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jun11


Del Silencio a la Memoria
Revelaciones del Archivo Histórico de la Policía Nacional
Volumen 1 [Sexta Parte]


CONSIDERACIONES FINALES

Este informe presentado por el Archivo Histórico de la Policía Nacional (AHPN), producto de la investigación documental, constituye un primer abordamiento profundo respecto a indicios de violaciones de derechos humanos. Se pone a disposición pública con el propósito de dar a conocer aspectos básicos de la estructura y funcionamiento de la Policía Nacional, prácticas, conductas usuales y evolución de las mismas, especialmente entre los años 1975-1985, período al que se dio prioridad en esta primera fase de indagaciones. Se señala asimismo, las relaciones con otras fuerzas de seguridad y sus actuaciones en el marco del conflicto armado interno. Éstas últimas incidieron terriblemente en la población en general y en muchas personas en lo individual.

El AHPN tiene una importancia incalculable en cuanto a oportunidades de investigación sobre violaciones a derechos humanos y esclarecimiento histórico. Facilita la reconstrucción minuciosa de la historia institucional de una de las entidades más importantes del Estado durante más de ciento quince años y permite analizar y develar la conducta de la institución durante el conflicto armado interno.

Si bien este Informe no enfatiza en la historia de la PN, la propia documentación induce a incluir algunos apuntes para completar los temas presentados. Fundada en 1881 desempeñó su papel como encargada del orden público, pero a la par de otras fuerzas de seguridad jugó un papel secundario en sus primeras décadas de existencia, pues los sucesivos regímenes organizaban cuerpos especializados para efectos de persecución criminal, política y de represión. Incluso durante los dos gobiernos revolucionarios la policía en ese entonces, denominada Guardia Civil, funcionó a la par de la Guardia Judicial.

No se puede entender a la PN y su papel desempeñado sin considerar el momento político-histórico en que adquirió la estructura y atribuciones vigentes hasta su disolución como consecuencia de los Acuerdos de Paz. La PN de la segunda mitad del siglo XX surgió en un período de mucha agitación política y represión de los sectores fortalecidos durante los dos gobiernos revolucionarios. Varios decretos emitidos entre 1954 y 1956 reflejan la incidencia de la corriente anticomunista, pues se crearon diversas dependencias de represión que paulatinamente fueron integradas y sus funciones traspasadas a la institución policial. Fue entonces cuando evolucionó a lo que se conoció durante las décadas de 1970, 80 y 90.

La Ley Orgánica, Decreto Presidencial 332, asignó a la PN funciones determinadas de un modo muy general que teóricamente pueden resumirse en la protección de los ciudadanos, sus intereses y sus bienes, la prevención y persecución de actos delictivos, así como el mantenimiento del orden público. Este mandato la proveyó de un amplio rango de actuación, permitiéndole en su estatus de subordinada al Ejército Nacional, evolucionar y arraigar las características propias de un cuerpo de seguridad pública concebido para la represión política.

La organización interna de la PN se caracterizó por la verticalidad manifestada en una rígida cadena de mando. El Director General respondía formalmente ante el Ministro de Gobernación, aunque tenía la obligación y potestad de rendir reportes directamente y de manera inmediata al presidente o jefe de Estado en su caso, cuando la situación o la información lo ameritaran.

La mayoría de los sucesivos jefes superiores de la PN ostentaban grados de coroneles y generales obtenidos en el servicio castrense, incluyendo diplomados en Estado Mayor. También se aplicaba la nomenclatura militar a los rangos internos de la policía, conforme algunos de sus miembros lograban ascender en la escala jerárquica (teniente coronel de policía, teniente de policía, sargento de policía). Fue hasta 1985 que se introdujo una estructura de rangos adaptada a una entidad de carácter civil (comisario, inspector, oficial).

Como cabeza de la institución el Director General tenía ciertas facultades para emitir reglamentos internos, operativizar cambios administrativos y estructurales, sin contrarrestar la Ley Orgánica. En cuanto a decisiones que implicaban mayor profundidad y responsabilidad estaba subordinado al Ejecutivo, específicamente al Ministro de Gobernación. Éste, como su superior inmediato decidía sobre nombramientos de subdirectores, jefes y subjefes, disolución y creación de estructuras operacionales y otros lineamientos básicos que afectaban al funcionamiento de la institución. Cabe resaltar que éstos últimos no eran muy frecuentes, pues en su esencia la PN mantuvo una notable constancia a través de las décadas.

La PN contaba con estructuras que cubrían una demarcación territorial predeterminada, asignada a los cuerpos de la capital y las jefaturas departamentales. Asimismo disponía de unidades móviles como el Cuerpo Motorizado y el de Radiopatrullas, y las dependencias de investigación y operatividad como el Comando de Operaciones Especiales y el Comando Seis por ejemplo, que podían operar bajo orden superior en cualquier sector y de inmediato. La dependencia central de investigación e inteligencia fue el denominado Cuerpo de Detectives y luego el Departamento de Investigaciones Técnicas.

Las diferentes instancias de la PN produjeron entre sí un considerable flujo de comunicación escrita. Esto mismo se dio con entidades externas especialmente de y hacia el despacho del Ministro de Gobernación, el Estado Mayor Presidencial y el Estado Mayor General del Ejército/Estado Mayor de la Defensa Nacional. En principio este intercambio refleja una actividad netamente administrativa y jerárquicamente conducida. Sin embargo el resultado constituye un enorme acervo documental compuesto por los más diversos registros: telegramas, radiogramas, informes de operaciones, vigilancias y reportes de cadáveres, hasta memorandos secretos, confidenciales y planes de operaciones. Además de los consabidos oficios, providencias, memorandos y otros más.

Los documentos del AHPN atestiguan las estrechas relaciones de trabajo entre las diversas fuerzas de seguridad del Estado. Estas coordinaciones se originaron especialmente en el marco del combate internacional al comunismo, encabezado por los Estados Unidos. En Guatemala esta persecución despegó con más fuerza en 1954 tras el derrocamiento del presidente constitucional Jacobo Árbenz y la alineación a los dictados estadounidenses respecto a las políticas de seguridad hemisférica, fijadas en la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN).

El acervo del AHPN permite entonces conocer la coordinación y relación que se establecieron entre la PN y las más altas autoridades del Ejército Nacional, principalmente durante el período de estudio de este Informe. Las comunicaciones de la Dirección General de la PN hacia el Jefe de Estado, Comandante General del Ejército y Ministro de la Defensa, evidencian la relación directa que mantenía con las estructuras militares.

Miles de documentos revelan que la PN resultó ser una pieza clave para la operatividad de la estrategia contrainsurgente centralizada y conducida por el Alto Mando del Ejército. Así lo muestran informes de apoyo a operaciones, legales e ilegales, realizadas por las fuerzas armadas. Existen además, múltiples informaciones confidenciales sobre el movimiento popular reivindicativo y organizaciones de la oposición, para que la PN se encargara de su control, vigilancia y represión.

En los operativos contrainsurgentes conjuntos la PN desempeñaba un papel claramente complementario con respecto a las dependencias castrenses participantes. Su subordinación queda despejada en multitud de documentos que tratan temas conceptuales de las fuerzas de seguridad y que ratifican la desigual vinculación. Este desbalance llevaba a desavenencias y fricciones entre ambas instituciones, de mayor o menor manifestación. A partir de 1985 la PN introdujo algunos cambios de forma que insinuaban una mínima independencia respecto del Ejército, como la nomenclatura de rangos propia a su naturaleza.

En el marco de la estrategia contrainsurgente la PN construyó una noción de fuerzas enemigas. Ello le permitió ampliar su propio campo de acción en el control y represión de la población, líderes y organizaciones políticas, sociales, religiosas y organizaciones guerrilleras que actuaban en el territorio nacional, pero particularmente en la ciudad capital y otras cabeceras departamentales.

Durante este período muchos ciudadanos fueron considerados enemigos del Estado o sospechosos de pertenecer a grupos subversivos, por lo que fueron sujetos a control permanente. En general la orden solía ser detener y registrar a todo sospechoso a pie o en vehículo. Existía la tendencia de tildar de sospechosa a cualquier persona de manera universal.

Las fuerzas de seguridad del Estado incurrieron en una sistemática violación al debido proceso. Por ejemplo detenían a personas por indocumentado, aunque la legislación no establecía, para los nacionales, la obligatoriedad de portar documentos de identificación (en el caso de extranjeros indocumentados los preceptos legales se rigen por principios distintos).

En función de la vigilancia y labor de inteligencia, la institución policial contó con sucesivos cuerpos de investigación. Implementó un sistema de fichas personales que servía inicialmente para el registro de autores de delitos comunes. Luego se emplearon también para registrar y tener acceso a cualquier información de control y seguimiento de actividades sociales y políticas de individuos y grupos. Así, el sistema se convirtió en un instrumento administrativo de poder fundamentado en una estructura de inteligencia progresivamente más profesional, conforme se fortaleció e intensificó la resistencia a los gobiernos militares.

El Cuerpo de Detectives se integró en 1970 con personal y metodología de la disuelta Policía Judicial. Esta era una dependencia paralela a la policía, basada en decretos netamente anticomunistas tras el derrocamiento del presidente Jacobo Árbenz y creada para el control y la represión severa de opositores políticos.

Los documentos analizados comprueban que las instancias de investigación criminal de la PN, sin eximir a otros cuerpos, ejercieron vigilancia selectiva y prolongada contra líderes de la oposición. Las fichas personales de control criminalístico, social y político así como los informes confidenciales, demuestran este patrón de participación en las políticas contrainsurgentes.

A partir de la información que hasta ahora se ha revisado en el AHPN es posible evidenciar que en la PN se crearon estructuras cuyo fin primordial era responder a las necesidades específicas de coordinación que imponía la estrategia de contrainsurgencia. Así, nace el Centro de Operaciones Conjuntas de la Policía (COCP) como enlace y cuerpo paralelo a otro de la misma denominación en el Ejército. Luego otras instancias como el Comando de Operaciones Especiales (COE) o Quinto Cuerpo y el Comando Seis (anexo al Segundo Cuerpo), con atribuciones netamente operativas, dentro o fuera de la legalidad.

Durante el período 1975-1985, la PN se sirvió de diversos medios para ejercer presencia y control sobre la población. En primer lugar debe señalarse la labor de inteligencia en la recopilación de información esencial. A partir de ella se planificaron y ejecutaron diversos tipos de operativos como redadas, cateos, puestos de registro y ataques a casas consideradas y/o identificadas como reductos guerrilleros. En ciertos casos, especialmente durante las incursiones contra las casas de seguridad, la PN desempeñaba un papel secundario. El protagonista solía ser una unidad castrense. Éstas acciones carecían de órdenes judiciales, aún en períodos sin estado de excepción alguno.

Un aspecto importante en la cotidianidad de la institución policial fue la red de agentes y colaboradores confidenciales, que distintos jefes construyeron en función de tener ojos y oídos en numerosos lugares, instituciones y organizaciones. Solían contar con un carné que los identificaba como tales y a veces eran remunerados por sus servicios a partir de gastos confidenciales o gozaban de otro tipo de privilegios.

Esta red confidencial compartida parcialmente con el Ejército fue bastante efectiva. Existen múltiples documentos confidenciales en el AHPN, algunos con remitente identificado como Estado Mayor General del Ejército o Estado Mayor Presidencial que así lo comprueban. En estos informes se delataba a personas, organizaciones, casas y actividades. Luego de conocerse la información, la policía ejecutaba las medidas investigativas o represivas a través de sus instancias especializadas.

En la PN no se llevaba expedientes de personas. El cúmulo de información sobre algún individuo se guardaba en diversas dependencias, pues recibían y archivaban cada una por su parte las comunicaciones respectivas. Actualmente, vincular documentos sobre un mismo individuo o hecho permite la construcción y elaboración de expedientes digitales. Es decir, una carpeta con la reprografía de los documentos correspondientes y sus referencias archivísticas. Los expedientes presentados en este informe revelan actuaciones de miembros de la PN que derivaron en violaciones de derechos humanos de ciudadanas y ciudadanos guatemaltecos durante el período de 1975 a 1985.

Otro hecho recurrente en las prácticas policiacas de esa época fue la ausencia de investigación criminalística en casos de muertes violentas y desapariciones de opositores políticos. También estuvo ausente la aplicación del debido proceso penal, lo cual violó los derechos civiles y garantías constitucionales de la víctima y de sus familiares. En determinados momentos la alta jerarquía de la PN impidió el funcionamiento de sus órganos internos de investigación y la actuación judicial que correspondía, con lo que alentó la impunidad como práctica de la institución policial.

En múltiples ocasiones la PN incumplió las funciones que legalmente le correspondían y actúo como cómplice, permitiendo que una persona bajo su custodia y protección judicial fuera agredida, ejecutada o desaparecida por otras fuerzas de seguridad del Estado. En uno de los expedientes incluidos en este Informe se relató lo ocurrido a una persona detenida y sindicada de un delito de orden común. A pesar de contar legalmente con garantías constitucionales al debido proceso, terminó siendo ejecutada extrajudicialmente por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado guatemalteco.

La policía tenía sus propios centros de detención, especialmente en el Segundo Cuerpo, donde se ubicaba además el hospital del reo. Era costumbre conducir detenidos a los distintos cuerpos de policía y a la sede del Cuerpo de Detectives/Departamento de Investigaciones Técnicas, para que quedaran sujetos a investigación y a procedimientos legales e ilegales de interrogatorio.

Durante el período estudiado, en el curso de las operaciones policiales se criminalizaron numerosas actividades ciudadanas que derivaron en violaciones de garantías constitucionales, como el derecho a la libertad de locomoción, organización y emisión del pensamiento, así como la participación social y política.

Hay evidencias de otras violaciones a los derechos humanos, tales como capturas sin presentar al o a la detenida ante juez respectivo o hacerlo tardíamente. Otras investigaciones en curso en el AHPN podrán resolver muchas incógnitas que van surgiendo conforme se analiza los documentos contenidos en él.

En los días de redacción final de este Informe quedó demostrado el valor jurídico de los documentos del AHPN, al haber servido como pruebas contundentes en varios procesos judiciales. Es por ello que el acceso a este valioso acervo documental finalmente abre la esperanza de alcanzar sentencias condenatorias en los tribunales de justicia contra responsables materiales e intelectuales de violaciones a los derechos humanos. Toda vez que familiares de víctimas y organizaciones humanitarias nacionales e internacionales asocian numerosos crímenes de lesa humanidad con mandos y agentes de la Policía Nacional.

Es oportuno reiterar que en el Archivo Histórico de la Policía Nacional se trabaja con la convicción absoluta del derecho inherente de la población en general y las víctimas y sus familiares en particular, de conocer y saber del contenido que los documentos revelan respecto a la actuación de la PN durante el conflicto armado interno. Es el inicio de un esfuerzo institucional por contribuir al esclarecimiento de múltiples violaciones de derechos humanos, la reconstrucción de la memoria histórica y el esclarecimiento de la verdad, así como la búsqueda y la obtención de justicia.


SIGLAS UTILIZADAS

AEU

Asociación de Estudiantes Universitarios

AGSA

Archivo General y Servicios de Apoyo

AHPN

Archivo Histórico de la Policía Nacional

AI

Amnistía Internacional

AID

Agencia Internacional para el Desarrollo

ANAM

Asociación Nacional de Municipalidades de Guatemala

APROFAM

Asociación Pro-bienestar de la Familia

BEO

Bloque Estudiantil Organizado

BRES

Brigadas Revolucionarias de Estudiantes de Secundaria de El Salvador

BROE

Batallón de Reacción y Operaciones Especiales

CAVISA

Industria Centroamericana de Vidrios Sociedad Anónima

CEEM

Coordinadora de Estudiantes de Educación Medía

CEH

Comisión para el Esclarecimiento Histórico

CETE

Comité de Emergencia de los Trabajadores del Estado

CEUR

Centro de Estudios Urbanos y Regionales

CIDH

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CNT

Central Nacional de Trabajadores

CNUS

Comité Nacional de Unidad Sindical

COC

Centro de Operaciones Conjuntas del Ejército

COCP

Centro de Operaciones Conjuntas de la Policía

COE

Comando de Operaciones Especiales

COMIL-PGT

Comisión Militar del Partido Guatemalteco del Trabajo

CONDECA

Consejo de Defensa Centroamericana

COP

Centro de Operaciones de la Policía

CRIO

Central de Recopilación de Información y Operaciones

CRT

Centro Regional de Telecomunicaciones

CSJ

Corte Suprema de Justicia

CTP

Centro de Telecomunicaciones de la Presidencia

D-2

Dirección de inteligencia

DEM

Diplomado en Estado Mayor

DGSN

Dirección General de Seguridad Nacional

DIA

Agencia de Inteligencia de Defensa

DIC

Departamento de Investigaciones Criminológicas

DIT

Departamento de Investigaciones Técnicas

DSN

Doctrina de Seguridad Nacional

EGP

Ejército Guerrillero de los Pobres

EMDN

Estado Mayor de la Defensa Nacional

EMGE

Estado Mayor General del Ejército

EMP

Estado Mayor Presidencial

ESA

Ejército Secreto Anticomunista

FAG

Fuerza Aérea Guatemalteca

FAR

Fuerzas Armadas Rebeldes

FDCR

Frente Democrático Contra la Represión

FERG

Frente Estudiantil Robin García

FUR

Frente Unido de la Revolución

FURE

Frente Unido Revolucionario Escuintleco

G-2

Sección de inteligencia del Ejército

G-3

Sección de operaciones y entrenamiento del Ejército

GH

Guardia de Hacienda

ICA

Administración de Cooperación Internacional

IGSS

Instituto Guatemalteco de Seguridad Social

INTERPOL

Organización Internacional de Policía Criminal

IOT

Instrucciones Operativas de Transmisiones

MC

Memorando confidencial

MICUDE

Ministerio de Cultura y Deportes

MINDEF

Ministerio de Defensa

MINGOB

Ministerio de Gobernación

MLN

Movimiento de Liberación Nacional

MONAP

Movimiento Nacional de Pobladores

MP

Ministerio Público

MS

Memorando secreto

NSA

National Security Archive

ODHAG

Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala

OEA

Organización de Estados Americanos

OPS

Office of Public Safete (Oficina para la Seguridad Pública de la USAID)

ORPA

Organización del Pueblo en Armas

PA

Piloto Aviador

PAC

Patrullas de Autodefensa Civil

PDH

Procuraduría de los Derechos Humanos

PGN

Procurador General de la Nación

PGT

Partido Guatemalteco del Trabajo

PID

Partido Institucional Democrático

PMA

Policía Militar Ambulante

PN

Policía Nacional

PNC

Policía Nacional Civil

PRAHPN

Proyecto de Recuperación del Archivo Histórico de la Policía Nacional

PSD

Partido Socialista Democrático

PSP

Programa de Seguridad Pública

REMHI

Recuperación de la Memoria Histórica

RMF

Registro Maestro de Fichas

S-2

Sección de Inteligencia Militar

SEREVIDH

Servicio de Referencias sobre Violaciones a los Derechos Humanos

SIC

Sección de Investigaciones Criminales

TOSO

Teatro de Operaciones de Suroccidente

UAI

Unidad de Acceso a la Información

URD

Unidad Revolucionaria Democrática

USAC

Universidad de San Carlos de Guatemala

USAID

United States Agency for International Development (Agencia Internacional para el Desarrollo de los Estados Unidos)


Impresos

Alonzo Martínez, Rebeca (compiladora), Universidad de San Carlos De Guatemala, USAC, Centro de Estudios Urbanos y Regionales, CEUR, Fundación para la Juventud, FUNDAJU, “¡Oliverio Vive! Mientras haya Pueblo habrá Revolución”, Guatemala: Ediciones CEUR, 2008.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, OEA, Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en la República de Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.53. Doc. 21 rev. 2. 13.10.1981; Caso 7581 “Nehemías Cúmez, jefe de Vivienda Popular de Comalapa y varios empleados de la junta de reconstrucción”, resolución en la 53º período de sesiones de la Asamblea General el 25 de junio de 1981.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, OEA. Resolución No. 36/81, caso 7581, Guatemala, 25 de junio de 1981.

Comisión para el Esclarecimiento Histórico, CEH. Guatemala, memoria del silencio. Guatemala: UNOPS 1,999.

Contreras Cruz, Adolfina y Fernando Sinay Álvarez. Historia de la Policía Nacional de Guatemala 1881-1997. Tesis de grado de Historia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Guatemala: septiembre 2004.

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Proyecto Interdiocesano para la Recuperación de la Memoria Histórica, Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala. Guatemala Nunca Más. Guatemala: ODHAG, 1998.

Sánchez del Valle, Rosa (compiladora), Fundación Friedrich Ebert Stiftung/Fundación Colom Argueta/CEUR-USAC, “Por el delito de pensar”. Guatemala: Editorial Magna Terra, 1999.

Schirmer, Jennifer. Intimidades del proyecto político de los militares, segunda edición. Guatemala: FLACSO, 2001.

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The National Security Archive, documentos desclasificados

http://www.gwu.edu/ ~NSARCHIVE/NSAEBB/

http://www.nsarchive.org

Compilación del NSA al AHPN, marzo 2007.

Periódicos

Prensa Libre, Guatemala, marzo de 2004.

Prensa Libre, Guatemala, 29 de noviembre de 1983.

Diario Impacto, Guatemala, 29 de noviembre de 1983.

Decretos

Decreto Gubernativo No. 901, “Ordenanza de la Policía Nacional”; 12.08.1925

Decreto Legislativo No. 1735, “Ley de Cédula de Vecindad”; 30.05.1931.

Decreto de la Junta de Gobierno No. 023. Crea el Comité de Defensa Nacional contra el Comunismo; 19.07.1954

Decreto de la Junta de Gobierno No. 59, “Ley Preventiva Penal contra el Comunismo”; 24.08.1954

Decreto Presidencial No. 064. “La Junta de Gobierno” se sustituye por “El Presidente de la República”; 01.09.1954

Decreto Presidencial No. 087. Crea el Servicio de Seguridad; 21.09.1954

Decreto Presidencial No. 089. Convocatoria a plebiscito; 21.09.1954

Decreto Presidencial No. 187. Sustituye DJG No. 023; 24.12.1954

Decreto Presidencial No. 332, “Ley Orgánica de la Policía Nacional”; 28.06.1955

Decreto Presidencial No. 553. Crea la Dirección General de Seguridad Nacional; 22.02.1956

Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente No. 22, “Ley de Orden Público”; 24.02.1956.

Decreto Presidencial No. 563. Establece que el Cuerpo de Seguridad creado por DPX 87, pasa a constituir la Sección de Servicio Secreto del Departamento de Seguridad; 27.02.1956

Decreto-Ley No. 332. Crea la Policía Militar Ambulante; 23.02.1965

Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente, “Constitución de la República de Guatemala”; 15.09.1965

Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente No. 7, “Ley de Orden Público”; 30.11.1965

Decreto del Congreso No. 1782, “Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala”; 05.09.1968.

Decreto del Congreso No. 73-70, “Ley de Policías Particulares”; 15.10.1970

Decreto del Congreso No. 17-73, “Código Penal”; 05.07.1973.

Decreto del Congreso No. 52-73, “Código Procesal Penal”; 09.10.1973

Junta Militar de Gobierno, “Proclama del Ejército de Guatemala al pueblo”; 23.03.1982

Decreto-Ley No. 19-82. Se disuelve el Cuerpo de Detectives; 07.04.1982

Decreto-Ley No. 20-82. Se crea el Departamento de Investigaciones Técnicas; 07.04.1982

Decreto-Ley No. 24-82, “Estatuto Fundamental de Gobierno”; 27.04.1982

Decreto-Ley No. 57-82. Queda disuelta la Sección Judicial de la Policía Nacional; 13.07.1982.

Decreto-Ley No. 28-83. Se crea el Estado Mayor de la Defensa Nacional; 23.03.1983

Decreto Ley No. 37-85. Modifica la Ley Orgánica de la Policía Nacional; 19.04.1985

Decreto del Congreso No. 11-97, “Ley de la Policía Nacional Civil”; 02.04.1997

Acuerdos

Acuerdo de la Junta Revolucionaria de Gobierno sin número. En lo sucesivo la policía se llama Guardia Civil; 15.11.1944

Acuerdo Gubernativo sin número, “Reglamento de la Dirección General de Seguridad Nacional y sus Dependencias”; 26.03.1957

Acuerdo Gubernativo sin número. Se crea el Cuerpo de Detectives; 03.11.1970

Acuerdo Gubernativo sin número. Escuela de la Policía Nacional; 20.12.1971

Acuerdo Gubernativo M. de G. No. 5-76. Reglamento de la Sección de Policía Judicial; 21.01.1976

Acuerdo Gubernativo de Nombramiento No. 41. Pedro García Arredondo es nombrado jefe del Cuerpo de Detectives; 1980.

Acuerdo Gubernativo No. 539-82. Procede reconocer públicamente a los elementos del Comando de Operaciones Especiales que se han distinguido en acciones contra la delincuencia; 30.12.1982.


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