 26/11/76 Cargos: Segundo Comandante (10 meses), Jefe a cargo de Comunicaciones (10 meses) y Jefe S/2 y S/3 (10 meses) EVALUACIÓN TOTAL: SÍNTESIS: "El desempeño del Teniente Quintana como Segundo Comandante ha sido altamente eficiente debido a su dedicación prácticamente total al servicio. Sumamente subordinado, ha asesorado siempre en forma acertada tratando los temas con supremo tacto y prudencia. Si bien es riguroso en el trato con sus subordinados, estos tienen especial aprecio por él debido a que les dedica un elevado porcentaje de su tiempo a transmitirle conocimientos profesionales y solucionar los problemas de índole colectiva y/o personal. Es necesario hacer destacar su adaptación a la vida en campaña, donde se desempeña con gran soltura así como su posibilidad para resolver problemas operativos propios del área. Otra de las características que le permiten lograr buenos éxitos es una mentalidad previsora que concreta en adecuadas disposiciones que no solo beneficien a la Unidad sino también al personal. Sintéticamente, un Oficial maduro, responsable y eficiente." Tomando conocimiento: Hay una firma de Ricardo César Araujo. Capitán de Corbeta I.M. Comandante. N°de matrícula: 002712 Lugar y Fecha:"Puerto Belgrano, 26 de noviembre de 1976". (fs. 84 LC)

e) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de Segundo Comandante, Jefe cargo contrainteligencia - Inteligencia y Operaciones y J. Cargo Comunicaciones. Bajo la Sigla alfabética: BIC1-Zona: 75 - Dependencia: 505 - Destino: 130 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 15/11/76 a 01/08/77 - Cargos: Segundo Comandante (18 meses), Jefe cargo contrainteligencia -Inteligencia y Operaciones (17 meses) y J. Cargo Comunicaciones (17 meses) EVALUACIÓN TOTAL: SÍNTESIS: "Durante el presente periodo se ha desempeñado con gran soltura en el puesto se Segundo Comandante, evidenciando plena identificación con esta función, lo que lleva a cabo mediante una conducción cercana, amplio sentido de justicia y una gran dedicación personal que cunde como ejemplo. Conoce con amplitud los problemas del personal y busca la solución de los mismos. Se destaca por su laboriosidad y cooperación a lo que se suma su sentido de responsabilidad, la valorización de las necesidades del servicio y un elevado sentido de lealtad, todo lo cual lo hace un excelente colaborador. Ocasionalmente ha incurrido en errores de detalle en funciones administrativas por olvido o descuido, los que de superarse lo colocarían en un nivel de desempeño superior. Posee sólidos conocimientos técnicos teórico-prácticos, lo que incrementa su prestigio ante sus pares y subordinados, especialmente por su actitud de transmitir los mismos." Tomando conocimiento: Hay una firma de Rómulo A. ILLA. CCIM N° de matrícula: 002774 Lugar y Fecha: "Puerto Belgrano, 1 de agosto de 1977... " (fs. 86LC)

f) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de 2° Comandante - Jefe Cargo Comunicaciones - Jefe S/2 y S/3. Tuvo como tareas subsidiarias internas las de: Jefe de Cargo Comisiones Internas, Jefe de Deporte de la Agrupación de Infantería de Marina Puerto Belgrano - Bajo la Sigla alfabética: BIC1 - Zona: 75 - Dependencia: 505 - Destino: 130 -Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 01/08/77 a 25/11/77 Cargos: 2° Comandante - Jefe Cargo Comunicaciones (21 meses) Jefe S/2 y S/3 (21 meses) EVALUACIÓN TOTAL: "Mantiene un nivel de desempeño excelente similar a mi anterior foja cerrada al 1 de agosto del corriente. Se identifica plenamente con su función de Segundo Comandante, dedicándose de lleno a la conducción cercana del personal y a la solución de sus problemas. Se destaca por su laboriosidad, espíritu de cooperación no fijándose horarios para lograr el total cumplimiento de las actividades de servicio. Puede lograr mayor brillo en su desempeño de obtener mayor precisión en cuestiones de detalle formal en las tareas administrativas, mejorando aspectos de organización y delegando o asignando funciones con mayor constelación. No obstante lo expresado, su rendimiento es excelente por sus cualidades personales y su permanente vocación de servicio que lo hacen un colaborador ideal."" SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Rómulo Augusto ILLIA. CCIM. N° de matrícula 002774 Lugar y Fecha: "Puerto Belgrano, 25 de noviembre de 1977... " (fs. 88 LC)

9.2.3. Retiro: Por Resolución EMGA N° 82/94 "R" (Expte Q 23/94R) con fecha 24 de mayo de 1994 se le otorgó a QUINTANA el retiro voluntario a partir del 1° de septiembre de 1994 computando treinta y seis años, seis meses y veintisiete días de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72. (fs 234/45 LS).

9.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Luego de leerse los hechos imputados en los apartados 1; 2.8.; 4.8. y 5.c. del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 y exhibirse la prueba de cargo, QUINTANA en la audiencia de fs 23240/23253 realizada el 14/12/11 manifestó: "...no voy a declarar... "

Sin embargo en la audiencia de fs. 25831-25840 celebrada el 14/09/12 QUINTANA declara lo siguiente:

"...Quiero manifestar a SS que el 14 de diciembre del año pasado, hace exactamente 9 meses porque no sabia de que se trataba esa causa. Era sobre imputación por delitos contra los Derechos Humanos que se había originado en el año 2007, y hasta el 2011 cuando vino la Policía Federal a detenerme en mi domicilio no tenía noticias de su existencia. Me fueron leidas unas 51 aproximadamente pruebas de cargo, del que resultaron victimas 61 personas. No declare porque estaba totalmente ignorante del tema y por consejo de mi anterior defensa. En julio próximo pasado quise prestar declaración indagatoria y la Dra. Staltari me disuadió de nuevo de que no lo hiciera. Decidí cambiar de defensa y estoy para declarar. Declaro que en las denominadas pruebas de cargo, no he encontrado causales que me involucren en los hechos imputados. Y con respecto a los hechos imputados, y en conocimiento del PLACINTARA, que este año lo ví por primera vez en mi vida, aquí tengo el detalle donde de un total de 61 hechos imputados, he encontrado que solo 19 han ocurrido -sin que esto signifique que yo haya intervenido en ellos- dentro de la jurisdicción de la entonces denominada Fuerza de Tareas 2. Declaro que durante el año 76 y 77 con el grado de Teniente de Navío y el cargo de Segundo Cmte. del Batallón de Comunicaciones, no he recibido del único que podía recibir ordenes, o sea del Comandante del Batallón, ningún tipo de directiva para intervenir en la denominada lucha antisubversiva, que tampoco he generado ordenes en tal sentido, y que no he proporcionado medios ni de personal ni de material en apoyo de dicho tipo de operaciones. Solicito a los Sres Defensores sugerencia. El sr. Fiscal se opone a lo solicitado y SS ordena se continúe la audiencia. Quiero destacar que el Batallón de Comunicaciones es un Batallón de apoyo. Pese a su temible denominación de batallón, para Infantería de Marina significaba en el periodo de referencia unos 200 efectivos en total entrenados en el manejo del equipo telefónico y de radio de campaña. Motorizados en unos cien vehículos livianos y medianos, marca Willis, JEEP y Kraisler, todos de un cuarto o tres cuartos de tonelada, que llevan montados de fábrica equipos de comunicaciones alámbricos o radioeléctricos la mayor parte proveniente de la guerra de Vietnam, algunos pocos excedentes de la Segunda Guerra Mundial, y algún equipamiento nuevo transistorizado proveniente de Israel. Hago especial hincapié que estamos hablando del año 76 y 77 cuando no existían ni computadoras ni internet ni televisión color en el país ni satélites de comunicaciones. El Batallón de Comunicaciones era y creo que aun lo es, un comando de adiestramiento, no operativo, para proporcionar durante las operaciones anfibias las comunicaciones de fuego naval y aeronaval de apoyo de la fuerza de desembarco. Se trata de un batallón altamente especializado que lleva el número 1 porque es el único en Infantería de Marina que es pequeña. Es altamente especializado dado que en la Armada las comunicaciones son un servicio y no un arma. Como SS sabrá, de su conocimiento deseo destacar, que sus integrantes poseen prioritariamente conocimientos técnicos más que tácticos y refiriéndose al suscripto, del análisis de mi legajo, en 30 años de carrera como oficial tuve un solo cargo operativo en 1982 (Comandante Compañía Exploración) y el resto de la carrera fueron 9 años en cargos de comunicaciones, 5 años en escuelas como cursante o en la Plana Mayor, escuelas que no incluyo esta que apareció recientemente que se llama SIAC o no se como, Centro de Adiestramiento. En este estado el declarante solicita observar el informe de fs. 24.767 lo cual realiza. Quiero manifestar que los destinos de mi carrera no incluyen los que figuran en la foja 24.767 del cuerpo 104 de la causa 04/07. Todo ello tendiente a que quede establecido que los llamados comunicantes en Infantería de Marina tienen conocimiento básico al respecto del combate convencional. En lo que hace al suscripto deseo que SS sepa que pese a ser Oficial subalterno fui designado con el cargo de Segundo Comandante por tener conocimientos técnicos avanzados, tal cual figura en una de mis dos fojas de concepto del periodo 76/77 y que al respecto tengo una Licenciatura universitaria en Sistemas Navales que exhibo ante SS y solicito se agregue una fotocopia como constancia. Por haber tenido 9 destinos en cargos de comunicaciones y afines, después de retirarme recibí ese diploma en el año 2005. quiero acentuar si cabe, mi papel más técnico en la Armada, que de otro tipo, porque antes de mi ingreso a la Escuela Naval en el año 1956, a la edad de 14 años ya era técnico en radio según comprobante que exhibo a SS. En este estado SS ordena se agregue a la presente las copias indicadas. Ya dije que no encontré pruebas para se inculpados, que no he dado ordenes y que tome conocimiento del PLACINTARA que es un plan secreto que fue editado en un total de 20 ejemplares, cuyos destinatarios fueron o almirantes o algunos capitanes de navío con comando, y que dicho plan contenía las instrucciones de limitar su conocimiento estrictamente a lo necesario. No di mi asentimiento ni disentimiento a dicho plan por desconocer su existencia dado que mi grado y cargo tenía acceso además hasta "confidencial" exclusivamente. De lo expuesto, solicito a SS el Sobreseimiento de los cargos que se me imputan, o la Falta de Mérito de creerlo SS excesivamente prematuro. Por ultimo, es mi deseo dejar constancia que hasta la fecha llevo 9 meses y 2 días privado de libertad y que ello me ha causado perjuicio moral y material y me reservo el derecho de ejercer las acciones que corresponda y en la forma que corresponda por los perjuicios mencionados. Otorgada la palabra al Dr. Gutiérrez PREGUNTA al declarante para que diga si se le impartieron ordenes ilegales CONTESTA no recuerdo todas las ordenes que se me impartieron hace 35 años pero si recuerdo qué ordenes no se me impartieron. Y no se me han impartido ordenes ilegales. PREGUNTADO para que diga si trabajo en la clandestinidad CONTESTA no PREGUNTADO para que diga si intervino personalmente en algunos de los hechos que se le atribuyen CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si intervino funcionalmente como segundo jefe del Batallón de Comunicaciones 1 en alguno de esos hechos CONTESTA no, y creo haberlo declarado antes. PREGUNTADO para que diga si desde ese cargo dio apoyo de comunicaciones a alguno de los hechos que se le atribuyen CONTESTA no. PREGUNTADO para que explique en que casos reemplazaba al jefe del Batallón de Comunicaciones CONTESTA yo reemplazo al Cmte. del Batallón de Comunicaciones cuando el Cmte. se ausenta por algún motivo particular o de servicio PREGUNTADO para que explique si como segundo comandante tenía una relacion directa con el personal del Batallón o la relacion directa la mantenia el comandante del Batallón CONTESTA la relación es: el comandante es el dueño del Batallón y da las ordenes que se le ocurra, para eso es designado el comandante. El segundo comandante del único que recibe ordenes, es del comandante. Puede originar ordenes previo conocimiento del comandante, y su aprobación. El segundo comandante le da las ordenes a los jefes de compañía. No hay ordenes que de el segundo comandante que no sean de vía jerárquica o vía comando o vía organigrama. PREGUNTADO para que diga si es egresado de algún instituto o escuela de inteligencia de la Armada CONTESTA no, además de no ser agregado del curso de inteligencia naval, en el año 76 y 77 no existía el denominado personal de inteligencia en la dotación del Batallón. PREGUNTADO para que diga si fue convocado en forma personal o funcional para integrar alguna Fuerza de Tareas CONTESTA no. PREGUNTADO para que detalle las actividades que cumplió en los días y meses siguientes al golpe de estado del 24 de marzo del 76 CONTESTA en los años 78 y 77 el Batallón realizo únicamente las actividades de instrucción y adiestramiento de comunicaciones. PREGUNTADO para que diga si el Batallón de Comunicaciones 1 tenía fotógrafo CONTESTA no. En el año 76 y 77 no existia, era todo 35 mm, vía Panamá, no era como los chicos tienen hoy. PREGUNTADO para que diga si personalmente o personal del Batallón de Comunicaciones realizo actividades en febrero o enero de 1977 en la localidad de Tres Arroyos CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si como segundo jefe del batallón hizo alguna actividad operacional durante la lucha contra la insurgencia CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si traslado gente a lugares de reunión de detenidos o centro de detención clandestinos que habrían estado ubicados dentro de los partidos de Coronel Rosales y Bahía Blanca CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si formo parte de algún plan criminal de eliminación de conciudadanos CONTESTA no, pero estoy acusado de ello. PREGUNTADO para que diga si recuerda cuáles eran sus funciones, misiones y capacidades como segundo comandante del Batallón de Comunicaciones 1 CONTESTA la primera es reemplazar al comandante en caso de ausencia o baja de combate y después viene una lista interminable de tipo administrativo que va desde verificar el adiestramiento en comunicaciones hasta que los conscriptos laven bien las medias. Que la plana mayor cumpla horario, presidir formaciones, etc. PREGUNTADO para que diga si gozaba de la absoluta confianza de los capitanes de navío o almirantes para que le impartieran o hicieran cumplir ordenes ilegales CONTESTA desconozco, con el único que tenía trato era el comandante de mi batallón el Capitán ARAUJO y en el año 77 el Capitán ILLA pero no puedo decir que gozaba de la confianza porque un subalterno no tiene trato con las jerarquías, y si ellos gozaban de mi confianza esta en mi foja de concepto. En este estado, siendo las 14.15 hs. el Sr. Fiscal Federal ad hoc solicita autorización para retirarse, y SS ordena un cuarto intermedio. Siendo las 14.20 hs. se reanuda la audiencia. Otorgada que fue la palabra a la Dra. Ventura PREGUNTA al declarante para que diga si durante los años 1976 y 1977 fue enviado por razones de servicio o envió gente a las localidades de Tres Arroyos Trelew, Mar del Plata, Argerich o Ushuaia CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si durante los mismos años y por razones de servicio salía de la Base Naval hacia Punta Alta, Ingeniero White o Bahía Blanca CONTESTA he ido a algunos actos municipales, creo recordar, o desfiles, en Punta Alta. 9 de julio o 25 de mayo, pero solamente eso. PREGUNTADO para que diga si puede recordar con cuántos conscriptos contaba la unidad en la que se desempeñaba en los años 76 y 77 CONTESTA aproximadamente cien. Ingresaban a los 18 años. En una época ingresaban a los 20 años y empezaron a ingresar a los 18. En loa Armada siempre fueron dos años de servicio. En una época la incorporación era anual y después fue bimensual o trimestral. PREGUNTADO para que diga si puede recordar cuántas campañas de ejercitación y adiestramiento y la duración de cada una se hicieron durante 1976 y 1977 CONTESTA no menos de seis, de 15 días de duración cada una. Cada año. PREGUNTADO para que diga de que licencia gozaban luego de regresar de esas campañas fuera de su domicilio CONTESTA si otro requerimiento no lo impedía, cinco días hábiles después de cada campaña. PREGUNTADO para que diga dónde funcionaba durante esos años el Batallón de Comunicaciones donde prestaba servicio, en qué lugar físico de la Base CONTESTA tiene su asiento en el que se denomina Cuartel de Fuerza de Apoyo Anfibio. Ese cuartel es como una Base chiquita dentro de la Base Naval Puerto Belgrano. Cuenta con su guardia propia, su sistema de transportes propio, y su única vinculación con la Base de Puerto Belgrano es provisión de agua, energía eléctrica, víveres, y pago de haberes. Hablando del año 76. PREGUNTADO para que aclare la distancia entre el Batallón de Comunicaciones y Baterías CONTESTA 19 kilómetros. Cabe destacar que el cuartel de la FAPA esta dentro de la Base pero muy alejado de otras dependencia de la Base. Alrededor tiene una cancha de golf y un club hípico, y un vivero. PREGUNTADO para que diga si por las actividades de comunicaciones terrestres que realizaban se brindaba información para ejecutar algunos de los hechos que ahora se le imputan CONTESTA nosotros instalábamos el servicio de comunicaciones y los que los usaban eran los usuarios, pero no instalamos servicio de comunicaciones en apoyo de la ejecución de los hechos que se me imputan. PREGUNTADO para que diga si el Batallón contaba con recursos materiales y humanos para operar como batallón de inteligencia CONTESTA no. PREGUNTADO para que diga si recuerda cuándo comenzaron a alistarse para el probable conflicto con Chile que se vislumbraba antes de 1978 CONTESTA cuando me hice cargo de la secundía del Batallón en 1976 ya estábamos intensificando el adiestramiento. En este estado SS solicita al declarante la ejecución de un croquis que luego se agregará a la presente. EXHIBIDO del Legajo de Concepto de ARAUJO la foja del periodo 02/01/76 al 26/11/76 firmada por el mismo Araujo y el Jefe de la FAPA Capitán de Navío Castro -punto 25- y PREGUNTA al declarante para que diga si puede hacer algún comentario al respecto y CONTESTA no tengo ningún comentario que hacer. PREGUNTADO para que explique qué significa una anotación en su legajo del periodo 15/11/76 al 01/08/77 CONTESTA ésta la había leído el 14/12/11, son cargos normales en cualquier destino de la Armada. El Batallón de Comunicaciones no tiene personal capacitado para hacer inteligencia de ningún tipo ni inteligencia electrónica, que el PLACINTARA atribuye responsabilidad primaria a tal efecto al Ejército. Menos aun capacidad de inteligencia electrónica. Con respecto al cargo contrainteligencia sí tuvimos mucha actividad. Había que instruir a toda la dotación del batallón, especialmente a conscriptos acerca de las características del material de comunicaciones disponible. No debían revelar a nadie el tipo de material, frecuencia, alcance, potencia, estado, ni nivel de adiestramiento. Operaciones es planificar el entrenamiento en el manejo de equipos y planificar el adiestramiento en campaña en condiciones reales: dia, noche, frio, calor, lluvia o seco. Eso es operaciones del Batallón de Comunicaciones. Cargo Comunicaciones es administración del material. Es mantenimiento y reparación. PREGUNTADO por SS para que diga quien le proveía las comunicaciones a las unidades que integraban la FAPA CONTESTA la FAPA es un comando de adiestramiento que cuando opera se dispersa, depende del tipo de operación que haga. Si entra en operaciones, conforma lo que se llama Fuerza de Desembarco, donde las unidades denominadas pertenecientes a la FAPA cumplen misiones diferentes a saber: el Batallón de Vehículos Anfibios lleva las tropas de desembarco a la playa; la Compañía de Ingenieros Anfibios despeja de obstáculos en la playa de desembarco; el Batallón de Artillería Antiaérea da la cobertura antiaerea. La FAPA nunca opera en conjunto. El Batallón de Comunicaciones desaparece como tal y proporciona los enlaces tierra-mar y tierra-aire a las distintas unidades que integra la FAPA. Y la ABRUSER queda como escalón de retaguardia. PREGUNTADO por SS para que diga si durante la lucha antisubversiva en donde se empeñaba unidades de la Armada asentadas en la Base Naval Puerto Belgrano y en Baterías quién le proveía comunicación a estos elementos de tarea CONTESTA desconozco que se hayan empeñado elementos de la Armada en la lucha antisubversiva. Los apoyos que recuerdo hemos dado han sido en adiestramiento de la Infantería de Marina tradicional, no antisubversivo. Otorgada la palabra a la Dra. Ventura PREGUNTA al declarante para que diga donde realizaban las ejercitaciones como Batallón de Comunicaciones CONTESTA en los terrenos de la Estación de Experiencia de Armas de la Base Naval Puerto Belgrano. PREGUNTADO para que diga si tiene algo más que agregar CONTESTA es la primera vez en mi vida que veo los manuales que se me han exhibido en esta audiencia... "

9.4. RESPONSABILIDAD:

9.4.1. COFUERTAR 2: El 26/06/12 la CFABB en el Expte. 67191 caratulado: "BOTTO Guillermo Félix; BUSTOS Luis Ángel y Otros s/Apel. falta de mérito y auto de procesam. en c. 04/07 'Inv. delitos Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregado a fs. 25324/25390- al referirse a la actuación del Capitán de Navío CASTRO en el año 1976 como Comandante de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA), de la Agrupación de Infantería de Marina de Puerto Belgrano y, a partir de julio, como Comandante de la Fuerza de Tarea N° 2 -COFUERTAR 2- (v. Leg. de Conceptos, fs. 55/62vta.). señaló que la FT2 de acuerdo al Plan de Capacidades (PLACINTARA) C.O.N. n°1 "S"/75 Contribuyente a la Directiva Antisubversiva COAR n°1 "S"/75, estaba integrada por: 1) la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA); 2) Escuela para Oficiales de la Armada; 3) Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Marinería; 4) Dependencias con asiento en Bahía Blanca y Punta Alta; 5) Prefectura Zona Atlántico Norte; 6) Prefectura Bahía Blanca; y 7) las siguientes unidades del Comando de Infantería de Marina (COIM): Agrupación Servicios de Cuartel (APSC), Batallón de Comunicaciones 1 (BIC1), Batallón Antiaéreo (BIAA) y Batallón de Vehículos Anfibios 1 (BIVH) agregando que:

"...El PLACINTARA 75 (Anexo D, pto. 2.2.) también establecía su jurisdicción: Edificios, instalaciones y establecimientos comprendidos dentro del perímetro de la Base Naval Puerto Belgrano (BNPB) incluyendo Puerto Rosales; el partido de Coronel Rosales; la zona del partido de Bahía Blanca acordada con el Comando Cpo. de Ej. V; y la zona portuaria de Ingeniero White, Cuatreros y Galván.
En el ya mencionado Apéndice 1 del Anexo "A" INTELIGENCIA del PLACINTARA 75, surge que era responsabilidad de la FUERTAR 2 el Área de Interés Principal "Punta Alta-Bahía Blanca" y que tenía asignada como Agencia de Colección de Información a la Central de Inteligencia Puerto Belgrano (CEIP), a la que se le subordinaban las siguientes Divisiones o Secciones de Inteligencia o Contrainteligencia de otras unidades: la División Contrainteligencia de la Base Aeronaval Comandante Espora (BACE), la División Contrainteligencia de la Base de Infantería de Marina Baterías (BIMB), y la División Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina Zona Atlántico Norte (PNA ZAN).
La FUERTAR 2, en el marco de la "lucha contra la subversión" estaba encargada de ejecutar, entre otras, las siguientes acciones: a) en el Área de Personal: movilización; administración y control del personal detenido; b) en el Área de Inteligencia: adoctrinamiento del personal propio; inteligencia sobre el oponente interno; contrainfiltración; contrainformación; contraespionaje; contrasabotaje; contrasubversión; acciones secretas ofensivas; c) en el Área de Operaciones: seguridad, control y rechazo en instalaciones y personal propios; protección de objetivos; apoyo al mantenimiento de los servicios públicos esenciales; control de población; gobierno militar; respuestas a acciones sorpresivas del oponente subversivo; represión; conquista y ocupación de zonas y objetivos; ataque terrestre a las fuerzas regulares e irregulares del oponente subversivo; control del tránsito terrestre en zonas de interés; y d) en el Área de Logística: sostén logístico terrestre; transporte terrestre; requisición (cf. PLACINTARA 75: punto 3.b) y Anexo B, pto. 3)...
Era el responsable del Área de Interés Punta Alta-Bahía Blanca, y la FUERTAR 2 no era defensiva sino que tenía responsabilidad en llevar adelante las operaciones y acciones ofensivas que el PLACINTARA 75 en sus Anexos "B" y "C" establecía para las FFTT, previendo la detención de personas y el control de población, resultando de interés la modalidad reglada en el Apéndice 3 del Anexo "C": "Operaciones de Hostigamiento", dirigidas a obtener inteligencia. A ello debe agregarse lo dispuesto en el Apéndice 1 del Anexo "F", que se refería a la administración y control de detenidos, estableciendo que los detenidos permanecerían en jurisdicción militar el tiempo mínimo necesario para la obtención de inteligencia (pto. 2.4.1.), la que se obtenía durante la etapa de "Investigación Militar", que comprendía -entre otras- el interrogatorio por personal de inteligencia (ptos. 2.5 y 2.5.1), y que la determinación del lugar donde serían internados los detenidos mientras durara esa "investigación" sería dispuesta por el Comandante de la FUERTAR que conduzca la operación (pto. 2.4.3).
La importancia del CN Oscar Alfredo CASTRO en las acciones operativas emprendidas en la alegada lucha antisubversiva durante todo el año 1976 resulta evidente, tanto a partir de julio como Comandante de la FUERTAR, como hasta ese momento pues igualmente comandaba la unidad más importante de esa FUERTAR.
Sin embargo, esto último impone una distinción respecto de los hechos imputados sucedidos con anterioridad al mes de julio de 1976.
En efecto, de acuerdo a lo dicho más arriba, corresponde confirmar el procesamiento de Oscar Alfredo CASTRO por todos los hechos intimados cuya comisión es posterior al 01/7/1976 (que tuvieron como víctimas a HEINRICH, LOYOLA, GINDER, MAIDA y TOIMBERMAN), pero respecto de los anteriores a esa fecha deberá determinarse si pudo haber existido intervención de la FAPA, y por ende responsabilidad del nombrado como comandante de la misma, salvo el caso de Diana Miriam FERNÁNDEZ ya que su privación ilegítima de la libertad fue ejecutada por elementos de la FUERTAR 9 como se verá infra.
Analizados esos casos, y tal como ya fue definido al revisar su situación procesal en la citada causa n°65.988, el lugar de detención, buque ARA "9 de Julio", cae bajo la órbita de la División Buques Reserva y Radiados dependiente de la Subjefatura Arsenal de la BNPB integrantes de la FUERTAR 1, pero el PLACINTARA 75 establece las instrucciones de coordinación entre las distintas FFTT a fin de lograr un mejor aprovechamiento de recursos y medios disponibles (PLACINTARA 75, punto X.2), y -como ya se dijo- el lugar de detenidos mientras durase la 'investigación' estaba a cargo de la FUERTAR que llevó adelante la operación; de allí puede extraerse prima facie que siendo la FAPA la más importante de las unidades que componían la FUERTAR 2 y que su asiento físico era en la Base Naval Puerto Belgrano, el tratamiento de los detenidos a pedido del COFUERTAR 2 cuyo destino era la BNPB estaba a cargo y era controlado por elementos de la FAPA.
El reproche es en carácter de autor mediato por haber sido cometidos los hechos en el Área de Interés Punta Alta-Bahía Blanca por sus subordinados, como por haberse verificado el iter críminis en ámbitos propios de su responsabilidad... "

    Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) - CN CASTRO Oscar Alfredo
      Agrupación Infantería de Marina Puerto Belgrano
        Agrupación Servicios Cuartel (APSC)
      Batallón de Comunicaciones N° 1 (BIC1)
        Compañías de Comunicaciones Radioeléctrica
        Compañías de Comunicaciones Alámbrica
      Batallón de Artillería Antiaérea (BIAA)
      Batallón de Vehículos Anfibios N°1 (III Batería) (BIVH)
      Agrupación de Comandos Anfibios (APCA)

9.4.2. Empeño del Batallón de Comunicaciones N° 1 en la lucha antisubversiva: Lo afirmado surge de observar la calificación firmada por el Cte. de Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) CN CASTRO sobre el desempeño del Comandante del Batallón de Comunicaciones N°1 (BIC1) -CC ARAUJO - en el período del 02/01/76 al 26/11/76:

"...ha sido muy satisfactoria, conduciendo con eficacia su unidad, pese a que durante el corriente año debió destacar fracciones a otras zonas y participar activamente en las operaciones de lucha contra la subversión, sin perjuicio del adiestramiento específico y del apoyo de comunicaciones que debió brindara todas las unidades de I.M. a niveles muy superiores que otros años... "

9.4.3. Como se indicó en el auto de procesamiento de fs. 7899/8078 pto. 9.6. ap.g -entre otros- el BIC1 fue la Unidad escuela de la I.M. Con anterioridad a su creación, estas actividades eran reguladas por un Centro de Instrucción con asiento en la Guarnición Baterías, el que no tenía la orgánica de una unidad de combate, ni podía llevar a la faz práctica lo que se dictaba en forma teórica en sus aulas.

El Batallón nace el 27 de diciembre de 1947 por Resolución del Ministerio de Marina. Desde entonces tuvo su asiento en el cuartel de la actual Agrupación de I.M. Puerto Belgrano, anteriormente conocido como alojamiento del Regimiento de Artillería Antiaérea N °1.

Durante ese año su orgánica se basa en dos Compañías de Comunicaciones: la primera radioeléctrica y la segunda alámbrica.

En el año 1949, con fines operativos y de instrucción, el Batallón se organizó en las siguientes subunidades: Compañía Comunicaciones de la Brigada, Sección Comunicaciones de Infantería, Sección Comunicaciones de Artillería de Campaña, Sección de Comunicaciones de Artillería Antiaérea.

Hasta 1954 dependió del Comando de la Brigada de I.M. N°1 y luego pasó a depender del Comando de la Infantería de Marina y posteriormente de la Fuerza de Apoyo Anfibio hasta nuestros días.

Su campo de acción es difícil de definir en una frase, y va desde el apoyo telefónico o radioeléctrico a cualquier ejercitación, hasta el empleo de Comunicaciones Zonales, tipo de comunicación empleado a nivel de grandes unidades, pasando por las complejas e imprescindibles ligazones de Apoyo Aéreo y Fuego Naval, elemento esencial e imprescindible en toda Operación Anfibia.

9.4.4. Por las tareas y funciones desarrolladas por el entonces TN QUINTANA -Segundo Comandante (02/02/76 a 06/02/78) del Batallón de Comunicaciones N° 1 (BLC1) que dotaba de enlace ina lámbrico a todas las unidades de las F.T. empeñadas en la lucha antisubversiva, cumpliendo allí simultáneamente los cargos de Jefe de Comunicaciones, Jefe de Contrainteligencia - Inteligencia (S2) y Jefe de Operaciones (S3) (02/02/76 a 25/11/77) habiendo sido en 1976 algunas de sus fracciones destacadas "... a otras zonas y participar activamente en las operaciones de lucha contra la subversión... " responderá como autor mediato en los hechos por los que fue intimado en los ptos. 1; 2.8.; 4.8. y 5.c. del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 y de los que resultaron víctimas Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERNA al ejercer un dominio -en su área funcional y al tiempo de los hechos que se le reprochan- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


10. Capitán de Fragata (RE) José Luis RIPA

10.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía a fs. 8832/8854 y 17439/17441. señala:

a) Desempeño: "...El 31 de diciembre de 1972 ascendió al grado de Capitán de Corbeta. Posteriormente, el 31 de diciembre de 1977 ascendió al grado de Capitán de Fragata, con el cual se retiró el 01 de agosto de 1983..." (fs. 8832/8854)

b) Atribución de responsabilidad: "...Se imputa a José Luis RIPA... haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, desde sus destinos y cargos en la Base Naval Puerto Belgrano..." (fs. 17439/17441)

10.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (LS) y del Legajo de Conceptos (LC) remitidos -en copias certificadas- por Armada a fs. 2084/2088 que nació el 13/07/35, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del Escalafón de Infantería de Marina el 21/01/52 -promoción 85-, egresando de la Escuela Naval Militar con la clasificación "...puntos (3,688) siendo el 8° sobre 12..." (fs. 3 LS).

10.2.1. Ascensos: Ascendió el 15/12/58 al grado de Guardiamarina I.M.; el 31/12/60 al grado de Teniente de Corbeta I.M.; el 31/12/63 al grado de Teniente de Fragata I.M.; el 31/12/66 al grado de Teniente de Navío I.M.; el 31/12/72 al grado de Capitán de Corbeta I.M. y finalmente el 31/12/77 al grado de Capitán de Fragata I.M. (fs. 4 LS)

10.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que RIPA:

a) Con grado de Teniente de Navío (TN) se desempeñó como Jefe del Departamento de Defensa, Jefe Cargo Armamento División Vigilancia y Seguridad Jefe 1° y 10° Div de la Base Aeronaval Punta Indio (BAPI) dependiente de la Fuerza Aeronaval N° 1 (FA1) desde el 27/06/72 al 22/01/73 según los Boletines Navales Públicos (BNP) números 119/72 y 4/73. Bajo la Sigla alfabética: BAPI - Zona: 3 - Dependencia: 252 -Destino: 102 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIM en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 01-08-72 a 15-12-72... Informe:... Se mostró siempre bien dispuesto para toda tarea por difícil que esta haya sido. De fuerte temperamento y definida personalidad, a veces tuvo que aforntar situaciones límites en su trato con el personal más y menos antiguo, en defensa siempre de sus puntos de vista para apreciar una situación particular. Es verdad que tales puntos de vista son generalmente acertados, pero un poco de mayor flexibilidad favorecería su accionar en el trabajo en equipo. En particular con el suscripto ha mantenido un trato agradeble y de plena colaboración. Ha demostrado valor personal en acciones de combate real y excelente aptitud para conducir personal en dichas acciones. De acuerdo con la instancia anterior. De amplios conocimientos profesionales que aplica con gran criterio. Muy trabajador y ordenado en sus funciones. Su asesoramiento es siempre preciso, veraz y directo hecho que facilita la acción de comando. Ha permanecido durante un mes en comisión en Tucumán. Al momento de confeccionar esta foja no se ha recibido la calificación obtenida durante la misma... Tomado conocimiento Teniente RIPA - Firma y Sekki: CF Mario E CASAUX Jefe Estado Mayor -- CN Jorge A. EDRECABOR.." (fs. 29/29vta. LC)

Entre la documentación del LC hay tres notas elevadas entre agosto y septiembre de 1972 por el Jefe BAPI -Capitán de Fragata Roberto B. MOYA- al Director General de Personal Naval fundando su denegación a las solicitudes de licencia extraordinaria presentadas por el TN RIPA. El motivo de esas negativas era el siguiente:

"...esta Base Aeronaval no puede prescindir de los servicios del Oficial del Escalafón Comando Infantería de Marina que tiene asignado por planilla de armamento vigente, más aún en la época actual en que se puede prever un incremento en la actividad subversiva y el mencionado oficial es el responsable del adiestramiento del personal que dá seguridad a la Fuerza Aeronaval N° 1. .."

b) Con grado de Capitán de Corbeta (CC) se desempeñó en el cargo de Segundo Jefe, Jefe de Logística y Armamento del Batallón de Infantería de Marina N° 3 desde el 22/01/73 al 09/12/74 según el BNP números 207/72

c) Con grado de Capitán de Corbeta (CC) realizo el curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Guerra Naval desde el 09/12/74 al 22/12/75 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 31/74

d) Con grado de Capitán de Corbeta I.M. (CC) desempeñó el cargo de Jefe de Doctrina, Jefe de Deportes y Jefe de Imprenta del Comando de Infantería de Marina desde el 22/12/75 al 01/06/76 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 111/75. En el LC escuetamente se anotó:

"...Sigla alfabética: COIM - Zona: 7/75- Dependencia: 260 - Destino: 254 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBIMCD... Período de Calificaciones De 22-12-75 a 04-06-76... Cargos AYTE. SECRETARIO JEFE RRPP CUSTODIO CARGO MATERIAL CRIPTOGRÁFICO Y "S"..." (fs. LC)

e) Con grado de Capitán de Corbeta I.M. (CC) se desempeñó en la Jefatura de Operaciones del Estado Mayor General Naval como Jefe de Operaciones del Grupo de Tareas 3.12. de la Fuerza de Tareas N° 3 "Agrupación Buenos Aires" desde el 01/06/76 al 01/07/76 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 73/76. En las fojas de conceptos y Ficha Censo de Personal Militar Superior se anotaron:

"...Sigla alfabética: EMGA - Zona: 1 - Dependencia: JEOP - Destino: 561. - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBIM... Período de Calificaciones De 04-06-76 a 01-07-76... Cargos......" (fs. LC)

"...Ficha Censo... Destino Actual: JEFATURA DE OPERACIONES DEL ESTADO MAYOR GENERAL NAVAL... CARGO QUE OCUPA: JEFE DE OPERACIONES GRUPO DE TAREAS 3.12... CURSOS REALIZADO EN SU CARRERA: Sin variaciones respecto al año 1975..."

f) Con grado de Capitán de Corbeta I.M. (CC) se desempeñó en la Escuela Naval Militar (ESNM) como Auxiliar de Inteligencia de la Fuerza de Tareas N° 5 "Agrupación Río Santiago" desde el 01/07/76 al 04/01/77 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 93/76.

"...Sigla alfabética: ESNM F.T.N.5 - Zona: 6-61 - Dependencia: 344 -Destino: 450 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCCBIM... Período de Calificaciones 05-07-76 a 28-11-76 Cargos Auxiliar Inteligencia F.T.5..." (fs. 13 LC)

g) Con grado de Capitán de Corbeta I.M. (CC) desempeñó el cargo de Comandante del Batallón de Seguridad y Jefe de la Subjefatura Departamento de Operaciones y Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano desde el 04/01/77 al 21/02/78 según los Boletines Navales Reservados (BNR) números 133/76; 21/77 y 10/78. Bajo la Sigla alfabética: BISP - Zona: 7 - Dependencia: BNPB - Destino: 149 - Grado - Cuerpo -Escalafón: CCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 03/01/77 a 01/08/77... Cargo... COMANDANTE BATALLÓN DE SEGURIDAD -BNPB- JEFE DEPARTAMENTO SEGURIDAD...Informe:... Cumple celosamente las órdenes que recibe, actúa con iniciativa propia adecuada y firmeza en la conducción del personal superior y subalterno. Eficiente colaborador de todo momento, trabaja incansablemente tratando de mejorar su servicio. Merced a su celo obtiene resultados altamente satisfactorios resultados... planificador... Hace del servicio un culto..."
"...Ficha Censo de Personal Militar Superior... BISP Numérico 149 DESTINO ACTUAL BATALLÓN SEGURIDAD B.N.P.B. ... CARGO QUE OCUPA: COMANDANTE... CURSOS REALIZADOS EN SU CARRERA... ANTICOMUNISMO LUGAR B.N.P.B... "

Bajo la Sigla alfabética: BNPB - Zona: 75 - Dependencia: 258 -Destino: 118 - Grado - Cuerpo - Escalafón: CCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Período de Calificaciones De 01-08-77 a 24-11-77... Cargo... COMANDANTE BATALLÓN DE SEGURIDAD - JEFE DEPARTAMENTO SEGURIDAD... "
"...Período de Calificaciones De 25-11-77 a 24-02-78... Cargo... JEFE DEPARTAMENTO SEGURIDAD... "

h) Con grado de Capitán de Corbeta I.M. y luego con el de Capitán de Fragata (CC y CF) desempeñó el cargo de Jefe de Operaciones de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 con asiento en la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) Baterías desde el 21/02/78 al 24/03/79 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 95/75

i) Con grado de Capitán de Fragata I.M. (CF) desempeñó el cargo de Jefe del Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina desde el 24/03/79 al 01/02/83 según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 22/79

10.2.3. Retiro: Por Resolución N° 296/83 COAR BNR 14/83 se le otorga a RIPA el retiro voluntario a partir del 01/08/83 computando 31 años de servicio para el S.A.S. según el Decreto 8907/72. (fs. 13LS).

10.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la audiencia indagatoria de fs. 25917/25917vta celebrada el 20/09/12 RIPA señaló: "...no voy a declarar por lo expuesto porque no se que es lo que estan leyendo que cometi, porque no pude leer lo que me exhibieron, no se las fechas, no se nada... "

Sin embargo, sobre los hechos imputados a fs. 20188/20190vta. RIPA en la audiencia indagatoria de fs. 20723/20727 del 14/09/11 manifestó:

"...Otro punto: año 1977: del 04/01/77 al 21/02/78, Comando del Batallón Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano, BNR 123/76 y 21/77. Junio/julio del 77, al 21/02/78, como consecuencia del pase a otro destino del Jefe de Departamento respectivo, cargo que corresponde a un Capitán de Fragata, tomé incidentalmente la Jefatura del Departamento Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano. O sea, que del 04/01/77 a junio/julio del 77, solamente desempeñé el cargo de Comandante del Batallón Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano. Quiero dejar aclarado también que no soy oficial de Inteligencia, que durante el año 1977 y según lo incorporado al expediente, no hubo ingresos de personas detenidas a la Base Naval Puerto Belgrano, y la totalidad de las detenciones se realizaron durante el año 76. En este estado, S.S. ordena se tome fotocopia debidamente certificada del listado de nombres que se encuentran en el apunte que el imputado ha traído para su declaración y continúa su declaración el compareciente: según consta en autos, las personas mencionadas desde Graciela Sabella hasta Norberto Eraldo habrían ingresado por el Puesto N° 1 de la Base Naval Puerto Belgrano y habrian sido alojados en el ARA 9 de julio. Durante esas fechas, me encontraba a 700 km de la zona de Puerto Belgrano en la Capital Federal. El resto de las personas desde Norberto Eraldo hasta Daniel Carrá, habrían sido secuestrados durante la época en que me encontraba prestando servicios en la Escuela Naval Militar, también a aproximadamente 700 km de la Base Naval Puerto Belgrano. Este hecho fue indicado por el Sr. Juez Tentoni en el punto 10 a) del análisis del procesamiento donde expresa que yo no intervine en la recolección de información, la designación de los blancos, ni el posterior secuestro de Diez, Pioli y Carrá, llevado a cabo en las fechas 18/11/76, 25/11/76 y 26/11/76. Estos detenidos habrían sido llevados a la Base de Infantería de Marina Baterías distante 15/20 km de la Base Naval Puerto Belgrano a la cual se puede acceder sin pasar por el Puesto N° 1 de la Base Naval Puerto Belgrano por los siguientes lugares: camino de Punta Alta a Arroyo Parejas; "Aeródromo Auxiliar km 7", entre Baterías y la Base: allí se llega desde la Ruta 3 y desde ahí se pasa a la Base Baterías. Otros caminos: Cornago, Tambo Los Rusos accediendo por Ruta 3; y desde el mar. Se puede entra por diferentes lugares y ninguno de los que nombré pasa por el Puesto N° 1. En lo que concierne a los conscriptos Leonardo Saubiette y Elvio Mellino, ninguno prestó servicios en el Batallón de Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano. Según consta en el expte., Saubiette pertenecía a la División Máquinas del Dto. Servicios Marítimos de la Base, por lo tanto, a los fines de alojamiento, rancho, equipamiento y administración, dependía del Cuartel Base de la Base Naval Puerto Belgrano, dependencia esta que agrupaba a todos los suboficiales, cabos y conscriptos PERTENECIENTES A LA DOTACIÓN DE LA Base Naval Puerto Belgrano. Por otro lado, consta en autos que el Suboficial de los Santos, declaró que Saubiette había sido detenido en abril de 1977, luego de ser dado de baja por la Armada, en la Estación del Ferrocarril Sud de Bahía Blanca cuando se encontraba en Compañía del Cabo 2do electricista Pérez. Este último le comentó esta circunstancia en presencia del cabo 2do maquinista Toñuti, y el Suboficial ppal maquinista Esquivel. También consta en autos que Mellino inicialmente pertenecía a la Base Naval Puerto Belgrano por lo cual revistaba también en el Cuartel Base de dicha Base. En octubre de 1976, fue trasladado a la Base de Infantería de Marina Baterías según manifestaciones de sus padres, al no regresar a su domicilio, se contactaron con un oficial de dicha Base de Infantería de Marina quien les expresó que había sido declarado desertor con fecha 25/04/77. En este estado el declarante solicita autorización a S.S. para consultar a su abogado, a lo cual se hace lugar y continúa el declarante luego de efectuada la consulta solicitada: de los registros surgen los siguientes errores: indagatoria: "con el grado de Capitán de Corbeta se desempeñó en el cargo de Jefe de Doctrina Deportes e imprenta del Comando de Infantería de Marina desde el 22/12/75 al 01/06/76". Realmente fue hasta el 13/03/76. "Desde el 01/0676 al 01/07/76 se desempeñó con el cargo de jefatura de operaciones de Infantería de Marina": en esa fecha estuve en el Estado Mayor General de la Armada, donde no se me formuló foja por haber estado menos de un mes. En la indagatoria también figura como que desempeñe el cargo de comandante del Estado Mayor General de la Armada -cargo para un Almirante- y Jefe de la Subjetatura de Operaciones del Batallón de Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano, del 4/1/77 al 21/2/78, En esa fecha fui Comandante del Batallón Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano. En el punto d) 10. Análisis, del procesamiento figura que desde el 22/12/75 al 1/6/76 me desempeñé en el Comando de la Infantería de Marina. En realidad estuve desde el 21/12/75 al 14/6/76. Por último, en la apelación, la Cámara Federal correspondiente, indica que del 4/1/77 al 24/11/77 fui Jefe de los cargos Dto. Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano y Comandante del Batallón Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano. En esa fecha solamente fui Comandante del Batallón Seguridad. Cubriendo el cargo de Jefe del Dto. Seguridad a partir de junio/julio de 1977, por licencia del correspondiente Jefe de Departamento. Con respecto a la imputación del día de la fecha, de Rivada y Loperena, desconozco todo lo pasado por no estar dentro de mi zona de acción, que era la Base Naval Puerto Belgrano. Otro tanto con respecto a Altamirano. PREGUNTADO para que diga si tiene algo que agregar CONTESTO no. Otorgada que le fue la palabra al Dr. Olmedo Barrios, PREGUNTA al declarante para que aclare si cuando en la causa se hace referencia a su experiencia en combate, entiende se hace alusión al Canal de Suez en 1972 CONTESTA si. Por otro lado, está reflejado en el auto de procesamiento en el periodo de calificación del 1/8/72 al 15/12/72... "

Anteriormente, al leerse los hechos imputados a fs. 696/715, 1122/1130; 4145/4167 y fs. 1 a 23 del incidente 04/07/inc. 51 caratulado "Ministerio Público Fiscal solicita en causa 04/07 y exhibirse la prueba de cargo, RIPA en la audiencia de fs. 10691/10705 del 09/12/09 declaró -en lo que aquí interesa- lo siguiente:

"...PREGUNTADO por S.S. para que diga a qué Fuerza de Tareas se encontraba asignado el Batallón de Seguridad y la Brigada de Infantería de Marina N° 1 mientras estuvo en sendos destinos e ntre los años 1977 y 1979 CONTESTA tendría que mirar el PLACINTARA porque no me acuerdo. En este estado, S.S. exhibe al declarante el PLACINTARA a fin de que pueda precisar la respuesta anterior y CONTESTA el declarante: esto es del 75. Necesito el del 77 y del 78, porque esto va variando... "
"...Exhibida que le es la página 44 del PLACINTARA: Anexo A Apéndice 1 - Inteligencia y las páginas 80/83: Jurisdicciones del las Fuerza de Tareas, es PREGUNTADO por S.S. para que se manifieste sobre las Fuerzas de Tareas 1, 2 y 9, y CONTESTA el imputado: el Batallón de Seguridad no estaba asignado a ninguna Fuerza de Tareas y supongo que la Brigada estaba asignada a alguna Fuerza de Tareas, pero no lo encuentro en el PLACINTARA... "

10.4. RESOLUCIÓN DE LA EXCMA. CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA: Con relación a sus funciones, la CFABB el 29/12/10 se pronunció en el Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" -agregado a fs. 16796/16835-de la siguiente manera:

"...En autos se encuentra acreditado que José Luis RIPA se desempeñó, en el período que aquí interesa, con el grado de Capitán de Corbeta I.M. en el cargo de Auxiliar de Inteligencia en la FUERTAR 5, en jurisdicción de la Escuela Naval Militar de Río Santiago, desde el 01/7/1976 hasta el 04/01/1977 (cf. Legajo de Conceptos, f. 154/vta.; y Foja de Servicios, pág 96); y -con el mismo grado- en los cargos de Jefe del Departamento Seguridad de la BNPB y Comandante del Batallón Seguridad de la BNPB, desde el 04/01/1977 hasta el 24/11/1977 (cf. Legajo, fs. 156/v. -que presenta un corte en diagonal, que suprime las firmas de sus calificadores- y 162/vta.); permaneciendo como Jefe del referido Departamento -ya con el grado de Capitán de Fragata- hasta el 15/02/1978 (Legajo, f. 173/vta. y Foja de Servicios, pág 96); destacándose en sus calificaciones su "valor personal en acciones de combate real y excelente aptitud para conducir personal en dichas acciones" (f. 154 vta., cit.) y su desempeño excepcional "en sus difíciles funciones" (f. 162 vta., cit).
Tal como lo esquematiza el a quo al describir el organigrama operativo de la Armada Argentina, el Departamento Seguridad y Operaciones de la BNPB dependía de la Subjefatura General de la BNPB; la Base Naval Puerto Belgrano a su vez dependía del Comando Naval cuyo comandante lo era también de la Fuerza de Tarea 1-Flota de Mar (cf. f. sub 57 vta. y sub 59 vta.). Dicho Departamento, cuya Jefatura ejerció RIPA desde enero de 1977 hasta marzo de 1979, tenía a su cargo -entre otras funciones- asistir al Jefe de Base en asuntos de inteligencia, contrainteligencia y acción psicológica, interviniendo en la coordinación y supervisión de actividades y disposiciones de contrainteligencia (cf. Reglamento Orgánico de la BNPB: 306-d. Tareas del Departamento, ptos. 2 y 3); encontrándose bajo su órbita a la División de Contrainteligencia, agencia colectora subordinada a la Central Principal de Inteligencia BNPB, órgano de inteligencia de las FUERTAR Nro. 1, 2, 9 y 10, todas con asiento en el área de interés Punta Alta-Bahía Blanca (PLACINTARA, Anexo A, pto. 3.2 y Apéndice 1).
Cabe destacar que la Policía de Establecimientos Navales, en la que José Luis RIPA pretende descargar responsabilidades (cf. su respuesta a la pregunta de su defensor en orden al control de los ingresos y egresos de la BNPB, f. 10.694 del ppal.), actuaba en coordinación directa con el Batallón de Seguridad (también a su cargo), el que debía además supervisar todas las disposiciones referidas al tránsito de personas, materiales o vehículos (cf. Reglamento cit., 306-f.-3-c y e).
Consta asimismo que los hechos por los cuales viene procesado José Luis RIPA y de los que resultaron víctimas Diana Silvia Diez, Cora María Pioli, Leonel Eduardo Saubiette, Helvio Alcides Mellino y Daniel Osvaldo Carra -correctamente descriptos por el a quo-, fueron cometidos o continuaron cometiéndose mientras el nombrado ejerció la mentada Jefatura.
En cuanto a los agravios generales, cabe remitirse a lo ya expuesto. En lo demás, teniendo en cuenta la posición jerárquica de José Luis RIPA y la responsabilidad inherente a la misma, atento el cargo que desempeñó en la época de los hechos sub examine (Jefe del Departamento Seguridad y Operaciones de la BNPB, tal como se lo señaló supra) y su grado militar (Capitán de Corbeta-Oficial Jefe), y habiéndose verificado el iter criminis en su ámbito de actuación e influencia, la tesis defensista dirigida a deslindar su responsabilidad penal -sobre la base de que no existen testimonios ni otros elementos que prueben su participación directa en los mismos- no puede prosperar.
Por todo ello se concluye en la existencia de elementos concordantes, y a esta altura suficientes de que el procesado José Luis RIPA fue autor mediato de los hechos que se le imputan y tomó parte de la asociación criminal, en los términos de los considerandos III-a, III-b y con las precisiones del IV-B.."

10.5. RESPONSABILIDAD: A más de lo ya dicho por la CFABB, al tiempo del secuestro del conscripto ALTAMIRANO -cuya última carta fechada el 01/09/78 fue enviada desde su lugar de revista -el Centro de Instrucción y Adiestramiento de Infantería de Marina. Batallón de Comunicaciones N°1 - Escuela (v. informe de fs. 384 2 del Jefe del EMGA AL GODOY) - RIPA desempeñaba con grado de Capitán de Fragata el cargo de Jefe de Operaciones de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 con asiento en la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) Baterías según el Boletín Naval Reservado (BNR) número 95/75

Como se indicó en el auto de procesamiento de fs. 7899/8078 pto. 9.3. -entre otros- el Comando de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 se asentaba en la Base Naval de I. M. Baterías (BNIM) ocupando el edificio principal de lo que fuera la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina, siendo su dependencia administrativa y operativa la del Comando de la Infantería de Marina (COIM).

La BRIM1 planeaba, regulaba y supervisaba la instrucción, el adiestramiento y toda actividad o tarea operativa de las unidades orgánicas asentadas en Baterías, con excepción del Batallón de Artillería de Campaña N°1 (BIAC) ubicado en la Agrupación de I.M. Puerto Belgrano. Desarrollaba asimismo las ejercitaciones de cuadros y tropas necesarias para lograr la adecuada capacitación de los hombres y medios a nivel de una gran unidad de combate, siendo su compleja estructura la siguiente:

    Comando Infantería de Marina (COIM): F.T.9 "Reserva Terrestre"
      Brigada Infantería de Marina N°1 (BRN1) F.T.9
        Batallón Comando (BICO) F.T.9
          Compañía de Comunicaciones F.T.9
          Compañía de Policía Militar F.T.9
          Compañía Comando y Servicios F.T.9
          Compañía de Exploración F.T.9
          Compañía Antitanque F.T.9
        Batallón Infantería de Marina N° 1 (BIM1) F.T.9
        Batallón Infantería de Marina N° 2 (BIM2) F.T.9
        Batallón de Apoyo Logístico (BICA) F.T.9
          Compañía de Mantenimiento F.T.9
          Compañía de Abastecimientos F.T.9
          Compañía de Sanidad F.T.9
          Compañía de Servicios de Costas F.T.9
          Compañía de Ingenieros F.T.9
          Compañía de Comando y Servicios F.T.9
        Batallón de Artillería de Campaña N°1 (BIAC) F.T. 9

Luego de haber realizado un curso de "Anticomunismo" en la BNPB y adiestrado en cuestiones de seguridad al personal de la Fuerza Aeronaval N° 1 (FA1) asentada en la Base Aeronaval Punta Indio (BAPI) con su Comandante preocupado -ante el probable incremento de la actividad subversiva- de mantenerlo en la planilla luego de valorar sus aptitudes en combate real, su legajo de concepto sigue anotando que desde enero hasta junio de 1976 RIPA se desempeñó como Ayudante Secretario, Jefe de Relaciones Públicas y Custodio del material criptográfico y secreto del Comando de Infantería de Marina ubicado en la BNIM -Baterías- pasando a revistar inmediata -y transitoriamente- como Jefe de Operaciones del Grupo de Tareas 3.12. de la Fuerza de Tareas N° 3 "Agrupación Buenos Aires" a cargo de la Jefatura de Operaciones del Estado Mayor General Naval hasta julio de ese mismo año al salirle el pase a la cercana Bahía de Samborombón en la Pcia. Bs. As como Auxiliar de Inteligencia de la Fuerza de Tareas N° 5 "Agrupación Río Santiago" que ocupó hasta el 04/01/77 cuando fue trasladado a Puerto Belgrano.

En otras palabras, RIPA durante el desarrollo de la lucha antisubversiva estuvo empeñado en las operaciones de un grupo de tareas de la F.T.3 a cargo -en ese momento- del CL Oscar Antonio MONTES cuyo CCD era la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y desde julio hasta diciembre de 1976 en el sector de inteligencia de la F.T.5 dependiente de la Dirección de Instrucción Naval (DIN) al mando -en aquel momento- del CL Horacio GONZÁLEZ LLANOS con jurisdicción en los establecimientos y dependencias de la Armada ubicados en la Zona de Río Santiago, Hospital Naval Río Santiago, Batallón de Infantería de Marina N° 3, Astillero Naval Río Santiago, Prefectura Naval La Plata, Destilería Y.P.F. en Dock Central; Aeródromos y de los partidos de Berisso y Ensenada.

En definitiva, RIPA al ser trasladado el 4 de enero de 1977 a Puerto Belgrano para hacerse cargo del Comando del Batallón de Seguridad y de la Subjefatura Departamento de Operaciones y Seguridad de la Base Naval Puerto Belgrano contaba con experiencia real en combate (1972) y en destinos de operaciones e inteligencia de grupos de tareas en "zonas calientes" de Capital Federal (F.T.3) y La Plata (F.T.5) como las denominaba la Directiva del Consejo de Defensa N° 1/75 "Lucha contra la Subversión"

Por las tareas y funciones desarrolladas por el entonces CF RIPA responderá como autor mediato en el hecho por el que fue intimado a fs. 17439/17441 y del que resultaron víctimas Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA al ejercer un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones.


11. Capitán de Fragata I.M. (RE) Emilio José SCHALLER

11.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía en los apartados 1; 2.9.; 4.9. y 5.h del requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 sostiene:

a) Desempeño: Que egresó en la promoción 89-24 de la Marina de Guerra en 1955. En 1976 ostentaba el grado de Teniente de Navío. El 31 de diciembre de dicho año, fue promovido a Capitán de Corbeta, hasta el 31 de diciembre de 1981, en que ascendió a Capitán de Fragata, grado con el que pasó a retiro el 1 de octubre de 1986.

De acuerdo a su Legajo de Servicios y de Conceptos, SCHALLER ejerciendo simultáneamente la Jefatura de su Departamento de Inteligencia y Operaciones se desempeñó como 2do. Comandante del Batallón Comando (BICO) dependiente de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRIM1), durante el período que va desde el 06 de febrero de 1976 al 01 de agosto de 1976, siendo calificado por el Comandante Hernán Lorenzo PAYBA a cargo del BICO.

Posteriormente, desde el 01 de agosto de 1976 al 16 de noviembre de 1976 se desempeñó como 2do. Comandante, Jefe Cargo Armamento, Jefe del Cargo Operaciones, Jefe del Cargo Contrainteligencia y Oficial enlace OCESIM (Oficina Central de Estudios de Infantería de Marina).

b) Atribución de responsabilidad: "...Se imputa a Emilio José SCHALLER haber formado parte del plan criminal, clandestino e ilegal implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina en el período que fue descrito; y en particular:

- La coautoría mediata consumada, en cada caso, con la actividad de inteligencia y operativa desplegada desde sus funciones en el Batallón Comando.
- Haber producido los secuestros y aplicaciones de tormentos de las siguientes víctimas:...Aníbal MARZIANI..." (04/07/inc 136 ap. 5.h)

11.2. LEGAJO: Surge de las anotaciones del Legajo de Servicios (en adelante LS) y del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos por la Armada Argentina, que Emilio José SCHALLER nació el 1 de enero de 1939, ingresando en la Marina de Guerra como Cadete del Cuerpo General el 1 de enero de 1957 -promoción 89-24.

11.2.1. Ascensos: Ascendió en 1976 al grado de Teniente de Navío; el 31 diciembre de 1976 al grado de Capitán de Corbeta y por último el 31 de diciembre de 1981 ascendió al grado de Capitán de Fragata

11.2.2. Traslados y designaciones: De los registros consta que SCHALLER:

a) Se desempeñó el cargo de Sec. Informaciones (S-2), Secc. Operaciones (S-3), Cargo Armamento y de Sec. C.D.F. de B. del Batallón Artillería de Campaña N° 1 - Bajo la Sigla alfabética: BTA1- Zona: x -Dependencia: 150 - Destino: 124 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

" Período de Calificaciones De 03/02/75 a 30/11/75 - Cargos: Sec. Informaciones (S-2), Secc. Operaciones (S-3), Cargo Armamento y de Sec. C.D.F. de B. (11 meses) - EVALUACIÓN TOTAL: SÍNTESIS: "Las cualidades calificadas como "excepcionales" sustentan la personalidad de un Oficial cuyo desempeño en el Servicio Naval, lo señala como de gran valor para la Institución. Asimiló conocimientos, los experimentó y finalmente los aplicó con éxito en su tarea sec. I. Gpo S-2-/3 y CDFB y por ello lo estimo como un Oficial altamente competente., FDO: Fermín Eduardo ARETA. Capitán de Corbeta de I.M.. 2° Comandante. - "Las sobresalientes condiciones profesionales de este oficial se ven realizadas por su carácter afable, dando por resultado un apreciado y eficaz colaborador. Excepcionalmente dotado para la ejecución de actividades operativas, su desempeño como Jefe de la Central de Zona del Batallón ha sido sobresaliente. Profundo conocedor de su orientación (artillería) aportó soluciones que cubrieron todos los aspectos desarrollados en la instrucción y adiestramiento de la Unidad. Durante la Zona de Combate de Batallón su capacidad para actuar tranquila y rápidamente influyó notablemente en obtener óptimos resultados del personal a sus órdenes. Cuando complemente las condiciones expuestas, muy probablemente alcanzará la calificación de excepcional. FDO: Eduardo R. DEMARCO. Capitán de Fragata de I.M. Comandante"" - Tomando conocimiento: Hay una firma de Fermín Eduardo ARETA. Capitán de Corbeta de I.M.. 2° Comandante. Eduardo R. DEMARCO. Capitán de Fragata de I.M. Comandante" Lugar y Fecha: Puerto Belgrano, 28 de noviembre de 1975. (fs. 122 LC)

b) Se desempeñó el cargo de Jefe S-2/3 (Operaciones e informaciones) - Jefe cargo Armamento - Jefe Sec. Dir. FGo. B. (CDF)- J. Contrainteligencia del Batallón Artillería de Campaña N°1 Bajo la Sigla alfabética: BIAC - Zona: 8 - Dependencia: 150 - Destino: 146- Grado -Cuerpo - Escalafón: TNCBIMCD en la foja de conceptos quedó anotado:

" Período de Calificaciones De 29/11/75 a 05/02/76 Cargos: Jefe S-2/3 (Operaciones e informaciones) - Jefe cargo Armamento - Jefe Sec. Dir. FGo. B. (CDF)- J. Contrainteligencia EVALUACIÓN TOTAL: "Por aplicación del artículo 10.301 inciso e. acápite 1) de la Publicación R.A. 6 "REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA ARMADA" (R.A.P.A.)- Volumen I, mantengo el concepto formulado a la finalización del periodo anterior. FDO: Eduardo R. DEMARCO. Capitán de Fragata de I.M. Comandante" SÍNTESIS: Tomando conocimiento: Hay una firma de Eduardo R. DEMARCO. Capitán de Fragata de I.M. Comandante" Lugar y Fecha: Puerto Belgrano, 10 de febrero de 1976. (fs. 120LC)

c) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de 2do. Comandante y Jefe de Operaciones e Inteligencia del Batallón Comando (BICO) dependiente de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRIM1), durante el período que va desde el 06 de febrero de 1976 al 01 de agosto de 1976, siendo calificado por el Cte. del BICO -CC PAYBA- de la siguiente manera:

"...De excepcional entusiasmo y de muy buenos recursos para resolver los problemas que se le presentan a diario. Posee un elevado orgullo profesional que lo impulsa a completar sus tareas con sacrificio de su tiempo y comodidad personal legal, respetuoso de las jerarquías, correctamente ubicado y de la mayor confianza. Se constituyó hasta la fecha en un colaborador de real valor plenamente identificado con el suscripto en la conducción y administración de la unidad. .. Tomado conocimiento: Hay una firma de Emilio José SCHALLER... "

d) Con grado de Teniente de Navío se desempeñó el cargo de 2do. Comandante BICO de la BRN1, Jefe Cargo Armamento, Jefe del Cargo Operaciones, Jefe del Cargo Contrainteligencia y Oficial enlace OCESIM (Oficina Central de Estudios de Infantería de Marina) desde el 01/08/76 al 16/11/76. Bajo la Sigla alfabética: BICO - Zona: 75 - Dependencia: 150 -Destino: 126 - Grado - Cuerpo - Escalafón: TNCBIM - en la foja de conceptos quedó anotado:

"...Ratifico lo expresado en la foja anterior. Su desempeño ha sido altamente satisfactorio y contribuyó eficientemente al logro de los objetivos fijados a la Unidad. Correctamente ubicado, muy subordinado y merecedor de la más amplia confianza. Leal, respetuoso, se identifica con el suscripto en todo momento y se impuso con habilidad y excelentes recursos de conducción. Toma conocimiento: Hay una firma de Emilio José SCHALLER. Lugar y Fecha: 31 de diciembre de 1976. Firma y Selllo: CC PAYBA Batallón Comando"

11.2.3. Retiro: Por Resolución N° 457/86 JEMGA del 7 de julio de 1986 se le otorgó a SCHALLER el retiro voluntario a partir del 1 de octubre de 1986 computando 29 veintinueve años, 8 meses y dieciséis días de servicio para el S.A.S. (fs. 30 LC).

11.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: En la audiencia indagatoria de fs. 26272/26273 del 11/10/12 SCHALLER se negó a declarar como ya había ocurrido en la de fs 22962/22974 realizada el 21/11/11 donde manifestó: "...no voy a declarar dado el cúmulo de imputaciones que se me efectúan y que desconozco totalmente. Nunca efectué ninguna actividad fuera de la orgánica de la unidad, ni tomé contacto en ninguna forma con las personas que se mencionaron. No recibí ni dí ninguna orden referente actividades de la unidad fuera de la orgánica, que era la de instrucción y adiestramiento para el combate... "

11.4. RESPONSABILIDAD:

11.4.1. De lo expuesto más arriba surge que el TN SCHALLER se desempeñó entre el 06/02/76 al 01/08/76 como 2do. Comandante y Jefe de Operaciones e Inteligencia del Batallón Comando (BICO) agregando a estas responsabilidades partir del 01/08/76 hasta el 16/11/76. lo cargos de Jefe Armamento, Jefe Contrainteligencia y Oficial enlace OCESIM (Oficina Central de Estudios de Infantería de Marina) siendo su Comandante el entonces CC PAYBA

Se recuerda nuevamente que el Batallón de Comando (BICO) - asentado en la Agrupación Infantería de Marina Puerto Belgrano (AIMPB) y dependiente de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRN1) ubicada en la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM)- durante el tiempo que estuvo al mando del CN PAYBA (22/12/75 a 10/02/77 ) integró la Fuerza de Tareas N° 9 a cargo del Comandante de la Infantería de Marina -CL FRACASSI- y que sus unidades fueron permanentemente empeñadas en la lucha antisubversiva.

Lo anterior se desprende de la anotación que el Comandante de Operaciones Navales -VL Luis M. MENDÍA- dejó firmada en el Legajo de Conceptos del VL (RE) FRACASSI -remitido por la Armada a fs. 290/292 y 2894-, al valorar su desempeño como Comandante de la Fuerza de Tarea N° 9 en el período 19/01/76 a 147/12/76.

Allí el Cte. del CON señaló:

"...Altamente competente... Excepcional... Excelente... lo prefiero a todos... Brillante Almirante bajo todo punto de vista, demuestra un claro y equilibrado criterio en todas sus apreciaciones y actitudes que unidas a una particular mesura y sensatez lo hacen sumamente apto para todo tipo de funciones. Síntesis: Excepcional..." y "...Altísima competencia en la conducción de la Fuerza de Tareas N° 9... lo prefiero a todos... la Fuerza de Tareas N° 9 es la reserva estratégica del C.O.N. para PLACINTARA, o sea que ha planeado y asignado las unidades que permanentemente ordeno empeñar en otras Fuerzas de Tareas. Lo ha hecho en forma excepcional, dado que a través de muchos meses ha habido que mover tropas de Infantería de Marina, en forma continua a distintos teatros y con riesgo permanente. Ha mantenido, a pesar de este movimiento de reemplazos, muy cohesionada a su Fuerza, detectando rápidamente factores de incidencia negativas propios de las circunstancias y adaptando rápidas medidas concretas. Su mesura, claridad de ideas y de la exposición de las mismas, su cabal lealtad y el realismo con que encara todo tipo de situaciones hace que lo considere un excepcional Comandante de Fuerza de Tareas y muy valioso asesor del C.O.N. Síntesis: Excepcional..." (fs. 9717/9969vta. ap. 36 c)

De la transcripción resulta hartamente claro que fue el Cte. de la F.T.9 FRACASSI quién planeaba y asignaba las unidades que el Cte. MENDÍA ordenaba empeñar en otras fuerzas.

Una de esas unidades de la F.T.9 empeñadas por el Comando de Operaciones Navales en la lucha antisubversiva fue el Batallón de Comando que con PAYBA al frente se desempeñó como grupo de tareas en Bahía Blanca, Ingeniero White y Punta Alta deteniendo a las víctimas arriba señaladas y trasladándolas bajo su custodia a los centros clandestinos de detención de la zona .

Lo anterior surge de la extensa indagatoria del CN PAYBA. Pese a sus primeras negativas -que inmediatamente abandonó al serle exhibida en la audiencia de fs. 10713/10723 continuada a fs. 10749/10759 varios recortes periodísticos de la época e informes de inteligencia de la Prefectura Naval y de la Armada-, reconoció PAYBA que por disposición del Comandante de Operaciones Navales el Batallón de Comando (BICO) fue empeñado durante la lucha antisubversiva mientras compartía con otras unidades de la Fuerza de Apoyo Anfibio (FAPA) el alojamiento en la Agrupación de Infantería de Marina de Puerto Belgrano.

Con la prueba colectada, el CN PAYBA en la mencionada indagatoria admitió que había participado al frente del Batallón Comando de los ejercicios antisubversivos ordenados por el Comando de Operaciones Navales y que el martes 16 de noviembre de 1976 -durante 12 horas- con 400 infantes de marina a su mando había realizado en la localidad de Ingeniero White -y en coordinación con personal del V Cuerpo de Ejército-un intenso operativo antisubversivo remitiendo los efectos hallados al C.O.N.

También admitió que por disposición del Comando de Operaciones Navales y utilizando las instalaciones de la Prefectura en el Puerto de Ingeniero White, había detenido -con infantes de marina a su cargo- a una mujer -que según los informes de inteligencia pertenecía a la OMP Montoneros- que más tarde entregó al personal que el Cdo. V Cuerpo de Ejército había autorizado para trasladarla a dicho cuartel militar.

PAYBA al ser indagado reconoció que recibía ordenes verbales del Comando de Operaciones Navales para efectuar detenciones y que en esos rutinarios procedimientos empleaba un "Manual de Planificación Naval", remitiendo -al finalizar los operativos antisubversivos- a las personas demoradas a los lugares que el C.O.N. había determinado por cuanto su "...unidad no contaba con elementos como esposas por ejemplo, solamente se limitaba a la custodia del detenido y su traslado..."

También explicó que como jefe del Batallón de Comando concurría frecuentemente a la Base Naval de Infantería de Marina (BNIM) a las reuniones citadas por el Comandante de la Brigada de Infantería de Marina N° 1 (BRN1) y que visitaba permanentemente la batería del Batallón de Vehículos Anfibios de la FAPA por tener con la misma relaciones complementarias, reconociendo -además- que el personal y los vehículos de la Fuerza de Tareas N° 2 de la Armada realizaban en Bahía Blanca, en Ingeniero White y en Punta Alta patrullajes preventivos contra el accionar de la guerrilla.

Las fotografías del álbum secuestrado en el domicilio de PAYBA -reconocidas durante la indagatoria-, exhiben al Batallón de Comando como una unidad con suficiente personal, vehículos y poder de fuego para realizar durante la lucha antisubversiva tanto las intensas patrullas preventivas en la zona asignada a la F.T.2 como los operativos de detención de personas dispuestas por el CON y supervisadas y coordinadas por los Ctes. de la I.M., del BRN1 y de la FAPA.

Enfatizando que el TN SCHALLER (Oficial de operaciones e inteligencia) -en el período que se le reprocha fue "un colaborador de real valor plenamente identificado con el suscripto en la conducción y administración de la unidad... " y que su "... desempeño ha sido altamente satisfactorio y contribuyó eficientemente al logro de los objetivos fijados a la Unidad... " según la calificación de su superior inmediato CC PAYBA- con lo hasta aquí probado surge -con el grado de certeza que se requiere en esta etapa del proceso-, la participación esencial que le cupo al entonces TN SCHALLER en los hechos que se le endilgan en el requerimiento de fs. sub 13/26 del incidente N° 04/07/inc.136 y del cual resultó víctima Aníbal MARZIANI ocurrido en el período en que revistó como 2do. Comandante del Batallón Comando (BICO) perteneciente a la F.T. 9, habiéndose verificado el iter criminis en su ámbito de actuación e influencia y por estar bajo su responsabilidad como Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia la agencia de colección de información allí instalada y vinculada a la CEIP, donde convergía toda la información producida por las y desde donde se proveía la inteligencia necesaria, en todos los casos, para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones constitutivas de los tipos penales en cuestión.


12. Vicealmirante (RE) Antonio VAÑEK

12.1. REQUERIMIENTO FISCAL: La Fiscalía a fs. 696/715 y 17439/17441 sostiene:

a) Desempeño: "...Con el grado de Contralmirante, cumplió funciones desde el 02/02/76 hasta el 07/06/76 como Subjefe del Estado Mayor General de la Armada. Entre el 07/06/76 y el 31/12/76 se desempeñó en D.I.A.P. Desde el 31/12/76 hasta el 04/01/77, con el grado de Vicealmirante, cumplió funciones en la Dirección de Armamento del Personal Naval. Entre el 04/01/77 y el 22/09/78 se desempeñó como Comandante de Operaciones Navales. Fue citado a prestar declaración indagatoria en la presente causa el 16/09/88 (fs. 2/5 y 26), acto que no pudo efectuarse en virtud del indulto dispuesto por el 1002/89..." (fs. 696/715, ap. V. A. )

b) Atribución de responsabilidad: "...haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de la Armada Argentina; y en particular, la coautoría mediata consumada con la actividad de inteligencia y operativa desplegada contra María Beatriz LOPERENA y Carlos Alberto RIVADA, desde sus destinos y cargos en el Comando de Operaciones Navales..." (fs. 17439/17441)

12.2. LEGAJO: De la compulsa de su legajo de servicios y de conceptos surge la jerarquía, los cargos y el desempeño del VL (RE) VAÑEK según lo afirmado por la Fiscalía a fs. 696/715, pto. V. A.

12.3. DECLARACIÓN INDAGATORIA: Luego de leerse los hechos imputados a fs. 17439/17441 y exhibirse la prueba de cargo, VAÑEK en la audiencia de fs 25865/25865vta. realizada el 18/09/12 manifestó: "...no voy a declarar..."

12.4. RESPONSABILIDAD:

12.4.1. En el pto. 12 del auto de procesamiento de fs. 9717/9969vta. "Bahía Blanca y su zona de influencia durante el año 1976 segun el Comando de operaciones navales" señalé que al reconstruir el traspaso de la Jefatura del Comando de Operaciones Navales en la formacion del día martes 4 de enero de 1977 en la Base Naval Puerto Belgrano era posible observar la situación local entre los años 1975/1976.

De la lectura de los ejemplares disponibles en la hemeroteca de la Biblioteca de la Asociación Bernardino Rivadavia de Avda. Colón 31 de esta ciudad, se extrae del diario La Nueva Provincia bajo el título "Severa condena de Mendía al accionar de la subversión" la tapa de la edición del miércoles 5 de enero de 1977 desarrollado en la página 2 con el copete: "Mensaje de Mendía. La lucha contra la subversión proseguirá, dijo hasta que sean erradicados los ideólogos, los corruptos, los falsos pastores y la delincuencia económica" que transcribía así su discurso de despedida:

"...Asumí el Comando... embargado por la tremenda preocupación que hace dos años ya entristecía el ánimo de la mayoría de la mayoría de los argentinos, por ver a nuestra querida patria sumiéndose aceleradamente en el abismo de la anarquía política, social y económica , y también al comprobar cómo la delincuencia subversiva porfiaba casi impunemente , en su macabra orgía de sangre y destrucción... Iniciamos entonces un acelerado proceso de planeamiento, alistamiento y adiestramiento para la lucha antisubversiva, que nos permitó pasar rápidamente de una actitud meramente defensiva a una etapa decididamente ofensiva; etapa ofensiva en la que tanto en apoyo a nuestro glorioso Ejército como operando dentro de la jurisdicción naval, nuestras fuerzas encararon con el mayor de los éxitos el enfrentamiento a la delincuencia subversiva, contribuyendo decisivamente al progreso de las operaciones militares... Lucha que debemos continuar no solo hasta que el último oponente subversivo sea aniquilado, sino que deberemos seguir empeñando hasta que hayamos superado todas la causas profundas que nos llevaron al caos; lucha que seguiremos empeñando hasta tanto los ideólogos, los dirigentes corruptos, y los no auténticos, los irresponsables y lo delincuentes económicos, y los falsos pastores que ahondaron y exacerbaron esas causas, sean erradicados total y definitivamente de la vida política , social, espiritual, económica, cultural y educacional de la Nación... Mientras no logremos aquellos objetivos, estas fuerzas que he tenido el privilegio de comandar deberán continuar velando las armas. Porque del resultado de esta gesta... depende el futuro de nuestra estirpe, futuro que continuará iluminado por los eternos valores de la fe y el espíritu , consolidado por el Proceso de Reorganización Nacional... todos los años se renuevan los comandos, las planas mayores y las dotaciones de nuestros aviones, buques y unidades terrestres, pero la mística de la Armada continúa incólume. Es por esto que nuestros oponentes nos observan perplejos, ya que ellos, que se rigen por pautas muy diferentes a nuestros principios, termina por endiosar a sus caudillos y luego no atinan a reemplazarlos cuando los pierden. "Es por esto que la Armada, un almirante puede sustituir en el comando a otro almirante y nada cambia, excepto la tónica personal del nuevo comandante. Así ha sido, así es y así será siempre"... Señor Vicealmirante Dn Antonio Vañek; os entrego hoy el Comando de Operaciones Navales... Lo hago con la absoluta confianza que estas Fuerzas bajo las ordenes del nuevo Comandante de Operaciones Navales continuarán constituyendo un conjunto homogéneo, disciplinado idóneo, y dispuesto a todo para que aquella mística -que es distintivo y blasón de la Institución- siga perpetuándose en el tiempo..."

En su edición del miércoles 5 de enero de 1977 bajo el título "Lucha que debe seguir hasta la victoria" en la página 1 columna 6 -continuado en pág. 5 col. 5- el diario "La Nación" reproduce parte de lo publicado en "La Nueva Provincia" en la misma jornada.

12.4.2. En la declaración testimonial asentada en las copias certificadas de fs. 886/936 -recibidas en razón del oficio contestado a fs. 938-y de fs. 4063/4142 -enviadas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 mediante oficio de fs. 4143 ordenado a fs. 3958/3962 ap. 3.- el Vicealmirante (RE) VAÑEK Antonio (P15) -Sub-Jefe del Estado Mayor General de la Armada desde el 02/02/76 al 07/06/76 según los BNR números 24/76 y 27/76; Comandante de Operaciones Navales desde el 04/01/77 al 21/09/78 según los BNR números 141/76 y 9/77 y Jefe del Estado Mayor General de la Armada desde el 21/09/78 según el BNR número 77/78- expresó ante el Presidente de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de Capital Federal -Dr. León Carlos ARSLANIAN (P1)- en la causa 13/84 caratulada "Causa Originariamente instruida por el Consejo Supremo de las FF.AA. en cumplimiento del Decreto 158/83 del P.E.N." lo que sigue:

"...P1: Podría indicar a dónde se trasladaban los detenidos para efectuar la investigación Militar después de cumplida la detención y no es una repetición de la pregunta anterior sino que se refiere a lo dispuesto en el punto 231 en cuanto dice: cumplida la etapa los detenidos serán trasladados a un lugar adecuado para efectuar la investigación Militar.
"...P15: Sí, el problema era que los lugares normales en las Unidades Militares son los lugares donde nosotros detenemos a nuestro personal por ejemplo el calabozo, pero estaban en contracto entonces con nuestros sancionados con los guerrilleros, entonces los guerrilleros se llevaban a otro lugar distinto, alguna casa desocupada o algún lugar donde pidieran estar controlados.
"...P1: esa casa desocupada correspondía a una Dependencia de la Armada Nacional?
"...P15: Si, por supuesto si, si.
"...P1: Podría indicar en qué lugares se llevaba a cabo la etapa de investigación Militar, esto con relación al punto 244 del mismo instrumento en cuanto dice: si la situación aconseja no concentrar los detenidos en la Comisaría ni jurisdicción Militar de la Zona Urbana para evitar aglomeraciones, se habilitarán locales en lugares retirados que permitan el cumplimiento de la etapa de investigación Militar.
"...P15: Como ejemplo, en la Base Naval Puerto Belgrano, los detenidos estaban en la jurisdicción de la Policía de la Base Naval de Puerto Belgrano, dentro de la Base... "

12.4.3. En la causa 151 CFABB (Expte. 36/1977) "Carrá, Daniel Osvaldo S/ Recurso de hábeas corpus" el 10/02/77 ante el Juzgado Federal de Bahía Blanca a cargo del Dr. Guillermo Federico MADUEÑO, Secretaría N° 2 de la Dra. Gloria GIROTTI, entre otros certificados negativos a fs. 12 corre agregado el informe N° 10/77 Letra COOP , PFE - firmado en Puerto Belgrano el 24/02/77 por el Comandante de Operaciones Navales -Vicealmirante Antonio VAÑEK- que textualmente expresó:

"...Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Señoría a los efectos de poner en su conocimiento y en relación a su nota fechada el 17 del corriente mes, que en jurisdicción de la Base Naval Puerto Belgrano no se encuentra detenido el ciudadano OSVALDO CARRÁ..."

12.4.4. Surge del Legajo de Conceptos (en adelante LC) remitidos -en copias certificadas- por Armada a fs. fs. 2894 que el entonces Capitán de Corbeta Guillermo Félix BOTTO por su desempeñó como Ayudante Jefe División Contrainteligencia del Comando de Operaciones Navales mereció de sus superiores la siguiente calificación:

"...Cargos... Ayudante Jefe División Contrainteligencia... Período de calificación: de 26/11/76 al 01/08/77... Jefe de gran confianza y lealtad. Su desempeño en tareas especiales propias de su capacitación, fu sobresaliente. Es de destacar su total dedicación al Servicio Naval. Por su espíritu de trabajo, su cooperación y elevado criterio, es ejemplo permanente para sus subordinados... altamente satisfactorio en tareas especiales. Sobre lo normal..." (LC fs. 142/142vta. Pto. Belgrano 10/08/77 firmado por VL Antonio VAÑEK Cte. C.O.N. - CN Rubén O. FRANCO Jefe del Estado Mayor del C.O.N. - C.N. Juan Alberto IGLESIAS Jefe)

"...Cargos que ocupa: Jefe División Obtención Informaciones... Período de calificación: de 01/08/77 al 25/11/77... Se ha destacado por su laboriosidad y entusiasmo. Imprime dinamismo y continuidad a su gestión. Se dedica en forma prácticamente total al Servicio Naval... Estoy muy satisfecho por su brillante desempeño en las difíciles tareas que se le encomendó... No vacila ante el riesgo..." (LC fs. 140/140vta. Pto. Belgrano 25/11/77 firmado por VL Antonio VAÑEK Cte. C.O.N. - CN Rubén O. FRANCO Jefe del Estado Mayor del C.O.N. - C.N. Juan Alberto IGLESIAS Jefe)

Con lo hasta aquí resuelto y probado surge -con el grado de certeza que se requiere en esta etapa del proceso-, la participación esencial que le cupo al entonces CL VAÑEK en los hechos que se le endilgan en el requerimiento de fs. 17439/17441 y de los que resultaron víctimas Carlos Alberto RIVADA y María Beatriz LOPERENA que continuaron secuestrados -y desaparecidos hasta la actualidad- en el período en que revistó como Comandante del Comando de Operaciones Navales asentado en la Base Naval Puerto Belgrano habiéndose verificado el iter criminis en su ámbito de actuación e influencia y por estar bajo su mando las 11 Fuerzas de Tareas empeñadas por la Armada Argentina en la lucha antisubversiva y tener bajo a su cargo la CEIP, donde convergía toda la información producida por las y desde donde se proveía la inteligencia necesaria, en todos los casos, para las detenciones y posterior interrogatorio de los detenidos, ejerciendo por ende un dominio -en su área funcional- del plan intelectual (dando órdenes o transmitiendo aquellas que recibía, y asegurando su cumplimiento), brindando elementos materiales imprescindibles (aportando los medios necesarios para llevar adelante las misiones encomendadas), a fin de que sus subalternos u otros pertenecientes a las distintas FUERTAR consumaran las acciones constitutivas de los tipos penales en cuestión.


IV - FUNCIONARIOS PÚBLICOS:

Aunque parezca una obviedad, los oficiales y subalternos aquí imputados revistieron en los hechos que motivan la presente resolución la calidad de funcionarios públicos por ser agentes del Estado cumpliendo funciones y ocupando cargos en las Fuerzas Armadas o de Seguridad, tal como surge evidente de los legajos personales -reservados en Secretaría-de los mismos


V - CALIFICACIÓN LEGAL:

Que, tal como ha expuesto la Cámara Federal de Apelaciones de esta ciudad: "...Frente a una sucesión de leyes penales en el tiempo, pueden presentarse distintos supuestos: en el caso, el establecimiento de consecuencias más graves para una conducta ya incriminada (novatio legis in pejus). La controversia entre ambas normas debe ser dirimida a la luz del art. 2°, primer párrafo del Código Penal, disposición que importa reconocer '...no solamente la retroactividad de la nueva ley más benigna, sino también la ultraactividad de la ley anterior, quedando el principio general de la irretroactividad de la ley penal, contenido en el art. 18 de la C.N., interpretado en el sentido de que él se refiere solamente a la inaplicabilidad de una ley más gravosa, posterior a la comisión del hecho" (S. Soler, Derecho Penal Argentino, t.1, ed. TEA, Bs. As. 1978, pág. 188). Habrá de estarse entonces para la calificación provisional de los hechos atribuidos. al Código Penal vigente al tiempo de su comisión (conforme leyes 14.616, 20.642 y 21.338, en cada caso y según corresponda). Ello sin olvidar el carácter de delitos de lesa humanidad que tienen las conductas investigadas y teniendo en cuenta, además, la pluralidad de conductas que se le atribuyen al imputado, que lesionan distintos bienes jurídicos y no se superponen entre sí, por lo que esos delitos concurren en forma real (art. 55 del C.P.)." (v. resolución de fecha 27/02/09 en el Expte. N° 65.218 de la C.F.A.B .B. caratulado "GARCIA MORENO, Miguel Angel...").

Como destacara el Sr. Juez de Cámara, Dr. Angel Alberto ARGAÑARAZ, al resolver -con fecha 20/06/09- en las causas N° 65.751 y N° 65.756 del Registro de la C.F.A.B.B. referidas, respectivamente, a Elso Antonio NUÑEZ y Leandro Marcelo MALOBERTI: "Los delitos que se reprochan al prevenido son concebidos como de 'lesa humanidad', porque constituyen graves violaciones a los derechos humanos, cometidas en el caso por móviles políticos (cf. Raúl Sohr, El mundo y sus guerras, Ramdom House Mondadori S.A., Santiago de Chile, 2007, pág. 99)."

Como ha expuesto el Dr. Alcindo ÁLVAREZ CANALE, con fecha 29/10/09, en la causa N° 05/07/inc.162, caratulada "CORRES, Julián Oscar s/ Inconstitucionalidad": ".el carácter de Lesa Humanidad de los delitos que aquí se investigan ya es un tema fuera de discusión pues está acabadamente probado en autos que los hechos imputados a CORRES y sus consortes de causa, formaron parte de un plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de las fuerzas armadas -y las de seguridad policiales y penitenciarias, fueran federales o provinciales, a ellas entonces subordinadas-, lo que permite encuadrar a los tipos penales básicos del Código Penal en la figura más amplia de los de Lesa Humanidad."

En efecto, la Cámara Federal de Apelaciones local a expuesto -el día 24/06/09 en el Expte. N°65.241, que: "...debe reiterarse lo afirmado por esta Cámara (c. n° 64.589 del 21/11/2007 y c. n° 65 .172 del 22/7/2008), respecto de los hechos sucedidos en el país durante el período que se investiga, con remisión a lo resuelto en la causa n° 13/85 por la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, básicamente en lo que hace a la metodología de los delitos de lesa humanidad cometidos por fuerzas militares y de seguridad de nuestro país, cuya existencia no fue controvertida por el imputado ni su defensa (como bien se ocupa ésta de aclararlo)... En ese juicio se probó la existencia del plan sistemático llevado a cabo en nuestro país a partir del 24 de marzo de 1976 por miembros de las fuerzas armadas consistente en la detención clandestina, tortura y en numerosos casos la eliminación física de las personas sospechadas de realizar actividades consideradas como subversivas, utilizando para tal fin la estructura militar del Estado."

A ello agrego que en el Expte. N° 65.099 del registro de la Alzada la C.F.A.B.B., destacó -con fecha 27/05/08- que: ".el quid de si los delitos contra los derechos humanos son de lesa humanidad o no, es un tema que ya ha sido decidido en sentido afirmativo por la CSJN (cf. Maximiliano Hairabedián y Federico Zurueta, 'La prescripción en el Proceso Penal', Ed. Mediterránea-Lerner, 2006, pássim).",

Respecto de los juicios de Nüremberg y Tokio, Jürgen PETERS y Herbert JÁGER señalan que "...no alcanzan los conceptos corrientes de la criminología para atrapar y comprender los hechos sucedidos. Por su extensión, índole, forma de comisión y círculo de participantes, los acontecimientos delictivos ocurridos durante el nazismo constituyen una forma de criminalidad totalmente nueva para la criminología alemana." (conf. FIERRO, Guillermo Julio, "Ley penal y derecho internacional, Doctrina y jurisprudencia nacional y extranjera", Tomo 1, Editorial Astrea, Buenos Aires, agosto de 2007, pág. 128), observaciones que -como destacara el titular de esta sede- alcanzan mutatis mutandi a los procesos seguidos hoy en la Argentina para saber la verdad de lo ocurrido durante la última dictadura militar, donde los delitos, por su naturaleza, por la forma y en la escala en que fueron cometidos resultan trágicamente inéditos en el país, tanto desde el punto de vista criminológico como legal.

Para finalizar, parece oportuno señalar que los Dres. ROZANSKY, INSAURRALDE y LORENZO Jueces del Tribunal Federal N° 1 de La Plata (el 17/11/06 en la causa seguida contra Miguel ETCHECOLATz), han puesto de manifiesto que no existe "...impedimento para categorizar los hechos sucedidos en nuestro país como genocidio -una especie dentro del género más amplio de delitos de Lesa Humanidad- 'más allá de la calificación legal que en [la] causa se haya dado a esos hechos a los efectos de imponer la condena y la pena'." (confr. CELS, "Derechos Humanos en la Argentina - Informe 2007", Siglo veintiuno editores Argentina S.A., Buenos Aires, 2007, pág. 47).

Hecha esta salvedad corresponde referirme a los distintos delitos enrostrados al imputado:

1. ASOCIACIÓN ILÍCITA: La Cámara Federal de Apelaciones de esta ciudad, en la causa N°65.213, caratulada: "MANSUETO SWENDSEN, Jorge Enrique s/ apel. auto de procesam. y pris. prev.; y Fiscal Federal y Apoderada Querellantes s/ apel. falta de mérito en c. nro. 05/07 "Inv. Delitos de Lesa Humanidad..." ha expuesto: "...el ilícito consiste en tomar parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el sólo hecho de ser miembro de la asociación (art. 210, 1er párrafo C.P. texto s/ ley 20.642).

Tradicionalmente se ha entendido que para la configuración del tipo básico de asociación ilícita tres son las exigencias: a) existencia de un grupo de personas, con un número mínimo de partícipes, b) un propósito colectivo de cometer delitos indeterminados, y c) permanencia en el tiempo.

Sentado ello. debe señalarse que. en la figura básica del art. 210 del C.P. no se exige calidad ni condición especial alguna para ser sujeto activo del delito. Por otro lado, en el caso "Arancibia Clavel" (Fallos: 327/3:3312), la Corte Suprema de Justicia admitió la posibilidad del funcionamiento de una asociación ilícita en el seno de fuerzas de seguridad, para los supuestos de persecución de opositores políticos (o derecho penal del enemigo), el supuesto de autos.

No hay dudas de que la pertenencia a un grupo de esas características se puede disimular a través de la participación en una asociación con fines lícitos, que se podría enquistar en el seno de una persona jurídica de cualquier tipo, incluso en instituciones públicas, aprovechando las prerrogativas que ellas otorgan (vgr. de la impunidad que otorga el ejercicio absoluto del poder público estatal). Esta posibilidad que desarrollan los ya citados Sancinetti y Ferrante, no es para nada novedosa pues también lo entendía de esa manera Ricardo Núñez (cfr. "Derecho Penal Argentino", tomo VI, ed. Lerner, Bs. As. 1971, pág. 185); por lo que debe concluirse que una asociación ilícita puede cobijarse dentro de las filas de las fuerzas armadas o de seguridad, sin que ello implique tildar de "asociación ilícita" a tales instituciones, sino de afirmar la posibilidad de que se configure una asociación ilícita en ámbitos en los que se haya ejercido, o se ejerza el poder...".

2. PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD: Que el art. 144 bis del C.P., dispone: "Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación... 1°) El funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal...".

Que el rasgo esencial de este tipo penal, es que su autor o partícipe sea un funcionario público. El Código Penal en su artículo 77 (significación de conceptos empleados en el código) establece que: "Por los términos 'funcionario público' y 'empleado público', usados en este Código, se designa a todo el que participa accidental o permanentemente del ejercicio de funciones públicas, sea por elección popular o por nombramiento de autoridad competente". No cabe duda que los aquí imputados siendo miembros de las Fuerzas Armadas, eran "funcionario público", como lo acepta pacíficamente la doctrina y la jurisprudencia.

Zanjada esta cuestión interpretativa, la otra figura penal que aparece es la agravante del último párrafo de dicho artículo, que establece una pena de reclusión o prisión de dos a seis años si concurrieren -con la privación ilegítima de la libertad- algunas de las circunstancias enumeradas en sus incisos, entre ellos los inc.1° Si el hecho se cometiere con violencias o amenzas, y 5°: Si la privación durare más de un mes.

3. TORTURA: Esta figura penal -siempre en relación a la privación ilegítima de la libertad-, resulta ser la del artículo 144 ter. que impone la condición de "funcionario público", pero en el primer párrafo "in fine" del inciso 1°) estipula: "Es indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario, bastando que éste tenga sobre aquélla poder de hecho...". El mencionado inc. 1, prevé una pena de reclusión o prisión de ocho a veinticinco años e inhabilitación, para quien impone "cualquier clase de tortura" a personas legítima o ilegítimamente privadas de su libertad.

En relación al delito de "tormentos" se ha dicho: "Para la ley vigente es indiferente la legitimidad o ilegitimidad de la privación de libertad, e incluye, como sus posibles sujetos activos del delito, a los particulares. Basta con que el torturador tenga poder de hecho sobre la víctima, aunque sea momentáneo o accidental. Por último, la ley aclara el concepto de 'tortura', declarando que es comprensivo no solo de los tormentos físicos, cuando revisten cierta gravedad (p. ej., simulacro de fusilamiento, encierro de un claustrofóbico en un ataúd, etc.)" (BREGLIA ARIAS, GAUNA, Código Penal Comentado Anotado y Concordado, Ed. Astrea, Bs. As. 2001, pág. 1053).

4. HOMICIDIO: Que, como parte final de este análisis me referiré al delito de homicidio, que en todos los casos, es el que indica el art. 80 incs. 2) y 6) del C.P.

Efectivamente, las personas que resultaron víctimas de este delito, habían sido detenidas poco antes de su muerte por los grupos de tareas subordinados al Comando de Operaciones Navales y al Cdo. V° Cpo. Ej. -según los casos-, sometidos a torturas y luego "trasladados" por sus captores.

Estas ejecuciones eran típicas del accionar ilegal llevado a cabo por personal de las FF.AA lo que permite concluir -teniendo en cuenta la forma en que fueron encontrados los cuerpos, la previa privación de la libertad que sufrieron o las mismas circunstancias del asesinato- que la muerte de estas víctimas se produjo aprovechando la indefensión en que se encontraban, por lo cual corresponde la agravante de "alevosía" del art. 80 inc. 2) del C.P.

Concordantemente se ha expuesto: "resulta procedente agravar el homicidio por alevosía si los disparos se efectuaron contra la víctima que se hallaba en el suelo, de espaldas y semiinconsciente, de modo tal el estado de indefensión en el cual se hallaba era patente" (Conf. CAS Penal, Sala II, 26/8/94, citado por OSSORIO y FLORIT, "Código Penal de la República Argentina", p. 209).

Que es evidente, que para trasladar a tales personas y preparar el lugar de su muerte, fue necesario el concurso de dos o más personas (inc. 6 del art. 80 del C.P.).

5. GENOCIDIO: Que, por ello, es dable afirmar que los hechos mencionados supra configuran, sin más, el delito de GENOCIDIO previsto en la "Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio" (aprobada por la Tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 9/12/1948, en Nueva York, y ratificada por la República Argentina mediante decreto-ley 6286/56 (B.O. 25/04/1956), es decir VEINTE AÑOS (20) ANTES del inicio de la última dictadura militar).

En el mismo orden de ideas, los cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, firmados (el primero) para Aliviar la Suerte que Corren los Heridos y los Enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña; (el segundo) ; y relativos al trato debido a los prisioneros de guerra (el tercero), y a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra (el cuarto); fueron todos aprobados en nuestro país el 18/09/1956 por medio del "decreto ley" N°14.442/56, ratificado por Ley N°14.467 (sancionada el 5 de septiembre de 1958, promulgada el 23 septiembre de 1958, B.O. 29/IX/58).

Que a la época en que ocurrieron los hechos que se investigan en estas causas, dichas convenciones tenía jerarquía de "LEY SUPREMA de la NACIÓN" por así disponerlo el art. 31 de la Constitución Nacional, o sea que tenía plena vigencia en la República Argentina con supremacía absoluta sobre el resto de las leyes nacionales y provinciales, o los decretos y reglamentos de cualquier tipo sean del ámbito civil o militar.

Que la "Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio" en su artículo II define el concepto de GENOCIDIO: "En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo."

En este sentido cabe señalar que la Corte sostuvo que: "los delitos como el genocidio, la tortura, la desaparición forzada de personas, el homicidio y cualquier otro tipo de actos dirigidos a perseguir y exterminar opositores políticos entre los que debemos contar el formar parte de un grupo destinado a llevar adelante esta persecución, pueden ser considerados crímenes contra la humanidad, porque atentan contra el derecho de gentes tal como lo prescribe el art. 118 de la Constitución Nacional. Que en consecuencia el formar parte de un grupo dedicado a perpetrar estos hechos, independientemente del rol funcional que se ocupe, también es un crimen contra la humanidad" (...) "Que la doctrina de la Corte señalada en el precedente "Mirás" (Fallos: 287:76), se mantuvo inalterada a lo largo del tiempo y continua vigente... " (SOMMER, Cristian. La Jurisdicción Penal Internacional, su aplicación en las violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos en: "DERECHOS HUMANOS - Legalidad y jurisdicción supranacional", Direc. VEGA, Juan Carlos; Coordin.: SOMMER, Christian; Ed. Mediterránea, Córdoba, 2006, p. 277. La negrita me pertenece).

Es que "...las acciones perpetradas por los individuos, reconocidas como peligrosas para toda la Comunidad Internacional, necesariamente implican que esos individuos son criminalmente responsables, porque como fue establecido en la famosa formulación de la sentencia del Tribunal de Nüremberg del 30 de septiembre 1946: "Crímenes contra el Derecho Internacional son cometidos por hombres, no por entidades abstractas, y sólo castigando a los individuos que cometieron dichos crímenes pueden ser puestas en vigor las provisiones del Derecho Internacional"... " (ob. cit. pág. 276).

6. CALIFICACIÓN: Siguiendo el criterio de la CFABB pronunciados en las sentencias del Expte. 66388 caratulado: "BÜSSER Carlos Alberto César y otros s/ Apel. auto de procesam. y pris. prev.; y MARTIN Ángel Lionel s/Apel. falta de mérito (casos: Martinelli- Grill y Oliva) en c. 04/07: 'Inv. Delitos de Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" del 29/12/10 agregada a fs. 16796/16835- y del Expte. 67191 caratulado: "BOTTO Guillermo Félix; BUSTOS Luis Ángel y Otros s/Apel. falta de mérito y auto de procesam. en c. 04/07 'Inv. delitos Lesa Humanidad (Armada Argentina)'" del 26/06/12 agregada a fs. 25324/25390 los delitos de lesa humanidad sufridos por las víctimas de esta resolución se califican así:

a) Privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias (art. 144 bis inc. 1° y último párrafo en función del art. 142 in c. 1° del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642) cometido en perjuicio de Diana Elisa CORNAGO

b) Privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias (art. 144 bis inc. 1° y último párrafo en función del art. 142 in c. 1° del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642) en concurso real (art. 55 del CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616), de lo que resultó víctima Aníbal MARZIANI

c) Privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias, y por su duración mayor a un mes (art. 144 bis inc. 1°y último párrafo en función del art. 142 incs. 1° y 5° del Código Penal conforme le yes 14.616 y 20.642) en concurso real (art. 55 del CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616), reiterados en cuatro (4) oportunidades, de las que resultó víctima Diana Silvia DIEZ

d) Privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias, y por su duración mayor a un mes (art. 144 bis inc. 1° y último párrafo en función del art. 142 incs. 1° y 5° del Código Penal conforme le yes 14.616 y 20.642) en concurso real (art. 55 del CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616), en concurso real (art. 55 del CP) con homicidio -desaparición forzada- agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 incs. 2° y 6° del Código Penal conforme ley 21.338) de las que fueron víctimas agravada por haber sido consumada con amenazas y violencias (arts. 144 bis inc. 1° y último párrafo en función del art. 142 inc. 1° del Código Penal conforme leyes 14.616 y 20.642) en concurso real (art. 55 del CP) con homicidio -desaparición forzada- agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 incs. 2° y 6° del Có digo Penal conforme ley 21.338) cometido en perjuicio de Carlos Alberto RIVADA; María Beatriz LOPERENA; Helvio Alcides MELLINO y Leonel Eduardo SAUBIETTE


VII - RESPONSABILIDAD CIVIL:

Que para determinar el monto de la responsabilidad civil de los procesados, de conformidad a lo establecido en el art. 518 del C.P.P.N., tengo en cuenta que dicha cifra debe ser suficiente para garantizar la pena pecuniaria, la indemnización civil (de corresponder) y las costas que este proceso genere.

La gravedad de los delitos imputados y por los que se los procesa en este auto, los daños que los mismos han ocasionado, y la falta de los imputados a su deber de garantía con los ciudadanos por ser funcionario público fundamentan que se fije su responsabilidad civil de: a) Guillermo Félix BOTTO en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); b) Enrique DE LEÓN en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); c) Álvaro Hernán HERMELO en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000); d) Alejandro Carlos LORENZINI en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); e) Carlos Alberto LOUGE en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); f) Leandro Marcelo MALOBERTI en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); g) Alberto Gerardo PAZOS en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); h) Luis Alberto PONS en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); i) Arturo María QUINTANA en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); j) José Luis RIPA en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) k) Emilio José SCHALLER VAÑEK en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) y l) Antonio VAÑEK en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) por las cuales serán intimados al pago o a dar bienes a embargo conforme lo dispuesto en el art. 518 C.P.P.N., bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, dentro del quinto día de notificados, serán inhibidos de bienes, sirviendo el presente resolutorio de suficiente mandamiento y orden.

POR TODO ELLO, conforme con las normas constitucionales citadas (arts. 18, 27, 28, 31, 33, 75 inc.22, 116, 118 y ccdtes. de la CONSTITUCIÓN NACIONAL), la Declaración Universal de Derechos Humanos, en especial la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, y los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los Crímenes de Lesa Humanidad, el Estatuto de Roma (Ley 25.390) y su ley de implementación (Ley 26.200), estos últimos tenidos en cuenta como guía interpretativa, así como leyes, doctrina y jurisprudencia nacional e internacional mencionadas; y de conformidad a los arts. 2, 295, 296, 306, 312 y cctes. del C.P.P.N.,

RESUELVO:

1ro.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Guillermo Félix BOTTO de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato del delito que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

2do.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Enrique DE LEÓN de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

3ro.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Álvaro Hernán HERMELO de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato del delito de asociación ilícita (arts. 45 y 210 CP) y de los demás hechos que la Fiscalía de los que resultaron víctimas Diana Silvia DIEZ; Cora María PIOLI, María Beatriz LOPERENA, Carlos Alberto RIVADA y Leonel Eduardo SAUBIETTE

4to.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Alejandro Carlos LORENZINI de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

5to.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Carlos Alberto LOUGE de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

6to.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Leandro Marcelo MALOBERTI de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

7mo.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Alberto Gerardo PAZOS de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

8vo.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Luis Alberto PONS de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

9no.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Arturo María QUINTANA de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

10mo.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de José Luis RIPA de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

11ro) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Emilio José SCHALLER de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultó víctima Aníbal MARZIANI

12do.) ORDENAR EL PROCESAMIENTO (art. 306 del C.P.P.N.) de Antonio VAÑEK de demás constancias personales obrantes en el acápite, por considerarlo 'prima facie' co-autor mediato por los hechos que la Fiscalía le imputa y de los que resultaron víctimas Carlos Albero RIVADA y María Beatriz LOPERENA

13ro.) DEJAR EXPRESA MENCIÓN QUE TODOS LOS DELITOS IMPUTADOS constituyen delitos previstos en el Código Penal según leyes 14.616 y 20.642, y resultan ser delitos de Lesa Humanidad y configurativos de GENOCIDIO, sancionados por la "Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio" ratificada ésta por la República Argentina mediante decreto-ley 6286/56 (B.O. 25/04/1956), -y con jerarquía constitucional a partir de 1994 (Art. 75 inc. 22 de la C.N.), como además por el art. 3 común a los cuatro "Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949" aprobados en nuestro país el 18/09/1956 por medio del "decreto ley" N°14.442/56, ratificado por Ley N°1 4.467 (sancionada el 5 de septiembre de 1958, promulgada el 23 septiembre de 1958, B.O. 29/IX/58), y actualmente por la "Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas" ratificada por la Ley 24.556 de fecha 13 de Septiembre de 1995 (B.O. 18/10/95) y con jerarquía constitucional conforme la Ley 24.820 (B.O. 29/05/97).

14to.) DISPONER LA PRISIÓN PREVENTIVA de los nombrados (art. 312 del C.P.P.N.), la que se seguirá cumpliendo en las prisiones domiciliarias concedidas y en las condiciones en que esos beneficios fueron ordenados oportunamente.

15to.) FIJAR LA RESPONSABILIDAD CIVIL de a) Guillermo Félix BOTTO en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); b) Enrique DE LEÓN en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); c) Álvaro Hernán HERMELO en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000); d) Alejandro Carlos LORENZINI en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); e) Carlos Alberto LOUGE en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); f) Leandro Marcelo MALOBERTI en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); g) Alberto Gerardo PAZOS en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); h) Luis Alberto PONS en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); i) Arturo María QUINTANA en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000); j) José Luis RIPA en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) ) k) Emilio José SCHALLER en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) y l) Antonio VAÑEK en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) or las cuales serán intimados al pago o a dar bienes a embargo conforme lo dispuesto en el art. 518 C.P.P.N., bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, dentro del quinto día de notificados, serán inhibidos de bienes, sirviendo el presente resolutorio de suficiente mandamiento y orden.

16to.) A fin de garantizar el inviolable derecho de defensa que asiste a los imputados de esta causa (art. 18 C.N.) y dado el número de imputados, la extensión y complejidad de la presente resolución, fíjase para todas las partes (v. fs. 8119 y 8600) el plazo de QUINCE (15) DÍAS CORRIDOS para interponer recurso de apelación contra la misma que se contará a partir del subsiguiente hábil al de su notificación por cédula en los respectivos domicilios legales.

17to.) REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.

Ante mí:


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