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07mar16

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Medida Cautelar 112/16 - Miembros de COPINH, familiares de Berta Cáceres y otro, Honduras


El 5 de marzo de 2016, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de la vida e integridad personal de los miembros de COPINH, la familia de Berta Cáceres y Gustavo Castro en Honduras.

La solicitud de medidas cautelares alega que los beneficiarios miembros del COPINH se encuentran en una situación de riesgo como consecuencia de sus actividades en la defensa de los derechos humanos, medio ambiente y recursos naturales; la familia de Berta Cáceres debido al reciente asesinado de la activista integrante de COPINH; y Gustavo Castro por haber sido testigo de dicho asesinato.

Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho, la Comisión considera que la información presentada demuestra, en principio, que los miembros de COPINH, los familiares de Berta Cáceres y Gustavo Castro se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que su vida e integridad personal estarían amenazadas y en riesgo.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó a Honduras que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad de personal de los miembros de COPINH, los familiares de Berta Cáceres y Gustavo Castro.

Tomando en cuenta la información presentada que indica que Gustavo Castro ha decidido salir del país para salvaguardar su seguridad, la CIDH considera necesario que el Estado tome todas las medidas necesarias para asegurar su seguridad durante todo el proceso para preparar y completar su salida; que adopte las medidas necesarias para que los miembros del COPINH puedan desarrollar sus actividades como defensores de derechos humanos, sin ser objeto de actos de violencia, amenazas y hostigamientos; que concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes; y que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de medidas cautelares y así evitar su repetición.

[Fuente: Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Washington, 07mar16]

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