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3º informe del Director General del OIEA sobre la verificación y vigilancia en Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


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Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/808

Distr. general
22 de septiembre de 2016
Español
Original: inglés

Nota del Presidente del Consejo de Seguridad

En su 7488ª sesión, celebrada el 20 de julio de 2015 en relación con el tema titulado "No proliferación", el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2231 (2015).

En el párrafo 4 de la resolución, el Consejo de Seguridad solicitó al Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica que presentara periódicamente información actualizada al Consejo sobre el cumplimiento por la República Islámica del Irán de sus compromisos contraídos en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto y que en cualquier momento informara también en caso de que existiera una cuestión preocupante que afectara directamente al cumplimiento de esos compromisos.

En consecuencia, el Presidente distribuye adjunto el informe del Director General de fecha 8 de septiembre de 2016 (véase el anexo).


Anexo

Carta de fecha 9 de septiembre de 2016 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica

Tengo el honor de transmitir adjunto el documento presentado a la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (véase el apéndice).

Le agradecería que tuviera a bien señalar la presente carta y el documento adjunto a la atención de todos los miembros del Consejo de Seguridad.

(Firmado) Yukiya Amano


Apéndice

[Original: árabe, chino, español, francés, inglés y ruso]

Verificación y vigilancia en la República Islámica del Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |*|

Informe del Director General

A. Introducción

1. El presente informe del Director General a la Junta de Gobernadores y, paralelamente, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (el Consejo de Seguridad), trata sobre el cumplimiento por la República Islámica del Irán (el Irán) de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) y sobre asuntos relacionados con la verificación y vigilancia en el Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad. Asimismo, proporciona información sobre asuntos financieros y sobre las consultas e intercambios de información del Organismo con la Comisión Conjunta establecida por el PAIC.

B. Antecedentes

2. El 14 de julio de 2015, Alemania, China, los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia, Francia y el Reino Unido, con la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (el grupo E3/UE+3) y el Irán, acordaron el PAIC. El 20 de julio de 2015, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2231 (2015), en la que, entre otras cosas, solicitaba al Director General que "emprend[iese] la necesaria verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear durante todo el período de vigencia de dichos compromisos asumidos en el PAIC" |1|. En agosto de 2015, la Junta de Gobernadores autorizó al Director General a implementar la necesaria verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear según se indica en el PAIC, e informar consiguientemente al respecto, durante todo el período de vigencia de dichos compromisos a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad, con sujeción a la disponibilidad de fondos y en consonancia con las prácticas habituales de salvaguardias del Organismo. La Junta de Gobernadores también autorizó al Organismo a celebrar consultas e intercambiar información con la Comisión Conjunta, tal como se indica en el documento GOV/2015/53 y Corr. 1.

3. El costo anual para el Organismo de la aplicación del Protocolo Adicional del Irán y de la verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear que se exponen en el PAIC se estima en 9,2 millones de euros anuales, que se financian íntegramente con cargo a los fondos extrapresupuestarios en 2016. Al 24 de agosto de 2016, la cantidad total que ha sido puesta a disposición del Organismo para la aplicación del Protocolo Adicional y la verificación y vigilancia en relación con el PAIC ascendía a 10,1 millones de euros, incluido el saldo no utilizado de los fondos para las actividades del Plan de Acción Conjunto (PAC).

C. Actividades de verificación y vigilancia en el marco del PAIC

4. Desde el 16 de enero de 2016 (el Día de Aplicación del PAIC), el Organismo ha verificado y vigilado el cumplimiento por el Irán de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del PAIC |2| |3| y, con respecto al período transcurrido desde la publicación del informe trimestral anterior del Director General |4|, notifica lo que sigue a continuación.

C.1. Actividades relacionadas con el agua pesada y el reprocesamiento

5. El Irán no ha seguido construyendo el reactor de investigación de agua pesada de Arak (reactor IR-40) existente sobre la base de su diseño original |5|. Tampoco ha producido ni ensayado pastillas de uranio natural, agujas de combustible ni conjuntos combustibles diseñados específicamente para el reactor IR-40 en su diseño original, y todas las pastillas de uranio natural y los conjuntos combustibles existentes han seguido almacenados bajo la vigilancia continua del Organismo (párrafos 3 y 10) |6|.

6. El Irán ha seguido informando al Organismo sobre las existencias de agua pesada en el Irán y la producción de agua pesada en la planta de producción de agua pesada (HWPP) |7| y permitió que el Organismo vigilara el volumen de las existencias de agua pesada del Irán y la cantidad de agua pesada producida en la HWPP (párrafo 15). El 30 de agosto de 2016, el Organismo verificó que las existencias de agua pesada del Irán habían alcanzado un total de 126,5 toneladas métricas |8|. En el período abarcado por el presente informe, el Irán no ha tenido más de 130 toneladas métricas de agua pesada (párrafo 14).

7. El Irán no ha realizado actividades relacionadas con el reprocesamiento en el reactor de investigación de Teherán (TRR), en la instalación de producción de radioisótopos de molibdeno, yodo y xenón (instalación MIX) ni en ninguna de las otras instalaciones que ha declarado al Organismo (párrafo 18).

C.2. Actividades relacionadas con el enriquecimiento y el combustible

8. En la planta de enriquecimiento de combustible (FEP) de Natanz, 5060 centrifugadoras IR-1 han permanecido instaladas en 30 cascadas con las configuraciones que tenían en las unidades en funcionamiento cuando se acordó el PAIC (párrafo 27). El Irán ha retirado 96 de las centrifugadoras IR -1 que mantiene en almacenamiento |9| para sustituir las centrifugadoras IR-1 instaladas en la FEP que queden inservibles o averiadas (párrafo 29.1).

9. El Irán ha proseguido con el enriquecimiento de UF6 en la FEP |10|. En el período abarcado por el presente informe, el Irán no ha enriquecido uranio por encima del 3,67 % en U 235 (párrafo 28).

10. El Irán, en una carta de fecha 27 de julio de 2016, proporcionó al Organismo un informe relativo a la cantidad de uranio enriquecido en las líneas de procesos en la planta de fabricación de polvo de UO2 enriquecido (EUPP) en Isfahán |11| tras la recuperación por el Irán del uranio enriquecido que había declarado recuperable de las líneas de procesos en la EUPP |12|. El Organismo ha examinado el informe del Irán y determinado que el Irán ha sobreestimado la cantidad de uranio enriquecido en las líneas de procesos en la EUPP. En una carta de fecha 23 de agosto de 2016, el Organismo pidió al Irán que revaluase esa cantidad y revisase su informe consiguientemente. Hay conversaciones técnicas conexas en curso entre el Organismo y el Irán.

11. Las existencias totales de uranio enriquecido del Irán no superaron los 300 kg de UF6 enriquecido hasta el 3,67 % en U 235 (o el equivalente en distintas formas químicas) (párrafo 56) |13|.

12. En la planta de enriquecimiento de combustible de Fordow (FFEP) se han mantenido 1044 centrifugadoras IR-1 en un ala de la instalación (párrafo 46), de las cuales 1042 centrifugadoras IR-1 han permanecido instaladas en seis cascadas y 2 centrifugadoras IR-1 fueron, el 13 de agosto de 2016, retiradas de las seis cascadas, modificadas e instaladas separadamente en la misma ala de la instalación a efectos de llevar a cabo "investigaciones iniciales y actividades de I+D relacionadas con la producción de isótopos estables" |14|. En el período abarcado por el presente informe, el Irán no ha llevado a cabo ninguna actividad de enriquecimiento de uranio o de investigación y desarrollo (I+D) conexa, ni ha habido material nuclear alguno en la planta (párrafo 45).

13. Todas las centrifugadoras y la infraestructura conexa almacenadas han permanecido bajo la vigilancia constante del Organismo (párrafos 29, 47, 48 y 70) |15|. El Organismo ha seguido teniendo acceso periódico a los edificios pertinentes de Natanz, incluidas la FEP y la planta piloto de enriquecimiento de combustible (PFEP) en su totalidad, y ha accedido diariamente previa solicitud (párrafo 71).

14. El Irán ha realizado sus actividades de enriquecimiento de acuerdo con su plan de enriquecimiento e I+D sobre enriquecimiento a largo plazo, presentado al Organismo el 16 de enero de 2016 (párrafo 52).

15. El Irán no ha hecho funcionar ninguna de sus instalaciones declaradas para reconvertir placas de combustible o residuos en UF6, ni ha comunicado al Organismo que haya construido nuevas instalaciones con ese fin (párrafo 58).

C.3. Investigación y desarrollo, fabricación e inventario en relación con las centrifugadoras

16. No se ha acumulado uranio enriquecido por medio de actividades de I+D sobre enriquecimiento, y las actividades de I+D sobre enriquecimiento del Irán con o sin uranio se han realizado haciendo uso de las centrifugadoras dentro de los límites definidos en el PAIC (párrafos 32 a 42).

17. El Irán ha proporcionado al Organismo declaraciones, posteriores a las notificadas por el Director General en su informe anterior |16|, de su producción y su inventario de tubos de rotor y fuelles de centrifugadoras y ha permitido al Organismo verificar los artículos inventariados (párrafo 80.1). El Organismo ha llevado a cabo una vigilancia permanente, incluso aplicando medidas de contención y vigilancia, y ha verificado que el equipo declarado se ha utilizado para producir tubos de rotor y fuelles a fin de fabricar centrifugadoras destinadas únicamente a las actividades especificadas en el PAIC (párrafo 80.2). El Irán no ha fabricado ninguna centrifugadora IR-1 para sustituir las averiadas o inservibles (párrafo 62).

18. Todos los tubos de rotor, fuelles y conjuntos rotores declarados han estado sometidos a la vigilancia permanente del Organismo, incluidos los tubos de rotor y los fuelles fabricados desde el Día de Aplicación (párrafo 70). Como se notificó anteriormente, el Irán comunicó al Organismo el 2 de mayo de 2016 su intención de reanudar la fabricación de tubos de rotor |17|. El Organismo ha verificado que el Irán reanudó dicha fabricación el 26 de junio de 2016. Hay conversaciones técnicas conexas en curso entre el Organismo y el Irán.

D. Medidas de transparencia

19. El Irán ha seguido permitiendo que el Organismo utilice monitores de enriquecimiento en línea y precintos electrónicos que comunican su estado dentro de los emplazamientos nucleares a los inspectores del Organismo, y facilitando la recopilación automatizada de las lecturas de mediciones del Organismo registradas por los dispositivos de medición instalados (párrafo 67.1). El Irán ha expedido visados de larga duración a los inspectores del Organismo designados para el Irán según lo solicitado por el Organismo, y ha proporcionado espacio de trabajo adecuado para el Organismo en los emplazamientos nucleares y facilitado el uso de espacio de trabajo en lugares cercanos a los emplazamientos nucleares del Irán (párrafo 67.2). El Irán ha aceptado los inspectores adicionales del Organismo designados para el Irán (párrafo 67.3).

20. El Irán ha seguido permitiendo al Organismo vigilar —mediante medidas convenidas con el Irán, incluidas medidas de contención y vigilancia—, todo el concentrado de mineral de uranio producido en el Irán u obtenido de cualquier otra fuente, y que el Irán había notificado al Organismo. El Irán también facilitó al Organismo toda la información necesaria para que este pudiera verificar la producción de concentrado de mineral de uranio y las existencias producidas en el Irán u obtenidas de cualquier otra fuente (párrafo 69).

E. Otras informaciones importantes

21. El Irán sigue aplicando provisionalmente el Protocolo Adicional de su Acuerdo de Salvaguardias de conformidad con el artículo 17 b) del Protocolo Adicional, en espera de su entrada en vigor. El 13 de julio de 2016, el Irán presentó sus declaraciones con arreglo al Protocolo Adicional. El Organismo está evaluándolas. El Organismo ha seguido realizando visitas de acceso complementario en virtud del Protocolo Adicional a emplazamientos y otros lugares del Irán.

22. En el período abarcado por el presente informe, el Organismo no ha asistido a reuniones del Grupo de Trabajo sobre Adquisiciones de la Comisión Conjunta ("Anexo IV del PAIC — Comisión Conjunta", párrafo 6.4.6).

F. Resumen

23. El Organismo sigue verificando la no desviación de los materiales nucleares declarados en las instalaciones nucleares y lugares situados fuera de las instalaciones en los que se utilizan habitualmente materiales nucleares (LFI) declarados por el Irán en virtud de su Acuerdo de Salvaguardias. Las evaluaciones con respecto a la ausencia de materiales y actividades nucleares no declarados para el Irán siguen en curso.

24. Desde el Día de Aplicación, el Organismo ha estado verificando y vigilando el cumplimiento por el Irán de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en el virtud del PAIC.

25. El Director General seguirá informando según proceda.


Notas:

* Se distribuyó a la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica con la signatura GOV/2016/46. [Volver]

1. Las medidas solicitadas al Director General por el Consejo de Seguridad en la resolución 2231 (2015) se exponen en el documento GOV/2015/53 y Corr. 1, párr. 8. [Volver]

2. GOV/INF/2016/8, párr. 6. [Volver]

3. Nota de la Secretaría 2016/Note 5. [Volver]

4. GOV/2016/23. [Volver]

5. La calandria del reactor fue retirada e inutilizada como parte de los preparativos para el Día de Aplicación y se ha mantenido en el Irán (GOV/INF/2016/1, "Reactor de investigación de agua pesada de Arak", párrafos 3 ii) y 3 iii)). [Volver]

6. Las referencias de los párrafos que figuran entre paréntesis en las secciones C y D del presente informe corresponden a los párrafos del "Anexo I — Medidas relacionadas con la energía nuclear" del PAIC. [Volver]

7. La HWPP es una instalación para la producción de agua pesada con una capacidad nominal de diseño de 16 toneladas anuales de agua pesada de pureza nuclear. [Volver]

8. Las existencias del Irán incluyen agua pesada de pureza nuclear y su equivalente con distintos enriquecimientos. [Volver]

9. Véase el párrafo 13 del presente informe. [Volver]

10. De conformidad con el PAIC, "[d]urante 15 años las instalaciones de enriquecimiento de Natanz serán el único lugar en el que se lleven a cabo todas las actividades del Irán relacionadas con el enriquecimiento de uranio, incluidas las de I+D sometidas a salvaguardias" (párrafo 72). [Volver]

11. El informe anterior del Irán de la cantidad de uranio enriquecido en las líneas de procesos en la EUPP se había facilitado al Organismo el 23 de febrero de 2016. [Volver]

12. GOV/2016/8, nota 19; GOV/2016/23, párr. 11. [Volver]

13. Dado el peso atómico estándar del uranio y el flúor, 300 kg de UF6 enriquecido hasta el 3,67 % contienen 202,8 kg de uranio. [Volver]

14. Carta remitida por el Irán al Organismo, de fecha 5 de julio de 2016. [Volver]

15. Como se notificó anteriormente (GOV/2016/23, nota 13), el Irán ha retirado del almacenamiento en la FEP dos rotores de centrifugadoras IR-1, y los ha llevado a una instalación de fabricación de centrifugadoras declarada que está sometida a la vigilancia del Organismo, a efectos de ensayar esos rotores para la producción de isótopos estables. El Organismo ha verificado que el Irán empezó a ensayar estos rotores de IR-1 el 7 de junio de 2016. [Volver]

16. GOV/2016/23, párr. 19. [Volver]

17. GOV/2016/23, párr. 19. [Volver]


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