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DERECHOS


Corte Penal Internacional


Proyecto de texto definitivo de los Elementos de los Crímenes


English

Este documento está disponible en distintos formatos/idiomas en el web de la ONU


Nueva York

13 a 31 de marzo de 2000

12 a 30 de junio de 2000

Informe de la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional

Adición

Proyecto de texto definitivo de los Elementos de los Crímenes *

Nota: La estructura de los elementos de los crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra se atiene a la de las disposiciones correspondientes de los artículos 6, 7 y 8 del Estatuto de Roma. Algunos párrafos de estos artículos enumeran crímenes múltiples. En tales casos, los elementos de los crímenes figuran en párrafos aparte, que corresponden a cada uno de dichos crímenes, para facilitar la identificación de los respectivos elementos.

Índice

Página
Introducción general 6
Artículo 6: Genocidio
Introducción 7
6 a) Genocidio mediante matanza 7
6 b) Genocidio mediante lesión grave a la integridad física o mental 7
6 c) Genocidio mediante sometimiento intencional a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física 8
6 d) Genocidio mediante la imposición de medidas destinadas a impedir nacimientos 8
6 e) Genocidio mediante el traslado por la fuerza de niños 9
Artículo 7: Crímenes de lesa humanidad
Introducción 10
7 1) a) Crimen de lesa humanidad de asesinato 10
7 1) b) Crimen de lesa humanidad de exterminio 11
7 1) c) Crimen de lesa humanidad de esclavitud 11
7 1) d) Crimen de lesa humanidad de deportación o traslado forzoso de población 12
7 1) e) Crimen de lesa humanidad de encarcelación u otra privación grave de la libertad física 12
7 1) f) Crimen de lesa humanidad de tortura 13
7 1) g)-1 Crimen de lesa humanidad de violación 13
7 1) g)-2 Crimen de lesa humanidad de esclavitud sexual 14
7 1) g)-3 Crimen de lesa humanidad de prostitución forzada 14
7 1) g)-4 Crimen de lesa humanidad de embarazo forzado 15
7 1) g)-5 Crimen de lesa humanidad de esterilización forzada 15
7 1) g)-6 Crimen de lesa humanidad de violencia sexual 15
7 1) h) Crimen de lesa humanidad de persecución 16
7 1) i) Crimen de lesa humanidad de desaparición forzada de personas 17
7 1) j) Crimen de lesa humanidad de apartheid 18
7 1) k) Crimen de lesa humanidad de otros actos inhumanos 18
Artículo 8: Crímenes de guerra
Introducción 19
Artículo 8 2) a)
8 2) a) i) Crimen de guerra de homicidio intencional 19
8 2) a) ii)-1 Crimen de guerra de tortura 20
8 2) a) ii)-2 Crimen de guerra de tratos inhumanos 20
8 2) a) ii)-3 Crimen de guerra de someter a experimentos biológicos 21
8 2) a) iii) Crimen de guerra de infligir deliberadamente grandes sufrimientos 21
8 2) a) iv) Crimen de guerra de destrucción y apropiación de bienes 22
8 2) a) v) Crimen de guerra de obligar a prestar servicio en fuerzas enemigas 22
8 2) a) vi) Crimen de guerra de denegación de un juicio justo 23
8 2) a) vii)-1 Crimen de guerra de deportación o traslado ilegales 23
8 2) a) vii)-2 Crimen de guerra de confinamiento ilegal 23
8 2) a) viii) Crimen de guerra de toma de rehenes 24
Artículo 8 2) b)
8 2) b) i) Crimen de guerra de ataques contra la población civil 24
8 2) b) ii) Crimen de guerra de ataques contra objetos civiles 25
8 2) b) iii) Crimen de guerra de ataques contra personal u objetos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria 25
8 2) b) iv) Crimen de guerra de causar muertes, lesiones o daños incidentales excesivos 26
8 2) b) v) Crimen de guerra de atacar lugares no defendidos 26
8 2) b) vi) Crimen de guerra de causar la muerte o lesiones a una persona que esté fuera de combate 27
8 2) b) vii)-1 Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera blanca 27
8 2) b) vii)-2 Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, insignia o uniforme del enemigo 28
8 2) b) vii)-3 Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, una insignia o un uniforme de las Naciones Unidas 28
8 2) b) vii)-4 Crimen de guerra de utilizar de modo indebido los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra 29
8 2) b) viii) El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa, o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio 29
8 2) b) ix) Crimen de guerra de atacar objetos protegidos 30
8 2) b) x)-1 Crimen de guerra de mutilación 30
8 2) b) x)-2 Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos 31
8 2) b) xi) Crimen de guerra de matar o herir a traición 31
8 2) b) xii) Crimen de guerra de no dar cuartel 32
8 2) b) xiii) Crimen de guerra de destruir o confiscar bienes del enemigo 32
8 2) b) xiv) Crimen de guerra de denegar derechos o acciones a los nacionales de la parte enemiga 32
8 2) b) xv) Crimen de guerra de obligar a participar en operaciones bélicas 33
8 2) b) xvi) Crimen de guerra de saquear 33
8 2) b) xvii) Crimen de guerra de emplear veneno o armas envenenadas 33
8 2) b) xviii) Crimen de guerra de emplear gases, líquidos, materiales o dispositivos prohibidos 34
8 2) b) xix) Crimen de guerra de emplear balas prohibidas 34
8 2) b) xx) Crimen de guerra de emplear armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra enumerados en el anexo del Estatuto 35
8 2) b) xxi) Crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad de la persona 35
8 2) b) xxii)-1 Crimen de guerra de violación 35
8 2) b) xxii)-2 Crimen de guerra de esclavitud sexual 36
8 2) b) xxii)-3 Crimen de guerra de prostitución forzada 36
8 2) b) xxii)-4 Crimen de guerra de embarazo forzado 37
8 2) b) xxii)-5 Crimen de guerra de esterilización forzada 37
8 2) b) xxii)-6 Crimen de guerra de violencia sexual 38
8 2) b) xxiii) Crimen de guerra de aprovechar a personas protegidas como escudos 38
8 2) b) xxiv) Crimen de guerra de atacar objetos o personas que utilicen los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra 38
8 2) b) xxv) Crimen de guerra de causar la muerte por inanición como método de guerra 39
8 2) b) xxvi) Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños en las fuerzas armadas 39
Artículo 8 2) c)
8 2) c) i)-1 Crimen de guerra de homicidio 40
8 2) c) i)-2 Crimen de guerra de mutilación 40
8 2) c) i)-3 Crimen de guerra de tratos crueles 41
8 2) c) i)-4 Crimen de guerra de tortura 41
8 2) c) ii) Crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad de la persona 42
8 2) c) iii) Crimen de guerra de toma de rehenes 42
8 2) c) iv) Crimen de guerra de condenar o ejecutar sin garantías judiciales 43
Artículo 8 2) e)
8 2) e) i) Crimen de guerra de ataques contra la población civil 43
8 2) e) ii) Crimen de guerra de atacar objetos o personas que utilicen los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra 44
8 2) e) iii) Crimen de guerra de atacar personal u objetos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria 44
8 2) e) iv) Crimen de guerra de atacar objetos protegidos 45
8 2) e) v) Crimen de guerra de saquear 45
8 2) e) vi)-1 Crimen de guerra de violación 46
8 2) e) vi)-2 Crimen de guerra de esclavitud sexual 46
8 2) e) vi)-3 Crimen de guerra de prostitución forzada 47
8 2) e) vi)-4 Crimen de guerra de embarazo forzado 47
8 2) e) vi)-5 Crimen de guerra de esterilización forzada 47
8 2) e) vi)-6 Crimen de guerra de violencia sexual 48
8 2) e) vii) Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños 48
8 2) e) viii) Crimen de guerra de desplazar a civiles 49
8 2) e) ix) Crimen de guerra de matar o herir a traición 49
8 2) e) x) Crimen de guerra de no dar cuartel 49
8 2) e) xi)-1 Crimen de guerra de mutilación 50
8 2) e) xi)-2 Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos 50
8 2) e) xii) Crimen de guerra de destruir o confiscar bienes del enemigo 51

Elementos de los Crímenes

Introducción general

1. De conformidad con el artículo 9, los siguientes Elementos de los Crímenes ayudarán a la Corte a interpretar y a aplicar los artículos 6, 7 y 8 en forma compatible con el Estatuto. Serán aplicables a los Elementos de los Crímenes las disposiciones del Estatuto, incluido el artículo 21, y los principios generales enunciados en la Parte III.

2. Como señala el artículo 30, salvo disposición en contrario una persona será penalmente responsable y podrá ser penada por un crimen de la competencia de la Corte únicamente si actuó con intención y conocimiento de los elementos materiales del crimen. Cuando no se hace referencia en los Elementos de los Crímenes a un elemento de intencionalidad para una conducta, consecuencia o circunstancia indicada, se entenderá aplicable el elemento de intencionalidad que corresponda según el artículo 30, esto es, la intención, el conocimiento o ambos. A continuación se indican excepciones a la norma del artículo 30 sobre la base del Estatuto y con inclusión del derecho aplicable en virtud de las disposiciones del Estatuto en la materia.

3. La existencia de la intención y el conocimiento pueden inferirse de los hechos y las circunstancias del caso.

4. Con respecto a los elementos de intencionalidad relacionados con elementos que entrañan juicios de valor, como los que emplean los términos "inhumanos" o "graves", por ejemplo, no es necesario que el autor haya procedido personalmente a hacer un determinado juicio de valor, a menos que se indique otra cosa.

5. Los elementos correspondientes a cada crimen no se refieren en general a las circunstancias eximentes de responsabilidad penal o su inexistencia (1).

6. Los Elementos de los Crímenes no se refieren en general al requisito de "ilicitud" enunciado en el Estatuto o en otros instrumentos de derecho internacional, especialmente de derecho internacional humanitario.

7. La estructura de los Elementos de los Crímenes sigue en general los principios siguientes:

- Habida cuenta de que los Elementos de los Crímenes se centran en la conducta, las consecuencias y las circunstancias correspondientes a cada crimen, por regla general están enumerados en ese orden;

- De ser necesario, después de la conducta, la consecuencia o la circunstancia correspondiente se indica un determinado elemento de intencionalidad;

- Las circunstancias de contexto se enumeran en último lugar.

8. El término "autor", tal y como se emplea en los Elementos de los crímenes, es neutral en cuanto a la culpabilidad o la inocencia. Los elementos, incluidos los de intencionalidad que procedan, son aplicables mutatis mutandis a quienes hayan incurrido en responsabilidad penal en virtud de los artículos 25 y 28 del Estatuto.

9. Una determinada conducta puede configurar uno o más crímenes.

10. La utilización de expresiones abreviadas para designar a los crímenes en los títulos no surtirá ningún efecto jurídico.

Artículo 6
Genocidio

Introducción

Con respecto al último de los elementos de cada crimen:

- La expresión "en el contexto de" incluiría los actos iniciales de una serie que comienza a perfilarse;

- La expresión "manifiesta" es una calificación objetiva;

- Pese a que el artículo 30 exige normalmente un elemento de intencionalidad, y reconociendo que el conocimiento de las circunstancias generalmente se tendrá en cuenta al probar la intención de cometer genocidio, el requisito eventual de que haya un elemento de intencionalidad con respecto a esta circunstancia es algo que habrá de decidir la Corte en cada caso en particular.

Artículo 6 a)

Genocidio mediante matanza

Elementos

1. Que el autor haya dado muerte (2) a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.

3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.

Artículo 6 b)

Genocidio mediante lesión grave a la integridad física o mental

Elementos

1. Que el autor haya causado lesión grave a la integridad física o mental de una o más personas (3).

2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.

3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.

Artículo 6 c)

Genocidio mediante sometimiento intencional a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física

Elementos

1. Que el autor haya sometido intencionalmente a una o más personas a ciertas condiciones de existencia.

2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.

3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

4. Que las condiciones de existencia hayan tenido el propósito de acarrear la destrucción física, total o parcial, de ese grupo (4).

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.

Artículo 6 d)

Genocidio mediante la imposición de medidas destinadas a impedir nacimientos

Elementos

1. Que el autor haya impuesto ciertas medidas contra una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.

3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

4. Que las medidas impuestas hayan tenido el propósito de impedir nacimientos en el seno del grupo.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.

Artículo 6 e)

Genocidio mediante el traslado por la fuerza de niños

Elementos

1. Que el autor haya trasladado por la fuerza a una o más personas (5).

2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.

3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.

4. Que el traslado haya tenido lugar de ese grupo a otro grupo.

5. Que los trasladados hayan sido menores de 18 años.

6. Que el autor supiera, o hubiera debido saber, que los trasladados eran menores de 18 años.

7. Que los actos hayan tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.

Artículo 7

Crímenes de lesa humanidad

Introducción

1. Por cuanto el artículo 7 corresponde al derecho penal internacional, sus disposiciones, de conformidad con el artículo 22, deben interpretarse en forma estricta, teniendo en cuenta que los crímenes de lesa humanidad, definidos en el artículo 7, se hallan entre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto, justifican y entrañan la responsabilidad penal individual y requieren una conducta impermisible con arreglo al derecho internacional generalmente aplicable, como se reconoce en los principales sistemas jurídicos del mundo.

2. Los dos últimos elementos de cada crimen de lesa humanidad describen el contexto en que debe tener lugar la conducta. Esos elementos aclaran la participación requerida en un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y el conocimiento de dicho ataque. No obstante, el último elemento no debe interpretarse en el sentido de que requiera prueba de que el autor tuviera conocimiento de todas las características del ataque ni de los detalles precisos del plan o la política del Estado o la organización. En el caso de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil que esté comenzando, la cláusula de intencionalidad del último elemento indica que ese elemento existe si el autor tenía la intención de promover un ataque de esa índole.

3. Por "ataque contra una población civil" en el contexto de esos elementos se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de los actos indicados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto contra una población civil a fin de cumplir o promover la política de un Estado o de una organización de cometer esos actos. No es necesario que los actos constituyan un ataque militar. Se entiende que la "política ... de cometer esos actos" requiere que el Estado o la organización promueva o aliente activamente un ataque de esa índole contra una población civil (6).

Artículo 7 1) a)

Crimen de lesa humanidad de asesinato

Elementos

1. Que el autor haya dado muerte (7) a una o más personas.

2. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) b)

Crimen de lesa humanidad de exterminio

Elementos

1. Que el autor haya dado muerte (8), a una o más personas, incluso imponiéndoles condiciones de existencia destinadas deliberadamente a causar la destrucción de parte de una población (9).

2. Que la conducta haya consistido en un asesinato en masa de miembros de una población civil o haya tenido lugar como parte (10) de ese asesinato.

3. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) c)

Crimen de lesa humanidad de esclavitud

Elementos

1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo similar de privación de libertad (11).

2. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) d)

Crimen de lesa humanidad de deportación o traslado forzoso de población

Elementos

1. Que el autor haya deportado o trasladado (12) por la fuerza (13), sin motivos autorizados por el derecho internacional y mediante la expulsión u otros actos de coacción, a una o más personas a otro Estado o lugar.

2. Que esa o esas personas hayan estado legítimamente en la zona de la que fueron deportadas o trasladadas.

3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias que determinaban esa legitimidad.

4. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) e)

Crimen de lesa humanidad de encarcelación u otra privación grave de la libertad física

Elementos

1. Que el autor haya encarcelado a una o más personas o las haya sometido a una privación grave de la libertad física.

2. Que la gravedad de la conducta haya sido de tal entidad que constituya una infracción de normas fundamentales del derecho internacional.

3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias que determinaban la gravedad de la conducta.

4. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) f)

Crimen de lesa humanidad de tortura (14)

Elementos

1. Que el autor haya infligido a una o más personas graves dolores o sufrimientos físicos o mentales.

2. Que el autor tuviera a esa o esas personas bajo su custodia o control.

3. Que el dolor o el sufrimiento no haya sido resultado únicamente de la imposición de sanciones legítimas, no fuese parte inherente de ellas ni fuese incidental a ellas.

4. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-1

Crimen de lesa humanidad de violación

Elementos

1. Que el autor haya invadido (15) el cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio anal o vaginal de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.

2. Que la invasión haya tenido lugar por la fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso de poder, contra esa u otra persona o aprovechando un entorno de coacción, o se haya realizado contra una persona incapaz de dar su consentimiento genuino (16).

3. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-2

Crimen de lesa humanidad de esclavitud sexual (17)

Elementos

1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo similar de privación de libertad (18).

2. Que el autor haya hecho que esa o esas personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual.

3. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-3

Crimen de lesa humanidad de prostitución forzada

Elementos

1. Que el autor haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder contra esa o esas personas u otra persona, o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas de dar su consentimiento genuino.

2. Que el autor u otra persona hayan obtenido, o esperaran obtener, ventajas pecuniarias o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.

3. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-4

Crimen de lesa humanidad de embarazo forzado

Elementos

1. Que el autor haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de la población o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.

2. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-5

Crimen de lesa humanidad de esterilización forzada

Elementos

1. Que el autor haya privado a una o más personas de la capacidad de reproducción biológica (19).

2. Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico o clínico de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su consentimiento genuino (20).

3. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) g)-6
Crimen de lesa humanidad de violencia sexual

Elementos

1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas u otra persona o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas de dar su consentimiento genuino.

2. Que esa conducta haya tenido una gravedad comparable a la de los demás crímenes indicados en el artículo 7 1) g) del Estatuto.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que determinaban la gravedad de su conducta.

4. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) h)
Crimen de lesa humanidad de persecución

Elementos

1. Que el autor haya privado gravemente a una o más personas de sus derechos fundamentales en contravención del derecho internacional (21).

2. Que el autor haya dirigido su conducta contra esa persona o personas en razón de su pertenencia a un grupo o colectividad o contra el grupo o la colectividad como tales.

3. Que la conducta haya estado dirigida contra esas personas por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género, según la definición del párrafo 3 del artículo 7 del Estatuto, o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.

4. Que la conducta haya tenido lugar en relación con cualquier acto de los señalados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto o con cualquier crimen de la competencia de la Corte (22).

5. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) i)
Crimen de lesa humanidad de desaparición forzada de personas (23) 
(24)

Elementos

1. Que el autor:

a) Haya aprehendido, detenido (25) (26) o secuestrado a una o más personas; o

b) Se haya negado a reconocer la aprehensión, la detención o el secuestro o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas.

2. a) Que la aprehensión, la detención o el secuestro haya estado seguido o acompañado de una negativa a reconocer esa privación de libertad o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas; o

b) Que la negativa haya estado precedida o acompañada de esa privación de libertad.

3. Que el autor haya sido consciente de que (27):

a) La aprehensión, la detención o el secuestro iría seguido en el curso normal de los acontecimientos de una negativa a reconocer la privación de libertad o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas (28); o

b) La negativa estuvo precedida o acompañada de esa privación de libertad.

4. Que la aprehensión, la detención o el secuestro haya tenido lugar en nombre de un Estado u organización política o con su autorización, apoyo o aquiescencia.

5. Que la negativa a reconocer la privación de libertad o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas haya tenido lugar en nombre de un Estado u organización política o con su autorización o apoyo.

6. Que el autor haya tenido la intención de dejar a esa persona o personas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.

7. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

8. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) j)

Crimen de lesa humanidad de apartheid

Elementos

1. Que el autor haya cometido un acto inhumano contra una o más personas.

2. Que ese acto fuera uno de los mencionados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto o fuera de carácter semejante a alguno de esos actos (29).

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que determinaban el carácter del acto.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales.

5. Que la conducta del autor haya obedecido a la intención de mantener ese régimen.

6. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 7 1) k)

Crimen de lesa humanidad de otros actos inhumanos

Elementos

1. Que el autor haya causado mediante un acto inhumano grandes sufrimientos o atentado gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

2. Que ese acto haya tenido un carácter semejante a otro de los actos indicados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto (30).

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que determinaban el carácter del acto.

4. Que la conducta haya tenido lugar como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.

Artículo 8
Crímenes de guerra

Introducción

Los elementos de los crímenes de guerra a que se hace referencia en los apartados c) y e) del párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto están sujetos a las limitaciones indicadas en los apartados d) y f) de ese párrafo, que no constituyen elementos de crímenes.

Los elementos de los crímenes de guerra a que se hace referencia en el
párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto serán interpretados en el marco establecido del derecho internacional de los conflictos armados con inclusión, según proceda, del derecho internacional aplicable a los conflictos armados en el mar.

Con respecto a los dos últimos elementos enumerados para cada crimen:

• No se exige que el autor haya hecho una evaluación en derecho acerca de la existencia de un conflicto armado ni de su carácter internacional o no internacional;

• En ese contexto, no se exige que el autor tenga conocimiento de los hechos que hayan determinado que el conflicto tenga carácter internacional o no internacional;

• Únicamente se exige el conocimiento de las circunstancias de hecho que haya determinado la existencia de un conflicto armado, implícito en las palabras "haya tenido lugar en el contexto de ... y que haya estado relacionada con él".

Artículo 8 2) a)

Artículo 8 2) a) i)

Crimen de guerra de homicidio intencional

Elementos

1. Que el autor haya dado muerte a una o más personas (31).

2 Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección (32) (33).

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él (34).

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) ii)-1

Crimen de guerra de tortura

Elementos (35)

1. Que el autor haya infligido grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.

2. Que el autor haya infligido los dolores o sufrimientos con una finalidad tal como la de obtener información o una confesión, castigar a la víctima, intimidarla o ejercer coacción sobre ella o por cualquier otra razón basada en discriminación de cualquier tipo.

3. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

4. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) ii)-2

Crimen de guerra de tratos inhumanos

Elementos

1. Que el autor haya infligido grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) ii)-3

Crimen de guerra de someter a experimentos biológicos

Elementos

1. Que el autor haya sometido a una o más personas a un determinado experimento biológico.

2. Que el experimento haya puesto en grave peligro la salud o la integridad física o mental de la persona o personas.

3. Que el experimento no se haya realizado con fines terapéuticos, no estuviera justificado por razones médicas ni se haya llevado a cabo en interés de la persona o personas.

4. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

5. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) iii)

Crimen de guerra de infligir deliberadamente grandes sufrimientos

Elementos

1. Que el autor haya infligido grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales o haya atentado gravemente contra la integridad física o la salud de una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) iv)

Crimen de guerra de destrucción y apropiación de bienes

Elementos

1. Que el autor haya destruido bienes o se haya apropiado de ellos.

2. Que la destrucción o la apropiación no haya estado justificada por necesidades militares.

3. Que la destrucción o la apropiación se haya cometido a gran escala y
arbitrariamente.

4. Que los bienes hayan estado protegidos en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

5. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) v)

Crimen de guerra de obligar a prestar servicio en fuerzas enemigas

Elementos

1. Que el autor haya obligado a una o más personas, mediante hechos o amenazas, a participar en operaciones bélicas dirigidas contra el país o las fuerzas armadas de esa persona o personas, o a prestar servicio en las fuerzas de una potencia enemiga.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) vi)

Crimen de guerra de denegación de un juicio justo

Elementos

1. Que el autor haya privado a una o más personas de un juicio justo e imparcial al denegarles las garantías judiciales que se definen, en particular, en los Convenios de Ginebra tercero y cuarto de 1949.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) vii)-1

Crimen de guerra de deportación o traslado ilegales

Elementos

1. Que el autor haya deportado o trasladado a una o más personas a otro Estado o a otro lugar.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) vii)-2

Crimen de guerra de confinamiento ilegal

Elementos

1. Que el autor haya confinado o mantenido confinadas en determinado lugar a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) a) viii)

Crimen de guerra de toma de rehenes

Elementos

1. Que el autor haya capturado, detenido o mantenido en calidad de rehén a una o más personas.

2. Que el autor haya amenazado con matar, herir o mantener detenida a esa persona o personas.

3. Que el autor haya tenido la intención de obligar a un Estado, a una organización internacional, una persona natural o jurídica o un grupo de personas a que actuaran o se abstuvieran de actuar como condición expresa o tácita de la seguridad o la puesta en libertad de esa persona o personas.

4. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.

5. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b)

Artículo 8 2) b) i)

Crimen de guerra de ataques contra la población civil

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el ataque haya sido dirigido contra una población civil en cuanto tal o contra civiles que no participaban directamente en las hostilidades.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra la población civil en cuanto tal o contra civiles que no participaban directamente en las
hostilidades.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) ii)

Crimen de guerra de ataques contra objetos civiles

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el ataque haya sido objetos civiles, es decir, objetos que no fuesen objetivos militares.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tales objetos civiles.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) iii)

Crimen de guerra de ataques contra personal u objetos participantes en una misión de mantenimiento de la paz
o de asistencia humanitaria

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el objeto del ataque haya sido personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tal personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en la misión.

4. Que el personal, las instalaciones, el material, las unidades o los vehículos mencionados hayan tenido derecho a la protección otorgada a civiles u objetos civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían esa protección.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) iv)

Crimen de guerra de causar muertes, lesiones o daños incidentales excesivos

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el ataque haya sido tal que pudiera causar pérdidas de vidas, lesiones a civiles o daños a objetos de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio natural de magnitud tal que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea (36).

3. Que el autor haya sabido que, incidentalmente, el ataque causaría pérdidas de vidas, lesiones a civiles o daños a objetos de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio natural de magnitud tal que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea (37).

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) v)

Crimen de guerra de atacar lugares no defendidos (38)

Elementos

1. Que el autor haya atacado una o más ciudades, aldeas, pueblos o edificios.

2. Que las ciudades, las aldeas, los pueblos o los edificios no hayan opuesto resistencia a la ocupación.

3. Que las ciudades, las aldeas, los pueblos o los edificios no hayan constituido objetivos militares.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) vi)

Crimen de guerra de causar la muerte o lesiones a una persona que esté fuera de combate

Elementos

1. Que el autor haya causado la muerte o lesiones a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) vii)-1

Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera blanca

Elementos

1. Que el autor haya utilizado una bandera blanca.

2. Que el autor lo haya hecho para fingir la intención de negociar en circunstancias en que no la tenía.

3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar la bandera blanca de esa forma (39).

4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) vii)-2

Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, insignia o uniforme del enemigo

Elementos

1. Que el autor haya utilizado una bandera, insignia o uniforme del enemigo.

2. Que el autor lo haya hecho en forma prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados mientras llevaba a cabo un ataque.

3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar la bandera, insignia o uniforme de esa forma (40).

4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) vii)-3

Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, una insignia o un uniforme de las Naciones Unidas

Elementos

1. Que el autor haya utilizado una bandera, una insignia o un uniforme de las Naciones Unidas.

2. Que el autor lo haya hecho en forma prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados.

3. Que el autor haya sabido que estaba prohibido utilizar la bandera, la insignia o el uniforme de esa forma (41).

4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) vii)-4

Crimen de guerra de utilizar de modo indebido los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra

Elementos

1. Que el autor haya utilizado los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra.

2. Que el autor haya hecho tal utilización para fines de combate (42) en forma prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados.

3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar los emblemas de esa forma (43).

4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones graves a otra u otras personas.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) viii)

El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa, o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio

Elementos

1. Que el autor haya:

a) Trasladado (44), directa o indirectamente, parte de su propia población al territorio que ocupa; o

b) Deportado o trasladado la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio.

2. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) ix)

Crimen de guerra de atacar objetos protegidos (45)

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el ataque haya estado dirigido contra uno o más edificios dedicados al culto religioso, la instrucción, las artes o la beneficencia, los monumentos, los hospitales o los lugares en que se agrupe a enfermos y heridos que no sean objetivos militares.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra esos edificios dedicados al culto religioso, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia, monumentos históricos, hospitales o lugares en que se agrupa a enfermos y heridos que no sean objetivos militares.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) x)-1

Crimen de guerra de mutilación

Elementos

1. Que el autor haya mutilado a una o más personas, en particular desfigurándolas o incapacitándolas permanentemente o les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.

2. Que la conducta haya causado la muerte a esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud física o mental.

3. Que la conducta no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés (46).

4. Que esa persona o personas estén en poder de una parte enemiga.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) x)-2

Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos

Elementos

1. Que el autor haya sometido a una o más personas a un experimento médico o científico.

2. Que el experimento haya causado la muerte de esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud o integridad física o mental.

3. Que la conducta no estuviera justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.

4. Que esa persona o personas se encontraran en poder de una parte enemiga.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xi)

Crimen de guerra de matar o herir a traición

Elementos

1. Que el autor se haya ganado la confianza de una o más personas y les haya hecho creer que tenían derecho a protección en virtud de las normas del derecho internacional aplicable a los conflictos armados, o que estaba obligado a protegerlos.

2. Que el autor haya tenido la intención de traicionar esa confianza.

3. Que el autor haya dado muerte o herido a esa persona o personas.

4. Que el autor al matar o herir, haya aprovechado la confianza que se había ganado.

5. Que esa persona o personas haya pertenecido a una parte enemiga.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xii)

Crimen de guerra de no dar cuartel

Elementos

1. Que el autor haya dado una orden o hecho una declaración en el sentido de que no quedasen sobrevivientes.

2. Que la orden o la declaración se haya dado o hecho para amenazar a un adversario o para proceder a las hostilidades de manera de que no quedasen sobrevivientes.

3. Que el autor estuviere en situación de mando o control efectivos respecto de los subordinados o los que haya dirigido la orden o la declaración.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional o haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xiii)

Crimen de guerra de destruir o confiscar bienes del enemigo

Elementos

1. Que el autor haya destruido o confiscado un bien.

2. Que ese bien haya sido de propiedad de una parte enemiga.

3. Que ese bien haya estado protegido de la destrucción o confiscación en virtud del derecho internacional de los conflictos armados.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias que establecían la condición del bien.

5. Que la destrucción o confiscación no haya estado justificada por razones militares.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xiv)

Crimen de guerra de denegar derechos o acciones a los nacionales de la parte enemiga

Elementos

1. Que el autor haya abolido, suspendido o declarado inadmisibles ante un tribunal ciertos derechos o acciones.

2. Que la abolición, suspensión o declaración de inadmisibilidad hayan estado dirigidas contra los nacionales de una parte enemiga.

3. Que el autor haya tenido la intención de que la abolición, suspensión o declaración de inadmisibilidad estuvieran dirigidas contra los nacionales de una parte enemiga.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xv)

Crimen de guerra de obligar a participar en operaciones bélicas

Elementos

1. Que el autor haya obligado a una o más personas, mediante hechos o amenazas, a participar en operaciones bélicas contra su propio país o sus propias fuerzas.

2. Que esa persona o personas hayan sido nacionales de una parte enemiga.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xvi)

Crimen de guerra de saquear

Elementos

1. Que el autor se haya apropiado de un bien.

2. Que el autor haya tenido la intención de privar del bien a su propietario y de apropiarse de él para su uso privado o personal (47).

3. Que la apropiación haya tenido lugar sin el consentimiento del propietario.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xvii)

Crimen de guerra de emplear veneno o armas envenenadas

Elementos

1. Que el autor haya empleado una sustancia o un arma que descargue una sustancia como resultado de su uso.

2. Que la sustancia sea tal que, en el curso normal de los acontecimientos, cause la muerte o un daño grave para la salud por sus propiedades tóxicas.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xviii)

Crimen de guerra de emplear gases, líquidos, materiales o dispositivos prohibidos

Elementos

1. Que el autor haya empleado un gas u otra sustancia o dispositivo análogo.

2. Que el gas, la sustancia o el dispositivo haya sido tal que, en el curso normal de los acontecimientos, cause la muerte o un daño grave para la salud por sus propiedades asfixiantes o tóxicas (48).

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xix)

Crimen de guerra de emplear balas prohibidas

Elementos

1. Que el autor haya empleado ciertas balas.

2. Que las balas hayan sido tales que su uso infrinja el derecho internacional de los conflictos armados porque se abren o aplastan fácilmente en el cuerpo humano.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la naturaleza de las balas era tal que su uso agravaría inútilmente el sufrimiento o la herida.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xx)

Crimen de guerra de emplear armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra enumerados en el anexo del Estatuto

Elementos

[Los elementos se redactarán cuando se hayan indicado en un anexo del Estatuto las armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra.]

Artículo 8 2) b) xxi)

Crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad de la persona

Elementos

1. Que el autor haya sometido a una o más personas a tratos humillantes o degradantes o haya atentado de cualquier otra forma contra su dignidad (49).

2. Que el trato humillante o degradante o el atentado contra la dignidad haya sido tan grave que esté reconocido generalmente como ultraje contra la dignidad de la persona.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-1

Crimen de guerra de violación

Elementos

1. Que el autor haya invadido (50) el cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio anal o genital de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.

2. Que la invasión se haya cometido por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa persona u otra persona o aprovechando el entorno coercitivo, o se haya realizado en condiciones en que la persona era incapaz de dar su genuino consentimiento (51).

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-2

Crimen de guerra de esclavitud sexual (52)

Elementos

1. Que el autor haya ejercido todos los atributos del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o imponerles algún tipo similar de privación de la libertad, o cualquiera de dichos atributos (53).

2. Que el autor haya hecho que esa persona o esas personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-3

Crimen de guerra de prostitución forzada

Elementos

1. Que el autor haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno coercitivo o la incapacidad de esa o esas personas de dar su genuino consentimiento.

2. Que el autor u otra persona hayan obtenido o esperado obtener ventajas pecuniarias o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-4

Crimen de guerra de embarazo forzado

Elementos

1. Que el autor haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.

2. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-5

Crimen de guerra de esterilización forzada

Elementos

1. Que el autor haya privado a una o más personas de la capacidad de reproducción biológica (54).

2. Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico u hospitalario de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su genuino consentimiento (55).

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxii)-6

Crimen de guerra de violencia sexual

Elementos

1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el miedo a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas de dar su genuino consentimiento.

2. Que la conducta haya tenido una gravedad comparable a la de una infracción grave de los Convenios de Ginebra.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que determinaban la gravedad de su conducta.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxiii)

Crimen de guerra de aprovechar a personas protegidas como escudos

Elementos

1. Que el autor haya trasladado a uno o más civiles o a otras personas protegidas en virtud del derecho internacional de los conflictos armados o haya aprovechado su presencia de alguna otra manera.

2. Que el autor haya tenido la intención de proteger un objetivo militar contra un ataque o proteger, favorecer o entrabar operaciones militares.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxiv)

Crimen de guerra de atacar objetos o personas que utilicen los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra

Elementos

1. Que el autor haya atacado a una o más personas, edificios, unidades o vehículos sanitarios u otros objetos que utilizaban de conformidad con el derecho internacional un emblema distintivo u otros métodos de identificación que indicaba que gozaban de protección con arreglo a los Convenios de Ginebra.

2. Que el autor haya tenido la intención de atacar a esas personas, edificios, unidades o vehículos u otros objetos que utilizaban esa identificación.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxv)

Crimen de guerra de causar la muerte por inanición como método de guerra

Elementos

1. Que el autor haya privado a civiles de objetos indispensables para su supervivencia.

2. Que el autor haya tenido la intención de causar la muerte por inanición de civiles como método de guerra.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) b) xxvi)

Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños en las fuerzas armadas

Elementos

1. Que el autor haya reclutado o alistado a una o más personas en las fuerzas armadas nacionales o las haya utilizado para participar activamente en las hostilidades.

2. Que esa o esas personas hayan sido menores de 15 años.

3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que se trataba de menores de 15 años.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c)

Artículo 8 2) c) i)-1

Crimen de guerra de homicidio

Elementos

1. Que el autor haya dado muerte a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso (56) que no tomaban parte activa en las hostilidades.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) i)-2

Crimen de guerra de mutilación

Elementos

1. Que el autor haya mutilado a una o más personas, en particular desfigurándolas o incapacitándolas permanentemente o les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.

2. Que la conducta no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de la persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.

3. Que la persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) i)-3

Crimen de guerra de tratos crueles

Elementos

1. Que el autor haya infligido graves dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.

2. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) i)-4

Crimen de guerra de tortura

Elementos

1. Que el autor haya infligido graves dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.

2. Que el autor haya infligido el dolor o sufrimiento a los fines de obtener información o una confesión, como castigo, intimidación o coacción o por cualquier otra razón basada en discriminación de cualquier tipo.

3. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

4. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) ii)

Crimen de guerra de ultrajes contra la dignidad de la persona

Elementos

1. Que el autor haya sometido a una o más personas a tratos humillantes o degradantes o haya atentado de cualquier otra forma contra su dignidad (57).

2. Que el trato humillante, degradante o el atentado contra la dignidad haya sido tan grave que esté reconocido generalmente como ultraje contra la dignidad de la persona.

3. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

4. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) iii)

Crimen de guerra de toma de rehenes

Elementos

1. Que el autor haya capturado, detenido o retenido como rehén a una o más personas.

2. Que el autor haya amenazado con matar, herir o seguir deteniendo a esa persona o personas.

3. Que el autor haya tenido la intención de obligar a un Estado, una organización internacional, una persona natural o jurídica o un grupo de personas a que actuaran o se abstuvieran de actuar como condición expresa o tácita de la seguridad o la puesta en libertad de esa persona o personas.

4. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

5. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) c) iv)

Crimen de guerra de condenar o ejecutar sin garantías judiciales

Elementos

1. Que el autor haya condenado o ejecutado a una o más personas (58).

2. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido civiles, personal médico o personal religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.

3. Que el autor haya conocido las circunstancias de hecho que establecían esa condición.

4. Que no haya habido fallo previo dictado por un tribunal o el tribunal que lo haya dictado no estuviera "constituido regularmente", es decir, no ofreciera las garantías esenciales de independencia e imparcialidad o no ofreciera todas las garantías judiciales generalmente reconocidas como indispensables de conformidad con el derecho internacional (59).

5. Que el autor haya sabido que no había fallo previo o no se habían ofrecido las garantías correspondientes y el hecho de que eran esenciales o indispensables para un juicio imparcial.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e)

Artículo 8 2) e) i)

Crimen de guerra de ataques contra la población civil

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el objeto del ataque haya estado constituido por una población civil en cuanto tal o por civiles que no participaban directamente en las hostilidades.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra la población civil en cuanto a tal o contra civiles que no participaban directamente en las hostilidades.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) ii)

Crimen de guerra de atacar objetos o personas que utilicen los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra

Elementos

1. Que el autor haya atacado a una o más personas, edificios, unidades o vehículos sanitarios u otros objetos que utilizaban de conformidad con el derecho internacional un emblema distintivo u otro método de identificación que indicaba que gozaban de protección con arreglo a los Convenios de Ginebra.

2. Que el autor haya tenido la intención de atacar esas personas, edificios, unidades o vehículos u otros objetos que utilizaban esa identificación.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) iii)

Crimen de guerra de atacar personal u objetos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el objeto del ataque haya sido personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra el personal, las instalaciones, el material, las unidades o los vehículos participantes en la misión.

4. Que el personal, las instalaciones, el material, las unidades o los vehículos hayan tenido derecho a la protección otorgada a civiles u objetos civiles con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que establecían esa protección.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) iv)

Crimen de guerra de atacar objetos protegidos (60)

Elementos

1. Que el autor haya lanzado un ataque.

2. Que el ataque haya estado dirigido contra uno o más edificios dedicados al culto religioso, la instrucción, las artes o la beneficencia, los monumentos, los hospitales o los lugares en que se agrupe a enfermos y heridos que no sean objetivos militares.

3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra esos edificios dedicados al culto religioso, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia, monumentos históricos, hospitales o lugares en que se agrupa a enfermos y heridos que no sean objetivos militares.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) v)

Crimen de guerra de saquear

Elementos

1. Que el autor se haya apropiado de un bien.

2. Que el autor haya tenido la intención de privar del bien a su propietario y de apropiarse de él para su uso privado o personal (61).

3. Que la apropiación haya tenido lugar sin el consentimiento del propietario.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-1

Crimen de guerra de violación

Elementos

1. Que el autor haya invadido (62) el cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio anal o genital de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.

2. Que la invasión se haya cometido por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa persona u otra persona o aprovechando el entorno coercitivo, o se haya realizado en condiciones en que la persona era incapaz de dar su genuino consentimiento (63).

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-2

Crimen de guerra de esclavitud sexual (64)

Elementos

1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o imponerles algún tipo similar de privación de la libertad (65).

2. Que el autor haya hecho que esa persona o esas personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-3

Crimen de guerra de prostitución forzada

Elementos

1. Que el autor haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza del uso de la fuerza o mediante coacción, como la causada por temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno coercitivo o la incapacidad de esa o esas personas de dar su genuino consentimiento.

2. Que el autor u otra persona hayan obtenido o esperado obtener ventajas pecuniarias o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-4

Crimen de guerra de embarazo forzado

Elementos

1. Que el autor haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.

2. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

3. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-5

Crimen de guerra de esterilización forzada

Elementos

1. Que el autor haya privado a una o más personas de la capacidad de reproducción biológica (66).

2. Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico o clínico de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su genuino consentimiento (67).

3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vi)-6

Crimen de guerra de violencia sexual

Elementos

1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el miedo a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas de dar su genuino consentimiento.

5. Que la conducta haya tenido una gravedad comparable a la de una infracción grave de los Convenios de Ginebra.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias de hecho que determinaban la gravedad de su conducta.

7. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

8. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) vii)

Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños

Elementos

1. Que el autor haya reclutado o alistado a una o más personas en fuerzas armadas o grupos o las haya utilizado para participar activamente en las hostilidades.

2. Que esa o esas personas hayan sido menores de 15 años.

3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que se trataba de menores de 15 años.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) viii)

Crimen de guerra de desplazar a civiles

Elementos

1. Que el autor haya ordenado el desplazamiento de una población civil.

2. Que la orden no haya estado justificada por la seguridad de los civiles de que se trataba o por razones militares.

3. Que el autor haya estado en situación de causar ese desplazamiento mediante la orden.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no haya sido de índole internacional y haya estado relacionada con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) ix)

Crimen de guerra de matar o herir a traición

Elementos

1. Que el autor se haya ganado la confianza de una o más personas y les haya hecho creer que tenían derecho a protección en virtud de las normas del derecho internacional aplicable a los conflictos armados, o que estaba obligado a protegerlos.

2. Que el autor haya tenido la intención de traicionar esa confianza.

3. Que el autor haya dado muerte o herido a esa persona o personas.

4. Que el autor, al matar o herir, haya aprovechado la confianza que se había ganado.

5. Que esa persona o personas haya pertenecido a una parte enemiga.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) x)

Crimen de guerra de no dar cuartel

Elementos

1. Que el autor haya dado una orden o hecho una declaración en el sentido de que no quedasen sobrevivientes.

2. Que la orden o la declaración se haya dado o hecho para amenazar a un adversario o para proceder a las hostilidades de manera de que no quedasen sobrevivientes.

3. Que el autor haya estado en situación de mando o control efectivos respecto de los subordinados a los que haya dirigido la orden o la declaración.

4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional o haya estado relacionado con él.

5. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) xi)-1

Crimen de guerra de mutilación

Elementos

1. Que el autor haya mutilado a una o más personas, en particular desfigurando o incapacitándolas permanentemente o les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.

2. Que la conducta haya causado la muerte a esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud física o mental.

3. Que la conducta no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés (68).

4. Que esa persona o personas hayan estado en poder de una parte enemiga.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionado con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) xi)-2

Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos

Elementos

1. Que el autor haya sometido a una o más personas a un experimento médico o científico.

2. Que el experimento haya causado la muerte de esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud o integridad física o mental.

3. Que la conducta no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.

4. Que esa persona o personas hayan estado en poder de una parte enemiga.

5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

6. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.

Artículo 8 2) e) xii)

Crimen de guerra de destruir o confiscar bienes del enemigo

Elementos

1. Que el autor haya destruido o confiscado un bien.

2. Que ese bien haya sido de propiedad de una parte enemiga.

3. Que ese bien haya estado protegido de la destrucción o confiscación en virtud del derecho internacional de los conflictos armados.

4. Que el autor haya tenido conocimiento de las circunstancias que establecían la condición del bien.

5. Que la destrucción o confiscación no haya sido necesaria por razones militares.

6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya estado relacionada con él.

7. Que el autor haya tenido conocimiento de que había circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.


1. Este párrafo se entenderá sin perjuicio de la obligación que tiene el Fiscal con arreglo al párrafo 1 del artículo 54 del Estatuto.

2. La expresión "dado muerte" es intercambiable con la expresión "causado la muerte".

3. Esta conducta puede incluir, entre otros, actos de tortura, violaciones, violencia sexual o tratos inhumanos o degradantes.

4. La expresión "condiciones de existencia" podrá incluir, entre otras cosas, el hecho de privar a esas personas de los recursos indispensables para la supervivencia, como alimentos o servicios médicos, o de expulsarlos sistemáticamente de sus hogares.

5. La expresión "por la fuerza" no se limita a la fuerza física, sino que puede incluir la amenaza de la fuerza o la coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno de coacción.

6. La política que tuviera a una población civil como objeto del ataque se llevaría a cabo mediante la acción del Estado o de la organización. Esa política, en circunstancias excepcionales, podría llevarse a cabo por medio de una omisión deliberada de actuar y que apuntase conscientemente a alentar un ataque de ese tipo. La existencia de una política de ese tipo no se puede deducir exclusivamente de la falta de acción del gobierno o la organización.

7. La expresión "dado muerte" es intercambiable con la expresión "causado la muerte". Esta nota será aplicable a todos los elementos en que se emplee uno de los dos conceptos.

8. La conducta podría consistir en diferentes formas de matar, ya sea directa o indirectamente.

9. La imposición de esas condiciones podría incluir la privación del acceso a alimentos y medicinas.

10. La expresión "como parte de" comprendería la conducta inicial en un asesinato en masa.

11. Se entiende que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias, incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la conducta descrita en este elemento incluye la trata de personas, en particular de mujeres y niños.

12. "Deportado o trasladado por la fuerza" es intercambiable con "desplazado por la fuerza".

13. La expresión "por la fuerza" no se limita a la fuerza física, sino que puede incluir la amenaza de la fuerza o la coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas u otra o aprovechando un entorno de coacción.

14. Se entiende que no es preciso probar ninguna intención específica en relación con este crimen.

15. El concepto de "invasión" se utiliza en sentido amplio para que resulte neutro en cuanto al sexo.

16. Se entiende que una persona es incapaz de dar su consentimiento genuino si adolece de una incapacidad natural, inducida o debida a la edad. La presente nota se aplica también a los elementos correspondientes del artículo 7 1) g)-3, 5 y 6.

17. Dado el carácter complejo de este crimen, se reconoce que sus autores podrían ser dos o más personas con un propósito delictivo común.

18. Se entiende que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias, incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la conducta descrita en este elemento incluye la trata de personas, en particular de mujeres y niños.

19. Esto no incluye las medidas de control de la natalidad que no tengan un efecto permanente en la práctica.

20. Se entiende que "consentimiento genuino" no incluye el consentimiento obtenido mediante engaño.

21. Este requisito se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 6 de la introducción general a los elementos de los crímenes.

22. Se entiende que no es necesario ningún otro elemento mental de intencionalidad además del que entraña el elemento 6.

23. Dado el carácter complejo de este crimen, se reconoce que en su comisión participará normalmente más de un autor con un propósito delictivo común.

24. El crimen será de la competencia de la Corte únicamente si el ataque indicado en los elementos 7 y 8 se produjo después de la entrada en vigor del Estatuto.

25. Por "detenido" se entiende también el hecho de que el autor haya mantenido detenido a quien ya lo estaba.

26. Se entiende que, en determinadas circunstancias, la aprehensión o la detención puede haber sido lícita.

27. Este elemento, incluido a causa de la complejidad de este delito, se entiende sin perjuicio de la introducción general a los elementos de los crímenes.

28. Se entiende que, en el caso del autor que haya mantenido detenido a alguien que ya lo estaba, se daría ese elemento si el autor fuese consciente de que esa negativa ya había tenido lugar.

29. Por "carácter" se entiende la naturaleza y la gravedad del acto.

30. Por "carácter" se entiende la naturaleza y la gravedad del acto.

31. La expresión "haya dado muerte" es intercambiable con "haya causado la muerte". Esta nota es aplicable a todos los elementos en que se utilice uno de esos conceptos.

32. Este elemento de intencionalidad reconoce la relación entre los artículos 30 y 32. Esta nota también es aplicable al elemento correspondiente de cada uno de los crímenes comprendidos en el artículo 8 2) a) y a los elementos de otros crímenes comprendidos en el artículo 8 2), relativo al conocimiento de circunstancias de hecho que establezcan la condición de personas o bienes protegidos en virtud de las normas de derecho internacional aplicables a los conflictos armados.

33. Con respecto a la nacionalidad queda entendido que el autor únicamente tiene que saber que la víctima pertenecía a la otra parte en el conflicto. Esta nota también es aplicable al elemento correspondiente de cada uno de los crímenes comprendidos en el artículo 8 2) a).

34. El término "conflicto armado internacional" incluye la ocupación militar. Esta nota también es aplicable al elemento correspondiente de cada uno de los crímenes comprendidos en el artículo 8 2) a).

35. Habida cuenta de que, según el elemento 3, todas las víctimas deben "haber estado protegidas" en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949, estos elementos no incluyen el requisito de custodia o control que se encuentra en los elementos del artículo 7 1) e).

36. La expresión "ventaja militar concreta y directa de conjunto" se refiere a una ventaja militar que fuera previsible por el autor en el momento correspondiente. Tal ventaja puede, temporal o geográficamente, estar o no relacionada con el objeto del ataque. El hecho de que en el contexto de este crimen se admita la posibilidad de lesiones o daños incidentales legales no justifica en modo alguno una violación del derecho aplicable en los conflictos armados. No se hace referencia a las justificaciones de la guerra ni a otras normas relativas al jus ad bellum. La norma recoge el requisito de proporcionalidad inherente a la determinación de la legalidad de una actividad militar en el contexto de un conflicto armado.

37. A diferencia de la regla general que se enuncia en el párrafo 4 de la introducción general, este elemento de conocimiento exige que el autor haga el juicio de valor indicado en ella. La evaluación del juicio de valor debe fundarse en la información necesaria que hubiese tenido el autor en el momento del acto.

38. La presencia en una localidad de personas especialmente protegidas con arreglo a los Convenios de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía destinadas al único objeto de mantener el orden público, por sí sola, no convierte a esa localidad en un objetivo militar.

39. Este elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30 y el artículo 32. Las palabras "estaba prohibido" denotan ilegalidad.

40. Este elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30 y el artículo 32. Las palabras "estaba prohibido" denotan ilegalidad.

41. Este elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30 y el artículo 32. El criterio de que el autor "debiera haber sabido", aplicable a los demás crímenes tipificados en el artículo 8 2) b) vii), no lo es aquí porque las prohibiciones correspondientes son de índole reglamentaria y variable.

42. Por "fines de combate" en estas circunstancias se entiende un propósito directamente relacionado con las hostilidades, y no se incluyen las actividades médicas, religiosas o similares.

43. Este elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30 y el artículo 32. Las palabras "estaba prohibido" denotan ilegalidad.

44. El término "trasladar" debe interpretarse con arreglo a las disposiciones pertinentes del derecho internacional humanitario.

45. La presencia en la localidad de personas especialmente protegidas en virtud de los Convenios de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía con el único fin de mantener el orden público no la convierte en un objetivo militar.

46. El consentimiento no es una eximente de este crimen. El crimen prohibe todo procedimiento médico que no sea indicado por el estado de salud y que no corresponda a las normas médicas generalmente aceptadas que se aplicarían en circunstancias médicas similares a los nacionales de la parte que realiza el procedimiento y que no estén en modo alguno privadas de su libertad. Esta nota también se aplica al mismo elemento del artículo 8 2) b) x)-2.

47. Como indica la acepción de la expresión "uso privado o personal", la apropiación necesaria por razones militares no constituye crimen de saqueo.

48. Nada de lo dispuesto en este elemento se interpretará como limitación o en perjuicio de las normas del derecho internacional vigentes o en desarrollo acerca de la elaboración, la producción, el almacenamiento y la utilización de armas químicas.

49. A los efectos de este crimen, el término "personas" puede referirse a personas fallecidas. Se entiende que la víctima no tiene por qué ser consciente de la existencia de un trato humillante o degradante o de un atentado contra su dignidad. Este elemento tiene en cuenta los aspectos pertinentes de la cultura a que pertenece la víctima.

50. El concepto de "invasión" se utiliza en sentido amplio, para que resulte neutro en cuanto al sexo.

51. Se entiende que una persona es incapaz de dar genuino consentimiento si sufre una incapacidad natural, inducida o debida a la edad. Esta nota es también aplicable a los elementos correspondientes del artículo 8 2) b) xxii)-3, 5 y 6.

52. Dado el carácter complejo de este crimen, se reconoce que sus autores podrán ser dos o más personas con un propósito delictivo común.

53. Se entiende que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias, incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la conducta descrita en este elemento incluye la trata de personas, en particular de mujeres y niños.

54. Este acto no incluye las medidas de control de la natalidad cuyos efectos prácticos no sean permanentes.

55. Se entiende que la expresión "genuino consentimiento" no comprende al consentimiento obtenido mediante engaño.

56. En la expresión "personal religioso" se incluye el personal militar no confesional y no combatiente que realiza una función análoga.

57. A los efectos de este crimen, el término "personas" puede referirse a personas fallecidas. Se entiende que la víctima no tiene porque ser personalmente consciente de la existencia de la humillación o degradación u otra violación. Este elemento tiene en cuenta los aspectos pertinentes de la cultura a que pertenece la víctima.

58. Los elementos establecidos en estos documentos no se refieren a las diferentes formas de responsabilidad penal individual según los artículos 25 y 28 del Estatuto.

59. Con respecto a los elementos 4 y 5, la Corte debe considerar si, atendidas todas las circunstancias del caso, el efecto acumulativo de los factores con respecto a las garantías privó a la persona o a las personas de un juicio imparcial.

60. La presencia en la localidad de personas especialmente protegidas en virtud de los Convenios de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía con el único fin de mantener el orden público no la convierte en un objetivo militar.

61. Como indica la acepción de la expresión "uso privado o personal", la apropiación necesaria por razones militares no constituye crimen de saqueo.

62. El concepto de "invasión" se utiliza en sentido amplio, para que resulte neutro en cuanto al sexo.

63. Se entiende que una persona es incapaz de dar genuino consentimiento si sufre una incapacidad natural, inducida o debida a la edad. Esta nota es también aplicable a los elementos correspondientes del artículo 8 2) e) vi)-3, 5 y 6.

64. Habida cuenta de la complejidad de la naturaleza de este crimen, se reconoce que en su comisión podría participar más de un autor, como parte de un común propósito criminal.

65. Se entiende que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias, incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la conducta descrita en este elemento incluye la trata de personas, en particular de mujeres y niños.

66. Este acto no incluye las medidas de control de la natalidad cuyos efectos prácticos no sean permanentes.

67. Se entiende que la expresión "genuino consentimiento" no comprende el consentimiento obtenido mediante engaño.

68. El consentimiento no es una eximente de este crimen. El crimen prohíbe todo procedimiento médico que no sea indicado por el estado de salud de la persona en cuestión y que no corresponda a las normas médicas generalmente aceptadas que se aplicarían en circunstancias médicas similares a los nacionales de la parte que realiza el procedimiento y que no estén en modo alguno privadas de su libertad. Esta nota también se aplica al mismo elemento del artículo 8 2) e) xi)-2.


Corte Penal Internacional

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