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08nov12


Honduras pide a la ONU que intervenga para lograr co-soberanía en Golfo de Fonseca


La secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras le pidió al Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) su intervención para mediar en el conflicto del golfo de Fonseca, donde convergen un millón de personas de Honduras, El Salvador y Nicaragua.

Mediante un escrito, la Cancillería hondureña le pide al organismo mundial su apoyo para hacer respetar la sentencia del 11 de septiembre de 1992, al tiempo que solicita al secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, brindar la asistencia que considere necesaria a la comisión Trilateral que han conformado los gobiernos de Honduras, El Salvador y Nicaragua para retomar la negociación y puesta en marcha de un régimen de co-soberanía en el golfo de Fonseca, con la intención de lograr el desarrollo integral, social, económico y ecológico de la zona.

El documento enviado por la Cancillería hondureña hace énfasis que la asistencia de la ONU debería procurar la conformación de una autoridad tri-nacional que asuma la responsabilidad en cuanto al seguimiento y cumplimiento de las normas y regulaciones para lograr el bien de más de un millón de personas que convergen en el golfo de Fonseca, facilitando el comercio marítimo internacional.

En ese sentido, el canciller Arturo Corrales Álvarez, solicita que se exhorte a la Secretaría General, a las agencias especializadas de las Naciones Unidas y otros estados de las partes en conflicto para que presten su concurso financiero, técnico y científico en el esfuerzo de convertir la bahía del golfo de Fonseca en una zona de paz, de crecimiento económico y prosperidad para las tres naciones.

Recuento de los hechos

El 18 de enero de 2002, el gobierno de Honduras presentó al Consejo de Seguridad de la ONU un informe y una solicitud de asistencia en aplicación de los previsto en el numeral 2 de artículo 94 de la carta de las Naciones Unidas, sobre la situación de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 11 de septiembre de 1992 en el caso de la controversia terrestre, insular y marítima entre Honduras, El Salvador y Nicaragua.

Posteriormente, el 27 de agosto de 2002, el gobierno de El Salvador comunicó al organismo internacional que "no tiene ninguna objeción para que el Consejo de Seguridad conozca la solicitud presentada por el gobierno de la República de Honduras…".

Luego de 10 años de haber presentado ese escrito con relación a la frontera terrestre, la cancillería hondureña le comunica al Consejo de Seguridad que habiendo ejercitado su derecho de pedir a la Comisión Interamericana de Geografía e Historia, conforme al convenio de demarcación, el nombramiento de un dirimente que desbloqueara los trabajos de demarcación que por diez años habían permanecido paralizados.

En abril de 2003, dicho instituto nombró como dirimente al ingeniero John Gates, quien desempeñó sus funciones de mayo de 2003 a agosto de 2004.

Como resultado de la gestión del dirimente, en la declaración presidencial de El Poy, del 18 de abril de 2006, reza textualmente: "Que la frontera ha quedado señalizada a perpetuidad por medio de los puntos definidos por el Tratado General de Paz y sentencia de la Corte Internacional de Justicia, lo que ha sido debidamente posicionados con coordenadas geodésicas de alta precisión e identificados in-situ con monumentos construidos de conformidad a las normas y procedimientos establecidos… mediante la cual se da por finalizada la monumentación de la demarcación de los puntos delimitados por el Tratado General de Paz y la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia".

Sobre la Isla Conejo

Referente a la Isla Conejo, el 10 de septiembre de 2002, el gobierno de El Salvador presentó ante la Corte Internacional de Justicia una solicitud de revisión de su sentencia del 11 de septiembre de 1992 con relación al sector de desembocadura del Río Goascorán, del cual la Isla Conejo es un apéndice, al extremo de que, durante baja la marea, se forma una playa entre la isla y la costa hondureña.

El Salvador esperaba que si la Corte hubiera admitido su solicitud, habría tenido la posibilidad de obtener una nueva decisión adjudicándole al sector de la desembocadura del río Goascorán y la Isla Conejo como apéndice del mismo.

La Corte declaró inadmisible dicha solicitud en sentencia del 18 de diciembre de 2003, a la luz de la fallida revisión, el gobierno de El Salvador ha invocado otra pretensión artificial sobre la Isla Conejo, la cual ha sido rechazada por el gobierno de Honduras.

El gobierno de Honduras ha expresado su disconformidad a su homólogo de El Salvador ante la falta de ejecución de la sentencia del 11 de septiembre de 1992, al interior del golfo en las aguas no delimitadas, en la línea de cierre o bocana del golfo y en cuando a la proyección de sus espacios marítimos en el Océano Pacífico a partir de la línea base localizada en la línea de cierre del golfo de Fonseca y el libre desplazamiento de naves del Estado de Honduras, de y hacia el Océano Pacífico.

Después de lo anteriormente descrito, el gobierno de Honduras a través de la cancillería, lamenta la falta de ejecución de la referida sentencia porque viola las normas y principios que la comunidad internacional ha venido consolidando, a fin de asegurar la convivencia armónica entre Estados. Las sentencias de la Corte Internacional de Justicia son de obligatorio cumplimiento y deben ejecutarse de buena fe, puntualizó el comunicado de Relaciones Exteriores.

[Fuente: Proceso Digital, Tegucigalpa, 08nov12]

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