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Conclusiones sobre los niños y el conflicto armado en el Iraq formuladas por el Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados


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Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/AC.51/2016/2

Distr. general
18 de agosto de 2016
Español
Original: inglés

Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados

Conclusiones sobre los niños y el conflicto armado en el Iraq

1. En su 57ª sesión, celebrada el 2 de marzo de 2016, el Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados examinó el segundo informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto armado en el Iraq (S/2015/852), que se encargó de presentar la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados. También se dirigió al Grupo de Trabajo el Representante Permanente Adjunto del Iraq ante las Naciones Unidas.

2. Los miembros del Grupo de Trabajo acogieron con beneplácito el informe del Secretario General, presentado de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011), 2068 (2012), 2143 (2014) y 2225 (2015), y tomaron nota del análisis y las recomendaciones que figuraban en él.

3. Los miembros del Grupo de Trabajo escucharon la exposición informativa de la Representante Especial y tomaron nota del empeoramiento de las violaciones y los abusos cometidos contra niños en el conflicto armado en el Iraq tras la aparición del Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL/Daesh). Esos casos incluyen el reclutamiento y la utilización de niños por el EIIL/Daesh, el uso de niños como terroristas suicidas y verdugos, y la creciente utilización de la violencia sexual, incluidas las violaciones y la esclavitud sexual, como táctica de guerra.

4. Los miembros del Grupo de Trabajo también tomaron nota de la continua utilización de niños por las fuerzas de movilización popular, que han sido puestas bajo el mando del Primer Ministro. Otra cuestión preocupante eran los casos de detención de niños acusados de constituir una amenaza para la seguridad con arreglo a la legislación contra el terrorismo, que suscitaban dudas sobre el respeto de las garantías procesales, y las denuncias de malos tratos y de actos que constituían tortura.

5. El Representante Permanente Adjunto del Iraq reafirmó el compromiso de su país de seguir colaborando con la Oficina del Representante Especial del Secretario General. La declaración formulada por el Representante Permanente Adjunto del Iraq se incluye como anexo de las presentes conclusiones.

6. En relación con la reunión, y con sujeción a las disposiciones del derecho internacional aplicable y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, en particular las resoluciones 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011), 2068 (2012), 2143 (2014) y 2225 (2015), y en consonancia con ellas, el Grupo de Trabajo acordó adoptar las medidas concretas que figuran a continuación.

Declaración pública del Presidente del Grupo de Trabajo

7. El Grupo de Trabajo acordó transmitir un mensaje a todas las partes en el conflicto armado en el Iraq mediante una declaración pública del Presidente del Grupo:

    a) Recordando las conclusiones anteriores del Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados relativas al Iraq (S/AC.51/2011/6) y reiterando el llamamiento de que se apliquen plenamente;

    b) Expresando su más enérgica condena de todas las violaciones y los abusos que se siguen cometiendo contra los niños en el Iraq, en contravención del derecho internacional aplicable, e instando a las partes en el conflicto armado a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional y adopten todas las medidas necesarias para prevenir y poner fin de inmediato a las violaciones y los abusos, incluidos los casos de reclutamiento y utilización, asesinato y mutilación, violación y otras formas de violencia sexual, secuestro, ataques contra escuelas y hospitales, y denegación del acceso de la asistencia humanitaria;

    c) Expresando profunda preocupación por el gran número de niños muertos y mutilados como consecuencia directa o indirecta de las hostilidades entre las partes en el conflicto armado, y por los casos de ataques indiscriminados contra la población civil, incluidos los ataques con intenso fuego de artillería y bombardeos aéreos, y exhortando a todas las partes a que respeten las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario, en particular los principios de distinción y proporcionalidad;

    d) Expresando grave preocupación por la continuación del reclutamiento y la utilización de niños en contravención del derecho internacional aplicable, e instando encarecidamente a todas las partes en el conflicto armado a que, de manera inmediata y sin condiciones previas, liberen a todos los niños que tengan en sus filas, en estrecha cooperación con las Naciones Unidas y las entidades pertinentes de protección de los niños, siempre que sea posible;

    e) Condenando enérgicamente los ataques contra escuelas y hospitales en contravención del derecho internacional humanitario, y observando con profunda preocupación que esos ataques, el uso de las escuelas con fines militares en contravención del derecho internacional aplicable, y los ataques contra el personal docente y médico ponen en peligro la seguridad de los niños y perturban gravemente su acceso a la educación y los servicios de salud;

    f) Instando a todas las partes en el conflicto a que pongan fin a los ataques y las amenazas de ataques contra escuelas y hospitales, así como contra su personal, en violación del derecho internacional humanitario, y a que respeten el carácter civil de esas instituciones y de su personal, de conformidad con el derecho internacional humanitario.

8. El Grupo de Trabajo acordó transmitir un mensaje a todos los grupos armados que operan en el Iraq, en particular al EIIL/Daesh, mediante una declaración pública del Presidente del Grupo:

    a) Condenando en los términos más enérgicos posibles las violaciones y los abusos abominables cometidos contra los niños por los grupos armados, en particular el EIIL/Daesh, incluidos los casos de asesinato y mutilación, reclutamiento y utilización sistemáticos, secuestro, y violación y otras formas de violencia sexual, observando que esas violaciones puedan constituir crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad, y exigiendo firmemente a todos los grupos armados que de inmediato:

      i) Pongan fin a los ataques dirigidos contra civiles y bienes de carácter civil, que provocan la muerte y la mutilación de niños, y cumplan plenamente las disposiciones del derecho internacional humanitario, entre otras cosas, poniendo fin a todos los ataques contra la población civil, especialmente los niños, en contravención del derecho internacional humanitario, así como a las tácticas de terror y los ataques indiscriminados contra zonas pobladas, incluidos los ataques de terroristas suicidas o cualquier otra forma de violencia extrema y uso indiscriminado de armas, en particular de artefactos explosivos improvisados, y todo uso de armas prohibidas por el derecho internacional;

      ii) Abandonen y prevengan el reclutamiento y la utilización de niños en violación del derecho internacional aplicable, incluso mediante el secuestro, pongan fin al entrenamiento militar de niños, disuelvan sus milicias juveniles y liberen sin condiciones a todos los niños en sus filas;

      iii) Pongan fin al secuestro de niños y a todas las violaciones y los abusos cometidos contra los niños secuestrados, en particular la violación, la esclavitud sexual y otras formas de violencia sexual contra los menores, especialmente las niñas, y liberen sin condiciones a todos los niños secuestrados cuyo paradero se desconoce;

    b) Condenando los ataques contra el personal humanitario y sus instalaciones, y destacando que la denegación de asistencia humanitaria, incluida la obstaculización deliberada del acceso humanitario, en particular a quienes se encuentran atrapados en las zonas sitiadas, puede constituir una violación del derecho internacional humanitario y tiene graves consecuencias para los niños.

9. El Grupo de Trabajo acordó transmitir un mensaje al Gobierno del Iraq mediante una declaración pública del Presidente del Grupo:

    a) Reconociendo los compromisos asumidos por el Gobierno de mejorar la protección de los niños en el Iraq, en particular la iniciativa de establecer un comité interministerial sobre la aplicación de la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad para apoyar el mecanismo de supervisión y presentación de informes sobre los niños y el conflicto armado, y, a este respecto, instando enérgicamente al Gobierno a que lo ponga en funcionamiento cuanto antes;

    b) Recordando el compromiso del Gobierno de adoptar medidas para tipificar como delito el reclutamiento y la utilización de niños en el conflicto armado, y pidiendo al Gobierno que las aplique inmediatamente, tomando todas las medidas jurídicas y judiciales apropiadas contra el reclutamiento y la utilización de niños.

10. El Grupo de Trabajo acordó transmitir un mensaje a los líderes religiosos y comunitarios mediante una declaración pública del Presidente del Grupo:

    a) Poniendo de relieve el importante papel que desempeñan en el fortalecimiento de la protección de los niños en el conflicto armado;

    b) Instándolos a que sigan condenando públicamente las violaciones y los abusos cometidos contra los niños y haciendo lo posible por poner fin a las violaciones y los abusos y por prevenirlos, en particular los casos de reclutamiento y utilización de niños, y alentándolos a que colaboren con el Gobierno y las Naciones Unidas en el apoyo a las iniciativas para poner fin al reclutamiento de niños y a su utilización por las partes en el conflicto armado, de conformidad con la legislación del Iraq.

Recomendaciones al Consejo de Seguridad

11. El Grupo de Trabajo acordó recomendar que la Presidencia del Consejo de Seguridad transmita una carta dirigida al Gobierno del Iraq por el Presidente del Grupo:

    a) Reconociendo las graves amenazas para la seguridad y los problemas para mantener el orden público en el país;

    b) Destacando que la responsabilidad primordial de asegurar la protección de los civiles, incluidos los niños, recae en el Gobierno, y observando a ese respecto que el Iraq es Estado parte en la Convención sobre los Derechos del Niño, incluido su Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, y en otros tratados pertinentes de derechos humanos y derecho internacional humanitario;

    c) Encomiando los esfuerzos realizados por el Gobierno con el fin de elaborar un marco de políticas para mejorar la protección de los niños y prevenir su reclutamiento y utilización por el EIIL/Daesh y los grupos armados que usan métodos de violencia extrema, y alentando al Gobierno a que adopte medidas adicionales para avanzar en el cumplimiento de este compromiso, en cooperación con las Naciones Unidas;

    d) Expresando profunda preocupación por el reclutamiento y la utilización de niños por las fuerzas de movilización popular, y exhortando al Gobierno a que libere a todos los niños vinculados con ellas y ponga fin de inmediato al reclutamiento y la utilización de niños por las fuerzas de movilización popular, en consonancia con las obligaciones que le incumben en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, incluso mediante el establecimiento y la aplicación de procedimientos adecuados de verificación de la edad para el reclutamiento;

    e) Exhortando al Gobierno a que, en estrecha coordinación con las Naciones Unidas y las entidades pertinentes de protección de los niños, asegure la reintegración y rehabilitación de los niños vinculados con las partes en el conflicto, incluidas las fuerzas de movilización popular;

    f) Acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por el Gobierno para fortalecer el estado de derecho, poniendo de relieve la importancia de la rendición de cuentas, y exhortando al Gobierno a que mejore la protección de los niños en la legislación, en particular tipificando como delito el reclutamiento y la utilización de niños, velando por que no se contemple ninguna excepción en la Ley de la Guardia Nacional en relación con la edad de reclutamiento, garantizando el cumplimiento de la legislación vigente que prohíbe la aplicación de la pena de muerte o la cadena perpetua por delitos cometidos por personas menores de 18 años y enmendando la Ley Contra el Terrorismo de forma que también se contemple en ella esta prohibición;

    g) Acogiendo con beneplácito la adopción de una política nacional de protección de los niños, como marco para fortalecer la prestación de servicios de protección de los niños, con miras a prevenir su reclutamiento y proteger y rehabilitar a los niños en situación de riesgo, e instando al Gobierno a que aplique cuanto antes esa política;

    h) Encomiando los esfuerzos conjuntos de las Naciones Unidas y las entidades de protección de los niños para apoyar el desarrollo por el Gobierno de una estrategia nacional encaminada a crear programas de reintegración y prevención con base en las comunidades para hacer frente al reclutamiento y la utilización de niños, y observando la necesidad de contar con financiación y apoyo de manera oportuna, suficiente y sostenible para su aplicación;

    i) Exhortando al Gobierno a que considerare la posibilidad de utilizar como alternativa al procesamiento y la detención medidas no judiciales centradas en la rehabilitación y reintegración de los niños que hayan estado vinculados con fuerzas armadas y grupos armados, y a que cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, teniendo en cuenta que la privación de libertad solo debería utilizarse como último recurso con los niños y durante el período más corto posible;

    j) Expresando preocupación por las denuncias de tortura y malos tratos a niños detenidos por presunta asociación con grupos armados o acusados de atentar contra la seguridad nacional, y recordando la obligación internacional del Gobierno de asegurar el respeto de la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;

    k) Expresando grave preocupación por el aumento del número de bajas civiles, entre ellos niños, como consecuencia del conflicto armado, e instando a las fuerzas de seguridad del Iraq a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional humanitario, en particular la de distinguir entre objetivos militares y civiles, por una parte, y entre población civil y bienes de carácter civil, por otra, y el principio de proporcionalidad, tomando todas las precauciones posibles para reducir al mínimo el número de bajas civiles;

    l) Reiterando el papel y la importancia fundamentales del comité interministerial sobre la aplicación de la resolución 1612 (2005), e instando al Gobierno a que utilice ese mecanismo para facilitar el diálogo y el intercambio de información de manera sistemática entre el Gobierno y las Naciones Unidas y coordinar las actividades sobre cuestiones que afectan a los niños en el contexto de la violencia armada y el conflicto;

    m) Instando al Gobierno a que refuerce las disposiciones relativas a la dimensión de género en la prestación de servicios especializados a los niños víctimas de la violencia sexual en el conflicto armado, incluidos los miembros de grupos étnicos y religiosos minoritarios, y a que asegure su acceso a esos servicios;

    n) Destacando la importancia de la rendición de cuentas por todas las violaciones y los abusos cometidos contra los niños, e instando al Gobierno a que ponga fin a la impunidad, asegurándose de que todos los autores de esos delitos, incluidos los miembros de sus propias fuerzas de seguridad y de las fuerzas de movilización popular, sean llevados sin demora ante la justicia y sometidos a investigación y enjuiciamiento de manera rigurosa, oportuna, independiente e imparcial;

    o) Observando que la continuación de la violencia y el conflicto armado en el Iraq ha expuesto a los niños a violaciones y abusos, que han causado en ellos una intensa angustia psicológica y traumas, e instando al Gobierno a que fortalezca los programas de reintegración y rehabilitación, incluidos los programas de salud mental y psicológica para atender las necesidades de los niños;

    p) Invitando al Gobierno a que mantenga informado al Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados sobre las medidas que adopte para aplicar las recomendaciones del Grupo de Trabajo y del Secretario General, según proceda.

12. El Grupo de Trabajo acordó recomendar que el Presidente del Consejo de Seguridad transmita una carta dirigida al Secretario General por el Presidente del Grupo:

    a) Acogiendo con beneplácito la labor realizada por su Representante Especial para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados, la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia para poner de relieve la difícil situación de los niños afectados por el conflicto armado en el Iraq y apoyar las iniciativas para reforzar su protección;

    b) Solicitando al Secretario General que vele por que el equipo de tareas sobre vigilancia y presentación de informes en el Iraq y otros organismos competentes de las Naciones Unidas mantengan su compromiso y sus esfuerzos en apoyo del Gobierno del Iraq para hacer frente a las violaciones y los abusos cometidos contra los niños en el conflicto armado;

    c) Reconociendo la importancia de vigilar las violaciones y los abusos cometidos contra los niños y de informar al respecto, y solicitando al Secretario General que se cerciore de la eficacia permanente del mecanismo de vigilancia y presentación de informes sobre las violaciones y los abusos cometidos contra los niños en el conflicto armado en el Iraq, especialmente en las zonas más afectadas;

    d) Solicitando al Secretario General que continúe dando prioridad a las actividades de protección de los niños y a la capacidad de la UNAMI, y que siga incluyendo en sus informes futuros información y análisis sobre los niños y el conflicto armado en el Iraq, en consonancia con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad.

13. El Grupo de Trabajo acordó recomendar al Consejo de Seguridad lo siguiente:

    a) Que siga velando por que, al examinar el mandato y las actividades de la UNAMI, se tenga en cuenta la situación de los niños afectados por el conflicto armado en el Iraq;

    b) Que se asegure de que la UNAMI siga teniendo el mandato de proteger a los niños y reciba apoyo para cumplirlo, especialmente en lo que respecta a la vigilancia y presentación de informes sobre violaciones y abusos cometidos contra los niños en el conflicto armado, así como a la prevención de esas violaciones y abusos, por ejemplo mediante la capacitación y la incorporación de la protección de los niños en las actividades generales;

    c) Que transmita el presente documento al Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las resoluciones 1267 (1999), 1989 (2011) y 2253 (2015) relativas al Estado Islámico en el Iraq y el Levante (Daesh), Al-Qaida y las personas, grupos, empresas y entidades asociados con ellos.

Medidas directas del Grupo de Trabajo

14. El Grupo de Trabajo acordó enviar cartas dirigidas al Banco Mundial y otros donantes por el Presidente del Grupo:

    a) Destacando las necesidades críticas en materia de protección de los niños en el Iraq, e instando a la comunidad internacional a que apoye al Gobierno en la aplicación de programas e iniciativas nacionales para mejorar la protección de los niños, y a que apoye también las actividades de vigilancia y presentación de informes de las Naciones Unidas y sus asociados para detectar y exponer las prioridades en materia de protección de los niños y mejorar los programas en esa esfera;

    b) Poniendo de relieve la importancia del apoyo internacional para mejorar la capacidad institucional del Gobierno y, a ese respecto, exhortando al Banco Mundial y los donantes a que proporcionen financiación y apoyo de forma flexible, oportuna y suficiente al Gobierno del Iraq para fortalecer la protección de los niños afectados por el conflicto armado, en particular:

      i) Apoyando la aplicación de la política nacional de protección de los niños y de programas multisectoriales sostenibles de liberación y reintegración de todos los niños que hayan estado vinculados con las partes en el conflicto, haciendo hincapié en la importancia de su reinserción socioeconómica y en la necesidad de promover medios de vida alternativos viables y sostenibles para ellos, a fin de impedir que vuelvan a ser reclutados;

      ii) Apoyando la prestación de servicios adecuados de atención de la salud y el acceso a ellos, poniendo de relieve la importancia de la inversión continuada en la prestación de servicios y en los programas de salud mental y psicosocial para atender las necesidades de los niños afectados por el conflicto armado;

      iii) Apoyando la prestación de servicios especializados a los niños víctimas de la violencia sexual en el conflicto armado y el acceso a esos servicios, incluida la prestación de asistencia médica y psicosocial de manera oportuna y no discriminatoria a los niños víctimas de violación u otras formas de violencia sexual en el conflicto armado, en particular los miembros de grupos étnicos y religiosos minoritarios;

    c) Invitando al Banco Mundial y los donantes a que mantengan informado al Grupo de Trabajo sobre sus actividades de financiación y asistencia, según proceda.


Anexo

Declaración del Representante Permanente Adjunto del Iraq ante las Naciones Unidas en relación con el informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto armado en el Iraq (S/2015/852) formulada en la 57ª reunión oficial del Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados

Traducción del árabe

Ante todo, deseo dar las gracias al Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados por permitir que mi delegación participe en esta reunión y presente la posición del Iraq sobre el informe del Secretario General correspondiente al período comprendido entre enero de 2011 y junio de 2015, que mi delegación ha tenido la oportunidad de examinar.

Tras recibir el primer borrador del informe el 15 de septiembre de 2015, la Misión Permanente participó en varias reuniones bilaterales con la Oficina del Representante Especial del Secretario General y formuló algunas observaciones y comentarios sobre varios párrafos, que presentó oficialmente y solicitó que se tuvieran en cuenta a la hora de publicar la versión definitiva del informe. Sin embargo, esas observaciones y comentarios no se incorporaron en la versión final del informe. Aunque el Iraq aprecia los esfuerzos realizados para preparar el informe y sacar a la luz las graves violaciones contra los niños iraquíes de todos los sectores de la sociedad que cometen a diario las bandas terroristas del Estado Islámico en el Levante (EIIL), nos sentimos obligados a reiterar las observaciones que formulamos en su momento sobre el informe.

Hay varios párrafos, como el relativo al incidente de Hawijah, cuya inclusión en el informe parece responder a un criterio subjetivo que no concuerda con el mandato del Representante Especial. El informe también contiene análisis políticos, extrapolaciones e inferencias sobre las causas y los orígenes del terrorismo y la violencia en el Iraq. En él se afirma que algunos componentes específicos de la sociedad iraquí se han visto sometidos a violaciones y abusos, cuando en realidad todos los iraquíes están expuestos a los peligros del terrorismo y están luchando juntos para defender su patria, su honor, sus propiedades y sus lugares sagrados.

Algunos de los datos y cifras sobre niños heridos que se mencionan en el informe se han inflado y exagerado y son incorrectos, en algunos casos hasta el punto de ser incoherentes y contradictorios. Nos preguntamos en qué medida la Oficina del Secretario General se ha preocupado de verificar dicha información y hasta qué punto sus fuentes son apropiadas y fidedignas.

Esas fuentes no son fiables: la información que suministraron procede de comunicaciones por correo electrónico de activistas y determinadas organizaciones cuyos motivos son cuestionables. Las cifras no se pueden verificar porque proceden de fuentes que no se encuentran en el teatro de operaciones, y ni siquiera en las zonas liberadas, sino en oficinas situadas en Bagdad, y hasta es posible que incluyan —algo que nos duele decir— a algunas personas que trabajan en la oficina de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI). Nuestra Misión ha mantenido varias conversaciones sobre los datos y cifras que figuran en el informe con Ján Kubis, quien reconoció que ni su oficina ni ningún otro organismo había podido verificarlos.

Los crímenes, las violaciones y las prácticas brutales de las bandas terroristas del EIIL —que incluyen asesinatos, torturas, violencia sexual, secuestros y matrimonios forzados— se equiparan en el informe a casos concretos y aislados de conducta indebida por parte de las fuerzas de seguridad del Iraq y de las organizaciones que luchan junto a ellas —hechos que ocurren en la mayoría de los conflictos armados. Asimismo, nos gustaría recibir aclaraciones de la Oficina del Secretario General sobre el uso de la expresión "partes en el conflicto" y sobre si es aplicable a la situación en el Iraq. Esa expresión no se debería utilizar en el contexto de la lucha contra el terrorismo. El Iraq está luchando contra bandas terroristas que han declarado la guerra contra su territorio y sus ciudades. Las fuerzas armadas iraquíes y los voluntarios tribales que luchan con ellas están simplemente procurando restablecer la seguridad, el orden y el estado de derecho. Además, el Gobierno del Iraq tiene la obligación legal y moral de proteger a los civiles, mientras que los terroristas no están sujetos a dicha obligación. Es totalmente inaceptable que se equipare a las bandas terroristas del EIIL con las fuerzas de seguridad iraquíes refiriéndose a ambas como "partes en el conflicto".

En el informe se hace referencia en varios puntos a niños muertos y heridos pertenecientes a comunidades específicas, dando a entender que hay conflictos o controversias de carácter ideológico, confesional o sectario, lo cual no es cierto. De hecho, los actos terroristas cometidos en el Iraq están dirigidos contra todos los grupos de la sociedad, como fue el caso, por ejemplo, del reciente atentado terrorista criminal que ocurrió el pasado domingo en un concurrido mercado de Sadr City.

En el informe también se hace referencia al reclutamiento de niños por las fuerzas de movilización popular. A ese respecto nos gustaría señalar que los voluntarios de las fuerzas de movilización popular están sujetos a la misma legislación militar que sus homólogos de las fuerzas de seguridad. Los efectivos de movilización popular están bajo el mando del Primer Ministro, que es el Comandante en Jefe de las fuerzas armadas, y siguen los mismos procedimientos de reclutamiento y entrenamiento que los de las fuerzas de seguridad. Ninguna de las fuerzas o unidades de movilización popular incorporan a sus filas personas menores de edad.

La fetua emitida por las autoridades religiosas el 5 de junio de 2015, a la que se hace referencia en este informe, no tenía por objeto el reclutamiento de escolares para las milicias de movilización popular, simplemente se limitaba a instar a los estudiantes a que se prepararan física y psicológicamente para defenderse y a que aprovecharan sus vacaciones de verano para mejorar su preparación para defender al país de la agresión terrorista. El Iraq no es el único país que tiene campamentos de verano: hay muchos países estables y desarrollados que ofrecen actividades similares a los estudiantes durante las vacaciones.

El Código Penal del Iraq contempla la cadena perpetua para los delincuentes de entre 18 y 20 años de edad que hayan sido condenados. Con arreglo a la legislación del Iraq, la pena capital solo se puede aplicar a los condenados mayores de 20 años.

El Gobierno del Iraq cumple las obligaciones que le incumben de proteger las escuelas, los hospitales y las infraestructuras de los ataques de las bandas terroristas pese a los muchos problemas a que se enfrenta, entre ellos el enorme costo de la guerra contra el terrorismo, sobre todo teniendo en cuenta la pronunciada caída de los precios del petróleo y la carga que supone el cuidado de las personas desplazadas.

Por último, el Gobierno del Iraq, que ha trabajado sin descanso y en condiciones extremadamente difíciles para proteger los derechos de todos los grupos de la sociedad iraquí, en particular de los niños, y ha tomado todas las medidas necesarias para garantizar su protección, rechaza algunas de las acusaciones que se hacen en este informe.


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