Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

15mar16

English | Français | Русский


Informe del Director General del OIEA sobre la verificación y vigilancia en Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad sobre el Plan de Acción Integral Conjunto para Irán


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/250

Distr. general
15 de marzo de 2016
Español
Original: inglés

Nota de la Presidencia del Consejo de Seguridad

En su 7488ª sesión, celebrada el 20 de julio de 2015 en relación con el tema titulado "No proliferación", el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2231 (2015).

En el párrafo 4 de la resolución, el Consejo de Seguridad solicitó al Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica que presentara periódicamente información actualizada al Consejo sobre el cumplimiento por la República Islámica del Irán de sus compromisos contraídos en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto y que en cualquier momento informara también en caso de que existiera una cuestión preocupante que afectara directamente al cumplimiento de esos compromisos.

En consecuencia, el Presidente distribuye adjunto el informe del Director General de fecha 26 de febrero de 2016 (véase el anexo).


Anexo

Carta de fecha 26 de febrero de 2016 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Director General del Organismo Internacional de Energía Atómica

Tengo el honor de transmitir adjunto el informe presentado a la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (véase el apéndice).

Le agradecería que tuviera a bien señalar la presente carta y el documento adjunto a la atención de los miembros del Consejo de Seguridad.

(Firmado) Yukiya Amano


Apéndice

[Original: árabe, chino, español, francés, inglés, ruso]

Verificación y vigilancia en la República Islámica del Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas |*|

Informe del Director General

Principales novedades

  • El 2 de diciembre de 2015, el Director General proporcionó a la Junta de Gobernadores un informe sobre la evaluación final de todas las cuestiones pendientes pasadas y presentes, y el 15 de diciembre de 2015 la Junta de Gobernadores aprobó una resolución en la que, entre otras cosas, se señalaba que todas las actividades de la Hoja de Ruta se habían realizado y que se ponía fin al examen de ese punto.
  • Entre el Día de Aprobación y el Día de Aplicación del PAIC, el Irán, bajo la verificación y vigilancia del Organismo, adoptó medidas encaminadas al cumplimiento de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en el marco del PAIC.
  • El 16 de enero de 2016, el Director General confirmó que el Organismo había verificado que el Irán había adoptado las medidas especificadas en los párrafos 15.1 a 15.11 del anexo V del PAIC. Ese mismo día fue el Día de Aplicación del PAIC.
  • Hasta el 16 de enero de 2016, el Organismo siguió realizando actividades de vigilancia y verificación de las medidas relacionadas con la energía nuclear expuestas en el Plan de Acción Conjunto.
  • Desde el Día de Aplicación, el Organismo ha estado verificando y vigilando el cumplimiento por el Irán de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del PAIC.

A. Introducción

1. El presente informe del Director General a la Junta de Gobernadores y, paralelamente, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (el Consejo de Seguridad), trata sobre el cumplimiento por la República Islámica del Irán (el Irán) de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) y sobre asuntos relacionados con la verificación y vigilancia en el Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad. Asimismo, proporciona información relacionada, entre otras cosas, con la aclaración de cuestiones no resueltas pasadas y presentes, el Plan de Acción Conjunto (PAC), asuntos financieros y administrativos, y las consultas e intercambios de información del Organismo con la Comisión Conjunta establecida por el PAIC.

B. Acontecimientos recientes

B.1. Aclaración de cuestiones no resueltas

2. El 2 de diciembre de 2015, el Director General, de acuerdo con la "Hoja de Ruta para la aclaración de las cuestiones pendientes pasadas y presentes relativas al programa nuclear del Irán" (la Hoja de Ruta) |1|, proporcionó a la Junta de Gobernadores un informe sobre la evaluación final de todas las cuestiones pendientes pasadas y presentes |2| expuestas en el informe del Director General de noviembre de 2011 (GOV/2011/65). El 15 de diciembre de 2015, la Junta de Gobernadores aprobó la resolución GOV/2015/72, en la que, entre otras cosas, tomó conocimiento de que todas las actividades de la Hoja de Ruta se habían realizado de conformidad con el calendario acordado y que "con ello se pone fin al examen de este punto por la Junta" |3|.

B.2. PAIC

3. Como se informó anteriormente |4|, el 14 de julio de 2015 el grupo E3/UE+3 y el Irán acordaron el PAIC. El 20 de julio de 2015, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 2231 (2015), en la que, entre otras cosas, solicitaba al Director General del OIEA que "emprend[iese] la necesaria verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear durante todo el período de vigencia de dichos compromisos asumidos en el PAIC" |5|. El 25 de agosto de 2015, la Junta de Gobernadores autorizó al Director General a implementar la necesaria verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear según se indica en el PAIC, e informar consiguientemente al respecto, durante todo el período de vigencia de dichos compromisos a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad, con sujeción a la disponibilidad de fondos y en consonancia con las prácticas habituales de salvaguardias del Organismo, y también autorizó al Organismo a celebrar consultas e intercambiar información con la Comisión Conjunta, tal como se indica en el documento GOV/2015/53 y Corr.1.

B.2.1. Resolución de la Junta de Gobernadores

4. En la resolución GOV/2015/72, la Junta de Gobernadores decidió asimismo que, tras recibir el informe del Director General en que se comunicara que el OIEA había verificado que el Irán había adoptado las medidas especificadas en los párrafos 15.1 a 15.11 del anexo V del PAIC, terminaría la aplicación de las disposiciones de sus resoluciones anteriores y de las decisiones relativas a la prestación de cooperación técnica al Irán |6|, dejaría de ocuparse de la cuestión de la "Aplicación del Acuerdo de Salvaguardias en relación con el TNP y de las disposiciones pertinentes de las resoluciones del Consejo de Seguridad en la República Islámica del Irán", y empezaría a ocuparse de un punto nuevo del orden del día referente a la aplicación del PAIC y a la verificación y vigilancia en el Irán a la luz de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad |7|.

B.2.2. Día de Aplicación

5. Entre el Día de Aprobación (18 de octubre de 2015) y el Día de Aplicación (16 de enero del 2016) del PAIC, el Irán, bajo la verificación y vigilancia del Organismo, adoptó medidas encaminadas al cumplimiento de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del PAIC.

6. El 16 de enero de 2016, el Director General, en un informe presentado a la Junta de Gobernadores y, paralelamente, al Consejo de Seguridad, confirmó que el Organismo había verificado que el Irán había adoptado las medidas especificadas en los párrafos 15.1 a 15.11 del anexo V del PAIC |8|. Ese mismo día fue el Día de Aplicación |9|. El Director General anunció que esto allanaba el camino para que el Organismo comenzase las actividades de verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear en virtud del PAIC, según lo solicitado por el Consejo de Seguridad y autorizado por la Junta de Gobernadores |10|.

7. El 18 de enero de 2016, el Director General mantuvo reuniones en Teherán con el Presidente del Irán, Excmo. Sr. Hassan Rouhani; el Vicepresidente del Irán y Presidente de la Organización de Energía Atómica del Irán, Excmo. Sr. Ali Akbar Salehi, y el Ministro de Relaciones Exteriores del Irán, Excmo. Sr. Mohammad Javad Zarif, para discutir asuntos relacionados con la aplicación del PAIC.

8. Durante la reunión de la Junta de Gobernadores del 19 de enero de 2016, que fue convocada por el Director General para discutir la aplicación del PAIC, la Junta de Gobernadores expresó apoyo al PAIC.

9. El 12 de febrero de 2016, el Director General mantuvo en Múnich una reunión con el Dr. Zarif para discutir asuntos relacionados con la aplicación del PAIC.

B.3. Finalización de la vigilancia y verificación en el marco del PAC

10. El Organismo prosiguió las actividades de vigilancia y verificación respecto de las medidas relacionadas con la energía nuclear expuestas en el PAC hasta que el grupo E3+3 y el Irán (en nombre del E3/UE+3 y el Irán) comunicaron al Organismo que, con el informe del Director General (GOV/INF/2016/1) del 16 de enero de 2016 en que se confirmaba que el Irán había ultimado las medidas preparatorias necesarias para iniciar la aplicación del PAIC, el PAC ya no estaba vigente |11|.

B.4. Asuntos administrativos y financieros

11. Los gastos en que incurrió el Organismo para las actividades de vigilancia y verificación en relación con el PAC y las actividades preparatorias en virtud del PAIC ascendieron en total a 15,2 millones de euros, de los cuales 1,0 millones se financiaron con cargo al presupuesto ordinario y, el resto, por conducto de las contribuciones extrapresupuestarias de 31 Estados Miembros en total.

12. El costo anual para el Organismo de la aplicación del Protocolo Adicional del Irán y de la verificación y vigilancia del cumplimiento de los compromisos del Irán relacionados con la energía nuclear que se exponen en el PAIC se estima en 9,2 millones de euros anuales, que se financiarán íntegramente con cargo a los fondos extrapresupuestarios en 2016. A 26 de febrero de 2016, la cantidad total de que disponía el Organismo para la aplicación del Protocolo Adicional y la verificación y vigilancia en relación con el PAIC ascendía a 8,8 millones de euros, incluido el saldo no utilizado de los fondos para las actividades del PAC.

13. El 1 de marzo de 2016, el Grupo de Tareas sobre el Irán será sustituido por una nueva Oficina del Departamento de Salvaguardias que desempeñará las responsabilidades del Organismo en relación con las actividades de verificación y vigilancia en el Irán.

C. Actividades de verificación y vigilancia en el marco del PAIC

14. Desde el Día de Aplicación, el Organismo ha verificado y vigilado el cumplimiento por el Irán de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en virtud del PAIC, y notifica lo siguiente.

C.1. Actividades relacionadas con el agua pesada y el reprocesamiento

15. El Irán no ha seguido construyendo el reactor de investigación de agua pesada de Arak (reactor IR-40) existente sobre la base de su diseño original |12|. Tampoco ha producido ni ensayado pastillas de uranio natural, agujas de combustible ni conjuntos combustibles diseñados específicamente para el reactor IR-40 en su diseño original, y todas las pastillas de uranio natural y los conjuntos combustibles existentes siguieron almacenados bajo la vigilancia continua del Organismo (párrafos 3 y 10) |13|.

16. El Irán ha seguido informando al Organismo sobre las existencias de agua pesada en el Irán y la producción de agua pesada en la planta de producción de agua pesada (HWPP) |14| y permitió que el Organismo vigilara el volumen de las existencias de agua pesada del Irán y la cantidad de agua pesada producida en la HWPP (párrafo 15). Los días 13 y 14 de febrero de 2016 el Organismo verificó y precintó 20 toneladas métricas de agua pesada como parte de los preparativos para su envío fuera del Irán. El 17 de febrero, el Organismo verificó que las existencias de agua pesada del Irán habían alcanzado un total de 130,9 toneladas métricas |15|. El Organismo confirma que, el 24 de febrero de 2016, las mencionadas 20 toneladas métricas de agua pesada habían sido enviadas fuera del Irán, por lo que las existencias de agua pesada en el Irán se sitúan por debajo de las 130 toneladas métricas (párrafo 14) |16|.

17. El Irán no ha realizado actividades relacionadas con el reprocesamiento en el reactor de investigación de Teherán (TRR), en la instalación de producción de radioisótopos de molibdeno, yodo y xenón (instalación MIX) ni en ninguna otra instalación declarada.

C.2. Actividades relacionadas con el enriquecimiento y el combustible

18. Desde el Día de Aplicación, 5060 centrifugadoras IR-1 han seguido instaladas en 30 cascadas |17| de la planta de enriquecimiento de combustible (FEP) de Natanz (párrafo 27).

19. El 23 de enero de 2016, el Irán reanudó el enriquecimiento de UF6 en la FEP |18|. Desde esa fecha, el Irán no ha enriquecido uranio por encima del 3,67 % en U 235 (párrafo 28). Las existencias del Irán de UF6 enriquecido hasta el 3,67 % en U 235 (o el equivalente en distintas formas químicas) no han superado los 300 kg desde el Día de Aplicación (párrafo 56) |19|.

20. Desde el Día de Aplicación, se han mantenido 1044 centrifugadoras IR-1 en seis cascadas en un ala de la instalación en la planta de enriquecimiento de combustible de Fordow (FFEP) (párrafo 46). El Irán no ha llevado a cabo ninguna actividad de enriquecimiento de uranio o de investigación y desarrollo (I+D) conexa en la FFEP, ni ha habido material nuclear alguno en la planta (párrafo 45).

21. Desde el Día de Aplicación, todas las centrifugadoras y la infraestructura conexa almacenadas han permanecido en almacenamiento bajo la vigilancia constante del Organismo (párrafos 29, 47, 48 y 70). El Organismo ha seguido teniendo acceso periódico a los edificios pertinentes de Natanz, incluidas la FEP y la planta piloto de enriquecimiento de combustible (PFEP) en su totalidad, y ha accedido diariamente previa solicitud (párrafo 71).

22. Desde el Día de Aplicación, el Irán ha realizado sus actividades de enriquecimiento de acuerdo con su plan de enriquecimiento e I+D sobre enriquecimiento a largo plazo, presentado al Organismo el 16 de enero de 2016 (párrafo 52).

23. Desde el Día de Aplicación, el Irán no ha hecho funcionar ninguna de sus instalaciones declaradas para reconvertir placas de combustible o residuos en UF6, ni ha comunicado al Organismo que haya construido nuevas instalaciones con ese fin (párrafo 58).

C.3. Investigación y desarrollo, fabricación e inventario en relación con las centrifugadoras

24. Desde el Día de Aplicación, no se ha acumulado uranio enriquecido por medio de actividades de I+D sobre enriquecimiento, y esas actividades del Irán con o sin uranio se han realizado haciendo uso de las centrifugadoras dentro de los límites definidos en el PAIC (párrafos 32 a 42).

25. Desde el Día de Aplicación, el Irán ha facilitado al Organismo declaraciones de su producción y sus existencias de tubos de rotor y fuelles de centrifugadoras y ha permitido al Organismo verificarlos (párrafo 80.1). El Organismo ha llevado a cabo una vigilancia permanente, incluso aplicando medidas de contención y vigilancia, y ha verificado que el equipo declarado se ha utilizado para producir tubos de rotor y fuelles a fin de fabricar centrifugadoras destinadas únicamente a las actividades especificadas en el PAIC (párrafo 80.2). El Irán no ha fabricado ninguna centrifugadora IR-1 para sustituir las averiadas o inservibles (párrafo 62) y el Organismo ha verificado y vigilado la fabricación de otros tipos de centrifugadoras y sus tubos de rotor y fuelles (párrafo 61). Todos los tubos de rotor, fuelles y conjuntos rotores declarados han estado sometidos a la vigilancia permanente del Organismo, incluidos los tubos de rotor y los fuelles fabricados desde el Día de Aplicación (párrafo 70) |20|.

D. Medidas de transparencia

26. El Irán ha seguido permitiendo que el Organismo utilice monitores de enriquecimiento en línea y precintos electrónicos que comunican su estado dentro de los emplazamientos nucleares a los inspectores del Organismo, y facilitando la recopilación automatizada de las lecturas de mediciones del OIEA registradas por los dispositivos de medición instalados (párrafo 67.1). El Irán ha expedido visados de larga duración a los inspectores del Organismo designados para el Irán según lo solicitado, ha facilitado espacio de trabajo adecuado para el Organismo en los emplazamientos nucleares, y ha facilitado el uso de espacio de trabajo en lugares cercanos a los emplazamientos nucleares del Irán (párrafo 67.2).

27. El Irán ha seguido permitiendo al Organismo vigilar, mediante medidas convenidas con el Irán, incluidas medidas de contención y vigilancia, todo el concentrado de mineral de uranio producido en el Irán u obtenido de cualquier otra fuente, y que el Irán había notificado al Organismo. El Irán también facilitó al Organismo toda la información necesaria para que este pudiera verificar la producción de concentrado de mineral de uranio y las existencias producidas en el Irán u obtenidas de cualquier otra fuente (párrafo 69).

E. Otras informaciones importantes

28. El 16 de enero de 2016, de acuerdo con lo notificado en su carta dirigida al Director General de fecha 7 de enero de 2016, el Irán comenzó a aplicar provisionalmente el Protocolo Adicional de su Acuerdo de Salvaguardias de conformidad con el artículo 17 b) del Protocolo Adicional, en espera de su entrada en vigor, y a aplicar plenamente la versión modificada de la sección 3.1 de los arreglos subsidiarios de su Acuerdo de Salvaguardias.

29. El 16 de enero de 2016, el Irán, como parte de su declaración inicial en virtud del artículo 2 del Protocolo Adicional y tal como se indica en el párrafo 52 de la sección I del anexo I del PAIC, presentó su plan de enriquecimiento e I+D sobre enriquecimiento al Organismo (párrafo 52).

30. El 25 de febrero de 2016, el Organismo asistió a una reunión, a la que había sido invitado, del Grupo de Trabajo sobre Adquisiciones de la Comisión Conjunta en calidad de observador ("Anexo IV del PAIC -- Comisión Conjunta", párrafo 6.4.6).

31. El 15 de febrero de 2016, el Irán facilitó al Organismo información temprana sobre el diseño de dos reactores de potencia de agua ligera previstos en Bushehr.

F. Resumen

32. El Organismo sigue verificando la no desviación de los materiales nucleares declarados en las instalaciones nucleares y lugares situados fuera de las instalaciones en los que se utilizan habitualmente materiales nucleares (LFI) declarados por el Irán en virtud de su Acuerdo de Salvaguardias. Las actividades del Organismo en virtud del Protocolo Adicional para determinar que no haya indicios de materiales o actividades nucleares no declarados en el Irán comenzaron el 16 de enero de 2016.

33. El 2 de diciembre de 2015, el Director General proporcionó a la Junta de Gobernadores la evaluación final de todas las cuestiones pendientes pasadas y presentes, y el 15 de diciembre de 2015, la Junta de Gobernadores decidió poner fin a su examen de este punto.

34. El 16 de enero de 2016, el Director General publicó un informe en el que declaraba que el Organismo había verificado que el Irán había adoptado las medidas especificadas en el PAIC. Ese mismo día fue el Día de Aplicación.

35. Desde el Día de Aplicación, el Organismo ha estado verificando y vigilando el cumplimiento por el Irán de sus compromisos relacionados con la energía nuclear en el marco del PAIC.

36. El Director General seguirá informando según proceda.


Notas:

*. Distribuido a la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica con la signatura GOV/2016/8. [Volver]

1. GOV/INF/2015/14. [Volver]

2. GOV/2015/68. [Volver]

3. GOV/2015/72, párr. 9. [Volver]

4. GOV/2015/50, párr. 11. [Volver]

5. Las medidas solicitadas al Director General por el Consejo de Seguridad en la resolución 2231 (2015) se exponen en el documento GOV/2015/53 y Corr.1, párr. 8. [Volver]

6. GOV/2015/72, párr. 11. [Volver]

7. GOV/2015/72, párr. 13. [Volver]

8. GOV/INF/2016/1. [Volver]

9. El Día de Aplicación, tras recibir el Consejo de Seguridad el informe del Director General que figura en el documento GOV/INF/2016/1, terminaron de acuerdo con lo dispuesto en la resolución 2231 (2015) las disposiciones de las resoluciones 1696 (2006), 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008), 1835 (2008), 1929 (2010) y 2224 (2015) del Consejo de Seguridad. En la misma fecha, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 11 de la resolución GOV/2015/72 de la Junta de Gobernadores, terminaron las disposiciones de las resoluciones anteriores de la Junta de Gobernadores y las decisiones sobre la prestación de asistencia técnica al Irán. Por consiguiente, los procedimientos de la Secretaría (véase el documento GOV/2007/7, párrafo 7) para evaluar la prestación de cooperación técnica al Irán ya no están vigentes. [Volver]

10. Nota de la Secretaría 2016/Note 5. [Volver]

11. GOV/INF/2016/3, Anexo. [Volver]

12. Se retiró la calandria del reactor, se inutilizó como parte de los preparativos para el Día de Aplicación y se ha mantenido en el Irán (GOV/INF/2016/1, "Reactor de investigación de agua pesada de Arak", párrafos 3 ii) y 3 iii)). [Volver]

13. Las referencias de los párrafos que figuran entre paréntesis en las secciones C, D y E del presente informe corresponden a los párrafos del "Anexo I -- Medidas relacionadas con la energía nuclear" del PAIC. [Volver]

14. La HWPP es una instalación para la producción de agua pesada con una capacidad nominal de diseño de 16 toneladas anuales de agua pesada de pureza nuclear. [Volver]

15. Las existencias del Irán incluyen agua pesada de pureza nuclear y su equivalente con distintos enriquecimientos. [Volver]

16. La cantidad de agua pesada enviada fuera del Irán será verificada por el Organismo. [Volver]

17. Las 30 cascadas están en las configuraciones de las unidades operativas existentes en el momento en que se acordó el PAIC. [Volver]

18. De conformidad con el PAIC, "[d]urante 15 años las instalaciones de enriquecimiento de Natanz serán el único lugar en el que se lleven a cabo todas las actividades del Irán relacionadas con el enriquecimiento de uranio, incluidas las de I+D sometidas a salvaguardias" (párrafo 72). [Volver]

19. Las existencias incluyen entre 20 y 40 kg de uranio enriquecido que, según ha declarado el Irán, son recuperables de las líneas de procesos en la planta de fabricación de polvo de UO2 enriquecido (EUPP) de Isfahán. [Volver]

20. Desde el Día de Aplicación, el Organismo ha verificado que el Irán ha fabricado tubos de rotor y fuelles. El 22 de febrero de 2016, el Irán declaró que había dejado de fabricar tubos de rotor. El Organismo procederá a la verificación en su próxima visita. [Volver]


Tienda Donaciones Radio Nizkor

Syria War
small logoThis document has been published on 29Mar16 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.