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DERECHOS


01ago05

English


Informe de la Corte Penal Internacional.


Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
A/60/177
1° de agosto de 2005
Español
Original: Inglés

COMITé DE DERECHOS HUMANOS
Sexagésimo período de sesiones
Tema 82 del programa provisional [*]


Índice

Asamblea General

Nota del Secretario General

Por la presente se transmite a la Asamblea General el informe de la Corte Penal Internacional con arreglo a las disposiciones del artículo 6 del Acuerdo de relación entre las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (A/58/874, anexo).

Informe de la Corte Penal Internacional correspondiente a 2004

Resumen

La Corte Penal Internacional (en adelante, “la Corte”) es una institución judicial independiente, permanente y basada en un tratado, que tiene jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional, a saber, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra. Al castigar a las personas que cometan esos crímenes se pretende que la Corte contribuya a impedirlos, a la paz y la seguridad internacionales y al respeto por la justicia internacional. La Corte es complementaria de las jurisdicciones nacionales y su Estatuto y Reglas de Procedimiento y Prueba garantizan juicios justos y públicos compatibles con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Para lograr la eficacia de sus actuaciones la Corte necesita la cooperación de los Estados, las organizaciones internacionales y la sociedad civil.

Los magistrados y el Fiscal de la Corte tomaron posesión de sus cargos en 2003. Dos años más tarde la Corte ha comenzado la fase judicial de sus operaciones. Tres Estados partes han remitido situaciones de sus territorios al Fiscal. El Consejo de Seguridad le ha remitido una situación. El Fiscal está investigando tres situaciones (la República Democrática del Congo, Uganda y Darfur (Sudán)) y está siguiendo de cerca otras ocho situaciones. La Corte está realizando actividades sobre el terreno y las Salas de Cuestiones Preliminares han comenzado las primeras actuaciones judiciales.

A la vez que se respeta la necesaria independencia con arreglo al Estatuto de Roma, los diferentes órganos de la Corte coordinan sus actividades en cuestiones de interés común, como la planificación estratégica, las relaciones externas, la información pública y la extensión, y la realización de las actividades sobre el terreno. La Corte está empeñada en la transparencia y la rendición de cuentas de sus actividades y mantiene un diálogo con los Estados partes, los Estados que no son partes, las organizaciones internacionales, en particular las Naciones Unidas, y la sociedad civil.

Los diferentes órganos contribuyen a los objetivos de la Corte de acuerdo con sus respectivos mandatos. La Presidencia tiene diversas funciones administrativas, judiciales y de relaciones externas. Los magistrados se han estado preparando para llevar a cabo las actuaciones judiciales con justicia y rapidez y han empezado a ocuparse de las primeras cuestiones preliminares. La Fiscalía se encarga de analizar la información sobre posibles crímenes, realizar investigaciones y ejercitar acciones penales; en los dos últimos años su labor se ha centrado en constituirse, celebrar consultas con los interesados para formular las estrategias rectoras y poner en marcha las primeras actividades operacionales, incluidas las tres investigaciones en curso. La Secretaría presta apoyo administrativo y operativo a todos los órganos de la Corte al tiempo que desempeña sus mandatos específicos en relación con las víctimas, los testigos, la defensa y la extensión, tanto en la sede como sobre el terreno.

Desde 2002 la Asamblea de los Estados Partes ha celebrado tres períodos de sesiones, en los cuales ha aprobado varios instrumentos, normas, reglamentos y resoluciones que, de acuerdo con el Estatuto de Roma constituyen el marco normativo de las actividades de la Corte. La Asamblea también ha establecido un Comité de Presupuesto y Finanzas a fin de proporcionar un mecanismo adecuado para el examen presupuestario y financiero y la fiscalización de los recursos de la Corte. La Mesa de la Asamblea estableció dos grupos de trabajo.

La Corte ha hecho progresos sustanciales desde que los magistrados y el Fiscal asumieron sus cargos. Sin embargo, no puede salir adelante por sí sola. Su labor es un empeño común, que depende del apoyo y la cooperación de todos los Estados partes, otros Estados, las organizaciones internacionales y la sociedad civil.


I. Introducción

1. La Corte Penal Internacional (en adelante, “la Corte”) fue establecida por el Estatuto de Roma (en adelante, “el Estatuto”), que fue aprobado el 17 de julio de 1998 y entró en vigor el 1º de julio de 2002 [1]. A 1º de julio de 2005, 99 Estados habían ratificado el Estatuto o se habían adherido a él.

2. La Corte es una institución judicial independiente y permanente que tiene jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional, a saber, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra [2]. En el Estatuto se reconoce que la responsabilidad primaria de investigar y castigar esos crímenes corresponde a los Estados. La Corte tiene carácter complementario de las labores de investigación y enjuiciamiento de los crímenes internacionales que realicen los Estados. Sólo puede ejercer su jurisdicción sobre los casos en los cuales los sistemas nacionales no sustancian procesos o cuando no desean o son verdaderamente incapaces de sustanciarlos. Al contribuir a lograr que los autores de genocidios, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra no queden sin castigo se pretende que la Corte ayude a impedir esos graves crímenes internacionales.

3. La Corte es el elemento central de un sistema de justicia penal internacional que está surgiendo e incluye tribunales nacionales, tribunales internacionales y tribunales híbridos con componentes nacionales e internacionales. Estas instituciones de justicia penal también están estrechamente vinculadas a los intentos de establecer y mantener la paz y la seguridad internacionales. En su informe al Consejo de Seguridad de agosto de 2004, el Secretario General de las Naciones Unidas observó que “[n]uestras experiencias [de las Naciones Unidas] durante la pasada década han demostrado con claridad que no es posible consolidar la paz en el período inmediatamente posterior al conflicto ni mantenerla a largo plazo a menos que la población confíe en que se podrá obtener la reparación de las injusticias sufridas a través de estructuras legítimas encargadas del arreglo pacífico de las controversias y la correcta administración de justicia” [3]. La Corte Penal Internacional tiene por objeto contribuir a los intentos de restaurar y mantener la paz y la seguridad internacionales y garantizar que la justicia internacional sea respetada y puesta en práctica en forma duradera.

4. Como institución judicial la Corte está concebida para sustanciar investigaciones, actuaciones judiciales y juicios justos, imparciales y eficaces. En su Estatuto, Reglas de Procedimiento y Prueba [4] y otros textos suplementarios se incluyen salvaguardias minuciosas garantizar la integridad de los procedimientos de la Corte. En todas las fases de las actuaciones, los derechos de los acusados y otros intervinientes están garantizados mediante normas de derecho sustantivo y mecanismos procesales. Además, en el Estatuto figuran disposiciones innovadoras que permiten a las víctimas participar en los procedimientos y obtener reparación de la Corte.

5. Para resultar eficaz la Corte Penal Internacional debe colaborar estrechamente con varios asociados decisivos, como Estados y organizaciones internacionales, regionales y no gubernamentales. La Corte no tiene una fuerza de policía propia capaz de aplicar sus decisiones u órdenes. En su lugar necesita la cooperación de los Estados en muchas esferas, como la reunión de pruebas, la detención y entrega de personas y la ejecución de las sentencias. El Estatuto impone detalladamente a los Estados partes sus obligaciones de cooperación con la Corte, que necesitará también la asistencia de otros Estados que se hallen en situación de prestársela y de organizaciones internacionales, regionales y no gubernamentales. Los acuerdos formales entre la Corte y esos Estados y organizaciones facilitan la cooperación.

6. La cooperación efectiva con las Naciones Unidas es particularmente importante para la Corte. En el Estatuto se reconocen funciones específicas a las Naciones Unidas y al Consejo de Seguridad. En el Acuerdo de relación concluido el 4 de octubre de 2004 entre el Presidente de la Corte y el Secretario General de las Naciones Unidas en nombre de sus respectivas instituciones se afirma la independencia de la Corte al tiempo que se establece un marco para la cooperación [5] y se prevén las relaciones institucionales entre la Corte y las Naciones Unidas, entre ellas, el reconocimiento de la condición de observador en la Asamblea General a la Corte. En el Acuerdo de relación figuran también disposiciones sobre cooperación y asistencia judicial que son decisivas para las actividades operacionales de la Corte.

7. Si bien el Estatuto entró en vigor el 1º de julio de 2002, la Corte no empezó verdaderamente a existir hasta que asumieron sus cargos los magistrados, el Fiscal y el Secretario, en marzo, junio y julio de 2003, respectivamente. Desde entonces los funcionarios que ocupan un cargo electivo y el personal de la Corte han trabajado intensamente para preparar las operaciones judiciales de la Corte. La Corte ha contratado un personal permanente de 323 personas de 58 países, ha formulado sus normas administrativas y ha establecido su infraestructura; concede especial importancia a la contratación de personal muy cualificado. La selección del personal del cuadro orgánico de la Corte se rige en principio por un sistema de límites convenientes basado en el de las Naciones Unidas. Los Estados pueden ayudar a la Corte a encontrar candidatos idóneos de Estados que estén infrarrepresentados.

8. La Corte está comenzando ahora la fase judicial de sus operaciones. Tres Estados partes (Uganda, la República Democrática del Congo y la República Centroafricana) han remitido situaciones de sus respectivos territorios al Fiscal. Además, el Consejo de Seguridad le ha remitido la situación de Darfur (Sudán). Côte d’Ivoire, que no es un Estado parte, ha depositado una declaración en la que acepta la jurisdicción de la Corte. Habiendo evaluado la información de que disponía, el Fiscal ha puesto en marcha investigaciones en la República Democrática del Congo, Uganda y Darfur (Sudán). El Fiscal también ha recibido más de 1.300 comunicaciones relativas a situaciones que podrían corresponder a la competencia de la Corte. Además de las situaciones que se están investigando, el Fiscal está siguiendo de cerca otras ocho situaciones en todo el mundo, en particular en la República Centroafricana y Côte d’Ivoire.

9. La Corte está estableciendo sus operaciones sobre el terreno en conexión con las situaciones investigadas. Las Salas de Cuestiones Preliminares han comenzado las primeras actuaciones judiciales y se espera que los primeros juicios den comienzo en 2006, siempre que la Corte reciba una cooperación suficiente de los Estados para detener y entregar a las personas.


II. Actividades comunes a toda la Corte

10. Garantizar un juicio justo exige respetar la independencia, de conformidad con el Estatuto, de los diferentes órganos de la Corte, a saber, la Presidencia, la Sección de Apelaciones, la Sección de Primera Instancia y la Sección de Cuestiones Preliminares, la Fiscalía y la Secretaría. Aunque respetando esta independencia, los órganos deben trabajar de consuno como una única Corte en cuestiones de interés común.

El Consejo de Coordinación, formado por el Presidente en nombre de la Presidencia, el Fiscal y el Secretario, dirige la Corte velando por la coordinación general entre los órganos en cuestiones administrativas de interés común. El Consejo de Coordinación también invita al Director de la secretaría de la Asamblea de los Estados Partes a participar en reuniones sobre cuestiones de interés común.

11. A fin de lograr un desarrollo eficaz e integrado, la Corte se ha fijado como prioridad el establecimiento de un proceso de planificación estratégica. Está elaborando un plan estratégico de cinco años en el cual se definirán sus objetivos estratégicos y una estrategia para alcanzarlos. Aunque el plan se halla todavía en una fase temprana, la Corte ha definido un conjunto provisional de objetivos y ha avanzado mucho en la preparación de un “modelo de capacidad” que ayudará a planificar coordinadamente sus necesidades de recursos. Las labores realizadas en relación con el plan estratégico ya han contribuido a la cohesión estructural del presupuesto y a la definición y formulación de normas comunes sobre cuestiones como las relaciones externas y las oficinas locales.

12. La Corte está plenamente comprometida con una gestión financiera prudente de sus actividades. Para lograr un mecanismo eficaz de auditoría interna el Consejo de Coordinación ha aprobado una Carta de auditoría interna. Esa Carta aclara y puntualiza el mandato jurídico de la actual Oficina de Auditoría Interna. También establece un Comité de Supervisión para asesorar a la Oficina y vela por la participación de la administración al tiempo que se respeta la independencia de la Oficina.

13. La Corte ha adoptado un planteamiento común de todas sus actividades de relaciones externas, información pública y extensión. Está concertando muy diversos acuerdos para facilitar diferentes aspectos de sus operaciones. Se han celebrado acuerdos con los Gobiernos de la República Democrática del Congo y Uganda para facilitar las actividades de la Corte en relación con las investigaciones en esos países. Como ya se ha indicado, en 2004 la Corte celebró el Acuerdo de relación con las Naciones Unidas. Se está negociando un acuerdo con la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC), así como acuerdos de cooperación con otras organizaciones internacionales y regionales, como por ejemplo la Unión Africana y la Unión Europea. También se han negociado o se negociarán otros acuerdos con diferentes Estados sobre cuestiones concretas de cooperación necesaria, como la aceptación de reclusos condenados por la Corte y la reubicación de testigos. Es importante que los Estados partes celebren acuerdos de este tipo en los que se establece una cooperación esencial con la Corte.

14. Los contactos asiduos con colaboradores interesados contribuyen a la transparencia y rendición de cuentas de la Corte y proporcionan el necesario intercambio de información sobre normas y decisiones fundamentales. La Corte viene celebrando normalmente tres reuniones diplomáticas de información para representantes de Estados al año, dos en La Haya y una en Bruselas. La Corte y sus representantes también se reúnen con regularidad en la sede de la Corte y en otros lugares con representantes de Estados concretos o grupos de Estados o con organizaciones no gubernamentales para intercambiar información. En el proceso de redacción de documentos fundamentales de la Corte se han mantenido consultas con expertos, audiencias públicas en línea y otras formas de comunicación; por ejemplo, en la preparación del Reglamento de la Corte [6] se celebró una audiencia pública en línea sobre cuestiones relacionadas con las víctimas y la defensa. Esa audiencia permitió una amplia participación en el proceso de aprobación del Reglamento y la Corte recibió respuestas de todo el mundo.

15. La Fiscalía y la Secretaría han prestado particular atención a colaborar estrechamente sobre el terreno. La Corte tiene dos oficinas locales: una en Kinshasa y otra en Kampala, así como una presencia sobre el terrero en Bunia (República Democrática del Congo). La Corte está evaluando también sus necesidades en relación con la investigación de Darfur. Estas operaciones sobre el terreno son iniciativas conjuntas de la Fiscalía y la Secretaría y en ellas se realizan las funciones descritas en las secciones que figuran más adelante sobre las actividades de cada órgano.

16. La Corte se ha encontrado con varios problemas para establecer y mantener operaciones sobre el terreno. La seguridad es a menudo un problema, en particular cuando la Corte actúa en situaciones de conflicto activo. Establecer una logística segura también puede ser difícil. Cada situación presenta sus propios problemas en función de la ubicación geográfica y la composición lingüística y cultural de la región. Para ser eficaz la Corte debe establecer contactos en las comunidades locales y encontrar intermediarios fiables para divulgar información y realizar las funciones necesarias. En consecuencia, el éxito de las actividades de la Corte sobre el terreno depende en gran medida de la cooperación que recibe del Estado en que opera, así como de otros Estados y organizaciones internacionales o regionales que puedan influir sobre la cooperación.


III. Presidencia

17. La Presidencia está formada por tres magistrados elegidos por sus pares: el Presidente, Philippe Kirsch (Canadá), la primera Vicepresidenta, Akua Kuenyehia (Ghana) y la segunda Vicepresidenta, Elizabeth Odio Benito (Costa Rica). Las funciones de la Presidencia se pueden agrupar en tres esferas principales: administrativa, judiciales y de relaciones externas.

18. Entre las funciones administrativas de la Presidencia están supervisar administrativamente la Secretaría y garantizar que preste eficazmente sus servicios a los magistrados. En su función supervisora la Presidencia ha contribuido a diversas normas administrativas y ha publicado directrices presidenciales sobre cuestiones como el Reglamento del Personal, la seguridad de la información y los fondos fiduciarios de la Corte.

19. En el ejercicio de sus funciones judiciales la Presidencia organiza el trabajo judicial de las Salas y desempeña las funciones judiciales concretas que le asignan el Estatuto, las Reglas de Procedimiento y Prueba y el Reglamento de la Corte. Entre otras actividades la Presidencia ha convocado seis sesiones plenarias de los magistrados, ha constituido las Salas de Cuestiones Preliminares y ha distribuido entre ellas las situaciones remitidas al Fiscal. La Presidencia ha aprobado modelos de formularios para que las víctimas soliciten participar en las actuaciones y está estudiando modelos de formularios para que las víctimas soliciten reparación. La Presidencia también se ha puesto en contacto con Estados para ver si estarían dispuestos a ser incluidos en una lista de Estados que aceptan personas condenadas a pena de prisión por la Corte.

20. Entre las actividades de relaciones externas de la Presidencia están la negociación y celebración de acuerdos en nombre de la Corte y la promoción del conocimiento y la comprensión de la Corte por el público. El Presidente se ha reunido con Jefes de Estado y de Gobierno, funcionarios gubernamentales, representantes de Estados, parlamentarios y representantes de organizaciones internacionales y regionales. Ha realizado también una importante labor de información sobre las funciones de la Corte dirigida a las organizaciones no gubernamentales, el mundo académico, los medios de difusión y el público en general. El objeto de esas iniciativas es mejorar la comprensión de la Corte y con ello aumentar su aceptación.


IV. Salas Presidencia

21. Las Salas se componen de 18 magistrados, incluidos los integrantes de la Presidencia, organizados en tres secciones. Los magistrados en activo, todos los cuales asumieron su cargo en marzo de 2003, son los siguientes:

    a) Sección de Apelaciones: Georghios Pikis (Chipre), Presidente de la Sección, Philippe Kirsch (Canadá), Navanethem Pillay (Sudáfrica), Sang-Hyun Song (República de Corea), y Erkki Kourula (Finlandia);

    b) Sección de Primera Instancia: Elizabeth Odio Benito (Costa Rica), Karl T. Hudson-Phillips (Trinidad y Tabago), Maureen Harding Clark (Irlanda), René Blattmann (Bolivia), Anita Ušacka (Letonia), y Adrian Fulford (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

    c) Sección de Cuestiones Preliminares: Hans-Peter Kaul (Alemania), Presidente de la Sección, Akua Kuenyehia (Ghana), Claude Jorda (Francia), Tuiloma Neroni Slade (Samoa), Mauro Politi (Italia), Fatoumata Dembele Diarra (Malí), y Sylvia Steiner (Brasil).

22. Al asumir el cargo los magistrados empezaron a prepararse para garantizar que todas las actuaciones ante la Corte sean justas, independientes, imparciales y eficaces. En mayo de 2004 aprobaron el Reglamento de la Corte, de acuerdo con el artículo 52 del Estatuto. Este Reglamento abarca todas las actividades de la Corte y es necesario para su funcionamiento ordinario; fue examinado por los Estados partes, que no formularon ninguna objeción, aunque los magistrados sí recibieron y estudiaron algunas observaciones sobre él e introdujeron algunas revisiones técnicas en la versión francesa. En el Reglamento se pedía a los magistrados que aprobasen un Código de ética judicial. Este Código, que constituía una innovación para los tribunales penales internacionales, fue aprobado por los magistrados en su sesión plenaria de marzo de 2005 [7].

23. Los magistrados también se han estado preparando para los aspectos técnicos de los procedimientos. Se reúnen en salas, secciones, sesiones plenarias y otras reuniones ordinarias para coordinar y examinar cuestiones de interés común, como los aspectos prácticos de la participación de las víctimas en los procedimientos, la declaración acerca de la prueba documental, la presentación de pruebas, la traducción e interpretación y cuestiones relacionadas con la defensa y la acusación.

24. La Corte ha comenzado las primeras actuaciones judiciales relacionadas con cuestiones preliminares. La Presidencia ha constituido tres Salas de Cuestiones Preliminares [8] y ha distribuido cada una de las situaciones remitidas al Fiscal del modo siguiente:

    a) Sala I de Cuestiones Preliminares: República Democrática del Congo y Darfur (Sudán);

    b) Sala II de Cuestiones Preliminares: Uganda;

    c) Sala III de Cuestiones Preliminares: República Centroafricana.

25. El 17 de febrero de 2005 la Sala I de Cuestiones Preliminares dictó la primera decisión judicial de las salas en un caso, decidiendo celebrar consultas con el Fiscal y sus representantes sobre la situación en la República Democrática del Congo [9]. Desde entonces la Sala ha celebrado varias audiencias y ha dictado varias decisiones en relación con esa situación [10].


V. Fiscalía

26. La Fiscalía se encarga de recibir y analizar remisiones e información a fin de determinar si existe un fundamento razonable para investigar; de realizar investigaciones sobre genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, y de ejercitar acciones penales ante la Corte contra las personas responsables de esos crímenes.

27. El Fiscal Jefe, Luis Moreno-Ocampo (Argentina), ocupó su cargo el 16 de junio de 2003. En los dos años transcurridos desde entonces las prioridades fundamentales han sido las siguientes: a) crear la Fiscalía y contratar al equipo para ella; b) celebrar consultas y establecer un diálogo con los interesados para formular las estrategias rectoras, y c) poner en marcha las primeras actividades operacionales, que en la actualidad incluyen investigaciones sobre tres situaciones: Uganda, la República Democrática del Congo y Darfur (Sudán).

28. La Fiscalía debe realizar sus actividades en contextos en que imperan la violencia y la inestabilidad, sin gozar de un dispositivo coercitivo propio, y se espera que lo haga de modo ejemplar y con una buena relación costo-eficacia. Ha adoptado varias decisiones estratégicas esenciales para orientar sus operaciones, entre las cuales cabe citar: un planteamiento de colaboración con la comunidad internacional, promoviendo una fuerte cooperación; un criterio positivo respecto de la complementariedad, alentando las actuaciones judiciales nacionales genuinas siempre que sea posible; una política de enjuiciamiento orientado, centrándose en las personas que tienen la mayor responsabilidad; investigaciones eficaces y acusaciones focalizadas; y una Fiscalía pequeña y flexible apoyada en redes externas de asistencia. En 2004 la Fiscalía puso en marcha investigaciones sobre las dos situaciones más graves que corresponden a su competencia (la República Democrática del Congo y Uganda) y lo hizo con el acuerdo de los Estados territoriales.

Creación de la Fiscalía

29. La Fiscalía, de estar integrada por siete personas cuando asumió su cargo el Fiscal, ha pasado a tener 91 personas contratadas a plazo fijo en julio de 2005. El fiscal adjunto encargado de las investigaciones, Serge Brammertz (Bélgica), asumió su cargo el 3 de noviembre de 2003 y la fiscal adjunta encargada de las acciones penales, Fatou Bensouda (Gambia), el 1° de noviembre de 2004.

30. La Fiscalía ha examinado en forma crítica su organización y la ha perfeccionado a fin de lograr la estructura que mejor refleje sus funciones. En virtud de un planteamiento multidisciplinario, investigadores, analistas, abogados, asesores de cooperación, expertos de las víctimas y otras personas colaboran en el objetivo común de hacer investigaciones centradas y efectivas. Un Comité Ejecutivo formado por los jefes de secciones y presidido por el Fiscal asesora sobre las principales decisiones, como el inicio de investigaciones, y promueve la coordinación de actividades.

31. La Fiscalía también ha preparado instrumentos jurídicos para realizar sus labores con eficacia, como plantillas y bases de datos para preparar y seguir las peticiones de asistencia, y cuatro protocolos internos para velar por el cumplimiento de las obligaciones que figuran en el Estatuto sobre revelación de información, interrogatorios de los testigos, el principio de objetividad y las oportunidades únicas de proceder a una investigación. Está preparando igualmente una aplicación para la gestión de los casos (la “matriz de casos”) y materiales analíticos sobre crímenes y procedimientos del Estatuto.

Consultas con colaboradores

32. De acuerdo con la concepción de la Corte como un todo, desde el principio de su mandato el Fiscal inició la práctica de consultar con los interesados, celebrando una audiencia pública en junio de 2003 para recibir informaciones sobre la estrategia general y las tareas prioritarias. En esa audiencia se examinó un proyecto de documento normativo, que también se puso a disposición del público en el sitio en la Web para que formulara observaciones y se terminó en septiembre de 2003. Además, a fin de recibir observaciones, en el sitio en la Web se ha colgado igualmente un proyecto de anexo del documento normativo, relativo al análisis de remisiones y comunicaciones.

33. La Fiscalía también llevó a cabo varios procesos de consulta con expertos, en los cuales participaron más de 125 expertos en justicia penal, para preparar informes sobre cuestiones como la duración del procedimiento, las investigaciones y la cooperación de los Estados y la complementariedad en la práctica. Los informes se pueden consultar en el sitio de la Corte en la Web.

34. La Fiscalía ha continuado con esta práctica de consultas, incluidas varias reuniones con organizaciones no gubernamentales entre 2003 y 2005, y una primera reunión con los Estados partes el 20 de junio de 2005 para examinar las estrategias y actividades de la Fiscalía. En la actualidad está elaborando una metodología para valorar el interés de la justicia (artículo 53 del Estatuto de Roma) y está celebrando consultas con Estados partes, las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales sobre ésta y otras cuestiones.

Actividades

35. Como ya se ha señalado, la Fiscalía ha iniciado investigaciones sobre tres situaciones (la República Democrática del Congo, Uganda y Darfur (Sudán)) y también está reuniendo información sobre otras ocho situaciones de trascendencia.

36. La Fiscalía está investigando la situación en Uganda, donde se han denunciado secuestros, asesinatos, torturas y violencia sexual, a gran escala. La mayoría de los presuntos secuestrados son menores. La investigación en Uganda se halla bastante avanzada después de 10 meses de trabajo. La Fiscalía ha hecho más de 50 viajes sobre el terreno; ha entrevistado a testigos presenciales, testigos no presenciales y otros, y ha reunido documentos, vídeos, fotografías y otros materiales. La Fiscalía celebró un acuerdo de cooperación con el Gobierno de Uganda; tanto éste como otros colaboradores le prestan una excelente cooperación. La Fiscalía ha llevado a cabo varias misiones para establecer relaciones de cooperación con grupos locales y examinar los intereses de las víctimas y ha invitado a líderes de las comunidades a La Haya para estudiar cómo coordinar las labores respectivas. La Fiscalía y la Secretaría han establecido una oficina local en Uganda.

37. La Fiscalía está investigando la situación en la República Democrática del Congo, donde se han denunciado miles de muertes por asesinatos masivos y ejecuciones sumarias desde 2002, así como violaciones, torturas y utilización de niños soldados en gran escala. Existen muchas zonas extremadamente inseguras y en conflicto, sin una presencia estatal efectiva. Al parecer, en los crímenes participan numerosos grupos armados activos en el país. Dada la escala de la situación, la investigación de casos de la República Democrática del Congo procederá por etapas. Uno o dos casos, seleccionados en razón de la gravedad, han recibido prioridad en 2005, y otros se tramitarán posteriormente. Las primeras investigaciones están avanzando bien. La Fiscalía ha hecho más de 50 viajes sobre el terreno; ha reunido más de 11.000 documentos; ha entrevistado a más de 60 personas y ha reunido documentos, vídeos, fotografías y otros materiales. La Fiscalía y la Secretaría han establecido una oficina local en Kinshasa y una presencia sobre el terreno en Bunia. La Fiscalía ha celebrado un acuerdo de cooperación con el Gobierno; sin embargo, éste enfrenta grandes problemas logísticos y muchas zonas no están bajo su control efectivo, de modo que la incapacidad de apoyarse en una cooperación efectiva sigue siendo un gran problema para la investigación. La cooperación de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC) será fundamental, así como la de otros agentes que tengan información pertinente.

38. La Fiscalía está investigando la situación en Darfur (Sudán), donde se han denunciado la matanza de miles de civiles y una destrucción y saqueo de aldeas generalizados, que han conducido al desplazamiento de aproximadamente 1.900.000 civiles; también se han denunciado violaciones y violencia sexual generalizadas y una intimidación y hostigamiento permanentes del personal humanitario. Después de la remisión la Fiscalía reunió más de 2.500 elementos procedentes de la Comisión Internacional de Investigación para Darfur, así como más de 3.000 documentos de otras fuentes. También entró en contacto con más de 100 grupos y particulares y entrevistó a más de 50 expertos. El Fiscal puso en marcha una investigación el 1° de junio de 2005 e informó a la Sala I de Cuestiones Preliminares, a lo cual siguió un anuncio público.

39. La Fiscalía ha estado en contacto con autoridades del Sudán, la Unión Africana, las Naciones Unidas y otros colaboradores para intercambiar ideas acerca de la cooperación. El Fiscal presentó un informe al Consejo de Seguridad el 29 de junio de 2005. La Fiscalía determinará a quiénes incumbe mayor responsabilidad en los crímenes y estudiará la admisibilidad de los casos seleccionados. La Fiscalía está planificando su investigación y está trabajando activamente en promover el apoyo operacional.

40. La cooperación es fundamental para todas las investigaciones. La Fiscalía ha celebrado acuerdos de cooperación para facilitar su labor en virtud del apartado d) del párrafo 3 del artículo 54 del Estatuto de Roma, entre otros con Uganda, la República Democrática del Congo y la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), así como con algunos Estados partes y organizaciones no gubernamentales, y participa en la negociación de acuerdos aplicables a toda la Corte con actores fundamentales como la Unión Africana, la Unión Europea y la MONUC.


VI. Secretaría

41. La Secretaría está dirigida por el Secretario, Bruno Cathala (Francia), que fue elegido por los magistrados el 24 de junio de 2003. Las funciones básicas de la Secretaría son las siguientes: prestar apoyo administrativo y operacional a los magistrados y a la Fiscalía y a las actividades de la Secretaría en las esferas de la defensa, las víctimas, las comunicaciones y la seguridad, prestar servicios a la Corte, e idear mecanismos eficaces para ayudar a las víctimas, los testigos y la defensa con miras a salvaguardar sus derechos de acuerdo con el Estatuto y las Reglas de Procedimiento y Prueba. Asimismo, desempeña una función fundamental para garantizar las actuaciones públicas. Además de sus actividades en la sede, tras la puesta en marcha de las tres investigaciones de la Fiscalía la Secretaría está estableciendo y desarrollando operaciones sobre el terreno.

Sede

42. Durante los dos últimos años la Secretaría ha trabajado en la creación de estructuras de apoyo operacionales y administrativas para la Corte en su conjunto, al tiempo que establecía los mecanismos, políticas y reglamentos necesarios para desempeñar su mandato en las esferas de la reparación a las víctimas y la participación de las víctimas, la protección de los testigos, la defensa y la divulgación.

43. A medida que se desarrolla la Corte la Secretaría debe garantizar que las estructuras administrativas responden a sus necesidades. La Secretaría ha establecido mecanismos, políticas pertinentes y procedimientos para velar por la prestación eficiente y efectiva de servicios de elevada calidad a todos los órganos de la Corte. Entre otras cosas, ha preparado las solicitudes presupuestarias anuales de la Corte, ha hecho públicas políticas y normas como el Reglamento del Personal, ha terminado las salas de los tribunales, ha celebrado diferentes contratos y ha ejecutado un plan de adquisiciones para la Corte. A fin de que la Corte opere de modo eficaz y trabaje en un entorno basado en la Web, la Secretaría ha establecido varios sistemas de información; también ha emprendido estudios comparativos en relación con el establecimiento de los locales permanentes de la Corte.

44. La División de Servicios de la Corte ha creado las estructuras necesarias para velar por el apoyo organizativo para las vistas en las salas de juicio, la recepción, registro y distribución de información, y los servicios de traducción e interpretación de toda la Corte. Se han encontrado instalaciones provisionales de detención y pronto se terminarán de diseñar las instalaciones permanentes.

45. Una de las funciones específicas de la Secretaría es garantizar la representación adecuada de las víctimas que deseen participar en las actuaciones u obtener reparación. Una Oficina de Asistencia Jurídica Pública proporcionará a las víctimas la asistencia jurídica necesaria. Para ayudarles a participar en todas las fases del procedimiento y permitirles demandar una reparación, la Secretaría ha creado modelos de formularios de solicitud de participación de las víctimas y para obtener reparación. La Presidencia ha aprobado los formularios de participación de las víctimas y está estudiando los formularios de solicitud para obtener reparación. Consciente de la importancia de informar a las poblaciones afectadas sobre el mandato de la Corte y sus actuaciones, la Dependencia de Reparación a las Víctimas y de Participación de las Víctimas ha diseñado campañas de extensión y materiales informativos sobre los derechos de las víctimas. Se ha creado un Fondo Fiduciario en beneficio de las víctimas y se aceptan con beneplácito las aportaciones voluntarias.

46. La Secretaría ha creado un sistema de asistencia letrada para lograr medios suficientes para la defensa y el debido respeto de los derechos de los acusados, al tiempo que se mantienen la transparencia y la rendición de cuentas en la administración y el control de los recursos de la Corte. La Oficina de Asistencia Jurídica Pública prestará apoyo a los abogados defensores y a los acusados, incluso mediante la representación y la protección de los derechos de los acusados durante las fases iniciales de una investigación. A fin de desempeñar apropiadamente su mandato sobre cuestiones relacionadas con la defensa, la Secretaría ha celebrado amplias consultas con abogados, colegios de abogados y otros colaboradores interesados. La Mesa de la Asamblea de los Estados Partes ha revisado el proyecto de Código de conducta profesional de los abogados y lo someterá a la aprobación de la Asamblea en su próximo período de sesiones.

47. La Secretaría ha proseguido sus intentos de hacer más conocida la Corte y sus actividades organizando reuniones de información, seminarios y talleres en la sede destinados a medios de difusión, profesionales y estudiantes de diferentes continentes. También ha reforzado la capacidad de información pública de la Corte para contribuir a la prestación de servicios de extensión en los países en que está activa y se ha creado igualmente un centro de documentación. La Corte mantiene un sitio en la Web para compartir efectivamente información con los medios de difusión, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones educativas, los Estados partes y el público en general [11].

48. Al igual que ocurre con la Corte en su conjunto, la Secretaría reconoce la importancia de un diálogo sistemático con los colaboradores. El Secretario ha celebrado consultas con Estados partes en la sede de la Corte y en Nueva York. La Secretaría también mantiene un diálogo constructivo con el Estado anfitrión sobre diferentes aspectos de las labores de la Corte. El Secretario ha celebrado reuniones en la sede de la Corte con organizaciones no gubernamentales sobre cuestiones que forman parte de las funciones de la Secretaría. En la preparación de documentos como el Reglamento de la Secretaría, el proyecto de Código de conducta profesional de los abogados y los modelos de formularios de solicitud anteriormente mencionados, se celebraron amplias consultas con expertos y en línea, así como seminarios con un amplio abanico de interesados.

Actividades sobre el terreno

49. Sobre el terreno la Secretaría presta apoyo administrativo a las actividades locales de la Corte y desempeña su mandato específico en las esferas de las víctimas, los testigos, la defensa y la extensión.

50. El apoyo a las actividades sobre el terreno implica, entre otras cosas, encontrar locales seguros, instalar equipos seguros para hacer frente a las necesidades en materia de tecnología de la información y de servicios generales y obtener medios de transporte seguros, como vehículos adaptados al terreno. También se debe garantizar la seguridad de los equipos de la Corte que trabajan sobre el terreno, las víctimas y los testigos. Las necesidades de logística y seguridad pueden variar mucho según las situaciones. En zonas donde tienen presencia las Naciones Unidas, la cooperación con ellas facilita las operaciones sobre el terreno de la Corte.

51. En el desempeño de su mandato específico, la Secretaría reconoce plenamente la importancia de contar con una sólida capacidad nacional y fuertes redes locales establecidas en los países en que la Corte realiza actividades sobre el terreno. La Secretaría ha puesto en marcha varios programas de capacitación destinados a autoridades locales, como la policía, medios de difusión, abogados defensores, magistrados y organizaciones no gubernamentales en la República Democrática del Congo y Uganda. El apoyo y la cooperación de los Estados partes en relación con el fortalecimiento de la capacidad de los agentes locales y la creación de redes locales son decisivos.

52. Respecto de la extensión, la Secretaría depende de los agentes locales. Es prioritario determinar quiénes pueden ser intermediarios fiables a quienes recurrir para llegar a las comunidades afectadas y las víctimas y proporcionarles capacitación adecuada. La Corte debe asegurarse de que esos intermediarios le faciliten información exacta y oportuna. La Secretaría ha creado productos informativos, planes de acción y directorios de colaboradores decisivos o grupos destinatarios y ha establecido canales de comunicación. También se han sentado las bases para facilitar información sobre los juicios. En sus labores sobre el terreno, la Secretaría está adaptando sus métodos de trabajo a la realidad local teniendo en cuenta las culturas y costumbres locales.


VII. Asamblea de los Estados Partes

53. Después de celebrar sus dos primeros períodos de sesiones en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, la Asamblea de los Estados Partes celebró el tercero en La Haya, del 6 al 10 de septiembre de 2004 [12]. El cuarto período de sesiones se celebrará también en La Haya del 28 de noviembre al 3 de diciembre de 2005, aunque su continuación está prevista en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York los días 26 y 27 de enero de 2006. En la continuación del período de sesiones la Asamblea procederá a elegir a seis magistrados y seis integrantes del Comité de Presupuesto y Finanzas. El período de presentación de candidaturas para magistrados e integrantes del Comité se estableció del 18 de julio al 9 de octubre de 2005.

54. Por lo que se refiere a los órganos subsidiarios, en 2002 la Asamblea estableció el Comité de Presupuesto y Finanzas. éste tiene a su cargo el examen técnico de los documentos presentados a la Asamblea que tengan consecuencias financieras o presupuestarias o de cualquier otro asunto de carácter financiero, presupuestario o administrativo que le encomiende la Asamblea [13]. El Comité celebrará su quinto período de sesiones del 10 al 14 de octubre de 2005 en La Haya; en él, entre otras cosas, examinará el proyecto de presupuesto para 2006, los informes de ejecución de 2004 y 2005 y las propuestas sobre los locales permanentes de la Corte.

55. En virtud de la resolución ICC-ASP/3/Res.8 [14] de la Asamblea, de 1º de diciembre de 2004, la Mesa de la Asamblea estableció dos grupos de trabajo, basados en La Haya y Nueva York. El grupo de trabajo de La Haya estudió las siguientes cuestiones: los locales permanentes de la Corte, el proyecto de Código de conducta profesional de los abogados, y cuestiones relativas al Estado anfitrión, incluido el proyecto de acuerdo sobre la sede. Por su parte, el grupo de trabajo de Nueva York estudió las cuestiones siguientes: la relación con las Naciones Unidas, en particular la cuestión de una oficina de enlace para la Corte en las Naciones Unidas, los atrasos de los Estados partes, y el proyecto de Reglamento del Fondo Fiduciario en beneficio de las víctimas. La Asamblea examinará los resultados de esos estudios en su cuarto período de sesiones.

56. La segunda reunión oficiosa entre períodos de sesiones del Grupo de Trabajo Especial sobre el crimen de agresión se celebró del 13 al 15 de junio de 2005 en el Instituto de Liechtenstein sobre la Libre Determinación, Woodrow Wilson School, Universidad de Princeton (Estados Unidos de América) [15].


VIII. Conclusiones

57. El establecimiento de la Corte Penal Internacional fue un avance histórico en el intento de impedir los crímenes internacionales más graves y exigir responsabilidades a sus autores. Además, el Grupo de alto nivel de las Naciones Unidas sobre las amenazas, los desafíos y el cambio concluyó que, con respecto a la prevención de conflictos, “entre los principales acontecimientos registrados recientemente en la esfera jurídica se destaca la aprobación del Estatuto de Roma, en virtud del cual se estableció la Corte Penal Internacional” [16].

58. Transcurridos dos años desde que los magistrados, el Fiscal y el Secretario asumieron sus funciones, la Corte está avanzando significativamente en el desarrollo de su capacidad y el ejercicio de sus funciones básicas. Sin embargo, la Corte no puede salir adelante por sí sola. Su labor es un empeño común, que depende del apoyo y la cooperación de todos los Estados partes, otros Estados, las organizaciones internacionales y la sociedad civil.

Notes

[*] A/60/150.[Volver]

[1] Documentos Oficiales de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una corte penal internacional, Roma, 15 de junio a 17 de julio de 1998, vol. I: Documentos finales (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.I.5), secc. A.[Volver]

[2] Se puede encontrar información adicional sobre la Corte y sus actividades en su sitio en la Web: http://www.icc-cpi.int; en él se incluyen comunicados de prensa e información sobre cada uno de los órganos de la Corte y la Asamblea de los Estados Partes. Entre los documentos disponibles en el sitio en la Web están las decisiones de las Salas que no son de naturaleza confidencial, el Boletín Oficial de la Corte y documentos oficiales de la Asamblea de los Estados Partes.[Volver]

[3] S/2004/616, párr. 2.[Volver]

[4] Documentos Oficiales de la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, primer período de sesiones, Nueva York, 3 a 10 de septiembre de 2002 (ICC-ASP/1/3), parte II, secc. A.[Volver]

[5] Ibíd., tercer período de sesiones, La Haya, 6 a 10 de septiembre de 2004 (ICC-ASP/3/25) part II, resolución ICC-ASP/3/Res.1, anexo; documento de las Naciones Unidas A/58/874, anexo. Aprobado por la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma el 7 de septiembre de 2004, y por la Asamblea General en su resolución 58/318, de 13 de septiembre de 2004.[Volver]

[6] Reglamento de la Corte, aprobado el 26 de mayo de 2004; Boletín Oficial de la Corte Penal Internacional, (documento ICC-BD/01-01-04).[Volver]

[7] Código de ética judicial, aprobado el 9 de marzo de 2005; Boletín oficial de la Corte Penal Internacional (documento ICC-BD/02-01-05).[Volver]

[8] Integran las tres Salas de Cuestiones Preliminares los siguientes magistrados:

    Sala I de Cuestiones Preliminares: Magistrados C. Jorda (presidente), A. Kuenyehia y S. Steiner;
    Sala II de Cuestiones Preliminares: Magistrados T. N. Slade (presidente), M. Politi y F. Diarra; y
    Sala III de Cuestiones Preliminares: Magistrados Steiner (presidenta), T. N. Slade y H-P. Kaul.[Volver]

[9] Sala I de Cuestiones Preliminares, “Decisión de celebrar consultas”, relativa a la situación en la República Democrática del Congo, decisión ICC No. 01-04-09, de 17 de febrero de 2005.[Volver]

[10] Las decisiones de las Salas que no tienen carácter confidencial pueden consultarse en el sitio de la Corte en la Web (ver más arriba, nota 2).[Volver]

[11] Véase más arriba, nota 2.[Volver]

[12] Documentos Oficiales de la Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, tercer período de sesiones, La Haya, 6 a 10 de septiembre de 2004 (ICC-ASP/3/25).[Volver]

[13] Ibíd., primer período de sesiones, Nueva York, 3 a 10 de septiembre de 2002 (ICC-ASP/1/3), parte IV, resolución ICC-ASP/1/Res.4.[Volver]

[14] Ibíd., tercer período de sesiones, La Haya, 6 a 10 de septiembre de 2004 (ICCP-ASP/3/25) parte III.[Volver]

[15] Véase el documento ICC-ASP/4/SWGCA/INF.1.[Volver]

[16] A/59/565, párr. 90.[Volver]


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