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08oct12


Presentan acción de inconstitucionalidad contra la ley de investigación criminal


El día de hoy 8 de octubre del año 2012, la diputada del Congreso de la República Nineth Varenca Montenegro Cottom, los diputados Luís Pedro Álvarez Morales, Héctor Leonel Lira Montenegro de la Bancada Encuentro por Guatemala (EG) y Carlos Alberto Barreda Taracena de la Bancada Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) con el Sindicato de Trabajadores de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas del Ministerio Público -SITRADICMP- y el Movimiento sindical, indígena y campesino guatemalteco -MSICG- presentamos colectivamente ante la Corte de Constitucionalidad una Acción de Inconstitucionalidad General Total en contra del Decreto Número 15-2012 del Congreso de la República, LEY DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL -DIGICRI- en virtud de considerar que la misma adolece de profundos vicios de inconstitucionalidad que afectan a toda la población Guatemalteca.

El planteamiento de esta acción es el producto de un amplio y minucioso estudio que ha tenido en cuenta el proceso a través del cual fue aprobada esta Ley, las debilidades que presenta, la responsabilidad y deber de defensa de la Constitución así como la responsabilidad que como guatemaltecas y guatemaltecos tenemos de propiciar las condiciones necesarias para la seguridad, la justicia pero, sobre todo, de plena garantía de los derechos humanos a partir de las lecciones que nos ha dejado la historia reciente de nuestro país.

De allí que la acción presentada se divida en tres secciones, la primera, que hace una referencia precisamente a las lecciones que nos ha dejado la historia reciente del país al poner en manos del Organismo Ejecutivo la investigación criminal y el apartamiento que esta ley representa del camino trazado a partir de la firma del Acuerdo Global Sobre Derechos humanos y las últimas reformas Constitucionales.

La segunda parte, aborda las violaciones al debido proceso legislativo operados durante el proceso de discusión y aprobación de la ley que implicaron que en su discusión por artículos la iniciativa originalmente presentada y dictaminada por la Comisión de Gobernación fuera modificada en un ciento por ciento de su contenido, tanto en forma como conceptualmente al punto de que el producto finalmente aprobado por el Congreso de la República fue lo absolutamente opuesto a la iniciativa de ley dictaminada.

La tercera parte de la inconstitucionalidad hace referencia a los vicios de fondo evidentes en la ley que resulta contradictoria incluso en sus propias disposiciones, que debilita al Ministerio Público, presenta ambigüedades que pueden traducirse en amplios márgenes de discrecionalidad y susceptibles de facilitar el abuso y violación de los derechos humanos por parte del nuevo organismo así como la vulnerabilidad de este ante intereses ajenos a los intereses de la aplicación de justicia, la modificación de leyes orgánicas sin que la norma impugnada haya sido aprobada por la mayoría requerida constitucionalmente para operar tales cambios y, sobre todo, por eliminar la certeza jurídica que por antonomasia deben generar los actos legislativos.

La presente acción, no implica en sí la negación de la posibilidad de generar herramientas que permitan la debida y efectiva investigación del delito, no obstante, si enfatiza en que la función punitiva del Estado no se ubica por encima de su deber de garantizar la plena vigencia de las garantías reconocidas al ser humano por la Constitución y el Ius Cogens internacional.

Finalmente esperamos que la Corte de Constitucionalidad como en derecho corresponde decrete en primera instancia la suspensión provisional de la LEY DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL y al resolver en definitiva la expulse del ordenamiento jurídico.

El MSICG deja constancia por este medio que durante la conferencia, se presentó una persona que dijo pertenecer a Comunicación Social del Ministerio de Gobernación, situación que causó extrañeza a partir de que la convocatoria se giró exclusivamente a los medios de comunicación social del país.

Ciudad de Guatemala, 08 de octubre de 2012

Consejo Político del Movimiento Sindical, Indígena y Campesino guatemalteco - MSICG


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