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22oct15


Ley de creación del Distrito de la Yarada Los Palos en la Provincia de Tacna del Departamento de Tacna


LEY Nš 30358

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE LA YARADA LOS PALOS EN LA PROVINCIA DE TACNA DEL DEPARTAMENTO DE TACNA

Artículo 1. Objeto de la Ley

Créase el distrito de La Yarada Los Palos, con su capital Los Palos, en la provincia de Tacna del departamento de Tacna.

Artículo 2. Límites del distrito de La Yarada Los Palos

Los límites territoriales del distrito de La Yarada Los Palos, en la provincia de Tacna del departamento de Tacna, son los siguientes:

POR EL NOROESTE
Limita con el distrito de Tacna.

El límite se inicia en el litoral, en un punto de coordenada UTM 333 220 m E y 7 985 129 m N, continúa en línea recta, en dirección Noreste, por una vía carrozable hasta la intersección con la carretera Costanera y la carretera de desvío al centro poblado Los Palos, en un punto de coordenada UTM 333 598 m E y 7 986 259 m N; de este punto el límite continúa por la carretera Costanera en dirección Noroeste hasta un punto de coordenada UTM 332 350 m E y 7 986 891 m N; desde este punto el límite describe una dirección Norte por una vía carrozable, en línea recta, hasta su intersección con otra vía carrozable, en un punto de coordenada UTM 332 481 m E y 7 987 471 m N; el límite asciende, en la misma dirección, a la cumbre del cerro Punta Morena y pasa por su línea de cumbres, por las coordenada UTM 332 485 m E y 7 988 685 m N y UTM 332 994 m E y 7 989 626 m N; de este punto, el límite continúa por el cerro La Yarada, pasando por los puntos de coordenada UTM 333 586 m E y 7 991 904 m N (confluencia de dos quebradas intermitentes sin nombre) y UTM 333 976 m E y 7 993 337 m N (confluencia de dos quebradas intermitentes sin nombre), el límite continúa por la cumbre de un cerro sin nombre en un punto de coordenada UTM 334 005 m E y 7 994 348 m N hasta llegar a la cota 271. Desde este punto, en dirección Noreste, el límite bordea el desnivel del relieve, pasando por un punto de coordenada UTM 336 870 m E y 7 996 099 m N (confluencia de dos quebradas intermitentes sin nombre) y UTM 339 885 m E y 7 999 069 m N (confluencia de dos quebradas intermitentes sin nombre) hasta llegar a la cota 202.

POR EL NORESTE
Limita con el distrito de Tacna.

El límite se inicia en la cota 202 y continúa en dirección Sureste cortando la quebrada Magollo, en un punto de coordenada UTM 349 533 m E y 7 999 354 m N, continúa en la misma dirección hasta un punto de coordenada UTM 353 537 m E y 7 997 639 m N; desde este punto, el límite continúa en línea recta, en la misma dirección, siguiendo el canal de irrigación hasta su vértice en un punto de coordenada UTM 353 928 m E y 7 997 247 m N, luego prosigue en línea recta hasta intersectar la carretera Costanera en un punto de coordenada UTM 354 586 m E y 7 996 192 m N; desde este punto el límite continúa en dirección Noreste por la carretera Costanera hasta un punto de coordenada UTM 356 247 m E y 7 996 989 m N (altura del vértice extremo Suroeste del Bosque Municipal de Tacna).

POR EL ESTE
Limita con el distrito de Tacna.

El límite se inicia en la carretera Costanera en un punto de coordenada UTM 356 247 m E y 7 996 989 m N (altura del vértice extremo Suroeste del Bosque Municipal de Tacna), el límite en dirección Sureste, continúa por la colindancia Suroeste del Bosque Municipal de Tacna y en línea recta continúa hasta llegar a un punto de coordenada UTM 358 717 m E y 7 994 883 m N; desde este punto el límite continúa en línea recta, en dirección Suroeste, siguiendo el límite de parcelas productivas, hasta llegar a un punto de coordenada UTM 357 930 m E y 7 993 949 m N, y en la misma dirección, en línea recta llega al punto de coordenada UTM 357 772 m E y 7 993 821 m N. Desde este punto, el límite prosigue en dirección Sureste, en línea recta, por el límite de parcelas productivas, pasando por el punto de coordenada UTM 357 979 m E y 7 993 439 m N, hasta llegar al cauce de la quebrada Arunta, en un punto de coordenada UTM 358 232 m E y 7 993 052 m N. El límite continúa por el cauce de la quebrada Arunta, aguas abajo, hasta un punto de coordenada UTM 357 266 m E y 7 988 404 m N. El límite continúa en línea recta, en dirección Este, hasta intersectar la línea férrea Tacna-Arica en un punto de coordenada UTM 358 612 m E y 7 988 601 m N (altura de la garita de control Hospicio); desde este punto, el límite continúa por la línea férrea Tacna-Arica, en dirección Sur, hasta la intersección con la carretera Hospicio-Los Palos; desde esta intersección el límite continúa, en dirección Este, por la carretera Hospicio-Los Palos hasta su intersección con la carretera Panamericana. El límite continúa, en dirección Sur, por la carretera Panamericana, hasta intersectar una quebrada sin nombre, en un punto de coordenada UTM 360 896 m E y 7 976 786 m N; desde este punto, el límite continúa en dirección Suroeste, en línea recta, hasta intersectar la línea férrea Tacna-Arica, en un punto de coordenada UTM 359 743 m E y 7 976 251 m N; desde este punto, el límite continúa por la línea férrea Tacna-Arica, en dirección Sur, hasta intersectar el límite internacional Perú-Chile, de conformidad con lo establecido en virtud del Tratado de Lima y su Protocolo Complementario, de fecha 3 de junio de 1929, y los trabajos de la Comisión Mixta de Límites de 1929 y 1930.

POR EL SUR
Limita con la República de Chile, por la línea de frontera, hasta su intersección con el océano Pacífico en el punto Concordia, punto de inicio de la frontera terrestre de conformidad con lo establecido en virtud del Tratado de Lima y su Protocolo Complementario, entre el Perú y Chile, de fecha 3 de junio de 1929, y los trabajos de la Comisión Mixta de Límites de 1929 y 1930.
POR EL OESTE

Partiendo desde el punto Concordia, punto de inicio de la frontera terrestre con la República de Chile, limita con el océano Pacífico, siguiendo la línea de baja marea hasta un punto de coordenada UTM 333 220 m E y 7 985 129 m N, punto de inicio de la presente descripción. Todo ello, igualmente, con respeto al límite marítimo con Chile definido por el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 27 de enero de 2014 y a las coordenadas determinadas en virtud de los trabajos realizados por técnicos de ambos países que constan en el Acta firmada en Lima, el 25 de marzo de 2014.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Base de la cartografía

Los límites del distrito de La Yarada Los Palos han sido trazados sobre la base de las Cartas Nacionales del Instituto Geográfico Nacional (IGN), a Escala 1:100,000, Datum WGS-84, Sistema de Proyección UTM y Zona 19S, hoja: 2734, 37-u (La Yarada), Serie J631, Edición 2-IGN y hoja 2834, 37-v (Tacna), Serie J631, Edición 2-IGN.

SEGUNDA. Autoridades político-administrativas

El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones correspondientes a fin de dotar de autoridades político-administrativas a la nueva circunscripción que se crea por la presente Ley.

TERCERA. Autoridades judiciales

El Poder Judicial dispondrá las acciones necesarias a fin de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de las autoridades judiciales correspondientes.

CUARTA. Elección de autoridades municipales

El Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales del distrito de La Yarada Los Palos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.

QUINTA. Documento nacional de identidad

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) otorga a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados.

SEXTA. Representación cartográfica

Forma parte de la presente Ley la representación cartográfica que define el ámbito de creación del distrito de La Yarada Los Palos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

PRIMERA. Administración transitoria de recursos y servicios públicos

En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el nuevo distrito de La Yarada Los Palos, la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos son atendidas por la Municipalidad Provincial de Tacna, correspondiéndole además el manejo de los recursos reasignados a la nueva circunscripción, de conformidad con el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento de la Ley 27555, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF.

SEGUNDA. Junta de delegados vecinales comunales

La Municipalidad Provincial de Tacna constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito de La Yarada Los Palos, hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicha jurisdicción, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Tales funciones no implican en ningún caso la administración y manejo de recursos.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

ÚNICA. Norma derogatoria

Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil quince.

LUIS IBERICO NÚÑEZ
Presidente del Congreso de la República

NATALIE CONDORI JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República

Pedro Cateriano Bellido
Presidente del Consejo de Ministros


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[Fuente: Diario Oficial El Peruano, Año XXXII - Nš 1345, Lima, pp. 565984-565986, 08nov15]

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small logoThis document has been published on 17Nov15 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.